DOCUMENTACIÓN ACADÉMICA FIN DE CURSO EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA

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Transcripción:

HEZKUNTZA, HIZKUNTZA POLITIKA DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN ETA KULTURA SAILA POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA Hezkuntza Sailburuordetza Viceconsejería de Educación Hezkuntza Ikuskaritza Inspección de Educación DOCUMENTACIÓN ACADÉMICA FIN DE CURSO EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA CURSO 2015 / 2016 10 de junio de 2016

Sr./a. Director/a del Centro: Para proceder a una recogida ordenada de la Documentación Académica de fin de curso 2015-16, el/la Inspector/a de su centro le comunicará el calendario de dicha recogida. Si a este respecto hubiera algún inconveniente por su parte, le ruego se ponga en contacto con él/ella para tratar de solucionarlo lo mejor posible. SE RECUERDA, QUE TODOS LOS MODELOS DE ACTAS, Y DEMÁS DOCUMENTACIÓN ACADÉMICA A UTILIZAR DE FORMA OBLIGATORIA EN TODOS LOS NIVELES DE ESTUDIOS, SON LOS QUE PROPORCIONA LA APLICACIÓN INFORMÁTICA DE NOTAS Y FALTAS QUE SE ENCUENTRA EN LA PÁGINA WEB DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA A LA QUE LOS CENTROS TENDRÁN QUE SUBIR LAS CALIFICACIONES. Orden de 25 de septiembre de 2014, de la Consejera de Educación, sobre recogida de información unificada en materia de centros docentes correspondiente al curso 2014-2015 (BOPV, 09-10-2014) ANTES DE CUMPLIMENTAR LA DOCUMENTACIÓN ACADÉMICA REQUERIDA, ES CONVENIENTE LEER LA NORMATIVA VIGENTE SOBRE EL TEMA DE EVALUACIÓN, y que se basa, fundamentalmente, en: - ORDEN de 7 de julio de 2008, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la se regula la evaluación del alumnado en Educación Básica. (BOPV de 30-julio-2008). (En lo que no contravenga el Decreto 236/2015). - Resolución de la Viceconsejera de Educación sobre la organización del curso 2015-2016 en los centros Públicos de Educación Infantil y Primaria. - Orden de 5 de mayo de 1993, sobre evaluación en la Educación infantil (BOPV 1-6- 1993) (En lo que no contravenga el Decreto 237/2015). - DECRETO 236/2015 de 22 de diciembre, por el que se establece el currículo de Educación básica y se implanta en La Comunidad Autónoma del País Vasco. (BOPV 15-01-2016) - DECRETO 237/2015, de 22 de diciembre, por el que se establece el currículo de Educación Infantil y se implanta en la Comunidad Autónoma del País Vasco. BOPV 15-01- 2016 - Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero por el que se establece el currículo básico de la educación primaria (BOE 1-3-2014)

Introducción A) Consideraciones generales: 1. Para la cumplimentación de las actas académicas de los diferentes grupos, cursos, o niveles deberá utilizar la aplicación: Notas y faltas. En ella el profesorado habilitado al respecto tendrá la posibilidad de plasmar las notas de las materias, áreas, asignaturas o módulos correspondientes a los estudios que se impartan en el centro. 2. Lo consignado en la aplicación Notas y faltas tendrá su reflejo en la aplicación Expediente Académico de la que se podrá obtener el Historial académico del alumnado. Se recuerda que en los cambios de centro dentro de la CAPV no es necesario que el alumno lleve impreso el Historial Académico ya que, al matricularse en el nuevo centro, podrán tener acceso a todos los datos reflejados por el centro anterior en el expediente del alumno o alumna. 3. Para poder cumplimentar de manera adecuada la aplicación de Notas y Faltas es absolutamente imprescindible que los datos correspondientes a cada alumno o alumna que se solicitan en la aplicación Gestión académica. Prematrícula / matrícula estén perfectamente cumplimentados. Por otro lado, estos datos han de tener su reflejo en la aplicación informática Cuadros horarios - DAE a la hora de confeccionar los grupos oficiales, de impartición y pendientes en aquellos casos en que el alumnado se divida para recibir asignaturas diferentes. Para asegurar la coherencia entre ambas aplicaciones se ha puesto a disposición de los centros un Listado de concordancia matrícula - DAE que tendrá que revisarse hasta asegurar que en la pestaña Módulos-matrícula-alumno no existe ninguna incoherencia. B) Validaciones previas al cierre de actas: Se parte del supuesto de que es una práctica que garantiza en todos los centros abordar el proceso de evaluación del alumnado con la máximas garantías. En consecuencia es recomendable seguir esta práctica independientemente de la titularidad del centro. Sentado lo anterior: Se puede imprimir borradores de historiales por grupos. Esto se hace a través del menú Expedientes Académicos Listados EDUCACION PRIMARIA Validación de historiales en la aplicación de Expediente Académico. Allí se generará un borrador con información hasta el día de la fecha y en formato Excel con una relación de alumnos y una pestaña para cada uno de ellos (referenciada con su DNI). Se recomienda utilizar esta herramienta a lo largo del proceso de evaluación del alumnado y en los siguientes momentos:

