USO DE LA FUERZA POTENCIALMENTE MORTAL



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PROGRAMA EPERIMENTAL DE LA UNIDAD CURRICULAR USO DE LA FUERZA POTENCIALMENTE MORTAL Modalidad: EDAD Duración: 120 horas

créditos Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia: Ministro: Tareck El Aissami Ministerio del Poder Popular para la Educación UNIVERSITARIA: Ministra: Yadira Córdova AUTORIDADES UNIVERSIDAD NACIONAL EPERIMENTAL DE LA SEGURIDAD: Soraya Beatriz El Achkar Gousoub Rectora Aimara Aguilar Vicerrectora de desarrollo académico Antonio González Plessmann Vicerrector de creación intelectual y vinculación social Frank Bermúdez Sanabria Secretario VICERRECTORADO DE DESARROLLO ACADÉMICO: Aimara Aguilar Vicerrectora Rosaura Escobar Blanco Directora de Gestión de Desarrollo Curricular José Cardoso Director del P.N.F. Policial Martha Lia Grajales Experta de contenido Jorge Sara Experto de contenido Luis nava Experto de contenido Douglas Vásquez Experto de contenido Aimara Aguilar Experta de contenido Yarson Blanco Experto de contenido Aquiles Guaimare Experto de contenido Ismael Aguilar Experto de contenido Luis Mavarez Experto de contenido Leonel Lalama Experto de contenido Juan C. Urdaneta Experto de contenido Nelson Romero Experto de contenido Yemir Castro Experto de contenido Henry Fernández Experto de contenido Juan C rodríguez Experto de contenido Johan Torres Experto de contenido Aimara Escobar Diseñadora curricular Asdrúbal Olivares Diseñador curricular Nelson Romero Diseñador curricular Yesenia Bermúdez Diseñadora curricular Marcos Vásquez Diseñador curricular Sergio Gil Diseñador curricular Migdalys Marcano Diseñadora curricular Coordinación gráfica editorial: María Emilia Osuna Coordinadora María José Gallucci Correctora de estilo Natalia Pericchi Correctora de estilo María Emilia Osuna Diseñadora gráfico María Alejandra Morales Productora editorial Alejandro García Fotógrafo Universidad Nacional Experimental de la Seguridad: Dirección: Calle la línea, zona industrial L, Catia. Apartado postal: Caracas 1030 Venezuela. Julio de 2011 Hecho el depósito de ley Depósito legal: ISBN: WWW.unes.edu.ve

5 PRESENTACIÓN La Universidad Nacional Experimental de la Seguridad (UNES) es la institución académica especializada que se encarga de la profesionalización y el desarrollo integral de funcionarias y funcionarios de la seguridad ciudadana en el país. Fue creada mediante Decreto N 6.616 publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.120 de fecha 13 de febrero de 2009. Con un currículum común básico y con diversificación según las disciplinas y áreas especializadas del servicio, la UNES asume el reto de consolidar cuerpos de seguridad ciudadana al servicio del pueblo venezolano que sean transparentes, con sentido ético, confiables, eficaces, abiertos a la participación popular, a la contraloría social y ajustados al cumplimiento de los derechos y libertades ciudadanas. Los procesos de aprendizaje de la UNES están fundamentados en la creación intelectual, la sistematización de las prácticas y problemas de seguridad (en los contextos nacional, regional y local), en el intercambio de saberes y en la participación activa de educadores y discentes. Es por ello que la UNES asume la educación y el conocimiento como bienes públicos al servicio de todas y todos, bajo los principios de justicia social, respeto a los derechos humanos, igualdad de género, diversidad e interculturalidad, cooperación solidaria, participación ciudadana, calidad, pertinencia, formación integral, educación a lo largo de toda la vida, vinculación con los planes de desarrollo nacional y cooperación internacional. Estos primeros programas educativos y diseños instruccionales experimentales de las unidades curriculares del Programa Nacional de Formación Policial están sometidos a una valoración y evaluación continua en la práctica, con el propósito de rediseñarlos, si fuere necesario, de cara a la aprobación de programas definitivos que se ajusten a la filosofía UNES y al nuevo modelo policial. En ese sentido, invitamos a toda la comunidad educativa a ser acuciosa y rigurosa en la revisión del programa en los procesos de implementación y hacer las correcciones inexcusables. O ensayamos o erramos diría el Maestro de todos y todas, Don Simón Rodríguez. En UNES queremos ensayar un nuevo modelo policial y, por ello, no queda otra alternativa que ensayar otro modelo de formación policial. Estamos venciendo! Soraya Beatriz El Achkar G. Consejo Superior de la UNES

7 PRESENTACIÓN Estimadas y estimados compatriotas: Como parte del esfuerzo transformador del modelo de seguridad ciudadana existente en Venezuela, en el que está comprometido el Gobierno Bolivariano encabezado por el Comandante Presidente Hugo Rafael Chávez Frías, se avanza en el diseño de un nuevo modelo de formación policial, acorde con la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana (2009). Este programa experimental es producto de un esfuerzo articulado de especialistas en el campo pedagógico, profesionales de diversas ramas, funcionarias y funcionarios de seguridad, activistas sociales y personas comprometidas con un modelo de policía preventivo, respetuoso de los derechos humanos, próximo a la comunidad, capaz de rendir cuentas, usar la fuerza de manera proporcional, con moderación, ajustados a la necesidad y según lo indique la ley. Un modelo policial que atiende a las víctimas con compasión y es capaz de controlar las prácticas policiales desviadas, mediante alertas tempranas. Estos materiales educativos, minuciosos en contenidos y estrategias, transversalizados con un enfoque crítico que invita permanentemente a la reflexión, han sido elaborados en plena sintonía con la filosofía educativa que asume la UNES, fundamentada en los principios de la educación popular, los parámetros del modelo policial propuesto por el Gobierno Bolivariano y según las líneas estratégicas planteadas en el Plan Nacional de Desarrollo Simón Bolívar. Con la implementación de este plan de estudio y la evaluación continua del mismo, seguiremos avanzando en la transformación revolucionaria hacia la sociedad socialista, inclusiva, justa e igualitaria que todos y todas anhelamos. Hasta la victoria siempre Venceremos! Tareck El Aissami Ministro del Poder Popular para Relaciones de Interior y Justicia

