Novedades normativas Comprobantes de pago electrónicos
Marco legal Agenda - Novedades en factura electrónica - Guía de remisión electrónica - Comprobante de retenciones y comprobante de percepciones electrónico - Factura negociable
Novedades factura electrónica RS N 185-2015/SUNAT -Nuevos campos: Descripción Obligatorio desde Placa del vehículo para suministro de combustible 01.07.2016 Placa del vehículo en mantenimiento, seguros, reparación y en cesión en uso Dirección del lugar de prestación de servicios, excepto si es en el domicilio fiscal Lugar de entrega de los bienes: en la venta de bienes de emisor itinerante 01.01.2016 01.01.2016 01.01.2016
Novedades factura electrónica - Boleta de venta electrónica consolidada: para ventas que no excedan los S/.5 - Se puede emitir factura electrónica para operaciones afectas al IVAP - Nuevos requisitos para la factura guía VIGENCIA: 01 de enero 2016 Adicionalmente: Desde el 01/01/2016: Nueva versión del resumen de boletas de venta: Estructura xml, envío de boletas de venta una por una
GUIA DE REMISION ELECTRÓNICA
Resolución de Superintendencia 255-2015/SUNAT 1. Es de uso optativo. 2. Solo se ha regulado la GRE remitente. 3. Otorgamiento: A través de medios electrónicos 4. Sustento del traslado: Documento electrónico 5. Previo al inicio del traslado la guía debe tener el ok de SUNAT 6. Medios de emisión: Portal, desde los sistemas del contribuyente 7. Motivos de baja: anulación del traslado y por cambio de destinatario. 8. Confirmación de la guía a través del portal de la SUNAT. Es optativo.
UNIDAD DE TRANSPORTE Supuestos y reglas de emisión Modelo Físico Transporte Privado GRR Depende de la modalidad de transporte Hasta 4 documentos involucrados, salvo las excepciones previstas en el artículo 21 del RCP. Además del CdP entre el proveedor y cliente F Punto de partida Transporte Público GRR + GRT Punto de llegada Además del CdP entre el proveedor y cliente F Además del CdP entre el remitente y transportista F
Modelo Electrónico Transporte Privado UNIDAD DE TRANSPORTE Punto de partida Supuestos y reglas de emisión Transporte Público FE Remitente ó GRE Remitente Punto de llegada Eventualmente, un solo documento PUEDE sustentar el traslado, incluso tratándose de transporte público, siempre que el remitente consigne la información del transportista (identificación de la empresa de transportes, del vehículo y del conductor) en la FE Remitente. NO ES OBLIGATORIO
COMPROBANTE DE RETENCIONES Y DE PERCEPCIONES
Resolución de Superintendencia N 274-2015/SUNAT publicada el 1 de octubre Aspectos principales: - Se aprueba emisión electrónica del comprobante de retenciones y el comprobante de percepciones. -Sistemas disponibles: - Desde los sistemas del contribuyente - Desde el portal de la SUNAT - Se crea la posibilidad de revertir comprobante (en lo físico no existe) - Otorgamiento: A través de medios electrónicos, o representación impresa - Se elimina la obligación de llevar 2 libros: - Registro del régimen de retenciones - Registro del régimen de percepciones
Emisión desde los sistemas del contribuyente MODELO DE NEGOCIO EN SEE-DEL CONTRIBUYENTE EMISOR ELECTRONICO 1 Emite comprobante electrónico formato digital RECEPTOR (CLIENTE) 2 Envía un ejemplar formato digital 4 Consulta 3 Valida y emite constancia (CDR Aceptado/Rechazado)
Nuevos Formularios de Retenciones y Percepciones IGV SISTEMA COMPROBANTES Y LIBROS ELECTRÓNICOS 1 con percepción Graba información en SUNAT CUENTA Agente Retención / Percepción AGENTE Comprobantes de pago electrónico (*) Consulta Saldo NUEVO FORMULARIO CANAL VIRTUAL DE PAGOS 2 Nuevos Formularios F.Virtual 626 Agentes Retención F.Virtual 633 Agentes Percepción F.Virtual 697 Agentes Percepción Ventas internas Muestra información en las casillas de bases imponibles e impuesto Si requiere modificar las casillas debe modificar los comprobantes electrónicos (reversión o registro) AGENTE Otras funcionalidades del formulario: Valida por RUC que sea agente Graba conforme se va registrando Determina si es original o rectificatoria
PLAZOS 1ro dic. 2015 1ro enero2016 1ro julio 2016 Puesta a disposición sistema Emisión electrónica o física Envío del resumen de documentos impresos Emisión electrónica - Comprobantes emitidos del 1 al 17 de enero de 2016: envío del 18 al 25 de enero de 2016 - Comprobantes emitidos a partir del 18 de enero de 2016: dentro del plazo de 7 días calendario
SISTEMA CRE-CPE / SEE- SOL
Factura negociable Factura Comercial Es el comprobante de pago (factura o recibo por honorarios) emitido conforme al reglamento de comprobantes de pago, el cual puede ser emitido de manera física o electrónica conforme lo establezca la SUNAT. Factura Negociable Es el título valor transmisible por endoso, que se origina en la compraventa de bienes o la prestación de servicios, el cual puede ser representado físicamente o a través de su anotación en cuenta en el sistema contable de una ICLV
Factura electrónica Consulta validez CDP electrónico (Envío XML) o Si el comprobante físico está autorizado Responde si es válido (CDP electrónico) o si se encuentra autorizado (CDP físico) Valida que sea ICLV. Registra la transacción de consulta (ok/ no Ok) Implantado en setiembre 2015
Principales aspectos de la Resolución de Superintendencia N 211-2015-SUNAT Comprobantes físicos: - Al 31/10/2015: Dar de baja las facturas y recibos por honorarios impresos o importados hasta el 31/12/2014 - Al 31/12/2015: Dar de baja las facturas y recibos por honorarios impresos o importados del 01 de enero al 31 de agosto. Nota: Comprobantes que no cuenten con la tercera copia, no son válidos tributariamente Comprobantes electrónicos: -Se habilita en la factura electrónica y recibos por honorarios electrónicos el dato de fecha de vencimiento y domicilio del comprador. Nota: Si el comprobante no cuenta con esos datos, no pierde validez tributaria
GRACIAS.