La atención a los alumnos con dificultades de aprendizaje.



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La atención a los alumnos con dificultades de aprendizaje. Autores: Begoña Laínez Sanz, DNI: 31336591B Mª de los Ángeles Vilches Amado, DNI: 75744033L Juana María Álvarez Jiménez, DNI: 32042323B Mª José Palomar Sánchez, DNI: 26970224X

La atención a los alumnos con dificultades de aprendizaje. Introducción. Algunos de los alumnos que nos vamos a encontrar a lo largo de nuestra carrera docente, tienen dificultades de aprendizaje de diferentes tipos y grados. Estos alumnos van a presentar una serie de características comunes, las cuales pueden ser las siguientes: Un desfase en los aprendizajes básicos o instrumentales que el alumnado debería haber alcanzado dada su edad y también los recursos ordinarios de que se dispone. Un desarrollo intelectual dentro del marco de la normalidad. La ausencia de desórdenes emocionales severos, déficits sensoriales y neurológicos. Las dificultades de aprendizaje pueden clasificarse según las siguientes categorías: Trastornos funcionales del habla. Trastornos de la lectura. Trastornos de la expresión escrita. Trastornos del cálculo siguientes: Concretando dichas dificultades, podemos encontrar las 1. Dificultades de lectura La característica esencial de las dificultades de lectura es un rendimiento bajo, ya sea en reconocimiento de palabras, velocidad o comprensión lectora, respecto a lo esperado. 2

Es el trastorno más frecuente dentro de las dificultades de aprendizaje. 2. Dificultades en la expresión escrita Comprenden las dificultades en la escritura correcta de las palabras y en la elaboración de frases y párrafos para componer un texto. Suelen ir asociadas con dislalias funcionales o con dificultades en la lectura. 3. Dificultades aritméticas Se caracterizan por un rendimiento en el cálculo o el razonamiento matemático por debajo de lo esperado. En general, son alumnos y alumnas que tienen unas puntuaciones promedio en lectura y escritura pero las aritméticas están al menos dos años por debajo de aquéllas. 4. Dislalias funcionales Se caracterizan por una articulación inadecuada de determinados fonemas, siendo la causa exclusivamente funcional. Las más frecuentes son los rotacismos - es decir, la conversión de s en r en posición intervocálica -, así como la pronunciación inadecuada de los fonemas. Medidas de atención a la diversidad. Para atender a la diversidad, y con carácter general, existen varias medidas. Veamos algunas de ellas: Agrupamientos flexibles para la atención al alumnado en un grupo específico. Esta medida tendrá un carácter temporal y abierto y facilitará la integración del alumnado en su grupo ordinario. Apoyo en grupos ordinarios. Un segundo profesor o profesora entrará en el aula con el profesor titular y 3

reforzará preferentemente los aprendizajes instrumentales básicos de aquel alumnado que presente un importante desfase en su nivel de aprendizaje en las áreas o materias de Lengua castellana y Literatura y de Matemáticas preferentemente. Desdoblamientos de grupos, según niveles, en las áreas y materias instrumentales, con la finalidad de reforzar su enseñanza. Modelo flexible de horario lectivo semanal, que se seguirá para responder a las necesidades educativas concretas del alumnado. También se pueden emplear medidas de carácter específico para la educación secundaria obligatoria, que pueden ser las siguientes: Programación de actividades para las horas de libre disposición de los cursos primero y segundo de la ESO. Entre las que se podrán considerar la promoción de la lectura, laboratorio, documentación o cualquier otra que se establezca en el proyecto educativo del centro. Agrupación de diferentes materias en ámbitos. Se llevará a cabo en el primer y segundo curso de la ESO para garantizar la transición entre la educación primaria y secundaria. Agrupaciones de materias opcionales de cuarto curso. Esta agrupación deberá estar relacionada con la continuidad de los estudios de bachillerato y ciclos formativos. Oferta de asignaturas optativas propias. Tendrán un carácter práctico o aplicado y podrán contemplar una duración diferente a la anual. 4