8 Introducción La Unidad Curricular Uso de la Fuerza Potencialmente Mortal (UFPM), al igual que la del Uso Progresivo y Diferenciado de la Fuerza Policial (UPDFP), correspondiente al Tramo 1 del Trayecto I del Curso básico de Formación Policial que forma parte de la Licenciatura en Gestión del Servicio de Policía, 1 constituye una expresión de la filosofía de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad (UNES), pues considera el proceso educativo de la funcionaria y el funcionario policial desde la perspectiva de la integralidad. De esta manera, asume radicalmente la dimensión política de la educación reivindicando el rol político de educadores, educadoras y discentes así como de todo actor social comprometido en un proceso educativo como sujetos de cambio. El compromiso social supone asumir una perspectiva política que se concibe como la negación de la neutralidad ante el mundo, así como la elección e intervención consciente y combatiente en éste, para transformar todo aquello que niega la dignidad humana. Para ello, la práctica y el discurso educativo en la UNES asume a Freire (1996) cuando señala que se debe establecer una dialéctica entre la denuncia de la situación deshumanizante y el anuncio de su superación, que es, en el fondo, nuestro sueño. El Uso de la Fuerza Potencialmente Mortal (UFPM) como unidad curricular busca vincular a las y los sujetos políticos de los ambientes de aprendizaje de la UNES con los valores éticos y los postulados políticos e ideológicos del socialismo de inclusión, también conocido como democracia profunda 2, que actualmente deben caracterizar a la funcionaria y al funcionario policial de la Venezuela del siglo I. Estos postulados están basados en la lucha por la libertad, la justicia social, la disidencia ante cualquier intento de sujeción a los preceptos de dominación neoliberal y, con profunda fe, en este nuevo orden social en el que cada mujer y cada hombre sean sustantivamente iguales ante el otro, para que juntos puedan desarrollar sus vidas con dignidad y libertad. Esta unidad curricular expresa, asimismo, la democracia participativa como valor fundamental del quehacer educativo, entendiendo a esta última como un derecho y deber sociopolítico que apunta a establecer una interrelación entre los seres humanos, a fin de favorecer su desarrollo integral, mediante la acción y el fortalecimiento de sus capacidades para intervenir en los asuntos públicos, tal y como lo establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. La democracia participativa se erige, entonces, como derecho y deber que exige a las personas un involucramiento profundo, y de manera permanente, amplia y organizada, alrededor de todo lo que, por hecho y derecho, les pertenece en los órdenes social, político, cultural, territorial, ético, económico y productivo. Con ello se pretende reforzar democráticamente el control de la seguridad ciudadana, a través de elementos que se centren en el carácter preventivo y de proximidad de las funcionarias y los funcionarios policiales orientados, como se sabe, por los principios y valores éticos fundamentales y de los Derechos Humanos. Por esta razón, se establece el presente programa, que se constituye en un espacio para la concreción de los objetivos formativos del Gobierno Nacional y en el que se evidencia su firme propósito de cambiar la historia de la policía, para consolidar, así, un nuevo modelo policial. Todo esto converge en la propuesta de la UNES, que se traduce en educar para transformar. En este sentido, la preocupación de la ciudadanía venezolana acerca de la necesidad de profesionalización de las funcionarias y los funcionarios policiales del país, expresada ampliamente en los documentos de la Comisión Nacional para la Reforma Policial (Conarepol, 2007), ha generado una extensa profusión de conocimientos en pro de que el talento humano policial desarrolle, en su ámbito político territorial, habilidades y destrezas para un desempeño óptimo de la función policial. Esta última basada en los principios rectores de los Derechos Humanos, y que por años había permanecido en estado empírico y que hoy, gracias al esfuerzo del Consejo General de Policía, se ha constituido en una política de Estado en materia de seguridad ciudadana, decretada en la resolución N 39390 del 19 de marzo de 2009, que lleva por nombre Normas y Principios para el Uso Progresivo y Diferenciado de la Fuerza Policial y cuyo asidero legal se encuentra en la Ley del Servicio de Policía y el Cuerpo de Policía Nacional Bolivariano. 1 Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria. (2010). Resolución 855. Decreto de creación del Programa Nacional de Formación Policial, a ser administrado de manera exclusiva por la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad (Gaceta Oficial N 39584 del 30DIC10). 2 Mindell, Arnold. (1992) El líder, un Artista Marcial. Traducción con fines educativos. Edit: HarperCollins New York.

9 Al hacer referencia a la denominación profesional de policía, se reclama hoy más que nunca a un experto con alto sentido de ubicación en el contexto social, institucional, grupal e individual en el que se lleva a cabo la acción policial, pues éste promueve la participación protagónica del pueblo, lo respeta, protege su dignidad y genera mecanismos autorreguladores de la comunidad, en tanto creación y recreación de formas de prevención y control de situaciones que generen inseguridad y violencia, o que constituyan amenazas, vulnerabilidad y riesgo para la integridad física de las personas, sus propiedades, el disfrute de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes. De esta manera, la formación de un oficial de policía debe orientarse hacia una lucha contra el delito, apegada al estado de derecho y el respeto a los derechos humanos, haciendo Uso Progresivo y Diferenciado de la Fuerza Policial ante el estado de resistencia de las ciudadanas y los ciudadanos o Uso de la Fuerza Potencialmente Mortal, cuando ante su nivel de agresión se hace necesario el uso de armas 3. De allí que las y los discentes de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad (UNES), para alcanzar el fin último de servir y proteger a la ciudadana y al ciudadano, garantizándoles sus derechos, deberán conocer y reconocer las diferencias individuales y colectivas que dan origen a numerosos problemas y situaciones sociales relacionados con la trasgresión de la norma 4 y la criminalidad. Para ello es necesario que las funcionarias y los funcionarios policiales aprendan los diferentes métodos y técnicas para su abordaje, los cuales están inscritos en el modelo de Uso Progresivo y Diferenciado de la Fuerza Policial, que regula la fuerza por parte del oficial de policía, a los fines de que su aplicación sea: justificada, proporcional, progresiva y regresiva una vez neutralizada la resistencia, brindando seguridad desde el punto de vista legal, médico y táctico, tanto a la ciudadana, al ciudadano o grupos de éstos como al funcionario o funcionaria policial (Consejo general de Policía, 2010, p. 24). En consecuencia, el Programa analítico de Uso de la Fuerza Potencialmente Mortal (UFPM) desarrolla, a través de la Educación Popular, el aprendizaje de conocimientos conceptuales, procedimentales y actitudinales policiales relacionados con la adquisición de habilidades y destrezas psicomotoras para el uso de fuerza policial, las cuales fueron develadas, a través de jornadas intensivas de sistematización de la experiencia policial en esta área de desempeño, dada la ausencia de episteme y teoría al respecto. Todo ello con la finalidad de promover la adquisición de competencias policiales alrededor de esta tecnología de avanzada, la cual posee alto grado de pertinencia con el Código de Conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la Ley, emanado de la Organización de Naciones Unidas (ONU, 1979), La Ley Orgánica del Servicio de Policía y Cuerpo de Policial Nacional Bolivariana (LOSP y CPNB, 2009), la Ley del Estatuto de la Función Policial (LEFP, 2009), así como también con las Normas y Principios para el uso Progresivo y Diferenciado de la Fuerza Policía (Resolución del MIJ publicada en Gaceta Oficial N 39390 del 19 de marzo de 2009), a fin de prevenir y disminuir la acción delictual, a la par de garantizar los derechos humanos a las ciudadanas o los ciudadanos que se encuentren en situación de transgresión, al igual que el debido amparo y protección a sus víctimas. En vista de ello, el Uso de Fuerza Potencialmente Mortal (UFPM), concebido como el punto final del uso de la fuerza policial, el cual tiene lugar cuando el funcionario o la funcionaria se percata de que los/as ciudadanos/as están en un estado de agresión tal que pudieran atentar contra su propia vida o contra la de aquellos/as presentes y es cuando haciendo uso de la LOSP y CPNB (2009): orienta su desempeño hacia el principio de afirmación de la vida como valor supremo constitucional y legal, [ ] en función del nivel de resistencia y oposición del ciudadano o ciudadana, donde [ ] el traspaso en el uso de la fuerza mortal sólo estará justificado para la defensa de la vida del funcionario o funcionaria policial o de un tercero (Art. 68). Por consiguiente, sólo el estado de agresión de la ciudadana o el ciudadano puede ser la base del principio de actuación policial, lo cual redunda en un servicio de policía ajustado al nuevo modelo policial, es decir, desde lo civil se protege a la ciudadanía, desde la proximidad se hace uso 3 Consejo General de Policía. (2010). Tu fuerza es mi medida. Manual de Uso Progresivo y Diferenciado de la Fuerza Policial. Disponible en http://www.consejopolicial.gov.ve. [Consulta: junio de 2010]. 4 López, N. y Tedesco J. (2002). Las condiciones de educabilidad en América Latina. Instituto Internacional de Planeamiento Educativo, Argentina. Disponible en http://www.iipe-buenosaires.org.ar/system/files/.../educabilidad.pdf. [Consulta: julio de 2010].

10 la fuerza para prevenir la comisión del delito, sin desmedro de su condición humana, tal como lo establece la normativa jurídica respectiva y desde lo preventivo: tomando como principio que el arma es el último recurso a utilizar, defiende su propia vida o la de un tercero. Por consiguiente, el propósito fundamental del presente programa se orienta a proporcionar a las y los dicentes un cuerpo de conocimientos teórico-prácticos acerca del uso de la fuerza potencialmente mortal, para el desempeño de sus funciones como futuros/as oficiales de policía de acuerdo con los principios de legalidad, eficiencia, profesionalismo, honradez y el respeto a los derechos humanos individuales y colectivos, bajo las más estrictas normas de seguridad y respeto irrestricto de los derechos humanos. JUSTIFICACIÓN Históricamente, en el ejercicio de su función las funcionarias y los funcionarios policiales han venido evidenciando todo tipo de conductas inadecuadas, las cuales devienen de un antiguo modelo de formación centrado en un enfoque militarista, que actuó en detrimento de la propia seguridad de las ciudadanas y los ciudadanos. Este enfoque se caracterizaba por el uso indebido o excesivo de la fuerza; por la aplicación de técnicas y procedimientos, sin diferenciar los casos en los que produzcan daños y perjuicios a las ciudadanas y los ciudadanos; y por la existencia de un alto grado de corrupción policial. Todo esto denota una carencia de principios y de valores éticos y morales en la actuación policial, que se evidencia en el fuerte desapego al respeto de los derechos humanos. Como consecuencia de ello, el gobierno del presidente Hugo Chávez Frías, en concordancia con el modelo de una sociedad democrática, participativa, protagónica y corresponsable, expresado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y con una clara intención de corregir tales desviaciones, ha iniciado a través de la UNES un proceso de formación mediante la instauración de un nuevo modelo policial, en el que las y los oficiales posean habilidades y destrezas para aproximarse a sus semejantes, haciendo uso visible de su carácter humanitariamente preventivo. Esta última es una de las tareas que se concreta en el presente programa. Aunque los problemas policiales antes mencionados, vinculados con la ética, los valores y el ejercicio de la ciudadanía, son atribuibles a la educación, en tanto que han provisto de estructura a nuestra sociedad y la han marcado con un cuerpo axiológico que ya no soporta los embates nocivos de antivalores expresados en términos de criminalidad, esta condición de descomposición social generada justifica el desarrollo de esta unidad curricular, ya que en sus propósitos y objetivos se orienta al acercamiento y ejercicio político legítimo de valores fundamentales, como la vida, la justicia y la solidaridad que son, en sí mismos, la misión humanista de la revolución bolivariana. La tarea de la educación o de los procesos formativos de la UNES, vistos en los múltiples ámbitos de la cotidianidad familiar y comunitaria, podrán crear prerrogativas frente a la necesidad de transformación que se quiere generar en los procesos de formación en los ambientes de aprendizaje, lo cual contribuye a la profesionalización de las funcionarias y funcionarios policiales, a la vez que permite la cancelación de una deuda social y política acumulada desde la fundación de la República. De acuerdo con lo expresado, la actuación policial es una tarea cambiante y dinámica, que requiere de la formación y actualización constante de las funcionarias y los funcionarios, sobre todo si ésta se relaciona con el uso de la fuerza policial, 5 para el buen desempeño de todas y cada una de sus funciones. Entonces, el Programa analítico de Uso de la Fuerza Potencialmente Mortal (UFPM) se justifica ampliamente ante la necesidad de socializar los métodos y técnicas que deben usar las funcionarias y los funcionarios de la policía ante cada uno de los niveles de resistencia ciudadana, como un modo de garantizar los Derechos Humanos a los/as ciudadanos/as, grupos de éstos o a las víctimas, a los fines de fortalecer y desarrollar su función ante el sagrado deber de servir y proteger al pueblo, a la par de responder a las líneas políticas del Gobierno Bolivariano en materia de Seguridad Ciudadana, inscritas en el mandato policial, el cual comprende: 1. Proteger a las personas con énfasis fundamental en la vida e integridad personal. 2. Proteger a la persona más débil en cualquier situación específica de vulnerabilidad, inclusive en situaciones de emergencia. 5 Ley Orgánica del Servicio de Policía y Cuerpo de Policial Nacional Bolivariana (2009), Art. 69.

