ACUERDO. 2. SEGUIMIENTO DEL ACUERDO. El seguimiento del presente Acuerdo se realizará a través del grupo de trabajo de productividad.



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Transcripción:

ACUERDO SOBRE EL COMPLEMENTO DE PRODUCTIVIDAD PARA EL PERSONAL LABORAL DESTINADO EN LOS SERVICIOS CENTRALES Y TERRITORIALES DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS El complemento de productvdad del personal laboral del Departamento ha vendo sendo un mportante nstrumento de ncentvo a este colectvo, que ha permtdo una retrbucón más adecuada de determnadas sobrecargas de trabajo o la asuncón de nuevas funcones que encontraban un encuadre poco apropado en la estructura salaral prevsta en el Conveno Únco. Así, a lo largo de sucesvos acuerdos se ha consegudo el progresvo ncremento de la masa salaral por este concepto y una dstrbucón del crédto dsponble a una gran parte del personal laboral destnado en el Mnstero. A su vez, se ha ntentado smplfcar la gestón del complemento, a partr de las anomalías detectadas en la práctca, logrando una asgnacón más adecuada que responda a un especal rendmento en el desempeño de las tareas asgnadas o a la consecucón de objetvos específcos. El últmo de los acuerdos se adoptó en la reunón de la Subcomsón Delegada del extnto Mnstero Economía y Hacenda de juno de 202. Vsta la valoracón postva de la gestón y efectos del acuerdo, se ha decddo profundzar en el msmo, ntroducendo determnadas modfcacones conforme a la stuacón actual. Por ello, esta Comsón Permanente de la Subcomsón Delegada de la CIVEA en el M"nstero, en su reunón de 4 de julo de 203, en vrtud de lo establecdo en el apartado.3. del Reglamento de Funconamento de la ctada Subcomsón de fecha 2.03.3, opta el sguente: ACUERDO. AMBITO DE APLICACIÓN. El ámbto de aplcacón de este Acuerdo comprende al personal laboral de los servcos centrales y terrtorales (Delegacones de Economía y Hacenda) del Mnstero de Hacenda y Admnstracones Públcas sujeto al Conveno Únco. 2. SEGUIMIENTO DEL ACUERDO. El segumento del presente Acuerdo se realzará a través del grupo de trabajo de productvdad. 3. DISTRIBUCIÓN DEL CREDITO. 3.. El crédto destnado al complemento de productvdad que contempla el presente Acuerdo será el prevsto en la masa salaral anual correspondente. 3.2. Dcho crédto se dstrbuye en dos bolsas, una para el personal destnado en los Servcos Centrales y otra para el destnado en las Delegacones de Economía y Hacenda. 3.3. Anualmente, en el grupo de trabajo se tratará la dstrbucón del crédto entre las dos bolsas ctadas, atendendo al crtero de reparto proporconal en funcón del número de efectvos e gualmente cualquer modfcacón de la dstrbucón de dcho crédto.

~~r> 4.3. 4. CRITERIOS DE ASIGNACIÓN. 4.. Las propuestas de adjudcacón de cantdades responderán al especal rendmento en el desempeño de los puestos de trabajo o la consecucón de objetvos o resultados y deberán fundamentarse en alguno de los sguentes crteros: a. Aumento crcunstancal del trabajo habtual. b. Caldad y efcaca en el desarrollo de las funcones. c. Rango de la dependenca d. Partcpacón en proyectos de mejora de gestón. 4.2. Las propuestas deberán presentarse conforme al modelo prevsto en el anexo a este Acuerdo. Las propuestas deberán señalar el correspondente crtero que srve de base para su justfcacón, con especfcacón, en todos los casos, excepto cuando se trate del crtero de rango, de aspectos temporales, cuanttatvos y cualtatvos, que se desarrollarán en mayor medda cuando se proponga una cantdad superor a los 275. En todo caso, se determnará el número de ausencas y causa de las msmas en el perodo de referenca, sn perjuco de lo prevsto en el punto 4.4. En nngún caso, la propuesta de cantdad tendrá en cuenta el grupo profesonal del trabajador. Anualmente se realzará una propuesta por trabajador, que no podrá ser ~ nferor a 25, n superor a 475. 4.4. No se nclurán en las propuestas a trabajadores que huberan tendo más de 20 ausencas justfcadas en el perodo de referenca, sn consderar como tales las vacacones y lcencas por asuntos partculares. Se consderarán excludas del cómputo, las ausencas dervadas de: Intervencón qurúrgca u hosptalzacón Tratamentos de radoterapa y qumoterapa, con ocasón de los referdos tratamentos Trabajadoras en estado de gestacón Accdente de trabajo y enfermedad profesonal En todo caso, se podrá tener en cuenta el número de ausencas excludas del cómputo para graduar las propuestas cuando las ausencas hayan mpeddo la asstenca del trabajador de forma mayortara. No obstante lo anteror, s se acredtase la realzacón de trabajos extraordnaros de una duracón determnada, se graduará la cuantía propuesta en funcón del tempo empleado en su realzacón, sempre que no se huberan producdo ausencas durante la realzacón de esos trabajos extraordnaros. 4.5. Excepconalmente, y en atencón a la especfcdad de las tareas encomendadas, la rgdez en su desempeño o el rango de la dependenca en la que están destnados, se podrá proponer para los trabajadores que pertenezcan a los colectvos que fguran a contnuacón cuantías cuyos valores máxmos tambén se señalan: 2

Ayudantes de Gestón y Servcos Comunes del Gabnete del Mnstro:700 anuales Ayudantes de Gestón y Servcos Comunes de los Secretaros de Estado:550 anuales Porteros mayores del pool de ordenanzas de Alcalá y Cuzco:600 anuales. Ayudantes de Gestón y Servcos Comunes pool de Alcalá y Cuzco: 475 anuales. Grupo gestón reparto paquetería de Ofcalía Mayor: 600 anuales. Grupo de reparto de Ofcalía Mayor a otros edfcos en coche de ncdencas:550 anuales. Grupo mantenmento, régmen nteror y segurdad de:600 anuales. 4.6. El personal laboral destnado en la Secretaría de Estado de Admnstracones Públcas, durante el ejercco 203, podrá ser retrbudo a través del complemento de productvdad en una cuantía máxma que podrá alcanzar 0.000, en los térmnos aprobados por la CIVEA, con cargo al crédto de horas extraordnaras del Mnstero. En el marco de dcha cuantía se podrá proponer la asgnacón de percepcones ndvdualzadas máxmas cuando se trate de colectvos específcos que desempeñen sus puestos conforme al crtero del rango. 5. PROCEDIMIENTO PARA LA PROPUESTA DE ASIGNACIÓN EN LOS CENTROS 5.. Cada Centro Drectvo y cada Delegacón de Economía y Hacenda conocerán con carácter orentatvo la cuantía de la que dsponen para el ejercco correspondente, cuando cuenten con más de 5 trabajadores adscrtos. En el caso de las Delegacones de Economía y Hacenda será el Delegado el que realce la propuesta de asgnacón de todo el personal de la msma, ndependentemente de la dependenca a la que pertenezca. 5.2 En caso de Centros Drectvos y Delegacones de Economía y Hacenda que cuenten con 5 trabajadores o menos, remtrán sus propuestas a la Subdreccón General de Recursos Humanos y a la Subdreccón General de Coordnacón Terrtoral, respectvamente, sn cuantfcar el mporte. 6. PROPUESTAS DE ASIGNACIÓN 6.. La Admnstracón presentará las propuestas de adjudcacón de cantdades ante el grupo de trabajo. Para ello, las propuestas y su justfcacón deberán hacerse llegar a la parte socal con una antelacón mínma de 5 días a la fecha en que se vaya a reunr el grupo de trabajo. 6.2. El grupo de trabajo verfcará la propuesta de adjudcacón y la elevará a la Comsón Permanente de los Servcos Centrales y Terrtorales de la Subcomsón Delegada de la CIVEA, para su aprobacón. 7, ABONO DEL COMPLEMENTO DE PRODUCTIVIDAD 7.. Una vez celebrada la reunón de la Comsón Permanente ctada en el apartado 6.2, se procederá a la nclusón en nómna del complemento de productvdad en el mes de novembre, tenendo, en consecuenca, carácter anual. 3

7.2. La Subdreccón General de Recursos Humanos, en los 5 días sguentes a la celebracón de la Comsón Permanente referda, entregará al grupo de trabajo un cuadro resumen de las asgnacones del complemento de productvdad en las que se relaconen perceptores, cuantías y centro de trabajo. 7.3. Las cuantías asgnadas en vrtud de las prevsones de este Acuerdo no orgnarán derechos en perodos sucesvos. 8. VIGENCIA Y DENUNCIA 8.. La vgenca del Acuerdo se extenderá hasta el 3 de dcembre de 203 y se prorrogará automátcamente por anualdades en el caso de no medar denunca expresa de las partes. 8.2. La denunca del Acuerdo podrá realzarse por la Admnstracón o por la mayoría de la parte socal, debendo plantearse, en todo caso, en el mes anteror a la fnalzacón de su vgenca. POR la ADMINISTRACIÓN POR las CENTRALES SINDICALES," ~ / U.G.T. 7 n."j 4

MEMORIA JUSTIFICATIVA INDIVIDUALIZADA POR CADA PERCEPTOR CON PROPUESTA DE ATRIBUCIÓN DE COMPLEMENTO DE PRODUCTIVIDAD IGUAL O SUPERIOR A 275 Fecha: Fdo.:

PROPUESTA DE ATRIBUCIÓN DE COMPLEMENTO DE PRODUCTIVIDAD INFERIOR A 275 EUROS PERCEPTOR CATEGORfA PUESTO CRITERIO AUSENCIAS CUANT[A JUSTIFICACIÓN APElLIDOS V NOMBRE GRUPO AREA (A,B,Co D) :! ~ ]_ r ~ _ t~l! r. ~ Fecha: Frma del Jefe de la Undad: