REFORMA CONSTITUCIONAL EN TELECOMUNICACIONES Y COMPETENCIA

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Transcripción:

REFORMA CONSTITUCIONAL EN TELECOMUNICACIONES Y COMPETENCIA Comisionada María Elena Estavillo Flores 28 de Abril, 2014 1

Índice I. Cronología de las Telecomunicaciones II. III. Puntos claves de la Reforma Los plazos de la Reforma IV. Temas clave : a. El Instituto Federal de Telecomunicaciones b. Los derechos del consumidor, libre acceso a la información y los contenidos c. Agentes económicos preponderantes d. Concesiones e. Red de acceso mayorista f. Nuevas cadenas de TV y transición digital V. Agenda de los 180 días VI. Síntesis 2

Cronología de las telecomunicaciones Privatización de Telmex: Grupo Carso Privatización de IMEVISION: TV Azteca Se abre competencia en LD Creación de CFT Licitaciones de espectro PCS (80 MHz) Licitaciones de espectro PCS/AWS (30+60 MHz) Portabilidad numérica SCJN: tarifas de IX no pueden ser suspendidas REFORMA EN CONSTITUCIONAL IFT 1990 1993 1994 1995 1996 1997 1998 2007 2008 2010 2011 2012 2013 Ley Federal de Competencia Económica Ley Federal de Telecomunicaciones Primer intento fallido en determinar a Telmex como agente dominante Segundo intento fallido en determinar a Telmex-Telcel como agentes dominantes Disminución de tarifas TX fijo y móvil en 60% Nueva atribución de CFT: Radiodifusión 3

Puntos claves de la Reforma Proceso de selección abierto y público para Comisionados del IFT Creación del IFT como órgano autónomo Autoridad de competencia en telecomunicaciones y radiodifusión No suspensión de las resoluciones determinadas por el IFT Creación de tribunales especializados REFORMA DE TELECOMUNICACIONES Y COMPETENCIA Facultad para otorgar y revocar concesiones Concesiones únicas Incremento a los límites de inversión extranjera Creación de una red de servicios mayoristas Creación de un organismo público de radiodifusión Obligaciones Must carry-must offer 4

Los plazos de la Reforma Creación de tribunales especializados Lineamientos de Must Carry y Must Offer Discusión de las iniciativas: Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión Ley Federal de Competencia Económica Apagón analógico Junio 11, 2013 Agosto 9, 2013 Sept 11, 2013 Feb 27, 2014 Marzo 7, 2014 EN CURSO 2014-2018 Diciembre 31, 2015 Bases para la Licitación de 2 cadenas nacionales de tv Publicación de la Reforma Constitucional en Telecomunicacion es, Radiodifusión y Competencia Creación del IFT con la ratificación de 7 Comisionados por el Senado Determinación de agentes preponderantes Medidas de regulación asimétrica y desagregación del bucle local Revisión de cumplimiento de las concesiones Creación de la Red mayorista de telecomunicaciones Registro público de concesiones

El Instituto Federal de Telecomunicaciones Un órgano regulador con autonomía constitucional, viabilidad financiera garantizada por el Congreso y facultades exclusivas en materia de competencia para telecomunicaciones y radiodifusión. Tiene a su cargo la regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes y la prestación de los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, así como del acceso a infraestructura activa, pasiva y otros insumos esenciales. Es la autoridad de competencia en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión Sus 7 comisionados son elegidos en un proceso abierto y competitivo por un comité de evaluación independiente, nombrados por el titular del Poder Ejecutivo y ratificados por el Senado. Emite disposiciones administrativas de carácter general exclusivamente para el cumplimiento de su función regulatoria. Se ordena la separación entre la autoridad que conoce de la etapa de investigación y la que resuelve en los procedimientos en forma de juicio. La Cámara de Diputados garantiza la suficiencia presupuestal para su funcionamiento, que ejerce de forma autónoma. 6