11 3. Controlar y desestimular la violencia como forma de resolver disputas o agravios, aplicando la coacción que fuere estrictamente necesaria para evitar su escalada y propagación. 4. Salvaguardar de forma inmediata los derechos legítimos de cualquier persona que se viere amenazada o atacada, sin perjuicio y con la obligación de ejecutar cualquier resolución o disposición que adoptare un organismo con competencia para dirimir el litigio, disputa o conflicto que se hubiere presentado (Ley del Estatuto de la Función Policial, 2009, Art. 5). En este sentido, la formación en el Uso de la Fuerza Potencialmente Mortal (UFPM), que deviene del Programa Nacional de Formación Policial de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad (UNES), se constituye en la vía instruccional y metodológica principal para erradicar la deficiente labor de las funcionarias y los funcionarios en pro de garantizar, en cada uno de los procedimientos policiales, los Derechos Humanos y la adhesión al marco normativo y ético del uso de la fuerza policial, así como garantizar de manera coactiva las agresiones de ciudadanas, ciudadanos o grupos de éstos al margen de la ley o que atenten contra la vida como derecho supremo. Tras la implementación de este programa, del cual egresarán oficiales de policía con habilidades y destrezas para el Uso Progresivo y Diferenciado de la Fuerza Policial, se espera que la adquisición de habilidades y destrezas garantice un desempeño policial que, en primer lugar, esté orientado al respeto de los derechos humanos y, en segundo lugar, a la regulación de la función policial, bajo el nuevo concepto del Servicio de Policía establecido en la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariano. Por consiguiente, el programa que se presenta es importante en tanto que los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad, enmarcados en la ética profesional policial, correspondientes a los artículos 65, 68, 69 y 70 6 de la mencionada Ley, determinan que el uso de la fuerza policial estará orientado por el principio de afirmación de la vida como valor supremo constitucional y legal. Por esta razón, la necesidad de aprendizaje y de adopción de las escalas progresivas para el uso de la fuerza estará orientada por el conocimiento y reconocimiento de los niveles de resistencia y agresión de los/as ciudadanos/as. Los procedimientos de seguimiento y supervisión de su uso, el entrenamiento policial permanente y la difusión servirán a los fines de facilitar la contraloría social en esta materia. De manera que el aprendizaje de los contenidos conceptuales, procedimentales y actitudinales alrededor del Uso de la Fuerza Potencialmente Mortal se justifica como último nivel extraordinario de fuerza, a los fines de concientizar a las y los discentes acerca de las lesiones graves o la muerte que puede ser causada por su aplicación, lo cual motiva un entrenamiento cuidadoso y exhaustivo para que este nivel de fuerza sólo deba ser usado bajo condiciones de legítima defensa o estado de necesidad, sin que esto implique la obligación de efectuar disparos para neutralizar las amenazas mortales, en razón de la existencia de procedimientos tácticos previos, donde se debe alcanzar de primera mano, siempre que se pueda, la neutralización previa mediante las técnicas de defensa personal y esposamiento propios de los niveles de fuerza. FUNDAMENTACIÓN La UNES, como institución comprometida con las profundas transformaciones que se llevan a cabo en el país, rompe con los paradigmas de la educación tradicional bancaria y asume el enfoque de la Teoría Crítica, entendida como la posibilidad de abordar la formación desde la perspectiva de la emancipación, cuyo fin último es la aprehensión de la realidad para transformarla, no como la simple modificación del estado de las cosas, sino como el cambio profundo desde la comprensión reflexiva, tanto individual como colectiva, orientada hacia la construcción de la historia cotidiana por parte de sujetos históricos, mediante su conciencia crítica. Es así que en la UNES entendemos que la mirada sobre y en la realidad debe fundarse en un conocimiento construido sobre bases sólidas en las cuales la experiencia que se deconstruye cotidianamente, a partir de los elementos claves que devienen de las nuevas experiencias, la capacidad de inventiva, el discernimiento y la conciencia ciudadana del bien, es fundamental. Evidentemente, se trata de una educación donde las y los discentes son consideradas/os sujetos políticos de ac- 6 Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariano. (2009). Caracas, Gaceta Oficial Ext. Nº 5.940 del 07 de diciembre de 2009.

