Se le pregunta al ICAC sobre el tratamiento contable de la prima cobrada por la arrendadora y de los intereses que genera su inversión en el depósito.

Documentos relacionados
Sobre el tratamiento contable de un derecho de usufructo por parte del usufructuario. Consulta 6 BOICAC 82

AUTOR: TOMAS VERDÚ CONTRERAS.

Nº de Consulta: 1 Nº de BOICAC: 81/MARZO 2010 Contenido: Instrumentos financieros NRV 9ª. Préstamo con tipo de interés subvencionado por un Ente

Lic. Nelson Adalberto Barahona Escoto

TABLA DE EQUIVALENCIAS PLAN DE CUENTAS LOCAL SIMPLIFICADO DE 2004 Y PLAN DE CUENTAS LOCAL SIMPLIFICADO DE 2013

Nº de Consulta: 3 Nº de BOICAC: 77/MARZO 2009 Contenido: Moneda extranjera. NRV 11ª. Instrumentos financieros. NRV 9ª Consulta: Sobre el tratamiento

Realice las operaciones contables correspondientes en las siguientes fechas:

ÍNDICE SISTEMÁTICO POR VOCES

Sección 20 ARRENDAMIENTOS

C o n t a b i l i z a c i ó n d e L e a s i n g

CONTABILIDAD Y VALORACIÓN DE ACTIVOS Y PASIVOS FINANCIEROS

GTA VILLAMAGNA ALERTA CONTABLE MAYO 2016

4. El valor total de las cuotas más el monto de la opción de compra es denominado Valor Nominal del contrato.

CASO PRÁCTICO SOBRE EL TRATAMIENTO CONTABLE DE UN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO AD AEDIFICANDUM POR PARTE DEL ARRENDADOR.

Los arrendamientos operativos son aquellos en los cuales resulta claro que no se

ASPECTOS CONTABLES DE LAS PROMOTORAS INMOBILIARIAS. Adaptación del PGC a las empresas inmobiliarias. Prof. MARTÍ GARCIA PONS

AUTOR: TOMAS MATÍAS VERDÚ CONTRERAS.

EL NUEVO PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD Cambios Principales con su Aplicación Sesión 6

REGULARIZACIÓN CONTABLE TRABAJO INDIVIDUAL

TRANSACCIONES CON PAGOS BASADOS EN INSTRUMENTOS DE PATRIMONIO

Plan General de Contabilidad

Duración: 300 horas Metodología: Curso Práctico a Distancia Objetivos: Ofrecer nociones fundamentales de Derecho Inmobiliario con el fin de

Adenda al Cuaderno de Gestión V: Manual práctico de contabilidad en las ONG

CUADRO DE CUENTAS DEL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD Fianzas recibidas a largo plazo Depósitos recibidos a largo plazo.

Pregunta: Cómo debe registrar Inmobiliaria Neutrino cada una de las ventas de los tres chalets?

Fundación IFRS: Material de formación sobre la NIIFpara las PYMES. Módulo 7: Estados de Flujos de Efectivo

Normas Internacionales de Información Financiera. NIC 17 Arrendamientos

Plan Contable simplificado 1990 Plan Contable simplificado 2004

Cálculo del coste amortizado y TIE. Breve introducción a los instrumentos financieros

TEMA 5: EL PATRIMONIO DE LA EMPRESA Y SU VALORACIÓN

NCG 18 NORMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL N. 18 ENDEUDAMIENTO PÚBLICO ÍNDICE. Párrafo Número. Definiciones 01-07

46.- El tratamiento contable de las permutas en el nuevo Plan General de Contabilidad

BAC ENGINEERING CONSULTANCY GROUP, S.L. Balance de Situación al 31 de diciembre de 2015 (Expresado en euros)

Tema 1: NIC 12 impuestos diferidos

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA PROYECTO DE NORMA ARRENDAMIENTOS

ANEXO a CATALOGO DE CUENTAS PARA LOS INTERMEDIARIOS DE REASEGURO ACTIVO

Fundación IFRS: Material de formación sobre la NIIF para las PYMES. Módulo 20: Arrendamientos

CASO PRACTICO Nº 150

GRUPO 7 VENTAS E INGRESOS 70. VENTAS DE MERCADERÍAS, DE PRODUCCIÓN PROPIA, DE SERVICIOS, ETC.