Programas de atención a la diversidad. Los programas que se han de aplicar son variados y dependerán de las dificultades en el aprendizaje que se haya detectado en el alumno en concreto. El primero de ellos será el Programa de refuerzo. Este programa puede consistir en un refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas, o bien puede ser un refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos. El segundo será el Programa de adaptación curricular. La adaptación curricular puede ser significativa o no significativa, pero también puede ser una adaptación curricular para aquél alumnado que presente altas capacidades. El tercero será el Programa de diversificación curricular o PDC. Veamos en qué consisten. 1.1. Los programas de refuerzo de las áreas o materias instrumentales básicas tienen como fin reforzar los aprendizajes básicos de Lengua Castellana y Literatura, la primera lengua extranjera y Matemáticas. Estos programas van a ir dirigidos al alumnado del primer ciclo de la ESO, es decir, primero y segundo de la ESO. Estos alumnos y alumnas deben reunir una serie de requisitos, que serán los siguientes: Que no promocione de curso. Que, aún promocionando de curso, no haya superado alguna de las áreas o materias instrumentales del curso anterior. Que acceda al primer curso de la ESO y requiera un refuerzo en las materias instrumentales básicas según lo recogido en el informe emitido al finalizar la etapa de primaria. 5

Además, se incluirán en estos programas aquéllos a los que se les detecte, en cualquier momento del ciclo o del curso, dificultades en las áreas o materias instrumentales. Este programa de refuerzo debe cumplir unos requisitos, de entre los que cabe destacar algunos de ellos, los más importantes: El número de alumnos y alumnas en los programas de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas no podrá ser superior a quince. El alumnado que supere los déficits de aprendizaje detectados abandonará el programa de forma inmediata. El alumnado de primero y segundo de la ESO que curse los programas de refuerzo de materias instrumentales básicas podrá quedar exento de cursar la materia optativa correspondiente al curso en el que esté matriculado. 1.2. Los programas de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos van dirigidos a aquellos alumnos y alumnas que se encuentran en las situaciones que siguen: Que haya promocionado sin haber superado todas las áreas o materias, con lo que seguirá un programa de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos y deberá superar la evaluación correspondiente a dicho programa. En el caso en que las áreas o materias no superadas tuvieran continuidad al curso siguiente, el profesorado responsable de estos programas será su tutor o tutora, o los maestros especialistas en la etapa de educación primaria y el profesorado de la materia correspondiente en la ESO. Si las materias no superadas no tuvieran continuidad, el programa de refuerzo se asignaría a un profesor o profesora del departamento correspondiente. 6

Todos los alumnos de ESO que no obtengan una evaluación positiva en el programa de recuperación podrán presentarse a la prueba extraordinaria. El profesor del programa deberá elaborar un informe sobre los objetivos y contenidos no alcanzados y la propuesta de actividades de recuperación. 2. Los programas de adaptación curricular son una medida de modificación de los elementos del currículo, con el objetivo de dar respuesta al alumnado con necesidades especiales de apoyo educativo. Están dirigidos al alumnado de educación primaria o de ESO que se encuentren en alguna de las situaciones siguientes: Alumnado con necesidades educativas especiales. Por nee se entiende la discapacidad y los trastornos graves de conducta. Alumnado que se incorpora tardíamente al sistema educativo. Alumnado con dificultades graves de aprendizaje. Alumnado con necesidades de compensación educativa Alumnado con altas capacidades intelectuales. Las adaptaciones curriculares pueden ser significativas y no significativas. Las adaptaciones curriculares no significativas se aplicarán cuando el desfase curricular respecto al grupo de edad del alumnado sea poco importante y afectará a los elementos del currículo que se consideren necesarios, ya sea la metodología y los contenidos, pero sin modificar los objetivos de la etapa educativa ni los criterios de evaluación. Estas adaptaciones irán dirigidas a aquel alumnado que presente un desfase en su nivel de competencia curricular respecto del grupo en el que está escolarizado, bien sea por presentar dificultades graves de 7