Derechos del consumidor, libre acceso a la información y los contenidos Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como, acceso a las tecnologías de la información, banda ancha e internet. Estos derechos serán garantizados por el Estado. Se incluye el derecho al libre acceso a la información. Se garantiza el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación. Se prevé que la ley establecerá los derechos de los usuarios de telecomunicaciones y audiencias, y los mecanismos para su protección. Se establecen las obligaciones de ofrecer contenidos de televisión abierta y de transmitirlos por las redes de televisión restringida (must carry/must offer) Se da al IFT la facultad de establecer reglas de propiedad cruzada de medios Se crea un organismo público descentralizado de radiodifusión con fines de promoción de la integración nacional, la cultura, la igualdad entre hombres y mujeres, y la expresión de la diversidad. Política de inclusión digital universal: al menos 70% hogares y 85% PYMES con banda ancha a velocidad promedio de OCDE y precios competitivos internacionalmente. 7

Agentes económicos preponderantes Agentes económicos preponderantes en los sectores de radiodifusión y de telecomunicaciones: participación nacional mayor al 50%, en número de usuarios, suscriptores, audiencia, tráfico o capacidad utilizada. Determinación de AEP en telecomunicaciones y radiodifusión e imposición de regulación asimétrica en 180 días a partir de la integración del IFT. Regulación asimétrica para evitar que se afecte la competencia, la libre concurrencia y a los usuarios finales. Medidas respecto a: información, oferta y calidad de servicios, acuerdos en exclusiva, limitaciones al uso de equipos terminales entre redes, regulación asimétrica en tarifas e infraestructuras de red, y en su caso, la separación contable, funcional o estructural de dichos agentes. Adicionalmente al AEP en telecomunicaciones, la desagregación de la red local. Las obligaciones impuestas al AEP se extinguirán una vez que existan condiciones de competencia efectiva en el mercado respectivo. AEP: Agente Económico Preponderante 8

Concesiones Las concesiones serán únicas para prestar todo tipo de servicios a través de sus redes siempre que cumplan con las obligaciones y contraprestaciones impuestas por IFT Corresponde al IFT el otorgamiento, la revocación, así como la autorización de cesiones o cambios de control accionario, titularidad u operación de sociedades relacionadas con concesiones en materia de radiodifusión y telecomunicaciones. Las concesiones serán de uso comercial, público, privado y social que incluyen las comunitarias y las indígenas. El Instituto fijará el monto de las contraprestaciones por el otorgamiento de las concesiones. Las concesiones del espectro radioeléctrico serán otorgadas mediante licitación pública, donde el factor económico no será el único determinante para elegir al ganador. 9

Red de acceso mayorista Instalación de una red pública compartida de telecomunicaciones de servicios inalámbricos para operadores y comercializadores que impulse el acceso a la banda ancha y a los servicios de telecomunicaciones Posibilidad de inversión pública/privada. Utilizará al menos 90 MHz de la banda 700 MHz, la red de fibra óptica de CFE y cualquier otro activo del Estado. En operación antes de que concluya el año 2018. Operará bajo principios de compartición de toda su infraestructura y la venta desagregada de todos sus servicios y capacidades. Ofrecerá exclusivamente servicios mayoristas a operadores y comercializadores, bajo condiciones de no discriminación. Ningún prestador de servicios deberá tener influencia en la operación de la red. La política tarifaria de la red compartida deberá fomentar la competencia. 10

Nuevas cadenas de TV y Transición digital Licitaciones de 2 cadenas nacionales de TV radiodifundida: Publicación de las bases y convocatoria para licitar nuevas concesiones de frecuencias de televisión a los 180 días siguientes a la integración del IFT. Las frecuencias deberán ser agrupadas para formar 2 nuevas cadenas de televisión con cobertura nacional. No podrán participar aquellos concesionarios o grupos relacionados que actualmente acumulen concesiones para prestar servicios de radiodifusión de 12 MHz o más. Transición digital: La transición digital terrestre culminará el 31 de diciembre de 2015. Los concesionarios y permisionarios están obligados a devolver, en cuanto culmine el proceso de transición a la TDT, las frecuencias a fin de garantizar el uso eficiente del espectro radioeléctrico, la competencia y el uso óptimo de la banda de 700 MHz (dividendo digital). 11