o o o Antes de la carga de calificaciones: Se considera importante revisar el historial antes de la carga de calificaciones del curso actual para detectar errores anteriores. Es útil para verificar la depuración de errores de cursos anteriores realizada ya por el centro. Después de la carga de calificaciones del curso actual, y antes del cierre, provisional y/o definitivo, de actas: el borrador de historial generado será el mismo que el anterior más las calificaciones cargadas del curso actual. Si hay errores se pueden corregir sin reabrir actas, porque no se han cerrado. Por otra parte, y a diferencia de lo que ocurrió en cursos anteriores, en el presente la Inspección no reabrirá actas. Después del cierre definitivo de actas: Se generará un documento que contiene los datos definitivos y sin validez académica. Si se detecta un error en las calificaciones en este estadio, se corregirá mediante diligencia en la aplicación Notas y Faltas. Esta diligencia se arrastrará automáticamente al expediente y se podrá ver en éste. Hecho lo anterior, se recomienda obtener de nuevo el informe de verificación para comprobar que la diligencia se ha cargado correctamente. C) Certificados digitales: Se obtendrán por medio de la aplicación específica Certificados digitales. Hay dos tipos de certificados: o Certificados finales El centro puede pedir certificados digitales finales todas las veces que sea necesario, con carácter general, se emitirán para todos los alumnos que finalizan la etapa de Educación Primaria (2015-2016). A través de la aplicación, el centro educativo emitirá todos los certificados de los alumnos/as propuestos/as para título y QUE ESTÉN PENDIENTES DE EMITIR: - Porque no se han generado anteriormente. - Porque después de generarse se ha hecho una diligencia (ver apartado B). En la aplicación se abre un cuadro de diálogo en el que aparecerá Tipo y se debe desplegar y seleccionar Final. Los certificados incorporarán la fecha de emisión, que será la fecha en la que el centro lanza la generación del certificado. El centro debe solicitar los certificados FINALES tras la evaluación ordinaria para quienes hayan terminado. o Certificados parciales Se generarán individualmente para el alumno que lo solicite (porque cambia de centro o de comunidad) y siempre a partir del curso 2015-2016. En la aplicación se abre un cuadro de diálogo en el que aparecerá Tipo y se debe desplegar y seleccionar Parcial. Se solicita a través del Identificador Personal del Alumno o por DNI. En la aplicación de matrícula se puede obtener un listado de alumnos con su Id (Identificador Personal del Alumno/a), el listado de concordancias también lo tiene. El identificador personal del alumno y el nº de expediente en la CAPV es el mismo. Los certificados incorporarán la fecha de emisión, que será la fecha en la que el centro lanza la generación del certificado. Los certificados digitales son una copia auténtica de un documento que valida el propio Gobierno Vasco y no un centro concreto, es por ello, que cualquier centro de la CAPV podrá expedir este documento (a partir del curso 2015-2016) para cualquier alumno o alumna que los solicite, hubiera estado matriculado o no.

En cualquiera de los dos casos, si se detectan errores en los certificados, podrán corregirse mediante diligencia en el propio certificado y según se determine. Posteriormente se generará un nuevo certificado digital (que contiene la diligencia) e invalida el anterior.

DOCUMENTACIÓN ACADÉMICA PARA PRESENTAR EN INSPECCIÓN ACTAS de evaluación. TODAS LAS ACTAS SE IMPRIMIRÁN POR ANVERSO Y REVERSO, a fin de que contengan las firmas autógrafas del profesorado. Actas de cada uno de los cursos (1º, 2º, 3º, 4º, 5º y 6º): un acta por cada grupo de alumnos/as (duplicado: una para el centro y otra para la Inspección). Actas Complementarias ( Pendientes ) de 1º, 2º, 3º, 4º y 5º curso (una sola acta por curso). Deben aparecer en las mismas todos los alumnos que estando en cualquier nivel (2º,3º, 4º, 5º o 6º) tengan materias pendientes de dichos cursos, independientemente de que las hayan superado o no. Para la cumplimentación de las actas complementarias, en la aplicación Cuadros Horarios (DAE) se creará un grupo de pendientes para cada materia y nivel. Modificadores de las calificaciones: al alumnado que tenga autorizada una Adaptación Curricular Individual se le incluirá en el acta la expresión ACI junto a la calificación. Esta circunstancia se registrará en el Expediente Académico mediante la Diligencia correspondiente. Asimismo, en las actas se podrán reflejar las medidas de Refuerzo Educativo mediante las siglas RE. La tramitación de las Adaptaciones Curriculares se realiza de acuerdo con el art 11 de la Orden de 24 de julio de 1998, (BOPV de 31 de agosto de 1998), mediante aplicativo W67. A fecha de hoy existe un número de solicitudes de ACIs que tras dos revisiones, no cuentan con el visto bueno de la Inspección de Educación por no ajustarse adecuadamente a la normativa vigente. En consecuencia, y a efectos de la cumplimentación de la documentación académica de fin de curso, se procederá como sigue: Si la solicitud cuenta con el visto bueno de la Inspección se indicará ACI en las actas, en caso contrario se indicará Refuerzo. En ningún caso se dejará en blanco la casilla de evaluación. La calificación se referira al plan de trabajo desarrollado y al progreso alcanzado por el alumno o la alumna. Cuando el equipo docente considere que el alumno o la alumna ha alcanzado los objetivos relativos al nivel de referencia curricular al que se ha referido la Adaptación Curricular individual, podrá reflejar esta circunstancia en el acta extraordinaria correspondiente, según el procedimiento mencionado más arriba. Resultados escolares 2015-2016: El Departamento de educación los obtendrá automáticamente de la aplicación Notas y faltas. DOCUMENTACIÓN ACADÉMICA PARA CONSERVAR EN EL CENTRO ESCOLAR Durante la escolarización del alumnado todo centro deberá tener la siguiente documentación:

EDUCACIÓN INFANTIL Expediente Académico, QUE CONTENDRÁ: o Ficha personal del/la alumno/a. o Resumen de escolaridad. o Informe de evaluación individualizado al final de cada año académico. EDUCACIÓN PRIMARIA o Informe Final de evaluación, al finalizar el último curso de la Etapa. EL EXPEDIENTE ACADÉMICO ELECTRÓNICO DEL ALUMNADO ESTARÁ EN LA APLICACIÓN INFORMÁTICA CORRESPONDIENTE Expediente Académico: Todo centro educativo debe de abrir y cumplimentar el Expediente Académico de cada uno/a de los alumnos/as. Actas: Todos los centros deben conservar por tiempo indefinido un original debidamente firmado y sellado de las actas de cada uno de los cursos académicos. Su custodia es responsabilidad del secretario/a del centro. Informe de evaluación de cada curso escolar. Cada centro determinará el modelo de dicho informe y podrán adaptarse los informes de final de ciclo que el centro elaboraba anteriormente (En lo que no contravenga el Decreto 236/2015, artí. 46) DOCUMENTACIÓN ACADÉMICA PARA ENTREGAR AL ALUMNADO Historial Académico o Certificado Digital a partir del curso 2015-2016: Serán expedidos por el centro. Será generado por la aplicación CERTIFICADOS DIGITALES en el caso del alumnado que esté matriculado en Educación Primaria en el curso actual en la CAPV, y se imprimirá cuando sea necesario, bien por finalización de los estudios de la etapa o por traslado a otra comunidad autónoma. Los centros deben tener en cuenta, para su organización, el sistema por el que opera la aplicación que genera los certificados digitales. Estos no son accesibles hasta la mañana siguiente al día en que se lanzó la petición en la aplicación. Historial Académico relativo a cursos anteriores al 2015-2016: Cuando un alumno solicite un historial relativo a cursos anteriores (hasta 2014-2015 incluido) se dan dos posibles situaciones: a) El alumno/a que finalizó sus estudios antes de que se pusiera en marcha la aplicación Notas y Faltas. El centro expedirá, a petición del alumno/a, el historial tomando como base las actas y/o el expediente del alumno/a custodiado en formato papel.

b) El alumno/a que finalizó sus estudios con posterioridad a la puesta en marcha de la aplicación Notas y Faltas y antes del curso 2015-2016. La aplicación de Expediente generará un historial académico válido, a través de la pestaña Consulta de Impresión. El centro es responsable de la información que incorpora en la aplicación. Si la información no fuera correcta, porque la aplicación del expediente no se hubiera corregido debidamente en la verificación del presente curso, deberá corregirse previamente a la expedición del historial académico según se ha detallado. En caso de imposibilidad de dicha corrección, el historial, o certificado, se expedirá manualmente a partir de la información contenida en las actas custodiadas por el centro. Informe personal por traslado (certificación). Lo elaborará el centro en el que se encuentre matriculado el alumno a través de la aplicación que se determine. Consejo Orientador incluido en el Informe de Orientación Escolar Individual: se entregará al alumnado que esté cursando 6º de Educación Primaria (Decreto 236/2015, artí. 36). Este documento se puede obtener de la aplicación Notas y Faltas o de la que posea el centro, siempre que ésta contenga toda la información requerida. Dado que el Decreto 236/2015 se publicó una vez comenzado el curso, ello puede dificultar la planificación de la evaluación por competencias. Este curso 2015-16 y, con carácter excepcional, se permite a los centros no cumplimentar el apartado correspondiente a la Valoración del Grado de Adquisición de las Competencias, del Consejo Orientador. Si bien, se recomienda su cumplimentación. La información del grado de adquisición de las competencias será introducida en la aplicación Notas y Faltas por el tutor o la tutora del grupo, en el menú Grupos de trabajo, donde se elegirá la opción Info. Competencias. Al tutor o la tutora le aparecen los grupos de 6ºLH, 1º ó 3º DBH de los que sea tutor o tutora. Clicando sobre el grupo aparece la lista del alumnado del grupo.

Pulsando en el icono de la libreta se accede a la información de cada alumno o alumna, que varía en función de la etapa y curso