Términos de Referencia

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2. La Junta de Centro establecerá y aprobará este reglamento.

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Transcripción:

Fecha Página: 1 de 44 TÉRMINOS DE REFERENCIA MODALIDAD ESCUELAS ABIERTAS JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS INVIERNO 2015 1

Fecha Página: 2 de 44 1. ANTECEDENTES GENERALES La (en adelante, JUNAEB), tiene como misión "Favorecer la mantención y éxito en el sistema educacional de niñas, niños y jóvenes en condición de desventaja social, económica, psicológica y/o biológica, entregando para ello productos y servicios integrales de calidad, que contribuyan a hacer efectiva la igualdad de oportunidades, el desarrollo humano y la movilidad social". En este contexto se circunscriben los diversos Programas y actividades impulsadas por JUNAEB, dentro de los cuales se encuentra el Programa Campamentos Recreativos para Escolares que, opera bajo un enfoque de metodologías participativas, recreativas y formativas, contemplando como beneficiarios(as) a estudiantes de establecimientos educacionales vulnerables, de acuerdo al Sistema Nacional de Asignación con Equidad de JUNAEB (SINAE). Para la realización de este Programa anualmente se asigna recursos por medio de la Ley de Presupuesto del Sector Público, y la ejecución de estos recursos debe efectuarse mediante convenio con una o más entidades públicas o privadas sin fines de lucro, que incluyan iniciativas de recreación integral para los estudiantes. 2. OBJETIVOS DEL CONCURSO Los presentes Términos de Referencia, tienen como objetivo orientar y regular los aspectos administrativos y técnicos para la formulación y elaboración de proyectos, en el marco de la Modalidad Escuelas Abiertas de Invierno 2015, en ésta Dirección Regional. Los recursos financieros contemplados para la ejecución de la Modalidad Escuelas Abiertas, tienen el carácter de fondo concursable, destinados al financiamiento de proyectos que se asignarán a 2

Fecha Página: 3 de 44 entidades ejecutoras públicas y/o privadas sin fines de lucro, en conformidad a los requerimientos especificados en los presentes Términos de Referencia. Los presentes Términos de Referencia, tienen como objetivo regular los aspectos administrativos y técnicos para la formulación y elaboración de proyectos, en el marco del Programa Escuelas Abiertas periodo Invierno 2015 3. PARTICIPANTES JUNAEB, por medio de este acto, invita a entidades públicas o privadas sin fines de lucro con personalidad jurídica, de preferencia a Municipalidades y Corporaciones Municipales que cuenten con experiencias en población infanto-juvenil, situación de vulnerabilidad social. Las entidades ejecutoras, deberán contar con Certificado que acredite que se encuentra inscrita en el registro de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos, de lo contrario deberá efectuar dicho trámite previo a la suscripción del convenio respectivo. Respecto de las Organizaciones Comunitarias Territoriales y Funcionales (Ley N 19.418 de Juntas de Vecinos y de demás Organizaciones Comunitarias), estas podrán presentar proyectos para atender a estudiantes, caracterizados según lo dispuesto en los Términos de Referencia Técnicos, que acudan a establecimientos educacionales ubicados en su territorio comunal. 4. DEL CONCURSO La, llama a concurso público a través de esta Dirección Regional del Maule para desarrollar y supervisar el procedimiento relativo a éste, desde la recepción de las propuestas, apertura y evaluación de las mismas, adjudicación de los proyectos, suscripción del o los convenios respectivos, transferencia de los recursos, revisión y aprobación de los informes técnicos, rendición de cuentas, entre otros. 3

Fecha Página: 4 de 44 Los presentes Términos de Referencia, se entienden conocidos y aceptados por los oferentes por el sólo acto de presentar su proyecto. Es importante señalar que los presentes Términos de Referencia y sus anexos pueden obtenerse desde la página web de JUNAEB: www.junaeb.cl. 5. CRONOGRAMA DEL CONCURSO El presente concurso regional, estará definido a partir de los plazos que se contemplan en el siguiente cronograma. ETAPAS Publicación de Términos de Referencia Administrativos y Técnicos. 22 de Junio de 2015 FECHA Inicio de consultas al correo electrónico indicado para este proceso. 23 de Junio de 2015 Jornada de difusión del Programa en la Dirección Regional respectiva 02 de Junio de 2015 Cierre de recepción de preguntas y solicitud de 23 de Junio de 2015 aclaración Publicación de respuestas y aclaraciones en página 24 de Junio de 2015 web www.junaeb.cl Fecha de cierre para la recepción de proyectos en la Dirección Regional JUNAEB. 30 de Junio de 2015 Hora de cierre de recepción de proyectos Dirección de entrega de proyectos 16:00 horas. 1 Oriente 1682, Talca 4

Fecha Página: 5 de 44 Periodo de evaluación de las propuestas Proceso de aclaraciones de propuestas 01 de Junio de 2015 02 de Julio de 2015 Publicación de la adjudicación en página web de JUNAEB 06 de Julio de 2015 Las fechas contempladas precedentemente podrán ser objeto de modificaciones por causa de fuerza mayor o caso fortuito así determinado mediante Resolución fundada de esta Dirección Regional. 6. ENMIENDAS, CONSULTAS, ACLARACIONES Y RESPUESTAS. 6.1 Enmiendas Hasta 48 horas del cierre de la recepción de las propuestas, JUNAEB podrá ya sea por iniciativa propia o en respuesta a una aclaración solicitada, enmendar los documentos que conforman el presente proceso de concurso, mediante el correspondiente acto administrativo (Resolución fundada), la cual será comunicada a través del sitio web de JUNAEB (www.junaeb.cl). 6.2 Consultas y Aclaraciones Las consultas respecto a los Términos de Referencia y sus anexos deberán ser efectuadas por escrito, dirigidas al (la) Director/a Regional, con copia a la Unidad Regional de Salud, vía correo electrónico a los siguientes destinatarios: Región Contacto Director(a) Regional Contacto Coordinador(a) de Salud Regional MAULE ALEX EDUARDO SOTO ANDRADE alex.soto@junaeb.cl JOVANNA CHAMORRO GONZALEZ jovanna.chamorro@junaeb.cl 5