Agenda de los 180 días Licitación de 2 cadenas nacionales de televisión Revisión de cumplimiento de obligaciones de concesionarios de telecomunicaciones y radiodifusión 7 de marzo de 2013 Registro público de concesiones Regulación asimétrica para agentes preponderantes Compartición de infraestructura Desagregación del bucle local Determinación de agentes preponderantes en telecomunicaciones y radiodifusión (>50% de participación de mercado) 12

Síntesis Fortalecimiento de la autoridad reguladora; atribuciones exclusivas en competencia Tribunales especializados en telecomunicaciones, radiodifusión y competencia Fortalecimiento de derechos fundamentales Medidas de fomento a la competencia en telecomunicaciones y radiodifusión Régimen de concesiones únicas Red compartida de servicios de telecomunicaciones al mayoreo Licitación de 2 nuevas cadenas de TV radiodifundida 13

ANEXO 14

TEMA DEFINICIÓN CARACTERISTICAS IDEALES Objetivo de Claro, explicito y Política contundente. Pública Plasmado al menos a MANDATO Subyacente nivel de Ley, en un ordenamiento simple, y claro, de donde se desprenda una o pocas prioridades específicas. ATRIBUCIONES Potestades concedidas por disposición jurídica Todas las necesarias a efecto de cumplir con el mandato. Directas y exclusivas compartidas). (no Deben combinar poderes materialmente administrativos, legislativos y judiciales COFETEL Explicito aunque difuso a nivel de Ley. Plenas en materia de radiodifusión Fraccionadas en materia de telecomunicaciones (incapacidad de sanción y otorgamiento de concesiones y permisos) Poder de regulación asimétrica inoperante Ausencia de herramientas regulatorias especiales, como la desagregación del bucle local y la partición de empresas. IFT Claro, explicito a nivel constitucional. Plenas en materia de radiodifusión y telecomunicaciones, incluyendo poderes de competencia. Regulador ex ante y ex - post Poder de regulación asimétrica pleno Poderes especiales, incluyendo la desagregación del bucle local y la partición de empresas Esquema sancionatorio débil Emite disposiciones administrativas de carácter general en temas específicos, donde exista habilitación legal Esquema sancionatorio fuerte y disuasivo (por definirse en legislación secundaria) Emite disposiciones administrativas de carácter general en cualquier tema, siempre que corresponda a su esfera de competencia. Mayores facultades por definirse 15 en la legislación secundaria.

TEMA DEFINICIÓN CARACTERISTICAS COFETEL IFT AUTONOMÍA FUNCIONAL Arreglos e institucionales (jurídicos y organizacionales) que permiten al regulador mantener una sana distancia respecto delos grupos de interés, de manera tal que pueda tomar decisiones únicamente con base en el interés público. Cuando menos debe existir una autonomía organizacional, donde el regulador aplica procedimientos independientes y emite decisiones autónomas que no están sujetas al control de instancias administrativas superiores. La autonomía debe ser de tipo funcional es decir, únicamente hasta el grado necesario que favorezca el óptimo funcionamiento del regulador. De este elemento se desprenden principalmente: (I) un tipo de vinculación especial entre el regulador y el Gobierno al que pertenece, así como (II) un régimen de nombramientos que favorezca el perfil y trayectoria de los Comisionados, así como su independencia, actuar probo y estabilidad laboral. Órgano desconcentrado de la SCT; con autonomía técnica, operativa, de gasto y de gestión. El ejecutivo emite Reglamento Interior Depende presupuestariamente de las partidas asignadas a las SCT. Cinco Comisionados Nombramientos fijos, escalonados e inamovibles salvo por causa grave (por el Ejecutivo), sujetos a un débil régimen de elegibilidad sin contrapesos. Sus actuaciones se rigen por la LFPA Órgano Constitucional Autónomo, con personalidad jurídica y patrimonios propios. Emite su propio Estatuto Orgánico. Ejerce su presupuesto de manera autónoma. Siete Comisionados Nombramientos fijos, escalonados e inamovibles salvo por causa grave (por las dos terceras partes del Senado), sujetos a un robusto régimen de elegibilidad con contrapesos. Algunas de sus actuaciones se regirán provisionalmente por la LFPA; la legislación secundaria deberá establecer formas y procedimientos. 16