12 ción, en tanto que desarrollan la capacidad de transformación, no sólo personal sino social; es decir, una educación para el ejercicio del poder ciudadano, ese que se ejerce para demandar la garantía de sus derechos, denunciar la barbarie, proponer nuevas formas de organizarnos institucionalmente y mirar el horizonte con la mirada del que quiere alcanzar la máxima felicidad. El poder ciudadano que, desde el sentido de pertenencia a una comunidad de sujetos políticos, se asume como partícipe en la construcción de las políticas; de modo que levanta la voz y la mano para aprobar o rechazar, proponer o criticar, desde sus convicciones, las decisiones a tomar. Hemos entendido que el poder instituye, cruza y produce a los sujetos. Desde esa óptica, en la UNES las acciones formativas se conducen desde la Educación Popular, entendiéndola como un proceso de concientización y éste se asume, a su vez, como un acto de educación-acción. Por tanto, no es un acto mecánico, es un proceso complejo mediante el cual las mujeres y los hombres adquieren nuevas categorías para mirar y enfrentarse a su realidad, superar las alienaciones a las que están sometidas/os y autoafirmarse como sujetos conscientes y co-creadores de su futuro histórico, teniendo siempre presente que este proceso no se produce de manera inmediata; no es un proceso mágico ni brusco, se trata de la práctica de un conjunto de acciones que permiten la confrontación continua, progresiva y permanente que se va configurando a partir de las reflexiones y las prácticas; es un proceso cargado de tensiones y contradicciones que, desde las acciones previstas en este programa, se concretan en su cotidianidad. Los elementos característicos de la educación popular en la UNES son la dialogicidad como estrategia eminentemente ética y epistemológica, cognoscitiva y política, como un proceso de rigor, en el cual existe la posibilidad real de construir el conocimiento, de aceptar al diferente y asumir la radicalidad en el acto de amar. El diálogo es, más que un método, una postura frente al proceso de aprender-enseñar y frente a los sujetos: unos enseñan, y al hacerlo aprenden, y otros aprenden, y al hacerlo enseñan (Freire 1993: 106). Esta manera de entender el diálogo rompe el modelo tradicional del docente como agente poseedor de los conocimientos y del alumno como el depositario de los mismos, para emanciparlos como bien compartido que otorga arraigo al sentido común de lo humano. La actuación policial no se aparta de ello. En consecuencia, la materialización de este programa pasa por transformar la idea de un alumno como un ser sin luz y de un docente como depositario de sus conocimientos estáticos, para pasar a ser discentes ante el necesario ejercicio de la deliberación democrática y participativa, y educadoras y educadores que, con su mayéutica, incentivan la reflexión y construcción social. Esto supone convertir a los actores educativos en verdaderos protagonistas del proceso enseñanza-aprendizaje; en el que ambos enseñan y ambos aprenden en un intercambio permanente de saberes intermediados por un diálogo crítico y reflexivo. Por otro lado, asegurar la participación en el ámbito académico-socio-político-cultural en términos de la producción cultural y simbólica, se constituye en la fuente de construcción que parte de la sistematización de experiencias comunitarias, para que este contexto de acción permee el diseño curricular en un afán por perseguir que el mismo responda, recursivamente, a las necesidades de transformación social, incluyendo la disminución de la exclusión, la reversión de los procesos delictivos, el fortalecimiento de la ecología social desde el mejoramiento del hábitat, así como también el equilibrio entre lo femenino y lo masculino; todo lo cual posibilita la comprensión de las diferencias, no como contrarias, sino como la diversidad de lo uno. Condiciones que se complementan en el complejo entramado de las relaciones humanas y contribuyen a una visión integrada de los procesos humanos, comunitarios, institucionales y creativos en los que intervienen. Estos elementos hacen que los procesos formativos UNES se encuentren insertos en el enfoque de género y en el enfoque del ecosocialismo, al enfatizar el cuidado del entorno ecológico donde se habita, considerando la producción de mercancías sin deterioro del ambiente, lo cual se traduce en una consideración de los valores de uso por sobre los valores de cambio, que se funda en la actividad económica propia de empresas de producción socialista, generando así una transformación de las necesidades y un cambio profundo hacia la dimensión cualitativa del ser humano. En esta misma línea discursiva, otra de las características importantes de los procesos de formación de la UNES es también la glocalidad, entendida como forma de resistencia