Fecha Página: 6 de 44 6.3 Respuestas JUNAEB emitirá una Resolución Regional, la cual será publicada en la página web institucional, con las respuestas a las solicitudes de aclaraciones y/o preguntas que se formulen. Las respuestas se entenderán como parte integrante de los presentes términos de referencia, para todos los efectos legales, por ello, las entidades ejecutoras, deberán considerarlas para la presentación de sus propuestas y en ningún caso podrán cambiar el objeto del llamado o contravenir lo expuesto en los presentes Términos de Referencia. 7. ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE PROYECTOS 7.1 Elaboración Cada entidad ejecutora, deberá desarrollar una propuesta de trabajo con la población infanto-juvenil en situación de vulnerabilidad, debe considerar el total de anexos (Anexo N 1) Las entidades ejecutoras, deberán organizar los aspectos técnicos y operativos de su proyecto según formato establecido (Anexo Nº1). 7.2 Presentación: La presentación de proyectos se realizará por escrito, en un sobre cerrado y rotulado Concurso de Proyectos, Escuelas Abiertas de Invierno 2015 región del Maule, junto a todos los antecedentes y con los formatos requeridos en los presentes Términos de Referencia, identificando claramente los siguientes datos en el reverso: Razón Social del proponente. Nombre del Proyecto. El proyecto, deberá entregarse en la Oficina de Partes de la Dirección Regional, ubicada en 1 Oriente 1682 Talca, dirigido al (la) Director(a) Regional de JUNAEB, hasta la fecha y hora establecida en el Cronograma del concurso. 6

Fecha Página: 7 de 44 8. ADMISIBILIDAD DE LOS PROYECTOS La etapa de admisibilidad de los proyectos presentados, tiene como objetivo verificar el cumplimiento de las exigencias formales de postulación. Los proyectos que no cumplan con uno o más de los siguientes requisitos, serán considerados inadmisibles, generando su exclusión del presente llamado a concurso, por tanto, la no evaluación del proyecto presentado. No obstante a lo anterior, JUNAEB se reserva el derecho de admitir proyectos que presenten defectos formales, errores u omisiones que obedezcan a una justa causa de error, o siempre que la información defectuosa, errónea u omitida no sea de fondo y se deduzca de la sola lectura de los restantes antecedentes que acompañen el proyecto y cuando ello no signifique alterar el trato igualitario de los proponentes ni impida la correcta evaluación de las propuestas. 8.1 Requisitos de admisibilidad: 1. Entrega del proyecto en fecha, hora y lugar establecido en el cronograma del concurso; 2. Presentación de proyecto en formato establecido por JUNAEB, impreso y en CD; (Anexo N 1); 3. Declaración jurada simple firmada por el representante legal (Anexo N 2); 4. Carta de compromiso del establecimiento educacional donde se pretende realizar la ejecución del proyecto y un establecimiento educacional suplente, en caso que el primero por motivos fundados no pueda durante el transcurso del proyecto dar continuidad de éste como por ejemplo reparaciones mayores en cocina, incendios, entre otros, se puede trasladar al establecimiento suplente que debe estar cercano al establecimiento original, es decir, no superior a 5 kilómetros ; la carta deberá señalar la intención del o los lugar(es)/ recinto(s) educacional(es) a participar del proyecto. (Anexo N 4). 5. Curriculum vitae de todos(as) los integrantes equipo ejecutor (Anexo, N 3); 6. Fotocopia simple de certificado de alumno(a) regular y/o certificado de título del equipo ejecutor según corresponda su perfil en el proyecto; 7. Curriculum de la entidad ejecutora (Anexo N 3). 7

Fecha Página: 8 de 44 8.2 No podrán participar aquellas instituciones que se encuentren en alguna de las circunstancias que se mencionan a continuación: - Que, algunos de sus directores o administradores hayan sido condenados o se encuentran actualmente procesado por crímenes o simples delitos. - Las personas que tengan la calidad de conyugue, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive respecto de las autoridades y de los funcionarios directivos del organismo de la administración civil del estado al que postulan, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, inclusive en forma permanente con JUNAEB, a través de contratos, honorarios o suma alzada. - Que, cuente con situaciones pendientes con JUNAEB, ya sea financieros y/o técnicos en alguna Dirección Regional de Junaeb al momento de publicada la Resolución Exenta de llamado a concurso. Se entenderá por situaciones pendientes, tener rendiciones de cuenta e informes no aprobados por JUNAEB en el Programa Campamentos Recreativo para Escolares (Escuelas Abiertas y Campamentos); - Que, presenten honorarios impagos a sus colaboradores directos o indirectos. - Que, la entidad ejecutora, se encuentre inhabilitada en una o más de las Direcciones Regionales de JUNAEB - Que, la entidad ejecutora haya obtenido en la región a la que concursa un puntaje menor o igual a 60% en la pauta de evaluación de desempeño Escuelas Abiertas Verano 2015. 9. EVALUACIÓN DE LOS PROYECTOS 9.1 Comisión Evaluadora La evaluación de los proyectos será realizada por una comisión técnica evaluadora, que tendrá representación regional y será nombrada por el (la) Director(a) Regional, cuya función será revisar la admisibilidad de los proyectos y luego a partir de la pauta de evaluación cada una de las propuestas admisibles proponer la adjudicación al Director Regional el o los proyectos que obtengan mayores puntajes. La comisión técnica evaluadora deberá estar integrada a lo menos por los siguientes funcionarios: un representante de la Unidad de Salud Regional, un representante de la Unidad de Finanzas, un representante PAE y un funcionario designado por el Director Regional. 8

