ANÁLISIS DE LAS MEDIDAS ANTIDUMPING PARA LA HARINA DE TRIGO IMPORTADA DESDE ARGENTINA. Doce días después de haber sido adoptada, el 24 de febrero se formalizó en el Diario Oficial la medida acordada el día 12 de febrero por la Comisión encargada de investigar las distorsiones de precio de las mercaderías importadas, de recomendar el establecimiento de un derecho antidumping provisional de 22,2% a las importaciones de harina de trigo provenientes de Argentina. La medida rige desde el 24 de febrero hasta que se publique la decisión que resuelva la aplicación o no de medidas definitivas. Esta resolución resulta insuficiente y tardía. Insuficiente, porque según los antecedentes Las cosas no han estado fáciles para presentados por la industria molinera a la los trigueros, que pasaron una muy Comisión Investigadora, la distorsión alcanza mala temporada anterior por la fuerte caída de los precios. Ahora, que los al 32,8% con lo cual la sobretasa provisional costos de producción se habían de 22,2% cubriría tan sólo dos tercios del normalizado y los precios subsidio implícito. Tardía, porque a esta fecha internacionales han estado ya se encuentran cosechadas dos tercios de relativamente estables, tenían la las siembras de trigo y debido a la esperanza de una temporada más incertidumbre, los precios que están normal. ofreciendo los molinos son 15% más bajos La adopción de medidas apropiadas y que la paridad de importación. oportunas hubiera ayudado. Extraña también el retraso pues las circunstancias actuales son prácticamente las mismas que en los últimos 5 años y la solicitud presentada por la industria el 20 de noviembre pasado, entrega antecedentes de similar naturaleza a los de años anteriores. En pocas palabras, el estudio demuestra que las políticas de subsidios, retenciones y fijaciones de precios seguidas por Argentina, resultan en importaciones subsidiadas para Chile, esta vez de una magnitud equivalente al 32,8% del precio CIF, lo que representa una competencia desleal para los productores nacionales. Esta medida empezará a regir 7 semanas después de haber caducado la sobretasa fijada en enero de 2009 con similar finalidad. Con ello, se abrió una ventana para la importación de harina subsidiada desde Argentina, provocando un escenario de riesgo e incertidumbre para la industria, que se defiende bajando los precios que paga a los productores por el grano, justo en pleno período de cosechas y donde la mayoría de los agricultores venden de inmediato su producción, en especial los pequeños. 1
Las cifras dan cuenta de esto. Según la información que Cotrisa publica semanalmente, la oferta de precios de los molinos ha estado sistemáticamente por debajo del precio de paridad de importación, que es el costo alternativo que tienen los molinos de abastecerse de materia prima para producir harina. (ver gráfico). 15.000 14.500 14.000 13.500 13.000 12.500 Tendencia de precios internos del trigo (promedios semanales, $/qq.m.) paridad de importación estimación SNA estimación ODEPA Para esta semana, el promedio ofrecido es de $12.142 el quintal en la Region Metropolitana, que resulta 15% más bajo que la paridad de importación ($14.276). 