Propuesta de CCOO sobre el Reglamento Interno del Comité de Empresa del PAS Laboral de la Universidad de La Laguna

Documentos relacionados
Comité de Empresa REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL COMITÉ DE EMPRESA DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITE DE EMPRESA DEL PERSONAL LABORAL DE LA UNIVERSIDAD DE CORDOBA.

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITE DE EMPRESA DEL PERSONAL LABORAL DE LA UNIVERSIDAD DE CORDOBA.

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE EMPRESA DE LA EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL DE ALMERIA

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE EMPRESA. (Aprobado por el Pleno del Comité de Empresa el 18 de febrero de 2008)

REGLAMENTO PARA EL COMITÉ DE EMPRESA DEL PERSONAL LABORAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS DE LA UPO

REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO DEL COMITÉ DE EMPRESA DEL PERSONAL LABORAL - AYUNTAMIENTO DE VILLAQUILAMBRE TÍTULO PRELIMINAR

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE EMPRESA DE CENTRO MÉDICO TEKNON 2010/2014

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DEL COMITÉ DE EMPRESA DE INDRA SISTEMAS

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE EMPRESA DE GFI-NORTE

REGLAMENTO DEL COMITE DE EMPRESA DE VIEWNEXT ZARAGOZA

PREÁMBULO TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO DEL COMITÉ DE EMPRESA DEL PERSONAL DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE LEÓN.

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE EMPRESA DEL PERSONAL DOCENTE E INVESTIGACIÓN LABORAL DE LA UCLM

Comité de Empresa San Fernando de Henares

REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO DE LA JUNTA DE PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA.

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE EMPRESA DEL P.A.S. LABORAL DE E LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA

REGLAMENTO DE LA JUNTA DE PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS FUNCIONARIO

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO INTERNO DEL COMITÉ DE EMPRESA DEL COLEGIO

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE EMPRESA DEL PDI LABORAL DE LA UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE DE SEVILLA

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE EMPRESA. Proyecto de la U.S.O.

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE EMPRESA DEL PDI LABORAL DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA.

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE ESTUDIANTES DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN

b) Cada Universidad y cada Central Sindical podrán ser asistidas por un asesor.

REGLAMENTO DE LOS CONSEJOS SECTORIALES DE LA COMARCA DE LA LITERA/LA LLITERA

Reglamento de Régimen Interno

REGLAMENTO DEL COMITÉ INTERCENTROS DE TELEFÓNICA DE ESPAÑA S.A.U.

COMITÉ PROVINCIAL DE EMPRESA ADIF PONTEVEDRA REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO INDICE

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA COMISIÓN DE ASESORAMIENTO Y AYUDA AL DEFENSOR UNIVERSITARIO.

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UCM.

CAPÍTULO 1 DE LOS ÓRGANOS DE REPRESENTACIÓN

Propuesta de Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Formación

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DEL AYUNTAMIENTO DE BENICASIM

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE EMPRESA DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE HUELVA.

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE EMPRESA DEL PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR LABORAL (PDIL) DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS

Normas de Organización y Funcionamiento de la Comisión Sectorial de Gobierno Abierto.

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE EMPRESA DE A.E.N.A. AEROPUERTO DE MADRID BARAJAS

COMITÉ PROVINCIAL DE EMPRESA RENFE-OPERADORA - PONTEVEDRA REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO INDICE

REGLAMENTO DE LA JUNTA DE PERSONAL DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DE BIZKAIA

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA JUNTA DE PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA

REGLAMENTO DE LA JUNTA DE PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PERIFÉRICA DEL ESTADO (GIRONA)

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE EMPRESA BECTON DICKINSON SAN AGUSTIN DEL GUADALIX

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DEL CONSEJO EDITORIAL

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA DELEGACIÓN DE ALUMNOS DE LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL DEPARTAMENTO DE FILOLOGÍA.