GRUPO 7 VENTAS E INGRESOS 70. VENTAS DE MERCADERÍAS, DE PRODUCCIÓN PROPIA, DE SERVICIOS, ETC.

TOTAL ACTIVO (A+B) ,40 GESTIÓN DEL PATRIMONIO DE LA SEGURIDAD SOCIAL - BALANCE GESTIÓN DEL PATRIMONIO DE LA SEGURIDAD SOCIAL - BALANCE

Sumario... 5 Presentación... 7 Normativa utilizada Capítulo 1. El impuesto sobre sociedades y la contabilidad... 11

Escuela Universitaria de Estudios Empresariales

Nº 02/16. NEWSLETTER - Contabilidad

CURSO DE CONTABILIDAD

LOS INGRESOS POR VENTAS Y LAS PRESTACIONES DE SERVICIOS EN EL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD 2.007

Las previsiones de la empresa Presuposa para el próximo ejercicio son las siguientes:

Los compromisos o riesgos de firma son conceptos que recogen. Registro contable de los avales otorgados (consulta al ICAC) 24.02

CURSO DE CONTABILIDAD PRÁCTICA

CASO PRÁCTICO X (Revisión de los presupuestos)

Sección 20 ARRENDAMIENTOS


TEMA 13: INMOVILIZACIONES INTANGIBLES

BONOS ESTRUCTURADOS.

Auditoría. 6 > Auditoría del inmovilizado

FUNDACION NIC-NIIF

Tratamiento contable de los Establecimientos Permanentes en el Extranjero (EPE).

Contabilidad y Fiscalidad

CUENTAS ANUALES Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre. Fernando Baroja Toquero Socio Director

DESCRIPCION DE LOS HECHOS Una sociedad A está participada en un 94% por una persona física.

INSTRUCCIONES DEL MODELO 111

Arrendamientos Operativos Incentivos

NIIF para Pymes: Síntesis de sus secciones

Análisis del flujo de caja

La contabilidad son las anotaciones, cálculos

SESION SEGUNDA 3 EJECUCIÓN, RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y COBRO DE CERTIFICACIONES

CUENTAS ANUALES DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN SOCIEDADES MERCANTILES

NC 17 Arrendamientos. Consideraciones Técnicas. Consideraciones Técnicas. Casos Prácticos FAQ

BOICAC Nº 16 BOE

CONTABILIDAD PÚBLICA. Tema 7. Financiación Básica

Nieve, S.A. inicia sus operaciones el 1 de enero de 201X con los saldos siguientes:

93.-Caso de arrendamiento. Contabilización de los arrendadores en el Borrador de Norma Internacional de Contabilidad nº 17

Repaso de operaciones del segundo semestre. Contabilidad Financiera y Analítica II. LOLITA y OLE, S.A.

LAS CUENTAS ANUALES (II). EL ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO (EFE) Inicio 1

Informe sobre aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIC / NIIF)

REGISTRO CONTABLE DE IMPUESTOS MUNICIPALES GESTIONADOS POR DIPUTACIÓN

El plan general contable de pymes

I) Aclaraciones de carácter general:

2. Fluctuaciones cambiarias. El total de $40 corresponde a un saldo en la cartera de clientes.

ÍNDICE SISTEMÁTICO CAPÍTULO I LA CONTABILIDAD DE LAS ENTIDADES LOCALES

BALANCE DE SITUACION ---- CUENTA GENERAL AÑO 2010

Plan de actividad docente Contabilidad Financiera

7 60, , , , , , , , ,000.00

ANEXO I GENERAL I. DATOS IDENTIFICATIVOS. Domicilio Social: Avenida de Burgos 12 4º B (28036 Madrid) A

BOICAC Nº 20 BOE


El Banco M comercializa el depósito IBÉRDEP a un año. Este producto se caracteriza por:

MEMORIA PLAN DE VIABILIDAD EMPRESARIAL

Consulta Vinculante V , de 13 de noviembre de 2015 de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Juridicas

A) ACTIVO NO CORRIENTE ,00. I. Inmovilizado intangible ,00. II. Inmovilizado material. III. Inversiones inmobiliarias 600.

