Quito - Ecuador NORMA TÉCNICA ECUATORIANA NTE INEN 1984:2013 Primera revisión PRODUCTOS QUÍMICOS INDUSTRIALES. CARBÓN ACTIVADO PARA USO INDUSTRIAL. MUESTREO Primera edición INDUSTRIAL CHEMICAL PRODUCTS. ACTIVATED CARBON FOR INDUSTRIAL USE. SAMPLING First edition DESCRIPTORES: Productos químicos, carbón activado, muestreo. QU 03.01-206 CDU: 661.183.2 CIIU: 3511 ICS: 71.060.01
CDU: 661.183.2 CIIU: 3511 ICS: 71.060.01 QU 03.01-206 Norma Técnica Ecuatoriana Voluntaria PRODUCTOS QUÍMICOS INDUSTRIALES CARBÓN ACTIVADO PARA USO INDUSTRIAL MUESTREO NTE INEN 1984:2013 Primera revisión 2013-06 1. OBJETO 1.1 Esta norma establece el procedimiento de muestreo del carbón activado para uso industrial. 2. DEFINICIONES 2.1 Para los efectos de esta norma, se adoptan las siguientes definiciones. 2.1.1 Inspección. Es el proceso que consiste en medir, examinar, ensayar o comparar de algún modo la unidad en consideración, de acuerdo a los requisitos establecidos. 2.1.2 Lote. Es una cantidad específica de material con características similares, o que es fabricada bajo condiciones de producción uniforme, que se somete a inspección como un conjunto unitario. 2.1.3 Muestra. Es un grupo de unidades extraído de un lote que sirve para obtener la información necesaria que permite apreciar una o más características de ese lote, lo cual servirá de base para tomar una decisión sobre dicho lote o sobre el proceso que lo produjo. 2.1.4 Muestra simple. Es una porción de carbón activado extraído de una sola vez. 2.1.5 Muestra compuesta. Es una muestra constituida por la mezcla de un conjunto de muestras obtenidas de un mismo lote. 2.1.6 Muestra de ensayo. Es la parte de muestra destinada al ensayo o análisis de laboratorio. 2.1.7 Muestra reducida. Es la cantidad de producto que se obtiene al reducir de tamaño la muestra y que sigue siendo representativa del lote. 2.1.8 Unidad de muestreo. Es uno de los artículos, partes, longitudes, áreas o volúmenes similares de un material o producto, al cual está dirigida la inspección, según la forma de presentación del material. 2.1.9 Tubo sacamuestras para sólidos, de por lo menos 2 cm de diámetro y 20 cm de largo. Instrumento fabricado de acero inoxidable o de cualquier otro material adecuado que no reacciona con el producto y que permite obtener la muestra para el ensayo. 2.1.10 Frascos o recipientes para las muestras. Los recipientes para guardar las muestras deben estar fabricados de vidrio, plástico, metal o cualquier otro material adecuado que sea impermeable al agua y al aire y que no reaccione con el producto; deberán estar provistos de un mecanismo de cierre hermético a prueba de agua y aire para evitar la contaminación de la muestra. 2.1.11 Nivel de calidad aceptable (AQL). Es el máximo porcentaje defectuoso, o el mayor número de defectos en 100 unidades, que debe tener el producto para que el plan de muestreo dé por resultado la aceptación de la mayoría de lotes sometidos a inspección. 2.1.12 Nivel de inspección. Es el número que identifica la relación entre el tamaño del lote y el tamaño de la muestra. (Continúa) DESCRIPTORES: Productos químicos, carbón activado, muestreo. -1-
NTE INEN 1984 2013-06 3. DISPOSICIONES GENERALES 3.1 Las muestras de un lote o partida, en particular, a menos que se especifique otra cosa, se deben tomar preferiblemente en el lugar de destino del embarque. 3.2 El sacamuestras para la toma de muestras debe estar limpio y seco. 3.3 Se deben tomar precauciones para proteger las muestras, el sacamuestras y los recipientes para las muestras. 3.4 Las muestras deben colocarse en frascos de vidrio de boca ancha, limpios, secos y de cierre hermético. 4. INSPECCIÓN 4.1 Muestreo 4.1.1 Tamaño de la muestra 4.1.1.1 La muestra, (polvo o granulado), manejada por transportadores o elevadores, se extraerá de cada uno de los puntos, de acuerdo a lo indicado en el plan de muestreo 4.1.2.1. 4.1.1.2 La muestra, (polvo o granular), envasada en fundas de papel multicapa y plástico (polietileno de alta densidad), se extraerá de cada uno de los envases seleccionados, de acuerdo a lo indicado en el numeral 4.1.3.1. 4.1.1.3 Las muestras simples extraídas según los procedimientos indicados en los numerales 4.1.2.3 y 4.1.3.3, se juntarán y mezclarán con otras muestras, separándolas posteriormente para obtener una muestra compuesta total no mayor de 3 000 g. 4.1.1.4 La muestra compuesta total, se dividirá en tres partes iguales y se distribuirá: a) Fabricante y/o vendedor b) Comprador c) Entidad competente (en caso de discrepancia) 4.1.2 Carbón activado (polvo o granular), almacenado o transportado a granel por medio de elevadores o transportadores, abiertos o cerrados. 4.1.2.1 Plan de muestreo a) El carbón activado, almacenado o transportado a granel por medio de elevadores o transportadores, abiertos o cerrados, se debe muestrear por lo menos en 10 puntos uniformemente distribuidos sobre la superficie del material empleando un dispositivo de muestreo mecánico. 4.1.2.2 Equipos a) Cucharón o pala. b) Receptor de muestras. Construido de vidrio u otro material adecuado, con capacidad para contener las muestras tomadas y con tapa que asegure la hermeticidad del mismo. (Continúa) -2-
NTE INEN 1984 2013-06 4.1.2.3 Procedimiento. De cada uno de los 10 puntos seleccionados, extraer cada vez una muestra simple de por lo menos 0,5 kg, empleando el cucharón o pala adecuada. Remover cierta cantidad de material superficial para tener acceso al material con menor probabilidad de estar contaminado. Las muestras se tomarán de tal manera que estas sean representativas e incluyan cantidades proporcionales de polvo y partículas granuladas. Colocarlas en frascos herméticamente cerrados, los cuales se mantendrán cerrados entre cada adición, para evitar cualquier contaminación (ver nota 1). 4.1.3 Carbón activado (en polvo o granular), envasado en fundas de papel multicapa y plástico (polietileno de alta densidad). 4.1.3.1 Plan de muestreo a) El embarque o partida de carbón activado se debe clasificar en lotes individuales, de acuerdo con lo que se indica en el numeral 2.1.2 b) Se debe establecer el número de envases que se deben muestrear de cada lote de carbón activado, de acuerdo con los planes para la inspección por atributos acordados entre las partes, según lo indicado en la NTE INEN-ISO 2859-1. c) En caso de existir un control estadístico del proceso, el cliente puede solicitar que se le adjunte un certificado de análisis o calidad del lote de fabricación. 4.1.3.2 Equipos a) Tubo sacamuestras, como el descrito en el numeral 2.1.9 (ver figura 1). b) Receptor de muestras similar al indicado en el numeral 2.1.10. FIGURA 1. Tubo Sacamuestras NOTA 1. Todas las operaciones se deberán realizar tomando las precauciones necesarias, a fin de que el carbón activado no sufra variaciones apreciables en su contenido de humedad. (Continúa) -3-
NTE INEN 1984 2013-06 4.1.3.3 Procedimiento. De cada uno de los envases seleccionados, extraer cada vez una muestra simple, de por lo menos 0,5 kg empleando el tubo sacamuestras, de manera que al final se recoja una muestra compuesta total de por lo menos 10 kg; mezclar completamente y tomar de ésta una muestra reducida de 3 kg para ser distribuidos entre el fabricante, comprador y entidad competente. Colocar cada una de las muestras reducidas en frascos herméticamente cerrados y mantenerlos así entre cada adición, para evitar cualquier contaminación. Descartar la muestra compuesta total no utilizada. 4.1.4 Condiciones posteriores al muestreo 4.1.4.1 Las muestras extraídas serán depositadas en un receptor de muestras; las fracciones se envasarán en frascos de vidrio, plástico, metal o cualquier otro material, limpios y secos, provistos de tapas esmeriladas que ajusten perfectamente. 4.1.4.2 Las muestras estarán debidamente selladas e identificadas, de tal manera que se asegure su inviolabilidad. 4.1.4.3 Los envases que contengan la muestra deben almacenarse en un lugar donde no sean afectadas por la temperatura y en condiciones que no afecten al producto. 4.1.4.4 La muestra deberá ser analizada por el comprador, en un plazo máximo de diez días laborables, contados a partir de la fecha de recepción del lote. 5. ROTULADO 5.1 Las muestras se identificarán de la siguiente manera: 5.1.1 Número de la muestra 5.1.2 Nombre del producto 5.1.3 Identificación del lote 5.1.4 Lugar, fecha y hora en que se toma la muestra 5.1.5 Nombre y firma de la persona que muestrea 5.2 Informe de resultados 5.2.1 Debe suscribirse un acta de muestreo que incluya la siguiente información. a) número de NTE INEN de referencia, b) número de identificación de muestra, c) fecha de realización del muestreo, d) nombre del producto y marca comercial, e) lugar de procedencia del producto, ciudad y país, f) lugar de toma de la muestra, g) identificación del lote, h) número de muestras o unidades de muestreo obtenidas, i) nombres, domicilios y firmas de las partes interesadas, j) observaciones. (Continúa) -4-
NTE INEN 1984 2013-06 APÉNDICE Z Z.1 DOCUMENTOS NORMATIVOS A CONSULTAR Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 1991 Productos químicos industriales. Carbón activado para uso industrial. Requisitos Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN-ISO 2859-1 Procedimientos de muestreo para inspección por atributos. Parte 1. Programas de muestreo clasificados por el nivel aceptable de calidad (AQL) para inspección a lote. Z.2 BASE DE ESTUDIO Norma Peruana INDECOPI NTP 311.331:1998. Carbón activado para tratamiento de agua para consumo humano. Lima, 1998. -5-
Documento: NTE INEN 1984 Primera revisión ORIGINAL: Fecha de iniciación del estudio: 1991-11-25 INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA TÍTULO: PRODUCTOS QUÍMICOS INDUSTRIALES. CARBÓN ACTIVADO PARA USO INDUSTRIAL. MUESTREO Fechas de consulta pública: de 2012-12-03 a 2013-01-02 Código: QU 03.01-206 REVISIÓN: Fecha de aprobación anterior del Consejo Directivo 1995-04-18 Oficialización con el Carácter de Obligatoria por Acuerdo Ministerial No. 0270 de 1995-09-05 publicado en el Registro Oficial No. 794 de 1995-10-03 Fecha de iniciación del estudio (consultoría): 2012-08-06 Subcomité Técnico: Fecha de iniciación: Integrantes del Subcomité Técnico: NOMBRES: Fecha de aprobación: INSTITUCIÓN REPRESENTADA: Mediante compromiso presidencial N 16364, el Instituto Ecuatoriano de Normalización INEN, en vista de la necesidad urgente, resuelve actualizar el acervo normativo en base al estado del arte y con el objetivo de atender a los sectores priorizados así como a todos los sectores productivos del país. Para la revisión de esta Norma Técnica se ha considerado el nivel jerárquico de la normalización, habiendo el INEN realizado un análisis que ha determinado su conveniente aplicación en el país. La Norma en referencia ha sido sometida a consulta pública por un período de 30 días y por ser considerada EMERGENTE no ha ingresado a Subcomité Técnico. Otros trámites: 4 Esta norma sin ningún cambio en su contenido fue DESREGULARIZADA, pasando de OBLIGATORIA a VOLUNTARIA, según Resolución de Consejo Directivo de 1998-01-08 y oficializada mediante Acuerdo Ministerial No. 235 de 1998-05-04 publicado en el Registro Oficial No. 321 del 1998-05-20 Esta NTE INEN 1984:2013 (Primera revisión), reemplaza a la NTE INEN 1984:1995 La Subsecretaría de la Calidad del Ministerio de Industrias y Productividad aprobó este proyecto de norma Oficializada como: Voluntaria Por Resolución No. 13116 de 2013-05-16 Registro Oficial No. 19 de 2013-06-20
Instituto Ecuatoriano de Normalización, INEN - Baquerizo Moreno E8-29 y Av. 6 de Diciembre Casilla 17-01-3999 - Telfs: (593 2)2 501885 al 2 501891 - Fax: (593 2) 2 567815 Dirección General: E-Mail:direccion@inen.gob.ec Área Técnica de Normalización: E-Mail:normalizacion@inen.gob.ec Área Técnica de Certificación: E-Mail:certificacion@inen.gob.ec Área Técnica de Verificación: E-Mail:verificacion@inen.gob.ec Área Técnica de Servicios Tecnológicos: E-Mail:inenlaboratorios@inen.gob.ec Regional Guayas: E-Mail:inenguayas@inen.gob.ec Regional Azuay: E-Mail:inencuenca@inen.gob.ec Regional Chimborazo: E-Mail:inenriobamba@inen.gob.ec URL:www.inen.gob.ec