REGLAMENTO DE LA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIERÍA DE LA UNIVERSITAT ROVIRA I VIRGILI

REGLAMENTO DEL CONSEJO SECTORIAL DEL CARNAVAL

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA JUNTA DE GOBIERNO, APROBADO POR LA JUNTA DE GOBIERNO EN SU SESIÓN 2/97, DE 25 DE ABRIL

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD POLITECNICA DE CARTAGENA

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA PREÁMBULO

COMITÉ INTERCENTROS CORPORACIÓN RADIOTELEVISIÓN ESPAÑOLA, S.A.

REGLAMENTO DEL CONSEJO LOCAL DE PATRIMONIO DE LA CIUDAD DE ISLA CRISTINA.-

(Aprobado por la Consejo de Gobierno el 14 de julio de 2005 y publicado en BO-UCLM nº 84 de agosto-septiembre de 2005)

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL DEPARTAMENTO DE ECOLOGÍA

. REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE IGUALDAD DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA

Título Preliminar. Artículo 1. Artículo 2. Artículo 3. Artículo 4. REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD Y GESTIÓN

REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD 1 CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONSEJO ESTATAL DE RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LAS EMPRESAS (CERSE) Y DE SUS GRUPOS DE TRABAJO

NCG110/1: Reglamento de funcionamiento de la Comisión de Colegios Mayores

REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS CONSEJOS SECTORIALES

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN.

PROTOCOLO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DEL SECRETARIADO.

Ayuntamiento de Valladolid Servicio de Archivo Municipal

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIERÍA INDUSTRIAL PREÁMBULO TÍTULO PRELIMINAR

CAPITULO II Órganos colegiados

Proyecto de Reglamento. de la Facultad de Ciencias

COMISIÓN GENERAL DE LA CONFERENCIA DE EDUCACIÓN

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE AIDIPE

REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO DEL COMITÉ DE EMPRESA DEL PDI LABORAL DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA

REGLAMENTO CONSEJO MUNICIPAL AGRARIO

REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE LA MUJER PREÁMBULO

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA MESA DE NEGOCIACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR DE LA UNED

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA TÍTULO I ESTRUCTURA Y FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO

Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo Social de la Universidad de Córdoba

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA COMISIÓN ASESORA DE LA AGENCIA PARA LA CALIDAD DEL SISTEMA UNIVERSITARIO DE CATALUÑA

REGLAMENTO DE LA MESA LOCAL POR EL EMPLEO

Sección 1ª Del Pleno

CAPÍTULO I. CONSTITUCIÓN DE LAS COMISIONES CLÍNICAS CAPÍTULO II. COMPOSICIÓN DE LAS COMISIONES CAPÍTULO III. FUNCIONAMIENTO DISPOSICIÓN FINAL

REGLAMENTO MUNICIPAL DEL CONSEJO MUNICIPAL DE BIENESTAR SOCIAL DE ASPE CAPITULO PRIMERO: CARÁCTER Y FUNCIONES.

REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL AL DESARROLLO

REGLAMENTO PROVISIONAL DEL COMITÉ DE BIOÉTICA DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN. Preámbulo

Secretaría General Universidad de Castilla-La Mancha Consejo de Gobierno 14 de diciembre de 2010

Reglamento del Comité de Ética en Investigación Hospital San José Callao JUNIO

REGLAMENTO GENERAL DE FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN DE PÚBLICOS DEL AYUNTAMIENTO DE

BOLETÍN Nº de marzo de 2008

REGLAMENTO DEL CONSEJO DE POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE NOVELDA

PROPUESTA DE ESTATUTOS DEL CONSEJO MUNICIPAL DE COMERCIO.

3. Para el cumplimiento de sus fines y objetivos, este Consejo se servirá de los medios personales y materiales que el Ayuntamiento le asigne.