BREVES COMENTARIOS SOBRE CAMBIOS DE IMPORTANCIA EN EL NUEVO PLAN GENERAL CONTABLE

CONTABILIDAD FINANCIERA Y ANALITICA II EXAMEN 28 DE MAYO DE Fernando Giménez /Ana Gisbert LA PERA LIMONERA, S.A

ANEXO III. Diccionario de términos financieros

CAMBIOS EN CRITERIOS CONTABLES SUBSANACIÓN DE ERRORES CAMBIOS EN ESTIMACIONES

NORMA FORAL 3/2016, de 18 de mayo, del Catastro Inmobiliario Foral del Territorio Histórico de Bizkaia (BOB 24/05/2016)

ANDRATX SIGLO XXI, S.A. Unipersonal

DECRETO POR EL QUE SE OTORGAN DIVERSOS BENEFICIOS FISCALES EN MATERIA DE LOS IMPUESTOS SOBRE LA RENTA Y EMPRESARIAL A TASA ÚNICA

AJUSTES SOBRE PRESUPUESTO LIQUIDADO

INMOVILIZADO TÉCNICO. técnico. 1. Concepto y clases de inmovilizado. 2. Inmovilizaciones intangibles. 3. Inmovilizaciones materiales

Soluciona Ventajas e inconvenientes del Leasing

Transcripción:

Caso práctico sobre el tratamiento contable de una prima percibida por una sociedad arrendadora en concepto de opción de compra. Dr. Gregorio Labatut Serer. Departamento de Contabilidad. Facultad de Economía. Universidad de Valencia. http://gregorio-labatut.blogspot.com/ El tratamiento contable de una prima percibida por una sociedad arrendadora en concepto de opción de compra, ha sido tratado por el ICAC en la consulta número 2 del BOICAC número 104/diciembre 2015. Vamos a desarrollar este tema, primer haciendo una descripción del problema, después estudiando la consulta realizada al ICAC, para posteriormente explicar la contestación del ICAC y la realización de un caso práctico explicativo. 1. Descripción del problema Según el ICAC, la sociedad que realiza la consulta (en adelante, la arrendadora) es una entidad de propósito especial constituida para la adquisición y arrendamiento a un tercero (en adelante, la arrendataria) de un determinado activo por un período de 17 años, junto con otros elementos necesarios para su explotación. Además del contenido del contrato de arrendamiento, la arrendadora suscribió un contrato de opción de compra del activo arrendado con otra entidad vinculada a la arrendataria (en adelante, la optante), en virtud del cual la arrendadora concede a la optante una opción de compra sobre el activo al final del período de arrendamiento previo pago de una prima por un importe aproximado al valor actualizado del 10 por 100 del coste. El importe de la prima debe ser invertido por la arrendadora en un producto financiero con un determinado rating y rentabilidad financiera. Se eligió un depósito con una rentabilidad fija y vencimiento a la finalización del contrato de arrendamiento. En caso de que la optante decidiera ejercer la opción de compra, la transmisión de la propiedad del activo se produciría al término del plazo de arrendamiento. En este supuesto, el precio de adquisición sería aproximadamente el 45 por 100 del coste de adquisición de dicho activo, descontando el importe de la prima de la opción de compra pagada y la rentabilidad obtenida por el depósito. En caso de que la optante decidiese no ejercer la opción de compra a la finalización del contrato de arrendamiento, la prima cobrada no sería reembolsable. 2. Consulta Se le pregunta al ICAC sobre el tratamiento contable de la prima cobrada por la arrendadora y de los intereses que genera su inversión en el depósito. Página 1

