Lineamientos de Titulación



Documentos relacionados
FACULTAD DE CIENCIAS FÍSICO- MATEMÁTICAS

Reglamento de Postgrado

Dirección General de Institutos Tecnológicos

Colegio de Ingenieros Civiles de México

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA. División de Ciencias Sociales y Humanidades

REGLAMENTO GENERAL PARA LA TITULACIÓN PROFESIONAL DE LICENCIATURA DE LA UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL

TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POST-GRADO

Universidad Intercultural de San Luis Potosí Reglamento de Titulación. Índice. Contenido

Lineamientos de Estudios Avanzados a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México

REGLAMENTO PARA LA ACREDITACIÓN DEL CONOCIMIENTO DE IDIOMAS ANTE LAS UNIDADES ACADÉMICAS

UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN REGLAMENTO DE PROGRAMAS DE DIPLOMADO

Reglamento Interno de Titulación para el Centro Universitario de Ciencias Económico Administrativas. Capítulo I De las Disposiciones Generales

REGLAMENTO DE LA DIVISIÓN DE ESTUDIOS SUPERIORES DE LA FACULTAD DE COMERCIO Y ADMINISTRACIÓN

atribuciones de la Junta Académica: REGLAMENTO DE TRABAJOS DE GRADO DE LA FACULTAD DE DISEÑO

UNIVERSIDAD DE LIMA ESCUELA UNIVERSITARIA DE NEGOCIOS FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN CARRERA DE NEGOCIOS INTERNACIONALES

Universidad Autónoma de Tlaxcala código: 504-PRP-01 Procedimiento: INGRESO. PERMANENCIA, EGRESO. T'TULACiON Y PRODUCTIVIDAD Revisión: 01

LINEAMIENTOS GENERALES TRABAJO DE GRADO OPCIÓN EMPRENDIMIENTO

Por lo anteriormente expuesto, la Facultad considera pertinente ofertar dos nuevas opciones de Titulación: 1. POR EXAMEN GENERAL PARA EL EGRESO DE LA

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LOS PROGRAMAS DE POSGRADO EN LA UPV. Versión para actualización ante el Comité de Ingreso y Permanencia

R E G L A M E N T O D E T U T O R Í A S

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN GEOGRAFÍA Y GEOMÁTICA

REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO TÍTULO I CAPÍTULO ÚNICO DISPOSICIONES GENERALES

Reglamento Interno de la Escuela de Obstetricia y Enfermería de la Universidad Autónoma del Estado de México

UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMÓN ESCUELA UNIVERSITARIA DE POSGRADO FACULTAD DE HUMANIDADES DEPARTAMENTO DE POSTGRADO

Bases normativas de Titulación de la Licenciatura en Derecho

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGISTER EN ASENTAMIENTOS HUMANOS Y MEDIO AMBIENTE MHM. TITULO I De las Normas Generales

Lineamientos de Educación Profesional a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México

REGLAMENTO DE TRABAJOS FIN DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA.

LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA U018 PROGRAMA DE BECAS

Consejo de Ministros El Gobierno aprueba los Reales Decretos que regulan la PGB y el acceso a la Universidad

En el presente reglamento consideramos que existen diferencias esenciales e importantes entre los estudios de licenciatura y los de postgrado.

Reglamento de Educación a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México

REGLAMENTO DE INSCRIPCIÓN A LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ

REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA

Centro Universitario Vasco de Quiroga de Huejutla Incorporado a la UNAM Clave 8895 NORMATIVIDAD HUEJUTLA DE REYES, HIDALGO

INICIATIVA DE REGLAMENTO DE LA ASIGNATURA DE ESTADÍAS PROFESIONALES

Ordenanza de las Carreras de Posgrado

MODIFICACIONES A LA LEGISLACIÓN UNIVERSITARIA APROBADAS POR EL CONSEJO UNIVERSITARIO EN SU SESIÓN ORDINARIA DEL 26 DE JUNIO DE 2013

