Manual de Usuario Aplicativo Virtual de Proponentes

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Transcripción:

Manual de Usuario Aplicativo Virtual de Proponentes

Tabla de contenido 1. Generalidad... 3 2. Ingreso al aplicativo... 3 3. Información Básica... 6 3.1 Información Básica Persona Natural... 7 3. 2 Información Básica Persona Jurídica... 10 4. Anexo No. 1 Representantes Legales... 13 5. Capacidad Financiera... 14 5.1 Fecha de Corte... 14 5.2 Endeudamiento... 15 5.3 Liquidez... 16 5.4 Patrimonio... 16 5.5 Capacidad Financiera... 17 6. Clasificaciones... 19 7. Capacidad Técnica... 21 7.1 Capacidad Técnica Constructor/Consultor... 22 7.2 Capacidad Técnica Proveedor... 24 8. Calificación... 25 8.1 Calificación Constructor... 25 8.2 Calificación Consultor... 28 8.3 Calificación Proveedor... 33 9. Liquidar Valor a Pagar... 36 10. Anexo 1. Reglas aplicadas para los cálculos efectuados por el aplicativo... 38

1. GENERALIDAD En toda la aplicación, cada vez que se da click sobre un campo específico, el sistema muestra una ayuda en un recuadro naranja que aparece al lado derecho de la ventana, con la finalidad de orientar al proponente acerca de la información que se debe ingresar en cada campo. 2. INGRESO AL APLICATIVO Para ingresar al aplicativo virtual para trámites de proponentes, el usuario debe entrar a la página web de la Cámara http://www.camaramedellin.com.co/, seleccionar en el menú principal la opción Cámara en Línea y a continuación la opción Registro Único de Proponentes. Figura 1. Ruta de Ingreso a la aplicación Al seleccionar la opción Registro Único de proponentes, aparece una ventana como la que se muestra a continuación:

VENTANA DE INGRESO Figura 2. Ventana de ingreso La ventana de ingreso es el punto principal de entrada a la aplicación. En la parte izquierda de la ventana, encuentra los modelos de certificación para trámites de proponentes con su respectiva descripción. Usted puede descargarlos presionando el botón diligenciarlos. que se encuentra al lado de cada modelo y posteriormente Es importante tener en cuenta, que la inscripción como proponente se debe realizar ante la Cámara de Comercio que tenga jurisdicción en su domicilio principal. Las personas jurídicas extranjeras con sucursal en Colombia deben inscribirse ante la Cámara de Comercio donde se encuentre inscrita la sucursal. Cuando una persona natural tenga más de un domicilio, debe inscribirse ante la Cámara de Comercio con jurisdicción en el municipio en el cual tenga asiento principal de sus negocios. En este orden de ideas, deben inscribirse a través del aplicativo virtual: Personas Jurídicas inscritas en el registro mercantil o ESAL: Si su domicilio corresponde a la jurisdicción de la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia (CCMA). Personas Jurídicas no inscritas en la CCMA: Cuya personería jurídica ha sido otorgada por entidades del estado.

Personas Naturales inscritas en el registro mercantil: Si la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia (CCMA), tiene jurisdicción en el municipio en el cual tiene asiento principal de sus negocios (cuando la persona natural tiene más de un domicilio). Personas Naturales no inscritas en la CCMA. Personas jurídicas Extranjeras: Si la sucursal de la sociedad está inscrita en la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia (CCMA). Si el proponente está inscrito como tal en otra Cámara de Comercio, debe diligenciar el formulario físico para inscripción de proponentes y entregarlo con los documentos anexos en las taquillas para ser enviado por medio del RUE a la Cámara responsable de efectuar el trámite. Para ingresar al sistema, el proponente debe digitar en el campo NIT (ver figura 2), el número de Identificación si es persona natural y el NIT si es persona jurídica y presionar el botón Ingresar. Si el proponente está inscrito en el Registro Único de Proponentes bajo el decreto 4881, el sistema le muestra un mensaje como el de la figura 3, de lo contrario le muestra la ventana de la figura 4. Figura 3. El comerciante ya está inscrito en el registro de proponentes. Al presionar el botón aceptar (ver figura 3), aparece una ventana como la que se muestra en la figura 4.

3. INFORMACIÓN BASICA Figura 4. Naturaleza y clasificación del proponente En la parte izquierda de la ventana están los diferentes módulos para el ingreso de información, equivalentes a los del formulario físico (Información básica, Anexo 1. Representantes legales, Capacidad financiera, Clasificaciones, Capacidad técnica, Calificación); además se encuentran las opciones Liquidar Valor a Pagar y Salir. En la parte superior de la ventana aparece un cuadro con instrucciones que el comerciante debe tener en cuenta al momento de diligenciar el formulario virtual. En esta ventana se debe seleccionar la naturaleza de la persona que se desea inscribir en el RUP (Persona Natural, Persona Jurídica), y clasificarse en al menos una de las siguientes actividades: constructor, consultor, proveedor. Dependiendo de la Naturaleza seleccionada, el sistema habilita los campos para el ingreso de la información de la persona natural o de la persona Jurídica. Si en el campo Naturaleza, se selecciona la opción Persona Natural, aparece la ventana que se muestra en el numeral 3.1 Información básica persona natural; si se selecciona la opción Persona Jurídica, aparece la ventana que se muestran en el numeral 3.2 Información básica persona Jurídica.