3. Contestación En primer lugar el ICAC hace referencia a la normativa a aplicar. Según la norma de registro y valoración (NRV) 8ª. Arrendamientos y otras operaciones de naturaleza similar del Plan General de Contabilidad (PGC), aprobado por Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, la diferencia entre arrendamiento financiero y arrendamiento operativo estriba, si en función del contrato se pueda deducir que se transfieren sustancialmente todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad del activo objeto del contrato o no. Si se produce esta transferencia, dicho acuerdo deberá calificarse como arrendamiento financiero. En particular, en un acuerdo de arrendamiento con opción de compra, se presumirá que se transfieren sustancialmente todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad cuando no existan dudas razonables de que se va a ejercitar dicha opción. El ICAC entiende que este hecho es fundamental para determinar el tipo de arrendamiento de que se trata, también el ICAC indica que a estos efectos, el acuerdo se calificará como un contrato con opción de compra cuando la optante y la arrendataria sean partes vinculadas. La transferencia de los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad resulta fundamental, de tal modo que la norma también indica que se presumirá, salvo prueba en contrario, que dicha transferencia se realiza, aunque no exista opción de compra, entre otros, en los siguientes casos: a) Cuando las especiales características de los activos objeto del arrendamiento hacen que su utilidad quede restringida al arrendatario. b) Cuando el arrendatario puede cancelar el contrato de arrendamiento y las pérdidas sufridas por el arrendador a causa de tal cancelación fueran asumidas por el arrendatario. c) Los resultados derivados de las fluctuaciones en el valor razonable del importe residual recaen sobre el arrendatario. De este modo, la contestación del ICAC, establece que sería preciso analizar estas circunstancias y concluir si el arrendamiento debe calificarse como financiero u operativo. Si una vez analizados todos los antecedentes y circunstancias relevantes de la operación en su conjunto el arrendamiento tuviera la calificación de financiero, en el momento inicial, el arrendador contabilizará un crédito por el valor actual de los pagos mínimos a recibir por el arrendamiento más el valor residual del activo, aunque no esté garantizado, descontados al tipo de interés implícito del contrato. Asimismo, reconocerá el resultado de la operación en sintonía con lo dispuesto en el apartado 3 de la norma sobre inmovilizado material, salvo cuando sea el fabricante o distribuidor del bien, supuesto en el que se considerarán operaciones de tráfico comercial y deberá registrarse la correspondiente venta de existencias. Bajo esta hipótesis, la prima recibida formará parte de la contraprestación y el activo financiero adquirido se contabilizará siguiendo los criterios establecidos en la NRV 9ª. Instrumentos financieros del PGC. Ahora bien, en el caso de que no se den las circunstancias para considerar la operación como un arrendamiento financiero, sería de aplicación el apartado 2 de la NRV 8ª, en cuya virtud, los ingresos correspondientes al arrendador derivados del contrato de arrendamiento serán considerados un ingreso del ejercicio en el que los mismos se devenguen. Página 2

Bajo esta segunda hipótesis, la prima recibida se tratará como un cobro anticipado por el acuerdo de cesión que se imputará a resultados a lo largo del período del contrato, a medida que se reciban los beneficios económicos del activo arrendado, y para cuyo registro, dado que la operación es a largo plazo, podrá emplear la cuenta 181. Anticipos recibidos por ventas o prestaciones de servicios a largo plazo. El depósito en la entidad financiera se contabilizará siguiendo los criterios establecidos en la NRV 9ª. Instrumentos financieros del PGC. 4. Caso práctico. Una entidad con propósito especial (Entidad A) se constituyó para la adquisición y arrendamiento a un tercero (en adelante, sociedad B) de un determinado activo por un período de 5 años, junto con otros elementos necesarios para su explotación. El coste de los citados activos es de 500.000 euros. Mientras que el posible precio de venta ascendería a 600.000 euros. Según el contrato, la Sociedad B pagará por el arrendamiento de los activos a la Entidad A la cantidad anual de 76.221,68 euros. Adicionalmente al contrato de arrendamiento la arrendadora (Entidad A) suscribió un contrato de opción de compra del activo arrendado con otra entidad vinculada a la sociedad B (en adelante Sociedad C), en virtud del cual la Entidad A concede a la Sociedad C una opción de compra sobre el activo al final del período de arrendamiento previo pago de una prima por un importe aproximado al valor actualizado del 10 por 100 del coste. En concreto 39.176,31 euros. Tipo de interés 5 % El importe de la prima debe ser invertido por la arrendadora en un producto financiero con un determinado rating y rentabilidad financiera. Se eligió un depósito con una rentabilidad fija (3 %) y vencimiento a la finalización del contrato de arrendamiento (5 años) y con pago de intereses acumulados al final. En caso de que la optante decidiera ejercer la opción de compra, la transmisión de la propiedad del activo se produciría al término del plazo de arrendamiento. En este supuesto, el precio de adquisición sería aproximadamente el 45 por 100 del coste de adquisición de dicho activo, descontando el importe de la prima de la opción de compra pagada y la rentabilidad obtenida por el depósito. En concreto 182.000 euros. En caso de que la optante decidiese no ejercer la opción de compra a la finalización del contrato de arrendamiento, la prima cobrada no sería reembolsable. Se pide: Registrar la operación indicada por parte de la Entidad A, en los dos supuestos siguientes: 1. No existe duda sobre el ejercicio de la opción de compra. 2. Existen dudas razonables sobre el ejercicio de la opción de compra. SOLUCIÓN: Caso 1. No existe duda sobre el ejercicio de la opción de compra. Página 3