Reglamento del Consejo de Alumnos y Representantes de la Universidad de Huelva (aprobado en Comisión Gestora de 20/12/96)

REGLAMENTO DEL CONSEJO SECTORIAL DE PERSONAS MAYORES DE LA CIUDAD DE MÉRIDA

COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD

Transcripción:

Propuesta de CCOO sobre el Reglamento Interno del Comité de Empresa del PAS Laboral de la Universidad de La Laguna ARTÍCULO 1º.- ÁMBITO DE FUNCIONAMIENTO El Comité de Empresa del PAS Laboral es el órgano colegiado de representación colectiva del Personal Laboral de la Universidad de La Laguna, cuyas competencias, organización y funcionamiento se adecuarán a lo dispuesto en el presente Reglamento de Régimen Interno y el ordenamiento jurídico laboral. ARTÍCULO 2º.- COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN 2.1.- La composición del Comité de Empresa del PAS Laboral estará a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores. La provisión de sus puestos, así como la duración de su mandato se acomodará a lo legalmente previsto. 2.2.- Para el cumplimiento de sus fines, el Comité de Empresa del PAS Laboral se dotará de Órganos Unipersonales: Presidencia, Vicepresidencia, Secretaría y Vicesecretaría, que serán elegidos en una propuesta única y por mayoría absoluta. ARTÍCULO 3º.- COMPETENCIAS Y DERECHOS El Comité de Empresa del PAS Laboral tendrá las competencias establecidas en el Estatuto de los Trabajadores y demás legislación laboral vigente y de aplicación. Todos y cada uno de los miembros del Comité de Empresa del PAS Laboral, tendrán los derechos y obligaciones que la legislación laboral vigente les otorga. ARTÍCULO 4º.- LA PRESIDENCIA 4.1.-Quien ostente la Presidencia, será elegida/o por y de entre los miembros del Comité de Empresa del PAS Laboral. Se requerirá la mayoría absoluta. 4.2.- La Presidencia del Comité de Empresa del PAS Laboral tendrá las siguientes funciones: 1

a) Presidir las reuniones del Comité de Empresa del PAS Laboral. b) Representar legalmente al Comité de Empresa del PAS Laboral y ser su Portavoz ante cualesquiera personas físicas, jurídicas o de la Administración. c) Asistir siempre acompañada de la Vicepresidencia a todas las reuniones, con excepción de aquellos órganos colegiados cuya normativa así lo impida. d) Realizar las gestiones, trámites y diligencias que el Comité de Empresa del PAS Laboral le encomiende. e) Acordar la convocatoria de las sesiones ordinarias y extraordinarias y la fijación del orden del día. f) Gestionar ante la Universidad de La Laguna la dotación de los medios necesarios para que los órganos y miembros del Comité de Empresa del PAS Laboral lleven a cabo sus actividades. g) Firmar las actas y documentos del Comité de Empresa del PAS Laboral. h) Dirimir con su voto los empates a efectos de adoptar acuerdos. i) Informar al Comité de Empresa del PAS Laboral del contenido de las reuniones mantenidas con la empresa. j) Ejercer cuantas otras funciones se le asigne en la Legislación que le sea de aplicación. 4.3.- Quien ostente la Presidencia cesará en sus funciones por: a) Finalización de su mandato. b) Renuncia. c) Cese del vínculo o relación laboral con la Universidad de La Laguna. d) Por moción de censura. 4.4.- En los casos contemplados en el art. 4.3 apartados b) y c), se procederá a la elección de nueva Presidencia. En este caso, la Secretaría convocará al Comité de Empresa del PAS Laboral, en sesión extraordinaria, en un plazo máximo de 15 días. ARTÍCULO 5º.- LA VICEPRESIDENCIA. 5.1.- La Vicepresidencia acompañará siempre a la Presidencia a todas las reuniones, con excepción de aquellos órganos colegiados cuya normativa lo impida. 5.2.- La Vicepresidencia sustituirá a la Presidencia en ausencia de esta. 2

5.3.- Las funciones de la Vicepresidencia serán las mismas que las definidas en el artículo 4.2 de este Reglamento. ARTÍCULO 6º.- LA SECRETARÍA Quien ostente la Secretaría será elegida/o por y de entre los miembros del Comité de Empresa del PAS Laboral. 6.1.- La Secretaría del Comité de Empresa del PAS Laboral tendrá las siguientes funciones: a) Convocar por orden de la Presidencia las reuniones del Comité de Empresa del PAS Laboral, dentro de los plazos previstos, acompañando el orden del día, informes, propuestas, escritos y documentos que hayan de ser debatidos. b) Confeccionar las actas del Comité de Empresa del PAS Laboral, dando fe de la veracidad de su contenido con el Vº Bº de la Presidencia. c) Remitir el borrador de las actas a los componentes del Comité de Empresa del PAS Laboral y Delegados Sindicales, a través de los medios acordados por el Comité de Empresa del PAS Laboral. d) Expedir las certificaciones de los acuerdos del Comité de Empresa del PAS Laboral, que le sean solicitadas. e) Computar el resultado de las votaciones. f) Asistir en sus funciones al Presidente. g) Custodiar todos los documentos generados y recibidos por el Comité de Empresa del PAS Laboral, haciéndose responsable de su entrega en perfecto orden y numerados como figuran en los libros de registro de entrada y salida del Comité de Empresa del PAS Laboral. h) Registrar puntualmente todos los documentos generados o recibidos por el Comité de Empresa del PAS Laboral, en libros de entrada y salida, a la vez que custodiar los sellos y demás efectos del Comité de Empresa del PAS Laboral. i) Custodiar los documentos citados anteriormente y que podrán ser consultados, en su presencia, por todos los miembros del Comité de Empresa del PAS Laboral. j) Elaborar una Memoria anual y presentar el Estado de gastos. 6.2.- Quien ostente la Secretaría cesará en sus funciones por: a) Finalización de su mandato. 3

b) Renuncia. c) Cese del vínculo o relación laboral con la Universidad de La Laguna. 6.3.- En los casos contemplados en el art. 5.2 apartados b) y c), se procederá a la elección de nueva Secretaría. La Presidencia convocará Comité de Empresa del PAS Laboral Extraordinario en un plazo máximo de 15 días. ARTÍCULO 7º.- LA VICESECRETARÍA 7.1.- La Vicesecretaría sustituirá a la Secretaría en ausencia de esta. 7.2.- Las funciones de la Vicesecretaría serán las mismas que las definidas en el artículo 6.1 de este Reglamento. ARTÍCULO 8º.- ELECCIÓN DE LOS CARGOS UNIPERSONALES La elección de los cargos unipersonales del Comité de Empresa del PAS Laboral se realizará en bloque, propugnando la unidad sindical y el principio compartido de transparencia. ARTÍCULO 9º.- EL COMITÉ DE EMPRESA DEL PAS LABORAL 9.1.- a) Las sesiones se considerarán válidamente constituidas cuando estén presentes, al menos, la mitad de sus miembros y estén la Presidencia y la Secretaría o personas que las sustituyan en su caso. b) Los acuerdos se tomarán por mayoría de los asistentes a las sesiones. c) Al final de cada sesión se firmará un Acta de Acuerdos. 4

d) El Comité de Empresa del PAS Laboral dispondrá de un archivo de Actas, uno de Entradas y uno de Salidas, así como los establecidos por la Universidad para los gastos del Comité de Empresa del PAS Laboral. e) Todos los archivos estarán a disposición del Personal Laboral que lo solicite. 9.2.- Las sesiones del Comité de Empresa del PAS Laboral podrán ser: a) Ordinarias. b) Extraordinarias. 9.3.a) Sesiones Ordinarias son aquellas que se convocan como tales, celebrándose el primer miércoles de cada mes; en caso de que sea inhábil se trasladarán al día hábil posterior. La notificación oficial de la convocatoria la realizará la Secretaría, por orden de la Presidencia, con al menos 3 días hábiles de antelación a cada miembro del Comité de Empresa del PAS Laboral y los representantes sindicales acreditados en el Comité de Empresa del PAS Laboral, incluyendo el texto de la convocatoria, que contendrá: - Lugar, día y hora de la reunión. - Orden del día de la misma. El orden del día constará de los siguientes puntos: - Lectura y aprobación del acta de la reunión anterior, si procede. - Ruegos y preguntas, sobre los que no podrá tomarse decisiones. Todos los miembros del Comité de Empresa del PAS Laboral tienen derecho a plantear puntos al orden del día, debiendo remitirlo por escrito con 4 días hábiles de antelación a la reunión. No podrá ser objeto de deliberación o acuerdo, ningún asunto que no figure incluido en el orden del día salvo que, estando presentes todos los miembros del Comité de Empresa 5

del PAS Laboral, sea declarada la urgencia del asunto por el voto favorable de la mayoría del Comité de Empresa del PAS Laboral. De cada reunión se levantará un acta que contendrá: a) Relación de asistentes (reflejándose, en su caso, la hora de incorporación/ausencia). b) Relación de ausentes con justificación. c) Orden del día de la reunión. d) Puntos principales de las deliberaciones. e) Acuerdos adoptados, con el resultado de las votaciones. f) Anexos al acta, que incluirán propuestas presentadas por escrito, intervenciones literales aportadas en el plazo que señale la Presidencia, votos particulares, etc.) g) Lugar, fecha y horas de inicio y final. h) Firma de quien ostente la Secretaría con el Vº Bº de la Presidencia. Las actas, una vez aprobadas por el Comité de Empresa del PAS Laboral del Comité de Empresa del PAS Laboral, quedarán a disposición de todo aquel que lo solicite a tenor de lo dispuesto en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común. 9.3.b) Sesiones Extraordinarias. Se celebrarán ante cuestiones que justifiquen su convocatoria y que requieran una actuación inmediata por parte del Comité de Empresa del PAS Laboral. Podrán ser solicitadas por iniciativa de la Presidencia o a petición de: o Un sindicato o candidatura con representación en el Comité de Empresa del PAS Laboral. o Un tercio de los miembros del Comité de Empresa del PAS Laboral. o El 10% del Personal Laboral representado. La solicitud de la convocatoria, con el orden del día fijado por los promotores, junto con la documentación necesaria para su desarrollo, se realizará mediante notificación fehaciente a la Presidencia, en caso de no ser esta la convocante, o a la Secretaría, 6

comunicándoselo a los representantes sindicales, legalmente acreditados en el Comité de Empresa del PAS Laboral. Estos comunicarán la convocatoria, por los medios más idóneos y urgentes, a cada miembro del Comité de Empresa del PAS Laboral correspondiente a sus respectivas candidaturas. En cualquier caso, no mediarán más de 5 días hábiles entre la notificación de la petición y la celebración de la reunión. 9.4.- Las sesiones serán públicas, excepto cuando el Comité de Empresa del PAS Laboral considere lo contrario. 9.5.- El Comité de Empresa del PAS Laboral convocará Asambleas de Trabajadores que podrán ser Ordinarias o Extraordinarias. Las Ordinarias se convocarán, al menos, una vez al semestre y las Extraordinarias cuando existan asuntos de especial relevancia. ARTÍCULO 10º.- COMISIONES DE TRABAJO El Comité de Empresa del PAS Laboral podrá constituir las Comisiones de Trabajo que estime oportunas. Cada Comisión podrá ser asesorada para la consecución de sus fines por las personas que estime oportuno, en busca de la consecución de los fines de cada una. Todas las decisiones de las comisiones deberán ser ratificadas por el Comité de Empresa, previamente a su aplicación. ARTÍCULO 11º.- DE LAS RELACIONES DEL COMITÉ DE EMPRESA DEL PAS LABORAL CON LAS/LOS TRABAJADORAS/ES. 11.1.- Reclamaciones: Cualquiera trabajadora/or o grupo de trabajadoras/es que consideren lesionados sus derechos o detecten una situación de injusticia social o laboral en la Universidad de La Laguna, podrán ponerlo en conocimiento del Comité de Empresa del PAS Laboral, a través de cualquiera de sus miembros. 7

El Comité de Empresa del PAS Laboral, a través de sus órganos, llevará a cabo las actuaciones que se estimen pertinentes en cada momento, notificándose a los reclamantes las gestiones realizadas. 11.2.- Iniciativas: Los miembros del colectivo representado podrán someter a la consideración del Comité de Empresa del PAS Laboral, cualquier iniciativa encaminada a mejorar sus condiciones de trabajo o cualquier otra en la que el Comité de Empresa del PAS Laboral tenga competencia. 11.3.- Información: El Comité de Empresa del PAS Laboral, a través de sus órganos, informará puntualmente de los acuerdos que adopte, así como de las gestiones y negociaciones realizadas al efecto. Cualquier miembro del colectivo representado, además de la información que emane de los órganos del Comité de Empresa del PAS Laboral, tiene derecho a que se le informe por sus miembros, en la medida de sus conocimientos, de cualquier asunto en que esté interesado. La información se proporcionará a través de los medios que, en cada momento, se estimen oportunos por el Comité de Empresa del PAS Laboral. ARTÍCULO 12º.- DE LAS RELACIONES DE COMITÉ DE EMPRESA DEL PAS LABORAL CON LA UNIVERSIDAD. A las reuniones con la Empresa asistirán todos los miembros del Comité de Empresa del PAS Laboral. El orden del día se hará llegar en las mismas condiciones que las expresadas en el artículo 3 del presente Reglamento, siempre que la Empresa lo comunique con el tiempo suficiente. Las propuestas que realicen los órganos del Comité de Empresa del PAS Laboral se trasladarán a la Universidad por medio de las personas designadas, en los términos acordados por dichos órganos. Como regla general, la aceptación de las propuestas de la Universidad de La Laguna corresponde al Comité de Empresa del PAS Laboral. No obstante, este podrá delegar en otros miembros u órganos, estableciéndose previamente, si procede, los márgenes de discrecionalidad oportunos para la negociación. Comentario [B1]: 8

En cualquier caso, al Comité de Empresa del PAS Laboral le queda reservada la facultad de revocar cualquier acuerdo de los demás órganos o miembros del Comité con la Universidad, que considere perjudiciales para los intereses de los trabajadores. ARTÍCULO 13º.- REVOCACIONES Los órganos unipersonales y miembros de los órganos colegiados podrán ser revocados por el Comité de Empresa del PAS Laboral y mediante votación, por la misma instancia que los eligió. 13.1.- Para la revocación de cualquiera de los órganos citados, será necesario una moción de censura motivada, presentada al menos por 1/3 de los miembros del Comité de Empresa del PAS Laboral, en la que se incluirá la propuesta del otro candidato que sustituirá al que cese. 13.2.- Para que la moción de censura prospere, será necesario el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros del Comité de Empresa del PAS Laboral. 13.3.- Se convocará para ello un Comité de Empresa del PAS Laboral Extraordinario. 13.4.- La moción de censura no podrá ser motivada por los mismos firmantes más de una vez hacia la misma persona, hasta transcurridos seis meses. ARTÍCULO 14º.- MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO La iniciativa para la modificación del presente Reglamento de Régimen Interno podrá ser adoptada por, al menos, el 30% de los miembros del Comité de Empresa del PAS Laboral. Presentada una propuesta de modificación, la Presidencia convocará Comité de Empresa del PAS Laboral Extraordinario, remitiendo con la convocatoria el texto de las propuestas presentadas. Las propuestas de modificación, para prosperar, deberán obtener el apoyo de al menos los 2/3 de los miembros del Comité de Empresa del PAS Laboral. DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA De este Reglamento de Funcionamiento Interno del Comité de Empresa del PAS Laboral se remitirá copia a la Gerencia de la Universidad de La Laguna y al S.E.M.A.C. 9

DISPOSICIONES FINALES I) Este reglamento entrará en vigor en el momento de su aprobación por el Comité de Empresa del PAS Laboral. II) A partir de la entrada en vigor de este Reglamento, quedarán derogadas cuantas disposiciones de inferior o igual rango, referente al régimen interno del Comité de Empresa del PAS Laboral de la Universidad de La Laguna, se opongan al mismo. III) Ante cualquier duda en la interpretación de este reglamento, por parte del Comité de Empresa del PAS Laboral, se estará a lo dispuesto en la legislación vigente. 10