13 social ante la globalización de corte neoliberal que se nos ha intentado imponer con fuerza. Se trata de una invitación a vernos en la dialéctica de lo cercano (local) y lo lejano (global), sin que esa tensión degenere en minusvaloración de uno u otro componente de la relación. En términos educativos, asumir la glocalidad implica para la UNES entender la lógica de la formación con una mirada que toma en cuenta los grandes debates y procesos que se gestan a nivel regional o mundial en el campo de la seguridad, las búsquedas de soluciones a los problemas que en esta área afectan al género humano (las diversas formas de la violencia, el crecimiento del delito transnacional, las redes informáticas como vía para la acción criminal entre otras problemáticas) y la posibilidad de enriquecernos en el intercambio de saberes con actores que debaten y construyen, en sintonía, sobre los mismos problemas y necesidades que, contextualizadamente, nos afectan a nivel local. Por otro lado, en la Venezuela bolivariana actual, los derechos humanos, entendidos como el conjunto de libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos 7 que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna, son independientes de factores particulares como el estatus, sexo, orientación sexual, etnia o nacionalidad y son independientes o no dependen exclusivamente del ordenamiento jurídico vigente. Desde un punto de vista más relacional, los derechos humanos se han definido como las condiciones que permiten crear una relación integrada entre la persona y la sociedad, que permita a los individuos ser personas, identificándose consigo mismos y con los otros. Es por ello que, desde la perspectiva institucional, se constituyen en la base del modelo constitucional y están plenamente reconocidos como objetivos y fines de la educación. En la UNES, estos derechos se privilegian y están transversalizados (al igual que los demás temas, en los objetivos del programa y en las diferentes actividades previstas para las interacciones didácticas) en todas las acciones formativas y se asumen como un conjunto de necesidades, valores y principios esenciales para el disfrute y desarrollo de la dignidad humana, conformando el pilar axiológico sobre el cual se construye todo el proyecto de país y, por ende, los proyectos educativos. Transformar una percepción social negativa y adversa ante el accionar de la funcionaria y el funcionario público, específicamente por las acciones de la funcionaria y el funcionario policial, que suelen vincularse a un sinfín de problemas de corrupción, conductas discrecionales, prácticas clientelares y una inexistente o muy deficiente práctica de rendición de cuentas, sólo puede concretarse bajo la perspectiva de una formación basada en valores, en el respeto a los derechos humanos y bajo un nuevo modelo de servidor público; donde la mística, el sentido de dignidad de la función encomendada y el valor altruista del servicio al pueblo deben reflejarse actitudinalmente en las prácticas y en el discurso cotidiano. Es por ello que la formación en la UNES enfatiza la conformación de un/a nuevo/a funcionario/a policial, cuya imagen, discurso y accionar sean cónsonos con la nueva visión de la funcionaria y el funcionario policial bolivariano civil, preventivo y de proximidad, inscrito en el paradigma socialista del siglo I. Todos estos elementos constitutivos de la filosofía de la UNES conforman los fundamentos en los que se apoyan todos los procesos formativos que se generen en la institución. De acuerdo con ello, la Unidad Curricular Uso de la Fuerza Potencialmente Mortal es de modalidad presencial y de carácter teórico-práctico. Tiene una duración mínima de ciento veinte (120) horas académicas, de las cuales cien (100) son teórico-prácticas y diez (10) de evaluación. En el programa se utilizó la escala de verbos de acción del dominio psicomotor propuesta por Sanz (2008), 8 en una interpretación de los niveles categoriales de la Taxonomía de Benjamin Bloom, a los fines de que la demostración de las competencias sea lo suficientemente flexible, para abordar las diferentes necesidades de aprendizaje, a través de actividades y estrategias de evaluación especiales que faciliten el ajuste de la programación. La metodología persigue compadecer la progresividad de la escala de uso de fuerza que se expone a continuación: 9 7 Héctor Morales Gil de la Torre. (1996). «Introducción: notas sobre la transición en México y los derechos humanos». Derechos humanos: dignidad y conflicto. México: Universidad Interamericana, pág. 19. 8 Sanz. V. (2008). Escala de verbos de acción del dominio psicomotor. Disponible en: http://webcache.googleusercontent.com/search?q=cache:- xqyusm0mxoj:www.rmm.cl/index_sub2.php%3fid_contenido%3d11834%26id_seccion%3d6749%26id_portal%3d832+verbos+del+dominio+psico motor&cd=9&hl=es&ct=clnk&gl=ve [Consulta: noviembre de 2010]. 9 Normas y Principios para el Uso Progresivo y Diferenciado de la Fuerza Policial por parte de los funcionarios y las funcionarias de los Cuerpos de Policía en sus diversos ámbitos político- territoriales. En Gaceta Oficial Nº 39.390 del 19 de marzo de 2010.

14 El desarrollo sistemático de los objetivos que van, de manera inductiva, de lo simple a lo complejo de acuerdo con la comprensión que se alcance del aumento de la resistencia de las ciudadanas y los ciudadanos; y deductiva, de lo abstracto a lo concreto, para entender que la agresión por parte de los sujetos sociales se traduce en la necesidad de hacer uso de la fuerza policial en vista de que se ha alcanzado el estado de excepción, en el que es imperativo hacer uso de la fuerza potencialmente mortal, la cual es: el último nivel extraordinario de fuerza y su aplicación causa lesiones graves o la muerte, por lo que sólo debe ser usado bajo condiciones de legítima defensa o estado de necesidad, sin que esto implique la obligación de efectuar disparos para neutralizar las amenazas mortales, en razón de la existencia de procedimientos tácticos previos. En este nivel se incluyen las técnicas de defensa personal usadas en las antes mencionadas (CGP, 2010, p. 27). En este sentido, para que las y los discentes construyan reflexivamente el uso adecuado de las armas en este nivel de fuerza, se hará énfasis en aplicaciones y medios instruccionales con estrategias metodológicas que brinden los conceptos, procedimientos y generación de rasgos actitudinales precisos, que garanticen que todo funcionario o funcionaria policial, durante el desempeño de sus funciones, tenga presente las siguientes consideraciones: a) Que el uso de las armas de fuego es excepcional y constituye el último recurso del uso potencial de fuerza mortal. b) Que su empleo debe ser de manera segura y responsable para evitar daños, incluso cuando sea estrictamente necesario y en la medida en que lo requiera el correcto desempeño de sus funciones. c) Todo funcionario policial, antes de emplear el arma de fuego, debe identificarse y dar una clara advertencia de su intención de usarla, con tiempo suficiente para que esto se tome en cuenta, salvo que al hacer esa advertencia se pusieran indebidamente en peligro, se genere un riesgo de muerte o daños graves a otras personas o resultara evidentemente inadecuada o inútil dadas las circunstancias del caso.

