LA GESTIÓN FINANCIERA

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "LA GESTIÓN FINANCIERA"

Transcripción

1 LA GESTIÓN FINANCIERA OPERACIONES FUNDAMENTALES DEL BANCO DEPÓSITOS BANCARIOS Entre las múltiples funciones que cumplen los Bancos, puede destacarse la de recibir depósitos de dinero y valores, realizados por sus clientes. Los tipos de depósitos más conocidos son: Depósitos en cuenta corriente Depósitos en caja de ahorro Depósitos a plazo fijo DEPÓSITOS EN CUENTA CORRIENTE Este tipo de depósito es utilizado por particulares y empresarios, teniendo en cuenta las facilidades que se ofrecen para realizar depósitos y retiros. Utilizando la cuenta corriente pueden realizarse en cualquier momento depósitos de dinero o cheques (recibidos de otras personas), como así también disponer de los fondos (dinero depositado en el banco) para hacer pagos, mediante la emisión de cheques. Dado que los titulares (dueños) de una cuenta corriente bancaria tienen la disponibilidad (uso) inmediata de sus fondos, no ganan ningún interés por el dinero depositado. Otra ventaja que ofrece la cuenta corriente es la permitir el depósito, no solo de dinero en efectivo, sino también de cheques de otros bancos con lo que el depositante se evita la molestia de tener que ir a cobrarlos. Para facilitar los depósitos se usa la nota de Crédito bancaria. Para realizar las extracciones se utiliza el Cheque. DEPÓSITOS EN CAJA DE AHORROS Este tipo de depósitos es utilizado generalmente por personas de pocos recursos que guardan su dinero en el Banco y cobran un pequeño interés por él. DEPÓSITOS A PLAZO FIJO Es utilizado por personas que disponen de una cantidad importante de dinero, para dejarla por un tiempo determinado en el Banco y cobran por ello un interés mayor que el de caja de ahorros. La constancia del depósito realizado se llama Contrato de plazo fijo y sirve para la extracción del dinero en la fecha convenida. FORMA DE REALIZAR ESTOS DEPÓSITOS Los depósitos pueden ser hechos por una sola persona o por varias. Si el titular del depósito es un solo individuo, el mismo está realizado a la orden individual. Si el depósito pertenece a dos o más personas, debe indicare quiénes son las que pueden firmar el retiro de los fondos. Existen dos formas de hacerlo: Orden conjunta Orden reciproca Pérez y Martínez O/C Pérez o Martínez O/R Orden conjunta: en el documento de extracción de dinero deben figurar dos firmas para que el banco entregue los fondos. 1

2 Orden recíproca: en el documento de extracción de dinero puede figurar una firma o la otra para que el banco entregue fondos. También puede hacerse una Cuenta a nombre de una persona y a la orden de otra: en este caso la única que puede hacer la extracción de fondos es quien figura a la orden. CHEQUE DEFINICIÓN Es una orden de pago, pura y simple, librada contra un Banco en el cual el librador tiene fondos depositados a su orden, en cuenta corriente o autorización para girar en descubierto. GLOSARIO Orden de pago: una persona,titular de una cuenta corriente, ordena al banco que pague a otra persona una suma de dinero, utilizando sus fondos depositados en dicha institución. Librada: emitida, firmada, realizada o girada. Librador: emisor, firmante, persona que firma un cheque. Fondos depositados: dinero depositado. Cuenta corriente: tipo de depósito bancario que permite la fácil disponibilidad de los fondos, mediante el uso del cheque. Giro en descubierto: permiso que otorga el banco a un cliente, para emitir cheques sin tener fondos suficientes en su C/C. Prácticamente es un préstamo que le hace el banco al titular de una C/C, por el cual le cobra un interés. Este era un documento mal utilizado en Argentina, se lo empleaba en reemplazo del Pagare. Era común en la practica comercial emitir un cheque, con fecha postergada, como promesa de pago. Rol que desempeña el Pagare. Por tal motivo hoy convive en nuestro país dos tipos de cheque: El común y el de pago diferido En materia de los requisitos generales de ambos son iguales: El lugar y fecha de emisión Lugar de pago El importe tanto en numero como en letra La firma del emisor (titular de la cuenta corriente) 2

3 Nombre del beneficiario: En este aspecto vemos: Al Portador, es cuando en el cheque no se consigna el nombre de nadie y es pagado a la persona que es tenedora del documento Nominativo, cuando en el cheque si se consigna el nombre de la persona que tiene derecho a cobrarlo La diferencia sustanciales entre el cheque común y el de pago diferido, es que en el primero, el cheque puede ser presentado para su cobro desde el día de su emisión hasta los 30 días corridos posteriores, en cambio el cheque posdatado tiene un renglón en el cual se consigna la fecha de cobro, que es posterior a la fecha de emisión, siendo el plazo máximo 365 días corridos desde la fecha de emisión. El cheque es un documento que permite realizar pagos utilizando el dinero que se encuentra depositado en un banco, Para poder realizar sus estudios, es necesario conocer primero las distintas formas de los depósitos bancarios. COBRO DE UN CHEQUE EN VENTANILLA La persona que recibe un cheque debe concurrir al Banco que figura en él, donde se encuentra la cuenta corriente del emisor del documento. Para poder cobrar en ventanilla, debe presentar al cajero el cuerpo del cheque y guardar el talón de cobro. El cajero averigua se hay fondos suficientes en la cuenta del librador. Si todo está en orden, llama al beneficiario del cheque identificándolo por los 3 últimos números de él. El beneficiario presenta el talón de cobro, el cajero verifica que corresponde a ese cheque y lo paga. Si el cheque no tiene fondos suficientes o contiene errores o tachaduras, es rechazado. Se coloca un sello al dorso del mismo, indicando los motivos por los cuales no fue pagado.casos en los cuales un cheque no es pagado por el banco (cheque rechazado) Por falta de fondos; Por haber diferencia entre el importe en número y el importe en letras; Por ser diferente la firma del cheque de la que figura en el banco; Por faltar alguna firma o la fecha; Por estar vencido (después de 30 días de su emisión); Por estar borrado o raspado o dañado. CÁMARA COMPENSADORA CLEARING BANCARIO Suele ocurrir que una empresa reciba cheques del interior del país por pagos de clientes de distintas localidades de variadas provincias. Es imposible trasladarse a cada una de ellas para realizar el cobro en ventanilla. 3

