SISTEMA ÚNICO DE HABILITACIÓN RESOLUCIÓN 2003 DE 2014

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Ficha de inspección por apertura y funcionamiento de establecimientos de salud Página 1 de 8

Transcripción:

SISTEMA ÚNICO DE HABILITACIÓN RESOLUCIÓN 2003 DE 2014 INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD

GOBERNADOR DEL HUILA: CARLOS MAURICIO IRIARTE BARRIOS SECRETARIO DE SALUD DEPTAL : CARLOS DANIEL MAZABEL CÓRDOBA GRUPO TRABAJO Habilitación: LUCY AMPARO SOLANO, Química farmacéutica. Líder del proceso RUFINO MACÍAS ALVIRA, Medico PIEDAD ROJAS GARCÍA, Enfermera CARMENZA SALAS PIMENTEL, Odontóloga MELVA GÓMEZ SUAREZ, Bacterióloga LILIANA LUNA CORRALES, Terapeuta DIANA CAROLINA BAHAMÓN, Ingeniera Biomédica MARÍA PAULA SILVA LOZANO, Arquitecta ADRIANA MARÍA LIZCANO LOSADA, Ingeniera de Sistemas JOHN HARBEY PABÓN, contador público RAFAEL EDUARDO ESCOBAR ANILLO, Abogado MARÍA EUGENIA RAYO, Auxiliar Administrativo

El MSPS ajustará periódicamente y de manera progresiva, los estándares y prestará asistencia técnica a los integrantes del Sistema con el propósito de orientarlos en el cumplimiento de sus responsabilidades. Superintendencia Nacional de Salud y las Entidades Departamentales y Distritales de Salud, ejercerán sus funciones de vigilancia, inspección y control en el ámbito de su competencia. El Sistema Único de Habilitación es uno de los Componentes del SOGC. Decreto 1011 de 2006 por el cual se establece el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención de Salud del Sistema General de Seguridad Social en Salud. Los prestadores de servicios de salud, se registran en la base de datos de las DTS y el MSPS la consolida De conformidad con el artículo 56 de la Ley 715 de 2001, las DTS realizarán el proceso de inscripción en el REPS.

Autoevaluación y en que momentos. Previa a la inscripción del prestador y habilitación del servicio. Durante el cuarto año de la vigencia de la inscripción inicial. Antes del vencimiento del término de renovación anual. De manera previa al reporte de las novedades. Portafolio antes del 30 de Agosto y Autoevaluación antes del 30 de septiembre de 2014. Requisitos para la inscripción y habilitación en el REPS. Determinar el servicio a habilitar. (portafolio) Realizar la autoevaluación y declaración en el REPS. Diligenciar la información de formulario de inscripción, ingresando a la página web de la DTS. Radicar el formulario y demás soportes ante la DTS.

VISITA DE VERIFICACIÓN PREVIA Cumplimiento de Estándares de infraestructura y Dotación. Verificación de los estándares de TH, HC, PP, con base en la Planeación.. Habilitación de IPS Nuevos servicios de urgencias, hospitalización obstétrica, transporte asistencial, servicios de alta complejidad, servicios oncológicos Inscripción de una nueva IPS (6 meses). En incumplimiento, la DTS registrará el resultado en el REPS y el prestador deberá solicitar nuevamente su inscripción.

VISITAS DE VERIFICACIÓN APLICACIÓN DE NORMAS: Gobernación del Huila Inscritos antes del 11 de mayo de 2013 Resolución 1043/06 Inscritos a partir del 11 de mayo de 2013 hasta 30 de Mayo de 2014 Resolución 1441/13 Inscritos después del 30 de Mayo de 2014 Resolución2003/14

CONDICIONES TÉCNICO- CIENTÍFICAS SUFICIENCIA PATRIMONIAL Y FINANCIERA CONDICIONES TÉCNICO- ADMINISTRATIVAS

MANUAL DE INSCRIPCIÓN DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD Y HABILITACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD Contiene las condiciones para que los servicios de salud ofertados y prestados en el país, cumplan con los requisitos mínimos para brindar seguridad a los usuarios en el proceso de la atención en salud DEFINE: Los servicios de salud que pueden ofertar los prestadores de servicios de salud Las condiciones de verificación para la habilitación Los criterios de habilitación de los servicios de salud en el país

1. TALENTO HUMANO 2. INFRAESTRUCTURA 3. DOTACIÓN CONDICIONES TECNICO-CIENTIFICAS 4. MEDICAMENTOS, DISPOSITIVOS MÉDICOS e INSUMOS 5. PROCESOS PRIORITARIOS 6. HISTORIA CLÍNICA y REGISTROS 7. INTERDEPENDENCIA

Suficiencia Talento Humano: capacidad instalada, oferta-demanda, oportunidad y riesgo en la atención. Certificado de Formación. * NO ESTABLECE COMPETENCIAS Se retira términos: Responsable, liderazgo, presencial, podrá.

Se deja explícito el criterio de supervisión. Se definen y se unifican términos de Cuenta con y Disponibilidad. * El prestador define el número máximo de estudiantes por programa y jornada.

Cuenta con Estancia continua en un servicio. Durante el tiempo que se oferte y se preste el servicio. Disponibilidad Talento humano en permanente disposición. Fácil localización para hacerse presente. Atender con la oportunidad requerida el evento en salud. Conforme a lo definido en guías y protocolos de atención. Sin poner en riesgo la integridad y la vida del paciente.

CERTIFICADO DE FORMACIÓN Gobernación del Huila Documento, no conducente a título. Proceso de formación dirigido a adquirir, fortalecer o actualizar los conocimientos, destrezas, habilidades, aptitudes y actitudes. Exigible a partir del momento en que el MSPS así lo determine. Con posterioridad a la definición de lineamientos para certificar la formación requerida en cada servicio. Mientras tanto, los prestadores de servicios de salud deberán establecer un mecanismo para verificar que el talento humano cuenta con la formación específica, según los criterios establecidos para cada servicio.

HOJA DE VIDA : La I.P.S debe contar con copia (medio magnético o físico) de las Hojas de vida del Talento Humano Asistencial en cada sede Título y Acta de grado Resolución para el ejercicio de la profesión en el Departamento del Huila Copia Tarjeta Profesional Copia contrato formalizado y con firmas completas. Convalidación de títulos para quienes tengan formación en el extranjero. Certificaciones de formación

CONVENIOS DOCENTE-ASISTENCIALES: DECRETO 2376 DE 2010 Vigencia Responsables de la supervisión Número de practicantes por servicio según la capacidad instalada Pólizas de Responsabilidad Civil

Se continúa el cumplimiento de la Ley de Talento Humano en Salud (Ley 1164 de 2007) Según el servicio habilitado se solicitarán los certificados de entrenamiento específicos para el servicio Las I.P.S podrán certificar entrenamientos con programas teórico-prácticos de educación continua siempre y cuando tengan habilitado el servicio.

INFRAESTRUCTURA Gobernación del Huila Aplica la Resolución 4445 de 1.996 Pocetas en Ambientes de aseo exclusivos. Mesones de trabajo. Se eliminan las pocetas. Ascensores o rampas desde primer piso

Especificación de licencias de material radioactivo y equipos de rayos x. Se unifica terminología de área, ambientes, espacios. Se retiran criterios de baños para el personal en los servicios. Se vuelven previos los conceptos de otras autoridades. *

CONDICIÓN PREVIA RESPONSABLE Y NORMA Cumplimiento de las condiciones higiénico sanitarias establecidas en el Titulo IV de la Ley 9 de 1979 y sus decretos reglamentarios. Neiva: Secretaría de Salud municipal Resto del departamento: Secretaría de Salud departamental Licencia de construcción aprobada para el uso de salud. No es certificación Responsable: Curadurías o la oficina de Planeación Municipal. Licencia de construcción: Obras nuevas y ampliaciones Licencia de reconocimiento: Remodelación, cambio de paramento, índice de ocupación Licencia de ocupación: Nuevo uso

CONDICIÓN PREVIA RESPONSABLE Y NORMA Permiso de vertimientos líquidos y emisiones atmosféricas. Sistema de prevención y control de incendios. Autoridad ambiental correspondiente. Ej., CAM Bomberos. Ley 400 / 97 Sismo resistencia. NSR 10. Revisión. Plan de emergencias. Salidas de evacuación, libre de obstáculos, amplitud Señalización. Botiquín. Rutas de evacuación

CONDICIÓN PREVIA RESPONSABLE Y NORMA Estudio de vulnerabilidad estructural Reforzamiento sísmico estructural Plan de emergencias y desastres (En los casos previstos por la norma vigente). Cada Institución deberá cumplir con lo definido en Ley 400 /97. No es certificación Aplica para Instituciones Cada Institución y no es certificación Aplica para Instituciones Resolución 5381/2013: Modifica el plazo Unidad de gestión de riesgo de cada Entidad Departamental o Distrital de Salud. No es certificación Autoevaluacion de la IPS en politicas de hospital seguro de la OMS (organización mundial de la salud). enmarcados en el plan nacional de desarrollo. ley 1450 de 2011.

CONDICIÓN PREVIA RESPONSABLE Y NORMA Planes de mantenimiento de los equipos fijos. (TAC, Ascensores, motobombas, calderas) Hoja de vida de cada equipo la Institución deberá contar con cronograma. Debe presentarlo ante la SSDH Planes de mantenimiento de la planta física e instalaciones físicas e instalaciones fijas. Cada Institución. No es certificación Responsable Cronograma Formatos: SNS 3000-PMH y VMH - SNS 2000-001, Presentación SSDH: Anual Mes de Enero Respectiva Circular

CONDICIÓN PREVIA Las instalaciones eléctricas están actualizadas con el reglamento técnico de instalaciones eléctricas RETIE. RESPONSABLE Y NORMA Resolución de Ministerio de Minas y Energía, se deberá cumplir gradualmente, por medio de entidades autorizadas para éste fin. Certificación: Ingeniero electricista debidamente matriculado para instituciones nuevas con mas de 5 kilovatios y mas de 5 medidores o para obras con reformas de mas del 80% Demás IPS: Certificación por un ing. electricista que garantice que la IPS cumple con las normas RETIE. Cumplimiento de la Resolución 90708 del 30 de Agosto de 2013, páginas 168

CONDICIÓN PREVIA La institución cumple con las condiciones de accesibilidad en Colombia señalización por Servicios RESPONSABLE Y NORMA Cumplimiento del SOGC, solo para IPS y deben cumplir con lo definido en la Resolución Min Salud 14861 de 1985 y Ley 361 de 1997. * Resolución 4445 de 1996: Código de colores Servicios de dirección y administración Servicios de consulta externa Servicio de Urgencias Servicio de apoyo a las actividades de diagnóstico y tratamiento Servicios Quirúrgico, Obstétrico y esterilización Servicio de Hospitalización Servicios generales

EDIFICIO DE USO MIXTO Gobernación del Huila Infraestructura con diferentes tipos de uso. (Comercio, residencial, educativo, industrial, servicios) depende del POT Municipal. Instituciones o independientes que presten servicios ambulatorios podrán funcionar en edificaciones de uso mixto, siempre y cuando sea exclusiva para prestar el servicio de salud, delimitada físicamente, con acceso independiente para el área asistencial.

AMBIENTE Gobernación del Huila Lugar físico delimitado por barrera fija piso techo, en la cual se realiza una actividad especifica o varias compatibles.

AREA O ESPACIO Gobernación del Huila Lugar físico no necesariamente delimitado con barrera física, en el cual se realiza una actividad especifica.

BAÑO Ambiente que cuenta con lavamanos, sanitario y ducha UNIDAD SANITARIA Ambiente que cuenta con lavamanos y sanitario.

POCETA DE ASEO Gobernación del Huila Área de uso especifico para efectuar las operaciones de aseo y limpieza de pisos, paredes mesones etc. Debe contar con punto hidráulico y desagüe.

DISPONIBILIDAD DE: Que tiene el recurso en el momento en que se requiere pero que NO necesariamente hace parte integral del área, ambiente o del servicio, pudiendo estar ubicado en áreas o ambientes distintos. CUENTA CON: Es la Existencia Obligatoria del Recurso dentro del área, ambiente o servicio, éste debe funcionar durante el tiempo en que se oferte o preste el servicio.

MODIFICACIONES EN ESTÁNDARES DE INFRAESTRUCTURA TODOS LOS SERVICIOS: En IPS que funcionen en edificaciones de hasta tres (3) pisos existen ascensores o rampas, en edificaciones de cuatro (4) pisos o más, que se empezarán a contar a partir del nivel más bajo construido, existen ascensores.

TODOS LOS SERVICIOS: La institución donde se realicen procedimientos de transfusión de sangre total o de sus componentes dispone de un área con iluminación y ventilación natural y/o artificial, para la ubicación de la dotación requerida de acuerdo a los componentes a transfundir.

CONSULTA ODONTOLOGICA 2003 DE 2014 1441 DE 2013

URGENCIAS Cuenta con tanques de almacenamiento de agua. que garantizan como mínimo 24 horas de servicio y su construcción permite que durante la operación de limpieza y desinfección no se interrumpa el suministro de agua. Tiene un área para el uso técnico de los elementos de aseo. Los baños cuentan con los accesorios necesarios, para lavado y desinfección de patos o disponen de un ambiente específico para este proceso, el cual debe contar con unidad sanitaria exclusiva para este fin.

URGENCIAS

HOSPITALIZACION BAJA COMPLEJIDAD Cuenta con tanques de almacenamiento de agua. que garantizan como mínimo 24 horas de servicio y su construcción permite que durante la operación de limpieza y desinfección no se interrumpa el suministro de agua. Tiene un área para el uso técnico de los elementos de aseo. Los baños cuentan con los accesorios necesarios, para lavado y desinfección de patos o disponen de un ambiente específico para este proceso, el cual debe contar con unidad sanitaria exclusiva para este fin.

HOSPITALIZACIÓN BAJA COMPLEJIDAD Si funcionan en edificaciones de hasta tres (3) pisos existen ascensores o rampas; en edificaciones de cuatro (4) o más pisos. contados a partir del nivel más bajo construido. Existen ascensores con puertas, con ancho mínimo para que quepa y gire una camilla. Para la movilización de usuarios de pie o en silla de ruedas o camilla, la cabina deberá tener las dimensiones interiores mínimas y un espacio libre delante de la puerta de la cabina.

NORMATIVA - EQUIPAMIENTO HOSPITALARIO EN COLOMBIA Gobernación del Huila Cumplimiento de las especificaciones técnicas de las Unidades de Almacenamiento de Residuos y todo el marco normativo de vigente para su gestión integral (Resolución 1164 de 2002). Resolución 4445 de 1996. Por el cual se dictan normas para el cumplimiento del contenido del titulo IV de la Ley 09 de 1979, en lo referente a las condiciones sanitarias que deben cumplir los establecimientos hospitalarios y similares.

