MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. tc. 17/11 RECONOCIMIENTO DE DEUDAS CON LA SEGURIDAD SOCIAL



Documentos relacionados
tc. 17/10 SOLICITUD DE APLAZAMIENTO EN EL PAGO DE DEUDAS CON LA SEGURIDAD SOCIAL MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN

MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. tc. 17/11 RECONOCIMIENTO DE DEUDAS CON LA SEGURIDAD SOCIAL

INSTRUCCIONES PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL

Que deudas pueden ser objeto de aplazamiento?

INSTRUCCIONES PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL

INCAPACIDAD TEMPORAL

- El documento deberá cumplimentarse a máquina o con letras mayúsculas, sin enmiendas ni tachaduras. ESPECÍFICAS

6.3 RECIBO DE SALARIOS: NÓMINA

BONUS. Guía explicativa para la solicitud de 2015

ABONO ANTICIPADO FAMILIAS NUMEROSAS Y PERSONAS DISCAPACITADAS

A continuación se expone la principal información a tener en cuenta en el desarrollo de estos dos procesos:

BUFETE ESCURA 1905 PROTECCIÓN POR CESE DE ACTIVIDAD DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS

10 Base liquidable. Diputación Foral de Gipuzkoa 133

PREGUNTAS FRECUENTES: DEDUCCIÓN POR FAMILIA NUMEROSA PERSONAS CON DISCAPACIDAD A CARGO

Certificado de empresa de los últimos 180 días cotizados Libro de familia En caso de despido; carta de despido, acto de conciliación o sentencia.

DOCUMENTOS A ENTREGAR PARA EL TRAMITE DE LA PRESTACION DE INCAPACIDAD TEMPORAL POR CONTINGENCIAS PROFESIONALES.

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

CIRCULAR GENERAL Nº 1

10 Base liquidable. Diputación Foral de Gipuzkoa 121

JORNADA SOBRE APLAZAMIENTOS. Tesorería General de la Seguridad Social

Integración del Régimen Especial Agrario dentro del Régimen General de la Seguridad Social. Ley 28/2011 de 22 de septiembre 20 de diciembre de 2011.

Cabecera Devengos o percepciones Determinación de las bases de cotización al Régimen General de la Seguridad Social Deducción

IVA- AUTOLIQUIDACIÓN AYUDA - PRESENTACIÓN 303 Instrucciones del modelo 303

II. COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL

Encuadramiento de los socios y administradores sociales. Antonio Benavides Vico

SOLICITUD DE APLAZAMIENTO DE DEUDA

PLANES DE PENSIONES Y LEGISLACIÓN TRIBUTARIA

(B.O.E. de 2 de agosto de 2011) Disposición adicional decimoséptima. Prestación de servicios domésticos a través de empresas.

Resumen Modificaciones Normativa Trabajadoras de Hogar Diciembre 2012

Prestaciones económicas

Guía. de formación. sobre la inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas participantes en programas. Un hecho histórico

GUIA LABORAL Y FISCAL 2012: TRABAJAR COMO INGENIERO

IRPF- rentas exentas: indemnizaciones despido (Ley 35/2006):

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA DECLARACIÓN CENSAL MODELO 030.

Quiénes pueden pedir el abono anticipado de la deducción por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo?

COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL PARA EL AÑO RÉGIMEN ESPECIAL DE LOS TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA O AUTÓNOMOS (R.E.T.A.

INFORMATIVA DE PRÉSTAMOS Y CRÉDITOS, Y OPERACIONES FINANCIERAS PARTICIPACIONES REPRESENTATIVAS DEL CAPITAL O DEL PATRIMONIO DE LAS

CESE DE ACTIVIDAD TRABAJADORES AUTONOMOS. Ponente Susana Castaños del Molino Abogada Jefa Asesoría Jurídica Julio 2010

RESUMEN LEY 17/2012 de diciembre, de. Presupuestos Generales del Estado para el año 2013

G.BAYLIN CORREDURIA DE SEGUROS

ORDENANZA REGULADORA DE LOS APLAZAMIENTOS Y FRACCIONAMIENTOS DE PAGO DE LAS DEUDAS TRIBUTARIAS Y DEMÁS INGRESOS DE DERECHO PÚBLICO.

