ANDES Comunicación telemática de Nacimientos desde Centros Sanitarios a Registros Civiles



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GAB. PRES. N 0002 / ANT.: MAT.: Imparte instrucciones sobre Simplificación y Eliminación de Trámites Públicos. SANTIAGO, 17 de agosto de 2012

Transcripción:

ANDES desde Centros Sanitarios a Registros Civiles Un punto de inflexión en la relación con los Registros Civiles Menos tiempo para los trámites. Más para disfrutar de tu bebé. Éste es el texto que acompaña a la imagen que el Ministerio de Justicia ha escogido, para dar a conocer e informar en su portal, acerca del nuevo servicio puesto en marcha gracias al proyecto ANDES. ANDES es el resultado de la realización de la medida CORA 2.02.002.32, referida a la comunicación telemática de los nacimientos y defunciones desde los centros sanitarios a los Registros Civiles. Esta medida ha sido propuesta y desarrollada en el seno de la Subcomisión de Simplificación Administrativa de la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas. Tomando como ejemplo los nacimientos, con la unificación de los trámites en el centro sanitario, los hospitales se convierten en una ventanilla única para el ciudadano, liberando o reduciendo la carga burocrática de los nuevos padres: la comunicación del nacimiento se lleva a cabo sin desplazamientos hasta la oficina del Registro Civil, sin largas colas, sino de forma rápida y cómoda y en el propio hospital en el que permanecen ingresados. Es una medida de impulso de la administración electrónica, como medio para acercar la administración al ciudadano y evitar desplazamientos, reemplazando los medios administrativos tradicionales, y que se enmarca en un proceso ineludible de modernización de la Justicia, que viene acometiéndose e impulsándose desde hace unos años. Con esta finalidad, se desarrolla la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil. La anterior ley reguladora del Registro Civil data del año 1957. Habida cuenta del tiempo transcurrido y de las transformaciones ocurridas en nuestro país, en la sociedad y también, en los medios técnicos, se consideraba necesario un cambio normativo profundo. Esta ley abandona la tradicional constatación territorial de los 1

hechos y la división en secciones del Registro Civil nacimientos, defunciones, matrimonios, y crea un registro individual o historia por persona. Entre las disposiciones que incluye, en su artículo 46, la Ley 20/2011prevé la comunicación a las oficinas del Registro Civil, por parte de los responsables de los centros sanitarios, de los nacimientos acaecidos en los mismos. Concluyendo, en su disposición final 10ª, además de las previsiones relativas a su entrada en vigor, se da el mandato al Ministerio de Justicia para que adopte cuantas medidas y cambios normativos considere necesarios, para la organización y funcionamiento del nuevo Registro Civil. La Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil, en aplicación del mandato anterior, modifica el artículo 46 anterior, con el objetivo de adoptar las medidas normativas para regular la transmisión telemática de nacimientos y defunciones, que posibiliten la ejecución de la medida CORA. En su Disposición Adicional 3ª, la Ley 19/2015 determina que no será necesario presentar el Libro de Familia actualizado, cuando éste se acompañe del certificado literal electrónico acreditativo del nacimiento, documento que obtienen los progenitores a la finalización de la tramitación telemática a través de ANDES. Por consiguiente, era ésta una disposición absolutamente necesaria, atendiendo a la finalidad de evitar desplazamientos de la medida CORA y el proyecto ANDES. Y ello en línea con la Ley 20/2011, donde se prevé la desaparición del Libro de Familia, que será efectiva a partir del 30 de junio de 2017. Como fecha de entrada en vigor de la Ley 19/2015 se establece el 15 de octubre de 2015, rubricando el plazo máximo para la puesta en marcha del servicio. La decisión de abordar el proyecto ANDES se adopta a mediados de mayo de 2015, con apenas cinco meses por delante hasta la fecha señalada. Con este margen de tiempo tan breve para la puesta en marcha del servicio, el lanzamiento del proyecto se condiciona a la reutilización de un servicio horizontal: ACCEDA. ACCEDA es una plataforma desarrollada y evolucionada por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (MINHAP), en la Subdirección General de 2