REGLAMENTO DEL SISTEMA DE ESTUDIOS DE POSTGRADO

1. GUÍA DE FINANCIACIÓN DE PROYECTOS BAJO LA MODALIDAD DE MÍNIMA CUANTÍA

UNIVERSIDAD JORGE TADEO LOZANO FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES E INGENIERÍA DEPARTAMENTO DE INGENIERÍA PROGRAMA DE INGENIERÍA INDUSTRIAL

REGLAMENTO DE PROFESORES - INVESTIGADORES. Reformado en XX sesión de Junta de Gobierno de El Colegio de Tamaulipas

Reglamento de Procedimientos y Requisitos para la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla

REGLAMENTACIÓN DEL TRABAJO DE GRADO Aprobado con carácter transitorio por el Consejo de Facultad. Acta 155 dic. 4 de 1995.

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA SUR LINEAMIENTOS PARA EL DISEÑO Y ACTUALIZACIÓN DE PLANES DE ESTUDIO

REGLAMENTO DE EXAMEN DE GRADO

REGLAMENTO GENERAL DE BECAS

Maestría y Doctorado en Estudios Jurídicos

LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:

Para efectos de este Reglamento considérense las siguientes definiciones:

UNIVERSIDAD LAICA ELOY ALFARO DE MANABI REGLAMENTO GENERAL DE EVALUACION DEL DESEMPEÑO ESTUDIANTIL LEY ORGANICA DE EDUCACION SUPERIOR

Presentación, antecedentes y objetivos

REGLAMENTO DE INSCRIPCIONES Y EXÁMENES

REGLAMENTO DE GRADUACION UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE EL SALVADOR

LINEAMIENTOS DE TITULACIÓN DE EL COLEGIO DE VERACRUZ

LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN PARA EL GRUPO DE TRABAJO DE POLÍTICA COMERCIAL DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE AVAL CIENTÍFICO-ACADÉMICO

MODELO DE CONVENIO 2012 ESTE DOCUMENTO SERA TRAMITADO EXCLUSIVAMENTE POR LA UNIVERSIDAD

PROCEDIMIENTOS PARA REGULARIZACIÓN DE ESTUDIOS EN PROGRAMAS DE POSTGRADO FASPA APROBADOS EN CONSEJO FASPA DEL

F. TITULACIÓN POR EXAMEN GENERAL PARA EL EGRESO DE LA LICENCIATURA (EGEL)

NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013)

UNIVERSIDAD LA SALLE LAGUNA COORDINACIÓN DE INVESTIGACIÓN CONVOCATORIA

2. La Junta de Centro establecerá y aprobará este reglamento.

Principado de Asturias

1. Acreditación: corresponde a una actividad cuya acreditación se solicita por primera vez.

LA SECRETARÍA ACADÉMICA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE QUERÉTARO

REGLAMENTO GENERAL PARA LAS LICENCIATURAS DE FILOSOFÍA Y PEDAGOGIA EN MODALIDAD NO ESCOLARIZADA

REGLAMENTO DE INGRESO, PERMANENCIA Y EGRESO DE LA UNIVERSIDAD DEL DESARROLLO DEL ESTADO DE PUEBLA, TITULO PRIMERO Disposiciones Generales

PODER EJECUTIVO ESCUELA NACIONAL DE POLICÍA DIRECTRIZ D ENP. Empresas de Seguridad Privada en la Modalidad de Adiestramiento Público en General

CURSO DE TITULACIÓN EXTRAORDINARIA CONDUCENTE AL TÍTULO PROFESIONAL DE LICENCIADO (A) EN EDUCACIÓN.

