UNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TÍTULOS



Documentos relacionados
UNIVERSIDAD DE LIMA ESCUELA UNIVERSITARIA DE NEGOCIOS FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN CARRERA DE NEGOCIOS INTERNACIONALES

REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TÍTULOS DE LA UNIVERSIDAD PERUANA UNIÓN CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO PARA LA ACREDITACIÓN DEL CONOCIMIENTO DE IDIOMAS ANTE LAS UNIDADES ACADÉMICAS

REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y T ITULOS DE LA UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS FISICAS CAPITULO I GENERALIDADES

UNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO DE ADMISIÓN

UNIVERSIDAD DE LIMA ESCUELA UNIVERSITARIA DE NEGOCIOS FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN CARRERA DE NEGOCIOS INTERNACIONALES

UNIVERSIDAD DE MONTERREY Documentación Institucional

REGLAMENTO DE LA DIVISIÓN DE ESTUDIOS SUPERIORES DE LA FACULTAD DE COMERCIO Y ADMINISTRACIÓN

UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA ESCUELA DE POSGRADO

Lineamientos de Estudios Avanzados a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México

Reglamento de Procedimientos y Requisitos para la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla

Universidad José Carlos Mariátegui. Reglamentos UJCM. Reglamento de: Protítulo.

REGLAMENTO DEL SISTEMA DE ESTUDIOS DE POSTGRADO

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DEL CENTRO DE IDIOMAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUMBES

Para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Máster se requiere cumplir alguna de las siguientes condiciones:

REGLAMENTO PARA LA ACREDITACIÓN DEL CONOCIMIENTO DE IDIOMAS ANTE LAS UNIDADES ACADÉMICAS

El nombramiento del CAM tendrá una duración de dos años, y sus funciones

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN GEOGRAFÍA Y GEOMÁTICA

REGLAMENTO DEL REGISTRO ESPECIAL DE ASESORES EXTERNOS

REGLAMENTO PROGRAMA MAGISTER EN FISICA Y ASTRONOMÍA

REGLAMENTO DE RETRIBUCIONES DE LAS ENSEÑANZAS DE POSGRADO DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIAS DE LA ADMINISTRACION

REGLAMENTO DE DOCENCIA DE PREGRADO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES TITULO PRELIMINAR DISPOSICIONES GENERALES

PROGRAMAS DE DIPLOMADOS

Lineamientos de Educación Profesional a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México

UNIVERSIDAD DE LIMA ESCUELA UNIVERSITARIA DE NEGOCIOS FACULTAD DE ECONOMÍA CARRERA DE ECONOMÍA

CURSO DE TITULACIÓN EXTRAORDINARIA CONDUCENTE AL TÍTULO PROFESIONAL DE LICENCIADO (A) EN EDUCACIÓN.

UNIVERSIDAD PRIVADA ANTENOR ORREGO REGLAMENTO DE ADMISIÓN

REGLAMENTO DEL SISTEMA DE UNIDADES VALORATIVAS Y DE COEFICIENTE DE UNIDADES DE MERITO EN LA UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR

FACULTAD DE CIENCIAS FÍSICO- MATEMÁTICAS

De la naturaleza y ámbito de aplicación del Grado de Salamanca

ASPIRANTES A INGRESAR A LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA MAYORES DE 25 AÑOS

Esta Especialidad estará dirigida a Cirujanos Dentistas, Estomatólogos.

REGLAMENTO DE EXAMEN DE GRADO

De acuerdo a la Ordenanza Nº 261, aprobada por el Honorable Consejo Superior de la UNLP, en su sesión de fecha 26 de noviembre de 2002.

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS

Universidad del Salvador

REGLAMENTO DE POSTGRADO DE LA UNIVERSIDAD DE CARTAGO

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

REGLAMENTO DE LA LEY DEL GUIA DE TURISMO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

NORMAS CURRICULARES DEL PLAN DE ESTUDIOS

II. Autoridades y personal

Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Exclusiones

Resolución Nº CU-R-UNS Del 18 junio 2014 REGLAMENTO DE MATRICULA

ASPECTOS DEL REGLAMENTO DE LA UNIVERSIDAD RELACIONADOS DIRECTAMENTE CON LOS ESTUDIANTES

Reglamento de Postgrado

I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE.