TEMA DEFINICIÓN CARACTERÍSTICAS COFETEL IFT Exposición de la conducta del regulador frente a terceros Proporcionar información suficiente que permita entender, analizar y evaluar la racionalidad de la conducta administrativa. Las que resulten de las Leyes en materia de transparencia y mejora regulatoria. Sesiones, acuerdos y resoluciones públicas, con las excepciones que determine la Ley. TRANSPARENCIA Como mínimo este componente debe incluir (I) decisiones y resoluciones; (II) sistematización de criterios y razonamientos; (III) consultas publicas; y (IV) página de internet de calidad. Transparencia gubernamental bajo principios de gobierno digital y datos abiertos (por definirse en legislación secundaria). Mecanismos adicionales por definirse en la legislación secundaria. 17

TEMA DEFINICIÓN CARACTERÍSTICAS COFETEL IFT RENDICIÓN DE CUENTAS Obligación de Parámetros exante informar, justificar (misión, visión, objetivos, y planes de trabajo, metas, someter ante el etc..) que permitan una imperio de la evaluación efectiva Ley y la razón la expost (informes, toma de comparecencias, decisiones evaluaciones, etc.) Debe incluir mecanismos formales e informales Presentación de un informe anual de desempeño. Comparecencias del Titular (Presidente) en términos del artículo 93 Constitucional. Presentación de programa de trabajo y trimestralmente un informe de actividades al Poder Ejecutivo y Poder Legislativo. Comparecencias del Titular (Presidente) en términos del artículo 93 Constitucional. El Poder Ejecutivo puede solicitar a cualquiera de las Cámaras la comparecencia del Titular. RECURSOS Humanos y económicos La Contraloría Interna investigaría y sancionaría conductas en términos de la La Secretaría de la Función legislación en materia de Pública investiga y sanciona responsabilidades administrativas. conductas en términos de la legislación en materia de responsabilidades administrativas. Mecanismos adicionales por definirse en la legislación secundaria. En cantidad y calidad Modestos frente a la práctica correlativas a las internacional. responsabilidades. Incapacidad de obtener recursos por actividad propia. Incremento significativo respecto del presupuesto de Cofetel Por definirse la posibilidad de obtener recursos por actividad propia. 18

TEMA DEFINICIÓN CARACTERÍSTICAS COFETEL IFT Control jurisdiccional Únicamente control judicial bajo Procede juicio de Procede amparo indirecto ante de las decisiones del criterios de diferencia. Evitar nulidad ante el Tribunal Juzgados de Distrito y recursos regulador instancias administrativas Federal de Justicia de revisión ante los Tribunales intermedias y abuso de la Fiscal y Administrativa Colegiados de Circuito ambos figura de la suspensión. Juicios (que pertenece al Poder pertenecientes al Poder Judicial. expeditos y jueces Ejecutivo) y, contra la especializados. resolución de este, amparo directo ante Tribunales Colegiados RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS El órgano judicial no debe sustituir la función del regulador, sino únicamente evitar el uso arbitrario del poder. de Circuito pertenecientes al Poder Judicial. Tribunales Colegiados Juzgados y Tribunales de circuito de especializados en competencia, competencia mixta. radiodifusión y telecomunicaciones. Procede suspensión en amparo según cada caso. No existen reglas especiales para la atención expedita y prioritaria de los casos. No procede suspensión en amparo en ningún caso. Por definirse si existirían reglas especiales para la atención expedita y prioritaria de los casos. 19

Gracias elena.estavillo@ift.org.mx www.ift.org.mx 20