GUÍA DE APLICACIÓN DEL ANEXO DE PUNTAJE PARA DESARROLLADORES Y VERIFICADORES DE LAS REGLAS DE OPERACIÓN 2015

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Transcripción:

GUÍA DE APLICACIÓN DEL ANEXO DE PUNTAJE DE LAS REGLAS DE OPERACIÓN 2015 PARA DESARROLLADORES Y VERIFICADORES

Versión 03/02/2015 Actualización 16/02/2015 Actualización 27/11/2015 Página 2 de 56

CONTENIDO PRESENTACIÓN... 5 MARCO NACIONAL DE LA POLÍTICA NACIONAL URBANA Y DE VIVIENDA... 6 ANTECEDENTES... 6 OBJETIVOS GENERALES DE LAS REGLAS Y SU ANEXO 2... 8 OBJETIVO DE LA GUÍA... 8 A QUIÉN VA DIRIGIDA LA GUÍA?... 9 CÓMO SE USA LA GUÍA?... 9 MODALIDADES DEL PROGRAMA... 11 ADQUISICIÓN DE VIVIENDA NUEVA... 14 CÁLCULO DEL PUNTAJE DE UBICACIÓN Y SUSTENTABILIDAD DEL ENTORNO... 14 ADQUISICIÓN DE VIVIENDA NUEVA UBICADA DENTRO DE LOS PERÍMETROS DE CONTENCIÓN URBANA... 19 CÁLCULO DE PUNTAJE DE UBICACIÓN Y SUSTENTABILIDAD DEL ENTORNO... 48 ADQUISICIÓN DE VIVIENDA USADA 54 Página 3 de 56

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PRESENTACIÓN A partir de 2013, la nueva política urbana y la de vivienda se vinculan buscando no sólo construir casas sino consolidar entornos y ciudades dignas. En este contexto, se crea la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, la cual a través de la Comisión Nacional de la Vivienda presenta la Guía para la Operación del Anexo 2 de las Reglas de Operación del Programa de Esquemas de Financiamiento y Subsidio Federal para Vivienda para el Ejercicio 2015, con el propósito de que los desarrolladores de vivienda, entidades ejecutoras, ejecutores sociales y verificadores de obra que participan en la industria de la vivienda y público en general, conozcan el proceso de definición de puntaje para la asignación del subsidio federal para vivienda. La Política Nacional de Vivienda consiste en un nuevo modelo enfocado a promover el desarrollo ordenado y sustentable del sector; a mejorar y regularizar la vivienda urbana; así como a construir y mejorar la vivienda rural. Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 Página 5 de 56

MARCO NACIONAL DE LA POLÍTICA NACIONAL URBANA Y DE VIVIENDA ANTECEDENTES El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, contempla entre sus ejes un México Incluyente para garantizar el ejercicio efectivo de los derechos sociales de todos los mexicanos, que conecte el capital humano con las oportunidades que genera la economía en el marco de una nueva productividad social y que disminuya las brechas de desigualdad. En este sentido, la prioridad será integrar una sociedad con equidad, cohesión social e igualdad de oportunidades y define como uno de sus objetivos, el Proveer un entorno adecuado para el desarrollo de una vida digna. Las estrategias definidas en este objetivo contemplan: Transitar hacia un modelo de desarrollo urbano sustentable e inteligente que procure vivienda digna para los mexicanos. Reducir de manera responsable el rezago de vivienda a través del mejoramiento y ampliación de la vivienda existente y el fomento de la adquisición de vivienda nueva. Mejorar la coordinación interinstitucional con la concurrencia y corresponsabilidad de los tres órdenes de gobierno, para el ordenamiento sustentable del territorio, el impulso al desarrollo regional, urbano, metropolitano y de vivienda. El enfoque transversal de este objetivo, establece democratizar la productividad y como línea de acción, el promover el uso eficiente del territorio nacional a través de certidumbre jurídica de la tierra, menor fragmentación de predios agrícolas, el ordenamiento territorial urbano y el desarrollo de ciudades más competitivas. Con esta visión la SEDATU, a través de la CONAVI, busca atender los planteamientos de este modelo urbano, y en consecuencia los lineamientos de la política de subsidios se han diseñado conforme a los nuevos retos. En este sentido el Programa de Esquemas de Financiamiento y Subsidio Federal para Vivienda se alinea a este objetivo, cuyas líneas de acción son, entre otras: Página 6 de 56

Fomentar ciudades más compactas, con mayor densidad de población y actividad económica, orientando el desarrollo mediante la política pública, el financiamiento y los apoyos a la vivienda. Inhibir el crecimiento de las manchas urbanas hacia zonas inadecuadas. Mejorar las condiciones habitacionales y su entorno, en coordinación con los gobiernos locales. Impulsar acciones de ampliación y mejoramiento de la vivienda del parque habitacional existente. Desarrollar y promover vivienda digna que favorezca el bienestar de las familias. Fomentar la nueva vivienda sustentable desde las dimensiones económica, ecológica y social, procurando en particular la adecuada ubicación de los desarrollos habitacionales. Consolidar una política unificada y congruente de ordenamiento territorial, desarrollo regional urbano y vivienda, bajo la coordinación de la SEDATU y que presida, además, la Comisión Intersecretarial en la materia. El diseño de los objetivos, tipos de subsidios y operación del Programa de Esquemas de Financiamiento y Subsidio Federal para Vivienda han sido reorientados a proyectos que fomenten el crecimiento urbano ordenado, al tiempo que contribuirán a la reducción del rezago de vivienda de una manera responsable, disminuyendo la brecha regional de desarrollo humano en áreas tanto urbanas como rurales. Acorde a lo estipulado por la Ley de Vivienda y en sintonía con la Política Urbana y de Vivienda, las Reglas de Operación (ROP) 2015 continúan ofreciendo a la población menos favorecida económicamente una alternativa para complementar su capacidad de pago, a fin de acceder a una solución habitacional digna y sustentable, previo otorgamiento de un crédito hipotecario y de la acreditación de una determinada cantidad de ahorro. Las soluciones habitacionales que se ofrecen por vía del subsidio, serán de mejor calidad, dado que las ROP ahora cuentan con estándares más elevados que garantizan una vivienda no sólo mejor ubicada, sino más sustentable y con mejores características en su proceso constructivo. En este contexto, las Reglas de Operación del Programa de Esquemas de Financiamiento y Subsidio Federal para Vivienda para el ejercicio fiscal 2015, establece las políticas y orienta la edificación de vivienda para dar cumplimiento al mandato del Plan Nacional de Desarrollo, estableciendo reglas claras que fomentan la edificación y adquisición de vivienda en zonas seguras, alineadas con la normatividad aplicable, Página 7 de 56

propiciando el reciclamiento del parque habitacional existente y revalorándolo a través de acciones de ampliación y mejoramiento y aprovechando el suelo existente en zonas servidas. OBJETIVOS GENERALES DE LAS REGLAS Y SU ANEXO 2 Las Reglas de Operación del Programa de Esquemas de Financiamiento y Subsidio Federal para Vivienda para el ejercicio fiscal 2015 (ROP 2015), buscan consolidar los criterios de objetividad, identificación, cuantificación, equidad, transparencia, focalización, publicidad, selectividad, oportunidad, temporalidad e inclusión social, que respondan a las necesidades habitacionales de las personas. El Programa, contempla los siguientes objetivos: Otorgar el subsidio, en apoyo a la población de más bajos ingresos, contemplando un estímulo adicional para provocar que este segmento de la población acceda a una solución habitacional acorde a sus necesidades. Priorizar las soluciones habitacionales que se encuentren dentro de los perímetros de contención urbana determinados por la CONAVI. Esta acción permitirá que las/los beneficiarias(os) encuentren en el entorno concentración de fuentes de empleo, así como infraestructura, equipamientos y servicios urbanos instalados que mejoren o incrementen su calidad de vida. Ofrecer la posibilidad de que a través del subsidio se tenga acceso a soluciones habitacionales de mejor calidad. El instrumento para medir la calidad de la vivienda (Anexo 2 de las ROP 2015) se ha perfeccionado y ahora cuenta con estándares más elevados que garantizan una vivienda no sólo mejor ubicada, sino más sustentable y con mejores características en su proceso constructivo. OBJETIVO DE LA GUÍA El objetivo de la presente Guía es informar y orientar en el proceso de registro y calificación de las acciones de vivienda descritas en el Anexo 2 de las Reglas de Operación para el Ejercicio del Subsidio Federal 2015, con objeto de dar transparencia al otorgamiento de subsidios del Gobierno Federal, presentando los procesos y conceptos para su fácil comprensión. Página 8 de 56

A QUIÉN VA DIRIGIDA LA GUÍA? Esta Guía está dirigida a los Desarrolladores, Verificadores, Entidades Ejecutoras, Ejecutores Sociales y Organismos Ejecutores de Obra del Programa de Esquemas de Financiamiento y Subsidio Federal para Vivienda y tiene por objetivo explicar la aplicación del Anexo 2: Criterios para la Evaluación de las Soluciones Habitacionales y la Diferenciación del Subsidio de las ROP 2015. En el caso de los Desarrolladores que oferten viviendas para el Programa de Esquemas de Financiamiento y Subsidio Federal para Vivienda, pueden identificar los prerrequisitos, puntajes, procesos de calificación y evaluación de las modalidades establecidas en las ROP 2015 del Programa, entre otros. Para las Entidades Ejecutoras y Organismos Ejecutores de Obra, es un documento que les apoya a conocer los procesos de calificación de las viviendas, los requisitos que deben cumplir las soluciones habitacionales, así como de verificación de obra que son parte del flujo de actividades del ejercicio de un crédito con subsidio. Para los Verificadores y Organismos Ejecutores de Obra, es un documento de apoyo para la validación de las especificaciones del Anexo 2 de las ROP 2015 de dicho Programa. En el cual se muestran los procesos de calificación, descripción de las características de los mismos y los requisitos que deben cumplir las soluciones habitacionales, entre otros. CÓMO SE USA LA GUÍA? La Guía considera apartados para cada una de las Modalidades de Vivienda del Programa: 1. ADQUISICIÓN DE VIVIENDA NUEVA 2. ADQUISICIÓN DE VIVIENDA USADA 3. AMPLIACIÓN Y/O MEJORAMIENTO DE VIVIENDA 4. ADQUISICIÓN DE LOTE CON SERVICIOS 5. AUTOPRODUCCIÓN DE VIVIENDA Página 9 de 56

El Registro Único de Vivienda (RUV) incorpora en su sistema los criterios y atributos establecidos tanto por CONAVI a través de su programa de subsidio federal para vivienda como por INFONAVIT y FOVISSSTE, a través de sus esquemas de financiamiento. Por lo anterior, el propósito de este capítulo es dirigir al usuario a lo largo de la interfase del RUV para el registro adecuado y completo de su oferta de vivienda, conforme al anexo Puntaje de Ubicación y Sustentabilidad del Entorno de las ROP 2015, para la obtención del subsidio que corresponda. Además de presentar el proceso de calificación y otorgamiento de subsidio para cada una de las soluciones habitacionales propuestas en el Programa. De este modo, en esta sección se explica y guía al usuario dónde ubicar y cómo seleccionar los parámetros y las ecotecnologías que integran las dimensiones del Anexo 2 de las ROP 2015. Así mismo se indican las evidencias que para algunos casos se requieren y en qué lugar del sistema deben cargarse. Para cada uno de los esquemas de subsidios descritos en las ROP 2015, se encontrará lo siguiente: Descripción general de la modalidad de vivienda Cálculo del puntaje de ubicación y sustentabilidad del entorno Prerrequisitos (en su caso) Dimensión Parámetros (El que corresponda) - Ubicación - Equipamiento y servicios - Densificación - Competitividad Reglas particulares, evidencias y verificación Incentivos a mejores prácticas (en su caso) Página 10 de 56

MODALIDADES DEL PROGRAMA Los subsidios federales se aplicarán en forma directa para las siguientes modalidades de solución habitacional: Adquisición de vivienda NUEVA USADA Prerrequisitos y Ficha de Puntaje más incentivos a mejores prácticas Registro RUV y Diferenciación de Subsidio dependiendo de ubicación Ampliación y Mejoramiento de Vivienda Adquisición de lote con servicios Autoproducción de vivienda URBANA RURAL Asesoría Técnica Integral Ficha de puntaje hasta 500 puntos por cobertura en mobiliario urbano, equipamiento y servicios Fichas de puntaje diferenciadas con verificación Puede adquirirse como subsidio complementario al lote con servicios Página 11 de 56

Además de cumplir las condiciones de cada modalidad, todas las soluciones habitacionales ubicadas fuera de los Perímetros de Contención Urbana, deben ubicarse en una reserva territorial adquirida antes del 11 de febrero de 2013 e inscrita en el RENARET bajo los requisitos que establezca la Instancia Normativa para verificar que la información general y el grado de desarrollo reportado por el propietario de la reserva corresponda a la realidad. En todas las modalidades señaladas, la Instancia Normativa registrará en el Padrón de Beneficiarias(os) el valor individualizado de cada subsidio federal otorgado en materia de vivienda que administra. El Anexo 2 de las ROP 2015 considera: Establecer los parámetros de calidad de las viviendas que reciban apoyo del Gobierno de la República a través del subsidio Alinear las medidas de sustentabilidad a la normatividad aplicable y a las medidas correspondientes en aras de la homologación de criterios. Establecer la línea base para la medición y creación de estadística que permita establecer parámetros de comparación de la eficiencia de las viviendas y su entorno a nivel nacional. Página 12 de 56

ADQUISICIÓN DE VIVIENDA NUEVA 1

ADQUISICIÓN DE VIVIENDA NUEVA Vivienda nueva, es la Vivienda por iniciar, en proceso o terminada que nunca ha sido habitada y que cumple con los lineamientos, criterios y parámetros establecidos por la Instancia Normativa. CÁLCULO DEL PUNTAJE DE UBICACIÓN Y SUSTENTABILIDAD DEL ENTORNO El Puntaje de Ubicación y Sustentabilidad del Entorno se medirá de acuerdo al Anexo 2. Para acceder al subsidio, la vivienda deberá cumplir los prerrequisitos establecidos en dicho Anexo y obtener, por lo menos, 350 puntos. La vivienda ubicada fuera de los Perímetros de Contención Urbana sólo podrá ser sujeta de un monto máximo de subsidio de hasta 25 SMGVM cuando: i. Se encuentre inscrita en el Registro Nacional de Reservas Territoriales (RENARET) y reconocida como R3A, R4A o R4B, por la Instancia Normativa; y ii. Obtenga, al menos, 400 puntos de la Ficha de Puntaje de Ubicación y Sustentabilidad. Para el caso de las viviendas ubicadas en reservas territoriales reconocidas como R4B, la Mesa de Evaluación y Recalificación de las Reservas Territoriales validará que el Subsidio Federal no se disperse en zonas con altos índices de vivienda abandonada. La Mesa de Evaluación y Recalificación de las Reservas Territoriales, es el órgano interinstitucional de carácter colegiado cuyo objetivo es recibir, analizar, resolver en definitiva y a solicitud de los interesados, las peticiones específicas para la recalificación por actualización de información de las reservas territoriales. La Ficha de Puntaje del Anexo 2 A denominada Ficha de Puntaje de Ubicación y Sustentabilidad del Entorno para Adquisición de Vivienda Nueva se compone por los Prerrequisitos que son obligatorios para el otorgamiento del subsidio y por cuatro Dimensiones que son: Ubicación, Equipamiento y Servicios, Densificación y Competitividad, con diversos parámetros sujetos a puntaje, que se explican posteriormente. Página 14 de 56

PRERREQUISITOS Los prerrequisitos son obligatorios y exigen que la vivienda y su entorno cuenten con elementos básicos de calidad, así como elementos para fomentar el uso y aprovechamiento eficiente de la energía, reducir el consumo de agua potable y fomentar el buen manejo de residuos sólidos. Estos Prerrequisitos sustituyen al Paquete Básico que venía aplicándose en reglas anteriores e integra elementos nuevos que deben cumplirse como condición para que el subsidio pueda ser dispersado. A continuación se explica cómo deben interpretarse los prerrequisitos. FICHA DE PUNTAJE DE UBICACIÓN Y SUSTENTABILIDAD DEL ENTORNO PARA ADQUISICIÓN DE VIVIENDA NUEVA PRERREQUISITOS (Obligatorios para el otorgamiento del subsidio) MEDIDA SUSTENTABLE EVIDENCIA DESARROLLADOR ENTIDAD SUPERVISORA Elementos básicos de la vivienda y entorno Las viviendas no deberán ubicarse en zonas de riesgo Las viviendas deben estar ubicadas dentro de las áreas autorizadas en los planes o programas de desarrollo urbano. Entrega de manual de mantenimiento por vivienda con instrucciones para la operación y mantenimiento de los equipos, instalaciones, impermeabilización, entre otras. En conjuntos habitacionales: reglamento vecinal o de condóminos entregado a cada vivienda. Promotor vecinal preferentemente Carga en RUV, de Licencia de Fraccionamiento y/o Licencia de Construcción, emitido por autoridad estatal o municipal competente, en formato PDF. Carga en RUV Certificado, Dictamen o Licencia de Uso del Suelo emitido por la autoridad estatal o municipal competente, en formato PDF. Presenta a entidad ejecutora en módulo de atributos y tecnologías Presenta a entidad ejecutora Reglamento físico empastado a entregarse a cada beneficiario. Copia del certificado que acredite al promotor vecinal Copia de identificación oficial El verificador validad documento cargado en RUV en formato PDF, contra documento proporcionado por el desarrollador. El verificador validad documento cargado en RUV en formato PDF contra documento original proporcionado por el desarrollador. Entidad ejecutora validad existencia física del Manual y entrega a cada beneficiario. Entidad ejecutora valida Reglamento físico empastado y entrega a cada beneficiario. INFONAVIT o entidad ejecutora verifica en padrón, que este acreditado el promotor vecinal. Página 15 de 56

PRERREQUISITOS (Obligatorios para el otorgamiento del subsidio) MEDIDA SUSTENTABLE EVIDENCIA DESARROLLADOR ENTIDAD SUPERVISORA Lámparas fluorescentes compactas autobalastradas (focos ahorradores) que cumpla con normatividad vigente y mínimo de 20 watts en interiores y 13 watts en exteriores. Obligatorio para todos los bioclimas. Calentador de gas de paso de rápida recuperación o instantáneo que cumpla con la normatividad vigente. Obligatorio: considerar diseño de instalaciones hidráulica, gas y características de funcionamiento. Calentador solar de agua. Obligatorio en los bioclimas templados y semifríos (excepto vivienda vertical). En climas semifríos, la tubería expuesta a la intemperie deberá estar aislada. Nota: es opcional contar con equipo de calentador de respaldo de gas. Aislamiento térmico en el techo y en muro de mayor superficie de insolación, que cumpla con valor mínimo R de la NMX-C-460-ONNCCE-2009. Para techos y muros: En zonas cálidas y semifríos. (Excepto vivienda vertical). Inodoros instalados que aseguren el funcionamiento con descarga máxima de 5 Litros. Certificado de cumplimiento de la NOM-017- ENER/SCFI-2012. Certificados de cumplimiento emitido por un organismo de certificación acreditado y aprobado. Dictamen de cumplimiento emitido por un organismo de certificación debidamente acreditado y aprobado. Certificado de cumplimiento con las NMX emitido por un organismo de certificación debidamente acreditado y aprobado. Dictamen de cumplimiento que extiende la unidad de verificación por cumplimiento de la NOM-018-ENER-2011 y/o Dictamen de cumplimiento con la NOM-020 (en climas cálidos). Certificado de ahorro de agua de la CONAGUA. Factura con especificación del equipo sanitario. Las lámparas deberán estar colocadas, o bien en bodega con carta responsiva de entrega firmada por el desarrollador. Producto instalado o en su caso, se puede revisar en bodega con Carta responsiva de colocación firmada por el desarrollador. Correcta ubicación conforme al estudio solar. Producto instalado conforme a las normas, o en su caso, revisar en bodega con Carta responsiva de colocación firmada por el desarrollador. Instalación del material en muro (El procedimiento de aplicación varía dependiendo del material, por lo que se sugiere sea como recomienda el proveedor del material aislante). Inodoro instalado con engomado de descarga máxima. Regadera grado ecológico. Certificado de cumplimiento con la NOM Regadera instalada. En su caso, existencia en bodega con Carta responsiva de colocación firmada por el desarrollador. Llaves (válvulas) con dispositivo ahorrador de agua que cumplan con la NMX-C-415 en: cocina y lavabo(s) de baño. Válvulas de seccionamiento para alimentación en lavabos (2), inodoros (1), fregadero (2), calentador de agua (1), tinaco (1) y cisterna (1). Certificado acorde con la NMX señalada con distribuidor autorizado. Ficha técnica de válvulas presentada por el fabricante. Instalación en obra. En su caso, existencia en bodega con Carta responsiva de colocación firmada por el desarrollador. Válvulas instaladas y funcionando correctamente. Página 16 de 56

PRERREQUISITOS (Obligatorios para el otorgamiento del subsidio) MEDIDA SUSTENTABLE EVIDENCIA DESARROLLADOR ENTIDAD SUPERVISORA Medidor de flujo que cumpla con la normatividad vigente. En localidades que no se establezca medidor de flujo, la evidencia será la Solicitud del Subsidio Federal, en la cual el Solicitante del subsidio se comprometa a realizar su contrato con el Organismo Operador del Agua. Botes diferenciados para la separación de residuos orgánicos e inorgánicos. La normatividad aplicable se refiere a la separación primaria. Se recomienda como mínimo una capacidad de 20 litros, colocarlos en un área ventilada y que no obstruyan la circulación. En conjuntos habitacionales: depósitos para la separación de residuos sólidos (orgánicos e inorgánicos) con tapa y ubicados en un área ventilada y accesible para la recolección. La ubicación se debe establecer en el Proyecto apegándose a lo establecido en la reglamentación local. Capacidad sugerida calculando 5 litros por habitante por día, considerando 3 litros de inorgánica y 2 de orgánica, multiplicado por 3 días de almacenamiento. Medidor instalado por el organismo operador local, que cumpla con la NOM 012 SCFI 1994. Colocación en vivienda respecto a consideraciones. En su caso, existencia en bodega con Carta responsiva de colocación firmada por el desarrollador. Colocación en el conjunto, respecto a consideraciones. En su caso, existencia en bodega con Carta responsiva de colocación firmada por el desarrollador. Medidor Instalado o Solicitud del subsidio Federal en donde el solicitante se compromete a hacer el contrato con el organismo operador de agua (para aquellas localidades en donde no se establezca el uso de medidores de agua). Colocación en vivienda. En su caso, existencia en bodega con Carta responsiva de colocación firmada por el desarrollador. Instalación en obra. En su caso, existencia en bodega con Carta responsiva de colocación firmada por el desarrollador. Página 17 de 56

DIMENSIÓN - PARÁMETROS El monto del subsidio está determinando con base en un sistema de puntaje con una escala de 0 a 1000, que califica la vivienda y el entorno, en cuatro dimensiones: ubicación, densidad, equipamiento y servicios y competitividad. Dimensión Parámetros Puntos 2015 Porcentaje Ubicación Perímetros de Contención Urbana (U1, U2, U3) 400 40% Equipamiento y Servicios Centros educativos, de salud y recreativos. Transporte público y no motorizado 270 27% Densificación Tipología de vivienda (verticalidad) Densidad de Viviendas/ha en el proyecto 230 23% Competitividad Sustentabilidad de la vivienda y el entorno 100 10% Página 18 de 56

ADQUISICIÓN DE VIVIENDA NUEVA UBICADA DENTRO DE LOS PERÍMETROS DE CONTENCIÓN URBANA DIMENSIÓN -PARÁMETROS UBICACIÓN DIMENSIÓN PARÁMETRO PUNTAJE U1 400 UBICACIÓN 1 U2 350 (máx: 400) U3 250 La calificación de la vivienda por ubicación, se realiza a partir de la calificación de las reservas territoriales adquiridas antes del 11 de febrero de 2013 y registradas en el Registro Nacional del Reservas Territoriales RENARET 1. Para calificar las reservas territoriales la CONAVI definió un Modelo Geoestadístico, para las 384 ciudades del Sistema Urbano Nacional (SUN). (Ver http://www.conavi.gob.mx/images/documentos/subsidiosconavi/2015/modelo%20pcu%20actualización%202015.pdf); este modelo define de los Perímetros de Contención Urbana, los cuales constituyen una herramienta del Gobierno Federal,que define tres ámbitos territoriales para orientar los subsidios a la vivienda mejor ubicada, es decir próxima al empleo y los servicios urbanos en las 384 ciudades del país. Estos ámbitos son: U1: Son zonas urbanas consolidadas con acceso a empleo, equipamiento y servicios urbanos. Resultan de la variable de Potencial de Empleo, definida como medida de accesibilidad física a los puestos de trabajo para cada localización (unidad geográfica) al interior del área urbana. Si la reserva territorial privada se localiza dentro de este contorno se asignan 400 puntos. U2: Zonas en proceso de consolidación con infraestructura y servicios urbanos de agua y drenaje mayor al 75%. Si la reserva territorial privada se localiza dentro de este contorno se asignan 350 puntos. U3: Zonas inmediatas al área urbana, en un buffer (cinturón periférico al área urbana) definido de acuerdo al tamaño de la ciudad. Si la reserva territorial privada se localiza dentro de este contorno se asignan 250 puntos. 1 El Registro Nacional de Reservas Territoriales (RENARET) es un sistema de empadronamiento y evaluación por ubicación de las reservas territoriales de propiedad privada y pública con fines habitacionales, que concentra información geográfica y datos del propietario de la reserva, establecido por la CONAVI: Página 19 de 56

Reserva Territorial ubicada fuera de los Perímetros de Contención Urbana. Cuando la reserva territorial adquirida antes del 11 de febrero de 2013, se ubica fuera de estos perímetros, el modelo geoestadístico define una clasificación de las reservas territoriales en A o en B según las condiciones de empleo y vivienda de su entorno: Fuera de Contorno A: si en el entorno de la reserva existen más de 250 empleos y más de 500 viviendas, o Fuera de Contorno B: si en el entorno de la reserva no existe una de las dos condiciones de empleo y vivienda o ambas están ausentes. Del Grado de Desarrollo de la Reserva Territorial. El propietario de la reserva territorial declara al momento de su inscripción el grado de desarrollo del predio a inscribir, según se encuentre en alguna de las siguientes condiciones: R1: Superficie territorial adquirida sin uso de suelo habitacional = Breña sin usos urbanos R2: Superficie territorial adquirida con uso de suelo habitacional = Breña con uso habitacional R3: Reserva adquirida con uso de suelo habitacional, inversión en infraestructura y urbanización R4: Superficie territorial con uso de suelo habitacional reconocido por la autoridad competente, con infraestructura y servicios urbanos, en la que existe vivienda construida o en proceso de construcción De acuerdo a las ROP 2015, numeral 4.2, son susceptibles de subsidio las viviendas ubicadas en reservas territoriales adquiridas antes del 11 de febrero de 2013 y que se encuentren en los siguientes escenarios: R3 A: Reserva con uso del suelo habitacional e inversión en infraestructura y más de 250 empleos y más de 500 viviendas en su entorno. R4 A: Reserva con uso de suelo habitacional, inversión en infraestructura y vivienda construida o en construcción y más de 250 empleos y más de 500 viviendas en su entorno. R4 B: Reserva con uso de suelo habitacional vivienda construida o en construcción y no cumple las condiciones de empleo y vivienda. Reservas Territoriales adquirida después del 11 de febrero de 2013. Las reservas territoriales adquiridas con posterioridad al 11 de febrero de 2013, serán calificadas exclusivamente con los Perímetros de Consolidación Urbana, por lo tanto la vivienda en ellas ubicadas solo será elegible a subsidio si se ubica dentro de estos perímetros. Página 20 de 56

La ubicación de las viviendas se verifica conforme a los Perímetros de Contención Urbana 2015, los cuales se encuentran instalados en el portal de CONAVI en la siguiente liga http://pcu.ruv.mx/pcu/, así como en el sistema de puntajes del RUV. COTEJO Y VERIFICACIÓN DOCUMENTAL DE LAS RESERVAS TERRITORIALES Para dar cumplimiento a lo establecido en las ROP 2015, numeral 4.2, referido a la fecha de adquisición de la reserva territorial previa al 11 de febrero de 2013 y a verificar que la información general y el grado de desarrollo reportado por el propietario de la reserva, corresponda a la realidad, la CONAVI llevará a cabo el proceso de cotejo y verificación documental del predio o reserva territorial cuando así lo considere. Página 21 de 56

REGLAS PARTICULARES, EVIDENCIAS Y VERIFICACIÓN PARA LA UBICACIÓN EN ADQUISICIÓN DE VIVIENDA NUEVA DIMENSIÓN: UBICACIÓN La calificación por ubicación de las viviendas corresponde a la calificación asignada a la reserva territorial por CONAVI. Las Reservas Territoriales elegibles a subsidio calificarán como U1, U2 o U3 si se encuentran en los Perímetros de Contención Urbana (PCU) y si están fuera de los PCU calificarán en función de su grado de desarrollo y de la presencia de viviendas y empleos en su entorno en R3A, R4A y R4B, como se describe anteriormente. La calificación de las reservas territoriales la realiza la CONAVI con base en el Modelo geoestadístico definido para el efecto y publicado en el portal de CONAVI en la siguiente liga http://www.conavi.gob.mx/images/documentos/subsidios-conavi/2015/modelo%20pcu%20actualización%202015.pdf Las reservas territoriales calificadas como U1, o U 2 o U3 que exceden el PCU U3, deberán apegarse a la Regla de Contigüidad. DIMENSIÓN: UBICACIÓN Reglas particulares Evidencia desarrollador Entidad supervisora Vivienda en Reserva Territorial calificada por la CONAVI. El desarrollador carga en RUV: Plano de sembrado de las viviendas en SDF georreferenciado. Ver Anexo C Descripción de plantillas para carga automatizada de planos RUV y en la siguiente liga. http://portal.ruv.org.mx/productosy-servicios/sig/planos2015a Verificador Corrobora en el visor que el plano de sembrado de viviendas, estén correctos y contengan la información requerida, para su posterior verificación en sitio. Verificación en sitio Corrobora existencia física de la vivienda en el lugar indicado, en el plano de sembrado. Verificación en SIG RUV RUV verifica en SIG RUV la correcta georreferenciación y geoposición del plano de sembrado de viviendas Corrobora que la vivienda se encuentre en la Reserva Territorial calificada por CONAVI. Si se trata de una RT que excede el PCU U3 corrobora que la orden de verificación esté dentro del Perímetro U3 o dentro del primer sector ( 200 metros) paralelos al límite de PCU U3 para conservar la calificación. Ver Regla de Contigüidad. Si la vivienda se encuentra en la porción de la Reserva Territorial que se encuentra fuera del primer sector de 200 metros, deberá ingresar el caso a la Mesa de Evaluación y Recalificación de Reservas Territoriales. Ver ANEXO D. Página 22 de 56

DIMENSIÓN: UBICACIÓN Guía para la Integración del Expediente para la Evaluación de las Reservas Territoriales por Regla de Contigüidad Vivienda fuera de Reserva Territorial, es decir no se encuentra en una reserva territorial registrada en el RENARET. La vivienda califica por ubicación según se encuentre en los Perímetros de Contención Urbana PCU U1, U2 y U3. Si la vivienda está fuera de los PCU, la vivienda no califica a subsidio El desarrollador carga en RUV: Plano de sembrado de las viviendas en SDF georreferenciado. Verificador Corrobora en pantalla que el plano de sembrado de viviendas, estén correctos y contengan la información requerida, para su posterior verificación en sitio. Verificación en sitio Corrobora existencia física de la vivienda en el lugar indicado en el plano de sembrado. Verificación en SIG RUV RUV verifica en SIG RUV la correcta georreferenciación y geoposición del plano de sembrado. RUV posiciona la vivienda en relación a los mapas de Perímetros de Contención Urbana, si la vivienda está fuera de estos no califica a subsidio. Plano de sembrado de las viviendas. La información requerida para validar la ubicación del sembrado de viviendas será mediante plano de sembrado integral en archivo *.SDF segmentado y organizado en capas (layers), las cuales incluyen la información de los 4 planos que anteriormente se cargaban al SIG de RUV. Las capas (layers) propuestas y sus contenidos que se describen en la siguiente liga: http://portal.ruv.org.mx/productos-y-servicios/sig/planos/ Página 23 de 56

REGLA PARTICULAR DE CONTIGÜIDAD En el caso de reservas territoriales con calificación U1, U2 y U3, cuya superficie excede el PCU U3, para conservar la calificación por ubicación de la reserva territorial, se sujetarán a la Regla de Contigüidad; la cual establece que durante 2015 las reservas territoriales deberán desarrollar vivienda, ocupando los PCU y sectores de 200 metros (S1, S2, S3, etc.), paralelos al perímetro U3, de manera consecutiva entre sí, de acuerdo a lo especificado en la Guía para la integración del expediente para la evaluación de las Reservas Territoriales por Regla de Contigüidad. El 16 de mayo de 2014 en la Tercera Sesión de la Mesa de Evaluación y Recalificación de Reservas territoriales, se aprobó por parte de CONAVI, SEDATU, INFONAVIT, FOVISSSTE y RUV la regla de contigüidad, como sigue: Para conservar la calificación asignada por CONAVI en la fracción de la reserva territorial que rebasa los Perímetros de Contención Urbana, se definirán sectores de 200 metros paralelos al PCU U3 (S1 200 m, S2 400 m, S3 600 m, etc.), los cuales deben ser ocupados en forma progresiva por el desarrollo urbano y habitacional, con los siguientes criterios: 50% de urbanización 50% de avance de obra en la vivienda 30% de vivienda con DTU Una vez cumplida esta regla en el primer Sector (S1), se aplicará la misma regla en el segundo Sector (S2) (400 metros) y así sucesivamente. En el caso de que la reserva territorial presente órdenes de verificación que rebasen el primer sector S1 (200 metros) y no sea posible medir en RUV el cumplimiento de la Regla, será necesario un análisis especial, para autorización de la Mesa de Evaluación y Recalificación de Reservas Territoriales. Para ello se requiere que, el promovente ingrese la solicitud e información correspondiente a través de la Ventanilla Única de dicha Mesa, con los elementos establecidos en la Guía para la Integración del Expediente para la Evaluación de las Reservas Territoriales por Regla de Contigüidad. Ver Guía para la integración del expediente para la evaluación de las Reservas Territoriales por Regla de Contigüidad. Cuando el 80% de la reserva territorial se encuentre dentro de los PCU, es decir únicamente el 20% rebasa el PCU U3 se exceptúa la Regla de Contigüidad y todo el predio califica con la calificación definida por CONAVI de acuerdo al Modelo Geoestadístico. Página 24 de 56

Ejemplo de desarrollo de vivienda en Reservas Territoriales U3, con Regla particular por contigüidad en U3 Caso 1 Caso 2 Evidencia desarrollador El desarrollador carga en RUV: Plano de sembrado de las viviendas en SDF georreferenciado. Verificación Verificación en SIG RUV RUV verifica en SIG RUV la correcta georreferenciación y geoposición del plano de sembrado de viviendas en la Reserva Territorial calificada por CONAVI. Si se trata de una RT que excede el PCU U3, el RUV corrobora que la orden de verificación esté dentro del Perímetro U3 o en el primer sector S1 (200 Metros) contiguo a éste, para que la vivienda conserve la calificación otorgada a la reserva territorial por CONAVI. Mesa de evaluación y recalificación de reservas territoriales Cuando las órdenes de verificación excedan los PCU y el primer sector S1, el promotor deberá ingresar el caso a la mesa de evaluación de reservas territoriales. Sólo podrá abrirse el desarrollo de vivienda a un nuevo sector una vez cumplidas las condiciones de la Regla: 50% de avance de urbanización, 50% de avance de obra y 30% de DTUs, de las órdenes de verificación, a fin de garantizar continuidad y aprovechamiento de la infraestructura y los servicios urbanos ya instalados. Ver Guía para la integración del expediente para la evaluación de las Reservas Territoriales por Regla de Contigüidad. Cuando no se cumplan las condiciones antes señaladas, en la fracción de la reserva territorial que queda fuera del PCU U3 y de los primeros 200 metros, y no existan condiciones que hagan posible la excepción de la Regla de Contigüidad, el desarrollador podrá optar acceder a un subsidio de 25 SMGV, siempre y cuando se trate de una Página 25 de 56

reserva territorial con grado de desarrollo R4A, R4B o R3A y obtenga 400 puntos del sistema de puntaje, sin embargo el propietario de la reserva territorial deberá solicitar a CONAVI a través del RUV, levantando un incidente, la recalificación de la Reserva territorial o fracción en las condiciones señaladas. Si el grado de desarrollo de la reserva territorial es R1, R2 o R3B, la vivienda ubicada en la reserva territorial no es elegible a subsidio. Página 26 de 56

EQUIPAMIENTO Y SERVICIOS Se refiere al equipamiento que es deseable encontrar cerca de la vivienda que se adquiera con un crédito con subsidio. Entre las opciones que se busca encontrar están centro de salud, guardería, jardín de niños y escuela primaria. Para estos casos el Anexo 2 señala la distancia que deberá cumplirse para obtener el puntaje. Es importante señalar que para el otorgamiento del puntaje por estos equipamientos, se requiere que al menos uno de ellos esté construido totalmente. Otros equipamientos contenidos en esta dimensión son: tienda de abasto, infraestructura de acceso a banda ancha cableada o inalámbrica, transporte público, transporte no motorizado e infraestructura incluyente, espacios abiertos y áreas libres como cancha o espacio deportivo, parque infantil con juegos, centro comunitario o área verde con vegetación endémica. Los criterios para evaluar estas categorías son homólogos a los de INFONAVIT. Plano de ubicación de equipamiento La información requerida para validar la ubicación del equipamiento, será mediante plano de sembrado integral en archivo *.SDF segmentado y organizado en capas (layers), las cuales incluyen la información de los 4 planos que anteriormente se cargaban al SIG de RUV. Las capas (layers) propuestas y sus contenidos que se describen en la siguiente liga: http://portal.ruv.org.mx/productos-y-servicios/sig/planos/ Página 27 de 56

DIMENSIÓN PARÁMETRO PUNTAJE EQUIPAMIENTO Y SERVICIOS 2 (máx: 270) Centro de salud 3 0 a 1,500 m 40 1,500 a 2,500 m 100 - (distancia/25) Guardería 3 0 a 700 m 40 700 a 1,000 m 133.33 - (distancia/7.5) Jardín de niños 3 0 a 700 m 40 700 a 1,000 m 133.33 - (distancia/7.5) Escuela primaria 3 0 a 1,000 m 40 1,000 a 2,000 m 80 - (distancia/25) Tienda de abasto existente hasta 700 m o mercado construido a menos de 2 km. 4 10 Infraestructura de acceso a banda ancha cableada o inalámbrica (indistinto). 4 10 Transporte público Paraderos de transporte a una distancia de hasta 300 m siempre y cuando no existan obstáculos que 25 impidan el acceso libre, y Más de una ruta en un radio de 300 metros. 4 Transporte no motorizado e infraestructura incluyente Banqueta mínimo 2.5 m de ancho con infraestructura para personas con discapacidad, o 15 Ciclovía con confinamiento físico que comunique a vivienda con el equipamiento y/o el servicio de transporte público. 4 Espacios abiertos y áreas libres: Cancha deportiva con una superficie de por lo menos 15 x 30 m, a menos de 1,000 metros de la 50 puntos por 3 vivienda. acciones Espacio deportivo y recreativo de 200 metros 2 a menos de 500 metros de la vivienda. 39 puntos por 2 Parque infantil con juegos a menos de 300 metros de la vivienda. Para acceder a la población no debe acciones tener que cruzar vialidad primaria. 18 puntos por una Centro comunitario con al menos baño y área administrativa a menos de 2,000 metros acción Área verde: 5% del área vendible destinada como área verde con vegetación endémica 2. Incentivo a mejores prácticas: Las viviendas ubicadas en un perímetro U1, U2 o U3 pueden acceder a un incentivo para la implementación de mejores prácticas de equipamiento de la vivienda. Se otorgarán 50 puntos adicionales (hasta sumar un máximo de 150) a las viviendas que implementen o comprueben cualquiera de los siguientes elementos de equipamiento: Jardín de niños, primaria, secundaria o centro de salud en operación Áreas verdes equipadas 1. Equipamientos: Para el otorgamiento del puntaje por estos equipamientos, se requiere que al menos uno de ellos esté construido totalmente. 2. Los criterios para evaluar estas categorías son homólogos a los del INFONAVIT. Página 28 de 56

REGLAS PARTICULARES, EVIDENCIAS Y VERIFICACIÓN PARA EL EQUIPAMIENTO Y LOS SERVICIOS EN VIVIENDA NUEVA DIMENSIÓN: EQUIPAMIENTO Y SERVICIOS PARÁMETRO: CENTRO DE SALUD Centro de Salud Se considera como equipamiento de salud cualquier establecimiento público o privado en operación, registrado en la instancia Federal o Estatal competente, que brinda atención medica de diagnóstico, tratamiento y rehabilitación a pacientes. El equipamiento de salud se clasifica como: Servicio de Salud Primer Nivel. Consultorio y clínicas de primer contacto o medicina general - Consultorio médico de medicina interna y general. - Clínicas de primer contacto y medicina general. Inmueble que proporciona a la población abierta los servicios médicos de consulta externa, medicina preventiva y curativa, medicina general, control de pre y post natal, primeros auxilios, urgencias, entre otros. Cuenta con 3 a 6 consultorios Servicio de Salud Segundo Nivel. Hospitales Regionales y Generales. Servicio de Salud Tercer Nivel. Hospitales de Especialidades. El puntaje asignado al equipamiento de salud, es el mismo para cualquiera los tres niveles de servicios antes mencionados. Reglas particulares Evidencia desarrollador Verificación Centro de Salud La obtención de puntos por equipamiento de salud, podrá responder a los siguientes escenarios: Equipamiento de salud en operación Consultorio médico de medicina interna o general, siempre y cuando estén en operación. No se consideran consultorios dentales ni de especialidades médicas. Clínicas de primer contacto y medicina general en operación. Servicios de salud de segundo nivel Hospitales Regionales y Generales y de Centro de Salud El desarrollador carga en el RUV lo siguiente: Equipamiento en operación Plano de sembrado de las viviendas con el centro de salud operando en SDF georreferenciado. Foto georreferenciada del equipamiento en operación. (carga en documentos adicionales) Equipamiento construido sin operar Plano de sembrado de las viviendas con el centro de salud construido SDF Foto georreferenciada del equipamiento construido. (carga en documentos adicionales) Verificación en SIG RUV Distancia del equipamiento a la vivienda En todos los elementos del equipamiento de salud, educación y abasto, el RUV mide la distancia de la vivienda al equipamiento mediante un Sistema de Información Geográfica (SIG). La distancia georreferenciada es lineal de la vivienda al equipamiento, a mayor distancia de la vivienda al equipamiento menor puntaje. Las distancia se obtiene en metros lineales con números enteros, redondeados; por ejemplo, si la distancia es de 123.89 m la distancia registrada es de 124 m. (se eliminan los decimales). La referencia geográfica es el acceso principal al equipamiento. Página 29 de 56

tercer nivel Hospitales Regionales y Generales, en operación. Equipamiento construido sin operar Podrán ser clínicas de primer contacto o medicina general, y deberá cumplir con los siguientes requisitos: Licencia de construcción del centro de salud vigente que especifique domicilio Aviso de terminación de obra o equivalente, vigente, que especifique domicilio. No se aceptan consultorios de medicina general construidos sin operar. Equipamiento sin construir Podrán ser clínicas de primer contacto o medicina general, y deberán cumplir con los siguientes requisitos: Licencia de construcción del centro de salud vigente que especifique domicilio No se aceptan consultorios de medicina general sin construir ni operar. El equipamiento podrá estar dentro o fuera del desarrollo habitacional y podrá ser construido por el desarrollador o no, lo que califica es la distancia de la vivienda al equipamiento. DIMENSIÓN: EQUIPAMIENTO Y SERVICIOS Licencia de construcción vigente del centro de salud, con domicilio, PDF. Aviso de terminación de obra o equivalente vigente, con domicilio, PDF. Equipamiento sin construir Plano de sembrado de las viviendas con la ubicación del sitio en el que se construirá el centro de salud SDF georreferenciado. Foto georreferenciada del sitio donde se construirá el centro de salud. (carga en documentos adicionales) Licencia de construcción vigente del centro de salud, con domicilio. PDF. PARÁMETRO: CENTRO DE SALUD Qué se mide en el SIG RUV Plano de sembrado de las viviendas en SDF georreferenciado. Plano de equipamiento en SDF georreferenciado, con la ubicación del equipamiento a medir, en operación, construido o el sitio en el que se construirá según sea el caso. VERIFICADOR DE OBRA Verificación de planos Corrobora en pantalla que el plano de sembrado de viviendas y equipamiento interior y exterior, estén correctos y contengan la información requerida, para su posterior verificación en sitio. Verificación en sitio Verificador Corrobora existencia física del equipamiento, en operación o construido, o el sitio en que se construirá el equipamiento en el lugar indicado, en plano de sembrado y capas de equipamiento interior y/o exterior. Verificador Constata que la foto georreferenciada corresponda el equipamiento en sitio. Validación documental Corroborar que los documentos en PDF corresponde al original presentado por el desarrollador y pertenecen al equipamiento verificado en sitio, y al domicilio establecido en los documentos. Valida la siguiente documentación: Licencia de construcción vigente del equipamiento de salud Aviso de terminación de obra o equivalente del equipamiento de salud, Página 30 de 56

DIMENSIÓN: EQUIPAMIENTO Y SERVICIOS PARÁMETRO: GUARDERÍA Guardería Las guarderías, son escuelas infantiles, establecimientos educativos, de gestión pública, privada o concertada (privada de gestión pública), en las que se forma a niños entre 0 y 3 años. Los encargados de supervisar a los menores son profesionales en el área de la educación temprana, educación preescolar o educación infantil. Guardería Reglas particulares Evidencia desarrollador Entidad supervisora Debido a que la Guardería no forma parte del sistema educativo de la SEP y es un equipamiento de alta vulnerabilidad para ocurrencia de riesgos a la población que albergan, es imprescindible que para obtener puntos por este equipamiento, cumpla las especificaciones que se señalan a continuación. En operación Convenio de subrogación de servicios de institución pública (SEP, IMSS, ISSSTE, PEMEX, SEDESOL, u otra estatal), que especifique domicilio Dictamen de protección civil que garantice la seguridad del funcionamiento de la guardería, que especifique domicilio. Licencia de funcionamiento, que especifique domicilio Construida sin operar Licencia de construcción, con domicilio Aviso de terminación de obra o equivalente con domicilio Convenio de subrogación de servicios en su caso (SEP, IMSS, ISSSTE, PEMEX, SEDESOL, entre otros), que especifique domicilio. Guardería El desarrollador carga en el RUV lo siguiente Plano de sembrado de las viviendas con la ubicación de la guardería construida o en operación o el sitio donde se construirá, según sea el caso SDF georreferenciado. Foto georreferenciada del equipamiento en operación, construido o del sitio donde se construirá la guardería con elementos de referencia fácilmente identificables (carga en documentos adicionales) Documentos del equipamiento con domicilio en PDF, según corresponda, al grado de desarrollo del equipamiento: Convenio de subrogación de servicios de institución pública (SEP, IMSS, ISSSTE, PEMEX, SEDESOL, u otra estatal), que especifique domicilio Escrito por el que alguna institución públicas (SEP, IMSS, ISSSTE, PEMEX, SEDESOL, u otra estatal), manifiesta que celebrará contrato de subrogación de servicios, en el domicilio especificado, durante 2015 Dictamen de protección civil que garantice la seguridad del funcionamiento de la guardería. Licencia de funcionamiento. Guardería El proceso de verificación SIG RUV y de verificación en sitio es igual al señalado en el equipamiento de salud. VERIFICADOR DE OBRA Validación documental Corroborar que los documentos en PDF corresponde al original presentado por el desarrollador y pertenecen al equipamiento verificado en sitio, y en el domicilio que señala el documento. Valida la siguiente documentación, según corresponda al grado de desarrollo del equipamiento: Convenio de subrogación de servicios de institución pública (SEP, IMSS, ISSSTE, PEMEX, SEDESOL, u otra estatal), que especifique domicilio Escrito por el que alguna institución públicas (SEP, IMSS, ISSSTE, PEMEX, SEDESOL, u otra estatal), manifiesta que celebrará contrato de subrogación de servicios, en el domicilio especificado, durante 2015 Dictamen de protección civil que garantice la seguridad del funcionamiento de la guardería. Página 31 de 56

Dictamen de protección civil que garantice la seguridad del funcionamiento de la guardería Sin construir Licencia de construcción vigente, con domicilio Escrito por el que alguna institución públicas (SEP, IMSS, ISSSTE, PEMEX, SEDESOL, u otra estatal), manifiesta que celebrará contrato de subrogación de servicios, en el domicilio especificado, durante 2015 DIMENSIÓN: EQUIPAMIENTO Y SERVICIOS Licencia de construcción vigente Aviso de terminación de obra PARÁMETRO: GUARDERÍA Licencia de funcionamiento. Licencia de construcción vigente Aviso de terminación de obra Página 32 de 56

DIMENSIÓN: EQUIPAMIENTO Y SERVICIOS PARÁMETRO: JARDÍN DE NIÑOS, ESCUELA PRIMARIA Jardín de niños Equipamiento educativo público o privado, que atiende a una población de alumnos de la entidad que se encuentra entre los 4 y 5 años de edad. Escuela primaria Equipamiento educativo público o privado, que atiende a una población de alumnos de la entidad que se encuentra entre los 6 y 12 años de edad. Reglas particulares Evidencia desarrollador Entidad supervisora Jardín de niños y Escuela primaria La obtención de puntos por equipamiento educativo podrá responder a los siguientes escenarios: Equipamiento en operación Equipamiento construido sin operar Equipamiento sin construir Jardín de niños y escuela primaria El desarrollador carga en el RUV lo siguiente: Plano de sembrado con las viviendas y la ubicación del equipamiento educativo construido o en operación o sitio en el que se construirá el equipamiento, según sea el caso, en formato SDF georreferenciado. Foto georreferenciada del equipamiento en operación con clave del centro de trabajo, o del equipamiento construido o del sitio en el que se construirá el equipamiento, con elementos de referencia que permitan su localización (carga en documentos adicionales) Equipamiento en operación Certificado en PDF de la inscripción en la Secretaria de Educación Pública Federal o en la Secretaria de Educación del Gobierno del Estado: PDF Pantalla de página SEP: http://www.snie.sep.gob.mx/sniesc http://cct.sep.gob.mx otra página oficial del Gobierno del Estado http://sig.ruv.org.mx Clave del centro de trabajo documento PDF o Jardín de niños y escuela primaria Verificación en RUV Mide en el SIG RUV distancia lineal de la vivienda al predio donde se encuentra o se construirá el equipamiento VERIFICADOR DE OBRA Verificación en sitio Equipamiento en operación El verificador comprueba que el equipamiento se encuentre en operación en el sitio indicado en los planos de equipamiento y en la foto georreferenciada y que la clave del centro de trabajo corresponde al equipamiento Equipamiento construido o sin construir Constata que el sitio señalado en el plano de equipamiento, donde se encuentra el equipamiento construido o donde se construirá corresponde con la realidad Constata fotografía georreferenciada del sitio donde se encuentra el equipamiento Página 33 de 56

DIMENSIÓN: EQUIPAMIENTO Y SERVICIOS Fotografía georreferenciada de la escuela donde se vea la clave del centro de trabajo, que por lo general se localiza en la barda o acceso de la escuela (carga en documentos adicionales) Equipamiento construido y sin construir Escrito de la Secretaría de Educación Estatal, por el que manifiesta su acuerdo para que el equipamiento del jardín de niños o escuela primaria, entre en operación en el siguiente ciclo escolar, señalando domicilio (estado, municipio, localidad, colonia, manzana, calle y número) donde se construirá o entrará en operación según corresponda. Plano de fraccionamiento aprobado con la ubicación del equipamiento, en formato PDF PARÁMETRO: JARDÍN DE NIÑOS, ESCUELA PRIMARIA construido o se construirá el equipamiento corresponde con la realidad Constata que el documento en PDF de la secretaria de Educación del Gobierno del Estado, por el que manifiesta su acuerdo para que el equipamiento del jardín de niños o escuela primaria, entre en operación en el siguiente ciclo escolar, corresponde al domicilio donde se construirá y operará el equipamiento, y corresponde con el plano de fraccionamiento aprobado Página 34 de 56

DIMENSIÓN: EQUIPAMIENTO Y SERVICIOS PARÁMETRO: TIENDA DE ABASTO O MERCADO Tienda de abasto Se aceptan locales comerciales de abasto o abarrotes en funcionamiento para el abastecimiento de canasta básica, de mínimo 20 m 2 de superficie, a máximo 700 metros de la vivienda. Mercado o tienda de autoservicio Podrá ser público o privado. Deberá estar en operación, con una superficie para la venta de mínimo 250 metros cuadrados, excluyendo estacionamientos y bodegas; no califica comercio ambulante o semifijo. Ubicado una distancia menor a 2 mil metros lineales de recorrido desde la vivienda Bodega Aurrerá, Comercial Mexicana, Soriana, Reglas particulares Evidencia desarrollador Entidad supervisora Equipamiento de abasto Alternativas para el puntaje de equipamiento de abasto: Tienda de abasto en operación. Mercado o tienda de autoservicio en operación. Mercado público en operación Equipamiento de abasto Tienda de abasto en operación Mercado o tienda de autoservicio en operación Mercado público en operación Plano de sembrado con las viviendas y la ubicación del equipamiento SDF georreferenciado. Foto georreferenciada del equipamiento de abasto en operación (carga en documentos adicionales) Equipamiento de abasto El proceso de verificación SIG RUV y de verificación en sitio es igual al señalado en el equipamiento de salud. VERIFICADOR DE OBRA Verificación en sitio Verifica en sitio que el equipamiento señalado en el plano y en la foto georreferenciada corresponda con la realidad Página 35 de 56

Transporte público: DIMENSIÓN: EQUIPAMIENTO Y SERVICIOS PARÁMETRO: TRANSPORTE PÚBLICO Cobertura: Más de una ruta en un radio de 300 m. Para atender esta condición se traza un buffer de 300 metros a ambos lados del eje de la vialidad por la que pasa el transporte. Paraderos. Cada 300 metros. Ficha 51 Reglas particulares Evidencia desarrollador Entidad supervisora Transporte público Ubicación georreferenciada de la vivienda. Plano de sembrado en SDF Capa de vialidad georreferenciado de la vialidad primaria o secundaria por la que pasa la ruta de transporte público SDF. Transporte público El proceso de verificación SIG RUV mide la distancia de la vivienda a la ruta de transporte público, en un radio de 300 metros de la vivienda, en la capa de transporte público georreferenciado cargado por el desarrollador Corrobora existencia física de la ruta de transporte por la vialidad señalada en planos, así como la existencia de paraderos a cada 300 metros. Página 36 de 56