3.1 INFORMACIÓN BASICA PERSONA NATURAL

Figura 5. Información básica Persona Natural Si la persona natural es comerciante y se encuentra inscrita en el registro mercantil de la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia (CCMA), en este módulo encuentra la información básica del registro mercantil; no será necesario ingresar los datos de los campos Primer apellido, Segundo Apellido, Primer Nombre, Segundo Nombre, Tipo de identificación, Numero de identificación y país y no podrán ser modificados. En el evento de no encontrarse inscrito en el registro mercantil debe diligenciar todos los campos que aparecen en el módulo. Nota: Cuando el proponente se haya clasificado como proveedor (Ver figura 4), es obligatorio ingresar la Profesión u Oficio. En el módulo correspondiente a Dirección Domicilio y Direcciones para Notificaciones, el usuario tiene la opción de ingresar la dirección estructurada (seleccionando las opciones avenida, calle, carrera, circular, diagonal, transversal) o no estructurada (seleccionando la opción descriptiva), caso en el cual se habilita un campo texto para el ingreso de la información. Para copiar la información de Domicilio en el área correspondiente a la información de dirección para notificaciones, el usuario debe dar click sobre el texto Aquí (ver figura 5). Para guardar la información ingresada, se debe presionar el botón Guardar; aparecerá una pantalla como la que se muestra a continuación:

Figura 6. Cambiar / Consultar - Continuar El botón Cambiar/ Consultar permite regresar al módulo de Información básica, y hacer modificaciones si es necesario; el botón Continuar permite ingresar al siguiente módulo.

3.2 INFORMACIÓN BASICA PERSONA JURIDICA

Figura 7. Información básica Persona Jurídica Si la persona jurídica se encuentra inscrita en el registro mercantil o de entidades sin ánimo de lucro a cargo de la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia (CCMA), en este módulo encuentra la información básica que reposa en dichos registros; no será necesario ingresar los datos de los campos Nombre o Razón Social, NIT, Vigencia y no podrán ser modificados. En el evento de no encontrarse inscrito en el registro mercantil o de entidades sin ánimo de lucro, debe diligenciar todos los campos que aparecen en el módulo. Cuando el proponente corresponda a una sucursal establecida en Colombia de persona jurídica extranjera inscrita en el registro mercantil a cargo de la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia en éste módulo encuentra la información básica que reposa en dicho registro, no será necesario ingresar los datos de los campos Nombre o Razón Social, NIT, Vigencia y no podrán ser modificados. Nota: Los campos relacionados con la información correspondiente a la adquisición de la personería jurídica no se visualizan para personas jurídicas inscritas en el registro mercantil o registro de Esales. Igualmente, se omitirá los datos de la creación de las sucursales de personas jurídicas extranjeras establecidas en Colombia e inscritas en la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia. En el módulo correspondiente a Dirección Domicilio y Direcciones para Notificaciones el proponente tiene la opción de ingresar una dirección estructurada (seleccionando las opciones avenida, calle, carrera, circular, diagonal, transversal) o no estructurada (seleccionando la opción descriptiva), caso en el cual se habilita un campo texto para el ingreso de la información.

Para copiar la información de Domicilio en el área correspondiente a la información de dirección para notificaciones, el usuario deberá dar click sobre el texto Aquí (ver figura 7). Para guardar la información ingresada, se debe presionar el botón Guardar; aparecerá una pantalla como la que se muestra a continuación: Figura 8. Cambiar/Consultar Continuar. El botón Cambiar/ Consultar permite regresar al módulo de Información básica y hacer modificaciones si es necesario; el botón Continuar permite ingresar al siguiente módulo.

4. ANEXO No. 1 REPRESENTANTES LEGALES Para las personas jurídicas no inscritas en el registro mercantil o en el de entidades sin ánimo de lucro, se visualiza en el menú principal la opción para ingresar la información del Anexo 1. Figura 9. Anexo No. 1 Representantes Legales

