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mencionado y de la importancia de la problemática.

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Transcripción:

1 Buenos Aires, 24 de abril de 2003 RESOLUCION N : 111/03 ASUNTO: Acreditación del proyecto de carrera de Especialización en Ingeniería en Software, de la Universidad Empresarial Siglo XXI, Área de Posgrado, que se dictará en la ciudad de Córdoba, al sólo efecto del reconocimiento provisorio del título. Proyecto Nº 1375/02 VISTO: la solicitud de acreditación del proyecto de carrera de Especialización en Ingeniería en Software presentado por la Universidad Empresarial Siglo XXI, Área de Posgrado, ante el Ministerio de Educación Ciencia y Tecnología, el informe de evaluación, la documentación presentada en ocasión de la respuesta a la vista y lo dispuesto por la Ley 24.521, la RESOLUCION Nº 1168/97 y la RESOLUCION N 532/02 del MECyT, la ORDENANZA N 033 CONEAU 02, y CONSIDERANDO: 1. Aspectos generales e institucionales El proyecto de Especialización en Ingeniería de Software cumple con las necesidades y demandas de la sociedad, en cuanto a la capacitación de profesionales en aspectos vinculados a la formación y desarrollo de productos informáticos. Se presentan como aspectos positivos el marco normativo, la infraestructura de los laboratorios, la política de becas y los fondos económicos destinados a la carrera. Se observa como debilidad que los convenios con instituciones educativas no son específicos de la Ingeniería de Software. Las actividades científicas y tecnológicas presentadas en el documento no están vinculadas con esta área específica. Además, la documentación de la especialización no aclara cuál es la vinculación con carreras de grado en área tecnológica. 2. Gestión de la carrera La estructura organizativa de gestión del posgrado está compuesta por un director, un codirector y un comité académico. Se observa que el perfil de la directora y el codirector de la especialización, en cuanto a su experiencia en gestión, antecedentes

2 académicos y profesionales e investigación, son adecuados para la responsabilidad del cargo; aunque, en el caso de la directora, hay que destacar como aspecto negativo la lejanía de su lugar de residencia con el de la jurisdicción donde se desarrollará la carrera, por lo que se recomienda la verificación de la articulación de tareas entre el director y codirector. La dedicación horaria de sus directores a la gestión es adecuada. Por su parte, el comité académico está compuesto por seis miembros, todos son docentes del posgrado, lo cual limitaría y condicionaría sus funciones. El hecho de ser juez y parte miembros del comité y docentes de la especialización le restaría valor objetivo a la coordinación, seguimiento y evaluación académica de la carrera. Las actividades y funciones del comité académico están expresadas con claridad. Por esta razón se considera necesario, se incluya en el comité académico a miembros externos a la carrera y de ser posible, a la universidad que permitan realizar una evaluación de forma más objetiva y facultar a sus miembros en actividades de evaluación y asesoría. En las estrategias de mejoramiento no se observa un plan de capacitación permanente de su claustro docente y de articulación de la carrera con empresas de la industria vinculadas a la Ingeniería de Software, lo que no favorecería una constante actualización de la especialización. 3. Plan de estudios y perfil de la carrera La carga horaria de la especialización, de 380 hs. presenciales y obligatorias, es adecuada. Se exige también el cumplimiento de 150hs de trabajo de práctica profesional. La asignación horaria por materia y el tipo de evaluación es apropiada. Los objetivos y el perfil, las actividades y las asignaturas de la carrera son coherentes entre sí y relevantes con el tipo de posgrado y del área disciplinaria donde se inscribe. La bibliografía propuesta por los docentes es adecuada en función de los contenidos de las materias. La cantidad de asignaturas previstas es coherente con un posgrado de estas características. Las modalidades y requisitos de evaluación son pertinentes; sin embargo, no queda claro en qué momento el docente realiza la evaluación y calificación final. Algunos de los contenidos de las asignaturas Algoritmos y Estructuras de Datos y Diseño de Base de Datos son repetitivos, en alguna medida, con los previstos en las carreras de grado indicadas en los requisitos de ingreso.

