TEMA: 5 LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS TRABAJADORES

Documentos relacionados
CUADRO COMPARATIVO DE DERECHOS INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS ANTES Y DESPUÉS DE LA LEY DE IGUALDAD

Colectiva Información

SITUACIÓN PROTEGIDA: MATERNIDAD ANTES DE LA APROBACIÓN DE LA LEY DE IGUALDAD

TEMA 3.-La organización del trabajo

Centros de Asistencia y Educación Infantil

6. INFORMACIÓN LABORAL

Derechos de conciliación

TRABAJO EN MÚTUA, CUÁNTOS DÍAS TENGO DE VACACIONES Y PERMISOS RETRIBUIDOS?

DERECHOS DE MATERNIDAD, PATERNIDAD Y CONCILIACION. Secretaría Federal Área de Mujer FeS UGT

Estatuto Básico del Empleado Público Régimen de permisos

15 días naturales previos al disfrute (artículo 2.5) Permiso asuntos particulares 5 días hábiles previos al disfrute. VACACIONES (artículo 3)

Guía de Maternidad y Paternidad

TIEMPO DE TRABAJO LABORAL

UD II Tema 5 El tiempo de trabajo

TEMA 3 LA JORNADA LABORAL

Ayuntamiento de Leganés

Horario, vacaciones, permisos y reducciones de jornada

PERMISOS PERSONAL CUERPOS DOCENTES UNIVERSITARIOS UNIVERSIDAD DE JAÉN

Con desplazamiento. 4 días. Ampliable por parto múltiple: 2 días más por cada hijo a partir del segundo

LA JORNADA LABORAL Y EL SALARIO

PERMISOS DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN

LEY DE IGUALDAD EFECTIVA ENTRE HOMBRES Y MUJERES

SALVANDO DISTANCIAS. Per misos Retr ibuidos. Campaña de información sobre derechos para los trabajadores en España

Cuaderno de Igualdad II

Preacuerdo Convenio Colectivo Estatal de Granjas Avícolas y otros Animales

SU APLICACIÓN SERÁ PARA TODO EL PERSONAL DE TODAS LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Permisos Funcionarios C. y L.

CIRCULAR NÚM. 8 DE LA SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES EN MATERIA DE VACACIONES, PERMISOS

Vacaciones (Art. 50 EBEP, Instrucción 4/2012 y Acuerdo de 21/6/2016) Permiso por parto (Art. 49.a) EBEP, Instrucción 4/2012 y Acuerdo 9/7/2013)

PERMISOS RETRIBUIDOS

GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS (RRHH)

SEMINARIO SIN CONCILIACIÓN NO HAY IGUALDAD

CONOCE TUS DERECHOS 2017

PERMISOS DEL PROFESORADO LABORAL DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN

ACUERDO SOBRE MEDIDAS DE CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL

Artículo 38. Vacaciones anuales. ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES:

LICENCIAS, PERMISOS, EXCEDENCIAS Y REDUCCIONES DE JORNADAS

EMPLEADAS DEL HOGAR TRABAJADORAS DE HECHO Y CON DERECHOS

CONCEPTO DE CONTRATO DE TRABAJO

VACACIONES, LICENCIAS Y PERMISOS

REGLAMENTO DEL PERSONAL AL SERVICIO DEL AYUNTAMIENTO DE PORTUGALETE.

GUIA PRACTICA DE PERMISOS, VACACIONES Y LICENCIAS. PARA EL PERSONAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

Jornada regular de 40 horas a la semana. 52 semanas y un día, 22 días laborables de vacaciones, 14 días festivos horas de trabajo al año.

HOSPITAL INFANTA MARGARITA PERMISOS Y LICENCIAS. Manual modificado por Resolución 014/2010, de 2 de febrero

El empleado interno dispone de dos horas de descanso para las comidas principales, no computable como tiempo de trabajo.

MODIFICACIONES INTRODUCIDAS EN EL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES NOVEDADES Y ARTÍCULO

ESTA UNIDAD SE ENCUADRA DENTRO:

La ley de Igualdad amplia el permiso por maternidad?