Para adicionar la información correspondiente a un representante legal, debe presionar el botón Agregar, habilitándose los siguientes campos: Nombre del representante legal, tipo y número del documento de identificación, país donde fue expedido (éste campo se habilita si el documento seleccionado es pasaporte o cédula de extranjería) y la denominación del cargo del representante legal de acuerdo a los estatutos. Una vez ingresados todos los datos se presiona el botón Guardar. Para Modificar la información referente a un representante legal, se selecciona en la lista y se señala Modificar, lo que activa los campos para que puedan ser modificados. Una vez realizados todos los cambios se presiona el botón Guardar. Para eliminar un Representante Legal se selecciona en la lista y se presiona el botón Eliminar. Una vez ingrese los datos de todos los Representantes legales, se debe digitar la información correspondiente a las facultades y limitaciones del Representante Legal, conforme el certificado expedido por la autoridad competente y se presiona la opción Guardar. Nota: Para modificar solamente la información correspondiente a las facultades y limitaciones del Representante Legal, se realizan las correcciones pertinentes en los campos Facultades y Limitaciones y se presiona el botón Guardar. 5. CAPACIDAD FINANCIERA La información financiera consignada en el formulario debe corresponder con el Balance General y el Estado de Resultados, el Balance Comercial, o el Balance de Apertura para aquellas personas que iniciaron operaciones en el último año. La información financiera que va a diligenciar debe ser coherente con la que reposa en el registro mercantil. El valor del patrimonio debe expresarse en salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), considerando el valor del SMMLV del año correspondiente al de la información financiera suministrada. Para el caso de personas jurídicas extranjeras, la información financiera esta soportada en el último balance general y el estado de resultados de la sociedad extranjera. Estas cifras deben presentarse en moneda colombiana. La información del formulario que se verifica por parte de las Cámaras debe estar contenida en los documentos relacionados en el Decreto 4881 de 2008 y su inclusión en el formulario es absoluta responsabilidad del interesado. Así mismo, el proponente verifica los resultados de los cálculos correspondientes. Las Cámaras de Comercio no hacen correcciones ni ajustes a la información contenida en el formulario, aunque de los documentos aportados se desprenda que existió error del interesado al incluirla. 5.1 FECHA DE CORTE Figura 10. Fecha de Corte El proponente debe ingresar la fecha de corte del Balance y del Estado de pérdidas y ganancias soporte de la información financiera consignada en el formulario. En caso de no hacerlo, el sistema le muestra el siguiente mensaje:

Figura 11. Fecha de corte es obligatoria 5.2 ENDEUDAMIENTO Figura 12. Endeudamiento El proponente debe ingresar en los campos correspondientes a Pasivo Total y Activo Total los valores relacionados en los Estados Financieros. De la información ingresada en los campos Pasivo Total y Activo Total, el sistema calcula automáticamente el porcentaje y puntaje correspondiente al endeudamiento (valor entero con dos cifras decimales). El porcentaje de endeudamiento se calcula de la siguiente manera: Endeudamiento= Pasivo Total x 100 Activo Total Como se observa en la figura 12, al posicionarse sobre el campo del puntaje por Endeudamiento para constructor, el sistema muestra una tabla que permite identificar el puntaje que corresponde a ésta actividad según el porcentaje de Endeudamiento. De igual manera puede visualizarse la tabla de puntaje como consultor y/o proveedor al posicionarse sobre los campos correspondientes.

5.3 LIQUIDEZ Figura 13. Liquidez El proponente debe ingresar los valores correspondientes al Activo Corriente y Pasivo Corriente, según los estados financieros presentados como soporte para el trámite. De la información ingresada en los campos Activo Corriente y Pasivo Corriente, el sistema calcula automáticamente la Liquidez (Valor entero con tres cifras decimales) y el puntaje por liquidez que le corresponde como Constructor, Consultor y/o proveedor. El nivel de liquidez, se calcula de la siguiente manera: Liquidez = Activo Corriente Pasivo Corriente Como se observa en la figura 13, al posicionarse sobre el campo de puntaje por liquidez para consultor, el sistema muestra una tabla que le permite identificar el puntaje que le corresponde como consultor para determinado nivel de liquidez. Igualmente se visualiza la tabla con el puntaje de liquidez para constructor y proveedor al posicionarse sobre los campos respectivos. 5.4 PATRIMONIO

Figura 14. Patrimonio Teniendo como base los valores de los estados financieros, el proponente debe ingresar el valor correspondiente al Patrimonio en pesos. El valor del patrimonio en SMMLV lo calcula automáticamente el sistema a partir del Patrimonio en pesos digitado y del valor del SMMLV correspondiente al año de la fecha de corte de la información financiera suministrada. Nota: al posicionarse sobre el campo Patrimonio SMMLV, el sistema trae una tabla de ayuda con los valores del SMMLV de los últimos años, para que el proponente identifique el correspondiente al año de la información suministrada. De la información ingresada en los campos Patrimonio ($) y Patrimonio SMMLV, el sistema calcula automáticamente el puntaje por patrimonio que le corresponde como Constructor, Consultor y/o proveedor. Como se observa en la figura 14, al posicionarse sobre el campo del puntaje por patrimonio para proveedor, el sistema trae una tabla que le permite identificar el puntaje que le corresponde como proveedor para determinado valor de Patrimonio en SMMLV. Igual sucede con la tabla de puntaje para Patrimonio en SMMLV como constructor y consultor. 5.5 CAPACIDAD FINANCIERA Figura 15. Capacidad Financiera Una vez obtenido el puntaje por endeudamiento, liquidez y patrimonio del constructor, consultor y/o proveedor, el sistema calcula automáticamente los puntajes por capacidad financiera, para cada una de las clasificaciones. La capacidad financiera del proponente corresponde a la suma de los puntajes obtenidos por cada uno de los conceptos de endeudamiento, liquidez y patrimonio. Para guardar la información ingresada, se debe presionar el botón Guardar; aparecerá una pantalla como la que se muestra a continuación:

Figura 16. Cambiar / Consultar - Continuar El botón Cambiar/ Consultar permite regresar al módulo de Capacidad Financiera y hacer modificaciones si es necesario; el botón Continuar permite ingresar al siguiente módulo.

