Anexo 12: Nota de enseñanza * Síntesis de los hechos En 1990 Occidental de Colombia, una compañía petrolera multinacional, solicitó una licencia al Ministerio del Medio Ambiente para llevar a cabo pruebas sísmicas dentro del territorio perteneciente a la tribu Uwa. Estas pruebas hacían parte del proceso de exploración de zonas ricas en petróleo dentro de las tierras ancestrales de esta comunidad indígena. La realización de estas pruebas exigía la construcción de caminos de acceso, algunos trabajos de excavación, y el uso de dinamita. Para cumplir con la obligación legal y constitucional de consultar a los grupos aborígenes cuando se proyecta la explotación de recursos naturales dentro de sus territorios, el gobierno organizó una reunión en la que participaron representantes de la compañía, del Estado y de los Uwas. En esta reunión, la comunidad aborigen manifestó su oposición a las pruebas, aduciendo que su realización pondría en peligro su integridad cultural. Argumentó que todos los objetos del mundo físico eran creados por el dios supremo Sira y le pertenecían a este dios. Los recursos naturales, agregó el grupo indígena, no pueden ser de propiedad de los individuos y deben ser administrados por la comunidad Uwa de acuerdo con las leyes de Sira. Finalmente, la comunidad indígena indicó que en tanto que el petróleo es la sangre de la madre tierra y que extraerlo implicaría su muerte, si los trabajos de exploración y explotación de la compañía multinacional continuaban, todos los miembros de la comunidad (aproximadamente 5.000) se suicidarían. Como consecuencia de la oposición del grupo indígena, el gobierno y la compañía petrolera acordaron con las autoridades de la comunidad modificar la forma como habrían de realizarse las pruebas sísmicas. Las partes acordaron la creación de un comité intercultural que evaluaría y modificaría el proyecto utilizando dos criterios: la protección de la integridad cultural del grupo aborigen, y los requerimientos técnicos y científicos necesarios para ejecutar adecuadamente las pruebas. Las partes acordaron también que se le mostrarían al grupo aborigen los lugares exactos en los que se * Este caso fue producido en el año de 2006 por Daniel Bonilla, J.S.D. por Yale Law School, y por Helena Alviar, S.J.D. por Harvard Law School, ambos profesores de derecho de la Universidad de Los Andes, e integra el conjunto de los diez casos inaugurales de la Casoteca Latinoamericana de Derecho y Política Pública (www.casoteca.org). La financiación del caso fue propiciada por un acuerdo de cooperación técnica celebrado entre el Banco Interamericano de Desarrollo BID y la Escuela de Derecho de São Paulo de la Fundación Getulio Vargas FGV/EDESP. El proyecto de la Casoteca tiene tres objetivos: (i) fornecer un acervo de casos didácticos sobre derecho y política pública en Latinoamérica; (ii) estimular la producción permanente de nuevos casos por intermedio de la financiación de investigación empírica; (iii) provocar el debate sobre la aplicación del método del caso como una propuesta innovadora de enseñanza. Los casos consisten en relatos de situaciones problemáticas reales, producidas a partir de investigación empírica e destinada a la enseñanza. Evidentemente, no admiten una única solución correcta. La Casoteca permite uso abierto y gratuito de su contenido, que es protegido por una licencia Creative Commons (Atribuição-Uso Não-Comercial-Compartilhamento pela mesma Licença 2.5 Brasil). La licencia puede ser accedida a través del link: http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/br/.
ejecutarían las pruebas sísmicas y que se organizaría una reunión para discutir las conclusiones alcanzadas por el comité intercultural. La agencia gubernamental, sin embargo, le concedió a Occidental la licencia ambiental antes de que se implementara el acuerdo. La comunidad aborigen y la Dirección General de Asuntos Indígenas del Ministerio del Interior, sostuvieron que la licencia fue aprobada ilegalmente, por cuanto el gobierno no concluyó el proceso de consulta exigido por la Constitución cuando se proyecta la explotación de recursos naturales dentro de territorios indígenas. El gobierno argumentó que su obligación se cumplió con la realización de la reunión coordinada por sus representantes y en la que participaron todas las partes involucradas en el proyecto. Occidental estuvo de acuerdo con el gobierno y agregó que se habían organizado 33 reuniones adicionales con representantes de los Uwas, otras tribus aborígenes, y agencias del gobierno, para encontrar la mejor manera de establecer un equilibrio entre los intereses en juego. Occidental dijo también que el hecho de que algunos miembros de los Uwas hicieran parte del personal de la compañía que realizaba las pruebas sísmicas mostraba que estos trabajos no ponían en peligro la integridad cultural de la comunidad. La comunidad indígena presentó una serie de recursos legales que terminaron en decisiones contrarias emitidas por dos de los más altos tribunales en Colombia: la Corte Constitucional (máximo tribunal de la jurisdicción constitucional) y el Consejo de Estado (máximo tribunal de la jurisdicción contencioso -administrativa). Aunque las dos sentencias se centraron en la tensión entre el principio de unidad política, el derecho al desarrollo de la nación y los derechos individuales de los miembros de la mayoría, por un lado, y la obligación del Estado de proteger la integridad cultural de las minorías culturales y los derechos individuales de sus miembros, por el otro, la sentencia de la Corte Constitucional favoreció los derechos de la colectividad indígena y de sus miembros, mientras que la del Consejo de Estado favoreció los derechos e intereses del Estado colombiano y de la multinacional petrolera. De manera paralela a la faceta jurídica del conflicto, éste ha desarrollado una faceta política que ha involucrado a una gran cantidad de organizaciones no gubernamentales nacionales e internacionales, por ejemplo, Rainforest Action Network, Indigenous Environmental Network, Oilwatch, Interamerican Association for Environmental Defense, Amigos de la Tierra Internacional y la Organización Nacional Indígena de Colombia. Estas organizaciones han acompañado a la comunidad Uwa durante el proceso y han desarrollado fuertes campañas a través de los medios de comunicación para hacer conocer el caso Uwa internacionalmente y defender los derechos de esta comunidad indígena ante el gobierno colombiano. Las ONG nacionales e internacionales centraron su campaña crítica del gobierno y la OXY en tres argumentos. Primero, el daño ambiental que causaría la exploración y explotación de petróleo en territorio indígena; segundo, el daño que generaría el proyecto en la cultura tradicional Uwa; y tercero, un fuerte cuestionamiento a las políticas militares y económicas defendidas por los gobiernos de Estados Unidos y de Colombia, que desde la perspectiva de estas organizaciones, fundamentan el proyecto petrolero que se quiere adelantar en territorio indígena.