Cuaderno de Igualdad II

AUSENCIAS, PERMISOS Y LICENCIAS DEL PROFESORADO

NUEVA PROPUESTA DE PERMISOS Y LICENCIAS QUE HACE EL SINDICATO ANPE-Madrid PARA EL PROFESORADO DE RELIGIÓN. Reunión día 24 de febrero 2009

Acaip CRITERIO DE FUNCIÓN PÚBLICA. ACAIP. APARTADO DE CORREOS 7227, MADRID. Tlf.: Fax:

Unidad 3: La organización del trabajo y la vida familar. Profesor: Antonio J. Guirao Silvente

RMI RÉGIMEN DE EXTERNADO. A cargo de trabajador/a (4,55%)

PERMISOS Y LICENCIAS PARA REALIZAR DIFERENTES DILIGENCIAS SUPUESTOS DURACIÓN RETRIB DOCUMENTACIÓN OBSERVACIONES

EDITA: Departamento de la mujer de UGT Asturias DISEÑA: E.com, ediciones y comunicación S.L. IMPRIME: XXXXXXXXXXX DEPÓSITO LEGAL: AS

GUÍA RESUMEN SOBRE PERMISOS RETRIBUCIONES DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS EN CASO DE ENFERMEDAD

Guía de beneficios sociales

PERMISOS Y LICENCIAS

PERMISOS, LICENCIAS Y NOTAS DE INTERÉS

Previa renuncia del padre biológico, este permiso podrá disfrutarlo el cónyuge o pareja de hecho de la madre.

AUSENCIAS RETRIBUÍDAS DEL EMPLEADO PÚBLICO

CCOO de Construcción y Servicios de Aragón

Se concederán permisos retribuidos por las siguientes causas justificadas:

PERMISOS Y LICENCIAS PARA LOS TRABAJADORES DE LOS CONVENIOS DE LA ENSEÑANZA PRIVADA

U.T. 3.- TIEMPO DE T RABAJO: LA JORNADA LABORAL

EXAMEN PERMISOS CONVENIO CENTRO DE ESTUDIOS RIVAS & MÉNGAR

IGNACIO G. CH. 22 Régimen Jurídico del Personal al servicio... Telf.:

Detalle de la procedencia de la normativa sobre las Licencias, permisos y reducciones de jornada

/ /

PERMISOS Y LICENCIAS/TIPOS Y DURACION. PROFESORES FUNCIONARIOS

Anexo con la modificación de los permisos de las enfermeras de la Agencia Valenciana de Salud conforme al Real Decreto- Ley 20/2012

:Resultado de la búsqueda en las preguntas frecuentes Excedencias

VACACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS DE LOS FUNCIONARIOS DE LA AGJA

22 días hábiles por año completo (sin incluir los sábados). VACACIONES. Art. 50 EBEP Instrucción 4/2012. Podrán disfrutarse por días

Unidad 3: La jornada de trabajo. Antonio J. Guirao Silvente

VACACIONES, PERMISOS, LICENCIAS Y EXCEDENCIAS

PERMISOS Y LICENCIAS DEL PERSONAL DOCENTE CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CIENCIA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA LA MANCHA

EL TIEMPO DE TRABAJO

Título: Definición y notas esenciales del contrato Alumno: José Francisco Alonso Calvo

DESCANSOS CALENDARIO LABORAL PERMISOS RETRIBUÍDOS SALARIO Y NÓMINA

ENSEÑANZA Y FORMACIÓN NO REGLADA PERMISOS Y LICENCIAS GRADOS DE PARENTESCO EXCEDENCIAS JORNADA DE TRABAJO VACACIONES

ACAIP. APARTADO DE CORREOS 7227, MADRID.

Propuesta de jornada laboral, vacaciones, permisos y excedencias

LA FUNCIÓN PÚBLICA DOCENTE

Guía básica para padres, madres y personas que se encargan del cuidado de familiares dependientes.

RMI RÉGIMEN DE EXTERNADO. Coste contratación semana. *A cargo de. trabajador/a 980, ,58 768,57 804,90 689,91

ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO. Art. 1.3 EBEP Este Estatuto refleja, del mismo modo los siguientes fundamentos de actuación:

MEDIDAS DE CONCILIACIÓN

Detalle de la procedencia de la normativa sobre las Licencias, permisos y reducciones de jornada

ACUERDO SOBRE PERMISOS DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS

CONTRATACIÓN ESCRITA. Un trabajador que presta servicios por horas en varios hogares debe tener tantos contratos como casas en las que trabaja.

Conoce el Plan de Igualdad de ENDESA Ser mayoría da resultados

MEDIDAS DE CONCILIACIÓN

Régimen de las vacaciones, permisos y licencias en la Mesa Sectorial de Administración y Servicios

CONVENIO COLECTIVO DEL VERTEDERO MANCOMUNADO DEL CAMPO DE GIBRALTAR

Transcripción:

Cultura Emprendedora y Empresarial Colegio Santa Ana de Sevilla TEMA: 5 LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS TRABAJADORES

5. LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS. 5.1. INTRODUCCIÓN En el trascurso del tiempo a lo largo de la historia, hemos experimentado desarrollo y progreso. Gracias a esto, las personas hemos ido adquiriendo una mayor calidad de vida y con esta una serie de derechos ante la ley. Imagina que te encuentras en plena Revolución Industrial, crees que estarías ahora mismo sentado en un aula adquiriendo conocimiento? Probablemente tú llevarías ya mucho años trabajando en una fábrica y con una baja calidad de vida. Gracias a los derechos y deberes esto no sucede y actualmente las personas trabajadoras se acogen a unas condiciones laborales decentes. A continuación vamos a conocer cuáles son los derechos y deberes de los trabajadores, tanto si son emprendedores y tienen trabajadores a su cargo o como si son empleados. 5.2. DERECHOS Y DEBERES LABORALES BÁSICOS DE LOS TRABAJADORES Art.4, sección 2ª del Estatuto de los Trabajadores. Derecho al trabajo y a la libre elección de profesión u oficio. Derecho a la libre sindicación, esto hace referencia a la posibilidad de fundar sindicatos, a la libre afiliación. Estos derechos pueden ser limitados en otros sectores del Estado como cuerpos o militares. Derecho a la negociación colectiva, para los representantes de los trabajadores y empresarios. Derecho a la adopción de medidas de conflicto colectivo en defensa de los intereses colectivos de los trabajadores y empresarios. Derecho a la huelga de los trabajadores en defensa de sus intereses. Derecho de reunión. Es decir, derecho a las Asambleas de trabajadores.

Derecho de información, consulta y participación en la empresa. 5.3. DERECHOS DERIVADOS DEL CONTRATO DE TRABAJO Cuando un trabajador firma un contrato de trabajo está aceptando una serie de condiciones laborales que suponen unos derechos para el trabajador y unas obligaciones para el empresario. Los derechos de estos trabajadores son: Derecho a la ocupación efectiva durante la jornada de trabajo. Derecho a la promoción y formación en el trabajo. Esto supone derecho a cursos de formación, adaptación, etc. Derecho a no ser discriminados para acceder a un puesto de trabajo. Derecho a la integridad física y a la intimidad. El derecho a la integridad hace referencia el derecho a la política de prevención de riesgos laborales, a las medidas adoptadas en las actividades de la empresa con el fin de evitar o disminuir riesgos derivados del trabajo. En el derecho a la intimidad, se incluye el derecho a la protección frente al acoso por razón racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, y frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo. Derecho a percibir puntualmente la remuneración pactada. Es el derecho a recibir el salario, a cobrar, que deberá abonarse en la fecha y lugar convenidos. Derecho a las vacaciones. Durante el mes de vacaciones el empleado sigue cobrando. Derecho a todo lo demás que está establecido en el contrato laboral. 5.4. OBLIGACIONES/DEBERES DE LOS TRABAJADORES. Cuando el trabajador firma un contrato no sólo adquiere derechos, sino que también debe de asumir unas responsabilidades, unos deberes con los que cumplir. Pues las obligaciones de los trabajadores son los derechos del empresario. Dichas obligaciones son:

Cumplir las obligaciones concretas del puesto de trabajo conforme a los principios de la buena fe y diligencia. La empresa puede verificar las faltas al trabajo por motivos de salud, y el trabajador deber permitir su revisión médica. De lo contrario, puede perder sus derechos económicos que están en manos del empresario. Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus funciones directivas. Esto es el deber de obediencia del trabajador que está sometido a una disciplina dentro de la empresa, siempre que las órdenes no sean abusivas o ilegítimas. Contribuir a la mejora de la productividad. Realizar la prestación laboral con la diligencia debida. No realizar el mismo trabajo para otras empresas que desarrolle la misma actividad. Cumplir las medidas de seguridad e higiene que se adopten. Esto está relacionado con la seguridad y la salud en el trabajo y con las medidas de prevención de riesgos laborales que le corresponden al trabajador. Cumplir con todo lo demás que se establezca en el contrato. 5.5. PERMISOS DE LOS TRABAJADORES. Las personas trabajan para vivir, pero no viven para trabajar por lo que en determinadas ocasiones nos surgen situaciones o acontecimientos que hacen que tengamos que ausentarnos del trabajo. Cuando esto sucede la Ley concede a los trabajadores la posibilidad de ausentarse del trabajo sin que ello implique una reducción del salario. Son los llamados permisos retribuidos o licencias. Estos permisos siempre hay que solicitarlos previo aviso por parte de los trabajadores al empresario y debiendo aportar posteriormente su justificación. Matrimonio. El trabajador puede ausentarse del trabajo durante un periodo de 15 días. Embarazo. La trabajadora puede ausentarse del trabajo el tiempo indispensable para exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto si se desarrollan dentro de la jornada laboral.