15 d) Las funcionarias y los funcionarios policiales no deben disparar las armas de fuego en las circunstancias siguientes: como advertencia, amenaza o intimidación o cuando exista el peligro de impactar a otras personas diferentes a los/as ciudadanos/as que estén involucrados; y en caso de la estricta necesidad de hacerlo, deberán asumir las medidas de seguridad para el uso de armas de fuego expuestas en la Baquía: Tu fuerza es mi medida. Manual de Uso Progresivo y Diferenciado de la Fuerza Policial. Editada por el Consejo General de Policía (2010). Todo lo cual supone que la dosis de fuerza a aplicar por las funcionarias y los funcionarios de policía en determinada circunstancia deberá tomar en consideración una progresión en el comportamiento ciudadano y la proporcionalidad con cada uno de los grados de intensidad, de modo que entre intimidación psíquica y agresión mortal se gradúe la fuerza partiendo de la presencia ostensiva hasta el uso del arma de fuego 10. PROYECTO EDUCATIVO INTEGRAL COMUNITARIO (PEIC) De acuerdo con los principios orientadores de la UNES, plasmados en sus documentos fundacionales, en los que se destacan el compromiso con la sociedad y la nación entera; la participación de todos los sectores sociales de acuerdo con los postulados de la democracia participativa y protagónica; el principio de la pertinencia de sus procesos formativos con las demandas de los contextos sociocomunitarios y con el compromiso de ofrecer respuestas a esos contextos desde el ámbito de especialización de la institución como lo es la seguridad ciudadana; la UNES, en el marco de los planes de acción formativa, establece el Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC), concebido como aquella propuesta educativa que busca tender puentes entre la institución y la comunidad, para encontrar espacios que les permitan a ambos desarrollar, además de iniciativas de intervención sobre los problemas de carácter prioritario que afecten a la comunidad, acciones de carácter cultural, recreativo, artísticas, científicas, entre otras, para asumir el reto de una formación con pertinencia social de la funcionaria y el funcionario policial, desde una perspectiva integradora de saberes académicos y saberes populares, sobre la base axiológica de la cooperación, la solidaridad y la asunción de la diversidad en todas sus expresiones. Es por ello que la intencionalidad del PEIC se expresa en cada uno de los programas de las distintas unidades curriculares establecidas para la formación del nuevo funcionario y de la funcionaria policial, bajo la figura de propósitos, estrategias y actividades que aborden los nudos problematizadores detectados, previo diagnóstico efectuado en la comunidad. De allí que esta unidad curricular, desde sus saberes particulares y en combinación con los saberes populares, ha de proporcionar aportes significativos y respuestas contundentes a tales nudos críticos que presentan las comunidades en materia de seguridad ciudadana. La expresión del PEIC, para ser más precisos, se debe ver, entonces, no como una acción fuera de, o algo externo a la unidad curricular, o al educador o educadora, a la y el discente; todo lo contrario, debe mirarse como la columna vertebral que dinamiza todo el trabajo pedagógicodidáctico que sucede en los ambientes escolares y fuera de ellos, teniendo como única expresión de su logro el impacto que sus acciones producen en los miembros de la comunidad, en la acción de los funcionarios y las funcionarias policiales y, por ende, en la eliminación o minimización de los nudos problemáticos encontrados. Para cumplir con tal fin, esta unidad curricular concentra en sus sesiones presenciales: Actividades que permitan incorporar las experiencias vividas por las y los discentes y las educadoras y los educadores en las comunidades. Entre otros aspectos, es necesario que en cada ambiente de aprendizaje, además de las orientaciones establecidas por la instancia encargada de gestionar el PEIC, se planifiquen y programen los aspectos teóricos, técnicos y logísticos, para una adecuada interacción con las comunidades. Asimismo, debe estipularse la evaluación, registro y respectiva sistematización de las actividades comunitarias. Preguntas de reflexión que permitan ir construyendo, 10 Ministerio del Poder Popular para la Comunicación y la Información. (2007). SEGURIDAD. Funcionaros deben adecuarse a la situación. El uso de la fuerza policial lo decide la actitud del ciudadano. Disponible en: http://www.minci.gob.ve/a_r_r/1/11737/el_uso_de.html. [Consulta: febrero de 2011].

16 en las y los discentes y en la educadora y el educador, la reflexión constante sobre su hacer y ser comunitario. Esto significa, entre otras cosas, saber cómo se observa, cómo registra, cómo evalúa y cómo se sistematiza. En ese sentido, se hace necesaria la construcción de los instrumentos adecuados para tal fin. OBJETIVOS DE LA UNIDAD CURRICULAR Objetivo general Proporcionar a las y los dicentes un cuerpo de conocimientos teórico-prácticos acerca del uso de la fuerza potencialmente mortal, para el desempeño de sus funciones como futuros oficiales de policía, de acuerdo con los principios de afirmación de la vida, legalidad, necesidad, proporcionalidad, eficiencia, profesionalismo, honradez y el respeto a los derechos humanos individuales y colectivos, bajo las más estrictas normas de seguridad. Objetivos específicos 1. Comprender el marco legal que sustenta los criterios para el Uso de Fuerza Potencialmente Mortal, orientado a la afirmación de la vida como valor supremo constitucional y legal. 2. Analizar los fundamentos teóricos conceptuales de las técnicas del Uso de Fuerza Potencialmente Mortal, para su empleo como medio de protección para la propia persona o la de terceros. 3. Aplicar sin munición los procedimientos que conforman el Uso de Fuerza Potencialmente Mortal. 4. Aplicar, con munición real en el polígono de tiro, los procedimientos que conforman el Uso de Fuerza Potencialmente Mortal. 5. Elaborar, siguiendo las normas de redacción de documentos policiales, el informe o los informes necesarios para rendir cuentas de las actuaciones policiales enmarcadas en el Uso Progresivo y Diferenciado de la Fuerza Policial.

