POLÍTICA DE COMERCIALIZACIÓN DE CECABANK

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La cobertura o reducción del riesgo es, sin duda, el origen de los derivados.

Transcripción:

POLÍTICA DE COMERCIALIZACIÓN DE CECABANK I. COMPRAVENTAS A VENCIMIENTO DE LETRAS DEL TESORO, BONOS Y OBLIGACIONES DEL ESTADO. El Tesoro español emite de forma regular dos tipos de instrumentos financieros: las Letras del Tesoro y Bonos y Obligaciones del Estado. La razón por la que el Tesoro emite estos instrumentos es para financiar el déficit público del país, y el volumen de emisión depende, por tanto, del déficit que tenga el país y sus necesidades de financiación. Las Letras del Tesoro son valores de renta fija a corto plazo representados mediante anotaciones en cuenta. Estos valores se emiten al descuento, por lo que su precio de adquisición es inferior al importe que el inversor recibirá en el momento del reembolso. La diferencia entre el valor de reembolso de la Letra (1.000 euros) y su precio de adquisición será el interés o rendimiento generado por la Letra del Tesoro. Las Letras del Tesoro se emiten actualmente a 3, 6, 12 y 18 meses de vencimiento, aunque en el mercado secundario es posible comprar emisiones anteriores que todavía no han vencido, a fechas de vencimientos variadas, por lo que es posible invertir a distintos plazos, aparte de los oficiales a los que emite el Tesoro. Los Bonos y Obligaciones del Estado son valores emitidos por el Tesoro a un plazo superior a dos años. Los Bonos del Estado y las Obligaciones del Estado son iguales en todas sus características salvo el plazo, que en el caso de los Bonos oscila entre 2 y 5 años, mientras que las obligaciones es superior a 5 años. Estos valores se emiten con cupón explícito que normalmente se paga una vez al año. Por ejemplo, se puede emitir un bono al 4,5 por ciento a 10 años, lo que significa que cada año se pagará un cupón del 4,5 por ciento sobre el bono. El valor nominal mínimo de los bonos es de 1.000 euros, por lo que hay que comprar este importe o múltiplos de este importe. Estos instrumentos se pueden comprar en el mercado primario, es decir, una emisión nueva, o en el secundario, es decir, valores ya emitidos y cuyo precio dependerá, en cada momento, de su cotización en dicho mercado. La compra de estos productos a vencimiento, es decir, hasta su reembolso por parte del Tesoro, conlleva dos tipos de riesgos. 1. El primero es el riesgo de tipo de interés: Si se invierte en una letra a un año, cuya rentabilidad implícita es el 4,40 por ciento por ejemplo y se mantiene hasta el vencimiento, no existe riesgo de tipo de interés ya que el Tesoro pagará al vencimiento exactamente la cantidad necesaria para obtener esa rentabilidad del 4,40 por ciento. 1

Pero si en cualquier momento de la vida de la inversión, antes de su vencimiento, se quiere vender en el mercado secundario porque se necesita el dinero, habría que hacerlo a como cotice en el mercado ese instrumento concreto. Este precio será más bajo que el de compra si los tipos de interés han subido, y será más alto que el de compra si los tipos han bajado. Cuanto más alejado está el vencimiento, más posibilidades hay de que el dinero se necesite y que haya que venderlo anticipadamente; además, las oscilaciones de tipos de interés repercuten mucho más fuerte en una Obligación a 30 años que se vende a los 2 meses que en una Letra a un año que se vende también a los 2 meses. 2. El segundo es el riesgo de crédito, que consiste en el riesgo de que, al vencimiento, el Tesoro no te devuelva el dinero. Los gastos derivados de la compra de estos instrumentos, dependen de los servicios bancarios que desee el cliente que los compra. Por ejemplo, gastos habituales son el servicio de administración y custodia. Los títulos no son físicos sino que son anotaciones en cuenta y deben quedar depositados en algún depositario, si ese depositario es una entidad financiera, cobra por la custodia y depósito de los títulos. También por su administración, es decir, por ocuparse de cobrar al Tesoro los cupones, hacer las retenciones fiscales, en su caso, y abonárselos al beneficiario. II. OPERACIONES DE REPO CON LETRAS Y/O BONOS U OBLIGACIONES DEL ESTADO. Una operación repo consiste en que un cliente compra a una entidad financiera valores a vencimiento (Letras, Bonos u Obligaciones del Estado), a un precio determinado y conviene simultáneamente la reventa de valores de idénticas características y por igual valor nominal a la entidad financiera en una fecha futura (1 mes, 3 meses, etc.) a un precio fijado de antemano. La diferencia que hay entre el precio de compra y el precio de recompra del valor es el interés que el cliente recibe por el repo. Durante el tiempo de duración del repo, el cliente adquiere la titularidad del valor objeto de la operación. A diferencia de las compraventas a vencimiento, en las que existe la restricción de que el importe que se puede hacer está condicionado por el importe nominal del instrumento que se compra, con las operaciones repo se puede hacer casi cualquier importe y también casi a cualquier vencimiento, ya que el mercado secundario, habitualmente, es suficientemente amplio para permitir operaciones a casi cualquier fecha. 2

Las operaciones de repo tienen tres tipos de riesgos: 1. Riesgo de tipo de interés. Si la operación se mantiene a su vencimiento original, no hay ningún riesgo en este sentido, ya que a la fecha de recompra el cliente vende el valor (letras o bonos) a la entidad financiera y ésta le entrega su contravalor en euros al precio pactado. Sin embargo, si se quiere por motivos de liquidez disponer del dinero con alguna antelación al vencimiento, habría que hacer una recompra anticipada del valor por parte de la entidad financiera, y el precio de esta operación depende fundamentalmente de los tipos de interés. Si han subido desde que se hizo la operación original, el precio será más bajo, mientras que si han bajado el precio será más alto. Además, este precio también depende de la disponibilidad o escasez que haya de valores del Tesoro disponibles en el mercado secundario. Cuando los valores son muy escasos los tipos de interés del repo suelen bajar mucho, incluso hasta el cero por ciento en ocasiones. Cuando hay abundancia de valores en el mercado el tipo de interés se aproxima bastante al de interbancario, aunque normalmente nunca llega a alcanzarlo ya que la garantía de los valores del Tesoro con relación al depósito interbancario hace que su tipo de interés sea más bajo que el de los depósitos. 2. Riesgo de crédito. En los repos hay también riesgo de crédito. Se trata del riesgo del propio Tesoro, ya que durante la vida del repo el cliente tiene en su poder valores del Tesoro, y en caso de incumplimiento del pacto de recompra por la entidad financiera, el cliente se quedaría con ese valor como titular que es. 3. Riesgo de precio. Tal y como se hacen los repos habitualmente en el mercado español con la clientela, en donde no se ajusta diariamente el importe de los valores del Tesoro que se entregan al cliente, existe también un riesgo de precio, ya que podría ocurrir que al vencimiento, la entidad financiera no pudiera hacer frente a su compromiso de recompra, con lo que el cliente se quedaría con unas Letras o Bonos del Tesoro comprados a un precio determinado y que tiene que vender para recuperar su dinero. Si esto fuera así, el precio puede haber subido o bajado en función principalmente de la evolución general de tipos de interés. Los gastos derivados de la compra de estos instrumentos, dependen de los servicios bancarios que desee el cliente que los compra. Un gasto habitual es el importe de la liquidación de la compra y venta que se produce en toda operación repo: una compra al inicio por parte del cliente y una venta a vencimiento. También es relativamente habitual el gasto de custodia por los títulos depositados durante el tiempo que dura la operación. Otros gastos dependen de los servicios bancarios que se utilicen, como puede ser transferencias de fondos, compraventa de moneda extranjera, etc. 3

III. ACCIONES. Las acciones son los títulos representativos de cada una de las partes iguales en las que se divide el capital social de una Sociedad Anónima. La acción otorga a su titular (accionista) derechos económicos (reparto de beneficios en forma de dividendos, participación preferente en las ampliaciones de capital) y políticos (de participación y voto en la junta general de accionistas). Algunas Sociedades Anónimas cotizan en un mercado organizado, como son las Bolsas de Valores, donde los inversores pueden comprar acciones o vender las que ya posean con anterioridad. El dividendo es la retribución de la acción y se acuerda normalmente una vez al año si la Junta General de accionistas, a la vista de los resultados del ejercicio y, una vez dotadas las correspondientes reservas legales y voluntarias, así lo decide. Hay que tener en cuenta que la Junta General puede decidir no distribuir dividendos. Durante el ejercicio y dependiendo de las expectativas de beneficios, la sociedad también puede acordar el reparto de un dividendo a cuenta. La inversión en acciones se hace para tener derecho al dividendo correspondiente, pero sobre todo se hace pensando en que la acción de la empresa va a subir de precio, porque sube el valor de la empresa (de su volumen de negocio, fondo de comercio, edificios que tiene, de sus máquinas, de su marca, etc.) Las acciones son valores de renta variable, ya que no es posible conocer con certeza la rentabilidad que se obtendrá de la inversión. Tanto el precio al que podrán venderse como los dividendos a percibir durante su período de tenencia son inciertos. Hay que señalar que el riesgo como característica inherente a los valores de renta variable, significa incertidumbre, y eso implica la posibilidad no sólo de obtener menores rentabilidades que las previstas, sino también, y con la misma probabilidad, de obtenerlas mayores. El riesgo fundamental de comprar acciones es el riesgo de precio, es decir que las acciones bajen de precio porque baja el valor de la empresa en Bolsa, bien porque se espera que genere menos beneficios y pague por tanto menos dividendos, bien porque los bienes que produce o los servicios que presta tienen menor demanda por parte de los consumidores y por tanto baja el valor de la empresa, o por muchas otras razones. Incluso si la empresa se liquida, o sea, quebrase, al final se convertiría en un riesgo de precio, ya que una vez liquidadas todas las deudas de la empresa el remanente, si es que quedara algo, se repartiría entre los accionistas, que son los propietarios. Con lo que se puede decir que, al final, la acción tendría un precio determinado. 4

Los gastos derivados de una inversión en acciones dependen del número de servicios bancarios que solicite el inversor. Algunos habituales son: comisiones bursátiles que cobra la Bolsa, la comisión por liquidación de la operación que cobra la entidad financiera, más la que cobra la sociedad de valores (llamada corretaje) por ejecutarla en el mercado. Pero también si se mantiene el depósito de la acción con la entidad financiera a través de la que se ha comprado, se tendrán que pagar comisiones de custodia de estas acciones y de los servicios derivados de esta custodia, como por ejemplo, el pago de los dividendos, la prima de asistencia a Juntas, etc. Otros gastos indirectos pueden ser, por ejemplo, cambio de divisas si se invierte en acciones de otros países con otras monedas, o gastos de transferencias, etc. IV. WARRANTS. Un warrant es una opción sobre una acción determinada de una compañía, que otorga el derecho pero no la obligación a comprar acciones de esa compañía (opciones call) o a vender esas acciones (opciones put) a un precio determinado, hasta una fecha concreta. Los warrants funcionan de forma parecida a las acciones; se pueden comprar en cualquier momento y solo se pueden vender warrants si se han comprado previamente. Los warrants no los emiten las empresas como las acciones, sino las entidades financieras. El precio del warrant oscila de forma casi paralela al de las acciones sobre las que está emitido, aunque sus oscilaciones de precio suelen ser algo menores que en el caso de las opciones. Así por ejemplo, en el caso de un warrant que da derecho a comprar acciones de Telefónica a 24 euros, si el precio de Telefónica sube un euro, por ejemplo de 22 a 23 euros por acción, el precio del warrant puede subir 0,75 euros. Es decir, la subida es paralela: si sube la acción sube el precio del warrant y viceversa, pero normalmente no en el mismo porcentaje. También existen warrants sobre índices bursátiles, materias primas, etc., que cotizan normalmente en Bolsa, por lo que se compran y se venden de forma similar a las acciones. En el caso de los warrants, sin embargo, suele haber distintos precios a los que se puede comprar una acción determinada. Por ejemplo, warrants que dan derecho a comprar acciones de Telefónica a 23 euros, a 24 a 25 y a 26. Otra diferencia con las acciones es que los warrants tienen un vencimiento, es decir, que en una fecha determinada el derecho a comprar acciones se agota, y si no se ha vendido el warrant se puede acabar perdiendo todo lo que se ha pagado por el mismo. 5

El precio de los warrants también oscila cuando lo hace la volatilidad del mercado, es decir, la facilidad para subir y/o bajar los precios de las acciones. A más volatilidad, los warrants son más caros. También influyen otros factores como tipos de interés, dividendos esperados, etc. Los warrants se liquidan de forma automática, por diferencias, normalmente cuando llegan a su vencimiento y no se han vendido todavía. Es decir, que no se hace la entrega física de las acciones en concreto, sino que se calcula la diferencia entre el precio del mercado y el precio al que tienes el derecho de compra con el warrant y esa diferencia se liquida a favor del tenedor del warrant cuando es positiva. Si es negativa no se liquida nada, ya que el warrant otorga el derecho de compra pero no la obligación. El riesgo fundamental de estos instrumentos es el riesgo de precio, ya que los warrants, como hemos visto, oscilan en su cotización de forma similar a las acciones que tienen de subyacentes. En una acción incluso si hay una liquidación de la empresa, al final los accionistas pueden recuperar, en su caso, el valor residual de las acciones una vez liquidadas todas sus deudas. En un warrant, la pérdida puede ser por el total comprado, ya que, por ejemplo un warrant que da derecho a comprar acciones de Telefónica a 25 euros cuando vence y las acciones están por ejemplo a 22,5 euros no tiene ningún valor. También se tiene riesgo de contrapartida. Es decir, se tiene riesgo con la entidad financiera que emita el warrant, ya que podría ocurrir que no pudiera hacer frente a sus compromisos e incumpliera las obligaciones derivadas del warrant. Hay que tener en cuenta que los warrants son instrumentos derivados y uno de sus riesgos es el efecto apalancamiento que caracteriza en general a los productos derivados: la inversión de una misma cantidad de dinero es mucho más rentable si se realiza en warrants (pagando las primas) que si se adquieren directamente los valores subyacentes en el mercado de contado; el motivo es que las fluctuaciones de precios del subyacente inducen variaciones porcentuales superiores en el valor de la prima. En cambio una evolución de los precios que no responda a las expectativas puede llevar a perder toda la inversión. Los gastos bancarios de los warrants son parecidos a los de las acciones, ya que hay que pagar a la sociedad de valores que interviene en la Bolsa para comprar o vender, y la liquidación de la operación. También hay que pagar la custodia si se desea, aunque en estos casos no hay dividendos, sí que hay amortizaciones a vencimiento y hay que proceder a liquidarlas. Otros gastos en los que se puede incurrir tienen que ver normalmente con el movimiento de dinero para comprar y vender (gastos de transferencias), o de divisas, etc. 6

V. SEGUROS DE CAMBIO. Son compraventas de divisas a plazo. En el mercado de divisas las operaciones normales o de contado son aquellas que se contratan para que se liquiden las divisas respectivas que se intercambian (una que se compra contra otra que se vende, incluido el euro como una divisa más) con valor dos días hábiles posteriores a la fecha de contratación (valor spot). Cuando se pacta la compraventa para entrega de las divisas con valor tres o más días, se considera una compraventa a plazo, y cuando esta operativa se hace entre una entidad financiera y un cliente se denomina seguro de cambio. La diferencia entre una compraventa a plazo y un seguro de cambio es que la primera se hace entre entidades financieras y no admite a su vencimiento ni prórrogas ni cumplimientos parciales, mientras que en un seguro de cambio se puede pactar al vencimiento una prórroga del mismo (a un precio distinto, obviamente) o un incumplimiento parcial (que llevará aparejada una penalización), etc. Dos son los riesgos en los que incurre el cliente que compra o vende divisa a plazo vía seguros de cambios: En primer lugar el riesgo de precio, ya que la compra de la divisa a plazo se hace siempre en firme a un precio determinado y al vencimiento el cliente tiene que hacerse cargo de esa divisa a ese precio. Aunque incumpla el seguro o lo prorrogue, en la liquidación se le repercute la diferencia que se hubiera producido, si es que la ha habido, que puede ser positiva o negativa. El otro riesgo es el de contrapartida, ya que la entidad financiera a la que se compra o vende a plazo la divisa, ya que podría ocurrir que esta entidad incumpliera sus obligaciones entre el momento de contratación y el de vencimiento y esto podría motivar que no hiciera frente a sus compromisos, con lo que, en definitiva el cliente se quedaría sin seguro de cambio y tendría que ir a vender o comprar la divisa al mercado de contado, a como estuviese la divisa en ese momento. Los gastos habituales en este caso suelen ser los de la comisión de cambio, en aquellos casos en que exista, aunque también puede haber muchos gastos relacionados; por ejemplo, si la divisa se compra para emitir un pago en cheque bancario, esta emisión tiene unos costes, o para hacer una transferencia, también tiene costes, o para hacer frente al pago de un crédito documentario que también se factura aparte. 7