ANEXO I. 1 DATOS PERSONALES DEL INTERESADO: Nombre y Apellidos: Municipio: Provincia: Teléfonos:

EL FONDO DE RESERVA DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ÚLTIMAS NOVEDADES LEGISLATIVAS EN EL ORDEN LABORAL DE 2014

Número: 7/14 Fecha: 14 de enero de 2014

MODIFICACIONES LEGISLATIVAS APLICABLES DESDE EL 1 DE ENERO DE 2007

Trabajadores Régimen Especial Empleados del Hogar

COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL PARA EL AÑO RÉGIMEN ESPECIAL DE LOS TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA O AUTÓNOMOS (R.E.T.A.

INFORME SOBRE LA CAPITALIZACIÓN O PAGO ÚNICO DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO

Las indemnizaciones por lesiones permanentes no invalidantes se reconocen en cualquier régimen de la Seguridad Social?

INFORESTUDIO ASESORIA JURIDICO LABORAL, S.L.

5 El solicitante, cuyos datos son los consignados anteriormente, expone: 7 Documentación que se aporta para apreciar la suficiencia de garantías:

ÍNDICE GENERAL. Presentación El salario Composición del salario Clases de salario Pago del salario...

CIRCULAR DPTO. JURÍDICO-LABORAL NOVEDADES EN LA GESTION Y CONTROL DE LA ILT EN LOS PRIMEROS 365 DIAS

Sistema de Seguridad Social Régimen de Clases Pasivas

Nuevos tipos de retenciones y deducciones anticipadas familiares a partir de la entrada en vigor de la Reforma del IRPF

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

-MODELOS DE GESTIÓN DEL PLAN DE PENSIONES DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO

SOLICITUD DE JUBILACIÓN ANTICIPADA VOLUNTARIA

INFORME RELATIVO A LA AMPLIACION DE LA PROTECCION POR INCAPACIDAD TEMPORAL PARA LOS TRABAJADORES AUTONOMOS 1. INTRODUCCION:

Solicitud de Pago Directo por Cese de Actividad

Engloban tanto los convenios que afectan a toda la plantilla de una empresa como a parte de la misma.

salud laboral y responsabilidad social

Dicha lista formará parte del Informe de la Administración Concursal como documento separado (art º LC).

1. Disposiciones generales

Orden de 18 de septiembre de 1998 por la que se modifica la de 19 julio de 1997, que desarrolla el Real Decreto 575/1997

Conforme a lo previsto en las disposiciones citadas y finalizado el trámite de información y consulta a los representantes de los trabajadores,

ACTUALIDAD INFORMATIVA

1.- Incapacidad Permanente Parcial para la profesión habitual

Modelo. Instrucciones para cumplimentar la autoliquidación

REGLAMENTO REGULADOR DEL REGISTRO DE FACTURAS DEL AYUNTAMIENTO DE MURCIA

EJERCICIOS PRÁCTICOS CALCULA EL SUBSIDIO POR IT

1. ORDEN ESS/106/2014, DE 31 DE ENERO, POR LA QUE SE DESARROLLAN LAS NORMAS LEGALES DE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL PARA EL AÑO 2014

(B.O.E. de 27 de octubre de 2011) Última actualización: 17 de marzo de 2013

NOVEDADES EMPLEADAS HOGAR Y ACTUALIZACIÓN PENSIONES

ORDENANZA GENERAL SOBRE APLAZAMIENTOS Y FRACCIONAMIENTOS DEL COBRO DE CREDITOS TRIBUTARIOS Y DEMAS DE DERECHO PUBLICO

Gabinete Jur?dico. Informe 0360/2013

establecer, mediante Orden Foral, una fecha de cargo posterior a aquella en la que finalice el periodo voluntario de pago que corresponda a cada

Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015

Novedades en materia laboral derivadas de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 26 de Diciembre.

Beneficiarios Protección por Cese de Actividad. Régimen Especial Trabajadores Autónomos

Información general sobre las formas de presentación del modelo 111 y la cumplimentación del mismo

LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ACLARA LA COTIZACIÓN DE DETERMINADOS CONCEPTOS RETRIBUTIVOS.