ANTECEDENTES. AUME Calle Baeza, Madrid Tel: Fax: C.e: aume@aume.org Web:

PRINCIPIOS GENERALES PARA LA CERTIFICACION DE INSTRUCTORES EN SEGURIDAD DE LA AVIACION (AVSEC) (Presentada por República Bolivariana de Venezuela)

UNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO DE ADMISIÓN

TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POST-GRADO

NORMATIVA SOBRE PREMIOS EXTRAORDINARIOS DE DOCTORADO DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE. (Programas de Doctorado anteriores al RD 99/2011, de 28 de enero)

ANUNCIO BASES DE SELECCIÓN. Denominación: Auxiliares Administrativos diversas Áreas del Ayuntamiento de Nerja.

SEP-UADY 2015 Primera etapa

NORMATIVA PARA LA HOMOLOGACIÓN DE LOS TÍTULOS EXTRANJEROS

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGISTER EN ASENTAMIENTOS HUMANOS Y MEDIO AMBIENTE MHM. TITULO I De las Normas Generales

Reglamento de Membresía de Instituciones Universitarias 1

En el presente reglamento consideramos que existen diferencias esenciales e importantes entre los estudios de licenciatura y los de postgrado.

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN DESARROLLO URBANO - MDU. TITULO I De las Normas Generales

D.O.E. Número Septiembre

ANUNCIO. BASES PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO PARA LA CONTRATACIÓN DE UN AGENTE DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL. (Exp. Pers. 11/2016).

El Consejo Universitario en sesión del 15 de diciembre de 1960, aprobó este ordenamiento en los siguientes términos:

REGLAMENTO DE PRÁCTICA NOTARIAL - LEY 404 ART 35. Resolución N 91/14 (Acta 3892)

REGLAMENTO DE ADMISIÓN DE LA UNIVERSIDAD VALLE DEL MOMBOY

BOJA de 06/10/2005. CAPITULO I Disposiciones generales

NORMAS SOBRE EL TRABAJO DE GRADO. CAPÍTULO I Disposiciones Generales

ANEXO I. Reglamento de Becas de Investigación

PREGUNTAS FRECUENTES NUEVO EXAMEN DE GRADO 2015 FACULTAD DE DERECHO. 1. A quiénes se aplica el nuevo Reglamento de Examen de Grado? Desde cuándo rige?

Principado de Asturias

Universidad Nacional De Ucayali

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

3 er ciclo. 2º ciclo. 1 er ciclo. Proceso de admisión. 25 años. Título de Bachiller. Humanidades y Ciencias Sociales. Ciencias. 2º curso 1 er curso

PROCESO CAS N MC CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIO DE UN ABOGADO PARA PROCESOS ADMINISTRATIVOS Y REMUNERATIVOS

MAESTRIA EN CIENCIAS VETERINARIAS (Res. CD nº 304/08)

SEGURO INTEGRAL DE SALUD PROCESO DE CONVOCATORIA CAS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

1. GUÍA DE FINANCIACIÓN DE PROYECTOS BAJO LA MODALIDAD DE MÍNIMA CUANTÍA

Oposiciones Secundaria Preguntas más frecuentes (documento creado el 11/05/2012)


NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACION DE LA CALIDAD DE LOS PROGRAMAS DE POSTGRADO

REGLAMENTO ESPECIAL DE ADMISIÓN

I DE LA NATURALEZA DE LOS ESTUDIOS DE POSGRADO

REGLAMENTO DE INSCRIPCIONES Y EXÁMENES

A V I S O 1. REQUISITOS

Normativa de doctorado Capítulo XII: Homologación de títulos y estudios extranjeros de educación superior al título de doctor español

REGLAMENTO DE INGRESO, PERMANENCIA Y EGRESO DE LA UNIVERSIDAD DEL DESARROLLO DEL ESTADO DE PUEBLA, TITULO PRIMERO Disposiciones Generales

LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, DE EDUCACIÓN LEY ORGÁNICA 8/2013, DE 9 DE DICIEMBRE, PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA.

REGLAMENTACIÓN DEL TRABAJO DE GRADO Aprobado con carácter transitorio por el Consejo de Facultad. Acta 155 dic. 4 de 1995.

