CONTADURÍA GENERAL NEUQUÉN DE LA PROVINCIA DEL DIRECCIÓN GENERAL SUELDOS

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CONTADURÍA GENERAL DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN DIRECCIÓN GENERAL DE SUELDOS

DIRECCIÓN GENERAL DE SUELDOS EQUIPO DE TRABAJO Auditor General: Cra. Mabel Ré Auditor Mayor: Cr. Adel Yauhar Auditores: Sra. Norma Sánchez Srta. Valeria Maya Sra. Marcela Felice Sr. Javier Díaz

DE QUE VAMOS A CONVERSAR? Esquema de la liquidación de Haberes. Novedades de la liquidación de Marzo 2016 de organismos centralizados. Tipos de Informes que emite la Dirección General de Sueldos. Control en conjunto de liquidación en exceso. Casos de observaciones comunes de los Informes de Control de Haberes.

ESQUEMA DE LA LIQUIDACIÓN DE HABERES Remuneración Bruta Conceptos Remunerativos Conceptos No Remunerativos Descuentos Obligatorios Convencionales Salario Familiar De pago mensual De pago extraordinario Remuneración Neta ó Neto a Ensobrar

NOVEDADES DE LIQUIDACIÓN A PARTIR DEL 1º DE MARZO DE 2016 Incrementos salariales sectoriales conforme las siguientes Normas Legales: Decreto N 296/2016 Decreto Nº 336/2016 Decreto Nº 338/2016 Decreto Nº 341/2016 Decreto Nº 342/2016 Escalafón 1 Autoridades Superiores (AP FS AG) Escalafón 7 Personal Escalafón General Escalafón 14 Contratos Administrativos Escalafón 19 Personal CCT Dirección Provincial de Rentas Escalafón 3 Personal Policial Escalafón 16 Personal CCT Obras Públicas Escalafón 11- Subsecretaría de Salud Escalafón 13 Mrio. Producción y Turismo, Mrio. Energía, Serv. Públicos y Recursos Naturales y Secretaría de COPADE Escalafón 21 - Personal CCT Secretaría de Trabajo Escalafón 22 CCT -RTN

NOVEDADES A PARTIR 01/03/2016 Incremento Autoridades Políticas Aplicación del Artículo 37º de la Ley 2987. El Art. 37º de la Ley de Ministerios 2987 establece que la remuneración del cargo de Gobernador de la Provincia (categoría APO) será igual al promedio de los sueldos brutos totales de las categorías: AE2 - Director de Enseñanza Media M40 - Director de Hospital Complejidad VIII DIP - Diputado Provincial TCP - Presidente del Tribunal de Cuentas Construido sobre la base de las siguientes Normas Legales: Decreto Nº 335/2016 Personal Escalafón Docentes Decreto Nº 342/2016 Personal Salud Resolución Nº 148/2016 y Disposición Nº 65/2016 Honorable Legislatura Diputados.

NOVEDADES A PARTIR 01/03/2016 Incremento de tasas de aportes y contribuciones previsionales:

EVOLUCIÓN CONCEPTO 1500: APORTE JUBILATORIO DESCRIPCIÓN: ES EL APORTE PERSONAL JUBILATORIO AL I.S.S.N. QUE SE PRACTICA SOBRE LAS REMUNERACIONES BRUTAS SUJETAS A APORTES DE ACUERDO A LA SIGUIENTE ESCALA: Régimen jubilatorio Ordinario General Personal comprendido en el Estatuto del Docente - Ley 956 Funcionarios electivos Personal de Policía Personal de Policía Civil Hasta 01/03/16 01/07/16 01/11/16 A partir 29/02/16 al al al del 30/06/16 31/10/16 31/12/16 01/01/17 11.5% 12.5% 12.5% 13.5% 13.5% 14.5% 14.5% 15.5% 15.5% 16.5% 12.5% 16.5% 11.5% 13.5% 17.5% 12.5% 14.5% 18.5% 13.5% 15.5% 19.5% 14.5% 16.5% 20.5% 15.5%

QUE TIPO DE INFORMES HACEMOS? Informes de Intervención Están destinados a las distintas actuaciones que recibe la Dirección: Indemnización Artículo 45º EPCAPP. Licencias Extraordinarias Jefatura Policía. Anticipo de Haberes Devengados y no Liquidados. Actuación que supere $ 60.000,00 de acuerdo a la Disposición Nº 068/12 de la Contaduría General. Informe Mensual de Auditoría de Sueldos Es un informe mensual dirigido a la Oficina Provincial de Recursos Humanos en su carácter de administrador del sistema RH.Pro.Neu. El mismo cuenta con observaciones especificas y generales, referidas a un proceso de liquidación o varios tanto de Administración Central como de Organismos Descentralizados. Además se le adjunta los informes de Control de Haberes que fueran realizados durante el mes. Informe de Rendición de Haberes Es un informe referido a la rendición de haberes (control financiero) para los organismos centralizados. (Disposición C.G Nº146/2016)

QUE TIPO DE INFORMES HACEMOS? Informes Control de Haberes Están destinados a los Servicios Administrativos Financieros de la Administración Central. Dirigidos al Director Provincial de Administración. Los mismos cuentan con observaciones específicas de liquidación y observaciones generales, referidas a un proceso de liquidación o varios (Complementarias o hallazgos de liquidaciones anteriores). Este informe es el resultado de una selección de legajos (muestra), por lo que de cualquier observación, el Servicio Administrativo debe analizar los legajos que pudiesen presentar situación similar. La frecuencia del informe puede ser mensual o bimestral, dependerá de las tareas que tenga que realizar la Dirección General de Sueldos.

CÓMO NOS ORGANIZAMOS? 03D Policía de la Provincia 05MM Ministerio de Producción y Turismo Norma 3000 Pensiones por vejez e invalidez Javier 02GE Ministerio de Gobierno y Justicia 04F Subsecretaría de Obras Públicas 03RS Ministerio de Seguridad, Trabajo y Ambiente 07K Tribunal de Cuentas Valeria 10L Subsecretaría de Salud 01AD Secretaria de Planificación y Acción para el Desarrollo (COPADE) 01AS - Secretaría General 03EP Unidad Ejecutora Provincial Marcela 09HE Ministerio de Educación 20CD Ministerio de Ciudadanía Adel Mabel 02JB Secretaría de Gestión Pública 04E Ministerio de Economía e Infraestructura 08WF Ministerio de Energía, Servicios Públicos y Recursos Naturales 10PP Subsecretaría de Desarrollo Social Organismos Descentralizados

CONTROL CONJUNTO DE LIQUIDACIÓN EN EXCESO Desde la Dirección General de Sueldos de la Contaduría General de la Provincia, se enviará a cada Servicio Administrativo un archivo (Formato excel) el cual contiene los datos históricos de toda la deuda pendiente por servicio. Es la conciliación entre la Deuda Declarada y los Recuperos

LIQUIDACIÓN EN EXCESO: ESTE REPORTE NOS MUESTRA LA DEUDA DECLARADA POR SERVICIO El reporte se debe solicitar en formato Excel. 23: Liq. En Exceso. 24: L Exc Impugnada 25 :L Exc anulada

EMPLEADOS UN CONCEPTO: ESTE REPORTE NOS MUESTRA EL CÓDIGO 1750 EL RECUPERO DE DEUDA POR SERVICIO Y EMPLEADO El reporte se debe solicitar en formato Excel.

QUE CONTROL HACEMOS DE LAS LIQUIDACIONES EN EXCESO? En el archivo enviado por la Contaduría hay que volcar toda la información que obtenemos del sistema RH.Pro.Neu, tanto la declaración de la deuda como el recupero de deuda. Hay que tener en cuenta que en ambos reportes los montos salen en negativo. (Por lo que hay que cambiarle el signo a la Deuda Declarada ). La frecuencia del control debe ser mensual. Esta tarea es responsabilidad del servicio administrativo como responsable del control primario de los registros que realizan. De esta manera se controla el recupero correcto de la deuda.

1er.Caso: Puesto de ajuste con liquidación en exceso Para el Legajo Nº 462685 en el puesto Estado 28 Aj.c/Acred.y DepJud se le liquidaron treinta (30) días correspondientes al mes de Enero 2016, omitiendo incorporar los códigos 1084 Adic. Dcto. 828/08, 1615 Seguro Obligatorio, 1861 UPCN Consumo y las asignaciones familiares códigos 2010 Hijo, 2060 Familia Numerosa, 2080 Escolaridad Primaria, 2100 Escolaridad Media y Superior y 2430 Asig. Fam. Vacaciones. En el puesto de ajuste se recupera la liquidación en exceso correspondiente a enero/16 en la cual se descuentan los códigos mencionados.

2do. Caso: Asignaciones Familiares Para el Legajo Nº 351277 en la liquidación de Enero/16 (proceso 454) se generó un importe incorrecto en el código 2010 Hijo por el mes de Diciembre/15, proporcionando dicho código a veintidós (22) días, no dando cumplimiento a lo establecido en el inciso a) Artículo 50º de la Ley 2265.

Caso 3: Liquidación doble de haberes (en el mismo SA) Para el Legajo 670824 se liquidaron y abonaron en exceso 27 días de Enero 2016 y 30 días de Febrero 2016

Para los días de Febrero 2016:

Podemos verificar a través del Sistema RH.Pro.Neu: Novedades de Liq. Desacreditaciones/Reliquidaciones que todos los importes fueron acreditados a favor del agente:

Caso 4: Ajuste por 21 días de Diciembre 2015 y Permanencia en Categoría Para el Legajo Nº 968415 se generó un puesto de Aj c/acred y DepJud (proceso 452) por veintiún (21) días de Diciembre/15. En el mismo se omitió el ajuste de los códigos 1080 Antigüedad Administrativa y 1200 Título. Asimismo respecto al código 1231g Adicional Esc. General fue liquidado en menos del valor que correspondía. Con la liquidación de Enero/16 (proceso 454) se liquidó el código 1254 Permanencia en la categoría y según el Decreto Nº 58/15 Anexo II el agente es Jefe de Departamento de Capacitación. (4211,04 / 30) x 21 = 2.947,84

Al agente le corresponde la permanencia en la categoría

Caso 5: Ajuste por Permanencia en Categoría Para el Legajo Nº 095485 se liquidó por puesto de Aj c/acred y DepJud el código 1254 Permanencia en la categoría proporcional a veintiún (21) días del mes de Diciembre de 2015 y treinta (30) días del mes de Enero 2016. Se verifica que en el mes de Diciembre de 2015 el mencionado código se liquidó por treinta (30) días.

Caso 5 : Se puede verificar que en Diciembre de 2015 el código 1254 se liquidó por 30 días y fue acreditado:

Caso 6: Ajuste por 22 días de Diciembre/15, 2º SAC/15 Proporcional y Mantenimiento de antigüedad Para el Legajo Nº 001383 se liquidó por puesto de Aj c/acred y DepJud veintidós (22) días en categoría FUA correspondientes a Diciembre 2015. Se omitió incorporar los códigos 1084 Adic. Dcto. 828/08 y 1615 Seguro Obligatorio. No se liquidó el 2º SAC Proporcional 2015 por los veintidós (22) días de Diciembre. Además se observa que en el módulo Mantenimiento de Antigüedad del sistema de Recursos Humanos RH.Pro.Neu figura como fecha de inicio el 01-01-2016.

Caso 7: ajuste por Diciembre/15, Título, 2º SAC/15 Proporcional e información del parámetro del puesto de ajuste. Para el Legajo Nº 414780 se generó un puesto de Aj c/acred y DepJud (proceso 452) por veintiún (21) días de Diciembre/15 y en el mismo faltó liquidar la diferencia del código 1200 - Título. Asimismo no se ajustó la diferencia del 2º SAC/15. El dato del parámetro es erróneo Este dato es de suma importancia, por lo cual no se debería omitir su carga.

Por el módulo Títulos de Empleados se puede verificar la carga del título.

Caso 8: Códigos 1616 Seguro Adicional y 1583 Asistencial Adicional % Para el Legajo Nº 942714 en el puesto con Estado 28 - Aj.c/Acred.yDepJud se le liquidó el código 1232 Dedic. Espec. Ley 2798 correspondiente al mes de Febrero 2016. En dicho puesto se le descontó el código 1616 - Seguro Adicional cuando por el puesto de Haberes Devengados por el mes de Febrero 2016 ya se había descontado el tope de dicho concepto. Además en el puesto de Haberes Devengados por el mes de Febrero 2016 se visualiza el descuento del código 1583 - Asistencial Adicional %, el cual no se tuvo en cuenta en el puesto de ajuste. Descripción código 1616: Este concepto se utiliza para descuento del seguro de vida adicional, siendo de carácter optativo. Consiste en aplicar el % vigente sobre el total de la remuneración mensual. A partir del 1º de Enero 2012 la aseguradora SANCOR Cooperativa de Seguros Ltda., fija el descuento en el 2,40% aplicable sobre remuneración bruta, siendo el tope mensual de $288 en la sumatoria de todos los puestos, con un tope máximo de capital de $300.000

Caso 9: Códigos 1030 Descuento días y 1460 Ad. Art. 6º Decreto 296/16 Para el Legajo Nº 821370 se liquidó el código 1030 - Descuento Días por un importe incorrecto, ya que de acuerdo a la información del Sistema de Recursos Humanos RH.Pro.Neu, las inasistencias corresponden a Enero 2016, y para el cálculo se utilizó como base los haberes de Marzo 2016. Además resulta incorrecto el importe del código 1460 - Ad.Art. 6º Decreto 296/16 liquidado en la Complementaria Art. 6º Decreto 296/2016 (Proceso 461), ya que no se consideró los días con Falta Injustificada. Asig. De categoría Antigüedad Adm. Adic. Dcto 828/08 Título Ad. Art 5º Dto. Nº 296/16 Adicional Esc. General Dedic. Espec. Ley 2798 5.508,73 88,32 92,02 456,24 1.221,17 4.211,04 770,00 12.347,52/ 30 = 411,584 411,584 x 2 = 823,17

De acuerdo al módulo Calendario de Novedades de Licencia las faltas injustificadas corresponden a Enero de 2016: El cálculo debería ser con Haberes Enero/16 Asig. De categoría Antigüedad Adm. Adic. Dcto 828/08 Título Adicional Esc. General Dedic. Espec. Ley 2798 5.008,73 74,72 92,02 368,74 4.211,04 770,00 10.525,25/ 30 = 350,84 350,84 x 2 = 701,68

El agente tiene tres (3) faltas injustificadas en Enero 2016, por lo que se debería proporcionar el código 1460 por los días trabajados (57 días) Corresponde: (4337,35 /60) x 57 = 4120,48

Caso 10: Consulta de Acumuladores Podemos observar que en el módulo de Consulta de Acumuladores que es utilizado para obtener la base de cálculo para el Sueldo Anual Complementario (SAC), en la mayoría de los casos en que se realiza dentro del semestre un puesto fuera del puesto Activo como por ejemplo puestos de Aj c/acred y De Jud, Hab. Devengados (entre otros), correspondiente a bonificaciones extraordinarias, estas no son contempladas en dicho acumulador. Los códigos de sueldos más comunes son: C. 1030 Descuento Días C. 1031 Descuentos de Días Disciplinarios C. 1070 Horas Extras Normales C. 1071 Horas Extras 150% C. 1072 Horas Extras 200% Guardias Activas Salud Guardias Pasivas Salud Licencias Guardias Salud C. 1111 Recargos extraordinarios Otros

Con la liquidación de Febrero/16 (proceso 459) se realizaron puestos de ajustes sobre los códigos 1070 Horas Extras Normales, 1071 Horas Extras 150% y 1072 Horas Extras 200%, los cuales no fueron considerados para el ajuste del 2º SAC/15, ya que fueron cargados el forma posterior.

Caso General: Código 1586d Ret. 4ta Cat. Fin Ejercicio 2015 en la liquidación de Marzo 2016

Decreto 152/15.

Mal liquidado en Proceso 460 donde se hizo la liquidación Final de Ganancias 2015, se genero un saldo a favor del contribuyente incorrecto.

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