Columbus University REGLAMENTO DE BECAS Elaborado en julio/2002

Programa de Criminología UOC

LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO A TRAVÉS DEL PROGRAMA DE MAESTRÍA Y DOCTORADO EN BIBLIOTECOLOGÍA Y ESTUDIOS DE LA INFORMACIÓN

Reglamento de titulacion para Licenciatura y Posgrado

REGLAMENTO DE TITULACIÓN DE LA UNIVERSIDAD MEXIQUENSE DEL BICENTENARIO ÍNDICE

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DE LOS PROGRAMAS DE HOSPITALIDAD, GASTRONOMÍA Y TURISMO

MARIA. -Plan de Estudios- Doctorado en Diseno Grafico

Gabinete Jurídico. Informe 0183/2009

Convocatoria interna de tutores para el departamento de Córdoba 2015

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ FACULTAD DE ENFERMERÍA CONVOCATORIA

Martes 18 de marzo de 2008 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)

REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS FISICAS CAPITULO I GENERALIDADES

Transcripción:

Universidad Autónoma de Tlaxcala Lineamientos de Titulación REGLAMENTO DE EVALUACIÓN ACADÉMICA COLECCIÓN DE DOCUMENTOS UNIVERSITARIOS 2DA. ÉPOCA TLAXCALA, TLAX. MARZO 1996

DIRECTORIO Alfredo Vázquez Galicia Rector J.R. Armando Espinosa Juárez Secretario Académico Héctor Rosas Lezama Secretario Técnico René Grada Yautentzi Secretario de Investigación Científica Raúl Cuevas Sánchez Secretario de Extensión Universitaria y Difusión Cultural Rolando Romero López Secretario Administrativo Ma. V. Teresita Moreno Duran Coordinadora de la División de Ciencias y Humanidades Orlando Santacruz Flores Coordinador de la División de Ciencias Sociales Heriberto Quintero Rojas Coordinador de la División de Ciencias Biológicas

INDICE INTRODUCCIÓN 4 DISPOSICIONES GENERALES 6 DE LA TESIS 7 DE LA MEMORIA 9 DEL EXAMEN GENERAL DE CONOCIMIENTOS 11 DEL DISEÑO DE UN PROTOTIPO 13 DEL PROMEDIO O DE EXCELENCIA 15 RECONOCIMIENTO DE ACTUALIZACIÓN EXTRACURRICULAR 16

INTRODUCCION La Universidad Autónoma de Tlaxcala, como una institución al servicio de la sociedad funda su concepción filosófica en el amor a la patria, a la humanidad, así como en la conciencia, l democracia, la justicia y la libertad, impartiendo educación superior y procurando la excelencia de sus funciones. La concepción anterior hace de la Institución una entidad de naturaleza pública, con capacidad, responsabilidad y espíritu de participación ante los grandes retos que plantea la sociedad tlaxcalteca. Por ello, su compromiso es formar profesionistas capaces de identificar las diversas problemáticas en los que aplique sus conocimientos científicos, tecnológicos y humanísticos que le permitan cambiar las condiciones de la sociedad en general. La U.A.T. consiente de esa responsabilidad, modifica la legislación universitaria, en su Reglamento de Evaluación Académica, para darle a sus egresados cinco nuevas opciones de titulación con grado académico de licenciatura, aunado a ello el espíritu de superación académica. Así se crean: La memoria; el diseño de un prototipo; el examen general de conocimientos; por promedio o de excelencia y por reconocimiento de actualización extracurricular, el pasante seleccionará la opción que esté más acorde a sus intereses profesionales y/o personales. La elaboración de tesis o trabajo de investigación ha sido la forma tradicional para obtener el grado de licenciatura, se refiere al documento que contienen el producto del trabajo de campo y de gabinete, previamente señalado en el protocolo. 4

La Memoria es de igual forma un documento que sistematiza las experiencias obtenidas en el servicio social, en las prácticas profesionales o la experiencia laboral, siguiendo los elementos de un protocolo. El diseño de prototipo está dirigido básicamente a las áreas de Ingeniería y Tecnología, alude a la construcción de un modelo a escala, donde se apliquen los conocimientos de la carrera cursada. El examen general de conocimientos, es aquella opción donde el pasante en forma escrita y oral demuestra la capacidad de análisis, reflexión y crítica de los conocimientos de la carrera cursada. Por promedio o de excelencia, se refiere a la obtención del grado mediante la comprobación del promedio mínimo de 9 durante la carrera sin haber reprobado materia en exámenes ordinarios. El reconocimiento de actualización extracurricular es la sexta opción que permite a través de la realización y comprobación de estudios de posgrado acceder a la titulación en licenciatura. El contenido de este documento tiene como propósito dar a los estudiantes y egresados una guía breve sobre los lineamientos académicos-administrativos que les facilite su titulación, mejorando con ello la eficiencia terminal en la institución. 5