4 En este caso el cobro se realiza por vía indirecta, por medio de un banco a través de la Cámara Compensadora. La empresa deposita dichos cheques en su cuenta corriente del Banco de su localidad, por medio de boletas especiales. Este banco se encarga de averiguar si los cheques tienen fondos suficientes en las respectivas cuentas, para luego agregar dichos importes a la cuenta corriente del depositante. Los bancos contra los cuales fueron emitidos los cheques, descuentan esos valores de las cuentas de los emisores de lo cheques. Este sistema se denomina Clearing Bancario. No hay movimiento de dinero entre los bancos, sino una compensación de valores que es constante ya que ocurre todos los días. Cada día se depositan, en cualquier sucursal bancaria, distintos cheques: De esa misma sucursal; De otra sucursal del mismo banco; De otros bancos; De la misma localidad; De otra localidad. Cheques del mismo banco Cheques de otros bancos Es común ver circular por las calles camiones blindados con la inscripción Trasporte de Valores o Clearing Bancario, que son los encargados de trasportar la documentación necesaria, a los lugares específicos donde se realiza la compensación bancaria. El clearing tarda en hacerse un determinado número de horas. Si los Bancos son de la misma localidad, puede efectuarse en 24 horas. Otras compensaciones tardan 48, 72 o 96 horas y, en algunos cosas, varios días. No importa tanto la distancia existente entre los Bancos que realizan el clearing sino los medios de comunicación de que disponen. Dos localidades muy distantes comunicadas por teles o por medios computarizados pueden hacer la compensación mucho más rápido que dos localidades cercanas, con escasos medios de comunicación. Al realizar los depósitos de cheques, debe respetarse el tiempo que demanda su clearing y, por lo tanto, usar boletas distintas. CLASES DE CHEQUES Las clases de cheques vigentes son: 1. Cheque común: La Ley no define al cheque común, se limita a enumerar en su art. 2 los elementos que debe contener: La denominación "cheque" inserta en su texto, en el idioma empleado para su redacción. Un número de orden impreso en el cuerpo del cheque. La indicación del lugar y de la fecha de creación. El nombre de la entidad financiera girada y el domicilio de pago. La orden pura y simple de pagar una suma determinada de dinero, expresada en letras y números, especificando la clase de moneda. Cuando la cantidad escrita en letras difiriese de la expresada en números, se estará por la primera. La firma del librador. 2. Cheque cruzado: Art. 44 de la Ley : El librador o el portador de un cheque pueden cruzarlo con los efectos indicados en el artículo siguiente. 4

5 El cruzamiento se efectúa por medio de dos barras paralelas colocadas en el anverso del cheque. Puede ser general o especial. El cruzamiento es especial si entre las barras contiene el nombre de una entidad autorizada para prestar el servicio de cheque, de lo contrario el cruzamiento es general. El cruzamiento general se puede transformar en cruzamiento especial; pero el cruzamiento especial no se puede transformar en cruzamiento general. La tacha del cruzamiento o de la mención contenida entre las barras se tendrá por no hecha. Art. 45: un cheque con cruzamiento general, sólo puede ser pagado por el girado a uno de sus clientes o a una entidad autorizada para prestar el servicio de cheque. Un cheque con cruzamiento especial sólo puede ser pagado por el girado a quién esté mencionado entre las barras... El efecto principal de este tipo de cheque es la imposibilidad de transmitirlo por endoso, y sólo puede ser pagado a la persona a cuyo favor se libra. 3. Cheque para acreditar en cuenta: Art. 46: El librador, así como el portador de un cheque, pueden prohibir que se lo pague en dinero, insertando en el anverso la mención "para acreditar en cuenta". En este caso, el girado sólo puede liquidar el cheque mediante un asiento de libros. La liquidación así efectuada equivale al pago. La tacha de la mención se tendrá por no hecha. El girado que no observase las disposiciones precedentes responderá por el perjuicio causado hasta la concurrencia del importe del cheque. 4. Cheque imputado: Art. 47: El librador, así como el portador de un cheque pueden enunciar el destino del pago insertando al dorso o en el añadido y bajo su firma, la indicación concreta y precisa de la imputación. La cláusula produce efectos exclusivamente entre quien la inserta y el portador inmediato, pero no origina responsabilidad para el girado por el cumplimiento de la imputación. Sólo el destinatario de la imputación puede endosar el cheque y en este caso el título mantiene su negociabilidad. La tacha de la imputación se tendrá por no hecha. Par poder cobrarlo en ventanilla, el beneficiario debe previamente mostrar sus documentos de identidad. Para ser transmitido de una persona a otra, debe recurrirse al Endoso. Si el endoso es en blanco, el beneficiario queda nuevamente sin identificarse. Aquí aparece una nueva persona en el cheque: el tenedor que es quien lo ha recibido por vía de endoso. 5. Cheque certificado: Art. 48: El girado puede certificar un cheque a requerimiento del librador o de cualquier portador, debitando en la cuenta sobre la cual se lo gira la suma necesaria para el pago. El importe así debitado queda reservado para ser entregado a quien corresponda y sustraído a todas las contingencias que provengan de la persona o solvencia del librador, de modo que su muerte, incapacidad, quiebra o embargo judicial posteriores a la certificación no afectan la provisión de fondos certificada, ni el derecho del tenedor del cheque, ni la correlativa obligación del girado de pagarlo cuando le sea presentado. La certificación no puede ser parcial ni extenderse en cheques al portador. La inserción en el cheque de las palabras "visto", "bueno" u otras análogas suscriptas por el girado significan certificación. 5

6 La certificación tiene por efecto establecer la existencia de una disponibilidad e impedir su utilización por el librador durante el término por el cual se certificó. 6. Cheque con la cláusula "NO NEGOCIABLE": Art. 50: El librador, así como el portador de un cheque, pueden insertar en el anverso la expresión "no negociable". Estas palabras significan que quien recibe el cheque no tiene, ni puede transmitir más derechos sobre el mismo que los que tenía quien lo entregó. 7. Cheque de pago diferido: Art. 52: El cheque de pago diferido es una orden de pago librada a días vista, a contar desde su presentación para registro en una entidad autorizada, contra la misma u otra en la cual el librador a la fecha de vencimiento debe tener fondos suficientes depositados a su orden en cuenta corriente o autorización para girar en descubierto, dentro de los límites de registro que autorice el girado. Sin perjuicio de las responsabilidades en que incurra por el derecho común, bajo ninguna circunstancia el girado será responsable si el cheque no es pagado a su vencimiento. Ni el registro del cheque, ni la determinación de límites de registro generan responsabilidad. El girado puede avalar el cheque de pago diferido. El cheque de pago diferido deberá contener las siguientes enunciaciones esenciales en formulario similar, aunque distinguible, del cheque común: 1. La denominación "Cheque de pago diferido", claramente inserta en el texto del documento. 2. El número de orden impreso en el cuerpo del cheque. 3. La indicación del lugar y fecha de su creación. 4. El plazo, no menor a treinta (30) días y no mayor de trescientos sesenta (360) días, en el que será pagado con posterioridad a su presentación a registro a una entidad autorizada, que seguirá a la expresión impresa: "Páguese a los... días de su presentación a una entidad autorizada". 5. El nombre del girado y el domicilio de pago. 6. La persona en cuyo favor se libra, o al portador. 7. La suma determinada de dinero, expresada en números y letras, que se ordena pagar por el inc. 4 del presente artículo. 8. El nombre del librador, domicilio, identificación tributaria o laboral o de identidad, según lo reglamente el Banco Central de la República Argentina. 9. La firma del librador. Sólo se podrán utilizar sistemas electrónicos o de reproducción cuando expresamente lo autorice el Banco Central de la República Argentina 6

La constancia del depósito realizado se llama contrato de plazo fijo y sirve para la extracción del dinero en la fecha convenida.

