PROGRAMA DE VOLUNTARIADO CORPORATIVO CONCURSO DE INICIATIVAS SUSTENTABLES. Bases y condiciones



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Transcripción:

PROGRAMA DE VOLUNTARIADO CORPORATIVO CONCURSO DE INICIATIVAS SUSTENTABLES Bases y condiciones Del Programa La Fundación Nuevo Banco de Santa Fe (en adelante la Fundación ) invita a todos los empleados del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. (en adelante el Banco ) a participar en el Concurso de Iniciativas Sustentables 2016 (en adelante el Concurso ), el que se regirá de acuerdo a las normas y criterios establecidos en las siguientes Bases y Condiciones. Del Concurso Artículo 1 Podrán participar de el Concurso todos aquellos empleados de el Banco que revistan calidad de tales al momento del lanzamiento de esta Convocatoria. Artículo 2 El Concurso tiene el objetivo de incentivar al personal de las sucursales y áreas centrales de el Banco a presentar un Proyecto Sustentable de implementación en una institución de su radio de influencia, generando impactos positivos en la comunidad local. Artículo 3 Se entenderá por Sustentable la cualidad de poder mantenerse por sí mismo, sin ayuda exterior y sin agotar los recursos disponibles. Es decir, un proyecto que careciendo inicialmente de la infraestructura y los recursos necesarios, después de un tiempo introductorio de apoyo externo, se sustentará de manera independiente aunque el apoyo inicial ya se haya acabado. Artículo 4 El Concurso consiste en la presentación de una iniciativa por parte de un empleado de el Banco, que asumirá el rol de líder del Proyecto, en conjunto con un equipo de compañeros de la propia sucursal, otra sucursal y/o área central. La Fundación evaluando la relación costo/beneficio aportará la suma de dinero necesaria para la realización de la iniciativa. De las Iniciativas Artículo 5 Las iniciativas presentadas deberán cumplir con las siguientes características: enmarcarse en la misma zona geográfica en la que el equipo desarrolle su actividad laboral.

ir acompañados del aval del Gerente de la Sucursal o Área Central a la que pertenece el grupo de empleados que presentan el proyecto. contar con la autorización y el compromiso del lugar donde se implementará. revestir la característica de sustentable, según la definición enunciada en el Artículo 3. poder ejecutarse en horarios que no interfieran con el normal desarrollo de las tareas laborales de el Banco. garantizar el acceso y la seguridad de los empleados voluntarios que se involucren en ella. definir la problemática a mejorar: toda actividad de voluntariado debe atender una problemática social y permitir generar un impacto positivo en la comunidad de destino. presentar un detalle de los gastos que se afrontarán con el monto que se solicita, los cuales deberán guardar estricta relación con los objetivos propuestos. podrán realizarse en conjunto con otra institución, empresa u organización. Esto es, ONGs, Municipalidades, Proveedores, Clientes, etc. Artículo 6 Las iniciativas podrán atender diferentes temáticas, entre ellas: Alimentación, Cultura, Educación, Empleabilidad, Infancia, Inclusión (inclusión social, discapacidad, tercera edad, etc.), Medioambiente, Pobreza, Salud y cualquier otra, previa aprobación de la Fundación. De la convocatoria: Artículo 7 La convocatoria emergente del presente se efectuará una vez al año, en la fecha que la Fundación establezca y ponga en conocimiento de los interesados. Estos últimos podrán consultar todo lo referente a las Bases y Condiciones, fechas y a la convocatoria, en el sitio web de la Fundación : http://www.fundacionbsf.org.ar/. Artículo 8 A los fines de la organización de el Concurso la Fundación definirá y comunicará a los interesados las fechas para la presentación y ejecución de los proyectos. Artículo 9 La presentación se realizará vía web, completando el formulario que se encuentra en el siguiente link http://www.fundacionbsf.org.ar/pages/encuesta.aspx?idenc=27 al cual el interesado debe ingresar para completar la solicitud y presentar en las oficinas de la Fundación ubicadas en la Ciudad de Rosario y/o Santa Fe, un sobre cerrado consignando al frente del mismo la leyenda Concurso de Iniciativas Sustentables 2016 y la Regional a la que pertenece. Dicho sobre deberá contener la siguiente documentación:

1. Formulario impreso y firmado por el líder del proyecto, su superior y todos los voluntarios internos participantes, detallados en el mismo. 2. Presupuestos. 3. Nota Autorización/Carta Compromiso para llevar adelante el proyecto en la institución seleccionada, firmado por la máxima autoridad. 4. documentación respaldatoria de la existencia y situación legal, fiscal y contable de la institución (estatuto, acta de designación de autoridades, constancia de CUIT, certificación de domicilio actualizado, estados contables, etc.). 5. en el caso de que se trabaje conjuntamente con otra institución, empresa u organización, Nota Co-participación/Carta Compromiso y documentación respaldatoria de la existencia y situación legal, fiscal y contable de la misma (estatuto, acta de designación de autoridades, constancia de CUIT, certificación de domicilio actualizado, estados contables, etc.) Artículo 10 Quienes efectúen la presentación detallada en el punto anterior, adquirirán la calidad de participantes del Concurso. En ningún caso la Fundación se encuentra obligada al otorgamiento de este beneficio por la mera presentación realizada por el interesado. Asimismo, al momento de la presentación, se verificará que el proyecto cumpla con las condiciones establecidas en el Artículo 5 de las p resentes Bases y Condiciones. En caso de que no cumpla con dichos requisitos, el Proyecto será rechazado, conforme el criterio que adopte la Fundación a ese respecto. Articulo 11 La Solicitud de inscripción vía web y la presentación de la documentación antes mencionada importan el pleno conocimiento, aceptación y acogimiento a las cláusulas del presente Reglamento y el compromiso de cumplimiento por parte del postulante respecto de las obligaciones que de él resulten. Asimismo el aval del superior responsable implica el conocimiento del presente Reglamento por parte de éste último. Articulo 12 La Fundación tiene el derecho de modificar lo relacionado a la convocatoria, de acuerdo a los hechos y circunstancias que pudieren sobrevenir y que determinen tal necesidad de cambio. Toda modificación a la convocatoria así como a los términos de las presentes Bases y Condiciones será debidamente destacada en el sitio web de la Fundación, a los fines de que los interesados tomen conocimiento de todo ello. De los participantes y sus responsabilidades y obligaciones Articulo 13 A los fines de la organización del programa, se definen 5 tipos de participantes 1. Referente de programa. 2. Líder del proyecto.

3. Voluntarios participantes. 4. Institución beneficiada. 5. Otros participantes. Articulo 14 El referente de programa es un voluntario que asume el rol de acompañar al resto de los participantes en la presentación, ejecución y rendición del proyecto. Los referentes de programa son definidos con anterioridad por la Fundación para actuar como tales en el ámbito de una regional de el Banco y serán dados a conocer al momento del lanzamiento de la Convocatoria. Articulo 15 El líder del proyecto es designado por el equipo o por la máxima autoridad de la sucursal o área central a la pertenezca y deberá coordinar las etapas del mismo, intermediando ante la Fundación. Será el encargado de administrar los fondos recibidos, realizar las rendiciones y presentar los informes que sean requeridos. Articulo 16 Los voluntarios participantes son todo el equipo de voluntarios de la sucursal o área central que diseñarán y ejecutarán el proyecto. Articulo 17 La institución beneficiada será seleccionada por el equipo de trabajo y será sede del beneficio del proyecto. Deberá estar correctamente habilitada, y contar con todos los seguros médicos y de accidentes personales necesarios para llevar adelante el mismo. Articulo 18 Los otros participantes refiere a cualquier otra institución, empresa u organización que participe de la ejecución del Proyecto, sea colaborando económica, material, o personalmente (esto es, con el tiempo de sus empleados). Artículo 19 Ninguno de los participantes detallados en los artículos precedentes, bajo la Cláusula De los participantes y sus responsabilidades y obligaciones, recibirán retribución alguna por su trabajo, ni por su presentación en la Fundación para intervenir en el Concurso, ni por la selección del trabajo ni por su utilización a los fines publicitarios y/o de difusión. Asimismo todos ellos son responsables solidarios de la ejecución y finalización del proyecto y de los resultados obtenidos. De la Selección: Articulo 20 Vencido el plazo de la convocatoria, la Comisión Evaluadora de la Fundación realizará, a efectos de la adjudicación del presupuesto disponible, la selección correspondiente, de conformidad con los criterios que se detallan a continuación:

a) Pertinencia, coherencia y consistencia de la Propuesta. b) Potencial de Crecimiento / Sustentabilidad. c) Innovación y Creatividad d) Relación Costo Beneficio. e) Cantidad de beneficiarios. f) Cantidad de voluntarios en relación a la cantidad de empleados de la/s sucursal/es / área/s central/es. g) Participación de 3eros. Artículo 21 La Comisión Evaluadora convocada por la Fundación estará integrada por miembros designados por la Fundación y establecerá oportunamente los mecanismos necesarios para llevar adelante las evaluaciones y entrevistas a los aspirantes con la finalidad de realizar la selección. Artículo 22 En la fecha en que la Fundación determine, se publicarán los Proyectos seleccionados. El Comisión Evaluadora podrá declarar el presente concurso vacante o sea sin ganadores, si los proyectos presentados no se ajustan a las bases preestablecidas y/o si poseen defectos de forma. Artículo 23 La decisión de la Comisión Evaluadora será inapelable. Los concursantes no seleccionados no tendrán derecho a exigir de la Fundación explicaciones, fundamentaciones o compensaciones de ninguna naturaleza por las decisiones adoptadas por el jurado en ningún caso.- De las Compras y Contrataciones Articulo 24 La suma presupuestada para llevar adelante el proyecto no tendrá limitación alguna, máxima o mínima, pero deberá respetar una lógica de racionalidad en la relación costobeneficio, a exclusivo criterio de la Fundación. Articulo 25 El presupuesto será abonado por la Fundación al Líder del Proyecto mediante los mecanismos que a esos efectos se dispongan, los que serán comunicados debidamente a los interesados. Articulo 26 El presupuesto presentado deberá contemplar todos los gastos que sean necesarios para llevar adelante el proyecto.

Articulo 27 Las compras y contrataciones que se efectúen con dicho dinero deberán realizarse cumpliendo con todos los requisitos de seguridad, legalidad y transparencia. De las rendiciones e informes de avance Articulo 28 La suma otorgada por la Fundación para la ejecución del proyecto deberá ser rendida con facturas y/o tickets originales, bajo la forma que la Fundación disponga para tal fin. Articulo 29 La Fundación podrá exigir la presentación de informes de avance antes, durante y después de la ejecución del proyecto seleccionado. De las causas de cancelación del proyecto Articulo 30 La Fundación podrá cancelar la realización del proyecto total o parcialmente, en cualquier momento del desarrollo del mismo, debido al incumplimiento manifiesto de las obligaciones contenidas en estas Bases y Condiciones por parte de los miembros de la sucursal/área centralizada ganadora. De las disposiciones generales Articulo 31 Los beneficiarios deberán informar a la Fundación cualquier variación así como también los eventuales cambios de domicilio que pudieren registrar y/o toda otra modificación que juzguen de importancia o trascendencia con relación a la ejecución del proyecto, la institución beneficiaria y/o los participantes del mismo. Artículo 32 Si se comprobare que un beneficio otorgado por la Fundación se ha obtenido mediante información y/o documentación falsa o adulterada, la Fundación suspenderá y/o dará de baja inmediatamente el pago, quedando obligados los participantes a la inmediata restitución de la suma de dinero que se le hubiere abonado hasta ese momento, pudiendo la Fundación cancelar definitivamente la realización del proyecto e iniciar las acciones judiciales que considere pertinentes para su íntegra restitución, además de requerir el resarcimiento por el eventual perjuicio que se le pudiere ocasionar.

Artículo 33 La participación en el Concurso implica el conocimiento y la plena aceptación de estas Bases y Condiciones por parte de todos los participantes. Artículo 34 Toda cuestión no prevista en estas Bases y Condiciones será resuelta por la Fundación y los participantes acatarán estas decisiones en forma inapelable. Articulo 35 La Fundación se reserva el derecho de modificar cualquier aspecto que implique mejoras organizativas en el Programa y sus procedimientos. Articulo 36 La Fundación y el Banco no tienen ni tendrán ni se les podrá adjudicar ningún tipo de responsabilidad por los efectivos resultados del proyecto, contrataciones, compras de insumos y bienes, elección del beneficiario y lugar, seguridad por las personas intervinientes, todas ellas decisiones y tareas del equipo de trabajo. La Fundación y el Banco estarán exentos de cualquier responsabilidad en el caso de contar con traslados de personas a los lugares de realización propuestos por el equipo y detallado en el Proyecto, sea por la selección de los medios de transporte, los choferes a utilizar, la debida seguridad de los viajes y los recorridos que se diseñen o dispongan, así como también por cualquier otra circunstancia sobreviviente relacionada con los traslados, contrataciones, compras de los cuales la Fundación y el Banco no tienen ningún tipo de injerencia ni participación.