SERVICIOS ESPECIALES PRESTADOS POR CONTADORES PÚBLICOS SECP-5 NORMA SOBRE REVISIÓN DE INGRESOS DE PERSONAS NATURALES



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SERVICIOS ESPECIALES PRESTADOS POR CONTADORES PÚBLICOS NORMA SOBRE REVISIÓN DE INGRESOS DE PERSONAS NATURALES COMITÉ PERMANENTE DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA FEDERACIÓN DE COLEGIOS DE CONTADORES PÚBLICOS DE VENEZUELA

SERVICIOS ESPECIALES PRESTADOS POR CONTADORES PÚBLICOS NÚMERO CINCO (SECP 5) NORMA SOBRE REVISIÓN DE INGRESOS DE PERSONAS NATURALES CONTENIDO Página Introducción 2 Objetivos 2 Definición 2 Principios generales de un trabajo sobre revisión de ingresos de personas naturales 3 Términos de la contratación 3 Procedimientos a ser aplicados 4 Informe del Contador Público Independiente (CPI) 4 Carta de manifestaciones 5 Visado del Informe sobre revisión de Ingresos de personas naturales 5 Vigencia y aprobación 5 Ejemplos Anexo I 6 Anexo II 7 Anexo III 8 Anexo IV 9 BO-00005-01/08/2012 Página 1

Introducción 1. La multiplicidad de formas adoptadas para la elaboración de la opinión sobre Certificación de Ingresos, de personas naturales, evidencian que no existe un criterio unánime en la preparación de estos informes requeridos en la actualidad por diversas Instituciones del Estado, Entes Bancarios y Financieros, los cuales demandan de los profesionales de la Contaduría Pública, un instrumento idóneo que demuestre la información solicitada. Los servicios requeridos al Contador Público Independiente (C.P.I.) bajo esta norma, pudiera ser muy variado, en virtud de las fuentes que lo originan, lo que determinará el alcance del trabajo a realizar con base en la información suministrada por el interesado. Objetivos 2. El propósito de esta declaración es el de establecer las normas que debe observar el C.P.I. cuando realiza un trabajo de revisión de ingresos de personas naturales. 3. Esta declaración describe las normas sobre el tipo de informe que deberá emitir el C.P.I., con base en la revisión de ingresos de personas naturales y de los procedimientos de revisión que debe aplicar cuando asume este tipo de compromiso. 4. Esta declaración es limitativa en cuanto al dictamen a emitir puesto que se circunscribe únicamente a la información suministrada por el interesado. Definición 5. Se entiende por "ingresos de personas naturales", todos aquellos ingresos evidenciados por la persona natural, susceptibles de aplicación de procedimientos de revisión. Como ejemplo de lo que el interesado pudiera presentar al C.P.I. para la aplicación de procedimientos de revisión tenemos: certificación de ingresos por parte del patrono, declaración de impuesto sobre la renta, otros comprobantes por diferentes conceptos de ingresos, documentación producto de ventas de activos de la persona natural, recurrentes o no. Principios generales de un trabajo sobre revisión de ingresos de personas naturales 6. El C.P.I. deberá cumplir con el "Código de Ética Profesional" emitido por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela. Los principios éticos que rigen las responsabilidades profesionales del C.P.I. son: a) Integridad b) Objetividad c) Competencia profesional y debido cuidado d) Confidencialidad e) Conducta profesional y f) Estándares técnicos La independencia es un requisito para la realización de trabajos de revisión de ingresos de personas naturales. El C.P.I., deberá conducir un trabajo de revisión de ingresos de personas naturales de acuerdo con esta Norma de Servicios Especiales y los términos del trabajo. Términos de la contratación 7. Antes de iniciar cualquier trabajo de revisión de ingresos de personas naturales, el C.P.I. acordará con el interesado mediante comunicación escrita y aceptación previa, los términos de la contratación entre los cuales se indican los siguientes: (no limitativos) BO-00005-01/08/2012 Página 2

- El trabajo será efectuado sobre la evidencia presentada. - El dictamen se referirá únicamente a la información suministrada. - Como parte de la contratación el cliente le suministrará al C.P.I. una carta de manifestación sobre el trabajo efectuado. - Los honorarios acordados. - Cuando a juicio del C.P.I., determine que la información referente a los ingresos pudiera estar en conflicto con limitaciones o prohibiciones legales, el C.P.I. no debe aceptar el trabajo. Procedimientos a ser aplicados 8. El C.P.I. al aceptar el compromiso de revisión de ingresos de personas naturales, aplicará los procedimientos siguientes: (no limitativo) - El interesado debe presentar constancia de origen de sus ingresos de fecha reciente. - Examinar los últimos recibos de pago. - Declaración de rentas. - Si fuere aplicable, debe examinar la documentación del cónyuge y determinar los ingresos de la comunidad conyugal. - Solicitud de confirmaciones bancarias a entes financieros. - Revisar que la información suministrada sea concordante. Informe del Contador Público Independiente 9. El informe sobre revisión de los ingresos de personas naturales deberá describir: Primer Parágrafo. Identificación de la información revisada, período actividad e identificación del interesado y de la norma especial establecida para este tipo de trabajo. Segundo Parágrafo. Indicación de que el alcance del trabajo fue efectuado de acuerdo con la norma sobre revisión de ingresos de personas naturales. Tercer Parágrafo. Corresponde al párrafo, donde el C.P.I declara que con base en el resultado de la información revisada suministrada por el interesado, los ingresos de Bs. ------------------------, están presentados razonablemente, en todos sus aspectos sustanciales. Carta de Manifestaciones 10. El C.P.I. siguiendo la normativa establecida en la Declaración sobre Normas y Procedimientos de Auditoría Número 3 (DNA 3) denominada Manifestaciones de la Gerencia, deberá obtener del interesado manifestaciones escritas del trabajo efectuado de acuerdo con esta Norma de Servicios Especiales. (Anexo IV). Visado del informe sobre la revisión de ingresos de personas naturales 11. El informe sobre la revisión de ingresos de personas naturales del C.P.I. relacionados con los servicios prestados descritos en esta norma, debe ser visados por el Colegio de Contadores Públicos respectivo. BO-00005-01/08/2012 Página 3