3 En términos generales se cumple con los requisitos de la resolución 1168/97. 4. Tesis o trabajos finales Se considera que el trabajo final denominado Trabajo de práctica profesional es adecuado en cuanto prevé la integración de los conocimientos adquiridos y la aplicación de estos en un ambiente real. En el reglamento de la carrera se indica el tiempo de duración de la práctica y el plazo de vencimiento de entrega del informe final, como también el procedimiento de selección y designación del director del trabajo de práctica profesional y del tutor de desempeño. No se aclara explícitamente, aunque se supone, que la presentación y defensa del trabajo final por parte del alumno sea individual. 5. Cuerpo académico El cuerpo docente, en general, cuenta con experiencia profesional, académica y en investigación. Esta última característica se observa en especial en los docentes que sólo cuentan con título de grado universitario. La totalidad del cuerpo docente de la carrera es estable, permitiendo el fortalecimiento de la identidad y la continuidad de la carrera. Es de destacar como debilidad que más del 50% de los docentes (7 sobre 13), aunque con antecedentes meritorios y competencias para dictar la asignatura a cargo, no cuentan con título de posgrado, como tampoco se prevé un plan estratégico futuro de mejora en este aspecto. Se considera pertinente desarrollar un plan de capacitación permanente del claustro docente y de articulación de la carrera con empresas de la industria vinculadas con la Ingeniería de Software, favoreciendo una constante actualización de la especialización. En los requisitos de selección docente está explicitado que, como mínimo, deben tener un título de Magister; sin embargo, de un total de trece docentes, sólo tres han alcanzado el título máximo de doctor y uno de magister. Sería conveniente que, en un futuro, cumplieran con los requisitos de selección docente indicados por la institución. 6. Actividades científico-tecnológicas y de transferencia Se presentan nueve fichas de actividades científico-tecnológicas, aunque en su mayoría se trata de proyectos de extensión y no de investigación, lo cual sería más pertinente y adecuado al nivel de formación que se promueve. Dos de estas actividades están dirigidas por miembros del cuerpo docente propuesto.

4 7. Alumnos y graduados Teniendo en cuenta que esta carrera está en la etapa de proyecto, sólo se pueden evaluar los requisitos de admisión que, por su parte, son pertinentes de acuerdo con la construcción de conocimientos previstos en el desarrollo de las asignaturas y actividades de la carrera. Se prevé el ingreso de alumnos de carreras de grado afines a la informática y la computación, con capacidad para la comprensión de textos en inglés y que tengan los conocimientos previos necesarios para el desarrollo de la especialización. Esta condición se evalúa como adecuada para la admisión en este nivel de especialización. El cupo máximo de ingreso de cuarenta alumnos por trimestre y las modalidades de selección de los postulantes son coherentes con las características y exigencias curriculares de la carrera. Se aclara también que el alumno debe cumplir con requisitos técnicos administrativos que son uso y costumbre en los ingresos universitarios. 8. Infraestructura y equipamiento La carrera cuenta con espacios físicos, material de uso didáctico y equipamiento tecnológico que cubren las necesidades, observándose gran cantidad de laboratorios informáticos disponibles. Los recursos de biblioteca son insuficientes en función de la bibliografía propuesta por los docentes y las necesidades del posgrado. Tampoco se cuenta con suficientes suscripciones a publicaciones especializadas. En síntesis, el proyecto de carrera de Especialización en Ingeniería del Software, desde el punto de vista general e institucional, se encuentra diseñado de acuerdo a las necesidades y demandas informáticas de la sociedad y responde a los requerimientos formativos del perfil que se propone alcanzar en los futuros especialistas. Cuenta con un diseño curricular y un cuerpo directivo y docente que le permiten la formación de profesionales en la Ingeniería en Software, en un contexto académico y edilicio apropiado. La política de becas y los fondos destinados a la implementación de la especialización aseguran su continuidad en el tiempo.

5 Por ello, LA COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA RESUELVE: ARTICULO 1º.- ACREDITAR el proyecto de carrera de Especialización en Ingeniería en Software, de la Universidad Empresarial SXXI, Área de Posgrado, que se dictará en la ciudad de Córdoba, cuyo plan de estudios se incluye como anexo, al sólo efecto del reconocimiento oficial provisorio del título. ARTICULO 2º.- Esta acreditación caducará en la primera convocatoria a acreditación posterior al inicio de las actividades académicas previstas en el proyecto. ARTICULO 3º.- RECOMENDAR: Se verifique la articulación de tareas entre el director y codirector. Se incluya en el comité académico a miembros externos a la carrera y, de ser posible, a la universidad. Se desarrolle un plan de capacitación permanente del claustro docente y de articulación de la carrera con empresas de la industria vinculadas con la Ingeniería de Software, favoreciendo una constante actualización de la especialización. ARTICULO 4º.- Regístrese, comuníquese, archívese. RESOLUCION Nº 111 CONEAU-03