6. CLASIFICACIONES Figura 17. Clasificaciones

Opciones de búsqueda. El proponente tiene la posibilidad de realizar la búsqueda por código de las clasificaciones que se han agregado; esta opción con el fin de encontrar fácilmente una clasificación dentro de las que han sido agregadas. El proponente debe ingresar en el campo Clasificación que aparece en la parte superior de la ventana, el código de la clasificación que desea buscar y luego dar click sobre el Botón Buscar. La opción Limpiar, pone en blanco el campo clasificación, y arroja la información de todas las actividades que han sido agregadas hasta el momento. Adicionar Clasificación Para adicionar una clasificación, se da click sobre el botón agregar, lo cual activa el campo Clasificación que se encuentra en la parte inferior de la ventana. Si se conoce el código de la clasificación, lo digita en el campo que se activó (campo Clasificación) y se da click sobre el botón aceptar; la clasificación se agregará a la lista de clasificaciones. Si se desconoce el código de la clasificación, se debe dar click sobre el icono como la que se muestra en la figura 18. ; se visualizará una ventana Nota: Al seleccionar el botón Agregar, el sistema entra en modo de ingreso para adicionar todas las clasificaciones del proponente. El botón Cancelar, permite desactivar el campo Clasificación y salir del modo de ingreso. Figura 18. Selector de Clasificaciones

Existen dos opciones de búsqueda: 1. Código comience por: Se ingresa en el campo Código comience por, los dígitos iniciales del código de las clasificaciones que deseamos buscar. Por ejemplo: para buscar todas las clasificaciones de constructor ingresamos el código 1, las de consultor el código 2 y las de proveedor el código 3; para buscar todas las clasificaciones cuyo código comience por 101, ingresamos éste valor. Nota: En el Campo Código comience por, sólo pueden ingresarse caracteres numéricos, no permite ingresar letras. Después de ingresar los dígitos iniciales del código que se desea buscar, se presiona el botón Buscar. El sistema trae la lista de los resultados encontrados. A continuación el proponente debe seleccionar la clasificación que desea adicionar y presiona el botón Seleccionar. El sistema carga la información de esa clasificación en la ventana clasificaciones (Ver figura 17); presionar el botón Aceptar, el sistema adiciona la clasificación. al 2. Nombre del grupo: Se ingresa en el campo Nombre Grupo una palabra relacionada con la clasificación que se desea buscar y se presiona el botón Buscar. El sistema trae la lista de los resultados encontrados. A continuación el proponente señala la clasificación que se desea adicionar y presiona el botón Seleccionar. El sistema carga la información de esa clasificación en la ventana clasificaciones (Ver figura 17); presionar el botón Aceptar, el sistema adiciona la clasificación. al Nota: Cuando se intenta adicionar una clasificación que ya ha sido agregada, el sistema muestra un mensaje informando al respecto. El sistema al ingresar en el modulo Liquidar valor a pagar (ver Módulo 9), valida que el proponente haya especificado su clasificación dentro de la(s) actividad(es) que desarrolla (constructor, consultor y/o proveedor). 7. CAPACIDAD TECNICA Figura 19. Capacidad Técnica Debe verificar que la información digitada corresponda a la contenida en las certificaciones soporte y los resultados de los cálculos correspondientes Las Cámaras de Comercio no harán correcciones ni ajustes a la información contenida en el formulario, aunque de los documentos aportados se desprenda que existió error del interesado al incluirla.

De acuerdo a la(s) clasificación(es) seleccionada(s) (constructor, consultor y/o proveedor. Ver figura 4), el sistema trae los campos habilitados para ingresar la información correspondiente al número de socios, así como el personal profesional universitario, personal administrativo, tecnólogo y operativo vinculados mediante una relación contractual, en el cual desarrollen actividades estrictamente relacionada con la actividad que se clasifica, los cuales se promediarán con base en los dos mejores años de los últimos cinco años. 7.1 CAPACIDAD TECNICA CONSTRUCTOR / CONSULTOR Figura 20. Capacidad Técnica Constructor Figura 21. Capacidad Técnica Consultor Ingrese la información correspondiente al número de socios, así como el personal profesional universitario, personal administrativo, tecnólogo y operativo vinculados mediante una relación contractual, en la cual

desarrollen actividades relacionadas estrictamente con la actividad de constructor/consultor las cuales se promediarán con base en los dos mejores años de los últimos cinco años. Una vez la información se encuentre digitada, el sistema calcula y promedia el personal vinculado a la actividad de constructor/consultor con base en los dos mejores años de los últimos cinco y el puntaje correspondiente a la capacidad técnica. Cuando el resultado obtenido corresponda a un número decimal este será eliminado se tendrá en cuenta únicamente el número entero. Por ejemplo, si el personal promedio es 4.5, el sistema lo aproxima a 4. Como se observa en la figura 20, al posicionarse sobre el campo correspondiente al puntaje por capacidad técnica, el sistema muestra una tabla que permite identificar el puntaje que le corresponde a la capacidad técnica como constructor. Como se observa en la figura 21, al posicionarse sobre el campo correspondiente al puntaje por capacidad técnica, el sistema muestra una tabla que le permite identificar el puntaje que le corresponde a la capacidad técnica como consultor. Para guardar la información ingresada, se debe presionar el botón Guardar; aparecerá una pantalla como la que se muestra a continuación: Figura 22. Cambiar/Consultar - Continuar El botón Cambiar/ Consultar permite regresar al módulo de Capacidad Técnica y hacer modificaciones si es necesario; el botón Continuar permite ingresar al siguiente módulo.