La constancia del depósito realizado se llama contrato de plazo fijo y sirve para la extracción del dinero en la fecha convenida. DEPÓSITOS BANCARIOS Entre las múltiples funcione que cumplen los bancos, puede destacarse la de recibir depósitos de dinero y valores, realizados por sus clientes. Los tipos de depósitos mas conocidos

Más detalles

DOCUMENTOS MERCANTILES

DOCUMENTOS MERCANTILES QUE ES UNA LETRA DE CAMBIO? DOCUMENTOS MERCANTILES La letra de cambio es un documento mercantil por el que una persona, librador, ordena a otra, librado, el pago de una determinada cantidad de dinero,

Más detalles

En este trabajo daremos a conocer las principales informaciones sobre el cheque.

En este trabajo daremos a conocer las principales informaciones sobre el cheque. Colegio politécnico Av. Independencia. Rama comercial. Secretariado. Modulo Normativa Comercial y Tributaria. CHEQUES DECRETO DE LEY Nº14.412 (DEL 8 DE AGOSTO DE 1975.) INTRODUCCION. En este trabajo daremos

Más detalles

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA COMUNICACION " A " 3294 I 29/06/01

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA COMUNICACION  A  3294 I 29/06/01 A LAS ENTIDADES FINANCIERAS: BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA COMUNICACION " A " 3294 I 29/06/01 Ref.: Circular OPASI 2 263 Reglamentación de la cuenta corriente bancaria. Flexibilización del límite

Más detalles

Cheque "al portador" Información útil sobre Cheques

Cheque al portador Información útil sobre Cheques Información útil sobre cheques Cómo se gira un cheque? Todos los cheques que se extienden deben contener lo siguiente: a. Lugar y fecha de emisión b. Cantidad girada en letras y en números c. firma Ciudad

Más detalles

Personas que intervienen en el libramiento del cheque.

Personas que intervienen en el libramiento del cheque. CHEQUE. Generalidades y Funciones. Ver página 14. Prácticas Administrativas. Tomo 2. Virginia Bonora Carnales / Susana Ravera Veira / Marianella Rodríguez Guerrero / Osvaldo Rodríguez Sum. Ediciones IDEAS.

Más detalles

Administración y Organización de Taller 3ero. EMT Electromecánica Automotriz. Cheque

Administración y Organización de Taller 3ero. EMT Electromecánica Automotriz. Cheque Cheque Concepto de Cheque Común: El artículo segundo de la Ley dispone: El cheque común es una orden de pago pura y simple, que se libra contra un banco en el cual el librador debe tener fondos suficientes

Más detalles

1er TALLER SOBRE NUEVO FORMATO DE CHEQUES 2010

1er TALLER SOBRE NUEVO FORMATO DE CHEQUES 2010 1er TALLER SOBRE NUEVO FORMATO DE CHEQUES 2010 Base Legal Ley de Cheques (1951) Reglamento de Sistemas de Pago (2007) Instructivo sobre las Especificaciones para la Elaboración del Cheque (2008) Qué es

Más detalles

SESION 8 EL PAGARÉ Y CHEQUE

SESION 8 EL PAGARÉ Y CHEQUE SESION 8 EL PAGARÉ Y CHEQUE I. CONTENIDO: 1. Definición, estructura y tipos de pagaré. 2. Época de pago del pagaré. 3. Definición, estructura y formas de circulación del cheque. 4. Formas especiales de

Más detalles

DOCUMENTOS NEGOCIABLES. Lcda. Amada Hurtado Villegas

DOCUMENTOS NEGOCIABLES. Lcda. Amada Hurtado Villegas DOCUMENTOS NEGOCIABLES Base Legal Ley 52 de 1917 Otras normas comerciales ( Código Comercio y leyes especiales) Acuerdos Interbancarios ( Práctica de la Plaza ) Artículo 2 del Código de Comercio sobre

Más detalles

7.- CHEQUES BANCARIOS

7.- CHEQUES BANCARIOS 7.- CHEQUES BANCARIOS El cheque es un documento que permite al librador retirar, en su provecho o en el de un tercero, todos o parte de los fondos que tiene disponibles en poder del librado. En él, como

Más detalles

La Letra de Cambio y el Pagaré

La Letra de Cambio y el Pagaré La Letra de Cambio y el Pagaré INDICE INTRODUCCION... 2 LA LETRA DE CAMBIO... 3 PERSONAS QUE INTERVIENEN EN UNA LETRA DE CAMBIO... 3 PARTE LEGAL... 3 EL PAGARÉ... 4 PERSONAS QUE INTERVIENEN EN EL PAGARÉ...

Más detalles

Sic: Documentos Comerciales

Sic: Documentos Comerciales 2016 Sic: Documentos Comerciales 4 Año Secundaria Ciclo Superior Profesora Umaño Silvia DOCUMENTOS COMERCIALES Concepto. Funciones. Conservación. Forma de emisión Documentos comerciales: Concepto. Funciones.

Más detalles

EL CHEQUE Y EL PAGARÉ. Marina Béjar Romero

EL CHEQUE Y EL PAGARÉ. Marina Béjar Romero EL CHEQUE Y EL PAGARÉ Marina Béjar Romero El Cheque El cheque es un documento que contiene una orden o mandato de pago de una cantidad determinada de dinero que formula la persona que lo emite contra una

Más detalles

1. TERMINOLOGÍA DE LOS EFECTOS COMERCIALES

1. TERMINOLOGÍA DE LOS EFECTOS COMERCIALES 1. TERMINOLOGÍA DE LOS EFECTOS COMERCIALES LETRA DE CAMBIO: Documento mercantil por el cual una persona, denominado librador del efecto, manda u ordena pagar a otra, denominada librado, una determinada

Más detalles

PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES. -Última comunicación incorporada: A 4939-

PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES. -Última comunicación incorporada: A 4939- -Última comunicación incorporada: A 4939- Texto ordenado al 05/05/2009 TEXTO ORDENADO ACTUALIZADO DE LAS NORMAS SOBRE - Índice - Sección 1. Disposiciones generales. 1.1. Entidades intervinientes. 1.2.

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTO PARA CONCILIACIONES BANCARIAS MANUAL DE PROCEDIMIENTO PARA CONCILIACIONES BANCARIAS

MANUAL DE PROCEDIMIENTO PARA CONCILIACIONES BANCARIAS MANUAL DE PROCEDIMIENTO PARA CONCILIACIONES BANCARIAS MANUAL DE PROCEDIMIENTO PARA CONCILIACIONES BANCARIAS OBJETIVO El presente manual de procedimientos tiene por objetivo definir un procedimiento uniforme y obligatorio para la confección de las conciliaciones

Más detalles

Tema 4: De esa comparación se pueden determinar las causas de posibles diferencias y efectuar las correcciones cuando correspondan.

Tema 4: De esa comparación se pueden determinar las causas de posibles diferencias y efectuar las correcciones cuando correspondan. Tema 4: A qué llamamos CONCILIACIÓN? A un procedimiento de control que consiste en comparar: 1. el mayor auxiliar que lleva una empresa A, referido a sus operaciones con una empresa B, con 2. el Estado

Más detalles

tema 1 1. LEGISLACIÓN MERCANTIL BÁSICA 1.1. Documentos físicos de cobro y pago contenido, características y ventajas A. El recibo

tema 1 1. LEGISLACIÓN MERCANTIL BÁSICA 1.1. Documentos físicos de cobro y pago contenido, características y ventajas A. El recibo tema 1 Legislación mercantil básica La gestión de cobros en pequeños negocios o microempresas Fórmulas de reclamación de impagados 1. LEGISLACIÓN MERCANTIL BÁSICA 1.1. Documentos físicos de cobro y pago

Más detalles

4.4. Requisitos del cheque

4.4. Requisitos del cheque El pago en la compraventa (I) Se caracteriza porque tras la expresión «páguese por este cheque a» debe figurar el nombre de una persona física o jurídica que tiene derecho a percibir el importe del cheque,

Más detalles

TEMA 4: APLICACIONES DE LA CAPITALIZACIÓN SIMPLE: LETRA DE CAMBIO Y CUENTA CORRIENTE ÍNDICE

TEMA 4: APLICACIONES DE LA CAPITALIZACIÓN SIMPLE: LETRA DE CAMBIO Y CUENTA CORRIENTE ÍNDICE TEMA 4: APLICACIONES DE LA CAPITALIZACIÓN SIMPLE: LETRA DE CAMBIO Y CUENTA CORRIENTE ÍNDICE 1. DESCUENTO DE EFECTOS... 1 1.1. CONCEPTO DE DESCUENTO DE EFECTOS... 1 1.2. CLASIFICACIÓN DE LOS DESCUENTOS...

Más detalles

Tema: Transmisión de Derechos de Cobro / Títulos Valores / Efectos Comerciales

Tema: Transmisión de Derechos de Cobro / Títulos Valores / Efectos Comerciales Tema: Transmisión de Derechos de Cobro / Títulos Valores / Efectos Comerciales Inicialmente, los derechos de cobro vienen documentados en factura (factoring), pero tradicionalmente se emplean como documentos

Más detalles

GUÍA PRÁCTICA DE FINANZAS PERSONALES CONCEPTOS BÁSICOS DE LAS TARJETAS DE DÉBITO. Lo que necesita saber sobre el uso de su tarjeta de débito

GUÍA PRÁCTICA DE FINANZAS PERSONALES CONCEPTOS BÁSICOS DE LAS TARJETAS DE DÉBITO. Lo que necesita saber sobre el uso de su tarjeta de débito GUÍA PRÁCTICA DE FINANZAS PERSONALES CONCEPTOS BÁSICOS DE LAS TARJETAS DE DÉBITO Lo que necesita saber sobre el uso de su tarjeta de débito GUÍA PRÁCTICA DE FINANZAS PERSONALES CONCEPTOS BÁSICOS DEL PRESUPUESTO

Más detalles

El cheque viene regulado del artículo 175 al 207 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito.

El cheque viene regulado del artículo 175 al 207 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito. Unidad 17 Cheque 17.1 Concepto general 17.2 Sus elementos 17.3 El cheque como instrumento de pago 17.4 Requisitos del cheque; art. 176 de la Ley General de Títulos de Crédito 17.5 Formas especiales del

Más detalles

Los promedios antes señalados se determinarán considerando los saldos al cierre de cada uno de los días corridos del respectivo "período mensual".

Los promedios antes señalados se determinarán considerando los saldos al cierre de cada uno de los días corridos del respectivo período mensual. Hoja 1 CAPÍTULO 4-1 ENCAJE Para el cumplimiento del encaje dispuesto en el Capítulo III.A.1 del Compendio de Normas Financieras del Banco Central de Chile, los bancos deberán atenerse a los siguientes

Más detalles

GUÍA PRÁCTICA DE FINANZAS CONCEPTOS BÁSICOS DE LAS TARJETAS DE DÉBITO. Lo que necesita saber sobre el uso de su tarjeta de débito

GUÍA PRÁCTICA DE FINANZAS CONCEPTOS BÁSICOS DE LAS TARJETAS DE DÉBITO. Lo que necesita saber sobre el uso de su tarjeta de débito GUÍA PRÁCTICA DE FINANZAS CONCEPTOS BÁSICOS DE LAS TARJETAS DE DÉBITO Lo que necesita saber sobre el uso de su tarjeta de débito DINERO EN EL BANCO Si las tarjetas de crédito significan pague después,

Más detalles

Mercado de Capitales, Inversiones y Finanzas www.mcifperu.com

Mercado de Capitales, Inversiones y Finanzas www.mcifperu.com IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS ITF 1. Están gravados los saldos de remuneraciones abonadas, por ejemplo en marzo, y que se utilicen en abril? No. Es importante saber que el saldo no utilizado

Más detalles

Obtenga acceso a efectivo en más de 900.000 cajeros MasterCard/Maestro/Cirrus en el mundo.

Obtenga acceso a efectivo en más de 900.000 cajeros MasterCard/Maestro/Cirrus en el mundo. Maestro Tarjeta Maestro es una tarjeta internacional de aceptación mundial que permite acceder a una cuenta bancaria desde cualquier parte del mundo donde el usuario se encuentre. Maestro es una tarjeta

Más detalles

CONTENIDO DE LA SESION Nº 09

CONTENIDO DE LA SESION Nº 09 CONTENIDO DE LA SESION Nº 09 LA LETRA DE CAMBIO. Es un titulo valor abstracto que contiene una orden incondicional de pago de un determinado monto de dinero hecha por el Librador o Girador a una persona

Más detalles

Documentos Comerciales

Documentos Comerciales Documentos Comerciales La actividad comercial de las empresas consiste en la realización de transacciones, siendo éstas tan importantes como los documentos comerciales que las respaldan. Aproximándonos

Más detalles

TEMA 2: A qué denominamos documentos a cobrar?

TEMA 2: A qué denominamos documentos a cobrar? TEMA 2: A qué denominamos documentos a cobrar? Denominamos documentos a cobrar a los títulos de crédito que tienen valor por sí mismos. Así un cheque diferido a cobrar o un conforme a cobrar representan

Más detalles

Maestro Tarjeta Maestro es una tarjeta internacional de aceptación mundial que permite acceder a una cuenta bancaria desde

Maestro Tarjeta Maestro es una tarjeta internacional de aceptación mundial que permite acceder a una cuenta bancaria desde Maestro Tarjeta Maestro es una tarjeta internacional de aceptación mundial que permite acceder a una cuenta bancaria desde cualquier parte del mundo donde el usuario se encuentre. Tarjeta Maestro Tarjeta

Más detalles

BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ

BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ CIRCULAR No. 004-2003-EF/90 Lima, 19 de febrero del 2003 Ref.: Medios de pago distintos al dinero en efectivo Con la finalidad de contar con estadísticas de los medios de pago distintos al dinero en efectivo

Más detalles

3. En las operaciones de crédito que esta ley reglamenta, se presume que los codeudores se obligan.

3. En las operaciones de crédito que esta ley reglamenta, se presume que los codeudores se obligan. INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL ESCUELA SUPERIOR DE COMERCIO Y ADMINISTRACIÓN UNIDAD SANTO TOMAS DERECHO MERCANTIL Y LABORAL GUIA DIDACTICA DE LOS TITULOS DE CREDITO Instrucción: Cada uno de los reactivos

Más detalles

2. Se puede en un Fondo de Inversión retirar sólo los intereses que se han ganado en un plazo determinado?

2. Se puede en un Fondo de Inversión retirar sólo los intereses que se han ganado en un plazo determinado? Inversiones y Retiros 1. Un cliente puede hacer una operación de retiro o inversión en cualquier oficina aunque no haya abierto el Fondo en ella o en esa Entidad Comercializadora? R/ El inversionista tienen

Más detalles

A. ANVERSO DEL MODELO OFICIAL 2

A. ANVERSO DEL MODELO OFICIAL 2 Antonino Vázquez Bonome A. ANVERSO DEL MODELO OFICIAL 2 1. MODELO OFICIAL DE EFECTO TIMBRADO Insertamos, a continuación, el modelo oficial de efecto timbrado para letra de cambio, que ha sido aprobado

Más detalles

ANEXO DE INVERSIÓN A PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Registro No. 01032011-1413-A-37-VIANVIIR 026

ANEXO DE INVERSIÓN A PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Registro No. 01032011-1413-A-37-VIANVIIR 026 ANEXO DE INVERSIÓN A PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Registro No. 01032011-1413-A-37-VIANVIIR 026 METLIFE COLOMBIA SEGUROS DE VIDA S.A., QUE PARA EFECTOS DE ESTA PÓLIZA SE DENOMINA LA COMPAÑÍA, CON

Más detalles

CODIGO DE COMERCIO DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA TÍTULO XII DE LA LETRA DE CAMBIO.

CODIGO DE COMERCIO DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA TÍTULO XII DE LA LETRA DE CAMBIO. CODIGO DE COMERCIO DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA TÍTULO XII DE LA LETRA DE CAMBIO. Capítulo I Arto. 607. Arto. 608. Capítulo II Todo el que firma una letra de cambio como representante de una persona por

Más detalles

El cheque se utiliza, por tanto, para pagar algo sin necesidad de utilizar físicamente dinero.

El cheque se utiliza, por tanto, para pagar algo sin necesidad de utilizar físicamente dinero. ALGUNOS CONSEJOS PARA OPERAR CON CHEQUES Si usted es el beneficiario o poseedor de un cheque emitido por otro, lo primero que debe tener en cuenta es el plazo para el cobro que establece la Ley Cambiaria

Más detalles

vamos a conocer... 1. Modalidades e instrumentos de pago 2. Medios de cobro y pago tradicionales

vamos a conocer... 1. Modalidades e instrumentos de pago 2. Medios de cobro y pago tradicionales 2 Medios, instrumentos y canales de cobro y pago vamos a conocer... 1. Modalidades e instrumentos de pago 2. Medios de cobro y pago tradicionales MODALIDADES DE PAGO (EN FUNCIÓN DEL TIEMPO) INSTRUMENTO

Más detalles

Programa de Educación Financiera de El Salvador. Conociendo el cheque

Programa de Educación Financiera de El Salvador. Conociendo el cheque Programa de Educación Financiera de El Salvador Conociendo el cheque Contenido Objetivo del Programa de Educación Financiera de El Salvador. Componentes del programa. Instituciones que participan en el

Más detalles

SEGUNDA PARTE LOS CONTRATOS BANCARIOS MODERNOS

SEGUNDA PARTE LOS CONTRATOS BANCARIOS MODERNOS SEGUNDA PARTE LOS CONTRATOS BANCARIOS MODERNOS CAPITULO I CONTRATO DE CUENTA CORRIENTE BANCARIA La expresión contrato de cuenta corriente bancaria reviste un particular significado que brindaría menos

Más detalles

- Documentos relacionados con las compras y/o ventas:

- Documentos relacionados con las compras y/o ventas: - Documentos relacionados con las compras y/o ventas: Factura: Es el documento más importante de la operación de compra venta. La confecciona el vendedor al comprador, como culminación de esta operación.

Más detalles

REGIMEN INFORMATIVO CONTABLE MENSUAL B.C.R.A. 28 COMISIONES Y/O CARGOS EN PRODUCTOS Y SERVICIOS FINANCIEROS. 1. Instrucciones generales

REGIMEN INFORMATIVO CONTABLE MENSUAL B.C.R.A. 28 COMISIONES Y/O CARGOS EN PRODUCTOS Y SERVICIOS FINANCIEROS. 1. Instrucciones generales -2-1. Instrucciones generales Se deberá consignar el importe de la comisión y/o cargo cobrado por cada producto o servicio detallado en el Anexo I y la cantidad de operaciones, movimientos o servicios

Más detalles

CONCILIACIÓN BANCARIA

CONCILIACIÓN BANCARIA CONCILIACIÓN BANCARIA La conciliación bancaria es la tarea de cotejar las anotaciones que figuran en el extracto bancario con el libro banco a los efectos de determinar el origen de las diferencias. La

Más detalles

Documentos Bancarios Negociables

Documentos Bancarios Negociables Guía Documentos Bancarios Negociables Analizamos los distintos tipos de documentos bancarios negociables y las acciones que se deben seguir ante cualquier impago en los mismos. Andalucía Emprende, Fundación

Más detalles

LEY DE CHEQUES. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

LEY DE CHEQUES. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: LEY DE CHEQUES Ley 24.452 Clases de cheque. Cheque común. Transmisión. La presentación y el pago. Recurso por falta de pago. Cheque cruzado. Cheque para acreditar en cuenta. Cheque imputado y certificado.

Más detalles

1) Título al portador: es aquel en que no figura el nombre del beneficiario. No es necesario que se escriba: al portador.

1) Título al portador: es aquel en que no figura el nombre del beneficiario. No es necesario que se escriba: al portador. 1 de 7 TÍTULOS DE CRÉDITO Emisión, Transmisión, Plazos CONCEPTO: son aquellos documentos necesarios para ejercer el derecho literal y autónomo que ellos contienen. Son documentos que a consecuencia de

Más detalles

PUBLICACIONES EN EL BOLETIN DE INFORMACIONES COMERCIALES. I.- ENVIO DE INFORMACION AL BOLETIN DE INFORMA- CIONES COMERCIALES.

PUBLICACIONES EN EL BOLETIN DE INFORMACIONES COMERCIALES. I.- ENVIO DE INFORMACION AL BOLETIN DE INFORMA- CIONES COMERCIALES. CAPITULO 20-6 (Bancos y Financieras) MATERIA: PUBLICACIONES EN EL BOLETIN DE INFORMACIONES COMERCIALES. I.- ENVIO DE INFORMACION AL BOLETIN DE INFORMA- CIONES COMERCIALES. 1.- Envío de nómina de cheques

Más detalles

MEDIOS DE PAGO 1. EL CHEQUE.-

MEDIOS DE PAGO 1. EL CHEQUE.- Página 1 de 11 MEDIOS DE PAGO 1. EL CHEQUE.- El cheque es un documento que expide y entrega el comprador al vendedor para pagarle la deuda pendiente o importe de la mercancía. El cheque, cuyo valor es

Más detalles

TEXTO COMPARATIVO CON CARACTERES RESALTADOS. Depósitos de ahorro, cuenta sueldo, cuenta gratuita universal y especiales

TEXTO COMPARATIVO CON CARACTERES RESALTADOS. Depósitos de ahorro, cuenta sueldo, cuenta gratuita universal y especiales TEXTO COMPARATIVO CON CARACTERES RESALTADOS Depósitos de ahorro, cuenta sueldo, cuenta gratuita universal y especiales Punto 1.11. de la Sección 1.: 1.11. Resumen de cuenta. Como mínimo cuatrimestralmente

Más detalles

REQUISITOS DEL CHEQUE

REQUISITOS DEL CHEQUE REQUISITOS DEL CHEQUE Leyenda: 1. Datos de la entidad bancaria y sucursal de la cuenta sobre la que se ha de efectuar el pago. 2. Código cuenta cliente y código IBAN, International Bank Account Number,

Más detalles

Se adjunta a la presente el Reglamento que regirá la negociación y registro de los Certificados de Depósito del BCRP.