NORMATIVA - EQUIPAMIENTO HOSPITALARIO EN COLOMBIA Gobernación del Huila Resolución 14861 de 1985 del Ministerio de Salud. Por la cual se dictan normas para la protección, seguridad, salud y bienestar de las personas en el ambiente y en especial de los minusválidos. Ley 400 de 1997. Acompañada de la Norma NSR 10. Reglamento Colombiano de Sismoresitencia

Dotación Gobernación del Huila Se unifica nomenclatura. * Inclusión en Hospitalización y Urgencias del Kit de atención victimas de violencias sexuales. Hemodiálisis máquinas exclusivas solo si atiende pacientes Hepatitis B.

Cambios de nomenclatura Ejemplos Gobernación del Huila Equipo básico de reanimación Báscula de piso Equipo de reanimación Carro de paro Balanza Báscula Oxímetro de pulso Pulsoxímetro EQUIPO DE REANIMACIÓN BÁSCULA OXÍMETRO

Dotación Condiciones técnicas y soporte equipos. Jabón líquido de manos y toallas de secado. Mantenimiento equipos biomédicos. Mantenimiento componentes sistema centralizado de gases medicinales. Dotación carro paro Elementos comunicación interna y externa. Procedimientos con sedación.

Dotación Hojas de vida de los equipos: Hoja de vida institucional: Nombre del equipo, marca, Clasificación de acuerdo al riesgo. Reportes de los mantenimientos correctivos/preventivos y las calibraciones/metrologías (cuando aplique) Información del personal a cargo de los mantenimientos: Hoja de vida completa, Copia de diploma y Acta de grado, Copia de tarjeta profesional y Registro INVIMA.

Dotación Gobernación del Huila CAMILLA, TENSIÓMETRO, FONENDOSCOPIO, EQUIPO DE ÓRGANOS DE LOS SENTIDOS, MARTILLO DE REFLEJOS, TALLÍMETRO SEGÚN EL CASO, CINTA MÉTRICA, BASCULA (CONSULTA EXTERNA MEDICINA GENERAL Y ESPECIALIDADES). DOTACIÓN QUE APLIQUE SEGÚN PROCEDIMIENTOS OFERTADOS. HOJA DE VIDA DE EQUIPOS EMPLEADOS PARA PRESTACIÓN DE SERVICIOS. CRONOGRAMA DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO PARA EQUIPOS BIOMÉDICOS. CERTIFICADOS DE CALIBRACIÓN DE EQUIPOS BIOMÉDICOS (SI APLICA). CERTIFICADOS DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO (SI APLICA). HOJA DE VIDA DE PROFESIONAL ENCARGADO DE MANTENIMIENTO DE EQUIPOS. CONTRATO CON EMPRESA ENCARGADA DE MANTENIMIENTO Y METROLOGÍA (SI APLICA). SI LOS EQUIPOS EMPLEADOS SON CLASE IIB Y III, QUIEN REALICE LOS MANTENIMIENTOS DEBE SER INGENIERO REGISTRADO ANTE EL INVIMA.

Dotación EN LOS SERVICIOS QUE SE EXIJA CARRO DE PARO, ÉSTE CUENTA CON : Resucitador pulmonar manual Laringoscopio Guía de intubación Desfibrilador con monitoreo básico de electrocardiografía Fuente de oxígeno Sistema de succión Lo demás que cada prestador establezca (dispositivos médicos y medicamentos)

Dotación No se deben alterar las características de fábrica que tienen los equipos biomédicos (híbridos) El mantenimiento de los equipos altamente especializados deben ser realizados por profesionales que además estén certificados por la casa matriz del equipo

INVIMA El Invima en la sala especializada de dispositivos médicos, acta No. 4 del 14 de Mayo de 2014 emitió el siguiente concepto: En consideración a la problemática de la aplicación de la normatividad para los productos: Succionadores de leche materna, Básculas, Masajeadores eléctricos, Bicicletas Estáticas, Elípticas, Cintas Ergonométricas y Trotadoras, con relación a la trazabilidad, debido a que no se puede garantizar tener la información real del usuario final, y teniendo presente el marco normativo en mención, estos dispositivos médicos no requerirán de registro sanitario hasta tanto no se garantice dicha trazabilidad. Serán objeto de Vigilancia y Control por parte de las Secretarías de Salud, en el marco de sus competencias

. PODRÁ SER PRESTADO POR IPS O PERSONAS NATURALES (1 AMBULANCIA) SE RETIRAN REQUISITOS TAB: DESFIBRILADOR. TAM: ELECTROCARDIOGRAMA

Artículo 16. Transporte Especial de Pacientes. Las entidades que vayan a ofertar el transporte de pacientes bajo la modalidad AÉREA, FLUVIAL O MARÍTIMA, habilitarán el servicio que vayan a prestar en la sede que hayan definido como principal. Dicha habilitación producirá efectos en todo el territorio nacional, sin que se requiera inscripción en cada una de las Entidades Departamentales o Distritales de Salud en las cuales vayan a prestar el servicio.

Medicamentos y Dispositivos médicos e insumos Gobernación del Huila Se amplía el alcance. * Certificación de buenas prácticas de elaboración, expedida por el INVIMA. En ningún caso los medicamentos serán transportados por los pacientes. Se realiza especificación en el servicio de Medicinas Alternativas, donde aplica el marco legal especifico.

