SMS San Martín, Suarez y Asociados Blanqueo de Capitales y Nuevos Instrumentos Financieros Ley 26.860 24 de Julio de 2013 Expositor: Lic. Ricardo Proganó Director del Departamento de Finanzas Corporativas Cuente con Nosotros
Temario: Ley 26.860: Exteriorización voluntaria de moneda extranjera en el país y en el exterior. Generalidades. BAADE y Pagaré de Ahorro. CEDIN. Características y operatorias asociadas. Requisitos particulares para su cancelación.
Cuál son los objetivos de la Ley 26.860? Reconstitución de las reservas internacionales del BCRA. Reactivación de la inversión.
NUEVOS INSTRUMENTOS FINANCIEROS Bono Argentino de Ahorro para el Desarrollo Económico (BAADE). Pagaré de Ahorro para el Desarrollo Económico. Certificado de Depósito para Inversión (CEDIN).
REQUISITO GENERAL El goce de los beneficios de la Ley está sujeto a que el importe de la moneda extranjera exteriorizado se afecte a la adquisición de alguno de los instrumentos financieros mencionados.
BAADE Y PAGARÉ DE AHORRO Emisor: Ministerio de Economía y Finanzas Públicas (Res. 256/2013). Moneda: Dólares estadounidenses. Plazo: Tres años. Destino de los fondos: financiamiento de la inversión pública en sectores estratégicos.
BAADE Y PAGARÉ DE AHORRO Amortización de capital: íntegra al vencimiento. Interés: 4% anual, pagadero semestralmente. Fecha de emisión: 17/07/2013.
BAADE Opciones: Registrable o al portador. Suscriptores: Personas físicas o jurídicas. Procedimiento de Suscripción: Mediante colocaciones periódicas, vía entidades financieras.
PAGARÉ Opciones: Nominativo. Suscriptores: Personas jurídicas Procedimiento de Suscripción: Mediante colocaciones periódicas, exclusivamente vía BNA.
POSIBILIDADES DE CANJE Pagaré por BAADE registrable. BAADE registrable por Pagaré. BAADE al portador por BAADE registrable.
CEDIN Emisor: BCRA (Comunicación A 5447). Moneda: Dólares estadounidenses. Naturaleza: Nominativo y endosable. No devenga intereses ni tiene vencimiento. Suscripción: Personas físicas o jurídicas, a través de entidades financieras, por cuenta y orden del BCRA.
CEDIN MERCADO SECUNDARIO El CEDIN constituye por sí mismo un medio idóneo para la cancelación de obligaciones de dar sumas de dinero en dólares estadounidenses.
CEDIN - CANCELACIÓN En la misma moneda extranjera de suscripción. A través de la entidad financiera interviniente, por cuenta yordendelbcra. Contra su presentación por el titular o endosatario final (beneficiario) Previa verificación de la aplicación del título a determinados destinos.
CEDIN - APLICACIONES Compra de terrenos, galpones, locales, oficinas, cocheras, lotes, parcelas y viviendas ya construidas. Construcción de nuevas unidades habitacionales. Refacción, ampliación o mejora de inmuebles. Adquisición de materiales para la construcción (proveedores incluidos en el Registro Res. SCI 62/2013)
REQUISITOS PARA LA APLICACIÓN La documentación respaldatoria deberá incluir la mención de que la obligación fue cancelada en CEDINes, consignando serie y número. La documentación deberá tener fecha igual o posterior a la de suscripción/adquisición del CEDIN. La documentación deberá consignar un monto igual o mayor al del CEDIN correspondiente (si fuera en pesos, se convertirá a US$ BNA del MULC).
TIPOS DE CEDINES No Aplicado: se transmite por endoso, sin haber sido todavía aplicado a alguno de los destinos previstos para su cancelación. Aplicado: habiendo sido ya aplicado a alguno de los destinos previstos, puede seguir siendo transmitido por endoso a opción de su beneficiario.
ATENCIÓN POR LAS ENTIDADES Todas las fases de la operatoria con CEDINes podrán ser llevadas a cabo en cualquier entidad financiera, aún cuando no se disponga de una cuenta abierta en ella.
COSTOS ASOCIADOS Las entidades financieras intervinientes en la operatoria no percibirán cargos, comisiones, ni forma alguna de remuneración o recupero de gastos por el desempeño de sus tareas.
SMS San Martín, Suarez y Asociados Muchas Gracias!!! rprogano@sms.com.ar www.sms.com.ar Cuente con Nosotros