3.6. REGLAMENTO DE TRABAJO DE GRADO DE PREGRADO

REGLAMENTO SOBRE PROGRAMAS INTERNACIONALES DE MOVILIDAD DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA

REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DE LA FACULTAD DE FILOSOFIA, LETRAS Y CIENCIAS DE LA EDUCACION

3. Duración El periodo de disfrute de las becas se extenderá desde el 5 de septiembre de 2016 al 30 de junio de 2017.

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LOS PROGRAMAS DE POSGRADO EN LA UPV. Versión para actualización ante el Comité de Ingreso y Permanencia

UNIVERSIDAD SALVADOREÑA ALBERTO MASFERRER USAM REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE MAESTRÍA CONSIDERANDO:

COMO REALIZAR TRAMITES ADMINISTRATIVOS - ACADEMICOS

CAPITULO VI ASUNTOS PROFESIONALES.

REGLAMENTO GENERAL PARA LAS LICENCIATURAS DE FILOSOFÍA Y PEDAGOGIA EN MODALIDAD NO ESCOLARIZADA

Reglamento Interno. Programa de Pregrado. Universidad Externado de Colombia Facultad de Administración de Empresas

Av. Teheran Edif. Servicios Centrales, Piso 3, Ofic. Rectorado. Urb. Montalban,Zona Postal 1020, RIF: J NIT:

Transcripción:

UNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TÍTULOS Noviembre de 2011

ÍNDICE TÍTULO I Generalidades 3 TÍTULO II Constancia de Egresado 3 TÍTULO III Grado de Bachiller 4 TÍTULO IV Título profesional de Licenciado o sus equivalentes 4 TÍTULO V Estudios de Posgrado 5 TÍTULO VI Calificación de los graduandos 7 Disposiciones Transitorias 8 Disposición Final 8 Página 2

TÍTULO I GENERALIDADES Art. 1 La Universidad de Lima, a través del Consejo Directivo, otorga los Grados Académicos de Bachiller y Máster. Además, otorga en nombre de la Nación los Títulos Profesionales de Licenciado o sus equivalentes para cada carrera. TÍTULO II CONSTANCIA DE EGRESADO Art. 2º Para ser considerado egresado de la Facultad o carrera, se requiere: a) Cumplir con el plan de estudios correspondiente; b) Acumular los créditos exigidos por la Facultad o carrera, que no podrán ser menos de 200, de los cuales 80 como mínimo deberán ser cursados en la Universidad de Lima; c) Presentar una constancia de prácticas preprofesionales cuya duración mínima sea de seis meses; d) Acreditar el conocimiento del idioma inglés en nivel intermedio; y e) Cumplir con todas las obligaciones y compromisos contraídos con la Universidad. Art.3º Para ser egresado de la Escuela de Posgrado se requiere: a) Cumplir con el Plan de Estudios de la Maestría; y b) Acreditar el conocimiento del idioma inglés. Art. 4 La acreditación del idioma inglés se efectuará con la presentación de certificados expedidos por institutos reconocidos por la Universidad. Los que tengan conocimiento del idioma inglés, 3

pero no cuenten con el certificado exigido, podrán someterse a una evaluación en cualquiera de los institutos reconocidos. Art. 5 Las Constancias de Egresado serán emitidas por el Director de la Dirección Universitaria de Servicios Académicos y Registro, y serán refrendadas por la autoridad de la Unidad Académica correspondiente. TÍTULO III GRADO ACADÉMICO DE BACHILLER Art. 6º Una vez obtenida la Constancia de Egresado de Facultad, se accede automáticamente al Bachillerato siguiendo el trámite correspondiente. TÍTULO IV TÍTULO PROFESIONAL DE LICENCIADO O SUS EQUIVALENTES Art. 7 Para optar el Título Profesional de Licenciado o sus equivalentes se requiere: a) Contar con el Grado Académico de Bachiller correspondiente; y b) Aprobar alguna de las modalidades de evaluación previstas en el presente Reglamento y cumplir con las condiciones establecidas por cada Facultad o carrera para dichas modalidades. 4