aprendizaje asociadas a una discapacidad o a trastornos graves de conducta, bien por encontrarse en una situación social desfavorecida o bien por haberse incorporado tardíamente al sistema. Las adaptaciones curriculares significativas se aplicarán cuando el desfase curricular con respecto al grupo de edad del alumnado haga necesaria la modificación de los elementos del currículo, incluidos los objetivos de la etapa y los criterios de evaluación e irán dirigidas al alumnado con necesidades educativas especiales, con la finalidad de facilitar la accesibilidad de los mismos al currículo. La aplicación de las adaptaciones curriculares significativas será responsabilidad del profesor o profesora del área o materia correspondiente, con la colaboración del profesorado de educación especial y el asesoramiento del equipo o departamento de orientación. La evaluación de las áreas o materias será responsabilidad compartida del profesorado que las imparte y, en su caso, del profesorado de apoyo. 3. Los programas de diversificación curricular o PDC tendrán una duración de uno o dos cursos, desde tercero de la ESO y hasta cuarto, o solamente en cuarto de ESO y se ofertan al alumnado que presente un perfil determinado, que consistirá en los siguientes aspectos: Si se empieza desde el tercer curso de la ESO, el alumno deberá haber realizado el segundo curso de la ESO, no podrá estar en condiciones de promocionar a tercero y tendrá que haber repetido alguna vez en esta etapa educativa, o haber realizado por primera vez el tercer curso y no estar en condiciones de promocionar a cuarto curso. 8

Debe existir posibilidades de que, con la incorporación al programa, el alumnado pueda desarrollar las capacidades necesarias para acceder al cuarto curso o, en su caso, realizar el mismo en el programa de PDC, con posibilidades de obtener el título de graduado en educación secundaria obligatoria, superando las dificultades que hubiera tenido siguiendo el currículo con la estructura general de la etapa. También debe haber sido objeto de otras medidas de atención a la diversidad en etapas educativas o cursos anteriores, incluida la adaptación curricular significativa, sin que las hayan resultado suficientes para la recuperación de las dificultades de aprendizaje detectadas. Si se empieza el programa en cuarto, las condiciones serán que el alumno tendrá que haber realizado el tercer curso, promocionando a cuarto con materias pendientes y presentando dificultades evidentes para alcanzara el título de Graduado en ESO siguiendo el currículum con la estructura general de la etapa. Podrá haber cursado cuarto curso, presentando dificultades evidentes para alcanzar la titulación siguiendo el currículum con la estructura general de la etapa, y deberá existir posibilidades de que con la incorporación al programa podrá alcanzar los objetivos y competencias básicas de la etapa y el título de Graduado en ESO. Los alumnos que cursen un PDC no tendrán que recuperar las materias pendientes de cursos previos a su incorporación al programa, es decir, las tendrán en condición de exentas. Todo aquel alumno que se haya incorporado a un PDC desde tercer curso y no promocione a cuarto en régimen ordinario, continuará un año más en el programa. 9

Los ámbitos que no se superen en el primer año del programa se recuperarán superando los ámbitos del segundo año. De igual modo sucederá con las materias no superadas que tengan continuidad en el curso siguiente. El alumnado seguirá un programa de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos y deberá superar la evaluación correspondiente a dicho programa. Bibliografía. 1. Real Decreto 1631/2006 de 29 de diciembre. 2. Decreto 231/2007 de 31 de julio. 3. Álvarez Pérez, L. (2000): La diversidad en la práctica educativa: modelos de orientación y tutoría. Madrid: CCS. 4. Bautista Jiménez, R. (1991): Necesidades Educativas Especiales. Manual teórico-práctico. Archidona: Aljibe. 5. González Manjón, D. (1993): Adaptaciones curriculares. Guía para su elaboración. Archidona: Aljibe. 6. López Ocaña, A. M. y zafra Jiménez, M. (2003): La atención a la diversidad en la Educación Secundaria Obligatoria. Barcelona: Octaedro. 1 0