7.2 CAPACIDAD TECNICA PROVEEDOR Figura 23. Capacidad Técnica Proveedor El proponente proveedor no ingresa la información de capacidad técnica, no obstante si la suministra se incluye el dato en la certificación de proponentes, cuyos efectos serán solamente indicativos. Para guardar la información ingresada, se debe presionar el botón Guardar; aparecerá una pantalla como la que se muestra a continuación: Figura 24. Cambiar / Consultar - Continuar El botón Cambiar/ Consultar permite regresar al módulo de Capacidad Técnica y hacer modificaciones si es necesario; el botón Continuar permite ingresar al siguiente módulo.

8. CALIFICACION De acuerdo con la(s) clasificación(es) seleccionada(s) en la ventana Naturaleza y clasificación del proponente (Ver figura 4), el sistema trae los campos que se deben diligenciar para cada actividad (constructor, consultor, proveedor). 8.1 CALIFICACIÓN DEL CONSTRUCTOR 8.1.1 EXPERIENCIA PROBABLE Figura 25. Experiencia Probable CONSTRUCTORES Debe verificar que la información digitada corresponda a la contenida en las certificaciones que se anexan como soporte y su inclusión en el formulario es absoluta responsabilidad del interesado de acuerdo con lo estipulado el Decreto 4881 de 2008. Las Cámaras de Comercio no harán correcciones ni ajustes a la información contenida en el formulario, aunque de los documentos aportados se desprenda que existió error del interesado al incluirla. El proponente debe ingresar la información correspondiente a la experiencia probable que se determina de la siguiente forma: En las personas jurídicas por el tiempo durante el cual han ejercido la actividad, la cual se cuenta a partir de la fecha de la escritura pública de constitución o desde la fecha de inscripción en el correspondiente registro, cuando hubiese sido constituida por documento privado. Para las personas naturales profesionales, la experiencia probable se calcula por el tiempo que han desarrollado la profesión en el área de construcción a partir de la fecha de grado. Para las personas jurídicas sin ánimo de lucro constituidas con anterioridad a marzo de 1996, la antigüedad se determina desde la fecha de la Resolución mediante la cual se reconoce la personería jurídica. A partir de ésta información, el sistema asigna automáticamente el puntaje correspondiente al número de años de experiencia probable que posee como se observa en la figura 25.

8.1.2 CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN El proponente debe seleccionar una de las opciones que aparecen en la lista desplegable Disposición Aplicada. Las opciones son: Regla General, Disposición Especial ó Mínima. A continuación se presentan las ventanas que se visualizan al seleccionar cada una de éstas opciones: 8.1.2.1 REGLA GENERAL Figura 26. Capacidad de Organización (Regla General) El proponente debe ingresar en los campos habilitados los valores correspondientes a los ingresos brutos operacionales relacionados exclusivamente con la actividad de construcción, de los dos años de mayor facturación en los últimos cinco años, en términos de SMMLV. Estos valores deben coincidir con lo consignado en el estado de pérdidas y ganancias. De la información digitada, el sistema calcula automáticamente el promedio aritmético de los dos años de mayor facturación obtenidos por el proponente en los últimos cinco años. Nota: El valor digitado en el campo Ing. Brutos Operacionales en SMMLV, puede tener hasta dos cifras decimales. 8.1.2.2 DISPOSICIÓN ESPECIAL Figura 27. Capacidad de Organización (Disposición especial)

El proponente podrá acogerse a las disposiciones especiales contenidas en los literales del parágrafo del numeral 5 del artículo 24 del decreto 4881 de 2008. En este evento debe ingresar los valores correspondientes la capacidad de organización obtenida, según la disposición especial seleccionada. Nota: El valor digitado en el campo Capacidad de Organización en SMMLV, puede tener hasta dos cifras decimales. 8.1.2.3 MINIMA Figura 28. Capacidad de Organización (Mínima) El proponente, persona natural profesional recién egresado y la persona jurídica que no se ajusten a ninguna de las disposiciones especiales, que mantengan en su nómina por lo menos dos profesionales de la ingeniería y/o arquitectura vinculados laboralmente, podrán acogerse a la capacidad de organización mínima. Si no tuviera este tipo de vinculación de profesionales se tendrá en cuenta a los socios que posean tarjeta o matrícula profesional en las mismas áreas. Cuando se calcula la capacidad de organización y ésta resultare inferior a la capacidad de organización mínima, se tendrá en cuenta la capacidad de organización mínima. Nota: El valor digitado en el campo Capacidad de Organización en SMMLV, puede tener hasta dos cifras decimales. 8.1.3 CAPACIDAD MÁXIMA DE CONTRATACION Figura 29. Capacidad de Contratación del constructor