DISPOSICIONES GENERALES El pasante podrá optar por cualquiera de las opciones que establece el nuevo Reglamento de Evaluación Académica y cuando seleccione la opción de tesis o diseño de prototipo, podrá hacerlo en grupo que no exceda de tres integrantes, pero la defensa se hará en forma individual. 1. Las opciones de: memorias; examen general de conocimiento; promedio o de excelencia y reconocimiento de actualización extracurricular, serán presentadas y evaluadas en forma individual. 2. El pasante deberá presentar la documentación comprobatoria a que se requiere el Artículo 38 del Reglamento de Evaluación Académica, anexando oficio del asesor donde conste la terminación del proceso de asesoría en los casos de tesis, memoria, diseño de prototipo, examen general de conocimientos. 3. El Coordinador de carrera, tiene la facultad de nombrar a los 3 sinodales que protocolizarán el acto recepcional. 4. El acto académico para la obtención del grado y toma de protesta, siempre será en ceremonia pública. 5. La obtención del grado se fundamenta en lo que al respecto establecen los artículos 4 y 6 Fracción III de la Ley Orgánica; 10 t 78 Fracción IV del Estatuto General y 35, 36,37, 52, 54, 56, 58, y 60 del Reglamento de Evaluación Académica. 6

DE LA TESIS Consiste en la realización de un trabajo de investigación documental o de campo, aplicando los conocimientos propios al perfil de la carrera cursada. LINEAMIENTOS. 1. Solicitar por escrito ante el Coordinador de Carrera, la autorización para iniciar los trámites de titulación indicando la opción. 2. Se tendrá por registrada la solicitud cuando el coordinador de Licenciatura conste la situación académica del pasante, y con anuencia del director dé respuesta por escrito a la petición. 3. El trámite de titulación deberá hacerse dentro del término de 3 años desde que se concluyó la carrera, al rebasar este período tendrá que realizarse un curso de titulación, cumpliendo así mismo con los requisitos del artículo 38 del Reglamento de Evaluación Académica. 4. Se presentará ante el Coordinador de Carrera un anteproyecto o protocolo de tesis, integrando los siguientes requisitos básicos. Titulo Introducción Justificación Planteamiento del problema Marco teórico o referencial Elaboración de hipótesis Aspectos metodológicos Calendario o cronograma Fuentes de acopio de información 5. La autorización del protocolo de tesis será responsabilidad del asesor, auxiliado por integrantes de las academias que al respecto tengan relación. 7

6. La autorización del protocolo cuando se trate de un trabajo colectivo (que no exceda de tres sustentantes), será responsabilidad de la Comisión que la academia respectiva designe. 7. La tesis deberá tener como extensión mínima 50 cuartillas de contenido y conservar las especificaciones al respecto. 8. El asesor de tesis notificará a la Coordinación de Licenciatura que al pasante se le aprueba la terminación del trabajo. 9. El trabajo de Tesis aprobado por el asesor deberá pasar a tutoría por los revisores quienes notificarán al pasante si el trabajo presentado sufre modificaciones o se aprueba su impresión. 10. Una vez autorizada la impresión del trabajo, el pasante deberá entregar siete tantos al Coordinador de Licenciatura y éste designará 3 Sinodales señalando día y hora para la réplica individual del trabajo. 8