Fecha Página: 9 de 44 9.2 Evaluación de los Proyectos El proceso de evaluación se realizará en base a los criterios descritos a continuación, los cuales están contenidos en la pauta de evaluación y que permitirán obtener un puntaje asociado a cada proyecto presentado. Es importante señalar que, en esta etapa, sólo se evaluarán los proyectos admisibles, la Comisión, deberá tener presente las siguientes consideraciones: - El proceso de evaluación de proyectos, se encuentra regulado por una Pauta de evaluación. (Anexo, N 6) - JUNAEB, se reserva el derecho de asignar la cantidad de cobertura de acuerdo al puntaje obtenido y proporcional a su evaluación. - En el caso que dos entidades obtengan el mismo puntaje se utilizará como criterio de desempate la suma de los puntajes obtenidos en los ítems actividades y equipo ejecutor; en el caso de persistir el empate, el criterio para dirimir será, el mayor puntaje obtenido en el ítem de presupuesto del proyecto, en el evento de continuar el empate el Director Regional tendrá la facultad dirimir dicha situación. 9.3 Tabla resumen de Pauta de Evaluación (Anexo, N 6): VARIABLES ÍTEMS PORCENTAJE ASOCIADO OBJETIVO GENERAL 5,0% PROPUESTA TÉCNICA OBJETIVOS ESPECÍFICOS 5,0% FUNDAMENTACIÓN 10,0% ACTIVIDADES 30,0% EQUIPO EJECUTOR 15,0% PLAN DE EMERGENCIA 10,0% PROPUESTA ECONÓMICA PRESUPUESTO DEL PROYECTO 25,0% TOTAL 100,0% 9

Fecha Página: 10 de 44 NOTA: - Una vez realizada la apertura de los proyectos, JUNAEB podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales que reglan el procedimiento siempre y cuando las rectificaciones de éstos no le confieran a dichos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto no se afecten los Principios de Estricta Sujeción de los Términos de Referencia y de Igualdad de los oferentes. De la situación antes descrita, se comunicará, a través de correo electrónico informado por el oferente en el Anexo N 1 indicando claramente las observaciones que debe subsanar la entidad. - La entidad ejecutora, deberá responder las observaciones de la propuesta presentada en los plazos establecidos por ésta Dirección Regional. Una vez corregidas las observaciones, se deberá notificar a la Dirección Regional. 9.4 Informe Comisión Evaluadora Una vez evaluados los proyectos, la Comisión Evaluadora elaborará un listado que ordene los puntajes ponderados obtenidos de mayor a menor permitiendo calificar según la siguiente tabla: Calificación Proyecto sobresaliente, se recomienda su adjudicación Buen proyecto, se recomienda su adjudicación con observaciones Regular proyecto, no se recomienda adjudicación Porcentajes 100% - 80% 79,9% - 60% 59,9% y menos 10

Fecha Página: 11 de 44 10. ADJUDICACIÓN DE LOS PROYECTOS - El Director(a) Regional, adjudicara a aquellas entidades que obtengan el mayor puntaje de acuerdo a lo propuesto en el Acta de Evaluación por la Comisión Evaluadora. - La adjudicación, deberá aprobarse por Resolución Regional fundada. - La Dirección Regional, notificará por carta certificada y correo electrónico a las entidades adjudicadas (declarado en su proyecto, anexo N 2), además informará la comuna adjudicada. - Ningún proponente u oferente podrá adjudicarse más de 5000 UTM. 11. SUSCRIPCIÓN DEL CONVENIO La entidad ejecutora adjudicada, tendrá un plazo máximo de 05 días hábiles contados desde la fecha de notificación de la Resolución de Adjudicación, para suscribir el convenio y entregar todos los antecedentes solicitados para ello. En caso contrario, JUNAEB podrá adjudicar inmediatamente a la entidad que sigue en términos de puntaje, dictándose una Resolución fundada, siempre y cuando esté en la categoría de calificación que recomienda la adjudicación. La entidad adjudicataria, deberá presentar para suscribir el convenio con JUNAEB: - Documentación de acuerdo a su naturaleza jurídica (Anexo, N 7), - En el caso que corresponda, el Certificado de vigencia de la entidad ejecutora (menor o igual a 60 días publicada la Resolución que aprueba concurso) - En el caso que corresponda, Garantía de fiel cumplimiento del convenio. - En el caso que corresponda, Certificado de entidad receptora de fondos fiscales. - Certificados de antecedentes de todos(as) los integrantes del equipo ejecutor, emitidos por el Registro civil. (Nota: No podrán participar del proyecto personas que hayan sido condenadas por delitos sexuales y/o violencia intrafamiliar). 11

Fecha Página: 12 de 44 En la eventualidad que, la entidad ejecutora no presente en su totalidad los antecedentes solicitados, no podrá suscribir convenio con esta Dirección Regional. No obstante a lo anterior, en el evento, que la entidad ejecutora no pueda presentar la documentación antes señalada, podrá solicitar al Director Regional una ampliación del plazo, indicando claramente las razones de no cumplimiento, quien podrá aceptar o rechazar dicha solicitud. La solicitud de ampliación del plazo, deberá ser entregada en la oficina de partes de la Dirección Regional, es importante señalar que sólo se aceptarán solicitudes hasta el sexto día hábil contados desde la fecha de notificación de la Resolución de Adjudicación. En el evento que el Director Regional de JUNAEB, acepte la solicitud de ampliación, la entidad ejecutora sólo tendrá tres días adicionales contados desde el décimo día desde la fecha de notificación de la Resolución de Adjudicación. La autorización de la ampliación, debe quedar mediante resolución fundada. El convenio, será aprobado por Resolución sujetándose la Dirección Regional a las disposiciones contenidas en la Resolución N 1600 del 2008 de la Contraloría General de la República que, fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón. 12. VIGENCIA DEL CONVENIO El convenio entrará a regir una vez concluida la tramitación del acto administrativo aprobatorio y tendrá vigencia de hasta sesenta (60) días corridos posteriores a la fecha de finalización de la última actividad programada. No obstante a lo anterior, JUNAEB, por velar por el buen cumplimiento del servicio, aceptará los gastos incurridos desde la firma del convenio hasta 10 días hábiles posterior al término de la ejecución de la última actividad programada. 12