Cuál es la fiscalidad de los planes y fondos de pensiones?

PROCEDIMIENTO DE DESPIDO COLECTIVO

DE LOS EMPLEADOS DE HOGAR. Tesorería General de la Seguridad Social.- Dirección Provincial de Barcelona

Las cifras globales de las partidas 01, 02 y 03 se desarrollan, por provincias y por tramos de base imponible, en el anexo que se acompaña.

-ANEXO I- SOLICITUD DE SUBVENCIÓN A LA CONTRATACIÓN DE DURACIÓN DETERMINADA DE TRABAJADORES DESEMPLEADOS EN CASTILLA-LA MANCHA

AFILIACIONES DE TRABAJADORES AL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL NOTA METODOLÓGICA

NOVEDADES LEGISLATIVAS

Preguntas frecuentes en relación con la Deducción de Familias Numerosas y Personas con Discapacidad (según RDL 1/2015)

Capitalización o Pago Único de la prestación Contributiva 27 de agosto de Alberto Repullo

RÉGIMEN SANCIONADOR EN EL ORDEN SOCIAL

ACUERDO Nº ESSALUD-99

Paro Para Autónomos. Notas de la presentación. Más allá de la salud

DECRETO SUPREMO Nº EF

MÍNIMO EXENTO DE COTIZACIÓN. Preguntas frecuentes

Transcripción:

MINISTERIO tc. 17/11 RECONOCIMIENTO DE DEUDAS CON LA SEGURIDAD SOCIAL

INSTRUCCIONES PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DEL MODELO GENERALES - El documento deberá cumplimentarse a máquina o con letras mayúsculas, sin enmiendas ni tachaduras. - Cuando el aplazamiento afecte a deudas generadas por un sólo identificador en uno de los Regímenes de Seguridad Social, no será necesario cumplimentar la Hoja Resumen del Reconocimiento de Deudas. En el caso de que el aplazamiento afecte a varios identificadores o a uno solo pero por deudas generadas en distintos Regímenes de Seguridad Social, será preciso que se cumplimente un ejemplar del Reconocimiento de deudas por cada identificador y/o por cada Régimen; en estos últimos supuestos la suma de los importes relativos a cada uno de los conceptos de deuda que figuren en las distintas hojas, deberá trasladarse a la casilla correspondiente de la Hoja Resumen. - La presentación de este documento deberá realizarse conjuntamente con la solicitud del aplazamiento. En caso de que no se acompañe, la Unidad tramitadora del expediente lo pondrá a disposición del solicitante debidamente cumplimentado para su firma. Su omisión determinará el desistimiento de la petición efectuada. - El reconocimiento del deudor no impedirá que el mismo ejercite las acciones que mejor convenga a su derecho; si como resultado de tales acciones se modificase la deuda reconocida, el aplazamiento que hubiese sido concedido se modificaría en igual sentido. 1. DATOS DEL SOLICITANTE ESPECÍFICAS 1.1 Apellidos y Nombre o Razón Social.- Se indicará el nombre y apellidos completos del solicitante. Si se trata de una persona jurídica se indicará la razón social. 1.2. Tipo de documento identificativo.- Marque con una X lo que proceda (Documento Nacional de Identidad -DNI-, Código de Identificación Fiscal -CIF-, Número de Identificación de Extranjero -NIE- o Pasaporte). 1.3. Número de documento identificativo.- Se indicará el número correspondiente al tipo de documento identificativo señalado en el campo anterior. 1.4. Código de cuenta de cotización o número de Seguridad Social.- Se consignará el código de cuenta de cotización de la empresa a que se refiera el reconocimiento o el número de Seguridad Social o número de afiliación si el responsable del pago es un trabajador. 1.5. Actividad económica.- Se consignará la actividad económica desarrollada por el sujeto responsable. 1.6. Régimen de Seguridad Social.- Se consignará el Régimen de Seguridad Social al que correspondan las deudas a que se refiera el reconocimiento. 1.7. Entidad de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.- Se indicará la Entidad Gestora de la Seguridad Social o Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales con la que se hubiese asegurado la cobertura de los riesgos profesionales durante el período correspondiente a la deuda aplazable. 1.8. Entidad aseguradora de Incapacidad Temporal por Contingencias Comunes.- Se consignará la Entidad aseguradora de la prestación económica de Incapacidad Temporal derivada de contingencias comunes durante el período correspondiente a la deuda aplazable. 1.9. Período de la deuda.- Se hará constar el período a que se refiera la deuda del identificador. Si dicho período abarcase varios meses se consignarán el primero y el último con indicación del año al que correspondan. 2. RESUMEN DE LA DEUDA A) DEUDA NO APLAZABLE. En las casillas de este apartado se harán constar los importes relativos a los distintos conceptos de deuda que, según la normativa vigente, no son susceptibles de ser aplazados. 1. Aportación de trabajadores por cuenta ajena.- En cada una de las casillas que componen este apartado se consignará el importe de la deuda que corresponda a la cuota a cargo de los trabajadores por cuenta ajena cuando el sujeto responsable del ingreso sea el empresario (o en su caso, el representante de comercio) por las contingencias comunes, horas extraordinarias, desempleo y formación profesional, respectivamente. 2. Cuotas de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional.- Se indicará el importe de la deuda que corresponda a la cuota debida por el aseguramiento de las contingencias profesionales (accidente de trabajo y enfermedad profesional) cuando el responsable de su ingreso sea el empresario (o en su caso, el representante de comercio). 3. Total (1 + 2).- Se indicará el importe resultante de sumar las cantidades consignadas en las casillas del apartado 1 y 2. 4. Prestaciones de Pago Delegado.- Se consignará el importe de estas prestaciones siempre que se tenga derecho a su compensación por haber presentando los documentos de cotización dentro del plazo reglamentario de ingreso y siempre que traigan su causa de contingencias profesionales. 1 (portada) TC.17/1 (15-04-2009) 5. Diferencia (3-4).- Se consignará la cantidad que resulte de detraer al total que figura en la casilla 3 el importe de las prestaciones de pago delegado. 6. Otros conceptos no aplazables.- Se indicará el importe de la deuda que corresponda a conceptos no aplazables que no estén incluidos en los apartados anteriores. (Ej.: el recargo impuesto sobre las prestaciones económicas debidas a Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional originadas por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo cuando no se garantice con aval). 7. Total no aplazable (5 + 6).- Se indicará la suma de las casilla 5 y 6, que constituirá el importe inaplazable.

B) DEUDA APLAZABLE. En las casillas que figuran en este apartado se harán constar los importes de cada uno de los conceptos que integran la deuda que mantiene el sujeto responsable y que son susceptibles de aplazamiento. 1. Cuotas.- En cada una de las casillas que figuran para este apartado se consignará el importe de la deuda que corresponda a la cuota a cargo de la empresa o del trabajador (cuando este último sea el sujeto responsable de su ingreso) por los conceptos de contingencias comunes, aportación servicios comunes, horas extraordinarias, desempleo, fondo de garantía salarial, formación profesional, accidentes de trabajo y enfermedad profesional exclusivamente para los trabajadores por cuenta propia del Régimen Especial Agrario, del Régimen Especial del Mar, Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y mejora de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes. 2. Total cuotas.- Se consignará la suma de los importes que figuren en el apartado anterior. 3. Deducciones: - Prestaciones de pago delegado (contingencias comunes). Se consignará el importe de estas prestaciones siempre que se tenga derecho a su compensación por haber presentado los documentos de cotización dentro del plazo reglamentario de ingreso y siempre que traigan su causa de contingencias comunes. - Exceso deducciones inaplazables. Se consignará la cantidad que corresponda a las deducciones que no se hayan podido compensar con la deuda inaplazable por exceder de esta última cuantía. - Bonificaciones/Reducciones. Se consignará el importe de las mismas cuando no se hubiese perdido el derecho a tales beneficios por cualquier causa y siempre que la solicitud de aplazamiento se presente dentro del plazo reglamentario de ingreso de las cuotas a que el mismo se refiera. En el caso de denegación del aplazamiento, si el ingreso de la deuda se efectuase una vez transcurrido el plazo reglamentario de ingreso, se perderá el derecho a los citados beneficios. 4. Total deducciones.- Se consignará la suma de los importes que figuren en las casillas del apartado anterior. 5. Diferencia aplazable (2-4).- Se consignará con su signo la diferencia que resulte de restar el importe de la casilla 4 al de la casilla 2. 6. Otros conceptos aplazables.- Se consignará en la casilla de la izquierda el tipo de recurso distinto a cuotas de Seguridad Social (y conceptos de recaudación conjunta) por el que se solicita aplazamiento; en las casillas de la derecha se hará constar el importe que corresponda a cada uno de los conceptos de deuda de este apartado. A título de ejemplo se citan los siguientes recursos susceptibles de consignarse: Capitales coste de pensiones y otras prestaciones, Sanciones, Aportaciones por ayudas equivalentes a jubilaciones anticipadas o previas a jubilaciones ordinarias, Prestaciones indebidamente percibidas, Deducciones y compensaciones indebidas, Recargos sobre prestaciones económicas debidas aa.t. y E.P., etc. 7. Total Otros.- Se consignará la suma de los importes que figuran en las casillas del apartado anterior. 8. Total Aplazable (5 + 7).- Se consignará la suma de los importes que figuren en las casillas números 5 y 7 C) TOTAL DEUDA (A.7 + B.8). Se consignará la suma de los importes que figuren en las casillasa.7 y B.8 3. DECLARACIÓN DEL SOLICITANTE/REPRESENTANTE A cumplimentar por el propio solicitante o por su representante debiendo en este último caso acreditar la representación que ostenta (salvo que ya se hubiese acreditado dicha representación anteriormente con motivo de la presentación de la solicitud de aplazamiento). HOJA RESUMEN En caso de que el aplazamiento afecte a varios identificadores o a uno solo pero por deudas generadas en distintos Regímenes de Seguridad Social, será preciso que se cumplimente un ejemplar del Reconocimiento de deudas por cada identificador y/o por cada régimen; en estos últimos supuestos la suma de los importes relativos a cada uno de los conceptos de deuda que figuren en las distintas hojas, deberá trasladarse a la casilla correspondiente de la Hoja Resumen.