De la información digitada y los puntajes obtenidos por Experiencia Probable (Ver Numeral 8.1.1), Capacidad de Organización (Ver Numeral 8.1.2), Capacidad Financiera (Ver Numeral 5) y por Capacidad Técnica (Ver Numeral 7), el sistema calcula automáticamente la CAPACIDAD MÁXIMA DE CONTRATACIÓN K del constructor. Para guardar la información ingresada, se debe presionar el botón Guardar; aparecerá una pantalla como la que se muestra a continuación: Figura 30. Cambiar / Consultar - Continuar El botón Cambiar/ Consultar permite regresar al módulo de Calificación y hacer modificaciones si es necesario; el botón Continuar permite ingresar al siguiente módulo. 8.2 CALIFICACIÓN DEL CONSULTOR 8.2.1 DISPOSICIONES ESPECIALES PARA CONSULTORES Figura 31. Experiencia adicional del Consultor

Los proponentes personas naturales profesionales que se clasifiquen como consultores podrán adicionar años de experiencia probable en los siguientes eventos: 1. Cuando hubiere publicado un libro especializado, según certificación de la editorial donde conste el título, autor, tema y fecha de impresión, podrán adicionar un año de experiencia probable por cada libro publicado. 2. Cuando tuviese experiencia como docentes o en investigaciones, según certificación de una entidad superior donde conste el tiempo de docencia o de investigación podrán adicionar un año de experiencia probable por cada semestre. 3. Cuando tuviese post grado o estudio de especialización, según certificación de la entidad de educación donde conste cada post grado o estudio de especialización, por cada post grado o estudio de especialización podrán adicionar dos años de experiencia probable. 4. Cuando hubiese obtenido premios en concursos arquitectónicos y distinciones profesionales, nacionales o internacionales, según certificación de la entidad otorgante, podrán adicionar 3 años de experiencia probable. El proponente consultor persona natural (profesional) que esté en la posibilidad de adicionar años de experiencia debe seleccionar dichos conceptos en la lista que se muestra en la figura 31 e ingresar la información correspondiente (en el campo Cantidad). El sistema asigna automáticamente el número de años adicionales que le corresponde. Nota: El área Experiencia Adicional Consultor se habilita únicamente cuando el proponente sea persona natural profesional. 8.2.2 CONTRATOS Figura 32. Contratos El proponente debe ingresar la información correspondiente al Contrato de consultoría de Mayor cuantía, indicando el año y el valor en pesos. De la información digitada el sistema calcula automáticamente el valor de ése contrato en SMMLV. Adicionalmente debe ingresar el total de contratos de consultoría ejecutados durante el ejercicio de la actividad consultora (Ver Literal 2 del artículo 29 del decreto 4881 de 2008).

8.2.3 Experiencia Probable Consultor Figura 33. Experiencia Probable Consultor En esta sección el proponente debe ingresar el número de años de experiencia probable que corresponden al tiempo en que ha desarrollado la actividad como consultor, de acuerdo a las siguientes reglas: Años de experiencia probable para personas naturales profesionales: Se determina por que figure en el acta de grado. la fecha de grado Años de experiencia probable para personas jurídicas: Se contabiliza desde la fecha de constitución o de adquisición de la personería jurídica. Años de experiencia probable para personas naturales profesionales que adicionan años de experiencia, se suman el número de años de experiencia probable y los años adicionados. De la información ingresada el sistema calcula el puntaje correspondiente a los años de experiencia probable El puntaje correspondiente al Total Experiencia Probable lo calcula el sistema sumando los puntajes por el tiempo en que ha ejercido la actividad de consultoría, más el valor del contrato de consultoría de mayor valor y el número de Contratos de consultoría ejecutados. Como se observa en la figura 33, al posicionarse sobre el campo que indica el puntaje por Total de Años de Experiencia, el sistema muestra una tabla que permite identificar el puntaje que le corresponde como consultor. De la misma manera, se obtienen los puntajes por contrato de consultoría de mayor valor expresados en salarios mínimos mensuales legales, y por número de contratos de consultoría ejecutados. 8.2.4 Capacidad de Organización. El proponente debe seleccionar una de las opciones que aparecen en la lista desplegable Disposición Aplicada. Las opciones son: Regla General, Disposición Especial ó Mínima. A continuación se presentan las ventanas que se visualizan al seleccionar cada una de éstas opciones:

8.2.4.1 REGLA GENERAL Figura 34. Capacidad de Organización (Regla General) El proponente debe ingresar en los campos habilitados los valores correspondientes a los ingresos brutos operacionales relacionados exclusivamente con la actividad de consultoría de los dos años de mayor facturación en los últimos cinco años, en términos de SMMLV. Estos valores deben coincidir con lo consignado en el estado de pérdidas y ganancias. De la información digitada, el sistema calcula automáticamente el promedio aritmético de los dos años de mayor facturación obtenidos por el proponente en los últimos cinco años. Nota: El valor digitado en el campo Ing. Brutos Operacionales en SMMLV, puede tener hasta dos cifras decimales. 8.2.4.2 DISPOSICION ESPECIAL Figura 35. Capacidad de Organización (Disposición especial) El proponente podrá acogerse a las disposiciones especiales contenidas en los literales del parágrafo del numeral 5 del artículo 29 del decreto 4881 de 2008. En este evento debe ingresar los valores correspondientes a la capacidad de organización obtenida, según la disposición especial seleccionada Nota: El valor digitado en el campo Capacidad de Organización en SMMLV, puede tener hasta dos cifras decimales.

