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Transcripción:

CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA, A TRAVÉS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS Y EL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CARLOS ESTUARDO GÁLVEZ BARRIOS, comparezco en mi calidad de RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA, en adelante denominada como USAC, calidad que acredito con Acta número uno guión dos mil diez (1-2010) de la sesión celebrada por el Cuerpo Electoral Universitario de fecha veinticinco (25) de mayo de dos mil diez (2010), así como los artículos 25 de la Ley Orgánica de la Universidad de San Carlos de Guatemala y 13 de su Estatuto conforme a los cuales el Rector es el Representante Legal de la Universidad de San Carlos de Guatemala; señalo como lugar para recibir notificaciones y citaciones en el Edificio de Rectoría, 2º. Nivel, Oficina 205, Ciudad Universitaria, Zona 12, Guatemala, Código Postal número 01012, y LUDWIG OVALLE CABRERA, comparezco en mi calidad de MINISTRO DEL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL, en adelante denominado como MSPAS ; calidad que acredito con Acuerdo Gubernativo número sesenta y dos (62) de fecha nueve (9) de septiembre de dos mil nueve (2009); señalo como lugar para recibir notificaciones y citaciones en la 6ª. Avenida 3-45, Zona 11, Edificio Escuela de Enfermeras, Ciudad de Guatemala. Actuando ambas Partes en nombre y representación de nuestras respectivas instituciones, convenimos en suscribir el presente Convenio Específico. A N T E C E D E N T E S I. Ambas partes tenemos celebrado un Convenio de Cooperación de fecha 21 de mayo de 1987, con carácter permanente, para establecer los procedimientos y mecanismos adecuados para realizar una serie de actividades en los campos de la docencia, investigación y servicio. II. III. En el citado Convenio se establece servir de marco referencial para la suscripción de otros convenios interinstitucionales dentro del sector de Salud Pública y Asistencia Social. Transcripción del PUNTO DÉCIMO QUINTO, Incisos 15.1 y 15.2 del Acta 24-2010, de la sesión ordinaria de Junta Directiva de la Facultad de Ciencias Médicas de la USAC, de fecha 06 de julio de 2010, a través del cual se acuerda avalar y aprobar el proyecto Estudios de Especialización en Gerencia de Servicios de Salud 2010 1

Una vez expresado lo anterior, las Partes tenemos a bien celebrar el presente Convenio Específico de acuerdo a las siguientes cláusulas: PRIMERA. OBJETO DEL CONVENIO ESPECÍFICO El presente Convenio Específico tiene por objeto desarrollar el Curso de Especialización en Gerencia de Servicios de Salud a través de la Facultad de Ciencias Médicas y el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, acorde a un programa específico, el que se complementará a través de la organización de encuentros, cursos, foros, actividades en mesas de intercambio académico, entre otros. SEGUNDA. COMPROMISO DE LAS PARTES Para el buen cumplimiento del objeto del presente Convenio Específico, las Partes nos obligamos y comprometemos a: I. Por la USAC: a) Proporcionar los espacios para el desarrollo de las actividades académicas y las ayudas audiovisuales necesarias para cada actividad. b) Coordinar con las instancias propuestas por el MSPAS para la elaboración de las programaciones, actividades de monitoreo y evaluación. c) Desarrollar el total del curso, en dos cohortes propuestas: la primera de 77 personas y la segunda de 90, haciendo la aclaración que la primera cohorte dio inicio en mayo de 2010 y se clausurará en abril de 2011; se les exoneró de la cuota de trescientos cincuenta quetzales (Q.350.00) mensuales, pero el Banco Interamericano de Desarrollo BID- cubrió el financiamiento de los expertos que brindaron la primera capacitación; sin embargo, la cuota de inscripción (matrícula individual) de los 77 participantes de la primera cohorte será cancelada e ingresada a las Cajas de la USAC cuando se firme el presente Convenio. La segunda cohorte con la participación de 90 personas, finalizará en agosto de 2011. d) Otorgar diploma a los participantes al Curso de Especialización en Gerencia de Servicios de Salud. e) Partir del principio que la USAC es una institución no lucrativa, pero que producto del desarrollo de estas actividades incurre en gastos, proponer al MSPAS, la propuesta económica siguiente: 2