Fecha Página: 13 de 44 Las actividades programadas, deberán implementarse durante las vacaciones escolares del periodo de invierno y verano. En el caso que, la entidad ejecutora no logre implementar el proyecto en la temporada señalada, de acuerdo a los Términos de Referencia, JUNAEB dará término anticipado de convenio. 13. DE LA GARANTÍA 13.1 Entidades ejecutoras Privadas La entidad ejecutora, previo a la suscripción del convenio, deberá presentar en tiempo y forma una boleta de garantía bancaria, vale vista, póliza de seguro y/o certificado de fianza para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones emanadas del convenio para el periodo de invierno del 2015. Respecto de la póliza de seguro, esta debe ser emitida sin liquidador y de ejecución inmediata. Los gastos derivados de la constitución de la garantía son de exclusivo cargo de cada entidad adjudicataria y en ningún caso serán financiados con recursos otorgados por JUNAEB, no siendo imputable a ítem de gasto alguno. Mientras la entidad adjudicataria no cumpla con la obligación de presentar la garantía en los plazos señalados en el numeral 11, denominado suscripción del convenio, JUNAEB, no procederá a aprobar mediante Resolución Exenta el convenio y menos aún, a transferir el primer pago del valor del/los proyectos adjudicados. a) Descripción de glosa La garantía de fiel y oportuno cumplimiento, deberá ser extendida en forma nominativa y a la vista, a nombre de, RUT 60.908.000-0, haciendo mención a la presente glosa para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones del Programa Escuelas Abiertas, invierno año 2015 de JUNAEB. 13

Fecha Página: 14 de 44 b) Vigencia de la boleta de garantía La garantía de fiel y oportuno cumplimiento la póliza deberá tener una vigencia: Para de Invierno del 2015: - hasta el 30 de Octubre del 2015. Sin perjuicio de lo anterior, JUNAEB podrá solicitar a la entidad ejecutora la renovación de la garantía del fiel cumplimiento. En caso que éste se extienda por cualquier causa o motivo fundado, a fin de mantener debidamente caucionadas las obligaciones contraídas por la entidad, durante la vigencia y/o extensión del convenio. Si en la eventualidad que la entidad ejecutora no presente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, antes de los 3 días terminado el plazo del vencimiento de la garantía esta será cobrada con el fin de resguardar las obligaciones contraídas en el convenio JUNAEB, informará formalmente a las entidades ejecutoras el próximo vencimiento de éstas, solicitando una nueva de reemplazo en caso que el proceso técnico y financiero no se encuentre finalizado. Si la entidad no presenta un nuevo documento se realizará el cobro de la garantía próxima a vencer y se retendrá los recursos de las transferencias pendientes. c) Devolución de los documentos de caución El documento de caución de fiel y oportuno cumplimiento, podrá ser devuelto antes de su fecha de vencimiento, siempre que la entidad cumpla íntegramente con todas las obligaciones contraídas, que no sólo dicen relación con la ejecución del proyecto tal cual fue propuesto y posteriormente adjudicado, sino que además, dice relación con las obligaciones posteriores, como son: entrega de informes solicitados por JUNAEB, rendición de cuentas aprobadas según el procedimiento establecido en el en los presentes Términos de Referencia y cualquiera otra establecida en el convenio. 14

Fecha Página: 15 de 44 Para el retiro del documento de caución, la entidad debe presentar al momento de la postulación la autorización de retiro de valores en JUNAEB, por ende no cualquier persona puede realizar el retiro del documento (Anexo N 11). d) Valor El documento de caución de fiel y oportuno cumplimiento, deberá extenderse por un monto equivalente al 10% del valor total del convenio, en pesos chilenos. e) Cobro de la garantía En el evento que, antes del vencimiento del documento de caución, la entidad no de cumplimiento íntegro y oportuno a alguna y/o todas las obligaciones contraídas, JUNAEB estará autorizada para hacer efectiva la garantía, sin más trámite, por concepto de aplicación de multa, y sin perjuicio de la posible aplicación de inhabilitación como entidad ejecutora. 13.2 Entidades ejecutoras públicas: Quedan exentas de la obligación de constituir las garantías las Municipalidades y Servicios Públicos, en virtud de lo dispuesto en el Dictamen Nº17.744 de fecha 17 de mayo de 2000 de la Contraloría General de la República. 14. RENDICION DE CUENTAS Las transferencias de los recursos, tanto de las instituciones públicas como privadas, estarán regulados y resguardados por la Resolución N 30 de Marzo de 2015, Normas sobre Rendición de Cuentas de la Contraloría General de la República, Procedimiento de Rendiciones de Cuentas (P- DGR-RC001) y sus modificaciones, emitido por JUNAEB (Anexo N 9). 15

Fecha Página: 16 de 44 14.1 Rendición de Cuotas de las Entidades Ejecutoras Las entidades ejecutoras privadas, podrán acceder a la modalidad de pago contra rendición o anticipo, la elección de pago deberá, indicarse en el formulario de presentación del proyecto (Anexo N 1). En el caso de la modalidad contra rendición, la entidad ejecutora deberá presentar los gastos realizados a la fecha de cada cuota establecida en el convenio respectivo, la cual, deberá estar acompañada de las exigencias técnicas establecidas en el convenio. En el caso de optar por la modalidad de anticipo, la(s) entidad(es) ejecutora(s) privadas, deberán presentar un documento de caución o garantía bancaria, por el monto total de la cuota a anticipar. Para la(s) entidad(es) ejecutora(s) públicas, el primer aporte se entregará una vez totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el convenio y el segundo aporte, una vez rendido la totalidad del primer aporte entregado. 14.1.1 Los requisitos y condiciones de transferencia serán: Primera cuota: corresponderá a la transferencia del 40% del monto total adjudicado. Los requisitos exigidos al momento de la rendición serán: a) Aprobación técnica, por parte de la contra parte técnica de la Unidad Regional de Salud, - Informe de Ejecución que contendrá la asistencia de al menos el 40% del total de beneficiarios(as), individualizados según formato JUNAEB, (Anexo, N 10). El informe antes señalado, deberá ser: -Ingresado al sistema informático. En la eventualidad que éste presente inconvenientes, deberá ser presentado en CD (oficina de partes de la Dirección Regional), 16

Fecha Página: 17 de 44 -Enviada la información respectiva al correo electrónico de la contraparte técnica, con copia al jefe de la Unidad de Salud del Estudiante, Dirección Regional. Segunda cuota y/o final: corresponderá al pago del 60% del monto adjudicado. La transferencia se realizará luego de la aprobación total de la rendición de la primera cuota. Los requisitos exigidos para efectuar la rendición serán: a) Aprobación técnica, por parte de la contra parte técnica de la Unidad Regional de Salud. - Informe de Ejecución que contendrá la asistencia total de beneficiarios(as), individualizados según formato JUNAEB, (Anexo, N 10). El informe antes señalado, deberá ser: -Ingresado al sistema informático. En la eventualidad que éste presente inconvenientes, deberá ser presentado en CD (oficina de partes de la Dirección Regional), -Enviada la información respectiva al correo electrónico de la contraparte técnica, con copia al jefe de la Unidad de Salud del Estudiante, Dirección Regional. - Indicadores de las actividades realizadas, señaladas en el proyecto anexando sus respectivos verificadores. Dicho informe deberá ser presentado en CD y en formato establecido por JUNAEB. (Anexo, N 10) b) Aprobación Financiera, por parte de la Unidad de Finanzas Regional de la cuota respectiva. El adjudicatario, deberá presentar en la Oficina de Partes respectiva, dentro del plazo máximo de 10 días hábiles siguientes a la finalización de la actividad, la rendición final del proyecto. 17

Fecha Página: 18 de 44 En la eventualidad que, el o los Informe(s) de Ejecución tuviese observaciones y no fuese aprobado en el plazo indicado, será devuelto al ejecutor. El ejecutor, tendrá un plazo máximo de 3 días hábiles para modificar o rectificar la información señalada por JUNAEB. El proceso de Rendición de Cuentas (Anexo N 9) se encontrará finalizado, una vez efectuada la revisión y aprobación conforme a la última rendición de cuenta del proyecto y será considerada en la Evaluación de Desempeño de la entidad ejecutora, efectuado por la Dirección Regional respectiva, entendiendo que forma parte de las obligaciones del ejecutor. 15. COSTO BENEFICIARIO(A) 15.1 Costo por beneficiario(a), El(los) proyecto(s) adjudicados a una entidad ejecutora, considerará la atención de hasta 70 estudiantes por proyecto durante 5 o 10 días hábiles para el periodo de invierno. Se financiarán de acuerdo a los siguientes montos, por lo que el pago se hará por estudiante que asiste a la actividad. ESCUELAS ABIERTAS PERIODO INVIERNO 2015 MONTO POR PROYECTO DÍAS DE EJECUCIÓN COSTO USUARIO, POR DIA 988.800 10 1.412 494.400 5 1.412 N DE ESTUDIANTES (COBERTURA) 70 70 18

Fecha Página: 19 de 44 La cobertura alcanzada, deberá ser igual o superior al 85% de la Programada a la fecha de la rendición, para tener derecho al pago del 100% de la cuota. Aquellas que obtengan a la fecha de rendición una cobertura igual o inferior al 84,9%, se les pagará de acuerdo a la asistencia efectiva por beneficiario(a). El porcentaje efectivo de asistencia se considerará, en función: Nómina de beneficiarios(as) (Anexo, N 10). Validación de Nómina de beneficiarios(as) por parte de JUNAEB (estudiantes matriculados de la comuna adjudicada / pertenecientes a establecimientos con IVE SINAE). Es importante señalar que, las nóminas aprobadas, serán aquellas que se encuentren validadas con el SIGE respectivo del 2015. En el caso que algún beneficiario no se encuentre en el listado SIGE podrá ser validado por otro medio acreditador, tal como un certificado de alumno regular o listado de estudiantes matriculados emitidos por una autoridad competente. Ejemplo, si la cobertura esperada para una entidad es de 70 beneficiarios(as), y de estos asistieron: Caso 1: 60 beneficiarios(as), tiene derecho al 100% de la cuota. Por lo tanto se debe pagar la rendición de gastos aprobada. Caso 2: 59 beneficiarios(as), se debe pagar por niño que efectivamente asistió, en este caso 59 (beneficiarios(as)) x $1.412 (costo región 1.412). Se deberá pagar el menor valor que resulte al comparar el costo diario por niño atendido y la rendición de gastos aprobada por finanzas. Es importante señalar que, las nóminas aprobadas, serán aquellas que se encuentren validadas con el SIGE respectivo del 2015. En el caso que algún beneficiario no se encuentre en el listado SIGE podrá ser validado por otro medio acreditador, tal como un certificado de alumno regular o listado de estudiantes matriculados emitidos por una autoridad competente. 19

Fecha Página: 20 de 44 15.2 Definición de gastos admitidos como rendición según convenio y de acuerdo a los proyectos presentados por las Entidades Ejecutoras 15.2.1 Personal: Corresponde a los gastos incurridos por contratación de personal cuyas funciones tienen relación directa con la ejecución del proyecto. 15.2.2 Operaciones: Corresponde a todos los gastos que tienen directa relación con la ejecución y desarrollo del proyecto. 15.3 Porcentajes asociados por cada ítem: OPERACIONES PERSONAL Mayor o igual al 40% Menor o igual 60% *La entidad ejecutora, como aporte local, podrá aportar con el 100% del pago del equipo ejecutor. 15.4 Aportes de la Entidad Ejecutora: La entidad adjudicataria, deberá aportar como mínimo: El 20% del total de los recursos presentados en el proyecto El personal de servicios menores para labores de aseo y mantención del local. Personal Administrativo. Material de difusión del programa Modalidad Escuelas Abiertas en las comunas. Ofrecer a los beneficiarios(as) recintos recreativos que permitan visitas periódicas planificadas como por ejemplo; parques, museos, etc. Aporte de la entidad ejecutora para enfrentar los gastos de luz, agua, teléfono, materiales de aseo y gastos menores de posibles reparaciones por daños. El traslado del coordinador y/o equipo ejecutor al lugar en donde JUNAEB realice las jornadas tanto de inducción como de cierre. La infraestructura adecuada para el desarrollo del proyecto, lo que se traduce en un recinto educacional que cuente con las condiciones necesarias (salas de clases, cocina, comedores, salones). 20