Se adjunta a la presente el Reglamento que regirá la negociación y registro de los Certificados de Depósito del BCRP. Circulares Año 98 Circular N 006-98-EF/90 Lima, 3 de marzo de 1998 El Directorio de este Banco Central ha resuelto modificar el Reglamento de Negociación de Certificados de Depósito del Banco Central de

Más detalles

UNIDAD I Tema 4 POLIZA DE SEGURO

UNIDAD I Tema 4 POLIZA DE SEGURO UNIDAD I Tema 4 POLIZA DE SEGURO UNIDAD I Tema 4 3.4.Pólizas de seguro 3.4.1.-Seguros pagados por anticipado. 3.4.2.-Gastos de Seguro POLIZA DE SEGURO El estudio detallado de las cuentas que conforman

Más detalles

SÍNTESIS INFORMATIVA Nº 29/2002 (31.07.02) (Draft sujeto a revisión) ACEPTACIONES BANCARIAS

SÍNTESIS INFORMATIVA Nº 29/2002 (31.07.02) (Draft sujeto a revisión) ACEPTACIONES BANCARIAS SÍNTESIS INFORMATIVA Nº 29/2002 (31.07.02) (Draft sujeto a revisión) ACEPTACIONES BANCARIAS DEPARTAMENTO DE DERECHO BANCARIO Y FINANCIERO Y DE MERCADO DE CAPITALES. Con fecha 13.03.02 el BCRA emitió la

Más detalles

CONTABILIDAD PARA NEGOCIOS TURÍSTICOS. Clase 3: Documentos Soportes de Contabilidad y Métodos de Inventarios

CONTABILIDAD PARA NEGOCIOS TURÍSTICOS. Clase 3: Documentos Soportes de Contabilidad y Métodos de Inventarios CONTABILIDAD PARA NEGOCIOS TURÍSTICOS Clase 3: Documentos Soportes de Contabilidad y Métodos de Inventarios Práctica de Libro Diario Recuerde: La columna parcial en el libro diario, se utiliza para detallar

Más detalles

AUTOEVALUACIÓN Unidades 11, 12 y 13

AUTOEVALUACIÓN Unidades 11, 12 y 13 AUTOEVALUACIÓN Unidades 11, 12 y 13 Nombre:... Fecha:... Apellidos:... Curso:... 1. El librado de un cheque es a) quien lo emite b) el banco que ha de pagarlo c) el banco del tomador 2. El tomador de un

Más detalles

ANTEPROYECTO DE LEY DE CHEQUES QUE IMPUSO EL CHEQUE DIFERIDO

ANTEPROYECTO DE LEY DE CHEQUES QUE IMPUSO EL CHEQUE DIFERIDO ANTEPROYECTO DE LEY DE CHEQUES QUE IMPUSO EL CHEQUE DIFERIDO Efraín Hugo RICHARD Creemos conveniente exponer ante este Congreso Bancario, el primero desde que se introdujo el cheque de pago diferido, el

Más detalles

BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ

BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ CIRCULAR No.018-2007-BCRP Lima, 7 de setiembre de 2007 Ref.: Instrumentos y medios de pago distintos al dinero en efectivo La presente circular tiene la finalidad de mejorar la calidad de la información

Más detalles

SISTEMA DE PRODUCTOS (Instrucciones generales)

SISTEMA DE PRODUCTOS (Instrucciones generales) SISTEMA DE PRODUCTOS (Instrucciones generales) 1. MONEDA Todos los montos deberán ser informados en pesos. La información de saldos en monedas extranjeras deberá convertirse previamente a pesos chilenos,

Más detalles

COMUNICACIÓN A 5068 19/04/2010

COMUNICACIÓN A 5068 19/04/2010 "2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE MAYO" A LAS ENTIDADES FINANCIERAS: COMUNICACIÓN A 5068 19/04/2010 Ref.: Circular OPASI 2-410 Intereses en cuenta corriente bancaria, cuenta corriente especial

Más detalles

Unidad 2. Cuentas de orden

Unidad 2. Cuentas de orden Unidad 2. Cuentas de orden 2.1. Objetivo El objetivo principal de las cuentas de orden es llevar a cabo los registros sin afectar la situación financiera de la entidad y se emplean con fines de recordatorio

Más detalles

7.3.- Endoso de cheques nominativos.

7.3.- Endoso de cheques nominativos. Capítulo 2-2 Pág. 25 7.3.- Endoso de cheques nominativos. De acuerdo con la Ley, los cheques extendidos en forma nominativa sólo pueden ser endosados a un banco en comisión de cobranza. Cuando se trate

Más detalles

CAPITULO III LOS DEPÓSITOS DE AHORROS

CAPITULO III LOS DEPÓSITOS DE AHORROS CAPITULO III LOS DEPÓSITOS DE AHORROS Considerados en la Legislación Bancaria como depósitos irregulares de dinero que permiten conservar parte de los ingresos de las personas en previsión de necesidades

Más detalles

El cheque bancario de pago diferido debe ser presentado al pago dentro del plazo de treinta días siguientes a la de fecha de pago". Artículo 5º.

El cheque bancario de pago diferido debe ser presentado al pago dentro del plazo de treinta días siguientes a la de fecha de pago. Artículo 5º. Ley Nº 805/96 (En rojo y cursivas las modificadas por la Ley 2835/05) (En azul y cursivas las modificadas por la Ley 3711/09) (En negro las vigentes) QUE MODIFICA VARIOS ARTICULOS DEL CAPITULO XXVI, TITULO

Más detalles

DEPÓSITOS DE AHORRO, CUENTA SUELDO, CUENTA GRATUITA UNIVERSAL Y ESPECIALES Sección 5. Especiales.

DEPÓSITOS DE AHORRO, CUENTA SUELDO, CUENTA GRATUITA UNIVERSAL Y ESPECIALES Sección 5. Especiales. 5.1. Fondo de Cese Laboral para los Trabajadores de la Industria de la Construcción. 5.1.1. Entidades intervinientes. Los bancos comerciales de primer grado abrirán con carácter obligatorio cuentas especiales

Más detalles

GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE UNA EMPRESA

GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE UNA EMPRESA TEMA 8 GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE UNA EMPRESA Alonso Hurtado Bueno EIE - Empresa e Iniciativa Emprendedora 1 2 ÍNDICE 1. LA COMPRA-VENTA. DOCUMENTACIÓN El Pedido El Contrato 2. LA COMPRA-VENTA. DOCUMENTACIÓN

Más detalles

Unidad II: Productos y servicios ofertados por las instituciones financieras.