12.000 11.500 11.000 02-Nov 09-Nov 16-Nov 23-Nov 30-Nov 07-Dic 14-Dic promedio ofrecido por molinos en la RM 21-Dic 28-Dic 04-Ene 11-Ene 18-Ene 25-Ene 01-Feb 08-Feb 15-Feb 22-Feb Esta cotización se propaga a las regiones del sur donde los precios Fuente: SNA con datos de Reuters, ODEPA esta semana se ubican entre $9.300 y $11.500 el quintal. La incertidumbre generada por el retraso de la decisión también ha afectado la transparencia de los mercados. Según Cotrisa, existen 58 empresas compradoras de trigo con 72 puntos de compra entre Valparaiso y Los Lagos. Durante esta semana, sólo 14 de los 72 puntos de compra están informando precios. Hay 24 que no entregan información de precio y 27 que no están comprando, en otras palabras, un 71% de las plantas pareciera que no están operando. Industria Molinera Nacional Temporada triguera 2009/10 Semana del 22 de febrero N de empresas 58 N de puntos de compra 72 100% sin comprar 27 38% sin información 24 33% con precio 14 19% Fuente: Cotrisa La diferencia entre el precio ofrecido y la paridad de importación es significativa para el productor pues los márgenes de este negocio son bastante estrechos y en la práctica este menor precio puede llevarle todas las ganacias de la temporada. 2
El trigo en cifras: 43% representa el trigo en las siembras de cultivos anuales. 91% de la superficie cultivada de trigo se realiza en las regiones del Maule, Bío Bío, La Araucanía, Los Ríos y Los Lagos. 52 mil son los productores de trigo. 96% de ellos son pequeños productores que cultivan menos de 20 hectáreas en promedio. 33% ha disminuido la superficie sembrada de trigo en los últimos 5 años. 90% del consumo interno de trigo se abastecía con producción nacional en los años 2001-2005. Hoy esta proporción ha caído al 60%. Sobre medidas frente a las distorsiones del precio de la harina de trigo de origen argentino en los últimos 5 años: 6 2 100 9 5 1 Investigaciones inició la Comisión Antidistorsiones en los últimos 5 años en esta materia. de estas investigaciones fueron iniciadas de oficio, es decir, por iniciativa de las propias autoridades: en septiembre de 2005 y en octubre de 2006. por ciento de las veces la Comisión concluyó que se justificaba adoptar una medida compensatoria veces la Comisión Antidistorsiones ha fijado sobretasas arancelarias, para compensar estos subsidios y defender así la producción nacional. cosechas consecutivas de trigo (desde la temporada 2004/05 a la 2008/09) se realizaron con medidas compensatorias plenamente vigentes, es decir, con las reglas claras. sola vez ha ocurrido lo contrario: en esta temporada 2009/10 transcurrieron 7 semanas y prácticamente la mitad de las cosechas sin una medida compensatoria. 3
. Investigaciones y medidas: un antes y un después Desde 2004 hasta 2008, todas las cosechas de trigo se iniciaron con sobretasas arancelarias vigentes, que corrigieron la distorsión del precio de la harina importada desde Argentina. En los años 2005 y 2006 fueron las propias autoridades las que tomaron la iniciativa: la Comisión, actuando de oficio, estableció medidas oportunas para evitar un perjuicio a la producción nacional. Por primera vez, en esta temporada 2009/10 la cosecha de trigo se inició sin medida alguna, generando gran incertidumbre y afectando a la baja los precios ofrecidos a los productores por sus cosechas. Menores precios pagados por los molinos (% de castigo sobre precio paridad de importación) 16% 20 nov. 09: Molineros piden investigación 14% 12% 10% 8% 6% 4 dic. 09 Comisión decide iniciar investigación 7 ene. 2010 Seextingue sobretasa de 30,3% 24 feb. 2010: Se establece sobretasa de 22,2% 4% 2% 0% 02-Nov 09-Nov 16-Nov 23-Nov 30-Nov 07-Dic 14-Dic 21-Dic 28-Dic 04-Ene 11-Ene 18-Ene 25-Ene 01-Feb 08-Feb 15-Feb 22-Feb Fuente: Depto. Estudios de la SNA con información de Cotrisa y Comisión Antidistorsiones (www.cndp.cl) 4
RESUMEN DE LAS MEDIDAS ADOPTADAS POR LA COMISIÓN ANTIDISTORSIONES EN LOS ULTIMOS 10 AÑOS Fecha presentac. solicitud 20-09-2004 ampliada 05/10/04 Fecha inicio Fecha decision de acoger Tipo investigación Código Fecha resolución de investigación solicitud Producto arancelario medida Sesión N fecha (public. D.O.) Sesión fecha 268 03-12-2004 29-09-1999 04-11-2000 10-12-2004 (Oficio) prórroga (Oficio) (Denuncia) Trigo Trigo 1001.9000 1001.9000 (**) 268 03-12-2004 Tipo de medida Monto Duración tiempo transcurrido en tomar la medida Sobretasa arancelaria provisional Variable 26/11/1999 a 22/01/2000 Sin riesgo para la cosecha Sobretasa arancelaria definitiva Variable 22/01/2000 a 26/11/2000 Sin riesgo para la cosecha Prórroga de sobretasa arancelaria Variable 27/11/2000 a 26/7/2001 Sin riesgo para la cosecha Sobretasa arancelaria provisional por 1 año a contar del 10/12/04 17,0% 10/12/2004 a 03/03/2005 oportuna, sin riesgo sobre la cosecha 275 a/ 05-10-2005 Sobretasa arancelaria definitiva (**) 17,0% 04/03/2005 a 10/12/2005 sin ventana Of. MINAGRI 07/09/05 273 /b 08-09-2005 16-09-2005 prórroga (Oficio) (**) 278 05-12-2005 Prórroga por 1 año y rebaja sobretasa definitiva a 14%, a partir del vencimiento de la medida vigente, excepto para harinas del tipo (**) 14,0% 10/12/2005 a 10/12/2006 sin ventana 285 05-12-2006 Derecho antidumping provisional 16,2% 11/12/2006 a 19/01/2007 Sin ventana ni riesgo para cosecha Comisión, de Oficio 283 10-10-2006 11-10-2006 Dumping (Oficio) 286 09-01-2007 Derecho antidumping provisional, eleva la tasa. 33,1% 20/01/07 a 27/05/07 Sin ventana, sin riesgo sobre la cosecha 291 /c 10-04-2007 Derecho antidumping definitivo 31,1% 28/05/07 a 28/05/08 Oportuna, sin riesgo sobre la cosecha 30-08-2006 (Molinos) 280 30-08-2006 13-10-2006 Subsidio (Denuncia) 292 /d 29-05-2007 No ha lugar medida adicional por estar vigente el antidumping 11-04-2008 302 18-04-2008 25-04-2008 Dumping (Denuncia, 48% del valor CIF) 11.010.000 303 27-06-2008 Derecho antidumping provisional /e 30,3% 07/07/08 a 06/01/09 307 29-12-2008 Derecho antidumping definitivo /e /f 30,3% 07/01/09 a 06/01/2010 Ventana de 5 semanas, con riesgo mínimo (algo de incertidumbre para la siembra de invierno) Medida oportuna, sin riesgo para la cosecha 20 nov. 2009 314 27-11-2009 04-12-2009 Dumping (Denuncia, solicita 32,8%) 11.010.000 318 12-02-2010 Derecho antidumping provisional 22,2% desde 24/02/10 hasta que se publique la decisión que resuelva la aplicación o no de medidas definitivas Ventana de 7 semanas, en plena cosecha. Medida tardía y además insuficiente ( => desprotección de un 32% de la distorsión demostrada) NOTAS: a/ Mantener medida en 17% pero liberar importaciones hasta 1.944 tons. b/ Antecedentes: of. MINAGRI pidiendo prórroga y de Min RREE recomendando desgravar importaciones hasta 1.944 tons. c/ con esta medida finaliza la investigación de Oficio iniciada en oct.2006. d/ pone fin a investigación por subsidio considerando que está vigente un derecho antidumping e/ Medida sin plazo de vigencia. Según texto del acta, no se establece plazo de vigencia de la medida f/ Según Acta de la Sesión 307, la resolución el 30,3% coresponde al dumping promedio para el periodo de investigación (enero 2007 a marzo 2008) (**) excepto la harina de trigo cuyo precio CIF sea igual o superior a US$ 0,3/Kilo Neto y que cumpla copulativamente con las siguientes características físico-químicas: fuerza entre 310-370, tenacidad entre 80-100, extensibilidad entre 80-110, equilibrio entre 0,8-1,1, glúten húmedo 30% como mínimo, glúten seco 10,5% como mínimo y falling number de 320 como mínimo. 5