Fecha Página: 21 de 44 Implementación para el desarrollo de las actividades, por ejemplo, balones, mesas de ping pong, etc. La Entidad adjudicataria, podrá aportar, además, con recursos materiales, financieros, humanos con la finalidad de mejorar la calidad del proyecto. Estos aportes deben quedar explicitados en el formulario de postulación que se adjunta (Anexo N 1), los cuales serán criterios básicos para la selección del proyecto. El financiamiento de JUNAEB no contempla compra de bienes e inversiones, tales como por ejemplo: radios, piscinas, mesa de ping pong, impresoras, computadores, Data, Cámara fotográficas, entre otros. 16. DE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO 16.1 Modificaciones Esta Dirección Regional de JUNAEB, se reserva el derecho de evaluar y realizar posibles cambios dentro del proyecto adjudicado, que permitan mejorar y facilitar el cumplimiento de las actividades comprometidas, siempre y cuando no contradiga los presentes Términos de Referencia. Asimismo, la entidad ejecutora podrá solicitar modificación del proyecto adjudicado en ámbitos como: equipo ejecutor, fechas, horarios y recinto o establecimiento educacional, previa evaluación de la Dirección Regional, quien aprobará o rechazará los cambios efectuados. El ejecutor, sólo podrá solicitar la autorización de las modificaciones, antes o durante de la implementación del proyecto adjudicado en el evento que solicite modificaciones terminados los turnos, esta Dirección Regional procederá a rechazar dicha solicitud. La solicitud de autorización, en primera instancia, deberá ser por correo electrónico, para luego formalizar la solicitud mediante carta dirigida al Director(a) Regional, con copia a la contra parte técnica de la Unidad Regional de Salud hasta 48 horas antes de iniciarse el cambio. Dichas modificaciones, deberán quedar reflejadas en un Anexo de Convenio. 21

Fecha Página: 22 de 44 En el caso de la modificación de uno o más integrantes del equipo ejecutor, la entidad ejecutora deberá entregar los antecedentes requeridos en cada perfil, además del certificado de antecedentes, señalado en los presentes Términos de Referencia para la aprobación de JUNAEB. Respecto a la modificación de fechas y horarios, estos deberán desarrollarse durante el periodo de ejecución del programa ya sea. Entendiéndose como periodo de vacaciones Invernales o de verano. JUNAEB procederá a revisar los antecedentes entregados y emitir respuesta a la solicitud, en un plazo no superior a 24 horas contadas desde su recepción. La entidad no podrá realizar ni efectuar ningún cambio hasta que JUNAEB le comunique la autorización. 16.2 Emergencias En el caso de existir una emergencia, la entidad ejecutora deberá informar a la contra parte técnica de la Unidad Regional de Salud en primera instancia vía telefónica, y posteriormente por escrito, en un plazo no superior a 2 horas, contado desde la ocurrencia de cualquier hecho que afecte el estado físico, psíquico, emocional o de cualquier aspecto que comprometa gravemente el normal desarrollo de los participantes de la actividad. El Plan de Emergencia, deberá contemplar un procedimiento normalizado de acción para el o los beneficiarios(as) y ocupantes de las instalaciones; disminuir el tiempo de reacción de los afectados; evitar lesiones y/o complicaciones postraumáticas que puedan sufrir los beneficiarios(as). 16.3 Suspensión del proyecto En el evento de configurarse un caso fortuito o fuerza, esto es, que debido a un imprevisto que no es posible resistir, y que en los hechos, determinara una real y concreta capacidad de la entidad ejecutora para dar un eficiente y eficaz termino a la ejecución de una o más intervenciones; la entidad ejecutora deberá notificar de inmediato a JUNAEB acerca de mayor, esto es, que 22

Fecha Página: 23 de 44 - La ocurrencia del caso fortuito o fuerza mayor; (Naufragio, un terremoto, apresamiento de enemigos, los actos de autoridad ejercida por un funcionario público, etc. (artículo 45 del código civil), - Los gastos comprometidos o incurridos hasta la fecha; - El número de beneficiarios(as) efectivamente atendidos(as) y la cantidad de días ejecutados, cuando sea procedente. JUNAEB, luego de la notificación, procederá a calificar si los hechos constituyen caso fortuito o causa de fuerza mayor, que pongan en riesgo la integridad de los beneficiarios. De acuerdo a lo anterior, JUNAEB pagará los gastos incurridos hasta la fecha de la notificación, de acuerdo al número de beneficiarios(as) efectivamente atendidos(as) y la cantidad de días ejecutados, cuando sea procedente. 16.4 Protocolo de actividades que presenten riesgo físico y psicológico dentro y fuera del establecimiento educacional o recinto. Toda actividad realizada tanto al interior como al exterior de la Escuela Abierta que pueda provocar un riesgo físico, psicológico y/o emocional a los beneficiarios (Excursiones fuera del recinto; visitas a museos, etc.), deberá ser informada con 24 hrs. de antelación a la Contraparte Técnica de esta Dirección Regional, a través de correo electrónico. Siendo esta Dirección Regional responsable de autorizar, rechazar o suspender la(s) actividad(es). La Entidad Ejecutora deberá contar con todos los resguardos necesarios para el bienestar físico, psicológico y emocional de los beneficiarios tales como: hidratación, bloqueador solar, transporte según normas del Ministerio de Transporte, entre otros. JUNAEB, notificará a la entidad ejecutora en un plazo no superior a 12 hrs. la autorización, rechazo o suspensión de la(s) actividad(es). 23

Fecha Página: 24 de 44 La notificación, se realizará de acuerdo al título 19 denominado Notificaciones. A su vez, JUNAEB emitirá la respuesta de la solicitud al correo electrónico estipulado en el formulario de presentación de proyecto de la entidad ejecutora. 17. DE LA SUPERVISIÓN Y CONTROL DE JUNAEB Para efectos de la supervisión y seguimiento del proyecto, actuarán como contraparte técnica la Unidad de Salud de esta Dirección Regional. Las entidades ejecutoras, deberán permitir que JUNAEB supervise, verifique y acceda a: - Dependencias del Establecimiento Educacional o recinto. - Documentos técnicos, administrativos y financieros; - Equipo ejecutor; - Actividades planificadas; - Otros que JUNAEB considere necesarios. 18. DE LAS SANCIONES En el evento que la entidad no cumpla o contravenga de forma íntegra o parcial, una o todas las obligaciones establecidas en los presentes Términos de Referencia o en el respectivo convenio, constituirá falta y se considerará causal suficiente para la aplicación de multas, término anticipado de convenio o inhabilitación, según corresponda y no siendo excluyentes entre sí. JUNAEB deberá emitir un informe ejecutivo administrativo técnico, anexando las supervisiones realizadas y antecedentes correspondientes; las actas de supervisiones deberán encontrarse firmadas por los encargados de proyectos o quien lo subrogue en el momento de la supervisión, nombres y cargos del supervisor y supervisados y registrar la fecha de la supervisión. 24

