2 9 AGO 2Dft. Lima, 28 de Agosto del Señor Doctor Q.F. LUIS KANASHIRO CHINEN Decano Nacional del Colegio Químico Farmacéutico del Perú Presente.

Documentos relacionados
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº SA/DM

UNIVERSIDAD DON BOSCO VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD DON BOSCO

Facultad de Comercio Exterior y Relaciones Internacionales

SOLICITUD DE SUBSIDIO 2014 AYUDA para Viajes/Estadías Julio 2014 Junio 2015

LABORATORIO CONSULTORIO JURIDICO

PROGRAMA DE BECAS. REGLAMENTO DE BECAS ESTUDIOS DE POSGRADO

REGLAMENTO NACIONAL DEL REGISTRO DE GRADOS Y TITULOS PROFESIONALES. CAPITULO I DEL TITULO PRELIMINAR

REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN A LA MAESTRÍA EN DEFENSA NACIONAL CICLO LECTIVO 2016

UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

Aprobado por Resolución Rectoral Nº 15/12 de fecha 25/07/12

UNIVERSIDAD CATÓLICA SANTA MARÍA LA ANTIGUA Reglamento de Práctica Profesional Supervisada

VISTO el Expediente N /13, la Resolución (CS) N 247/05, la Resolución (CS) Nº 097/09, y

REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN Y HOMOLOGACIÓN DE ASIGNATURAS 2014

UNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO

C O N T E N I D O. 1. Propósito. 2. Alcance. 3. Responsabilidad y autoridad. 4. Normatividad aplicable. 5. Políticas

FORMULARIO PARA LA SOLICITUD DE VALIDACION DE ACTIVIDADES PRESENCIALES A LA COMISION NACIONAL DE VALIDACION SEMERGEN

TÍTULO I SOLICITUD, CONVOCATORIA Y PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE BECAS

Universidad Centroamericana José Simeón Cañas REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS

Becas de Formación para Estudiantes de la UNLaR. Requisitos

MERCADO DE VALORES DE ROSARIO S.A. ROSARIO, 04 de Noviembre de COMUNICADO Nro. 876

REGLAMENTO DE SOCIEDADES Y ASOCIACIONES CIENTIFICAS DE TECNOLOGIA MEDICA DEL COLEGIO TECNOLOGO MEDICO DEL PERU CAPITULO I GENERALIDES CAPITULO II

CONVOCATORIA CONVOCA BASES

CONSEJO QUINTANARROENSE DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

MACROPROCESO GESTIÓN FINANCIERA PROCESO ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS REEMBOLSOS Y ABONOS POR CONCEPTO DE MATRÍCULA (PREGRADO Y POSGRADO)

Colegio Universitario de Cartago Página 1 de 7 PA-FIN-09 Procedimiento para elaborar Presupuesto Extraordinario. Versión 01

REGLAMENTO DEL USO DE EQUIPOS DE CÓMPUTO, PROYECTORES MULTIMEDIA Y LABORATORIOS DE FACEM

REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN A LA ESPECIALIZACIÓN EN GESTIÓN PARA LA DEFENSA CICLO LECTIVO 2015

Manual de Procedimientos

Solicitudes estudiantiles en Pregrado y Posgrado

DEFINICIÓN DE REGENTE O DIRECTOR TÉCNICO:

Cada Departamento ha designado uno o varios responsables de su programa de Doctorado

REGLAMENTO DE ADMISION Y MATRÍCULA ALUMNOS PREGRADO

DISEÑO Y DESARROLLO DE ACTIVIDADES DE EXTENSIÓN RELACIONADAS CON LA DOCENCIA UNIVERSIDAD DEL VALLE

PROGRAMA BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES

DECRETO SUPREMO N MINCETUR

INDICE DIRECTIVA ACADÉMICA

b. Motivación: la aceptación o denegación de solicitudes económicas debe responder a criterios que respondan con objetividad a la decisión tomada.

REQUISITOS DE ADMISIÓN PREGRADO Y POSGRADO

DIRECTIVA Nº 044-MINSA/OGDN-V.01 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE OPERACIONES DE EMERGENCIA DEL SECTOR SALUD (COE-SALUD)

CONVOCATORIA BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO, SANTANDER UNIVERSIDADES

Departamento de Filología Española, Lingüística General y Teoría de la Literatura

PROCEDIMIENTO PARA EL DESARROLLO DE TRABAJOS DE GRADO DE PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO

1. OBJETIVO El presente procedimiento tiene como objetivo normar el desarrollo del internado de los alumnos de la carrera de psicología

Actividades Objeto de Reconocimiento. A. Actividades universitarias solidarias organizadas por la Universidad de Málaga

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

PROGRAMA DE VIDA UNIVERSITARIA REGLAMENTO

REGLAMENTO DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DEL NORTE CAPÍTULO I. De la creación y naturaleza

Artículo 8 Los estudiantes beneficiarios realizarán una labor de apoyo en las Facultades y en algunas dependencias de la universidad según

ESCUELA DE POSTGRADO EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS ESPAE ESPOL REGLAMENTO DE ESTUDIOS PARA MAESTRIAS EN MODALIDAD PRESENCIAL- FORMATO EJECUTIVO

Reglamento de Prácticas Profesionales. Aprobado el 14 de agosto de 2014

CONTROL DE COMBUSTIBLES PARA UNIDADES VEHICULARES

REGLAMENTO DE CAPTACIÓN DIRECTA

MANUAL DEL PROCESO DE COORDINACIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA FINANCIERA SUBPROCESO SUBCOORDINACIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO

BECAS IBEROAMÉRICA. SANTANDER INVESTIGACIÓN

CONVOCATORIA No. IFTDH DOCENTE LOGÍSTICA MEDIO TIEMPO

MARIA. -Plan de Estudios- Doctorado en Marketing

Aprueban normas reglamentarias del Decreto Legislativo Nº 998 que impulsa la mejora de la calidad de la formación docente

REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN

REGLAMENTOS DEL DEPARTAMENTO DE RELACIONES INTERNACIONALES, CONVENIOS Y BECAS.

Universidad Nacional de Lanús 042/11

COLEGIO PRIVADO ATENEO DE LA MOLINA Educamos para la excelencia, educamos mejor

PROGRAMA INSTITUCIONAL DE CALIDAD DE VIDA CULTURA. Actividades culturales para estudiantes de la Universidad de Colima

ESPECIALIZACIÓN CURRÍCULUM Y PRÁCTICAS ESCOLARES EN CONTEXTO

Tiene beca o comisión de alguna institución para realizar sus estudios?

Dirección General de Institutos Tecnológicos. Manual de procedimientos para

REGLAMENTO DE MEDIOS DE APOYO

REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012

Código. Revisado por: Comité Educación y Gerencia COMITÉ DE EDUCACIÓN Y BIENESTAR SOCIAL. Tabla de contenido

Instructivo de Procedimientos

Convocatoria Becas Santander de Movilidad Nacional Santander Universidades CONVOCA

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS VERSIÓN 1.0

ANEXO 2 OPERACIÓN Y FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL FONDO PYME

La Universidad Nacional Autónoma de México. a través del. Programa de Maestría y Doctorado en Ingeniería

CONVOCATORIA 2014 BASES

Instructivo de Donaciones

Ministerio de Cultura y Educación Consejo Federal de Cultura y Educación Secretaría General

CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL Universidad Nacional del Nordeste BECAS DE ESTÍMULO A LAS VOCACIONES CIENTÍFICAS 2012 Pág.

C O N T E N I D O. 1. Propósito. 2. Alcance. 3. Responsabilidad y autoridad. 4. Normatividad aplicable. 5. Políticas

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DE LA FACULTAD DE PATRIMONIO CULTURAL Y EDUCACIÓN ACTUALIZACIÓN 2015

REGLAMENTO REGULADOR DE LA FIGURA DE ASOCIADO INTERNACIONAL DEL CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS OFICIALES DE PSICÓLOGOS

XVII COLOQUIO NACIONAL DE FORMACIÓN DOCENTE DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR

UNIVERSIDAD TÉCNICA ESTATAL DE QUEVEDO Campus Manuel Haz Álvarez SECRETARIA GENERAL

CURSO DE FORMULACION Y PREPARACION DE PROGRAMAS DE INVERSION PUBLICA 2015

Reglamento de capacitación Externa

CARTA DE SERVICIOS. Certificado Único Laboral Los primeros en servirte mejor!

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DECRETO LEGISLATIVO N 1057 PROCESO CAS N MTC/24

COMUNICADO N 877. ROSARIO, 20 de Diciembre de Señores Accionistas Mercado de Valores de Rosario S.A. S / D

NORMATIVA DE RÉGIMEN ACADÉMICO Y PERMANENCIA EN LAS TITULACIONES OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE LEÓN.

-Plan de Estudios- Doctorado en Fisioterapeútica

MÁSTER UNIVERSITARIO EN GESTIÓN INTEGRAL E INVESTIGACIÓN EN LOS CUIDADOS DE HERIDAS CRÓNICAS

PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE AYUDA ECONÓMICA: ASISTENCIA A EVENTOS CIENTÍFICOS Y PASANTÍAS

MARIA. -Plan de Estudios- Doctorado en Salud Publica

RESOLUCIÓN DE 21 DE JUNIO DE 2016 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL FRANCISCO MORAZAN PROCESO DE SELECCIÓN DEL DOCENTE DISTINGUIDO PARA EL AÑO 2016

EMPRESA UNIPERSONAL. La empresa unipersonal es una persona jurídica

Solicitud de talleres, conferencias, obra de teatro y cursos de capacitación

MARIA. -Plan de Estudios- Doctorado en Informática

-Plan de Estudios- Licenciatura en Seguridad Industrial

Formación Específica en Centros

Transcripción:

Lima, 28 de Agosto del 2014 Señor Doctor Q.F. LUIS KANASHIRO CHINEN Decano Nacional del Colegio Químico Farmacéutico del Perú Presente. Asunto: Remite Proyecto de Reglamento de Auspicios Institucionales del CQFP. Ref.- Acuerdo sesión ordinaria 25-06- 2014. De nuestra mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a usted para saludarlo cordialmente y en cumplimiento del acuerdo de la sesión ordinaria del Consejo Directivo Nacional del día 25-06-2014, en que se nombró la Comisión conformada por la Dra. Dora Ortiz Malpica, Dra. Cledy Aronés Gómez, Dr. William Cortez y el suscrito, para revisar el Reglamento de Auspicios Institucionales del CQFP vigente; en mi calidad de Presidente de la mencionada Comisión, cumplo con remitir el Proyecto de Reglamento de Auspicios Institucionales del CQFP adjunto, modificado en 03 sesiones de trabajo en base al marco legal vigente, para su consideración y aprobación del Consejo Directivo Nacional.. Sin otro particular, quedamos de usted, Atentamente. ARTURO ERAZO RAMIREZ Quím. Farm. CQFP.No.15212 2 9 AGO 2Dft

Reglamento de Auspicios Institucionales del Colegio Químico Farmacéutico del Perú Marco Legal Constitución Política del Perú. Ley 15266 de creación del CQFP y su modificatoria. Reglamento de la Ley 15266 y su modificatoria 26943 (DS 006-99-SA y 022-2008- SA). DE LOS OBJETIVOS Y FINES DE LA NORMA Art. 1 o El presente reglamento tiene como objetivo normar el procedimiento para otorgar Auspicio del Colegio Químico Farmacéutico del Perú (CQFP) a las actividades académicas, culturales y otras que desarrollen terceros, con la finalidad de definir y validar la modalidad de la actividad a desarrollar en forma adecuada y uniforme, que deben cumplir las instituciones interesadas. DEL AUSPICIO INSTITUCIONAL Art. 2o El Auspicio Institucional es el aval que el CQFP brinda a una actividad científica y/o cultural; lo que implica reconocer el nivel académico y de creditaje o el valor cultural que posee dicha actividad. Art. 3o El Auspicio Institucional es aprobado por Resolución del Consejo Directivo Nacional del CQFP, previo informe favorable de la Comisión de Asuntos Científicos, Académicos, Técnicos y Culturales (ACATEC), pudiendo ser aprobado por el Decano Nacional, en casos excepcionales, con cargo a dar cuenta al Consejo. El auspicio se inscribe en el Libro de Registro de Auspicios Institucionales del CQFP y se comunica mediante oficio a los interesados. DE LAS ACTIVIDADES A AUPICIAR Art. 4o El CQFP concede su Auspicio Institucional a aquellas actividades científicas y/o culturales, que por su naturaleza y contenido lo ameriten, ajustándose a las consideraciones contenidas en la presente norma. Son sujetos de Auspicio Académico los Congresos, Seminarios, Talleres, Foros y otros eventos (regionales, departamentales, nacionales e internacionales), así como los Cursos de Posgrado, Diplomaturas, Maestrías y Doctorados. Art. 5o El Auspicio Institucional debe ser solicitado por los organizadores de las actividades científicas y/o culturales. Podrán solicitar Auspicio las siguientes organizaciones: Instituciones, Establecimientos Farmacéuticos y sus Asociaciones. Hospitales, Clínicas, Establecimientos de Salud, públicos y privados Ministerio de Salud y Seguridad Social Sanidad de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú.

Instituciones públicas y privadas, debidamente reconocidas. Sociedades y Asociaciones Científicas y Culturales reconocidas por los Colegios Químico Farmacéutico Departamentales. Facultades y Escuelas de Farmacia y Bioquímica de universidades públicas y privadas reconocidas por la Autoridad Nacional Universitaria. Asociaciones de estudiantes de Farmacia y Bioquímica. Organizaciones o Empresas Farmacéuticas dedicadas a la capacitación y actualización profesional. Art. 6o Otras organizaciones no comprendidas en el artículo anterior que cumplan con los requisitos y cuenten con el informe de conformidad de la Comisión de Asuntos Científicos, Académicos, Técnicos y Culturales (ACATEC). DE LOS REQUISITOS PARA SOLICITAR AUSPICIO Art. 7. Las instituciones u organizaciones, para solicitar el Auspicio Institucional actividad que desean desarrollar, deben cumplir con los siguientes requisitos:. de la a. Presentar una solicitud formal dirigida al Decano Nacional del CQFP. b. Acreditar ser una institución u organización formalmente establecida. c. Indicar el tipo de evento a desarrollar d. Presentar el programa y duración de las actividades a desarrollar. e. Si se trata de una actividad académica, indicar el creditaje según disposiciones establecidas. El creditaje mínimo para solicitar auspicio es de 1.0 crédito (17 horas lectivas). f. En la actividad académica, su duración debe corresponder al creditaje declarado, por lo tanto se debe mencionar la distribución horaria e indicar las horas para el desarrollo de las actividades teóricas y prácticas, o de fase presencial y no presencial, cuando sea necesario. g. Presentar la relación de los ponentes, con el curriculum vitae y los temas a desarrollar. h. Indicar para quienes está dirigido el evento a desarrollar (profesionales químicos farmacéuticos u otros, estudiantes y/o público interesado) i. Informar las tarifas por concepto de participación en el evento. Art. 8o Aprobado el auspicio institucional, los organizadores deben adjuntar el recibo del pago, realizado en la tesorería del Colegio Nacional, del monto correspondiente al evento a realizar: Congresos nacionales e internacionales Jornadas, Simposios, Talleres y equivalentes Cursos Cursos con creditaje. Por cada crédito Módulos académicos. Por cada módulo Auspicio de eventos No Académicos S/. 500,00 nuevos soles S/. 200,00 nuevos soles SI. 200,00 nuevos soles S/. 200,00 nuevos soles S/. 400,00 nuevos soles S/. 150,00 nuevos soles

Art. 9o Las instituciones u organizaciones que tengan convenio vigente tendrán una consideración especial de pago. con el CQFP, Art. 10 Los Colegios Químico Farmacéuticos Departamentales por ser miembros del CQFP, están exonerados de pago de Auspicio Institucional. Art 11 Las solicitudes de auspicio institucional deben ser presentados en Mesa de Partes del Colegio Nacional, con una anticipación no menor a cuarenta y cinco (45) días a la fecha fijada para el evento y el trámite tendrá una duración no mayor a 7 días hábiles, cumplidos los cuales se informará sobre la aceptación o no aprobación del auspicio solicitado. DEL COMPROMISO DE LOS ORGANIZADORES Art. 12 Los organizadores de la actividad, al solicitar Auspicio Institucional, se comprometen a: a. Proporcionar información correcta en los requisitos y a cumplir con el desarrollo del programa. b. Cumplir con el pago establecido en el Art. 8o del presente reglamento. c. Ubicar el nombre del CQFP en lugar preferencial en los materiales impresos y de difusión de la actividad, indicando el número de Registro del Auspicio otorgado. d. Poner a disposición del CQFP, un número de becas equivalentes al 5% del total de vacantes establecidas para el evento, las cuales serán asignadas según criterio del Consejo Directivo Nacional. e. Asignar un registro numérico correlativo a los certificados o constancias que se otorguen a los participantes de la actividad académica, informando de dicha numeración al CQFP. f. Comunicar de inmediato al CQFP, si algún imprevisto obliga a modificar las actividades y/o contenido del programa. DEL COMPROMISO DEL CQFP Art. 13. El CQFP al conceder el Auspicio Institucional a una determinada actividad, se compromete a: a. Autorizar el uso de su nombre y logotipo en la promoción de la actividad. b. Autorizar el uso de los espacios de comunicación en el CQFP, previo trámite respectivo. c. El Decano Nacional registrará su firma en los certificados de participación, a solicitud de los organizadores quienes adjuntarán el listado de asistencia firmado por los participantes. Art.14 El CQFP no emitirá ni suscribirá certificado, diploma o documento alguno sobre la actividad auspiciada, adicional al que otorgue el organizador, según lo establecido en el Art. 12 inciso e. El auspicio académico otorgado no obliga al CQFP a realizar aporte económico alguno

DEL REGISTRO DE AUSPICIOS Art. 15 El CQFP cuenta con un Libro de Registros de Auspicio, en el cual se registran y numeran de manera correlativa los Auspicios otorgados, con los siguientes datos: a. Fecha y N de Resolución b. Nombre y duración del evento c. Nombre de la entidad organizadora. d. Lugar y fecha del evento. e. Creditaje reconocido si el evento es académico. f. Número de becas que el organizador haya otorgado al CQFP. g. Número de diplomas o certificados otorgados a los participantes. AUSPICIO INSTITUCIONAL NO ACADÉMICO Art. 16 El auspicio institucional no académico considera actividades culturales (artísticas, folklóricas) y deportivas. DISPOSICIONES FINALES Art.17 El incumplimiento de los compromisos adquiridos por los organizadores, así como las alteraciones o cambios en el desarrollo del programa que afecten definitivamente el contenido académico ofrecido, autoriza al CQFP a retirar el Auspicio concedido y a comunicarlo a la comunidad interesada, en salvaguarda de la fe pública y el buen nombre del CQFP, sin perjuicio de las acciones legales que el CQFP pudiera iniciar contra los responsables. Art. 18 El presente reglamento debe estar a disposición de todas las instituciones y asociaciones comprendidas en el artículo 5o del presente reglamento. Art. 19 Las situaciones no comprendidas en la presente norma, serán evaluadas por el Comité de Asuntos Científicos, Académicos, Técnicos y Culturales (ACATEC) y resueltas por el Consejo Directivo Nacional del CQFP.