17 Relación tema-objetivos-contenidos TRAMO II PROGRAMA EPERIMENTAL DE LA UNIDAD CURRICULAR USO DE LA FUERZA POTENCIALMENTE MORTAL Modalidad: EDAD Duración: 120 horas

Relación tema objetivos contenidos Tema Tema I. Marco legal que sustenta el Uso de Fuerza Potencialmente Mortal Objetivos 1. Comprender el marco legal que sustenta los criterios para el Uso de Fuerza Potencialmente Mortal, orientado a la afirmación de la vida como valor supremo constitucional y legal. Contenidos Conceptuales Procedimental Actitudinales Identifica los Derechos Humanos como cimientos fundamentales del UFPM. Identifica los Artículos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que enuncian las características del Estado en materia de seguridad ciudadana. Identifica los Artículos de la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana que caracterizan el UFPM. Identifica las normas del Código de Conducta para los Funcionarios Civiles o Militares que cumplan Funciones Policiales en el Ámbito Nacional, Estadal y Municipal, que destacan la ética en el UFPM. Identifica las normas del Código Penal Venezolano que caracterizan: a. Legítima Defensa, b. Legítima Defensa Putativa, y c. Estado de Necesidad (entidades indispensables para el UFPM). Identifica los principios de la Resolución del MIJ que definen el UFPM. Analiza las bondades de la observancia de los Derechos Humanos como constructo legal propio del UFPM. Caracterización de los elementos y factores del UPDFP. Discute los principios del UFPM a través de casos reales. Precisa los principios éticos que están presentes en el UFPM. Establece diferencias entre: a. Legítima Defensa b. Legítima Defensa Putativa y c. Estado de Necesidad. Comprende el UFPM como una política de Estado en materia de seguridad ciudadana. Valora los DDHH como persona y como funcionario/a policial. Pone en práctica de manera voluntaria los principios y normas que determinan la ética del UFPM. Se interesa por conocer el ordenamiento jurídico y los principios legales que rigen el UFPM. Colabora con las actividades didácticas que se desarrollan para lograr el objetivo. Interviene mostrando su discernir y disentir en torno al tema. 18

Tema Objetivos Contenidos Conceptuales Procedimental Actitudinales Tema II. Fundamentos teórico conceptuales del Uso de Fuerza Potencialmente Mortal 2. Analizar los fundamentos teóricos conceptuales de las técnicas del Uso de Fuerza Potencialmente Mortal, para su empleo como medio de protección para la propia persona o la de terceros. Fundamentos respecto al arma: Normas de seguridad. Caracterización de las armas de fuego. Desarme de campaña y mantenimiento. Condiciones 1, 2 y 3. Cartuchería aplicada. Balística básica (interna, externa y de resultado). Fundamentos respecto al cuerpo: Centro de equilibrio corporal. Dominancia ocular. Principio de centro del pecho (Triángulo de presentación). Ciclo de respiración. Condiciones físicas y psicológicas. Identifica las normas de seguridad del UFPM. Caracteriza las armas de fuego. Realiza el desarme de campaña y mantenimiento del arma de fuego orgánica. Explica las condiciones 1, 2 y 3 en las que puede colocarse el arma de fuego orgánica. Caracteriza los cartuchos que pueden ser empleados por el arma de fuego orgánica. Comprende los procesos balísticos que se desarrollan producto del accionamiento del arma de fuego: a. Interno, b. Externo y c. De Resultado. Adopta la posición de equilibrio corporal indicada para el accionamiento del arma de fuego. Identifica su ojo dominante para la práctica del UFPM. Define el centro del pecho como medio de orientación para la presentación del arma. Comprende el ciclo de la respiración. Respeta las normas de seguridad del UFPM. Se ocupa de caracterizar las armas de fuego, así como las condiciones de operatividad en la que éstas se encuentren. Se interesa por caracterizar los cartuchos que pueden ser empleados por el arma de fuego orgánica. Se interesa por conocer los procesos balísticos que se desarrollan producto del accionamiento del arma de fuego. Participa en las demostraciones que fueren necesarias para socializar los fundamentos que respecto al arma y al cuerpo se requieren conocer en el UFPM. Comprende las repercusiones de las condiciones físicas y psicológicas para el UFPM. 19

Relación tema objetivos contenidos Tema Tema III. Procedimientos para el Uso de Fuerza Potencialmente Mortal Objetivos 3.- Aplicar sin munición los procedimientos que conforman el Uso de Fuerza Potencialmente Mortal. Contenidos Conceptuales Procedimental Actitudinales Túnel visual Primer agarre (mano en pistola) Desenfunde Ciclado (armado del mecanismo) Segundo agarre (empalme) Presentación (proyección del arma) Elementos de puntería: a. Ojo dominante, b. Alza, c. Guión y d. Amenaza. Control del disparador Sincronización y fluidez de movimientos (armonía). Posiciones: a. De pie, b. De rodillas y c. Sentadillas. Giros. Desplazamientos. Cambio de cargador. Detección y solución de mal funciones. Aplica la técnica de túnel visual. Ejecuta las posiciones: a. De pie, b. De rodillas, c. Sentadillas. Ejecuta el primer agarre de acuerdo con el procedimiento establecido. Ejecuta el desenfunde de acuerdo con el procedimiento establecido. Ejecuta el ciclado del arma de acuerdo con el procedimiento establecido. Ejecuta el segundo agarre de acuerdo con el procedimiento establecido. Ejecuta la presentación de acuerdo con el procedimiento establecido. Utiliza los elementos de puntería: a. Ojo dominante, b. Alza, c. Guión d. Amenaza. Controla el disparador de acuerdo al procedimiento establecido. Sincroniza con fluidez los movimientos que conforman los procedimientos del UFPM. Ejecuta los giros y desplazamientos propios del UFPM. Ejecuta el cambio de cargador de acuerdo a los procedimientos establecidos en el UFPM. Se interesa en conocer los procedimientos que conforman el Uso de Fuerza Potencialmente Mortal. Colabora con las actividades didácticas que se desarrollan para lograr el objetivo. Es solidario con sus compañeros y compañeras. Acepta las correcciones y sugerencias que lo/a ayuden a lograr el objetivo planteado. 20