Fecha Página: 25 de 44 De acuerdo a lo anterior, esta Dirección Regional de JUNAEB deberá proceder a dictar una Resolución indicando la sanción correspondiente al incumplimiento detectado (cobro de multa término anticipado de convenio inhabilitación). 18.1 Término Anticipado de Convenio 1. Podrá ponerse término anticipado al convenio por resciliación o mutuo acuerdo de las partes. 2. La, se encuentra facultada para declarar unilateral y administrativamente el término anticipado del convenio, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario en las siguientes situaciones: a) La entidad ejecutora utiliza la totalidad o parte de los recursos para fines diferentes a lo estipulado en los presentes Términos de Referencia, y ello se verificase mediante la supervisión en terreno y/o denuncias. Las denuncias deberán ser investigadas por JUNAEB y/u organismo competente en el caso que proceda con la finalidad de identificar la veracidad de éstas. b) En la eventualidad que uno o más integrantes del equipo ejecutor, incurriese en situaciones de abuso sexual, acoso sexual y/o cualquier delito que afecte la dignidad e integridad de los estudiantes, y ello se verificase mediante la supervisión en terreno y/o denuncias. La denuncia deberá realizarse por JUNAEB en el organismo competente para que investigue su veracidad. c) En la eventualidad que uno o más integrantes del equipo ejecutor, porte y/o consuman alcohol y/o drogas al interior del centro educativo, y ello se verificase mediante la supervisión en terreno y/o denuncias. Las denuncias deberán ser investigadas por JUNAEB y en el caso de existir indicios de su veracidad, ésta deberá poner todos los antecedentes ante el Ministerio Público. 25

Fecha Página: 26 de 44 d) La entidad ejecutora incurriese en cuidado negligente de los beneficiarios(as), entendiendo como riesgo tanto físico, emocional o también psicológico, etc. y ello se verificase mediante la supervisión en terreno y/o denuncias de la comunidad educativa (apoderados, profesores, directivos, estudiantes u otro). Las denuncias deberán ser investigadas por JUNAEB y el organismo competente en el caso que proceda para ello, con la finalidad de identificar la veracidad de éstas. e) En caso de accidente, desastre natural u otra contingencia la entidad ejecutora no respete los protocolos declarados en el formulario de presentación de proyectos. Ej., en caso de accidente grave no se dirija al Servicio de Salud más cercano y/o no haga entrega de los antecedentes necesarios para hacer uso del seguro escolar (nombre, RUN, dirección, etc.) y/o no dé aviso telefónicamente a más tardar 2 horas a JUNAEB y familia del beneficiario(a), y ello se verificase mediante la supervisión en terreno y/o denuncias. Las denuncias deberán ser investigadas por JUNAEB y/u organismo competente en el caso que proceda con la finalidad de identificar la veracidad de éstas. f) En el caso de plaga de insectos, roedores u otras contingencias medioambientales y de salud pública, que pongan en riesgo la salud o integridad de los beneficiarios(as) y ello se verificase mediante la supervisión, denuncias y/o alertas sanitarias. Las denuncias deberán ser investigadas por JUNAEB y/u organismo competente en el caso que proceda con la finalidad de identificar la veracidad de éstas. g) La entidad ejecutora no implemente las actividades planificadas en el periodo de h) En caso de no poder utilizar en forma adecuada durante un día o más el espacio habilitado para Cocina (PAE regular) y comedores, sea del establecimiento principal o suplente declarado en carta de compromiso, i) La entidad ejecutora incurra en la aplicación de tres multas, descritas en el título 18.3. 26

Fecha Página: 27 de 44 j) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. k) En el caso que la entidad ejecutora incurra en alguna sanción descrita en el punto 18.2, denominada Inhabilitaciones. En el evento que se ponga término anticipado al convenio, la entidad adjudicada deberá entregar a JUNAEB aquellos productos que se encuentran pendientes al momento de comunicársele el término anticipado, como informes técnicos, rendiciones financieras, etc., de lo contrario JUNAEB se encuentra facultada de hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del convenio. Sin perjuicio de lo anterior, JUNAEB podrá deducir las acciones legales que en derecho correspondan, con el objeto de obtener una reparación por los perjuicios que el incumplimiento de las obligaciones que emanen del convenio, se hubieren ocasionado. 18.2 Inhabilitaciones JUNAEB podrá inhabilitar a la entidad ejecutora para futuros procesos de concurso del Programa Escuelas Abiertas, en el evento que el adjudicatario incurra en alguna de las siguientes causales: Falta Declaración jurada adulterada (Anexo N 2). Rendición de cuentas adulterada. Difundir parcial o totalmente información personal de los estudiantes. Tipo de sanción Inhabilitación de la entidad adjudicataria por 1 año. Inhabilitación de la entidad adjudicataria por 2 años. Inhabilitación de la entidad adjudicataria por 2 años. 27

Fecha Página: 28 de 44 18.3 Multa(s) JUNAEB podrá aplicar multa(s) en el evento que la entidad ejecutora incurra en alguna de las causales que se describen a continuación, mediante resolución fundada que debe notificarse, mediante carta certificada al domicilio señalado en el convenio por la entidad ejecutora. La entidad ejecutora, deberá enterar el monto de la multa en una cuenta bancaria que JUNAEB comunicará en el mismo acto mediante el cual se notifica la infracción, a través de carta certificada dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la infracción. En el evento que la entidad ejecutora ejerza la facultad de apelar a la multa cursada, el plazo antes señalado se contará a partir de la notificación del acto administrativo que resuelve o rechaza la apelación deducida. En la eventualidad que la entidad ejecutora no pagase la multa impuesta, JUNAEB se encuentra facultada para descontar el monto respectivo de la próxima cuota que se encuentre pendiente o bien hacer efectiva con cargo a la garantía del fiel cumplimiento del convenio. En caso de este último, la entidad ejecutora deberá renovar la garantía dentro de los 5 días hábiles siguientes del cobro del documento. La nueva garantía de fiel cumplimiento deberá emitirse de acuerdo a lo establecido en el título 13 de los presentes Términos de Referencia denominado De la Garantía. 18.3.1 Entidades Privadas: La Dirección Regional, podrá aplicar a las entidades privadas una multa hasta el 10% del valor del convenio adjudicado por incumplimiento: Infracción En el caso que la Escuela no cuente con la señalética respectiva de las vías de evacuación en caso de emergencia Sanción Multa de 0.5 UF por cada supervisión que se evidencie infracción 28

