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Transcripción:

1. OBJETO Y ALCANCE: El presente documento establece las condiciones de certificación en la modalidad sistema 1B (Lote), que debe cumplir el cliente a quien CERTECNICA S.A.S le presta servicio de evaluación con fines de certificación. 2. DEFINICIONES Para los efectos del presente documento, aplican los términos de las normas NTC ISO/IEC 17067, NTC ISO/IEC 17065 y NTC ISO/IEC 17000 vigentes y demás relacionados en los requisitos aplicables a CERTECNICA S.A.S entre otros: 2.1 Referencial: Norma técnica, resolución, reglamento técnico y demás documento, que establece los requisitos que debe cumplir el producto. 2.2 Certificación de producto sistema 1B (lote): Sistema de certificación que aplica solamente para unidades finitas de producto, mediante el cual se da constancia de la conformidad de un producto con respecto a los requisitos establecidos en un Referencial. 2.3 No conformidad: incumplimiento de requisitos establecidos en el referencial y/o requisitos establecidos por la ley y/o Certecnica S.A.S como organismo de certificación de producto. Un ejemplo de no conformidad puede ser perdida de una prueba o ensayo, certificado de sistemas de gestión vencido, rotulado en idioma diferente al español, entre otros. 2.4 Cliente: Persona natural o jurídica que solicita servicio de certificación de producto ó cuenta con un certificado de producto emitido por CERTECNICA S.A.S. 3. SUBCONTRATACIÓN CERTECNICA S.A.S asignará personal competente, el cual podrá ser subcontratado, para realizar las actividades correspondientes al proceso de certificación y atenderá objeciones, debidamente justificadas, que presente el cliente sobre el personal asignado. En estos casos, CERTECNICA S.A.S asignará otro evaluador o equipo evaluador. Una vez asignado el o los nuevos evaluador, el cliente deberá aceptarlos sin ninguna restricción. Así mismo CERTECNICA S.A.S subcontratará laboratorios de ensayo, los cuales se describen en la propuesta comercial. 4. OBLIGACIONES DE LOS CLIENTE Y/O TITULAR DEL CERTIFICADOS DE PRODUCTO 4.1 Asegurar el libre acceso a todos los sitios, información y documentos correspondientes a las actividades relacionadas con los productos para los cuales se solicita o posee la certificación de producto y designar un responsable para la coordinación de las actividades con el personal de CERTECNICA S.A.S. En relación con lo anterior, todos los sitios de manejo y almacenamiento del producto, laboratorios de ensayo y de fabricación (en el caso de fabricación fuera de su propia fábrica) se consideran como una extensión de los sitios cobijados por la certificación, siendo el solicitante el único responsable del cumplimiento de lo estipulado en este documento. Página 1 de 12

4.2 Cancelar el valor descrito en la propuesta comercial como requisito complementario a la aprobación de la misma. Las tarifas correspondientes son establecidas y comunicadas cada año por CERTECNICA S.A.S, durante el tiempo de vigencia del Certificado. 4.3 No reproducir parcial ni totalmente los certificados de producto emitidos por CERTECNICA S.A.S, ni permitir el uso discriminatorio de este documento por parte de terceros. 4.4 No realizar ni permitir la utilización engañosa de ningún documento concerniente a la certificación de forma total o parcial. 4.5 Informar oportunamente a CERTECNICA S.A.S, los cambios realizados al sistema de control de la conformidad o al producto o al personal asignado en actividades que requieren una calificación previa de su competencia que pueda alterar la naturaleza del producto. Así mismo informar los cambios que puedan implicar una modificación jurídica de la empresa o de su razón social, la información relativa a los contactos, direcciones, teléfonos, correos electrónicos. 