Los problemas teóricos y prácticos generales Los Estados Latinoamericanos son multiculturales. Los países de la región han sido construidos a partir de la interacción y del entrecruzamiento de diversas tradiciones culturales, principalmente, la europea, la amerindia y la africana. El carácter multicultural de nuestros países genera una gran cantidad de retos políticos y jurídicos que los abogados y los académicos del derecho pocas veces estudiamos con rigor. Este caso, permitirá estudiar diversas facetas de la tensión jurídica y política general que existe entre la diversidad cultural y la unidad cultural en Latinoamérica. El caso Uwa permitirá evidenciar el enfrentamiento entre el principio de unidad política y los derechos de autogobierno de las minorías que existe de manera explícita o implícita en la mayor parte de los ordenamientos jurídicos latinoamericanos. De igual forma, abrirá la posibilidad de estudiar las tensiones que surgen entre los derechos individuales y los derechos diferenciados en función de grupo que están consagrados en la mayor parte de las Constituciones de los países de la región. Así mismo, el caso de la comunidad indígena Uwa, permitirá estudiar la tensión que existe en nuestros países entre el derecho al desarrollo económico y la integridad de las culturas minoritarias. Las minorías culturales, especialmente las comunidades indígenas, habitan grandes extensiones de tierra que poseen una gran cantidad de recursos naturales renovables y no renovables que resultan fundamentales para el desarrollo económico de los países del área. Sin embargo, su explotación usualmente genera serios problemas para la vida pública y privada de las minorías culturales que son propietarias de estas tierras, por ejemplo, la perdida de legitimidad de sus líderes y el olvido de sus tradiciones culturales. Por último, este caso permitirá estudiar algunas de las dinámicas que la globalización ha generado en la región. En particular, permitirá evidenciar la manera como las compañías multinacionales y las organizaciones no gubernamentales internacionales interactúan con los gobiernos nacionales y las organizaciones de la sociedad civil nacionales para la definición de políticas públicas y como este fenómeno exige la reconceptualización de categorías políticas y jurídicas clave como las de soberanía y representación. Las problemas teóricos y prácticos concretos, la discusión en clase y sus objetivos Los objetivos que deberían perseguir las discusiones en clase son los siguientes tres: primero, que los estudiantes evidencien y comprendan las tensiones políticas y jurídicas que hoy existen en la mayor parte de los Estados latinoamericanos entre la diversidad cultural y la unidad cultural. Los estudiantes, a través del caso, podrán reconocer algunos de los retos más importantes que genera el carácter multicultural de los Estados de la región. Segundo, que los estudiantes precisen, comprendan y analicen críticamente los distintos conflictos de valores, principios y derechos constitucionales y legales que componen la tensión general entre la diversidad y la unidad cultural. En particular, el caso permitirá que los estudiantes estudien los conflictos entre el principio de unidad política, los
derechos individuales, el derecho al desarrollo económico, el derecho de propiedad que tiene el Estado sobre los recursos naturales que yacen en el subsuelo, por un lado, y los derechos al autogobierno de las minorías culturales, a la integridad de sus culturas, el deber que tiene el Estado de proteger el medio ambiente y el derecho de propiedad colectiva sobre los territorios ancestrales que tienen las comunidades indígenas, por el otro. Tercero, el caso permitirá que los estudiantes evidencien y comprendan críticamente algunas de las dinámicas que la globalización ha generado en Latinoamérica. Más precisamente, los alumnos podrán estudiar la manera como las compañías multinacionales y las organizaciones no gubernamentales internacionales juegan hoy un papel determinante en la definición de las políticas públicas de los Estados de la región. Temas para ser discutidos en clase 1- Descripción, comprensión y articulación de las posibles soluciones a la tensión entre el principio constitucional de la unidad política y los derechos de autogobierno de las comunidades indígenas 2- Descripción, comprensión y articulación de las posibles soluciones a la tensión entre el desarrollo económico de la nación y la propiedad colectiva de las tierras indígenas. 3- Descripción, comprensión y articulación de las posibles soluciones a la tensión entre el desarrollo económico de la nación y la integridad de la cultura tradicional de las minorías. 4- Descripción, comprensión y articulación de las posibles soluciones a la tensión entre desarrollo económico y la protección del medio ambiente. 5- Análisis crítico de las distintas teorías que buscan definir y comprender el desarrollo económico. 6- Conflictos entre la jurisdicción nacional y la jurisdicción indígena y posibles soluciones a estos conflictos 7- La globalización desde arriba: análisis de la interacción entre las compañías multinacionales y el gobierno en la articulación de políticas públicas. 8- La globalización desde abajo: análisis de la interacción entre las organizaciones no gubernamentales nacionales e internacionales, el gobierno y las compañías multinacionales para la articulación de políticas públicas. 9- Cuáles deben ser las condiciones de los diálogos interculturales que tienen como objetivo la articulación de políticas públicas.