Unidad II: Productos y servicios ofertados por las instituciones financieras. Unidad II: Productos y servicios ofertados por las instituciones financieras. A continuación encontrará otras definiciones sobre los productos y servicios que ofertan las instituciones financieras reguladas

Más detalles

4.5. Cuentas a la vista especiales en moneda extranjera. 4.6. Especial para garantías de operaciones de futuros y opciones.

4.5. Cuentas a la vista especiales en moneda extranjera. 4.6. Especial para garantías de operaciones de futuros y opciones. TEXTO ORDENADO ACTUALIZADO DE LAS NORMAS SOBRE DEPOSITOS DE AHORRO, PAGO DE REMUNERACIONES Y ESPECIALES 3.17. Entrega del texto de las normas. 3.18. Tarjeta de débito. 3.19. Otras disposiciones. 4.1. Fondo

Más detalles

Reglamento Cuenta BAC Objetivos

Reglamento Cuenta BAC Objetivos Reglamento Cuenta BAC Objetivos Reglamento, Requisitos Y Condiciones De La Cuenta De Ahorro Bac Objetivos Del Bac San José Primero: Objeto. El presente reglamento contiene las regulaciones del servicio

Más detalles

REGLAMENTO DE AHORRO

REGLAMENTO DE AHORRO REGLAMENTO DE AHORRO CAPÍTULO I 1. Todos los socios de la Cooperativa CACEC LTDA., podrán abrir una o varias Cuentas de Ahorro en la Institución: Las modalidades para su funcionamiento se regirán de acuerdo

Más detalles

DISPONIBILIDADES - CREDITOS Y OTROS

DISPONIBILIDADES - CREDITOS Y OTROS DISPONIBILIDADES - CREDITOS Y OTROS I) DESCUENTO COMERCIAL Y DESCUENTO FINANCIERO: Descuentos comerciales: Son descuentos comerciales las deducciones al precio de lista que se conceden por variadas razones,

Más detalles

CONTABILIDAD DE SOCIEDADES. SEMANA 3 23 de setiembre 2015

CONTABILIDAD DE SOCIEDADES. SEMANA 3 23 de setiembre 2015 CONTABILIDAD DE SOCIEDADES SEMANA 3 23 de setiembre 2015 Las acciones en tesorería son aquellas propias de la empresa que las readquiere o saca de circulación y que no se dan de baja directamente del capital

Más detalles

TEMA 12º.- FUENTES DE FINANCIACIÓN. FINANCIACIÓN DEL CIRCULANTE.

TEMA 12º.- FUENTES DE FINANCIACIÓN. FINANCIACIÓN DEL CIRCULANTE. GESTIÓN FINANCIERA. TEMA 12º.- FUENTES DE FINANCIACIÓN. FINANCIACIÓN DEL CIRCULANTE. 1.- Los procesos de inversión. Pasos del proceso de inversión. Aspectos a tener en cuenta en el proceso inversor. Los

Más detalles

Realizar un analisis practico del titulo valor denominado cheque. Elaborar un breve recuento de las normas que lo rigen.

Realizar un analisis practico del titulo valor denominado cheque. Elaborar un breve recuento de las normas que lo rigen. TRABAJO DE CONTABILIDAD EL CHEQUE Y SUS CLASES INTEGRANTES: DOCENTE: IDIOMAS Y NEGOCIOS INTERNACIONALES I Corporación Unificada Nacional de Educación Superior CUN Santa Marta, Magdalena 09 de Octubre del

Más detalles

CESMA BUSINESS SCHOOL MATEMÁTICAS FINANCIERAS. TEMA 2 CAPITALIZACIÓN SIMPLE

CESMA BUSINESS SCHOOL MATEMÁTICAS FINANCIERAS. TEMA 2 CAPITALIZACIÓN SIMPLE CESMA BUSINESS SCHOOL MATEMÁTICAS FINANCIERAS. TEMA 2 CAPITALIZACIÓN SIMPLE Javier Bilbao García 1 1.- Capitalización Simple Definición: Se pretende sustituir un capital presente por otro equivalente en

Más detalles

Anexo L-1 Modelo de Fianza y Codeuda Solidaria

Anexo L-1 Modelo de Fianza y Codeuda Solidaria Anexo L-1 Modelo de Fianza y Codeuda Solidaria En [ ciudad], Chile, comparecen, a/ la sociedad [ nombre de la Persona que cumple con la Condición Crediticia Aceptable y que es fiadora y codeudora], representada

Más detalles

Gestión Empresarial: Fuentes de financiación. Profesor: José Manuel Arias Febles Recopilado por: David J. Horat Flotats

Gestión Empresarial: Fuentes de financiación. Profesor: José Manuel Arias Febles Recopilado por: David J. Horat Flotats Gestión Empresarial: Fuentes de financiación Profesor: José Manuel Arias Febles Recopilado por: David J. Horat Flotats 1. Introducción ÍNDICE 2. Productos financieros de activo a corto plazo 2.1 Descuento

Más detalles

COMUNICACIÓN A 5147 23/11/2010

COMUNICACIÓN A 5147 23/11/2010 "2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE MAYO" A LAS ENTIDADES FINANCIERAS: COMUNICACIÓN A 5147 23/11/2010 Ref.: Circular OPASI 2-419 Depósitos de ahorro, cuenta sueldo, cuenta gratuita universal

Más detalles

Comisiones bancarias y medios de pago.

Comisiones bancarias y medios de pago. n Campaña de Actuación Septiembre Comisiones bancarias y medios de pago. Línea de actuación: Comisiones bancarias y medios de pago. Las comisiones bancarias son las cantidades que las entidades de crédito

Más detalles

Salario: Número de Copias:

Salario: Número de Copias: página 1 Normas que regulan la solicitud y emisión de la Constancia de Salario y Certificaciones de Tiempo Extraordinario en la Caja Costarricense de Seguro Social La Constancia de salario es el documento,

Más detalles

Bolsa de Valores de Montevideo

Bolsa de Valores de Montevideo Bolsa de Valores de Montevideo REGLAMENTO OPERATIVO DE FUNCIONAMIENTO DE COMPENSACIÓN, LIQUIDACIÓN Y CUSTODIA DE VALORES A TRAVES DE LA BOLSA DE VALORES DE MONTEVIDEO Última revisión 06/11/2006 pagina

Más detalles

Se reglamenta el decreto ley 14.412 (ley de cheques), por el que se crean nuevas normas para su aplicación.