Medicamentos, Dispositivos Médicos e Insumos. Es la existencia de procesos para la gestión de medicamentos, homeopáticos, fitoterapéuticos, productos biológicos, componentes anatómicos, dispositivos médicos (incluidos los sobre medida), reactivos de diagnóstico in vitro, elementos de rayos X y de uso odontológico; así como de los demás insumos asistenciales que utilice la institución incluidos los que se encuentran en los depósitos o almacenes del prestador, cuyas condiciones de selección, adquisición, transporte, recepción, almacenamiento, conservación, control de fechas de vencimiento, control de cadena de frío, distribución, dispensación, uso, devolución, seguimiento al uso y disposición final, condicionen directamente riesgos en la prestación de los servicios. *

Medicamentos, Dispositivos Médicos e Insumos. * Decreto 4725 de 2005 "Por la cual se reglamenta el régimen de registros sanitarios, permisos de comercialización y vigilancia sanitaria de los dispositivos médicos para uso humano Decreto 2200 de 2005 Por la cual se reglamenta el servicio farmacéutico y se dictan otras disposiciones

Medicamentos y Dispositivos médicos e insumos Gobernación del Huila Todo prestador debe contar con programas de seguimiento al uso de medicamentos, dispositivos médicos (incluidos los sobre medida) y reactivos de diagnóstico in vitro, mediante la implementación de programas de farmacovigilancia, tecnovigilancia y reactivo vigilancia, que incluyan además la consulta permanente de las alertas y recomendaciones emitidas por el INVIMA

Manual de Gestión de Medicamentos y Dispositivos médicos e insumos Selección, Recepción Dispensación Adquisición Control cadena frío y fechas de vencimiento Devolución Disposición final Transporte Conservación, Almacenamiento Distribución Seguimiento al uso

Medicamentos y Dispositivos médicos e insumos LISTADO DE MEDICAMENTOS, DISPOSITIVOS MÉDICOS E DATOS REQUERIDOS INSUMOS CON RECETARIOS CONTROL DE TOMA DE TEMPERATURA Y HUMEDAD RELATIVA DE ÁREAS Y NEVERAS DOCUMENTACIÓN DEL SERVICIO FARMACÉUTICO (SI APLICA) LICENCIA MEDICAMENTOS DE CONTROL (SI APLICA) PROTOCOLO EXCLUSIVO PARA CARRO DE PARO

Medicamentos y Dispositivos médicos e insumos REUSO DE DISPOSITIVOS MÉDICOS Se tienen definidas normas institucionales y procedimientos para el control cumplimiento que garanticen que no se reúsen dispositivos médicos del podrán reusar, siempre y cuando, dichos dispositivos puedan reusarse por recomendación del fabricante, definan y ejecuten procedimientos basados en evidencia científica que demuestren que el reprocesamiento del dispositivo no implica reducción de la eficacia y desempeño para la cual se utiliza el dispositivo médico, ni riesgo de infecciones o complicaciones por los procedimientos para el usuario, con seguimiento a través del comité de infecciones. PROCEDIMIENTO DE REUSO: De cada uno de los dispositivos médicos que el fabricante recomiende, limpieza, desinfección, empaque, reesterilización con el método indicado y número límite de reúsos, cumpliendo con los requisitos de seguridad y funcionamiento de los dispositivos médicos, nuevo etiquetado, así como los correspondientes registros de estas actividades.

Historia Clínica y registros asistenciales Gobernación del Huila Se hacen precisiones acerca del consentimiento informado, tratamientos y procedimientos suministrados. Sin restricción de uso de medios magnéticos. Se realizan precisiones si se utiliza H.C. electrónica a.

COMPONENTES DE LA HISTORIA CLÍNICA IDENTIFICACIÓN DEL PACIENTE. nombres y apellidos completos, tipo de documento de identidad, numero de documento de identidad, fecha de nacimiento, edad, sexo, ocupación estado civil, dirección residencia, numero telefónico, nombre y numero telefónico de un acompañante o acudiente, EPS Gobernación del Huila REGISTROS ESPECÍFICOS. Según la naturaleza del servicio ANEXOS ADMINISTRATIVOS Y ASISTENCIALES. Autorizaciones, consentimientos, lectura de radiografías u otros exámenes diagnósticos

Historia Clínica CONSENTIMIENTO INFORMADO REQUISITOS: Realizado por medico tratante: Firma medico tratante y paciente Mención del procedimiento a realizar Descripción de los riesgos de dicho procedimiento Que se realice por especialidad y por paciente Pacientes con difícil comprensión o que no saben leer debe contar con firma de testigo (familiar-personal salud) Si el paciente no sabe leer debe contar con huella

INTERDEPENDENCIA Se fortalece la integralidad de la atención definiendo para cada servicio con enfoque de riesgo, las necesidades de interdependencia. Explícita para los servicios que requieren de otros para su funcionamiento. Establece disponibilidad o cuenta con el servicio interdependiente.

INTERDEPENDENCIA DE SERVICIOS URGENCIAS BAJA COMPLEJIDAD Resolución 1441 de 2013 Disponibilidad de:.. Cuenta con: Servicio Farmacéutico. Hospitalización Resolución 2003 de 2014 Disponibilidad de: Hospitalización. Servicio farmacéutico.