4.6 El certificado se otorga a aquellos productos que cumplen con las características establecidas en el referencial correspondiente. El certificado de producto en la modalidad sistema 1B incluye: El nombre del fabricante y/o importador y/o distribuidor (incluye dirección) Nombre del comercializador, en el caso en que el solicitante de la certificación sea el comercializador. Referencial de certificación con su respectivo numeral de aplicación (Número, título y versión y fecha del referencial) Uso de producto certificado si aplica El código de identificación del certificado Cantidad de unidades que conforma el lote evaluado Fecha de aprobación Datos generales del solicitante ( Nombre, NIT, dirección) Sistema de certificación (Sistema 1B) 4.7 En caso de incumplimiento del producto con los requisitos del referencial correspondiente, el cliente se obliga a: a) Reponer las unidades no conformes que se encuentren en el mercado o en poder de los consumidores. b) Aceptar la destrucción del producto, cuando las unidades observadas presenten no conformidades que por su naturaleza impliquen la existencia de peligros, inseguridad para la vida, los bienes o el medio ambiente. Esta disposición podrá hacerse extensiva a todo el lote correspondiente al producto no conforme y a los productos que están en el mercado. Así mismo, de acuerdo con la gravedad de la falla y sus implicaciones sobre la seguridad de los consumidores o usuarios del producto certificado; el cliente debe publicar un aviso de prevención en un medio de circulación masiva. c) Asumir la responsabilidad legal exclusiva frente a terceros por los daños y perjuicios que pudiera derivarse por el incumplimiento del producto o del presente documento. d) Dar tratamiento, conforme lo establece la ley y el prudente actuar, a las unidades no conformes que se encuentren en el mercado, estén o no en poder de los consumidores o clientes e) Eliminar del producto el empaque y/o embalaje toda referencia a la certificación del producto Página 2 de 12

Nota: Cuando el incumplimiento se presenta en una referencia de producto, que cuenta con la autorización, CERTECNICA S.A.S actualiza el listado de referencias y elimina la referencia que incumplió. 4.8 El derecho de uso del certificado es intransferible y no puede extenderse al mismo producto con la misma marca comercial que sea fabricado por personas distintas a las registradas en el certificado emitido, salvo que el cliente solicite autorización a CERTECNICA S.A.S para este fin. El cliente debe hacer declaraciones sobre la certificación coherentes con el alcance de la certificación. El cliente no debe utilizar su certificado de producto de manera que ocasione mala reputación para CERTECNICA S.A.S. y no hace ninguna declaración relacionada con su certificado de producto que el organismo de certificación pueda considerar engañosa o no autorizada. 4.9 El cliente debe notificar inmediatamente todo cese temporal de la producción o comercialización, superior a tres (3) meses. Todo cese temporal que supere este período dará lugar a la suspensión del Certificado. Esta disposición no aplica para productos que se fabrican o comercializan bajo pedidos especiales y que por la naturaleza de los pedidos, superan el plazo antes mencionado. 4.10 El cliente debe responder y dar trámite a todas las quejas y reclamos relacionados con los productos autorizados con el certificado de producto. 4.11 El cliente podrá hacer mención en su publicidad de la certificación otorgada por CERTECNICA S.A.S, indicando como mínimo a lo siguiente: Logo de Certecnica S.A.S según lo estipulado en el DI-16 Reglamento uso de logo símbolo Código del certificado otorgado Número, título y versión o fecha del referencial 4.12 Registro de marca comercial. El cliente debe demostrar la propiedad sobre la marca comercial del producto, o la autorización para su uso concedida por el propietario de la misma, y su respectivo trámite de registro ante la Superintendencia de Industria y Comercio o la autorización para su uso concedida por el propietario de la misma. 4.13 En caso de suspender o retirar o finalizar la certificación, el cliente deja de utilizar todo el material publicitario que contenga alguna referencia de ella y emprende las acciones exigidas por el esquema de certificación (por ejemplo la devolución de los documentos de certificación) y cualquier otra medida que se requiera. 4.14 Aceptar y cumplir lo establecido en la versión vigente de este documento, el cual se publica en la página web de CERTECNICA S.A.S, así como los requisitos establecidos en el documento interno DI-16 Reglamento uso del logo símbolo del servicio de certificación 4.15 Informar, sin demora a CERTECNICA S.A.S sobre los cambios que pueden afectar su capacidad para cumplir con los requisitos de certificación tales como: Cambios en la razón u objeto social, condición legal, comercial de organización o de propiedad Cambios en los sitios bajo el alcance de la certificación Cambios en la información de contacto con CERTECNICA: Representante, dirección, teléfonos, correos electrónicos entre otros. Página 3 de 12

