PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO DE RESONANCIA MAGNETICA CRANEAL PARA EL CENTRO DE PREVENCIÓN DEL DETERIORO COGNITIVO DE MADRID SALUD 1. OBJETO DEL CONTRATO El objeto del contrato es la realización de resonancias magnéticas craneales a los pacientes derivados desde el Centro de Prevención del Deterioro Cognitivo, dependiente del Servicio de Prevención y Promoción de la Salud de Madrid Salud, hasta un máximo de 300 anuales, lo que supone un total de 600 resonancias durante el periodo de duración del contrato. Asimismo se incluye la realización de estudios científicos en el ámbito del deterioro cognitivo, utilizando técnicas basadas en la RMN. Se proyecta la puesta marcha, en el período de duración del contrato, de al menos un estudio de investigación empleando algunas de las siguientes técnicas: la volumetría de regiones cerebrales, la tractografía y la RM funcional. 2. JUSTIFICACIÓN, NECESIDADES Y FINES. El Servicio de Prevención y Promoción de la Salud, dependiente de la Dirección del Instituto de Salud Pública, desarrolla actividades específicas preventivas y de promoción de la Salud dirigidas a los Mayores, encontrándose entre sus objetivos la detección precoz del deterioro cognitivo y el seguimiento del cuadro. Para ello es necesario realizar un diagnóstico del Deterioro Cognitivo, estudiar su causa, diferenciarlo de otras patologías y conocer la probabilidad de conversión a demencia de modo que se instauren las medidas y tratamientos adecuados. El objetivo general de esta actuación es detectar los casos de deterioro reversibles, aumentar el numero de años de vida con calidad a estos pacientes, minimizar los trastornos que produce esta alteración cerebral y retrasar el inicio de la dependencia en estos enfermos. La resonancia magnética (RM) es una técnica diagnóstica de extremada utilidad en el diagnóstico y seguimiento de numerosas patologías neurológicas. En el campo específico del deterioro cognitivo la RM ha demostrado ser muy útil en la diferenciación de los diferentes tipos de deterioro cognitivo. Sin embargo, la mayor utilidad de la Resonancia Magnética está en la diferenciación en los sujetos que presentan quejas de memoria, de aquellos con alto riesgo de sufrir deterioro de sus funciones cognitivas, es decir ser capaz de predecir el desarrollo posterior de una demencia. Dentro de este grupo presenta gran interés el manejo de los pacientes con deterioro cognitivo ligero (DCL), que se sabe que presentan un riesgo de desarrollar en un futuro una enfermedad de Alzheimer (tasa de conversión anual del 15%). La RM permitiría diferenciar subgrupos de pacientes con
mayor riesgo de desarrollarla, lo que permitiría un diagnóstico precoz y unas intervenciones adecuadas. Además de la Prevención, otro de los objetivos importantes del Centro de Prevención del Deterioro Cognitivo es la Investigación. En este aspecto, el Centro se encuentra en una posición muy favorable dado que diagnostica y atiende un número importante de pacientes con DCL, tiene a profesionales con las diversas especialidades que atienden el Deterioro Cognitivo (Médico general, neurólogo, Psiquiatra, neuropsicólogo, psicólogo) y puede realizar intervenciones punteras en este campo. Por otra parte la RMN se ha convertido en un elemento clave en la investigación y se han desarrollado numerosas técnicas basadas en la RMN. Entre estas técnicas, que tienen interés para nosotros se encuentran: la volumetría de regiones cerebrales, la tractografía, la espectroscopia y la RM funcional. Así mismo se están comenzando a instalar en nuestro país aparatos de RM de 3 teslas que dan una calidad de imagen muy superior. Por estas razones en este servicio que necesita el Centro de Prevención del Deterioro Cognitivo cobra especial importancia la investigación y el poder realizar las RMN con estas nuevas técnicas. Por tanto el uso de RM en la prevención del deterioro cognitivo aporta importantes ventajas, que hacen imprescindible la contratación de este servicio. 3. CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO El servicio a prestar incluye las siguientes actuaciones: Realizar 300 RMN Craneales al año durante 2 años (en total 600) a los pacientes derivados por el Centro de Prevención del Deterioro Cognitivo de Madrid Salud. Proyecciones: T1, T2, Flair, conteniendo, al menos, una de las secuencias en coronal siguiendo el hipocampo. Informe de la RMN realizado por médico radiólogo, que se encargará asimismo de la supervisión de la realización de las RMN. Entrega al paciente en sobre cerrado del informe y de las placas u otro tipo de soporte acordado por ambas partes (CD, ). En algunas situaciones específicas el informe podrá ser enviado directamente al Centro de Prevención del Deterioro cognitivo dentro de un máximo de 15 días a contar desde la fecha de realización de la RMN, siempre respetando la legislación sobre confidencialidad. La petición de cita para realizar la RMN se hará por el Centro de Deterioro Cognitivo al adjudicatario, sin que puedan transcurrir más de 15 días naturales entre la fecha de la petición y la realización de la RMN.
Una vez recibida la petición, el adjudicatario comunicará al Centro de Prevención del Deterioro Cognitivo el día y hora para la realización de la resonancia, teniendo en cuenta que las horas de citación serán de mañana o tarde, desde las 9 de la mañana hasta las 9 de la noche Si en algún caso estuviera contraindicada la RMN se haría TAC craneal. Los estudios de investigación a realizar, al menos uno, se proyectarán en conjunto entre el Centro de Prevención del Deterioro Cognitivo y el centro adjudicatario, e incluirán los siguientes pasos: Determinación de objetivos e hipótesis de partida Metodología empleada Selección de la muestra Elección de la técnica o técnicas de neuroimagen idónea: volumetría de regiones cerebrales, tractografía o RM funcional. Realización de las mismas en un 5% de los pacientes según los criterios del estudio Recogida y manipulación de datos Análisis estadísticos Explotación conjunta de los datos 4. OTRAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO PERSONAL El contratista deberá aportar el personal preciso para atender a sus obligaciones. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, por cuanto éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario y deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y seguridad e higiene en el trabajo, referidas al propio personal a su cargo, sin que en ningún caso pueda alegarse derecho alguno por dicho personal en relación con la Administración contratante, ni exigirse a ésta responsabilidades de cualquier clase, como consecuencia de las obligaciones existentes entre el adjudicatario y sus empleados, aún en el supuesto de que los despidos o medidas que adopte se basen en el incumplimiento, interpretación o resolución del contrato. El adjudicatario queda obligado a destinar a la ejecución del contrato a los mismos profesionales que aportó en su propuesta técnica al licitar al contrato. Cualquier variación a lo largo de la duración del contrato deberá notificarse al Director del Centro de Prevención del Deterioro Cognitivo con al menos con 15 días de antelación. Respetando los periodos de descanso necesarios determinados por la normativa laboral, el Servicio se prestará a través de los siguientes puestos de trabajo:
1 Licenciado en Medicina y Cirugía especialista en Radiología 1 Técnico especialista en Radiodiagnóstico Apoyo administrativo COORDINACIÓN La entidad adjudicataria deberá coordinarse en todo momento con el responsable del Servicio del Centro de Prevención del Deterioro Cognitivo de Madrid Salud. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica15/99 de 13 de diciembre de Protección de datos de carácter personal y la Ley 8/2001 de 13 de julio de Protección de datos de carácter personal de la Comunidad de Madrid, la entidad adjudicataria y el personal encargado de la realización de las tareas guardarán secreto profesional sobre todas las informaciones, documentos y asuntos a los que tenga acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato, estando obligados a no hacer públicos o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el plazo contractual. De cada paciente deberá existir un expediente personal en el que constará la información del sujeto. Estos expedientes, cuyo contenido tendrá carácter confidencial, según la normativa vigente, estarán a disposición del Organismo Autónomo Madrid Salud. En todo caso en la conservación y custodia de dicha documentación se cumplirán las exigencias de la Ley 41/2002 de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de los derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. RELACIONES INSTITUCIONALES La Empresa no podrá mantener relación institucional, hacer declaraciones a medios de comunicación o entregar documentación o datos, sobre temas concernientes al Contrato, sin la autorización de Madrid Salud. Ni la empresa ni sus trabajadores