INTERDEPENDENCIA DE SERVICIOS URGENCIAS DE MEDIANA Y ALTA COMPLEJIDAD Resolución 1441 de 2013 Adicional a lo exigido en urgencias de baja complejidad, cuenta con: 1. Servicio de transfusión. 2. Hospitalización 3.Unidad de Cuidado Intensivo 4. Salas de Cirugía. 5.Fisioterapia ó Terapia respiratoria. Disponibilidad de: Nutrición Resolución 2003 de 2014 Cuenta con: 1.Hospitalización. 2.Cirugía. 3.Cuidado Intensivo adulto o pediátrico o neonatal según la oferta. 4.Fisioterapia o Terapia respiratoria. 5.Servicio farmacéutico 6.Radiología. 7. Laboratorio Clínico. 8. Transfusión sanguínea. 9 Servicios de apoyo hospitalario (alimentación, lavandería, aseo. vigilancia y mantenimiento). Disponibilidad de: Transporte asistencial. Proceso de esterilización.

INTERDEPENDENCIA SI REALIZA PROCEDIMIENTOS, DISPONIBILIDAD DEL PROCESO DE ESTERILIZACIÓN DE ACUERDO CON EL INSTRUMENTAL, DISPOSITIVOS QUE UTILICEN Y PROCEDIMIENTOS QUE REALICEN. ODONTOLOGÍA Disponibilidad de: 1. Imagenología. 2. Proceso de esterilización. 3.Transporte asistencial cuando, fuera de salas de cirugía, se realicen procedimientos bajo sedación Grado I y II. TOMA DE MUESTRAS DE LABORATORIO CLÍNICO: contrato Laboratorio clínico

PROCESOS PRIORITARIOS PROGRAMA DE SEGURIDAD DEL PACIENTE BIOSEGURIDAD MANUALES GUÍAS Y PROTOCOLOS PAMEC COMITÉS INSTITUCIONALES REMISIÓN DE PACIENTES SISTEMA DE INFORMACIÓN SIAU SUPERSALUD SISTEMA VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA

PROCESOS PRIORITARIOS PROCESO DE ESTERILIZACIÓN GESTIÓN DE RESIDUOS HOSPITALARIOS ATENCIÓN EN SALUD A VICTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL TRANSFUSIÓN SANGUÍNEA IDENTIFICACIÓN PACIENTE Y CUSTODIA DE SUS PERTENENCIAS 5 CORRECTOS: APLICACIÓN DE MEDICAMENTOS LAVADO DE MANOS SEDACIÓN DE PACIENTES FUERA DE SALAS DE CIRUGÍA

PROCESOS PRIORITARIOS: SEGURIDAD DEL PACIENTE Programa Madre Canguro Se incluye dentro de los criterios. Las guías del Ministerio de Salud y Protección Social, son una referencia.. Es potestad del prestador acoger o no las recomendaciones.. La entidad deberá adoptar guías basadas en evidencia Nacionales o Internacionales.* Guías de práctica Clínica. Víctimas de violencia sexual

PROCESOS PRIORITARIOS: SEGURIDAD DEL PACIENTE COMPROMISO DEL PROFESIONAL INDEPENDIENTE CON LA SEGURIDAD DEL PACIENTE EVIDENCIA DE CONOCIMIENTO BÁSICO EN SEGURIDAD DEL PACIENTE REGISTRO DE LAS FALLAS QUE SE PRESENTEN EN LA ATENCIÓN EN SALUD ANÁLISIS DE CAUSA DE LOS INCIDENTES O EVENTOS ADVERSOS QUE SE PRESENTEN ADOPCIÓN DE GUÍAS DE PRÁCTICA CLÍNICA DE LAS PATOLOGÍAS QUE ATIENDE CON MAYOR FRECUENCIA Y PROTOCOLOS PROTOCOLO PARA LA IDENTIFICACIÓN CORRECTA DEL USUARIO ( DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA HISTORIA CLÍNICA O REGISTROS ASISTENCIALES )

PROCESOS PRIORITARIOS: SEGURIDAD DEL PACIENTE MEDICIÓN DE INDICADORES DE CALIDAD: OPORTUNIDAD EN LA ATENCIÓN, CONTINUIDAD, SEGURIDAD PROTOCOLO PARA LA HIGIENE DE MANOS: 5 MOMENTOS PRESENCIA DE INSUMOS PARA EL LAVADO DE MANOS (TOALLAS DESECHABLES, JABÓN LÍQUIDO, ALCOHOL GLICERINADO ) MANUAL DE BIOSEGURIDAD PROCESO PARA LA ADMINISTRACIÓN SEGURA DE MEDICAMENTOS SI ADMINISTRA MEDICAMENTOS ( 5 CORRECTOS ), MANEJO DE DERRAMES Y RUPTURAS PROTOCOLO PARA EL USO RACIONAL DE ANTIBIÓTICOS SI LOS PRESCRIBE REGISTRO EN LA HISTORIA CLÍNICA DE ALERGIAS A MEDICAMENTOS PROTOCOLOS PARA LA MINIMIZACIÓN DE RIESGOS DE CAÍDA.