Cambios en la organización y gestión: directivos claves, personal que toma decisiones o personal técnico y/o personal asignado a actividades que requieren una calificación previa de su competencia que pueda alterar la naturaleza del producto; en los procesos de fabricación. Cambios en el producto certificado o en el método de producción. Fusión, escisión, liquidación, toma de control, cesión de acciones y en general cualquier otra operación que implique un cambio en la naturaleza jurídica del titula o solicitante. Intervención judicial o administrativa o sanciones impuestas por autoridad competente. Cambios en el diseño o materiales de los productos con marca de conformidad que pueda afectar la conformidad con el referencial pertinente. La no notificación del Titular a CERTECNICA es causa de una sanción o declaración de no conformidad. Cese temporal de la producción superior a tres (3) meses. Cambios importantes en el sistema de gestión de calidad Cambios en versión del documento referente con el cual se emitió el certificado de producto 4.16 El solicitante debe cumplir los requisitos legales, reglamentarios aplicables y demostrar las evidencias de su cumplimiento, cuando lo solicite CERTECNICA S.A.S. 4.17 En caso de pérdida, daño, robo entre otras del certificado emitido, el cliente deberá interponer una denuncia por perdida de documento y solicitar a CERTECNICA S.A.S nuevamente la emisión del certificado, por un costo de dos días de SMMLV por cada hoja del certificado inicialmente otorgado. De acuerdo con lo anterior, CERTECNICA S.A.S se reserva el derecho de realizar una evaluación extraordinaria con el fin de determinar el mantenimiento de la certificación en las condiciones otorgadas, modificarlo, suspenderlo o cancelarlo. El cese temporal de actividades no dará lugar a la ampliación del periodo de validez del certificado. 4.18 Renunciar a cualquier acción legal en contra de CERTECNICA S.A.S por la suspensión o cancelación del Certificado. Así mismo, el cliente no podrá seguir utilizando el certificado ni la colocación del logo símbolo de la marca de conformidad para ningún fin a partir de la fecha en que le sea notificado por escrito o por cualquier otro medio la suspensión o cancelación del certificado. En caso que el cliente siga utilizando el certificado, CERTECNICA S.A.S puede iniciar las acciones legales correspondientes y exigirle el pago de los derechos y compensaciones por uso indebido del certificado. 4.19 El cliente debe cumplir con los requisitos de certificación, incluyendo la implementación de los cambios cuando los comunica CERTECNICA S.A.S. 4.20 El cliente debe cumplir con los requisitos del producto, si la certificación aplica a la producción en curso. 4.21 El cliente debe tomar todas las medidas necesarias para realizar la evolución y la vigilancia, incluyendo las disposiciones para examinar la documentación y los registros y tener acceso al equipo, las ubicaciones, las áreas, el personal y los subcontratistas del cliente que sean pertinentes. Así mismo debe tomar medidas para investigar las quejas y la participación de observadores. El cliente debe conservar un registro de todas las quejas conocidas con respecto al cumplimiento de los requisitos de la certificación y pone tales registros a disposición de CERTECNICA S.A.S cuando lo solicite y toma las acciones adecuadas con respecto a tales quejas y a las deficiencias que se encuentren en los productos que afectan a la conformidad con los requisitos de certificación. Así mismo documenta tales acciones realizadas. Página 4 de 12

5. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL ORGANISMO CERTIFICADOR 5.1 Tratar de manera estrictamente confidencial toda la información y los documentos obtenidos de la empresa en relación con las actividades desarrolladas para la gestión del Certificado y a usarla solamente para los fines relacionados con la gestión del mismo. En caso que se requiera brindar esta información a una autoridad legal competente, CERTECNICA S.A.S informará por escrito a la empresa. Cuando esta solicitud sea de terceros, se solicitará a la empresa previamente una autorización por escrito para brindar esta información. 5.2 Verificar que el producto cumplen con los requisitos especificados en el referencial vigente bajo el cual se otorga la certificación y los lineamientos descritos en este documento. La certificación no exime al Titular de su responsabilidad de cumplir con la legislación legal vigente y suministrar productos que cumplan los requisitos aplicables. La autorización del uso de la marca de conformidad otorgada por CERTECNICA no sustituye las obligaciones asignadas a los organismos de control, según sus competencias. 5.3 CERTECNICA S.A.S solo es responsable con la empresa o con terceras personas en la medida en que la justicia establezca responsabilidad obligatoria en caso de daños causados deliberadamente o por negligencia en el proceso de certificación. Se excluye cualquier reclamo adicional. 6. GESTIÓN DEL CERTIFICADO CERTECNICA debe realizar las evaluaciones de certificación siguiendo entre otros los requisitos de las normas NTC ISO-IEC 17065 y NTC ISO-IEC 17067 (SISTEMA 1B), así como los lineamientos del referencial y los requisitos legales aplicables. La gestión del certificado comprende las siguientes etapas: 6.1 Solicitud Cualquier persona natural o jurídica, sin ningún tipo de discriminación, puede enviar la solicitud de certificación para los productos que fabrica o comercializa. En caso que el solicitante haya sido titular de un certificado emitido por CERTECNICA y este haya sido retirada, suspendida, cancelada por incumplimientos de cualquier tipo, CERTECNICA podrá considerar los hechos que ocasionaron la cancelación para definir si se inicia o no el trámite de la nueva solicitud. Este procedimiento también regirá cuando el cliente hubiera solicitado la cancelación de algún certificado emitido por CERTECNICA. Sin perjuicio de lo anterior, CERTECNICA se reserva el derecho de otorgar una certificación si existiesen razones técnicas que puedan afectar la seguridad o vida de las personas, la imagen o impidan la prestación del servicio. La solicitud del servicio de certificación se debe por escrito a través del formato Solicitud de servicio Fo01 y se deben anexar los documentos requerido en dicho formato. Página 5 de 12

CERTECNICA revisará la documentación que conforma la solicitud de certificación y si lo considera pertinente podrá requerir aclaración de la misma o información adicional. Una vez aceptada la solicitud, CERTECNICA procederá a realizar la propuesta comercial para el proceso de certificación. Si la propuesta es aprobada y firmada por cliente, se ha cancelado el valor de los laboratorios, el cliente ha entregado la documentación requerida en la propuesta comercial y las muestras del producto están bajo custodia de CERTECNCIA S.A.S, se iniciará el proceso de evaluación con fines de certificación. 6.2 Plan de evaluación El coordinador de certificaciones realizará el plan de evaluación, documento que establece el orden de las actividades para realizar la auditoria de certificación, este se debe divulgar al cliente. El cliente puede presentar observaciones a dicho plan en el transcurso de 3 días hábiles contados a partir del recibido del plan de evaluación. 6.3 Auditoria 6.3.1 Revisión de la documentación del producto a certificar: En esta esta etapa el evaluador asignado deberá revisar la documentación enviada por el cliente y si es necesario podrá solicitar documentación o información adicional. Dicha revisión, permitirá la evaluación de la conformidad de todos los requisitos establecidos en el referencial correspondiente. Así mismo, se revisará la documentación relacionada con el proceso de fabricación o el sistema de calidad. El solicitante deberá anexar como mínimo los documentos requeridos en la propuesta comercial, entre otros : Fichas Técnicas o información técnica del producto Certificados de productos, cuando se requiera Informes de Ensayo en laboratorios extranjeros, cuando se requiera Planos, normas de referencia y documentos para la fabricación del (s) producto (s) El evaluador deberá validar la información presentada por el solicitante relacionada con referencias de producto, marcas comerciales, sitios de fabricación y almacenamiento entre otros, así como la disponibilidad de registros que evidencien la conformidad del producto con los requisitos del referencial. 6.3.1.1 Revisión de test report: CERTECNICA S.A.S aceptará test report de laboratorios acreditados y si el referencial de la certificación lo permite, los test report no pueden tener fecha superior a un año, salvo que sean pruebas tipo. 6.3.2 Evaluación de otorgamiento Comprende la evaluación del número finitos del producto. CERTECNICA seleccionará las muestras según el DI-23 Metodología de muestreo o lo estipulado por el referencial. El cliente debe disponer Página 6 de 12

