CONSEJO FEDERAL DE GOBIERNO CORPORACION VENEZOLANA DE GUAYANA ATENCIÓN A LAS : ORGANIZACIONES DE BASE DEL PODER POPULAR (OBPP)
PREMISAS GENERALES DEL CONSEJO FEDERAL DE GOBIERNO El Consejo Federal de Gobierno establecerá los lineamientos que orientarán los procesos de planificación y coordinación en la ordenación territorial y de transferencia de las competencias y atribuciones de las entidades territoriales hacia las organizaciones de base del poder popular (artículo 2); entendidas éstas como consejos comunales, comunas, mesas técnicas y cualquier otra organización de base del poder popular (artículo 9).
ESTRUCTURA DEL CONSEJO FEDERAL DE GOBIERNO La Plenaria del CFG Vicepresidente Ejecutivo Todos los Ministros Todos los Gobernadores Un Alcalde por cada estado Voceros del Poder Popular La Secretaría del CFG Vicepresidente Ejecutivo 02 Ministros 03 Gobernadores 03 Alcaldes El Fondo de Compensación Interritorial (FCI) CTE OTR(S) URE(S)
FUNCIONES PLENARIA Y SECRETARIA DEL CFG La Plenaria: Propone las transferencias de competencias y servicios, la creación de los Distritos Motores, su reglamento de funcionamiento y presupuesto. Es el espacio de interacción y discusión política sobre la áreas prioritarias de inversión, así como el impulso de las integraciones regionales y locales. La Secretaría: Es la encargada de la eleboración y ejecución de los planes, de controlar y dirigir el Fondo de Compensación Interterritorial, de elaborar los lineamientos generales del plan de desarrollo, de proponer a la plenaria las áreas de inversión y de distribuir los fondos, entre otras atribuciones.
QUÉ ES EL FCI? Es la instancia del CFG destinada al financiamiento de inversiones públicas para promover el desarrollo equilibrado de las regiones, la cooperación y complementación de las políticas e iniciativas de desarrollo de las distintas entidades públicas territoriales y la realización de obras y servicios esenciales en las regiones y comunidades de menor desarrollo relativo (Artículo 22 de la LOCFG).
ESTRUCTURA FUNCIONAL DEL CFG CFG Secretaria del CFG Fondo de Compensación Interterritotial (FCI) Comité Técnico de Evaluación (CTE) OTR Occidente OTR Central OTR Llanos OTR Centro- Occidental OTR Oriental OTR Sur URE-Bolívar URE-Amazonas URE-Delta Amacuro
FUNCIONES DE LAS OFICINAS TÉCNICAS REGIONALES (OTR) Artículo 31 (Reglamento de la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno) 1.Aplicar el baremo tecno-político a los proyectos consignados, por las Entidades Político territoriales y las organizaciones del Poder Popular, a finde validar su correspondencia con los criterios fijados por la Secretaria del Consejo Federal de Gobierno. 2.Revisar técnica y financieramente los proyectos consignados de manera desconcretada por las Entidades Político Territoriales y las organizaciones del Poder Popular de su ámbito de influencia. 3.Preparar informes a la Comisión Técnica de Evaluación (CTE) con las recomendaciones correspondientes derivadas de la revisión de los proyectos.
FUNCIONES DE LAS OFICINAS TÉCNICAS REGIONALES (OTR) Artículo 31 (Reglamento de la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno) 4. Dar seguimiento y control a la ejecución Física de los proyectos en marcha aprobados por la Secretaria del Consejo Federal de Gobierno. 5. Coordinar la Unidades Receptoras Estadales (URE). 6. Apoyar técnicamente a los Distritos Motores de Desarrollo. 7. Cumplir los demás mandatos de la secretaria del Consejo Federal de Gobierno
FUNCIONES DE LAS UNIDADES RECEPTORAS ESTADALES (URE) Artículo 32 (Reglamento de la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno) 1.Acopiar los planes de inversión y los proyectos asociados a ser consignados ante el Fondo de Compensación Interterritorial (FCI) por parte de los gobiernos estadales y locales, así como de las organizaciones del Poder Popular del estado correspondiente. 2.Verificar los recaudos consignados a fin de asegurar la correcta formulación de los planes de inversión y de los proyectos asociados. 3.Orientar y brindar asesoría para la formulación de los planes de inversión y la presentación de proyectos asociados.
FUNCIONES DE LAS UNIDADES RECEPTORAS ESTADALES (URE) Artículo 32 (Reglamento de la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno) 4. Prestar asistencia técnica a los consejos comunales, las comunas y a otras organizaciones de base del Poder Popular en lo atinente a la formulación de sus planes comunales y los proyectos asociados, en coordinación con el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de participación ciudadana, los Consejos Locales de Planificación Pública, el Consejo Estadal de Coordinación y Planificación de Políticas Públicas y las entidades político-territoriales correspondientes. 5. Coordinar la red de contraloría social que garantice el seguimiento y control de los planes de inversión y de los proyectos asociados en marcha aprobados por la Secretaría del Consejo Federal de Gobierno. 6. Cumplir los demás mandatos de la Secretaría del Consejo Federal de Gobierno.
BASES DE ASIENTO REGIONAL DEL (FCI) Artículo 33 (Reglamento de la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno) Las Corporaciones de Desarrollo Regional y el Servicio Autónomo Fondo Nacional de los Consejos Comunales (SAFONAC), sin menoscabo de las funciones atribuídas en sus instrumentos de creación podrán actuar como Oficinas Técnicas Regionales (OTR) del Fondo de Compensación Interterritorial (FCI) y en algunos casos como Unidades Estadales de Recepción (URE) en aplicación del principio constitucional de colaboración de los órganos y entes de la administración pública.
CÓMO PARTICIPAN LAS COMUNIDADES EN EL CFG?
QUÉ ES EL PICP?
FASES DEL PICP
PROYECTOS NO FINANCIABLES POR EL FCI 1. Compra de terrenos y bienhechurias. 2. Iglesias o fomento de credos religiosos de cualquier tipo. 3. Construcción de viviendas. Sólo serán financiados proyectos de rehabilitaciones o ampliaciones. 4. Construcción de escuelas, ambulatorios, salvo que se trate de ampliaciones o rehabilitaciones, o segundas etapas. 5. Adquisición de equipamiento, infraestructura y vehículos para grupos policiales o de seguridad.
PROYECTOS NO FINANCIABLES POR EL FCI 6. Financiamiento de rubros agrícolas específicos que no generen reinversión social (sólo se financiará el equipamiento y fortalecimiento de unidades productivas comunales en el marco de los proyectos socio-productivos). 7. Proyectos de interés particular o familiar que no beneficien la propiedad social.
PROYECTOS NO FINANCIABLES POR EL FCI 8. En caso de construcción de mercalitos, mercales, pdvales, pdvalitos y casas de alimentación, sólo serán financiados aquellos proyectos que cuenten con los avales emitidos por parte de los organismos rectores en la materia. Para el financiamiento de proyectos de construcción de nuevas escuelas y ambulatorios, se deberá constar con el aval emitido por el Ministerio del Poder Popular para la Educación y el de Salud respectivamente.
NECESIDADES DE LOS CONSEJOS COMUNALES SITUACIÓN EN EL AÑO 2011 2813 IDEAS PARA LA SOLUCIONES A TRAVES DE PROYECTOS PRIORIZADOS EN EL ESTADO BOLÍVAR 544 PROYECTOS APROBADOS EN EL ESTADO BOLÍVAR MANDATO PRESIDENCIAL ART 33 DEL REGLAMENTO DEL CFG PARTICIPACION DE LA CVG COMO LA OTR-SUR 433 PROYECTOS DIFERIDOS EN EL ESTADO BOLÍVAR 111 PROYECTOS CONSOLIDACION DEL PODER POPULAR
INVERSIÓN EN EL AÑO 2011 PROYECTO 433 VISTOS BUENOS 111 DIFERIDOS INVERSION (Bs.) 85,864,018.02 18,037,018.70 544 PROYECTOS 103,037,524.70 TOTAL
DIFERIDOS = 111 = 20.4% APROBADOS = 433+60 = 87.8% EJECUTAD0S= 422= 85.6% APROBADOS = 299 = 60.6% EJECUTADOS= 260 APROBADOS= 55= 11.11% EJECUTAD0S= 42 APROBADOS=139 =28.19% EJECUTAD0S= 120
SITUACIÓN PARA EL AÑO 2012
INVERSIÓN EN EL AÑO 2012 PROYECTO 435 VISTOS BUENOS 266 DIFERIDOS INVERSION (Bs) 127.766.325,49 73.641.674,53 701 PROYECTOS 201,408,000.02 TOTAL
MANDATO CONSTITUCIONAL CONSEJO FEDERAL DE GOBIERNO PARTICIPACION DEL PODER POPULAR AÑO 2011-2012 1245 PROYECTOS 304 MILLARDOS INNOVADORES SOCIALES