8.2.4.3 MINIMA Figura 36. Capacidad de Organización (Mínima) El proponente que al calcular la capacidad de organización determinada por la aplicación de la regla general o de alguna de las disposiciones especiales obtenga un resultado inferior a la Capacidad de organización mínima (Com), se podrá acoger a la Capacidad de organización mínima de acuerdo a su antigüedad y la tabla del literal c, parágrafo, numeral 5 artículo 29 Decreto 4881 de 2008, expresada en SMMLV. Nota: El valor digitado en el campo Capacidad de Organización en SMMLV, puede tener hasta dos cifras decimales. 8.2.5 Capacidad Máxima de Contratación Figura 37. Capacidad Máxima de contratación (Consultor) De la información digitada y los puntajes obtenidos por Experiencia Probable (ver Numeral 8.2.3), Capacidad de Organización (ver Numeral 8.2.4), Capacidad Financiera (Ver Numeral 5) y Capacidad Técnica (Ver Numeral 7), el sistema calcula automáticamente la CAPACIDAD MÁXIMA DE CONTRATACIÓN K del consultor. Para guardar la información ingresada, se debe presionar el botón Guardar; aparecerá una pantalla como la que se muestra a continuación:

Figura 38. Cambiar / Consultar - Continuar El botón Cambiar/ Consultar permite regresar al módulo de Calificación y hacer modificaciones si es necesario; el botón Continuar permite ingresar al siguiente módulo. 8.3 CALIFICACIÓN DEL PROVEEDOR 8.3.1 Experiencia Probable Figura 39. Experiencia Probable El proponente debe ingresar la información correspondiente al tiempo que ha ejercido la actividad como proveedor para determinar el número de años de experiencia probable de acuerdo a las siguientes reglas. Las personas naturales no profesionales, determinarán la experiencia probable por el tiempo en que hayan ejercido su profesión u oficio teniendo en cuenta la fecha del contrato más antiguo según la certificación expedida por la entidad contratante.

Los proponentes personas naturales profesionales determinan la antigüedad desde la fecha de grado que figure en el acta de grado. La experiencia probable para las personas jurídicas se determina desde la fecha de constitución o adquisición de la persona jurídica de acuerdo con el certificado de existencia y representación legal expedido por la autoridad competente. De la información ingresada el sistema asigna automáticamente el puntaje correspondiente a la Experiencia Probable como proveedor. Como se observa en la figura 39, al posicionarse sobre el campo del puntaje por experiencia probable, el sistema muestra una tabla que permite identificar el puntaje por concepto de Experiencia Probable, que le corresponde como proveedor según el número de años de experiencia. 8.3.2 CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN El proponente debe seleccionar una de las opciones que aparecen en la lista desplegable Disposición Aplicada. Las opciones son: Regla General, Disposición Especial. A continuación se presentan las ventanas que se visualizan al seleccionar cada una de éstas opciones: 8.3.2.1 REGLA GENERAL Figura 40. Ingresos Brutos Operacionales (Regla general) El proponente debe ingresar en los campos habilitados los valores correspondientes a los ingresos brutos operacionales relacionados exclusivamente con la actividad de proveedor de los dos años de mayor facturación en los últimos cinco años, en términos de SMMLV. Estos valores deben coincidir con lo consignado con el estado de pérdidas y ganancias. A partir de la información digitada el sistema calcula automáticamente el promedio aritmético de los dos años de mayor facturación obtenidos por el proponente en los últimos cinco años. Nota: El valor digitado en el campo Ing. Brutos Operacionales en SMMLV, puede tener hasta dos cifras decimales.

8.3.2.2 DISPOSICIÓN ESPECIAL Figura 41. Capacidad de Organización (Disposición Especial) El proponente podrá acogerse a las disposiciones especiales contenidas en e los literales del parágrafo del numeral 4 del artículo 34 del decreto 4881 de 2008. En este evento debe ingresar los valores correspondientes la capacidad de organización obtenida, según la disposición especial seleccionada. Nota: El valor digitado en el campo Capacidad de Organización en SMMLV, puede tener hasta dos cifras decimales. 8.3.3 CAPACIDAD MÁXIMA DE CONTRATACION Figura 42. Capacidad De Contratación (proveedor) Del puntaje obtenido por Total de experiencia Probable (ver Numeral 8.3.1), Capacidad de Organización (ver Numeral 8.3.2), Capacidad Financiera (Ver Numeral 5), el sistema calcula automáticamente la CAPACIDAD MÁXIMA DE CONTRATACIÓN K del proveedor. Presione el botón Guardar para salvar la información. Para guardar la información ingresada, se debe presionar el botón Guardar; aparecerá una pantalla como la que se muestra a continuación:

Figura 43. Cambiar / Consultar - Continuar El botón Cambiar/ Consultar permite regresar al módulo de Calificación y hacer modificaciones si es necesario; el botón Continuar permite ingresar al siguiente módulo. 9. LIQUIDAR VALOR A PAGAR Figura 44. Ventana de pagos En el campo correspondiente a certificados a expedir, ingrese el número de certificados que desea solicitar. Al presionar el Botón Liquidar el sistema traerá una ventana según la figura 45.