En este caso, según la NRV 8ª del PGC el contrato se registrará como un contrato de arrendamiento financiero. Para ello tendremos que determinar el tipo de interés implícito en la operación. Prestación: 600.000 39.176,31. Contraprestación: Renta anual de 76.221,68 euros durante cinco años + 182.000 euros. Ecuación de equivalencia: Calculamos el tipo de interés de la operación (i) mediante la hoja de cálculo EXCEL función financiera TIR, por lo que i = 11,16 % Por lo tanto, el cuadro de amortización será: AÑO PRINCIPAL INTERÉS AMORTIZACIÓN CUOTA 0 560.823,69 1 485.227,87 625,86 75.595,83 76.221,68 2 409.547,68 541,50 75.680,19 76.221,68 3 333.783,03 457,04 75.764,64 76.221,68 4 257.933,84 372,49 75.849,19 76.221,68 5 182.000,00 287,84 75.933,84 76.221,68 opción de compra 0,00 182.000,00 182.000,00 TOTAL 2.284,73 560.823,69 563.108,42 Contabilización. Año 0. Formalización del contrato de arrendamiento. 39.176,31 Tesorería. 75.595,83 Créditos a corto plazo 485.227,86 Créditos a largo plazo Activos 500.000 Beneficio procedente de enajenación del activo 100.000 NOTA: No hemos tenido en cuenta el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en toda la operación. Formalización del plazo fijo. 39.176,31 Imposiciones a plazo fijo Tesorería 39.176,31 Página 4

Año 1. Cobro del contrato de arrendamiento. 76.221,68 Tesorería Ingresos financieros 625,86 Créditos a corto plazo 75.595,83 Devengo de intereses del plazo fijo: 3 % sobre 39.176,31 = 1.175,28 1.175,28 Imposiciones a plazo fijo Ingresos financieros de imposiciones a plazo fijo 1.175,28 Y así sucesivamente hasta el año 5, en el que también se cobrará la opción de compra. Periodificación de los créditos de largo plazo a corto plazo. 75.680,19 Créditos a corto plazo Créditos a largo plazo. 75.680,19 Caso 2. Existen dudas razonables sobre el ejercicio de la opción de compra. Se registrará como un arrendamiento operativo. Año 0. La Entidad A no dará de baja el activo, lo mantendrá en su patrimonio y lo amortizará durante su vida útil. Cobro de la opción de compra. 39.176,31 Imposiciones a plazo fijo (181) Anticipos recibidos por ventas o prestaciones de servicios a largo plazo. 39.176,31 NOTA: No hemos tenido en cuenta el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en toda la operación. Formalización del plazo fijo. 39.176,31 Imposiciones a plazo fijo Tesorería 39.176,31 Según el ICAC: la prima recibida se tratará como un cobro anticipado por el acuerdo de cesión que se imputará a resultados a lo largo del período del contrato, a medida que se reciban los beneficios económicos del activo arrendado, y para cuyo registro, dado que la operación es a largo plazo, podrá emplear la cuenta 181. Anticipos recibidos por ventas o prestaciones de servicios a largo plazo. En este caso, los beneficios económicos recibidos del activo arrendado según el contrato de arrendamiento serán 76.221,68 euros anuales de forma constante, por lo que interpretamos que Página 5

el reconocimiento de los ingresos debidos al anticipo se registrará en resultados siguiendo el mismo criterio (de forma constante) De este modo, durante el año 1 se registrará: Cobro del contrato de arrendamiento. 76.221,68 Tesorería Ingresos por arrendamientos 76.221,68 Imputación de los anticipos a ingresos del ejercicio.39.176,31/5 = 7.835,26 euros. 7.835,26 (181) Anticipos recibidos por ventas o prestaciones de servicios a largo plazo. Ingresos financieros por la imputación de la prima opción de compra. 7.835,26 NOTA: No hemos realizado la periodificación de los anticipos a corto plazo a largo plazo. Devengo de intereses del plazo fijo: 3 % sobre 39.176,31 = 1.175,28 1.175,28 Imposiciones a plazo fijo Ingresos financieros de imposiciones a plazo fijo 1.175,28 Y así sucesivamente hasta el año 5. Un saludo afectuoso para todos. Gregorio Labatut Serer Página 6