Fecha En el evento que la entidad ejecutora, no cuente con todo lo necesario para la realización del proyecto (ejemplo, materiales para las actividades, etc.) En la eventualidad que uno o más integrantes del equipo ejecutor, porte y/o consuman alcohol y/o drogas al interior del Centro de Educacional. En el caso que injustificadamente no estén presente uno o más integrantes del equipo ejecutor, aprobados por JUNAEB Página: 29 de 44 Multa de 0.5 UF por cada supervisión que se evidencie infracción Multa de 1 UF por cada supervisión que se evidencie infracción Multa de 0.5 UF por cada supervisión que se evidencie infracción El valor de la UF a considerar para la aplicación de la multa corresponderá a la fecha de suscripción del convenio. 18.3.2 Entidades Públicas: En el caso que, las entidades públicas incurrieran en incumplimiento a los presentes Término de Referencia, JUNAEB se encuentra facultada para: - Solicitar los respaldos respectivos para realizar una auditoria frente a los recursos traspasados a la entidad pública; y/o - Poner a disposición los antecedentes ante la Contraloría General de la República de la región respectiva, con la finalidad de que inicie la investigación pertinente. En la eventualidad que, la entidad pública incurra en los incumplimientos señalados en el numeral 18.3.1 más de tres veces se dará término anticipado de convenio. 18.4 Procedimiento de Aplicación de Sanciones (Término anticipado de convenio, inhabilitación y/o multa) La Dirección Regional de JUNAEB, aplicará la(s) sanción(es), dictando la respectiva Resolución Fundada y lo comunicará al adjudicatario por medio de carta certificada u oficio dirigido al domicilio informado por éste, en el convenio. 29

Fecha Página: 30 de 44 Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección Regional de JUNAEB, podrá deducir las acciones legales que en derecho correspondan, con el objeto de obtener una reparación por los perjuicios que el incumplimiento de las obligaciones que emanen del convenio que se hubieren ocasionado. 18.5 Procedimiento de Apelación de las Sanciones (Término anticipado de convenio, inhabilitación y/o multa) La entidad ejecutora a quien se le aplicare una(s) sanción(es) mediante el proceso de sanciones podrá apelar de ella(s), esta apelación se dirigirá al Director Regional de JUNAEB, dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la(s) sanción (es). La apelación, deberá ser fundada y documentada, para ser analizada por el Comité Regional de Sanciones constituido para tal efecto, el cual se encargará, a través de fundamentación técnica, de analizar la apelación y emitir pronunciamiento dentro de un plazo de 10 días hábiles contados desde su recepción, acogiendo o rechazando la apelación 18.6 El Comité Regional de Sanciones El Comité Regional de Sanciones estará conformado por un equipo de al menos 3 funcionarios de la Dirección Regional, designados por el Director Regional respectivo. El comité tendrá como función resolver los descargos presentados por la entidad ejecutora respecto de la(s) sanción (es) notificados por incumplimiento. No obstante a lo anterior, el Director Regional podrá participar de la comisión de sanción. En situaciones de rendición adulterada de fondos, JUNAEB iniciará las acciones legales correspondientes, incluida la querella criminal. 30

Fecha Página: 31 de 44 El periodo de inhabilitación (participar de futuros procesos concursables del Programa Escuelas Abiertas) se deberá contar desde la fecha de notificación de la Resolución respectiva. 19. NOTIFICACIONES Toda notificación que cualquiera de las partes efectúe a la otra deberá realizarse por escrito, debiendo ser remitida por Carta certificada u Oficio, dirigido al representante legal y en la dirección estipulada en el convenio. 20. DE LAS OBLIGACIONES DE JUNAEB Esta Dirección Regional correspondiente de JUNAEB, realizará las siguientes gestiones para apoyar el trabajo de entidades ejecutoras: 20.1 Difusión: Generará acciones de difusión del Programa a nivel comunal y en establecimientos educacionales. 20.2 Alimentación - Proveer la cantidad de raciones de acuerdo al número de participantes - Organizar una reunión con las entidades ejecutoras y las empresas proveedoras del Programa de Alimentación Escolar (PAE), con el objeto de coordinar acciones para el cumplimiento del proyecto. 20.3 Reunión de inducción. Entregar todas las orientaciones necesarias a fin de reforzar y cautelar aspectos de la intervención, relacionados con los siguientes puntos: 31

Fecha Página: 32 de 44 - Finalidad del Programa. - Metodología del Programa. - Abuso sexual (Prevención de abuso sexual y Protocolos que serán una guía de cómo abordar la situación de abuso, adonde dirigirse, etc.). - Proceso de Rendición de Cuentas. - Utilización de instrumentos y registros. - Evaluación de desempeño. - Encuesta de satisfacción usuaria. - Difusión de Programas de JUNAEB. - Supervisión. - Entrega de la Guía Metodológica del Monitor elaborada por JUNAEB - Otros, que la Región considera pertinente. 20.4 Reunión de coordinación Coordinar reunión técnico informativa con las partes involucradas, es decir, DAEM, entidad ejecutora, entre otros, a fin de coordinar y consensuar el proyecto a desarrollar (fechas, horarios, locación, participantes, producto esperado, etc.); 20.5 Seguro Escolar Enviar a cada establecimiento educacional, responsable comunal, a los Departamentos Provinciales de Educación un oficio indicando la necesidad de contar con el seguro escolar obligatorio para acceder al beneficio de las Escuelas Abiertas. 20.6 Evaluación de Desempeño Realizar evaluación de desempeño a todas las entidades adjudicadas una vez culminado el proceso de intervención. 32