Figura 45. Importante En el área que dice IMPORTANTE, el usuario encuentra las instrucciones para imprimir los formularios que requiere y la liquidación del trámite para efectuar el pago en taquillas. Las instrucciones se enumeran a continuación: 1. Para cancelar el valor correspondiente a su trámite de proponentes, por favor haga click en la imagen Formulario para pago Físico. Aparecerá la Ventana Liquidación (ver figura 46) 2. Imprima el formato de pago. Para imprimir el formato de pago debe hacer click en el botón imprimir que aparece en la parte inferior de la Ventana Liquidación (ver figura 46). 3. El formulario debe ir firmado en todas las hojas por el representante legal (para persona jurídica) o Persona Natural. Para imprimir el formulario debe seleccionar la opción descargar formulario (ver figura 45. Ventana Liquidación), lo descarga en formato PDF, se imprime y se firma. Adicionalmente debe ingresar en el formulario impreso, la información correspondiente al número de hojas que está entregando. 4. Llene el formulario de cumplimiento art. 50 de 2002. Al hacer click en el botón descargar (Ver figura 45), aparece el formato para imprimirlo y diligenciarlo. 5. Diríjase con toda la documentación a la taquilla para el pago del trámite.

Figura 46. Liquidación

ANEXO 1. REGLAS APLICADAS PARA LOS CALCULOS EFECTUADOS POR LA APLICACION Capacidad Financiera: 1. Endeudamiento: El porcentaje será calculado automáticamente por el sistema corresponderá a un valor entero con dos decimales. a. Se aplicará la siguiente regla de redondeo. Ej.: Endeudamiento = 5,4792% Se deben tomar dos decimales, como la tercera cifra decimal es mayor o igual que 5 en el ejemplo 9, se aumenta la segunda cifra decimal (7) al próximo valor que para el ejemplo sería 8. Finalmente, el endeudamiento será: 5,48% Endeudamiento = 5,4742% Se deben tomar dos decimales, como la tercera cifra decimal es menor que 5 en el ejemplo 4, no se aumenta la segunda cifra decimal (7) simplemente se toman los dos decimales sin modificación. Finalmente, el endeudamiento será: 5,47% 2. Liquidez: Este valor será calculado por la aplicación teniendo en cuenta lo siguiente: a. El porcentaje obtenido será un valor entero con tres decimales. b. Se aplicará la siguiente regla de redondeo. Ej.: Liquidez = 5,4738% Se deben tomar tres decimales, como la cuarta cifra decimal es mayor o igual que 5 en el ejemplo 8, se aumenta la tercera cifra decimal (3) al próximo valor que para el ejemplo sería 4. Finalmente, la liquidez será: 5,474 Liquidez = 5,4732% Se deben tomar tres decimales, como la cuarta cifra decimal es menor que 5 en el ejemplo 2, no se aumenta la tercera cifra decimal (3) simplemente se toman los tres decimales sin modificación. Finalmente, el endeudamiento será: 5,473 3. Patrimonio en SMMLV: Este valor será calculado por la aplicación teniendo en cuenta lo siguiente: a. Se tomará como base el SMMLV que le corresponde al año de la fecha de corte señalada por el proponente para su información financiera. b. El valor obtenido será un número entero sin decimales. c. Se aplicará la siguiente regla de redondeo. Ej.:

Patrimonio = 5,92% No se toman cifras decimales, como la primera cifra decimal es mayor o igual que 5 en el ejemplo (9), se aumenta el número entero al próximo valor, que para el ejemplo sería 6 se omiten los decimales. Finalmente, el patrimonio será: 6 Capacidad Técnica: Patrimonio = 5,22% No se toman cifras decimales, como la primera cifra decimal es menor que 5 en el ejemplo (2), no se aumenta el número entero, simplemente se toma ese valor sin decimales. Finalmente, el patrimonio será: 5 El personal promedio será calculado por la aplicación y corresponderá al promedio de la suma de los valores de cada año reportado por el proponente. No habrá redondeo, toda vez que se trata d epersonal vinculado y este no puede ser sujeto de división. Si el promedio obtenido es un valor con decimales, estos se desprecian y sólo se tomará la parte entera. Ej.: Personal promedio con decimales: Año Socios Univ. Tecno. Admin. Oper. 2005 1 2 3 4 5 2006 6 7 8 9 10 Personal Promedio 27,5 Personal promedio calculado y visualizado con la aplicación web: Año Socios Univ. Tecno. Admin. Oper. 2005 1 2 3 4 5 2006 6 7 8 9 10 Personal Promedio 27 Calificaciones: En los siguientes campos se habilitó el ingreso de decimales (máximo 2): Años experiencia probable consultor. Experiencia en años del constructor y consultor. Los siguientes campos en la (Co) permiten el ingreso de decimales (máximo 2): Ingresos Brutos Operacionales en SMMLV, cuando se aplica la regla general.

Capacidad de Organización en SMMLV, cuando se aplica la disposición mínima o la disposición especial. La capacidad máxima de contratación (K), será calculada por la aplicación. El resultado obtenido será un valor entero con dos decimales; en éste se aplica la misma regla de redondeo indicada en la capacidad financiera.