de producto para realizar las actividades de muestreo, que se describen previamente en la propuesta comercial. Esta actividad se registra en el formato Fo 42 Acta de muestreo y la muestra se rotula con papelería de CERTECNICA. La evaluación del producto se realiza mediante el ensayo de las referencias del producto provenientes de la producción, de los depósitos o de los almacenes de la empresa o del comercio, de acuerdo con el referencial respectivo, en los laboratorios del fabricante o del importador o en laboratorios externos indicados por el cliente en el plan de inspección y ensayo. En el caso de laboratorios externos, éstos deben ser acreditados, en caso de que no se tenga disponibilidad de laboratorios Acreditados CERTECNICA evaluará el laboratorio que pueda realizar los ensayos de acuerdo al referencial pertinente, los costos ocasionados por los ensayos deben ser asumidos por el cliente. En el caso en que existan ensayos tipos definidos como tal en el referencial, se podrán aceptar los resultados de ensayos realizados en laboratorios de otros países. En este caso, se aceptarán los resultados de los ensayos realizados previa presentación por parte del cliente del certificado de acreditación del laboratorio, el cual debe contener como mínimo la siguiente información: nombre del organismo de acreditación, alcance, requisitos aplicados para la acreditación, referencial del ensayo acreditado, indicando el número, nombre y versión. Los resultados de los ensayos deben incluir como mínimo la siguiente información: Identificación y cantidad del producto ensayado, referencial aplicado, características y valores de referencia y características y valores de los resultados. Al final de la evaluación, el evaluador informa al cliente sobre los resultados obtenidos y en caso de presentarse no conformidades, éstas serán registradas y firmadas por el evaluador en el formato Fo104 Reporte de no conformidades y el representante del cliente en señal de acuerdo. 6.3.2.1 Tratamiento de No conformidades y plan de acción Cuando se presentan no conformidades el cliente debe establecer un plan de acción y presentarlo a CERTECNICA en un plazo no mayor a diez (10) días calendario posteriores a la fecha de la ejecución de la evaluación, CERTECNICA evaluará y aprobará este plan de acción en caso de que se presenten inconsistencias, el cliente tendrá un nuevo plazo de cinco (5) días calendario para realizar los ajustes pertinentes al plan. En caso de que el cliente no presente el plan de acción o este no se ajuste dentro de los tiempos establecidos, CERTECNICA dará por terminado el proceso de evaluación y emitirá un informe de evaluación. El cliente deberá cancelar la totalidad de la propuesta comercial y podrá iniciar un nuevo proceso de certificación a partir de la solicitud de certificación, los gastos resultantes de esta actividad serán asumidos por el cliente. A partir de la fecha de aprobación del plan de acción por parte de CERTECNICA, el cliente tiene noventa (90) días para acordar una evaluación complementaria en la cual se verificará la Página 7 de 12

implementación del plan de acción y la eficacia de este para el cierre de no conformidades encontradas. El cliente debe asumir el costo de esta auditoria complementaria. Cuando en la auditoria complementaria se evidencia que las no conformidades no han sido solucionadas, CERTECNICA dará por terminado el proceso de certificación y emitirá un informe de evaluación donde describe la causa por la cual el producto no fue certificado. El cliente deberá iniciar un proceso de certificación a partir de la solicitud de certificación y CERTECNICA le enviara una nueva propuesta comercial, se seguirán las actividades del numeral 6.3 de este documento. Un ejemplo de no conformidad puede ser incumplimiento de una prueba o ensayo, errores en el rotulado, certificado del sistema de gestión vencido, entre otros. 6.4 Informe Con base en los resultados obtenidos durante las auditorias, el evaluador presenta un informe que se presenta al Comité de Certificación, el cual incluye las actividades realizadas, los resultados obtenidos y la propuesta sobre la viabilidad de recomendar o mantener el Certificado. Cuando es auditoria de otorgamiento CERTECNICA emite el certificado de conformidad de producto y cuando el proceso de certificación no es favorable para el cliente, CERTECNICA envía copia del informe de evaluación. 6.5 Otorgamiento de la certificación Para el otorgamiento del Certificado es condición indispensable que durante la evaluación se compruebe la adecuación a los requisitos o que en el evento de haberse presentado no conformidades, éstas se hayan solucionado y verificado a través del seguimiento. En caso de que se cumplan todos los requisitos indicados, el Comité de Certificación aprueba el otorgamiento del Certificado con base en el concepto emitido por el Evaluador Calificado. La autorización para el uso del Certificado cobija a aquellas referencias del producto para las cuales se acordó su inclusión entre el cliente y CERTECNICA S.A.S. Así mismo la autorización aplica únicamente para los productos en la marca comercial incluida en el otorgamiento. Cuando a juicio del comité de certificación y las circunstancias así lo justifiquen, se puede autorizar el uso del Certificado sólo para alguna o algunas de las referencias del producto fabricado o comercializado por la empresa. CERTECNICA S.A.S. puede abstenerse de autorizar el uso del certificado, si a juicio del Comité de certificación, la imagen del producto para el cual se solicita la certificación puede ir en detrimento del CERTECNICA S.A.S o del Certificado. El certificado se otorga solo para el número de unidades que conforman el lote. Página 8 de 12

6.6 Evaluación extraordinaria. CERTECNICA S.A.S. podrá realizar evaluaciones extraordinarias cuando lo estime conveniente, en cualquier momento, o cuando se presente alguna o varias de las siguientes situaciones, según aplique: a) Quejas o reclamos de los clientes del solicitante o de otras partes interesadas que afecten el alcance de la certificación. b) Quejas, investigaciones o sanciones de la autoridad competente que afecten el alcance de la certificación del producto. c) Cambios en la estructura organizacional, en el alcance, en los procesos, en las operaciones o en las sedes incluidas en el certificado de la Organización, lo cual podrá, a juicio del EL ORGANISMO DE CERTIFICACIÓN, ocasionar una suspensión temporal del Certificado. d) Por solicitud del Comité de Certificación. e) Cuando los requisitos de certificación cambien. Estas evaluaciones las debe pagar el cliente, de acuerdo con la duración de las mismas. 6.7 Suspensión y retiro del certificado Las siguientes causas pueden dar lugar a suspensiones y/o retiros de la certificación por parte de CERTECNICA: a) La infracción a las condiciones indicadas en el presente documento. b) Permanencia de una no conformidad o incumplimiento del plazo establecido para algún requisito modificado. c) La mora mayor a sesenta (60) días en el pago de los servicios de la certificación d) Utilizar el certificado vencido, suspendido o cancelado. e) Alterar o cambiar el contenido del alcance del Certificado o su vigencia. f) Presentar documentación falsa para obtener la certificación. g) Utilizar el certificado para actos ilícitos. Las sanciones por aplicar, a criterio del Comité de Certificación, dependiendo de la gravedad de las infracciones podrán ser: a) Amonestación escrita con el requerimiento de que cesen las infracciones en un plazo determinado. b) Amonestación escrita acompañada de una auditoria extraordinaria. Página 9 de 12

c) Suspensión del Certificado, la cual no podrá ser superior a sesenta (60) días calendario, para corregir la situación que originó la sanción, de lo contrario se procederá a la cancelación del certificado. d) Cancelación del Certificado. e) La mora superior a sesenta (60) días en el pago de las facturas, ocasionará la suspensión del certificado. La mora superior a ciento veinte (120) días en el pago de las facturas, ocasionará la cancelación del certificado. En estos casos los intereses de mora se liquidarán a la máxima tasa permitida por la Ley, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan para el cobro de la deuda. f) En caso de mora mayor a sesenta (60) días en el pago de los derechos de la certificación por parte de la Organización. Con excepción de las suspensiones motivadas por mora en el pago de facturas a CERTECNICA, toda suspensión se levanta luego de comprobar mediante auditoria de reactivación que se han subsanado las causas que la originaron. Las auditorias de reactivación tendrán una duración equivalente a la de evaluación de renovación del certificado. El Certificado podrá ser cancelado por una de las siguientes causas: a) Por solicitud escrita b) Por sanción impuesta por incumplimiento de las disposiciones de este documento. c) Por no reactivación dentro del período máximo de suspensión. d) Por haber recibido la sanción de una suspensión del certificado previamente e) Por mora mayor a noventa (90) días en el pago de los servicios de evaluación establecidos contractualmente. En caso de cancelación del Certificado, todos los derechos de uso del mismo cesan inmediatamente, quedando obligado el solicitante a suspender toda publicidad relativa al mismo. La cancelación o suspensión del Certificado implica la renuncia por parte del solicitante, a cualquier acción legal contra CERTECNICA S.A.S., pudiendo el Comité de Certificación solicitar que se dé la difusión y publicidad que considere conveniente acerca de la sanción impuesta. 6.8 Ampliación o reducción del certificado La ampliación al alcance de certificación debe ser requerida por el cliente o titular de la certificación y no modificara la vigencia del certificado inicialmente emitido por CERTECNICA. El cliente podrá solicitar ampliación del alcance en los siguientes casos: Página 10 de 12

Nuevos productos diferentes a los autorizados, pero cubiertos por el referencial correspondiente y fabricados en la misma línea, planta autorizada. Se realiza auditoria de ampliación bajo las mismas condiciones descritas en el presente documento. Nuevos productos fabricados en otras plantas que no se encuentran autorizadas. Se realiza auditoria de ampliación bajo las mismas condiciones descritas en el presente documento. Si existen elementos comunes con la planta que ya posee la autorización, la auditoria de ampliación se realizará con una duración menor. Productos certificados, pero que se quieren rotular con otras marcas comerciales diferentes a las que se encuentran certificadas. CERTECNICA se reserva el derecho de realizar una evaluación de ampliación ya sea en sitio o de tipo documental para verificar los requisitos establecidos para la ampliación de la certificación. Productos certificados, para los cuales se realizó una modificación y esta modificación afecta sus características técnicas tales como su diseño o fabricación. Se realiza auditoria de ampliación bajo las mismas condiciones del presente documento. Productos certificados, para los cuales se realizó una modificación pero esta NO afecta sus características técnicas, tales como su diseño o fabricación, CERTECNICA se reserva el derecho de realizar una evaluación en sitio o documental para verificar la conformidad de los productos con el referencial. CERTECNICA puede ejecutar evaluaciones extraordinarias para verificar la aplicación de los requisitos establecidos en el referente, si existe el riesgo de que la reducción afecte el alcance que se mantiene. 6.9 Apelaciones Las decisiones tomadas por CERTECNICA S.A.S. y manifestadas a través de la ratificación que el Comité de Certificación, son susceptibles a apelación, cuyo trámite se llevará a cabo de acuerdo con el procedimiento establecido por CERTECNICA S.A.S. para el Manejo de apelaciones y disputas. Las apelaciones se presentan por oficio radicado en correspondencia ante el Comité de Certificación, el cual se debe interponer dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo de la notificación de la decisión tomada. Si transcurrido este plazo, la organización no presenta apelación, se entiende que acepta la decisión sin lugar a posteriores reclamaciones judiciales o extrajudiciales. 6.10 Cambios en los requisitos de certificación Cuando se presenten cambios en los requisitos de certificación, el organismo enviara una carta al solicitante indicando el cambio de versión de las normas referenciales y el comité de certificación decidirá sí es necesario realizar una nueva actividad de certificación; lo cual depende de los cambios realizados en el referencial propio del caso y del periodo de transitoriedad establecido en el mismo. Así como los lineamientos impartidos por el organismo nacional de acreditación. Toda acción que se genere por cambios en los requisitos de certificación se notificará al solicitante por escrito. Página 11 de 12

7. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS LEGALES El cliente debe cumplir con los requisitos legales aplicables y debe demostrar las evidencias de su cumplimiento, cuando lo solicite CERTECNICA S.A.S. En constancia de aceptación y cumplimiento de los requisitos exigidos en el presente documento se firma a los días del mes del año. Firma representante Legal: Nombre: C.C Empresa: NIT: Propuesta comercial No. Página 12 de 12