No. Participantes Concepto PRIMER GRUPO 1. Directores de Hospitales del Modelo 2. Coordinación de 77 Hospitales (incluye supervisores) 3. Coordinación Interinstitucional 4. Personal del Programa SEGUNDO GRUPO 1. Hospitales nivel III 90 2. Hospitales de Pro Hospital 3. Resto de hospitales de la red Matrícula individual Cuota mensual individual TOTAL Q 1,031.00 ------------- Q 79,387.00 Q 1,031.00 Q 350.00 Q 92,790.00 Q 346,500.00 TOTAL Q 518,677.00 II. Por el MSPAS: a) Financiar el Curso objeto del presente Convenio Específico, a través del préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo, BID, 1852/OC-GU para dar cumplimiento a los objetivos establecidos en el contrato de préstamo, y fortalecer las debilidades indicadas en dicho documento, siendo uno de ellos la capacitación del personal del MSPAS y de los Hospitales, de acuerdo a los siguientes aspectos: Documento de propuesta de préstamo (GU-L1009), página 9, inciso 1.26 que literalmente dice: Debilidad en la Gestión Hospitalaria, Los procesos de gestión de las unidades de salud, en particular de los hospitales, son incipientes, lo que dificulta la aplicación de recursos. En este contexto, en la página 30, Inciso G, Riesgos, contempla la sostenibilidad de los programas en función de la escasez de recurso humano para la operación de los hospitales. Anexo Único del contrato de préstamo, se estipula en el número romano II. Descripción, literal (d) Componente IV. Monitoreo y Evaluación, numeral 2.13, inciso (ii) Supervisión del Proyecto, inciso (C) Capacitación de los funcionarios del MSPAS y de los Hospitales. 3

b) Coordinar las gestiones necesarias para cumplir con todos los requisitos académicos objeto del presente Convenio Específico. c) Otorgar el apoyo necesario al personal inscrito en el curso, para el fiel cumplimiento del mismo. d) Participar directamente en el proceso de monitoreo y evaluación de los objetivos del curso. Para la Primera cohorte, a través del Programa de Fortalecimiento de la Red Hospitalaria y para la segunda cohorte, por medio de la Coordinación Interinstitucional. e) Cubrir los costos de estos estudios para un total de 167 personas que serán inscritas, según lo estipulado en el Contrato de préstamo 1852/OC-GU con el Banco Interamericano de Desarrollo BID. f) Hacer efectivo a la Escuela de Estudios de Postgrado de la Facultad de Ciencias Médicas de la USAC, a través del Departamento Administrativo Financiero del MSPAS la cantidad de quinientos dieciocho mil seiscientos setenta y siete quetzales exactos (Q 518,677.00), pagadero en cuotas mensuales y pago de matricula estudiantil, desglosado de la siguiente manera: PRIMER PAGO i. Por un valor de Q 203,677.00 que corresponden a: ii. Matrícula estudiantil inicial, por 167 Alumnos Q 172,177.00, en el momento de la inscripción, al inicio del curso. iii. Primera cuota mensual, correspondiente a los 90 Alumnos de la Cohorte 2, por un monto de Q 31,500.00, pagadera al inicio del curso, en concepto de colegiación. DIEZ (10) PAGOS MENSUALES. i. Por un valor de Q 31,500.00, que corresponde a la cuota mensual de los 90 alumnos de la segunda Cohorte, haciendo un total anual de Q.315,000.00 ii. Hacerlos efectivos contra entrega de informe aprobado por la Coordinadora Interinstitucional, que certifique el desarrollo y ejecución de los productos obtenidos por cada uno de los hospitales. III) COMPROMISOS DE AMBAS PARTES: a) Consultarse entre las Partes cuando sea necesario bajo acuerdo conjunto y con el fin de promover y facilitar la cooperación contemplada en el presente Convenio Específico. 4