Vigencia y aprobación 12. La presente Norma sobre Servicios Especiales Prestados por Contadores Públicos Independientes, fue aprobada para su publicación y divulgación por el Directorio Nacional ampliado de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela, celebrada en la ciudad de Mérida, Estado Mérida el 26 de febrero de 2000 previa su consideración y aprobación por el Directorio de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela y por su Comité Permanente de Normas y Procedimientos de Auditoría. Esta Norma entra en vigencia a partir de su aprobación. Se permite su aplicación con efecto retroactivo. BO-00005-01/08/2012 Página 4

ANEXO I Informe del (de los) Contador (es) Público (s) Independiente(s) sobre revisión de ingresos de personas naturales Dirigido al interesado: He (hemos) revisado los documentos inherentes a los ingresos percibidos durante el período (indicar: mes, año, etc.), del señor titular de la Cédula de Identidad Nº, correspondiente a su (s) actividad (es) siguiente (s): (indicar actividad). Este compromiso fue realizado de acuerdo con la Norma sobre Revisión de Ingresos de Personas Naturales N. 5 () emitida por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela. La suficiencia de la información presentada para la revisión es responsabilidad del interesado. Mi (nuestro) trabajo consistió, principalmente, en la revisión de la documentación (indicar el tipo de documentación, o hacer referencia a la relación adjunta) para obtener una seguridad razonable sobre si el monto de los ingresos sobre la base de la documentación presentada está exento de errores significativos. Con base en mi (nuestra) revisión, la relación de ingresos adjunta, perteneciente al Sr. correspondiente al período está presentada razonablemente de acuerdo a la documentación presentada. Nombre del Contador Público independiente y/o de la Firma de Contadores Públicos Contador Público C.P.C. Fecha BO-00005-01/08/2012 Página 5

Ejemplo de una relación de ingresos (adaptable a las circunstancias) Sr. Relación de ingresos Período ANEXO II Detalle de los ingresos Bs. 1. Sueldos 2. Honorarios profesionales 3. Venta de mercancía 4. Alquiler de inmuebles 5. Intereses obtenidos 6. Dividendos percibidos Total Ingresos BO-00005-01/08/2012 Página 6

LEGIMITACION DE CAPITALES: ANEXO III Todos y cada uno de los ingresos detallados en la relación que le (s) he facilitado para su revisión, por monto de Bs. provienen de actividades legítimas y de comprobable lícito ejercicio. BO-00005-01/08/2012 Página 7

ANEXO IV Fecha: Lic. (Contador (es) Público (s) Dirección Estimado(s) señor (es): Modelo de carta de representación para ser aplicado a los trabajos de revisión de ingresos de Personas Naturales (No limitativo) En relación a la revisión que ha(n) realizado sobre los ingresos (nombre de la persona) por un monto de Bs. por el período(s) (o fecha), me es grato confirmarle lo siguiente: Reconozco que es de mi responsabilidad la determinación del monto de los ingresos por Bs.. Su responsabilidad es la de confrontar tales montos con la documentación presentada. La documentación que soporta tales ingresos está representada por: Todos los ingresos presentados por mí indicados en el punto 1 provienen de actividades legítimas y lícitas, todas comprobables. Atentamente, Persona Natural BO-00005-01/08/2012 Página 8

COMITÉ PERMANENTE DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA Lic. Juan F. Reyes L. Lic. Ricardo Briceño Lic. Zunay González Lic. Alberto Serrano Lic. Ramón Carcaño Lic. Gaudencio Ocanto Lic. Nergio Prieto Lic. Rafael Dugarte Lic. Tulio Viloria Lic. Omar Trujillo Lic. Edwing Polanco Lic, Oswaldo Camero FECHAS DE EMISIÓN Y PUBLICACIÓN 1. Emisión de la SEPC-5, el 26 de febrero de 2000 2. Publicación en el Boletín Oficial Informativo de la FCCPV el 01 de agosto de 2012 (BO-00005) 3. Publicación en formato separado en la página WEB FCCPV el 30 de enero de 2013 (-2000-Feb-26) BO-00005-01/08/2012 Página 9