Impulso de la Administración Digital y Servicios al Ciudadano. ACCEDA incorpora una sede-e y la gestión electrónica completa de los procedimientos administrativos. Es un servicio horizontal que se pone a disposición de todas las administraciones públicas, con varias modalidades de uso: en su última versión (ACCEDA 3.0), y aplicando un modelo Multi-sede, se potencia principalmente el uso de ACCEDA como servicio cloud o servicio en la nube, alojado en las infraestructuras del MINHAP. ANDES se ha implementado sobre ACCEDA en cloud y, sin duda, ha sido la reutilización de este servicio horizontal, uno de los factores clave del éxito de la primera fase del proyecto. ACCEDA ha permitido disponer de una estructura con integración con Cl@ve para la autenticación de los administrativos de los hospitales que acceden al sistema, e integración con Portales de gestión de identidades de la AGE 1, para la autorización de este acceso (administrativos registrados, vinculados a un hospital en que se aplique la medida y con perfil de tramitación). Como plataforma de sede-e y tramitación electrónica, ACCEDA ha aportado funcionalidades: para la definición de nuevos procedimientos administrativos (la comunicación telemática de nacimientos) y una herramienta propia para el diseño de los formularios. envío de correos al ciudadano solicitante, tras la remisión de la solicitud y a la finalización del expediente, con la resolución emitida por la oficina del Registro Civil ya disponible. generación de justificante de presentación de la solicitud, entregable a los progenitores. 1 Estos portales han permitido, además, la delegación en responsables en cada hospital generalmente, el jefe/a del servicio de admisión -, de la gestión de los usuarios correspondientes a los administrativos del hospital, que acceden a ANDES. 3

servicio de verificación de documentos en sede-e, para descarga del certificado literal del nacimiento mediante el Código Seguro de Verificación (CSV), proporcionado a los progenitores en caso de resolución positiva. integración con la Plataforma de Intermediación del MINHAP, para la consulta del domicilio de los progenitores en el Padrón (INE). Con todo, ha sido igualmente necesario realizar un esfuerzo de desarrollo significativo, ante un formulario muy extenso, complejo y con integración vía servicios web con la aplicación de gestión de los Registros Civiles (INFOREG). Asimismo, se trata de un sistema robusto para asegurar que, en cada caso de inscripción de nacimiento contemplado, se cumplimente toda la información necesaria y se apliquen las validaciones pertinentes, para garantizar que la comunicación telemática del nacimiento permite la inscripción del nacido en el Registro Civil. ANDES supone implantar un nuevo servicio en todos y cada uno de los centros sanitarios que atienden partos públicos y privados, en sustitución de un trámite antes centralizado en el Registro Civil y prestado por los funcionarios con formación y experiencia en la legislación aplicable. Con este contexto, la comunicación ha sido uno de los aspectos críticos en la gestión y éxito de este proyecto: una labor ingente llevada a cabo desde el Ministerio de Justicia, y en especial, desde la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN), para difundir la medida, dar a conocer las acciones que se estaban llevando a cabo y el proyecto en desarrollo; para impulsar la implicación de las Consejerías de Sanidad de las distintas CC.AA. y la participación de hospitales públicos ya en las primeras etapas del desarrollo (fase de pilotos); incorporación de grupos hospitalarios privados; y colaboración y aceptación de la medida y cambios que conlleva por Registros Civiles y Jueces. Se estableció como objetivo para la 1ª fase del proyecto, la puesta en marcha del servicio en, al menos, un hospital público en cada Comunidad Autónoma, designados en colaboración con la Consejería de Sanidad. 4

Estos hospitales piloto de la primera fase completaron los pasos previos necesarios: conexión a red SARA a través de Comunidad Autónoma; mecanismos de autenticación con Cl@ve para sus administrativos; y, formación y familiarización con el procedimiento y la aplicación; Llegado el 15 de Octubre, el servicio arrancó finalmente en los 24 hospitales piloto designados: uno por Comunidad Autónoma, y hasta un total de 7 en Madrid y 2 en Galicia. Cada Comunidad Autónoma ha elaborado posteriormente un Plan de Despliegue con fechas previstas para el arranque de la medida, entre los meses de noviembre y diciembre de 2015, en el resto de sus hospitales públicos con maternidad: 229 hospitales en todo el territorio nacional. Durante el primer mes de servicio de ANDES, con la implantación de la medida avanzando, se han llevado a cabo 2.624 comunicaciones de nacimiento, realizadas desde 43 hospitales públicos, y dirigidas a más de 150 oficinas de Registro Civil. Respecto a la prestación del servicio en los hospitales privados con maternidad, 143 en toda España, el Ministerio de Justicia también está prestando su apoyo para que se incorporen cuanto antes al sistema. ANDES es, sobre todo, un ejemplo de los resultados - cumplimiento de plazos, ahorros, sinergias -, que pueden alcanzarse a través de la colaboración efectiva entre organismos públicos, inclusive de diferentes niveles de la Administración: en este caso, y principalmente, el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Autores: Mayte González Sousa S. G. de Impulso de la Administración Digital y Servicios al Ciudadano Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Ministerio de Hacienda y AA.PP. Diana Larrosa Marimón División de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Ministerio de Justicia 5