TERCERA. VIGENCIA Este Convenio Específico entrará en vigor a partir de la fecha de su firma y tendrá una vigencia de cinco (5) años, prorrogable con la autorización por escrito de ambas Partes. Para darlo por concluido, bastará con que una de las Partes notifique a la otra oficialmente su deseo de rescindirlo con una antelación mínima de tres meses, sin perjuicio de los trabajos que se estén desarrollando a la fecha, los que deberán continuarse hasta su total terminación. CUARTA. COMISIÓN DE ENLACE La administración y ejecución de este Convenio Específico será responsabilidad de un representante de la Dirección de la Escuela de Estudios de Postgrado de la Facultad de Ciencias Médicas, USAC; un representante de la Coordinación del Área de Educación Continua en Ciencias de la Salud, un representante de la Coordinación del Programa Académico Específico, un representante de la Asistencia de Tesorería de la Escuela de Estudios de Postgrado de la Facultad de Ciencias Médicas de la USAC; y por parte del MSPAS se designará a un representante de la Coordinadora Interinstitucional, dos representantes del Programa de Fortalecimiento a la Red Hospitalaria, y un representante de la Coordinación General de Hospitales, quienes tendrán como responsabilidad definir los mecanismos de trabajo, proyectos y los detalles de la ejecución del presente instrumento, respetando las leyes, estatutos, reglamentos, normativos y disposiciones internas de cada institución. QUINTA. MODIFICACIONES Las modificaciones que realicemos al presente Convenio Específico sólo serán válidas cuando hayan sido hechas por escrito y firmadas por ambas Partes, las cuales serán anexadas al presente instrumento como parte integrante del mismo. SEXTA. RELACIÓN LABORAL Las Partes convenimos que el personal comisionado para la realización conjunta de cualquier acción, continuará en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la institución con la cual tiene establecida su relación laboral; por ende, su intervención no originará relación de carácter laboral ni con la USAC ni con el MSPAS. SÉPTIMA. PROPIEDAD INTELECTUAL Las publicaciones que resulten de las acciones emprendidas bajo este Convenio Específico serán debidamente referenciadas en cuanto a su autoría e instituciones participantes. OCTAVA. CONFIDENCIALIDAD Las Partes guardaremos confidencialidad respecto a las actividades materia de este Convenio Específico, en los casos en que se considere necesario. 5

NOVENA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Las Partes manifestamos que el presente Convenio Específico, es producto de la buena fe, por lo que realizaremos todas las acciones posibles para su debido cumplimiento; pero en caso de presentarse alguna discrepancia, sobre su interpretación o cumplimiento, voluntariamente y de común acuerdo, será resuelta amistosamente entre los titulares de las mismas o por la Comisión de Enlace. Las soluciones o acuerdos a que lleguemos, se harán constar por escrito y nos obliga a las Partes al momento de su firma. DÉCIMA. INFORMES De la ejecución del curso objeto del presente Convenio Específico, las Partes suscribientes, a través de la Comisión Enlace, deberán presentar informe al Consejo Superior Universitario indicando los logros y avances del mismo. Adicional a dicho informe, se presentará informe para efectos de pago y será presentado ante la persona responsable de realizar el trámite correspondiente de la siguiente forma: a) Informes mensuales, para fines de pago, presentados por la Facultad de Ciencias Médicas de la USAC, los cuales serán revisados previamente y obtener el Visto Bueno de los coordinadores de los componentes III y IV, del Programa de Fortalecimiento de la Red Hospitalaria y la aprobación de la coordinadora interinstitucional. b) Informes cuatrimestrales de los avances del curso que contemplen el instrumento propuesto para el monitoreo y la evaluación debidamente llenado, descrito como Anexo 1 en los términos de referencia. c) Un informe final del curso, el cual será aprobado por el Banco Interamericano de Desarrollo y deberá contemplar como mínimo, los aspectos siguientes: i. Índice, ii. Introducción y Antecedentes, iii. Metodología y plan de trabajo, iv. Actividades desarrolladas y los resultados obtenidos de las mismas, v. Resumen ejecutivo y, vi. Análisis, cuadros comparativos, gráficas e ilustraciones. Leído el presente instrumento y enteradas las Partes de su contenido y alcances legales, lo firmamos por triplicado, en idioma Español en la Ciudad de Guatemala, a los días del mes de de 2011. 6

Por la USAC Por el MSPAS CARLOS ESTUARDO GÁLVEZ BARRIOS RECTOR LUDWIG OVALLE CABRERA MINISTRO TESTIGO DE HONOR Por la Facultad de Ciencias Médicas de la USAC JESÚS ARNULFO OLIVA LEAL DECANO 7