DE LA MEMORIA Consiste en la sistematización de experiencias de calidad, utilizando un lenguaje conceptual disciplinario, en un documento vinculado con las actividades realizadas en el desempeño del servicio social, prácticas profesionales o experiencia laboral, de acuerdo al perfil profesional de la carrera cursada. 1. Solicitar por escrito ante el Coordinador de Carrera, la autorización para iniciar los trámites de titulación indicando la opción. 2. Se tendrá por registrada la solicitud cuando el coordinador de Licenciatura conste la situación académica del pasante, y con anuencia del director dé respuesta por escrito a la petición. 3. El trámite de titulación deberá hacerse dentro del término de 3 años desde que se concluyó la carrera, al rebasar este período tendrá que realizarse un curso de titulación, cumpliendo así mismo con los requisitos del artículo 38 del Reglamento de Evaluación Académica. 4. Se presentará ante el Coordinador de Carrera un anteproyecto o protocolo de memoria, integrando los siguientes requisitos básicos. Titulo Introducción Justificación Marco teórico o referencial Objetivos Métodos y técnicas Calendario o cronograma Fuentes de consulta 5. La autorización del protocolo será responsabilidad de la Comisión que la academia respectiva designe. 9

6. La Memoria será elaborada y presentada invariablemente en forma individual. 7. El trabajo deberá tener como extensión mínima 80 cuartillas de contenido y conservar las especificaciones de una tesis. 8. La Memoria detallará el trabajo del pasante de por lo menos 6 meses de actividad. 9. La coordinación de Licenciatura notificará al pasante el dictamen de la Comisión respectiva de la aprobación o modificación del trabajo. 10. Aprobado el trabajo, la dirección autorizará por escrito la impresión del mismo. 11. Una vez autorizada la impresión, el pasante deberá entregar siete tantos al Coordinador de Licenciatura quien designará 3 sinodales señalando día y hora para la presentación individual del trabajo. 10

EL EXAMEN GENERAL DE CONOCIMIENTOS. Esta opción consiste en la presentación de un examen escrito sobre conocimientos generales y la réplica oral. LINEAMIENTOS 1. Solicitar por escrito ante el Coordinador de Carrera, la autorización para iniciar los trámites de titulación indicando la opción. 2. Se tendrá por registrada la solicitud, cuando el Coordinador de Licenciatura constate la situación académica del pasante, y con anuencia del director dé respuesta por escrito a la petición. 3. El trámite de titulación deberá hacerse dentro del término de 3 años desde que se concluyó la carrera, al rebasar este período tendrá que realizarse un curso de titulación, cumpliendo así mismo con los requisitos del artículo 38 del Reglamento de Evaluación Académica. 4. La Dirección del Departamento emitirá convocatoria para la celebración del examen general de conocimientos, señalando tiempo, lugar y modo de evaluación. 5. El Coordinador de Carrera, designará al asesor de los pasantes quien deberá comunicar por escrito cuando concluya su encomienda. 6. El examen general de conocimientos consta de dos etapas, una escrita y la otra oral, debiéndose tener en cuenta las diferentes modalidades de evaluación, cada departamento académico tienen la facultad de instrumentar su realización, esto es con el apoyo de los diferentes Colegios e Instituciones Oficiales. 7. Los sustentantes que acrediten el examen escrito podrán continuar con la segunda etapa, en caso contrario, se iniciará por esta única vez el procedimiento. 11

8. El pasante solicitará por escrito a la Coordinación de Carrera la asignación de Sinodales, fecha, hora y lugar para la celebración del examen oral. 9. Aprobados los Exámenes y cubiertos los requisitos de ley, la Dirección del Departamento designará Sinodales quienes efectuarán el acto protocolario de recepción profesional. 10. Al pasante se le notificará la fecha del acto de recepción profesional, indicándole el nombre de sus Sinodales. 12