MINISTERIO TC.17/11 Hoja 1/2 Registro de presentación Registro de entrada RECONOCIMIENTO DE DEUDAS CON LA SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EXPEDIENTE NÚMERO 1. DATOS DEL SOLICITANTE 1.1 APELLIDOS Y NOMBRE O RAZÓN SOCIAL (A cumplimentar por la Administración) 1.2 TIPO DE DOCUMENTO IDENTIFICATIVO (Marque con una X lo que proceda) 1.3 Nº DE DOCUMENTO IDENTIFICATIVO 1.4 CÓD.CTA.COTIZACIÓN PRINCIPAL O Nº SEGURIDAD SOCIAL D.N.I.: C.I.F.: N.I.E.: PASAPORTE: 1.5 ACTIVIDAD ECONÓMICA 1.6 RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL ADVERTENCIA: En las Comunidades Autónomas con lengua cooficial, existe a su disposición este impreso redactado en lengua vernácula. 1.7 ENTIDAD DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES 1.8 ENTIDAD ASEGURADORA DE INCAPACIDAD TEMP. CONTINGENCIAS COMUNES 2. RESUMEN DE LA DEUDA POR CONCEPTOS A) DEUDA NO APLAZABLE 1.- APORTACIÓN TRABAJADORES POR CUENTA AJENA - Contingencias Comunes... - Horas Extraordinarias... - Desempleo... - Formación Profesional... 2.- CUOTAS DE A.T./E.P.... 3.- TOTAL (1 + 2)... 4.- PRESTACIONES DE PAGO DELEGADO (Contingencias profesionales)... 5.- DIFERENCIA (3-4)... 6.- OTROS CONCEPTOS NO APLAZABLES.. 7.- TOTAL NO APLAZABLE (5 + 6)... B) DEUDA APLAZABLE 1.- CUOTAS - Contingencias Comunes... - Aportación Servicios Comunes... - Horas Extraordinarias... - Desempleo... - FOGASA... - Formación Profesional... - AT/EP (*)... - I.T. por Contingencias Comunes... 2.-TOTAL CUOTAS... 1.9 PERIODO DE DEUDA DEUDA APLAZABLE (Continuación) 3.-DEDUCCIONES - Prestaciones de pago delegado (Contingencias comunes)... - Exceso deducciones inaplazables.. - Bonificaciones/Reducciones... 4.- TOTAL DEDUCCIONES... 5.- DIFERENCIA APLAZABLE (2-4)... 6.- OTROS CONCEPTOS APLAZABLES - Recargos... - Intereses por aplaz. incumplido... - Costas... - Intereses de demora... 7.- TOTAL OTROS... 8.- TOTAL APLAZABLE (5 + 7)... C) TOTAL DEUDA (A.7 + B.8)... (*) Exclusivamente para los trabajadores por cuenta propia del Régimen Especial Agrario, del Régimen Especial de Trabajadores del Mar y del Régimen Especial de TrabajadoresAutónomos 1 (Hoja 1/2) (15-04-2009) TC.17/1 3. DECLARACIÓN DEL SOLICITANTE/REPRESENTANTE Con la presente declaración, reconozco adeudar a la Seguridad Social el importe que queda resumido en la misma. Suscribe la declaración D/Dª., con D.N.I. Núm. en calidad de. En, a de de 20 Fdo: (Nombre y Apellidos)

