Teniendo en cuenta lo anterior se elabora el presente instructivo, con los siguientes propósitos:

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FORMULARIO UNICO TERRITORIAL FUT MODIFICACIONES FUT SECTOR SALUD INSTRUCTIVO PARA EL REGISTRO DE LAS OPERACIONES CON RECURSOS DEL SECTOR SALUD DERIVADAS DEL DECRETO 1080 DE 2012, LA LEY 1608 DE 2013 Y EL DECRETO 728 DE 2013 OBJETO El Decreto 1080 de 2012, la Ley 1608 de 2013 y el Decreto 728 de 2013, fueron expedidos con el propósito de mejorar la liquidez y optimizar el uso de los recursos del Sector Salud. Estas normas generan operaciones de flujo de recursos que deben ser reportadas en el FUT por los Departamentos, Distritos y Municipios, según corresponda, a partir del último trimestre de 2013 y para el año 2014. Para el reporte y seguimiento de las operaciones a que hacen referencia las normas, fue necesario realizar modificaciones al Plan de Cuentas del FUT en las categorías de Ingresos, Inversión y, Fondo de Salud Ejecución. Teniendo en cuenta lo anterior se elabora el presente instructivo, con los siguientes propósitos: i) Informar las cuentas modificadas, eliminadas e incluidas en el FUT para el sector salud. ii) Informar cómo deben ser reportadas en el FUT las operaciones a que hacen referencia las normas expedidas. Es importante precisar que la ejecución de los recursos del sector salud debe cumplir con las condiciones, las características y la priorización establecida en las normas. 1. CUENTAS S, ELIMINADAS E INCLUIDAS. En el Anexo 1 del presente instructivo se presentan las modificaciones realizadas al Plan de Cuentas FUT del sector salud, para el reporte a partir del último trimestre con corte a diciembre 31 de 2013. Instructivo FUT Sector Salud Página 1

Los gastos de inversión y los gastos del Fondo de Salud Ejecución, deben ser reportados discriminando el valor correspondiente a la ejecución por cada fuente, de tal forma que pueda efectuarse el seguimiento a la utilización de cada recurso de financiación. Las siguientes son las nuevas fuentes de financiación creadas para el reporte de la ejecución de los gastos de inversión y de los gastos del Fondo de Salud: CODIGO DENOMINACION 631 EXCEDENTES CUENTA MAESTRA RÉGIMEN (OTROS RECURSOS DIFERENTES DEL SGP SALUD) 632 REINTEGRO DE APORTES PATRONALES SECTOR SALUD 633 634 EXCEDENTES DE RENTAS CEDIDAS DESAHORRO FAEP REGALIAS REGIMEN ANTERIOR LEY 141 /94 Y 756/ 02 635 RECURSOS LOTTO EN LINEA 2. REPORTE EN EL FUT DE LAS OPERACIONES GENERADAS POR LAS NORMAS EXPEDIDAS Para el reporte en el FUT de las operaciones generadas con las normas expedidas, se indican a continuación las cuentas de Ingresos y Gastos de Inversión con las fuentes correspondientes. En el Fondo de Salud, las entidades territoriales también deben reportar como se indica a continuación, utilizando las mismas cuentas con los códigos correspondientes a Ingreso (FSI) y gasto (FSG), de acuerdo con la información que se presenta en el Anexo 1, para el Fondo de Salud. 2.1 DECRETO 1080 DE 2012 Este decreto establece el procedimiento para el pago de las deudas del Régimen Subsidiado de Salud sobre contratos de aseguramiento suscritos hasta el 31 de marzo de 2011. 2.1.1 Excedente de la Cuenta Maestra del Régimen Subsidiado Los Excedentes de la Cuenta Maestra, que podrán ser utilizados para el pago de las deudas sobre contratos del Régimen Subsidiado siguiendo el procedimiento establecido Instructivo FUT Sector Salud Página 2

en el mencionado decreto, deben ser reportados como Superávit del Régimen Subsidiado con recursos SGP salud y con recursos diferentes al SGP salud, en las siguientes cuentas: Ingresos CODIGO NOMBRE DESCRIPCION TI.B.6.2.2.2.1.2.1 Superávit vigencias recursos Superávit fiscal de vigencias SGP Régimen Subsidiado no incorporado Sistema General de Participaciones - Salud TI.B.6.2.2.2.5 Superávit excedentes Cuenta maestra régimen subsidiado otros recursos diferentes a SGP - Régimen subsidiado Superávit de recursos en cuenta maestra régimen subsidiado de otros recursos diferentes al SGP Salud vigencias La sumatoria de los conceptos debe corresponder al excedente de la Cuenta Maestra de Régimen Subsidiado. 2.1.2 Pago deuda contratos Régimen Subsidiado Los pagos de la deuda reconocida sobre contratos del régimen subsidiado deben ser reportados indicando el valor pagado con cada una de las fuentes que conforman el saldo excedente de la cuenta maestra de régimen subsidiado. INVERSION CODIGO CONCEPTO A.2.1.9.1 PAGO DEUDA CONTRATOS REGIMEN A.2.1.9.1 PAGO DEUDA CONTRATOS REGIMEN CODIGO NOMBRE 250 SGP Saldos no ejecutados vigencias 2.2 LEY 1608 DE 2013 Con esta ley se adoptaron medidas para mejorar la liquidez y el uso de algunos recursos del Sector Salud. Esta norma permitió el uso de los recursos que se detallan a continuación: Instructivo FUT Sector Salud Página 3

A. Excedentes de Cuenta Maestra del Régimen Subsidiado. B. Recursos de excedentes de aportes patronales provenientes del proceso de liquidación de Cajanal EPS. C. Recursos de excedentes de rentas cedidas. D. Recursos del Fosyga hasta por un monto de ciento cincuenta mil millones de pesos ($150.000.000.000) que se asignarán para que las entidades territoriales puedan atender las deudas reconocidas del Régimen Subsidiado de Salud, en virtud de lo establecido en el artículo 275 de la Ley 1450 de 2011. E. Recursos Desahorro FAEP. A continuación se describen tanto los ingresos como los gastos a reportar en el FUT por las entidades territoriales para cada tipo de recurso y uso: A. EXCEDENTE DE CUENTA MAESTRA REGIMEN 2.2.1 Ingresos Los recursos de Excedentes de Cuenta Maestra del Régimen Subsidiado deben ser registrados como se indicó en el numeral 2.1.1. 2.2.2 Inversión Los recursos de Excedentes de Cuenta Maestra Régimen Subsidiado deben ser reportados como se indica a continuación, de conformidad con cada uno de los usos permitidos en la Ley 1608 de 2013: Artículo 2, Numeral 1 Para asumir el esfuerzo propio a cargo de los municipios y distritos, que durante las vigencias de 2011, 2012 y 2013 se deba aportar en la cofinanciación del Régimen Subsidiado de Salud. La utilización de recursos excedentes de cuenta maestra Régimen Subsidiado para asumir el esfuerzo propio debe ser reportada indicando la ejecución correspondiente a cada recurso de financiación así: Instructivo FUT Sector Salud Página 4

NOMBRE A.2.1.1 AFILIACION REGIMEN 250 SGP Saldos no ejecutados vigencias A.2.1.1 AFILIACION REGIMEN Artículo 2, Numeral 2 Pago de los servicios prestados a la población pobre no asegurada y pago de los servicios no incluidos en el Plan de Beneficios a cargo del departamento o distrito asumidos por Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud públicas o privadas. La ejecución de recursos de excedentes de cuenta maestra para este concepto debe ser reportada, en las cuentas que correspondan a los códigos y conceptos que se relacionan a continuación (por concepto de contratación con ESE o IPS privadas o mixtas, etc.), indicando el valor ejecutado por cada una de las dos fuentes que conforman el excedente de la cuenta maestra de Régimen Subsidiado: A.2.3.1 PRESTACION DE SERVICIOS DE SALUD PARA LA POBLACIÓN POBRE NO ASEGURADA A.2.3.1 A.2.3.2 A.2.3.2 PRESTACION DE SERVICIOS DE SALUD PARA LA POBLACIÓN POBRE NO ASEGURADA PRESTACION DE SERVICIOS DE SALUD A LA POBLACIÓN POBRE AFILIADA AL REGIMEN NO INCLUIDOS EN EL PLAN (NO POS-S) PRESTACION DE SERVICIOS DE SALUD A LA POBLACIÓN POBRE AFILIADA AL REGIMEN NO INCLUIDOS EN EL PLAN (NO POS-S) NOMBRE 250 SGP Saldos no ejecutados vigencias 250 SGP Saldos no ejecutados vigencias Instructivo FUT Sector Salud Página 5

Artículo 2, Numeral 3 Para financiar programas de saneamiento fiscal y financiero de Empresas Sociales del Estado categorizadas en riesgo medio y alto, así: A.2.4.15 PROGRAMAS SANEAMIENTO FISCAL Y FINANCIERO EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO -ESE A.2.4.15 PROGRAMAS SANEAMIENTO FISCAL Y FINANCIERO EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO -ESE NOMBRE 250 SGP Saldos no ejecutados vigencias Artículo 2, Numeral 4 Inversión en el mejoramiento de la infraestructura y dotación de la red pública de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, así: A.2.4.8 INVERSIÓNES DIRECTAS EN LA BIENAL EN EQUIPOS Y DOTACION A.2.4.8 A.2.4.9 A.2.4.9 Artículo 2, Numeral 5 INVERSIÓNES DIRECTAS EN LA BIENAL EN EQUIPOS Y DOTACION INVERSIÓNES DIRECTAS EN LA BIENAL EN INFRAESTRUCTURA INVERSIÓNES DIRECTAS EN LA BIENAL EN INFRAESTRUCTURA NOMBRE 250 SGP Saldos no ejecutados vigencias 250 SGP Saldos no ejecutados vigencias Para financiar en los municipios y distritos categorías Especial, 1 y 2, pruebas piloto que permitan hacer ajustes a la UPC del Régimen Subsidiado de Salud, así: NOMBRE A.2.1.12 PRUEBA PILOTO EN MUNICIPIOS Y 250 SGP Saldos no ejecutados vigencias Instructivo FUT Sector Salud Página 6

A.2.1.12 DISTRITOS CATEGORIA 1 Y 2 PARA AJUSTE UPC REGIMEN PRUEBA PILOTO EN MUNICIPIOS Y DISTRITOS CATEGORIA 1 Y 2 PARA AJUSTE UPC REGIMEN B. RECURSOS DE EXCEDENTES DE APORTES PATRONALES PROVENIENTES DEL PROCESO DE LIQUIDACIÓN DE CAJANAL EPS Los recursos de excedentes de aportes patronales correspondientes a activos remanentes del recaudo de aportes al Sistema de Seguridad Social en Salud provenientes del proceso de liquidación de Cajanal, deben ser reportados así: Ingresos En este concepto se deben reportar los recursos provenientes del proceso de liquidación de Cajanal, asignados a la entidad territorial, sin situación de fondos, así: CODIGO NOMBRE DESCRIPCION REINTEGROS APORTES PATRONALES Devolución de excedentes de aportes SALUD patronales del sector salud. Proceso de saneamiento establecido en el Art. 85 Ley 1438/2011 y Numeral 2 del Art. 3 Ley 1608/2013 TI.B.13.1.6 Inversión Pago de los servicios prestados a la población pobre no asegurada y servicios no incluidos en el Plan de Beneficios a cargo del departamento o distrito, así: NOMBRE A.2.3.1 PRESTACION DE SERVICIOS DE 632 REINTEGRO DE APORTES SALUD PARA LA POBLACIÓN PATRONALES SECTOR SALUD POBRE NO ASEGURADA A.2.3.2 PRESTACION DE SERVICIOS DE SALUD A LA POBLACIÓN POBRE AFILIADA AL REGIMEN NO INCLUIDOS EN EL PLAN (NO POS-S) 632 REINTEGRO DE APORTES PATRONALES SECTOR SALUD Instructivo FUT Sector Salud Página 7

Nota: En el año 2014 el reintegro de los aportes patronales a que hace referencia el Articulo 85 de la Ley 1438 de 2011 y la utilización de estos recursos debe ser reportado en los conceptos de Ingreso e Inversión. C. RECURSOS DE EXCEDENTES DE RENTAS CEDIDAS Los recursos excedentes de las rentas cedidas utilizadas en el fortalecimiento de la infraestructura, la renovación tecnológica, el saneamiento fiscal y financiero que garantice la adecuada operación de las Empresas Sociales del Estado y en el pago de las deudas reconocidas del Régimen Subsidiado de Salud, deben ser reportados así: Ingresos CODIGO NOMBRE DESCRIPCION TI.B.6.2.1.2.4 Superávit excedentes de rentas cedidas Sector Vigencia Anterior Salud TI.B.6.2.2.2.4 Superávit excedentes de rentas cedidas Sector Salud Vigencias Inversión A.2.4.8 INVERSIÓNES DIRECTAS EN LA BIENAL EN EQUIPOS Y DOTACION A.2.4.9 INVERSIÓNES DIRECTAS EN LA BIENAL EN INFRAESTRUCTURA A.2.4.15 PROGRAMAS SANEAMIENTO FISCAL Y FINANCIERO EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO -ESE A.2.1.9.1 PAGO DEUDA CONTRATOS REGIMEN NOMBRE 633 EXCEDENTES DE RENTAS CEDIDAS 633 EXCEDENTES DE RENTAS CEDIDAS 633 EXCEDENTES DE RENTAS CEDIDAS 633 EXCEDENTES DE RENTAS CEDIDAS D. RECURSOS DEL FOSYGA ASIGNADOS PARA EL PAGO DE DEUDAS Los recursos asignados a la entidad territorial por parte del Ministerio de Salud y Protección Social, en virtud de lo establecido en el artículo 5 de la Ley 1608 de 2013, para Instructivo FUT Sector Salud Página 8

atender las deudas reconocidas del Régimen Subsidiado de Salud, en el marco del artículo 275 de la Ley 1450 de 2011, se reportarán así; Ingresos CODIGO NOMBRE DESCRIPCION TI.A.2.6.2.1.3.2 FOSYGA Recursos para financiar pagos de Recursos para el pago de deuda deuda reconocida sobre contratos de régimen reconocida por municipios de subsidiado categorías 4, 5 y 6 sobre contratos de régimen subsidiado según Art. 5 Ley 1608/2013 (sin situación de fondos) Inversión NOMBRE A.2.1.9.1 PAGO DEUDA CONTRATOS 600 FOSYGA REGIMEN E. DESAHORRO FAEP PARA EL PAGO DE LA DEUDA RECONOCIDA DEL RÉGIMEN Los recursos desahorrados del Fondo de Ahorro y Estabilización Petrolera utilizados para el pago de las deudas del Régimen Subsidiado de Salud, reconocidos en virtud de lo establecido en el marco del artículo 275 de la Ley 1450 de 2011, se reportarán así: Ingresos CODIGO NOMBRE DESCRIPCION TI.A.2.6.2.1.7.9 Desahorro FAEP (Régimen Anterior de Regalías Ley 141/94 y 756/02) Recursos desahorro FAEP para los usos establecidos en el Decreto 1849/2013, pago deuda contratos régimen subsidiado. Inversión NOMBRE A.2.1.9.1 PAGO DEUDA CONTRATOS 634 DESAHORRO FAEP REGALIAS REGIMEN REGIMEN ANTERIOR LEY 141 /94 Y 756/ 02 Instructivo FUT Sector Salud Página 9

2.3 Decreto 728 de 2013 2.3.1 Las entidades Territoriales que hayan utilizado los recursos acumulados del Lotto en Línea, en el marco del artículo 1 del Decreto 728 de 2013, reportarán su información así: Ingresos CODIGO NOMBRE DESCRIPCION TI.B.10 Desahorro FONPET Entrega y retiro de recursos del Fondo de Pensiones de las Entidades Territoriales, autorizados por los decretos 4105/2004, 946/2006, 4812/2011 y 728/2013. Inversión NOMBRE A.2.1.1 AFILIACION REGIMEN 660 DESAHORRO FONPET A.2.1.9.1 PAGO DEUDA CONTRATOS 660 DESAHORRO FONPET REGIMEN A.2.4.15 PROGRAMAS SANEAMIENTO 660 DESAHORRO FONPET FISCAL Y FINANCIERO EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO -ESE A.2.4.9 INVERSIÓNES DIRECTAS EN LA 660 DESAHORRO FONPET BIENAL EN INFRAESTRUCTURA 2.3.2 Las entidades territoriales que hayan utilizado los recursos provenientes del Lotto en Línea generados con posterioridad a la fecha en que la entidad territorial determinó la inexistencia de obligaciones pensionales con el sector salud, o que estableció que dichas obligaciones se encuentran plenamente financiadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Decreto 728 de 2013, reportarán la información así: Ingresos CODIGO NOMBRE TI.A.2.6.2.1.8.1.2 Coljuegos Loto en Línea Recursos transferidos por Coljuegos provenientes de Loto en Línea para cofinanciar el régimen subsidiado en salud según Art.2 Decreto 728/2013 Instructivo FUT Sector Salud Página 10

Inversión NOMBRE A.2.1.1 AFILIACION REGIMEN 635 RECURSOS LOTTO EN LINEA 3. REPORTE DE OPERACIONES EN FONDO DE SALUD 3.1 DECRETO 1080 DE 2012 3.1.1 Excedente de la cuenta maestra del Régimen Subsidiado Ingresos CODIGO NOMBRE DESCRIPCION FSI.B.6.2.2.2.1.2.1 Recursos de forzosa inversión - Salud: Superávit fiscal de vigencias Régimen Subsidiado no incorporado Sistema General de Participaciones - Salud FSI.B.6.2.2.2.5 Superávit excedentes Cuenta maestra régimen subsidiado otros recursos diferentes a SGP - Régimen subsidiado Superávit de recursos consignados en cuenta maestra régimen subsidiado de otros recursos diferentes al SGP Salud vigencia La sumatoria de los conceptos debe corresponder al excedente de la cuenta maestra de Régimen Subsidiado. 3.1.2 Pago deuda contratos Régimen Subsidiado Los pagos de la deuda reconocida sobre contratos del régimen subsidiado deben ser reportados indicando el valor pagado por cada una de las fuentes que conforman el saldo excedente de la cuenta maestra de régimen subsidiado. Instructivo FUT Sector Salud Página 11

INVERSION CODIGO CONCEPTO FSG.A.2.1.9.1 PAGO DEUDA CONTRATOS REGIMEN FSG.A.2.1.9.1 PAGO DEUDA CONTRATOS REGIMEN CODIGO NOMBRE 250 SGP Saldos no ejecutados vigencias 3.2 LEY 1608 DE 2013 A. EXCEDENTES DE CUENTAS MAESTRAS DEL REGIMEN 3.2.1 Ingresos Los recursos excedentes de cuenta maestra del Régimen Subsidiado deben ser registrados como se indicó en el numeral 3.1.1 3.2.2 Inversión Artículo 2, Numeral 1 NOMBRE FSG.A.2.1.1 AFILIACION REGIMEN 250 SGP Saldos no ejecutados vigencias FSG.A.2.1.1 AFILIACION REGIMEN Artículo 2, Numeral 2 FSG.A.2.3.1 PRESTACION DE SERVICIOS DE SALUD PARA LA POBLACIÓN POBRE NO ASEGURADA FSG.A.2.3.1 PRESTACION DE SERVICIOS DE SALUD PARA LA POBLACIÓN POBRE NO ASEGURADA NOMBRE 250 SGP Saldos no ejecutados vigencias Instructivo FUT Sector Salud Página 12

FSG.A.2.3.2 FSG.A.2.3.2 PRESTACION DE SERVICIOS DE SALUD A LA POBLACIÓN POBRE AFILIADA AL REGIMEN NO INCLUIDOS EN EL PLAN (NO POS-S) PRESTACION DE SERVICIOS DE SALUD A LA POBLACIÓN POBRE AFILIADA AL REGIMEN NO INCLUIDOS EN EL PLAN (NO POS-S) 250 SGP Saldos no ejecutados vigencias Artículo 2, Numeral 3 Para financiar programas de saneamiento fiscal y financiero de Empresas Sociales del Estado categorizadas en riesgo medio y alto, así: FSG.A.2.4.2.15 PROGRAMAS SANEAMIENTO FISCAL Y FINANCIERO EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO -ESE FSG.A.2.4.2.15 PROGRAMAS SANEAMIENTO FISCAL Y FINANCIERO EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO -ESE NOMBRE 250 SGP Saldos no ejecutados vigencias Artículo 2, Numeral 4 FSG.A.2.4.2.8 INVERSIÓNES DIRECTAS EN LA BIENAL EN EQUIPOS Y DOTACION FSG.A.2.4.2.8 FSG.A.2.4.2.9 FSG.A.2.4.2.9 INVERSIÓNES DIRECTAS EN LA BIENAL EN EQUIPOS Y DOTACION INVERSIÓNES DIRECTAS EN LA BIENAL EN INFRAESTRUCTURA INVERSIÓNES DIRECTAS EN LA BIENAL EN INFRAESTRUCTURA NOMBRE 250 SGP Saldos no ejecutados vigencias 250 SGP Saldos no ejecutados vigencias Instructivo FUT Sector Salud Página 13

Artículo 2, Numeral 5 FSG.A.2.1.12 PRUEBA PILOTO EN MUNICIPIOS Y DISTRITOS CATEGORIA 1 Y 2 PARA AJUSTE UPC REGIMEN FSG.A.2.1.12 PRUEBA PILOTO EN MUNICIPIOS Y DISTRITOS CATEGORIA 1 Y 2 PARA AJUSTE UPC REGIMEN NOMBRE 250 SGP Saldos no ejecutados vigencias B. RECURSOS DE EXCEDENTES DE APORTES PATRONALES PROVENIENTES DEL PROCESO DE LIQUIDACIÓN DE CAJANAL EPS. Ingresos CODIGO NOMBRE DESCRIPCION REINTEGROS APORTES PATRONALES Devolución de excedentes de aportes SALUD patronales del sector salud. Proceso de saneamiento establecido en el Art. 85 Ley 1438/2011 y Numeral 2 del Art. 3 Ley 1608/2013 FSI.B.13.1.6 En este concepto se deben reportar los recursos provenientes del proceso de liquidación de Cajanal, asignados a la entidad territorial, sin situación de fondos. Inversión Pago de los servicios prestados a la población pobre no asegurada y servicios no incluidos en el Plan de Beneficios a cargo del departamento o distrito. FSG.A.2.3.1 PRESTACION DE SERVICIOS DE SALUD PARA LA POBLACIÓN POBRE NO ASEGURADA FSG.A.2.3.2 PRESTACION DE SERVICIOS DE SALUD A LA POBLACIÓN POBRE NOMBRE 632 REINTEGRO DE APORTES PATRONALES SECTOR SALUD 632 REINTEGRO DE APORTES PATRONALES SECTOR SALUD Instructivo FUT Sector Salud Página 14

AFILIADA AL REGIMEN NO INCLUIDOS EN EL PLAN (NO POS-S) Nota: En el año 2014 el reintegro de los aportes patronales a que hace referencia el Articulo 85 de la Ley 1438 de 2011 y la utilización de estos recursos debe ser reportado en los conceptos. C. RECURSOS DE EXCEDENTES DE RENTAS CEDIDAS Ingresos CODIGO NOMBRE DESCRIPCION FSI.B.6.2.1.2.4 Superávit excedentes de rentas cedidas Sector Vigencia Anterior Salud FSI.B.6.2.2.2.4 Superávit excedentes de rentas cedidas Sector Salud Vigencias Inversión FSG.A.2.4.2.8 INVERSIÓNES DIRECTAS EN LA BIENAL EN EQUIPOS Y DOTACION FSG.A.2.4.2.9 INVERSIÓNES DIRECTAS EN LA BIENAL EN INFRAESTRUCTURA FSG.A.2.4.2.15 PROGRAMAS SANEAMIENTO FISCAL Y FINANCIERO EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO -ESE FSG.A.2.1.9.1 PAGO DEUDA CONTRATOS REGIMEN NOMBRE 633 EXCEDENTES DE RENTAS CEDIDAS 633 EXCEDENTES DE RENTAS CEDIDAS 633 EXCEDENTES DE RENTAS CEDIDAS 633 EXCEDENTES DE RENTAS CEDIDAS D.RECURSOS DEL FOSYGA ASIGNADOS PARA EL PAGO DE DEUDAS Ingresos CODIGO NOMBRE DESCRIPCION FSI.A.2.6.2.1.3.2 FOSYGA Recursos para financiar pagos de Recursos para el pago de deuda deuda reconocida sobre contratos de régimen reconocida por municipios de Instructivo FUT Sector Salud Página 15

subsidiado categorías 4, 5 y 6 sobre contratos de régimen subsidiado según Art. 5 Ley 1608/2013 (sin situación de fondos) Inversión NOMBRE FSG.A.2.1.9.1 PAGO DEUDA CONTRATOS 600 FOSYGA REGIMEN E. DESAHORRO FAEP PARA EL PAGO DE LA DEUDA RECONOCIDA DEL REGIMEN CODIGO NOMBRE DESCRIPCION FSI.A.2.6.2.1.7.9 Desahorro FAEP (Régimen Anterior de Regalías Ley 141/94 y 756/02) Recursos desahorro FAEP para los usos establecidos en el Decreto 1849/2013, pago deuda contratos régimen subsidiado. Inversión NOMBRE FSG.A.2.1.9.1 PAGO DEUDA CONTRATOS 634 DESAHORRO FAEP REGALIAS REGIMEN REGIMEN ANTERIOR LEY 141 /94 Y 756/ 02 3.3 Decreto 728 de 2013 3.3.1 Las entidades territoriales que hayan utilizado los recursos acumulados del Lotto en Línea en el marco del artículo 1 del mencionado decreto, reportarán la información en el Fondo de Salud así: Ingresos CODIGO NOMBRE DESCRIPCION FSI.B.10 Desahorro FONPET Entrega y retiro de recursos del Fondo de Pensiones de las Entidades Instructivo FUT Sector Salud Página 16

Territoriales, autorizados por los decretos 4105/2004, 946/2006, 4812/2011 Y 728/2013 Inversión NOMBRE FSG.A.2.1.1 AFILIACION REGIMEN 660 DESAHORRO FONPET FSG.A.2.1.9.1 PAGO DEUDA CONTRATOS 660 DESAHORRO FONPET REGIMEN FSG.A.2.4.15 PROGRAMAS SANEAMIENTO 660 DESAHORRO FONPET FISCAL Y FINANCIERO EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO -ESE FSG.A.2.4.9 INVERSIÓNES DIRECTAS EN LA 660 DESAHORRO FONPET BIENAL EN INFRAESTRUCTURA 3.3.2 Las entidades territoriales que hayan utilizado los recursos provenientes del Lotto en Línea generados con posterioridad a la fecha en que la entidad territorial determinó la inexistencia de obligaciones pensionales con el sector salud o que estableció que dichas obligaciones se encuentran plenamente financiadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Decreto 728 de 2013, reportarán la información así: Ingresos CODIGO NOMBRE FSI.A.2.6.2.1.8.1.2 Coljuegos Loto en Línea Recursos transferidos por Coljuegos provenientes de Loto en Línea para cofinanciar el régimen subsidiado en salud según Art.2 Decreto 728/2013 Inversión NOMBRE FSG.A.2.1.1 AFILIACION REGIMEN 635 RECURSOS LOTTO EN LINEA Instructivo FUT Sector Salud Página 17

ANEXO 1 INSTRUCTIVO MODIFICACIONES FUT SECTOR SALUD CUENTAS S, ELIMINADASE INCLUIDAS PARA EL REPORTE DEL CUARTO TRIMESTRE 2013 Y AÑO 2014 FUT INGRESOS CONCEPTO NOMBRE DESCRIPCION OBSERVACION TI.A.2.6.2.1.1.7.4 TI.A.2.6.2.1.3 TI.A.2.6.2.1.3.1 TI.A.2.6.2.1.3.2 TI.A.2.6.2.1.4 TI.A.2.6.2.1.7.9 TI.A.2.6.2.1.8.1.2 TI.B.6.2.1.2.4 TI.B.6.2.1.2.5 TI.B.6.2.1.2.9 Resto libre inversión(incluye recursos de libre inversión municipios menores de 25000 habitantes) Fondo de Solidaridad y Garantías - FOSYGA- FOSYGA Régimen subsidiado operación corriente FOSYGA Recursos para financiar pagos de deuda reconocida sobre contratos de régimen subsidiado COLJUEGOS 75 % - Inversión en salud. (Ley 643 de 2001, Ley 1122 de 2007 y Ley 1151 de 2007 ) Desahorro FAEP (Régimen Anterior de Regalías Ley 141/94 y 756/02) Coljuegos Loto en Línea Superávit excedentes de rentas cedidas Sector Salud Superávit excedentes Cuenta maestra regimen subsidiado otros recursos diferentes a SGP Otros recursos de forzosa inversión diferentes al SGP (con destinación específica) Sistema General Forzosa Inversión con otras destinaciones diferentes a las. En caso de restitución operación FOSYGA o pago de deuda contratos régimen subsidiado reporte sin situación de fondos Recursos provenientes del Fondo de Solidaridad y Garantía del Sistema General de Seguridad Social en Salud con el fin de adelantar inversiones de acuerdo a las directrices del Ministerio Salud y Protección Social Recursos destinados a la confinanciación UPC del régimen subsidiado en la vigencia corriente (sin situación de fondos) Recursos para el pago de deuda reconocida por municipios de categorías 4, 5 y 6 sobre contratos de régimen subsidiado según Art. 5 Ley 1608/2013 (sin situación de fondos) Son los recursos transferidos por COLJUEGOS. Registre aquí por lo menos el 75% de los recursos transferidos, que debe ser destinado a inversión. No incluye Loto en Línea. Recursos desahorro FAEP para los usos establecidos en el Decreto 1849/2013 (pago deuda contratos régimen subsidiado, vías, compromisos adquiridos con regalías antes del 31/Diciembre/2011 y otros proyectos de inversión) Recursos transferidos por Coljuegos provenientes de Loto en Línea para cofinanciar el régimen subsidiado en salud según Art.2 Decreto 728/2013 Superávit de recursos consignados en cuentas recaudadoras de rentas cedidas y no trasladados a las respectivas cuentas maestras al cierre de la vigencia anterior Superávit de recursos consignados en cuenta maestra régimen subsidiado de otros recursos diferentes al SGP Salud vigencia anterior Corresponden al superávit fiscal de la vigencia anterior derivado de los recursos del diferentes del Sistema General de Participaciones con una destinación específica. No incluye recursos de superavit por excedentes en cuenta maestra régimen subsidiado y excendente de rentas cedidas sector salud PASA A SER CONCEPTO PADRE Instructivo FUT Sector Salud Página 18

FUT INGRESOS CONCEPTO NOMBRE DESCRIPCION OBSERVACION TI.B.6.2.2.2.4 TI.B.6.2.2.2.5 TI.B.6.2.2.2.9 TI.B.10 TI.B.10.6 TI.B.10.6.1 TI.B.10.6.3 TI.B.10.7 TI.B.13.1.6 Superávit excedentes de rentas cedidas Sector Salud Superávit excedentes Cuenta maestra regimen subsidiado otros recursos diferentes a SGP Otros recursos de forzosa inversión diferentes al SGP (con destinación específica) Desahorro y Retiro FONPET Retiro excedente del cubrimiento del Pasivo Pensional Retiro de excedentes del cubrimiento del pasivo pensional, recursos loto en línea, para inversión en salud Retiro excedente del cubrimiento del Pasivo Pensional (otros recursos diferentes a Loto en Línea) Reintegro excedente del cubrimiento del pasivo pensional de SGP Propósito General vigencias autorizado por el Conpes Social Reintegros aportes patronales salud Superávit de recursos consignados en cuentas recaudadoras de rentas cedidas y no trasladados a las respectivas cuentas maestras al cierre de la vigencias Superávit de recursos consignados en cuenta maestra régimen subsidiado de otros recursos diferentes al SGP Salud vigencia Corresponden al superávit fiscal de la vigencias derivado de los recursos del diferentes del Sistema General de Participaciones con una destinación específica. No incluye recursos de superavit por excedentes en cuenta maestra régimen subsidiado y excendente de rentas cedidas sector salud Entrega y retiro de recursos del Fondo de Pensiones de las Entidades Territoriales, autorizados por los decretos 4105/2004, 946/2006, 4812/2011 Y 728/2013 Registre los recursos devueltos por el Fonpet por cumplir el 125% de provisión del Pasivo Pensional y los recursos devueltos por el Fonpet para utilizaciòn segùn Decreto 728/2013. Recursos de loto en línea devueltos por el Fonpet cuando se han cubierto los pasivos pensionales sector salud. Estos recursos se destinan a inversión en salud según Art. 1 Decreto 728/2013 Registre los recursos devueltos por el Fonpet por cumplir el 125% de provisión del Pasivo Pensional y que podrá destinar al pago de obligaciones pensionales corrientes Registre los recursos de la Participación de Propósito General autorizados por el Conpes Social de vigencias reintegrados por el Fonpet, por el cubrimiento de la provisión de sus pasivos pensionales. Estos recursos deben estar destiandos a libre inversión Devolución de excedentes de aportes patronales del sector salud. Proceso de saneamiento establecido en el Art. 85 Ley 1438/2011 y Numeral 2 del Art. 3 Ley 1608/2013 CONCEPTO Y PASA A SER CONCEPTO PADRE CONCEPTO Y FUT INGRESOS CUENTAS ELIMINADAS CONCEPTO NOMBRE DESCRIPCION TI.B.6.2.1.2.3 TI.B.6.2.2.2.3 Corresponden al superávit fiscal de la vigencia anterior Otros recursos de forzosa inversión derivado de los recursos del diferentes del Sistema diferentes al SGP (con destinación General de Participaciones con una destinación específica) específica Corresponden al superávit fiscal de vigencias Otros recursos de forzosa inversión no incorporado derivado de los recursos del diferentes diferentes al SGP (con destinación del Sistema General de Participaciones con una específica) destinación específica Instructivo FUT Sector Salud Página 19

A.2.1.1 A.2.1.9 CONCEPTO NOMBRE DESCRIPCION OBSERVACION A.2.1.9.1 A.2.1.9.2 A.2.1.12 A.2.3 AFILIACIÓN RÉGIMEN PAGO DE DÉFICIT DE INVERSIÓN EN RÉGIMEN (DE CARÁCTER EXCEPCIONAL) PAGO DEUDA CONTRATOS REGIMEN PAGO DE DÉFICIT DE INVERSIÓN EN RÉGIMEN (DE CARÁCTER EXCEPCIONAL) PRUEBA PILOTO EN MUNICIPIOS Y DISTRITOS CATEGORIA 1 Y 2 PARA AJUSTE UPC REGIMEN PRESTACION DE SERVICIOS A LA POBLACION POBRE EN LO NO CUBIERTO CON SUBSIDIOS A LA DEMANDA FUT INVERSION CORRESPONDE A LOS RECURSOS EJECUTADOS PARA FINANCIAR LA UPC DE LOS AFILIADOS AL RÉGIMEN SEGÚN LO ESTABLECIDO EN EL NUMERAL 1 DEL ARTICULO 11 DE LA RESOLUCIÓN 3042 DE 2007 POR LA RESOLUCION 1127 DE 2013 RECURSOS DESTINADOS AL PAGO DE DÉFICIT DE VIGENCIAS ANTERIORES EN INVERSIÓN EN EL SECTOR SALUD -REGIMEN. INCLUYE PAGO DE LA DEUDA RECONOCIDA SOBRE CONTRATOS DEL REGIMEN SUSCRITOS HASTA EL 31 DE MARZO DE 2011 PAGO DEUDA CONTRATOS REGIMEN SEGÚN LO ESTABLECIDO EN EL DECRETO 1080 DE 2012 RECURSOS DESTINADOS AL PAGO DE DÉFICIT DE VIGENCIAS ANTERIORES EN INVERSIÓN EN EL SECTOR SALUD -REGIMEN, PROGRAMADAS EN LA VIGENCIA Y EJECUTADAS EN LA MISMA. CONCEPTOS DISTINTOS DEUDA CONTRATOS REGIMEN PRUEBA PILOTO EN MUNICIPIOS Y DISTRITOS CATEGORIAS 1Y2 PARA AJUSTE UPC REGIMEN FINANCIADA CON EXCEDENTES CUENTA MAESTRA REGIMEN SEGÚN LO ESTABLECIDO EN EL NUMERAL 2 DEL ARTICULO 2 DE LA LEY 1608 D 2013 INVERSIÓN DESTINADA A SERVICIOS DE SALUD PPNA Y NO POS. INCLUYE SERVICIOS FINANCIADOS ART. 2 LEY 1608/13 Y NRALES 4 Y 5 DEL ART. 11 RES. 3042/07 Y RES. 1127 /13 MSPS Y REINTEGRO APORTES PATRONALES ART. 85 LEY 1438/11 Y NRAL 2 ART.3 LEY 1608/13 Y SE CONVIERTE EN PADRE A.2.3.1 PRESTACION DE SERVICIOS DE SALUD PARA LA POBLACIÓN POBRE NO ASEGURADA INVERSION DESTINAD A SERVICIOS DE SALUD PPNA. INCLUYE SERVICIOS FINANCIADOS CON RECUROS SEGUN ART. 2 LEY 1608/2013 Y NRAL 4 ART.11 RES. 3042/2007 MODIF. RES. 1127/2013 MSPS Y REINTEGRO APORTES PATRONALES ART. 85 LEY 1438/2011 Y NRAL 2 ART.3 LEY 1608/2013 Instructivo FUT Sector Salud Página 20

A.2.3.2 A.2.4.8 A.2.4.9 CONCEPTO NOMBRE DESCRIPCION OBSERVACION A.2.4.15 PRESTACION DE SERVICIOS DE SALUD A LA POBLACIÓN POBRE AFILIADA AL REGIMEN NO INCLUIDOS EN EL PLAN (NO POS-S) INVERSIÓNES DIRECTAS EN LA RED PUBLICA SEGÚN PLAN BIENAL EN EQUIPOS Y DOTACIÓN INVERSIÓNES DIRECTAS EN LA RED PUBLICA SEGÚN PLAN BIENAL EN INFRAESTRUCTURA FUT INVERSION PRESTACIÓN SERVICIOS NO POS. INCLUYE SERVICIOS FINANCIADOS CON RECURSOS ART.2 LEY 1608/2013 Y NRAL 5 ART. 11 RES. 3042/2007 MODIF.RES.1127 /2013 MSOS Y REINTEGRO APORTES PATRONALES ART. 85 LEY 1438/2011 Y NRAL 2 ART. 3 LEY 1608 /2013 INVERSIÓNES EN EQUIPOS Y DOTACION EN LA RED PÚBLICA S/N PLAN BIENAL. INCLUYE INVERSIONES ART. 2 LEY 1608/2013 Y NRAL 7 ART. 11 RES.3042/2007, MODIF. RES. 1127 /2013 MSPS, RTAS CEDIDAS ART.4 LEY 1608/ 2013 Y DESAHORRO FONPET DTO 728/2013. INVERSIONES INFRAESTRUCTURA RED PÚBLICA S/N PLAN BIENAL.INCLUYE INVERSIONES ART. 2 LEY 1608/ 2013 Y NRAL 7 ART. 11 RES. 3042/2007, MODIF. RES. 1127/ 2013 MSPS, RTAS CEDIDAS ART. 4 LEY 1608/2013 Y DESAHORRO FONPET DTO 728/ 2013. SANEAMIENTO FISCAL Y FINANCIERO DE LAS ESE RIESGO MEDIO Y ALTO, LEY 1438/2011 Y ART. 2 LEY PROGRAMAS SANEAMIENTO FISCAL Y 1608/2013 Y NRAL 6 ART. 11 RES. 3042/2007 FINANCIERO EMPRESAS SOCIALES DEL MODIF.RES.1127/2013 MSPS, RTAS CEDIDAS ART. ESTADO -ESE 4 LEY 1608/2013 Y DESAHORRO FONPET DTO 728/2013 DESCRIPCION Y CONCEPTO MODIFICADO DESCRIPCION A.2.1.5 FUT INVERSION CUENTA ELIMINADA CONCEPTO NOMBRE DESCRIPCION PAGO A LAS IPS CUANDO SEAN OBJETO DE MEDIDA DE GIRO DIRECTO PAGO DIRECTO A LAS IPS DEL VALOR C/DIENTE A LAS UNIDAD DE PAGO POR CAPITACIÓN DEL REG. CONTRATADAS CUANDO LA EPS SEA OBJETO DE GIRO DTO DECRETO3260/04 Y EN LOS CASOS PARA LOS GIROS DTOS POR EFECTOS DE LA CONTRATACIÓN NORMAL DE REG. SUB Instructivo FUT Sector Salud Página 21