PROCEDIMIENTOS DE SEDACIÓN GRADO I Y II 1. Protocolo de sedación. 2. Protocolo de manejo de emergencias. 3. Proceso documentado de seguimiento al riesgo. 4. Lista de Chequeo, consignada en la historia clínica del paciente. 5. Recomendaciones de egreso suministradas al acompañante y/o acudiente. 6. Protocolo que defina atención por anestesiólogo a pacientes. con características particulares

PROCEDIMIENTOS MANEJO DE MEDICAMENTOS 1. Usuario correcto. 2. Medicamento correcto. 3. Dosis correcta. 4. Hora correcta. 5.Vía correcta. procedimiento y el paquete para el manejo de derrames y rupturas de medicamentos..

5 MOMENTOS LAVADO DE MANO 1. Antes del contacto directo con el paciente. Gobernación del Huila 2. Antes de manipular un dispositivo invasivo a pesar del uso de guantes. 3. Después del contacto con líquidos o excreciones corporales mucosas, piel no intacta o vendaje de heridas. 4. Después de contacto con el paciente. 5. Después de entrar en contacto con objetos (incluso equipos médicos que se encuentren alrededor del paciente).

CONTINÚAN OBLIGATORIAS LAS 10 BUENAS PRACTICAS PARA LA SEGURIDAD DEL PACIENTE

2.Monitorización de aspectos relacionados con la seguridad del paciente Comité de Seguridad de Pacientes 3. Detectar, prevenir y reducir el riesgo de infecciones asociadas con la atención 4. Mejorar la seguridad en la utilización de medicamentos 1.Contar con un Programa de Seguridad del Paciente que provea una adecuada caja de herramientas para la identificación y gestión de eventos adversos Para todos los servicios 5. Asegurar la correcta identificación del paciente en los procesos asistenciales

8. Mejorar la seguridad en los procedimientos quirúrgicos 7 Atención segura del binomio madre hijo 9. Prevención de escaras o ulceras por presión (decúbito) 6. Prevenir complicaciones asociadas a la disponibilidad y manejo de sangre y componentes y a la transfusión sanguínea Para algunos servicios 10. Procesos para la prevención y reducción de la frecuencia de caídas

PROGRAMA DE AUDITORÍA PARA EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA ATENCIÓN EN SALUD PAMEC CON ENFOQUE EN ACREDITACIÓN Y SEGURIDAD DEL PACIENTE 1.AUTOEVALUACIÓN: ESTÁNDARES DE ACREDITACIÓN LAS IPS PUBLICAS FUENTES DE INFORMACIÓN DEL PAMEC: - INDICADORES : SIC, 743, GESTIÓN - AUDITORÍAS INTERNAS Y EXTERNAS - SEGURIDAD DEL PACIENTE: RIESGOS - COMITÉS OBLIGATORIOS - ENCUESTAS DE SATISFACCIÓN 2.SELECCIÓN DE PROCESOS A MEJORAR DEL S.U.A. 3.CALIDAD ESPERADA: CUMPLIMIENTO DEL ESTÁNDAR DEL SUA INDICADORES 4. PLAN DE ACCIÓN - EJECUCIÓN SEGUIMIENTO EVALUACIÓN 5. APRENDIZAJE ORGANIZACIONAL

TODOS LOS SERVICIOS: Las IPS que oferten servicios de: Consulta externa, urgencias u hospitalización, cuentan con UN PROGRAMA DE ATENCIÓN EN SALUD PARA VÍCTIMAS DE VIOLENCIAS SEXUALES QUE INCLUYA COMO MÍNIMO: Documento del proceso institucional que orienta la atención en salud de las víctimas de violencias sexuales y evaluación, según la Res. 0459 de 2012 del MSPS, la que la adicione, modifique o sustituya. Documento con la conformación del equipo institucional para la gestión programática del Modelo y Protocolo de la atención integral en salud para las víctimas de violencias sexuales. Certificado de formación del personal asistencial de los servicios de urgencias, hospitalización y consulta externa en atención integral en salud de las víctimas de violencias sexuales.

4. Actividades de seguimiento postquirúrgico. Se debe tener definido un procedimiento de identificación y gestión del riesgo que contemple: CIRUGÍA AMBULATORIA: 1. Identificación del riesgo anestésico, valoración de posibles contraindicaciones, definición de criterios de inclusión, que contengan, entre otros aspectos, los psicosociales, respecto de la elegibilidad de pacientes para cirugía ambulatoria. 3. Entrega de Información al paciente sobre preparación, y recomendaciones postoperatorias. 2. Tipo de cirugía elegible de realizar como procedimiento ambulatorio que contemple, entre otros, la duración, la extensión, manejo del dolor, etc.