afectos a la ejecución del servicio, podrán en ningún caso mantener relación alguna con instancias oficiales, públicas o privadas o medios de comunicación, publicaciones, ni asistir a cursos, conferencias, seminarios o similares, en calidad de ponentes, sin permiso expreso y previo de Madrid Salud, sobre materias relacionadas con la prestación del servicio. Esta prohibición persistirá aún cuando haya finalizado la ejecución del contrato. La Entidad Adjudicataria colaborará con Madrid Salud en todos aquellos aspectos en los que éste pida su colaboración, siempre y cuando éstos estén relacionados con el objeto del presente contrato. MEDIOS MATERIALES QUE APORTA EL ADJUDICATARIO El adjudicatario aportará las instalaciones, maquinaria y aparataje necesarios para la realización de las Resonancias, con las debidas garantías de calidad y
fiabilidad diagnóstica, así como con estricto cumplimiento de todas las exigencias legales en la materia, en cuanto a maquinaria clínica y protocolos de actuación. Asimismo asumirá, a su cargo, el mantenimiento y reparaciones de dicha maquinaria clínica, aparataje e instalaciones. El adjudicatario garantizará el funcionamiento del Servicio incluso en caso de avería del aparato de RMN. Asimismo el adjudicatario deberá contar con todas las licencias y autorizaciones sanitarias y administrativas exigidas legalmente para el desarrollo de la actividad objeto del servicio que se pretende contratar. INFORMES Al objeto de facilitar, tanto la comprobación de la facturación por los servicios prestados, como la evaluación continuada de las actuaciones promovidas desde Madrid Salud, el adjudicatario enviará, con carácter semestral, al Centro de Deterioro Cognitivo un informe de seguimiento de la ejecución del Servicio, incorporando el número de pacientes atendidos y relación nominal de los mismos. 5.- PRESUPUESTO DE CONTRATACIÓN El presupuesto de contratación asciende a 76.800 (Exento de IVA en virtud del art. 20.1, 2º y 3º de la Ley del Impuesto del Valor Añadido, al tratarse de servicios de asistencia sanitaria relativos al diagnóstico, prevención y tratamiento de enfermedades), determinado por el precio por Resonancia (128, exento de IVA) con el siguiente desglose por anualidades: Año 2009: 38.400 Año 2010: 38.400 Incluyendo dichas cuantías todos los gastos para la prestación del servicio, (material sanitario, maquinaria clínica, aparataje, envío de informes, personal, comunicaciones, material de oficina etc.) 6.- SUPERVISIÓN DEL SERVICIO La supervisión del servicio se realizará por el Director del Centro de Deterioro Cognitivo de Madrid Salud. Asimismo Madrid Salud podrá realizar, a las instalaciones donde se realizarán las Resonancias, las visitas de inspección que estime oportunas para la comprobación del correcto cumplimiento, por parte del adjudicatario del Servicio, de las obligaciones objeto del presente Pliego de Prescripciones Técnicas.
7.- DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Los licitadores presentarán como documentación técnica lo siguiente: Ficha técnica y prestaciones del aparato de RMN. Documentación acreditativa de la titulación de los profesionales, afectos a la ejecución del servicio, relacionados en el apartado Personal del punto 4 del presente Pliego de Prescripciones Técnicas. Descripción detallada de las instalaciones aportadas para la ejecución del servicio. Autorizaciones sanitarias y administrativas necesarias para el legal y correcto funcionamiento de las instalaciones aportadas por el licitador para la realización de las Resonancias. Mejoras ofrecidas en relación a los criterios de adjudicación recogidos en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares.. LA JEFE DEL SERVICIO DE PREVENCIÓN Y PROMOCION DE LA SALUD EL DIRECTOR DEL INSTITUTO DE SALUD PUBLICA LA DIRECTORA GENERAL DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS