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Página 1 de 5 1. Propósito Establecer los controles necesarios para la identificación, el almacenamiento, la protección, la recuperación, el tiempo de retención y la disposición de los registros de los Sistemas de Gestión de Calidad y Ambiental establecidos en el Instituto. 2. Alcance Aplica al control de los registros de los Sistemas de Gestión de Calidad y Ambiental. 3. Políticas de operación 3.1 El control para la identificación, el almacenamiento, la protección, la recuperación, el tiempo de retención y la disposición de los registros es responsabilidad del usuario de acuerdo a lo establecido en la lista para el control de los registros de calidad y ambiental y lo descrito en el apartado 7 de cada uno de los procedimientos. 3.2 Todos los formatos de los procedimientos en el momento de requisitarse, se convierten en registros y deben ser controlados por el usuario de acuerdo a la política anterior. 3.3 Los espacios en los formatos para los registros deben ser requisitados de acuerdo a su instructivo o bien cancelados en caso de no requerir llenarse. 3.4 En los casos, en que los registros se controlen por folio, y se tenga la necesidad de realizar alguna corrección, se debe cancelar completamente el registro cruzándolo con la palabra Cancelado, debiéndose archivar y conservar en el área correspondiente de uso con el fin de mantener un control. 3.5 Los Formatos para la generación de registros se encuentran localizados en el portal del instituto y pueden ser descargados por el personal para su uso. 3.6 Las instrucciones para el llenado de los formatos cuando aplique, se encuentran al final de cada uno de ellos. Al momento de su llenado se recomienda se elimine esta parte. 3.7 Los usuarios de los registros son responsables de mantener un respaldo impreso y/o electrónico con el fin de que estos sean recuperados, en caso de que exista alguna contingencia. 3.8 Los registros deben estar legibles, identificados con un código y/o nombre, colectados y archivados en un lugar definido para su acceso, recuperación y deben ser trazables. 3.9 Los registros son las evidencias documentales del cumplimiento a los sistemas de gestión de calidad y ambiental y pueden tener forma de reportes, expedientes u otros en papel ó medio electrónico. CONTROL DE EMISIÓN ELABORÓ REVISÓ AUTORIZÓ Ing. Celso E. Castro Figueroa Docente Ing. Carmen Cabrera Martínez Representante de Dirección M.C. Raúl Chiu Nazarala Director Firma: Firma: Firma: 4 de septiembre de 2009 11 de septiembre de 2009 21 de septiembre de 2009

Página 2 de 5 4. Diagrama del procedimiento Director y Representante de la dirección RD y Jefes de Departamentos registros de gestión ambiental Inicio Revisa y Autoriza formatos para de Calidad y/o Ambiental 1 2 Actualiza los registros en el portal. 3 Revisa y aplica los registros de los Sistemas de Calidad y Ambiental para su control 4 Almacena los. 6 Recuperación de los Legales. 5 Asegura la Protección y recuperación de los registros 7 Retiene y dispone de los registros Término

Página 3 de 5 5. Descripción del procedimiento Secuencia de etapas 1. Revisa y Autoriza formatos para de Gestión Ambiental. Actividad 1.1 Recibe y revisa que los formatos o documentos para los registros propuestos sean convenientes. 1.2 Autoriza los formatos o documentos para registros lo que expresa a incorporarlos al SGC y/o SGA. Responsable Director y RD 2. Actualiza los registros en el portal. 2.1 Difunde a través del portal del SGC y/o SGA y vía correo electrónico la existencia de nueva documentación e informa sobre los cambios correspondientes en los formatos o registros para su aplicación en el Instituto. 2.2 Da de alta los formatos para registros en la lista para control de registros de calidad y ambiental ITM-CA-RC-009 RD/ Jefes de Departamentos. 3. Revisa y aplica los registros de los Sistemas de Calidad y Ambiental para su control 4.Almacena los registros 3.1 Revisa y aplica los controles para la identificación, almacenamiento, protección, recuperación, tiempo de retención y disposición de los registros tal como se establece en la sección correspondiente a de cada procedimiento. 4.1 Los registros legales provenientes de: a) Información (interna y externa) sobre el cumplimiento de los requisitos legales. Ejemplo: registros de evaluación del cumplimiento legal efectuada por el Instituto, manifiestos de SEMARNAT, etc. b) Permisos, licencias u otras formas de autorización legal. c) Resultados de actividades de inspección; ejemplo: reportes de análisis de agua (de un laboratorio acreditado); etc. d) Resultados de controles operacionales (mantenimiento, diseño, fabricación). Ejemplo: planos. e) Los formatos que se convierten en y que vienen indicados en cada procedimiento. Nota: El tiempo de retención deberá ser aplicado tal como lo establece la normatividad federal, estatal o municipal aplicable. Tipo de registros: pueden ser en electrónico o en papel; y será aplicado en base a la normatividad federal, estatal o municipal aplicable. 4.2 Los registros deben ser almacenados en carpetas y/o archiveros para su fácil consulta y/o en medios electrónicos.

Página 4 de 5 5. Protección y recuperación de desde los procedimientos. 5.1 La recuperación de la evidencia registrada es a través de la propia identificación, almacenamiento y protección de los registros. 5.2 La forma de protección de los registros, debe asegurar que no sean dañados, independientemente del medio usado para almacenarlos. 5.3 Genera un respaldo en físico o electrónico cuando sea conveniente que garantice la recuperación en caso de siniestro o contingencia que los ponga en riesgo de pérdida. 6. Recuperación de los Legales. 6.1 Los documentos legales mencionados en el punto 4 que se encuentran en papel de este procedimiento serán resguardados por el Controlador de Documentos y se encontrarán en una gaveta ubicada en la oficina del RD. Solicitudes de algún documento lo podrán efectuar los usuarios y registrarse en la libreta que se encuentra en la misma. Controlador de documentos. 7. Retención y disposición de los registros. 7.1 Retiene los de Calidad en el lugar de uso durante el tiempo establecido en la Lista para Control de de Calidad y Ambiental o definido en el apartado 7 de cada procedimiento o en el mismo formato cuando éste no pertenezca a algún procedimiento en particular. 7.2 Los registros con carácter legal deberán retenerse en archivos según lo que establece la ley. 7.3 Dispone de los registros una vez que el periodo de uso y almacenamiento establecido para cada uno de ellos ha finalizado. 6. Documentos de referencia 4.2.4 Norma ISO-9001:2008 4.5.4 Norma ISO-14001:2004

7. Registro Lista Maestra para el Control de de Calidad. Lista Maestra para el Control de de Ambiental. 8. Glosario Nombre del documento: Procedimiento Tiempo de Retención Hasta nueva revisión Hasta nueva revisión Responsable de conservarlo RD RD Página 5 de 5 Código ITM-CA-RC-009 ITM-CA-RA-009 Disposición de los registros: Acción tomada sobre los una vez concluido el tiempo de retención definido (Ej. destrucción, archivo histórico, depuración de archivos). : Documento que se genera a partir de requisitar un formato del SGC y/o SGA, con el cual se conserva la evidencia de que los procesos y/o actividades se realizan de manera estándar conforme a lo establecido en los procedimientos y/o son los registros resultantes de un cumplimiento legal. Tiempo de retención: Periodo mínimo que se debe guardar el registro, antes de su disposición. 9. Anexos NA 10. Cambios a esta revisión Número de Revisión Fecha de la actualización Descripción del cambio 6 4-septiembre-2009 1.-Se modificó el alcance para dejarlo más explicito quedando: Aplica a los documentos de los Sistemas de Gestión de Calidad y Ambiental del Instituto Tecnológico de Minatitlán. 2.-En documentos de referencia se modificó la versión de la norma ISO-14001 ya que se había colocado 2005. 3.-Se colocaron definiciones en el Glosario. 4.-Se colocaron más Anexos y Documentos de Referencia. 5 22 marzo- 2007 Se modificó el propósito, el alcance y las políticas, en el diagrama del procedimiento se modificó la redacción de las etapas, y en la descripción de las actividades se modifican siendo mas explícitas sobre el manejo de los registros de calidad apegados a la norma ISO 9001:2000, se elimina el formato y la lista maestra cambia de nombre quedando solo como lista para el control de registros de calidad y su codificación como SNEST-CA-RC-017 se agrega una diagonal D (/D) para diferenciar a los institutos tecnológicos descentralizados ya que este procedimiento también les aplica..