Maternidad. Se trata de una causa de incapacidad temporal, por lo que no es un permiso. La maternidad da derecho a la trabajadora a disfrutar de un permiso de 16 semanas en los casos de parto simple, ampliables a 2 semanas más por cada hijo a partir del segundo en los casos de partos múltiples. En caso de fallecimiento del hijo, la madre tendrá derecho a un descanso de 6 semanas y en el supuesto de que sea ésta la que fallezca, el padre podrá disfrutar de un permiso de 6 semanas. Adopción y acogimiento. El permiso puede ser disfrutado por los padres y su duración dependerá de la edad del menor: 16 semanas los menores de 9 meses y de 6 semanas, en el caso de ser menor de 5 años. Nacimiento o fallecimiento de hijo, enfermedad grave o fallecimiento del cónyuge o de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. El trabajador podrá ausentarse durante 2 días o 4 días en los casos en los que tuviese que desplazarse. Los parientes comprendidos en este supuesto son los hijos, nietos, padres, abuelos y hermanos tanto del trabajador como de su cónyuge. Lactancia del hijo menor de 9 meses. Derecho a una hora de ausencia en el trabajo que podrá dividirse en dos fracciones de media hora. Trasladándose a salir una hora antes del trabajo. Puede ser disfrutado por padre o madre indistintamente. Guarda legal de un menor de 6 años o disminuido físico. Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo a un menor de 6 años o a un disminuido físico o psíquico que no desempeñe otra actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la jornada laboral con la disminución proporcional del salario de este, al menos un tercio y un máximo de la mitad. Por traslado del domicilio habitual. Podrá ausentarse un día. Para el cumplimiento de un deber inexcusable de naturaleza pública y personal. Como el derecho a voto o haber sido citado como testigo en un juicio. Dispondrá del tiempo mínimo indispensable que le permita cumplir con esta obligación. Para realizar funciones sindicales o de representación del personal. El trabajador dispondrá del tiempo que legalmente se establezca.

Para la realización de exámenes académicos. El tiempo necesario, los trabajadores que cursen estudios tendrán preferencias para elegir turno dentro de la empresa. Para la realización de asuntos propios. Suelen ser pactados por empresario y trabajador, normalmente carecen de retribución, es decir no cobran esas horas. Licencia para la búsqueda de nuevo empleo. El trabajador tendrá derecho a que en los casos de despido por causas objetivas se le conceda una licencia de 6 horas semanales retribuidas para la búsqueda de un nuevo empleo. 5.6. VACACIONES El período de vacaciones anuales retribuidas, en ningún caso, la duración será inferior a 30 días naturales (incluye domingos y festivos) Las vacaciones anuales deben distribuirse por el trabajador dentro del año natural en el que se devengan (del 1 de Enero al 31 Diciembre). El disfrute de las vacaciones no puede ser sustituido por una compensación económica ni acumularse a las que se devengan en años sucesivos. Esto quiere decir que si el trabajador no disfruta de sus vacaciones en el año en el que se devengan, pierde el derecho a ellas. El período de su disfrute se fija de común acuerdo entre el empresario y el trabajador. El disfrute de las vacaciones puede dividirse en periodos siempre y cuando al menos uno de ellos tenga una duración de 2 semanas sin interrupción. Esto suele ser flexible en las pequeñas empresas. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa y el trabajador conocerá las fechas que le corresponden dos meses antes al menos, del comienzo del disfrute. Cuando el periodo de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período de suspensión del contrato de trabajo, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporal o a la del disfrute del permiso, que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al

finalizar el período de suspensión, aunque haya terminado el año natural a que correspondan. En el supuesto de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias distintas a las señalas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural al que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no haya transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se haya originado. Las vacaciones anuales son retribuidas y la cuantía de su retribución coincide con la que percibe normalmente el trabajador en su jornada habitual.

BIBLIOGRAFÍA: http://recursos.donempleo.com/derechos-deberes-trabajadores.html http://extremaduratrabaja.gobex.es/ciudadanos/orientacion/en-tu-trabajo/derechosy-obligaciones-trabajador-y-empresa http://www.estatutodelostrabajadores.com/a38-vacaciones-anuales/