Art. 8 El Título Profesional puede optarse en la Universidad de Lima a través de alguna de las siguientes modalidades: a) Elaboración y sustentación de un trabajo de investigación; b) Examen de suficiencia profesional; c) Presentación y sustentación de un trabajo profesional teóricamente fundamentado. Art. 9 Para acogerse a alguna de las modalidades previstas en el artículo 8, los bachilleres deberán tener en cuenta los procedimientos establecidos por cada Facultad o carrera. En cualquiera de los casos, la Facultad o carrera correspondiente será la responsable del proceso y del cumplimiento de las normas establecidas. Art. 10º De resultar aprobado en cualquiera de las modalidades antes señaladas, su expediente pasará al Consejo de Escuela para el trámite correspondiente al otorgamiento del Título Profesional, el que será conferido posteriormente por el Consejo Directivo. TÍTULO V ESTUDIOS DE POSGRADO Art. 11 Para ser declarado egresado de una Sección de Posgrado se requiere: a) Aprobar los cursos del Plan de Estudios; b) Cumplir con las exigencias del presente Reglamento con respecto al idioma; y c) Cumplir con todas las obligaciones y compromisos contraídos con la Universidad. Art. 12º Para el trámite de otorgamiento del Grado Académico de Máster, el graduando deberá cumplir los siguientes requisitos: 5

a) Presentar Constancia de Egresado del respectivo Programa de Maestría; b) Haber sido aprobado en la sustentación de su Trabajo de Investigación; y c) Cumplir con las exigencias administrativas de la Universidad. Art. 13 A la finalización del último periodo académico en que el alumno complete su Plan de Estudios y luego de cumplir con los requisitos para ser declarado egresado, el Director de la Escuela, en coordinación con los Directores de cada Sección de Posgrado habilitará una fecha y nombrará un jurado encargado de la evaluación final. Dicho jurado estará conformado, al menos, por tres profesores especialistas en las áreas que serán materia de la evaluación. De no presentarse en la fecha habilitada, el graduando será considerado como desaprobado y se dejará constancia de ello en el acta respectiva con la firma de los miembros del jurado. Art. 14 Art. 15 Art. 16 La evaluación oral y pública que conducirá a la obtención del Grado Académico de Máster podrá comprender diversas áreas de conocimiento y habilidades desarrolladas durante los estudios de Maestría, así como la defensa de un Trabajo de Investigación. Para obtener el Grado Académico de Máster, el graduando deberá alcanzar una nota aprobatoria durante la sustentación oral. El presidente del jurado le comunicará el resultado de su evaluación, el cual será inapelable. Los expedientes aprobados pasarán al Consejo de la Escuela de Posgrado para la tramitación del Grado Académico de Máster, el que será conferido posteriormente por el Consejo Directivo de la Universidad de Lima. 6

TÍTULO VI CALIFICACIÓN DE LOS BACHILLERES Y GRADUANDOS Art. 17º Art. 18º Art. 19º Art. 20º Las formas de calificación de los bachilleres y graduandos en todos los casos son las siguientes: a) Sobresaliente; b) Aprobado por unanimidad; c) Aprobado por mayoría; d) Desaprobado En los casos en que el bachiller resulte desaprobado, podrá volver a solicitar la autorización para optar el Título Profesional correspondiente hasta en dos oportunidades más bajo cualquier modalidad. El plazo mínimo entre cada evaluación será reglamentado por cada Facultad. Para obtener el Grado de Máster, el graduando que resulte desaprobado podrá volver a solicitar la autorización correspondiente para una segunda y última sustentación oral, la que no deberá exceder en ningún caso el lapso de tres meses posteriores a la primera. De no presentarse dentro del plazo señalado o en la fecha habilitada, el graduando será considerado como desaprobado. Se dejará constancia de ello en el acta respectiva con la firma de los tres miembros del jurado y quedará inhabilitado para obtener el Grado Académico respectivo en la Universidad de Lima. De comprobarse que en los trabajos de investigación o en los proyectos profesionales presentados por el graduando se han cometido faltas contra la ética, dichos trabajos o proyectos no serán calificados y el graduando será sometido al Tribunal de Honor para estudiantes y será sancionado por el Consejo Directivo. 7

DISPOSICIONES TRANSITORIAS PRIMERA.- Las Unidades Académicas podrán establecer normas complementarias de procedimiento para la mejor aplicación del presente Reglamento. SEGUNDA.- Todos aquellos graduandos que a la fecha de promulgación del presente Reglamento hubieren sido evaluados en forma parcial, deberán completar su proceso antes del 31 de marzo de 2012. TERCERA.- Todo lo no previsto en el presente Reglamento será resuelto por el Consejo Directivo. DISPOSICIÓN FINAL El presente Reglamento entrará en vigencia a partir del período académico 2012-1. Quedarán derogadas todas las disposiciones que se contradigan con lo dispuesto en él. 8