El borrador de la declaración:

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Te mostramos cuales son los documentos más habituales que necesitarás para hacer y presentar tu declaración de la renta. Te mostramos una guía detallada con los documentos más comunes y la documentación que deberás presentar en casos específicos como puede ser si recibes subvenciones, si desarrollas actividades económicas o si tienes acciones. El borrador de la declaración: Es una renta hecha de forma automática por la Agencia Tributaria con gran parte de los datos de los que dispone sobre nosotros: - Se prepara para las rentas más sencillas - No dispondrán de él quienes desarrollen actividad económica. - Si estás viviendo como inquilino, los datos del alquiler de la vivienda no se reflejan - Tampoco se podrá confirmar el borrador si ha tenido venta de acciones o de bienes. La Información Fiscal: Datos de los que dispone Hacienda sobre nosotros, a partir de los cuales genera el borrador. En el caso de no cumplir con los requisitos para que nos prepare un borrador, Hacienda nos enviará los datos fiscales. Los datos más habituales son: 1 / 6

a) Ingresos de nóminas, con retenciones, cotización a la Seg. Social. b) Otros ingresos como pensiones. c) Cotizaciones de autónomos d) Aportaciones a planes de pensiones e) Rendimientos a cuentas bancarias y activos financieros f) Bienes inmuebles a nuestro nombre, hipotecas, etc 1. Certificado de retenciones (borrador). Este documento lo facilita la empresa o empresas para las que se trabaja. Refleja los importes de los ingresos (rendimientos de trabajo) retenciones practicadas y gastos en seguridad social, dietas, indemnizaciones, etc. 2. Si dispone de alguna acción, se requiere el precio de compra correspondiente a la fecha y las declaraciones de los últimos tres años. 2 / 6

3. Certificado de pensiones (borrador). El Ministerio de trabajo y Seguridad Social lo envía a los contribuyentes durante los meses de febrero y principio de marzo. 4. Si contiene algún plan de pensiones, información fiscal que proporcionarla la entidad gestora. 5. Certificado de donativos (borrador) Recibido o certificado correspondiente a la cantidad entregada. 6. Información fiscal Bancaria a) Normalmente las entidades lo envían por correo a su domicilio o se puede pedir en cualquier oficina de la entidad de la que sea cliente. b) Importe de Hipoteca pagado y detalle de capital más intereses con fecha de compra. c) Retención practicada sobre los intereses abonados. 3 / 6

d) Si tiene acciones, dividendos de esas acciones. e) Certificado de valores cotizados, facilitado por la entidad gestora. f) Las operaciones de compra-venta. g) Certificado de fondos de inversión. h) Certificados de seguros de vida, jubilación o enfermedad. Facilitado por los aseguradores. 7. Su DNI/NIE. (Apellidos, nombres y número de teléfono) 8. Si ha comprado una vivienda u otro bien durante 2014, se necesitará la escritura. En casi de ser la vivienda habitual, los gastos de compra de la misma y una copia de la escritura de hipoteca de la vivienda habitual. 4 / 6

9. Si se ha procedido a la venta de algún inmueble (piso, terreno, local, etc.) que fuera de nuestra posesión, es necesaria la copia de la escritura de compra del inmueble y la correspondiente a la venta, para proceder a calcular la ganancia o pérdida patrimonial así como los gastos de compra y venta. 10. Si es arrendador de algún inmueble se requiere: - Recibo del impuesto sobre bienes inmuebles - Recibo de los alquileres que hemos cobrado - Factura de gastos que hemos tenido para poder alquilar (en caso de ser local, certificado de retenciones) 11. Si ha recibido alguna subvención se requerirá la carta de concesión de subvención. 12. Cuotas por afiliaciones a sindicatos/partidos políticos. Se requiere el documento que certifique la cantidad entregada. 13. Certificado de retenciones sobre salarios y de retención de profesionales. Nos los debe facilitar la empresa para la que trabajamos o hemos trabajado y en él debe aparecer como mínimo: 5 / 6

a) El salario bruto, tanto en dinero como en especie, dietas y demás rentas exentas. b) Cantidades cotizadas en nómina a la Seguridad Social. c) La cantidades retenidas en concepto de IRPF 14. Si desarrolla actividades económicas se requerirán los libros contables (Información contable de los empresarios individuales o profesionales que desarrollen actividad económica mediante estimación directa) y los modelos 130, 131 y 303 (IVA). 15. Si tiene algún tipo de minusvalía, certificado de invalidez y/o acreditación de la necesidad de obras. 16. Si pasa pensión a su hijo por decisión judicial, se requerirá la sentencia y los importes entregados en el año. 6 / 6