EL DISEÑO DE UN PROTOTIPO Consiste en la elaboración de un diseño o modelo a escala, equipo, material, aparato o paquete de programación de acuerdo al perfil de la Licenciatura. LINEAMIENTOS 1. Solicitar por escrito ante el Coordinador de Carrera, la autorización para iniciar los trámites de titulación indicando la opción. 2. Se tendrá por registrada la solicitud, cuando el Coordinador de Licenciatura constate la situación académica del pasante, y con anuencia del director dé respuesta por escrito a la petición. 3. El trámite de titulación deberá hacerse dentro del término de 3 años desde que se concluyó la carrera, al rebasar este período tendrá que realizarse un curso de titulación, cumpliendo así mismo con los requisitos del artículo 38 del Reglamento de Evaluación Académica. 4. Cuando se opte por la titulación mediante el diseño de un prototipo, el o los pasantes necesariamente deberán cumplir las siguientes etapas: 1ra. Realización del estudio de factibilidad del prototipo. 2da.- Construcción de la parte o el conjunto que le corresponda y verificación de su funcionamiento. 3ra. Presentación del prototipo, con el respaldo del manual de operación. 5. El Coordinador de Carrera designará al asesor del o los pasantes, quien deberá comunicar por escrito cuando concluya su encomienda. 13

6. Cuando el o los pasantes hayan concluido el diseño del prototipo, cumpliendo con lo señalada en el lineamiento número cuatro, el Coordinador de Carrera designará tres Sinodales señalando día y hora para la presentación individual del trabajo. 7. Al aprobar el o los sustentantes, cederán a la Universidad Autónoma de Tlaxcala, los derechos de registro y patente, de la parte o del conjunto. 14

DEL PROMEDIO O DE EXCELENCIA Es la opción por la cual se obtiene el grado de licenciatura, al comprobar un Promedio General de 9.0 como mínimo en la carrera y no haber reprobado ninguna materia en exámenes ordinarios. LINEAMIENTOS 1. Solicitar por escrito ante el Coordinador de Carrera, la autorización para iniciar los trámites de titulación indicando la opción. 2. Se tendrá por registrada la solicitud, cuando el Coordinador de la Licenciatura conste la situación académica del pasante y con anuencia del director dé respuesta por escrito a la petición. 3. El trámite de titulación deberá hacerse dentro del término de tres años en que se concluyó la Carrera, al rebasar este término, el pasante ya no podrá hacer uso de esta opción. 4. Será requisito indispensable, que anexe el certificado de estudios correspondiente y cumpla con lo dispuesto por el artículo 38 del Reglamento de Evaluación Académica. 5. Cuando el pasante reúna los requisitos exigidos para esta opción, solicitará ante el Coordinador de Carrera la designación de sinodales y el señalamiento de fecha y hora para el acto protocolario. 15

RECONOCIMIENTO DE ACTUALIZACIÓN EXTRACURRICULAR. Consiste en obtener el grado de licenciatura, al acreditar el haber realizado estudios posteriores a la misma, que según el número de créditos constituyan un posgrado. LINEAMIENTOS 1. Solicitar por escrito ante el Coordinador de Carrera, la autorización para iniciar los trámites de titulación indicando la opción. 2. Se tendrá por registrada la solicitud, cuando el Coordinador de la Licenciatura conste la situación académica del pasante y con anuencia del director dé respuesta por escrito a la petición. 3. Los estudios de actualización extracurricular o de maestría realizados por el pasante, sólo tendrán vigencia 3 años una vez concluida la licenciatura, así como cumplir con lo dispuesto por el artículo 38 del Reglamento de Evaluación Académica. 4. Para reconocer los estudios a que se refiere el lineamiento anterior, el pasante deberá exhibir documentación que avale 75 créditos como mínimo, excluyendo diplomados, conferencias y seminarios. 5. El coordinador de carrera turnará a la división de estudios de posgrado los documentos que acrediten la formación extracurricular del pasante, para que ésta dictamine. 6. El pasante solicitará a la Coordinación de Licenciatura, la designación de sinodales y que se señale día, hora y lugar para que se lleve a cabo el acto protocolario de recepción profesional. 7. Al pasante se le notificará la fecha en que se llevará a cabo el acto de recepción de grado. 16