MINISTERIO TC.17/11 Hoja 2/2 (Se cumplimentará exclusivamente cuando el aplazamiento solicitado afecte a mas de un identificador o a distintos Regímenes de Seguridad Social) HOJA RESUMEN 1. DATOS DEL SOLICITANTE APELLIDOS Y NOMBRE O RAZÓN SOCIAL NÚMERO DE DOCUMENTO IDENTIFICATIVO CÓD.CUENTACOTIZACIÓN PRINCIPAL O Nº SEGURIDAD SOCIAL ADVERTENCIA: En las Comunidades Autónomas con lengua cooficial, existe a su disposición este impreso redactado en lengua vernácula. 2. RESUMEN DE LA DEUDA POR CONCEPTOS A) DEUDA NO APLAZABLE 1.- APORTACIÓN TRABAJADORES POR CUENTA AJENA - Contingencias Comunes... - Horas Extraordinarias... - Desempleo... - Formación Profesional... 2.- CUOTAS DE A.T./E.P.... 3.- TOTAL (1 + 2)... 4.- PRESTACIONES DE PAGO DELEGADO (Contingencias profesionales)... 5.- DIFERENCIA (3-4)... 6.- OTROS CONCEPTOS NO APLAZABLES.. 7.- TOTAL NO APLAZABLE (5 + 6)... B) DEUDA APLAZABLE 1.- CUOTAS - Contingencias Comunes... - Aportación Servicios Comunes... - Horas Extraordinarias... - Desempleo... - FOGASA... - Formación Profesional... - AT/EP (*)... - I.T. por Contingencias Comunes... 2.-TOTAL CUOTAS... (*) Exclusivamente para los trabajadores por cuenta propia del Régimen Especial Agrario, del Régimen Especial de Trabajadores del Mar y del Régimen Especial de TrabajadoresAutónomos DEUDA APLAZABLE (Continuación) 3.- DEDUCCIONES - Prestaciones de pago delegado (Contingencias comunes)... - Exceso deducciones inaplazables.. - Bonificaciones/Reducciones... 4.- TOTAL DEDUCCIONES... 5.- DIFERENCIA APLAZABLE (2-4)... 6.- OTROS CONCEPTOS APLAZABLES - Recargos... - Intereses por aplaz. incumplido... - Costas... - Intereses de demora... 7.- TOTAL OTROS... 8.- TOTAL APLAZABLE (5 + 7)... C) TOTAL DEUDA (A.7 + B.8)... 1 (Hoja 2/2) (15-04-2009) TC.17/1 3. DECLARACIÓN DEL SOLICITANTE/REPRESENTANTE Con la presente declaración, reconozco adeudar a la Seguridad Social el importe que queda resumido en la misma. Suscribe la declaración D/Dª., con D.N.I. Núm. en calidad de. En, a de de 20 Fdo: (Nombre y Apellidos)

Teléfono de Información 24 horas. 901 50 20 50 Internet www.seg-social.es MINISTERIO