CONSULTA EXTERNA Si realiza procedimientos menores en el consultorio o sala de procedimientos cuenta con: La relación de procedimientos que se realizan. Criterios explícitos y documentados sobre el tipo de procedimientos que se pueden realizar y de los que no se pueden realizar. Los criterios deben enmarcarse teniendo en cuenta que: Sólo se realizarán procedimientos terapéuticos y/o diagnósticos que como criterios generales, si requieren anestesia, no conllevan a una complejidad mayor a la anestesia local. Nunca implican anestesia regional ni general y son ambulatorios. No requieren hospitalización ni áreas de recuperación. *

CAMBIOS A MENCIONAR EN LOS SERVICIOS Servicio Medicina Estética Consulta Externa (Cuando se realicen procedimientos) Citología Cérvico Uterina Cirugía ambulatoria Radioterapia Telemedicina Criterios cambiados. Se retiran criterios como servicio específico. Aplican criterios de consultas de especialidades médicas. Se realizarán procedimientos terapéuticos y/o diagnósticos que no conllevan a una complejidad mayor a la anestesia local..se establecen criterios documentados sobre el tipo de procedimientos que se pueden realizar y de los que no se pueden realizar. *. Se ajustan los perfiles en el estándar de Talento Humano. Se especifican criterios dirigidos a la atención segura dentro de procesos prioritarios*. Se retiran criterios que se evalúan en las licencias..prestador remisor.prestador Remisor con tele - UCI. Centro de referencia

CAMBIOS A MENCIONAR EN LOS SERVICIOS Gobernación del Huila Servicio Transfusión Sanguínea Cuidado Intermedio e Intensivo Neonatal Quimioterapia y hospitalización de mediana y alta Optometría Urgencias baja y mediana Criterios cambiados. Se definen criterios en todos los servicios para cuando se realice el procedimiento.. Se exige convenio y/o contrato vigente con un Banco de Sangre para el suministro de sangre y componentes sanguíneos y para la realización de la pruebas pretransfusionales, cuando la entidad no los realice.. Evaluación oftalmológica para la prevención de la retinopatía. Inclusión del perfil de Hematólogo para oncología. Inclusión de lámpara de hendidura en estándar de dotación Interdependencia *

CAMBIOS A MENCIONAR EN LOS SERVICIOS Servicio Atención Consumidor de Sustancias Psicoactivas. Promoción y Prevención Medicina Alternativa Proceso de Esterilización Transporte Asistencial Criterios cambiados Ambulatoria Internación Hospitalaria Internación Parcial Atención Institucional no hospitalaria.. Se habilitarán cada uno de los programas de protección específica y detección temprana.. Se separan los servicios de Medicinas Alternativas y Terapias alternativas.. Se especifica al alcance del proceso.. Se amplían criterios.. Se exigen controles del producto esterilizado.. Se diferencian criterios para central de esterilización y para proceso realizado dentro de una consulta. Cambio de denominación: Transporte Especial de pacientes al prestador y Transporte Asistencial: al servicio.

Talento Humano: Cuando la esterilización sea contratada, es responsabilidad del prestador garantizar el producto final. Medicamentos, Dispositivos Médicos e insumos: Para centrales de esterilización y para prestadores quienes que realicen el proceso de esterilización fuera de centrales de esterilización, cuentan con: 1. Detergentes diseñados específicamente para ser utilizados en el lavado de instrumental quirúrgico y equipos médicos. 2. Empaque grado médico permeable al agente esterilizante a utilizar. 3. Agentes esterilizantes almacenados de acuerdo a las instrucciones del fabricante. 4. Indicadores químicos y biológicos. Historia Clínica y Registros : Para centrales de esterilización y para prestadores quienes realicen el proceso fuera de una central de esterilización, cuentan con: 1. Registro de reusos por cada uno de los dispositivos médicos esterilizados. 2. Registros correspondientes a los procesos prioritarios asistenciales definidos en ése estándar. 3. Registro de las cargas. 4. Registro de los reportes de todos los controles. 5. Registro de las validaciones y mantenimientos de los equipos. 6. Listas del contenido de los paquetes que se esterilizan en la institución. 7. Etiquetado de cada paquete que permita la trazabilidad de la esterilización.

Gobernación del Huila

Cuenta con odontólogo general u odontólogo especialista, de acuerdo con la oferta de servicios

Disponibilidad mínima de juegos de instrumental básico, de acuerdo con la capacidad instalada, frecuencia de la atención de la consulta, demanda, número de ciclos de esterilización al día.

. Talento Humano Disponibilidad de odontólogo, si la toma la realiza auxiliar de consultorio odontológico o auxiliar en salud oral o auxiliar de higiene oral, para la interpretación de las radiografías. La toma de radiografías odontológicas, si la realiza una auxiliar de consultorio odontológico o auxiliar en salud oral o auxiliar de higiene oral, cuenta con supervisión por parte del odontólogo. Esta supervisión implica que el odontólogo desarrolla las acciones establecidas en los protocolos, no implica la supervisión directa de cada procedimiento radiológico, ni la presencia permanente del odontólogo. Infraestructura Disponibilidad de: Sala de espera con unidad sanitaria. Las áreas o ambientes en los que funcionan equipos emisores de radiaciones ionizantes, deben corresponder a las especificadas en el estudio radiofísico, para el equipo de rayos X de uso odontológico, según la oferta. Toda fuente emisora de radiación ionizante debe contar con licencia de funcionamiento vigente, expedida por la autoridad competente.

SECRETARÍA DE SALUD DEPARTAMENTAL HABILITACIÓN DE PRESTADORES TELÉFONO: 8701980 EXT. 107 CORREO ELECTRÓNICO: sogc@huila.gov.co Asesoría a Prestadores: Lunes