Se reglamenta el decreto ley 14.412 (ley de cheques), por el que se crean nuevas normas para su aplicación. Decreto 730/975 Se reglamenta el decreto ley 14.412 (ley de cheques), por el que se crean nuevas normas para su aplicación. AÑO DE LA ORIENTALIDAD Ministerio de Economía y Finanzas. Montevideo, 30 de setiembre

Más detalles

Te presentamos tu renovada Tarjeta de Débito

Te presentamos tu renovada Tarjeta de Débito De qué se trata la Migración de Tarjeta de Débito? Es el reemplazo de las Tarjetas de Débito Maestro por Tarjetas Visa Débito. Se reemplaza por Este reemplazo de Tarjetas de Débito tiene costo? No. El

Más detalles

SISTEMA DE INTERCONEXIÓN DE PAGOS REGIONAL (SIP) PREGUNTAS FRECUENTES

SISTEMA DE INTERCONEXIÓN DE PAGOS REGIONAL (SIP) PREGUNTAS FRECUENTES SISTEMA DE INTERCONEXIÓN DE PAGOS REGIONAL (SIP) PREGUNTAS FRECUENTES I. PREGUNTAS GENERALES 1. Qué es el? Es un sistema electrónico de pagos regional, por medio del cual los clientes de las entidades

Más detalles

Sección 2. Derechos básicos de los usuarios de servicios financieros.

Sección 2. Derechos básicos de los usuarios de servicios financieros. A LAS ENTIDADES FINANCIERAS, A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE CREDITO, A LAS CAJAS DE CREDITO COOPERATIVAS (LEY 26.173): Nos dirigimos a Uds. para hacerles llegar en anexo las hojas

Más detalles

INSTRUCTIVO PARA OBTENCION DEL CERTIFICADO ESTUDIANTIL

INSTRUCTIVO PARA OBTENCION DEL CERTIFICADO ESTUDIANTIL INSTRUCTIVO PARA OBTENCION DEL CERTIFICADO ESTUDIANTIL Previo al inicio de las acciones comerciales de cualquier naturaleza las Agencias de Viajes que deseen prestar servicios de Turismo Estudiantil (conforme

Más detalles

SISTEMAS INTEGRADOS DE GESTIÓN. Facultad de Comercio, Turismo y Ciencias Sociales Jovellanos

SISTEMAS INTEGRADOS DE GESTIÓN. Facultad de Comercio, Turismo y Ciencias Sociales Jovellanos SISTEMAS INTEGRADOS DE GESTIÓN TEMA 2: El sistema integrado de facturación y la gestión de stocks (I) Belén González Díaz Roberto García Fernández Departamento de Contabilidad Facultad de Comercio, Turismo

Más detalles

TEMA 3: OPERACIONES FINANCIERAS A C. PLAZO

TEMA 3: OPERACIONES FINANCIERAS A C. PLAZO TEMA 3: OPERACIONES FINANCIERAS A C. PLAZO 1. El descuento comercial: remesas de efectos. 2. Cálculo de tantos efectivos. 3. Principales activos financieros a corto plazo en el mercado: Letras del Tesoro.

Más detalles

Cada cheque tendrá un código identificatorio, y se le asociarán los siguientes datos:

Cada cheque tendrá un código identificatorio, y se le asociarán los siguientes datos: Reglamento para la Negociación de Cheques de Pago Diferido VISTO: La posibilidad de negociar en las Bolsas de Comercio cheques de pago diferido, conforme lo previsto por el Decreto del Poder Ejecutivo

Más detalles

COMUNICACION " A " 3053 I 23/12/99

COMUNICACION  A  3053 I 23/12/99 "1999 - Año de la Exportación" BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA COMUNICACION " A " 3053 I 23/12/99 A LAS ENTIDADES FINANCIERAS: Ref.: Circular OPASI - 2-224 Garantías por intermediación en operaciones

Más detalles

FINANZAS PARA MORTALES. Presenta

FINANZAS PARA MORTALES. Presenta FINANZAS PARA MORTALES Presenta Tú, los cheques y las transferencias bancarias FINANZAS PARA MORTALES Además de la tarjeta de crédito y el pago en efectivo, hay otras formas de pago, como son las TRANSFERENCIAS

Más detalles

REGLAMENTO DEL PLAN DE PROTECCION CONTRA ROBO Y FRAUDE DE LAS TARJETAS DE DEBITO DE BANCO LAFISE BANCENTRO

REGLAMENTO DEL PLAN DE PROTECCION CONTRA ROBO Y FRAUDE DE LAS TARJETAS DE DEBITO DE BANCO LAFISE BANCENTRO REGLAMENTO DEL PLAN DE PROTECCION CONTRA ROBO Y FRAUDE DE LAS TARJETAS DE DEBITO DE BANCO LAFISE BANCENTRO El presente Reglamento contiene las regulaciones del Servicio de Plan de Protección contra Robo

Más detalles

DOCUMENTOS COMERCIALES

DOCUMENTOS COMERCIALES DOCUMENTOS COMERCIALES Los Documentos comerciales son todos los comprobantes extendidos por escrito en los que se deja constancia de las operaciones que se realizan en la actividad mercantil, de acuerdo

Más detalles

PROCEDIMIENTO INGRESOS POR CAJA

PROCEDIMIENTO INGRESOS POR CAJA Revisó: Jefe División Financiera Jefe Sección de Tesorería Profesional Planeación Aprobó: Rector Página 1 de 11 Fecha de aprobación: Diciembre 04 de 2007 Resolución N 1858 OBJETIVO ALCANCE Describir las

Más detalles

Normativa mercantil y fiscal que regula los instrumentos financieros

Normativa mercantil y fiscal que regula los instrumentos financieros MF0979_2 Gestión operativa de tesorería Normativa mercantil y fiscal que regula los instrumentos financieros 1 Qué? Antes de comenzar cualquier procedimiento de gestión debemos conocer cuál es la normativa

Más detalles

GARANTÍAS. Se incluyen en esta categoría, con el carácter de enumeración taxativa, las siguientes:

GARANTÍAS. Se incluyen en esta categoría, con el carácter de enumeración taxativa, las siguientes: 1.1. Preferidas A. Están constituidas por la cesión o caución de derechos respecto de títulos o documentos de cualquier naturaleza que, fehacientemente instrumentadas, aseguren que la entidad podrá disponer

Más detalles

CIRCULAR DE IMPUESTOS 13/2001 (RECTIFICADA) Las correcciones están en rojo

CIRCULAR DE IMPUESTOS 13/2001 (RECTIFICADA) Las correcciones están en rojo AGRICULTORES FEDERADOS ARGENTINOS S.C.L. RIOJA 1474-4to. PISO - ROSARIO TEL: 041-4401243 CIRCULAR DE IMPUESTOS 13/2001 (RECTIFICADA) Las correcciones están en rojo Ref.: Impuesto a los débitos y créditos

Más detalles

Como Usar la Nueva Tarjeta de Débito EDD

Como Usar la Nueva Tarjeta de Débito EDD Como Usar la Nueva Tarjeta de Débito EDD Por muchos años, millones de californianos han confiado en el Departamento del Desarrollo del Empleo (EDD) para recibir su pagos de beneficios del Seguro de Desempleo

Más detalles

SECCIÓN III. CHEQUE SUBSECCIÓN I. CREACIÓN Y FORMA DEL CHEQUE

SECCIÓN III. CHEQUE SUBSECCIÓN I. CREACIÓN Y FORMA DEL CHEQUE ARTÍCULO 710. . El suscriptor del pagaré se equipara al aceptante de una letra de cambio. ARTÍCULO 711.

Más detalles