UNIÓN DE RUGBY DE CUYO. Coberturas por Lesiones y Accidentes Deportivos. Capítulo l. Sistema de Seguro URC y Fondo Solidario UAR



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Transcripción:

UNIÓN DE RUGBY DE CUYO Coberturas por Lesiones y Accidentes Deportivos Capítulo l Sistema de Seguro URC y Fondo Solidario UAR 1. INTRODUCCIÓN Nos dirigimos a Ud. a efectos de hacerle llegar información respecto del Sistema de Seguro URC y Fondo Solidario UAR. El Seguro URC y el Fondo Solidario UAR constituyen dos (2) productos totalmente diferentes en su concepto, referencia y tramitación, que conforman un Sistema cuyo objetivo es brindar una ayuda a aquellos jugadores fichados -efectiva y oportunamente- en la Unión de Rugby de Cuyo y a los referees que forman parte del staff de la misma. El Sistema de Seguro URC y Fondo Solidario UAR combina la existencia de ambos productos en paralelo, aumentando las posibilidades de cobertura de aquellos jugadores o referees que hayan sufrido un accidente con consecuencias físicas durante el desarrollo del juego o en oportunidad del entrenamiento para el mismo. En esta cartilla-instructivo podrá profundizar sus conocimientos acerca de los aspectos principales del Sistema y -a su vez- conocer la secuencia precisa del procedimiento a seguir cuando alguno de sus jugadores sufra un accidente en circunstancias vinculadas directamente a la práctica de nuestro deporte. Es muy importante que Ud. conozca los procedimientos a seguir -y comparta con sus pares dichos conocimientos- a fin de garantizar que ningún jugador de rugby de nuestra provincia quede expuesto al abandono o en situación de precariedad por falta de recursos para una adecuada cobertura sanitaria ante la ocurrencia de un accidente deportivo. De esta manera Ud. se convierte en un eslabón fundamental para la transmisión del espíritu solidario que promueve nuestro deporte. Finalmente y para vuestro conocimiento, es importante resaltar que la Unión de Rugby de Cuyo es una de las únicas del país en aplicar este sistema combinado, pues el resto de las circunscripciones sólo cuentan con el Fondo Solidario UAR.

2. PRODUCTOS Ante la ocurrencia de accidentes deportivos que provoquen lesiones durante la práctica del rugby (entrenamiento, partidos amistosos, partidos oficiales), cada jugador o referee tiene la posibilidad de solicitar el reconocimiento de determinados gastos para ayudar a la cobertura que demande su recuperación. Cada jugador o referee accidentado puede hacer uso de los productos puestos a su disposición por la Unión de Rugby de Cuyo, de manera conjunta o indistinta, dependiendo del caso y las condiciones de cobertura personal que posea (obra social, prepaga u otro sistema). En cualquier caso, los productos del Sistema actúan mediante el mecanismo de reintegros. De tal manera que primero debe generarse el gasto para luego solicitar su reconocimiento, observando el cumplimiento de determinados requisitos. Los productos que forman parte del Sistema son: 1. Fondo Solidario de la Unión Argentina de Rugby 2. Póliza Colectiva de Seguro por Accidentes de la Unión de Rugby de Cuyo.

Capítulo ll FONDO SOLIDARIO UAR 1. CARACTERIZACIÓN Como su nombre lo indica, se trata de un Fondo de Ayuda. No es un Seguro de Accidentes y Lesiones y está financiado por ingresos de la UAR: Partidos de los distintos Seleccionados, Sponsors, Donaciones, aportes de Jugadores en el exterior y aportes de los jugadores pertenecientes a todas las Uniones del País. 2. OBJETO 1 Este beneficio ayuda principalmente a cubrir: a) El reintegro de gastos médicos e insumos de jugadores y referees que CAREZCAN 2 DE OBRA SOCIAL, SERVICIO MÉDICO, MEDICINA PREPAGA O CUALQUIER OTRO TIPO DE COBERTURA ASISTENCIAL; o cuando la cobertura de las mismas no alcance a las prestaciones necesarias 3 (en cuyo caso deberá adjuntarse copia autenticada de la exclusión o cobertura parcial). b) Ayuda monetaria por ÚNICA VEZ, en los casos de fallecimiento o incapacidad total y permanente. 3. SUJETOS ALCANZADOS 4 Tienen derecho a este beneficio: a) Jugadores fichados reglamentariamente 5 a la Unión de Rugby de Cuyo con anterioridad al evento dañoso, que hayan presentado en tiempo y forma los requisitos preventivos relativos a EPC (Evaluación Pre Competitiva). b) Jugadores del Seleccionado Argentino y de la Unión de Rugby de Cuyo, en ocasión de desempeñarse como tales e incluidos en las listas respectivas. c) Los referees, en las condiciones fijadas en el inciso a). d) Jugadores de rugby infantil (hasta 14 años), en las condiciones fijadas en el inciso a). 1 Art. 1 - Reglamento del Fondo Solidario UAR 2 Art. 10 - inc. a) - Reglamento del Fondo Solidario UAR 3 Art. 10 - inc. b) - Reglamento del Fondo Solidario UAR 4 Art. 7 - Reglamento del Fondo Solidario UAR 5 Art. 10 - inc. c) - Reglamento del Fondo Solidario UAR

4. COBERTURA 6 El Fondo cubre el reintegro de gastos generados por: a) Honorarios médicos. b) Compra de prótesis necesarias. c) Gastos por tratamientos de accidentes maxilo-faciales y odontológicos, siempre que se haya acreditado por medio de la tarjeta del partido el uso de protector bucal. d) Gastos de tratamiento kinesiológico, de acuerdo al dictamen que emita la UAR. Los valores a reconocer para las distintas patologías son determinados por la UAR conforme a un nomenclador establecido al efecto. Ningún reintegro superará el máximo fijado para el módulo contemplado en dicho Nomenclador. 5. DENUNCIA FONDO SOLIDARIO UAR Para acceder al beneficio es imprescindible informar cada lesión a la Unión de Rugby de Cuyo, mediante la correcta integración y entrega efectiva de: a. Formulario Único de Denuncias Fondo Solidario UAR 7 ; b. copia de la Tarjeta de Partido donde el Referee haga constar la lesión y el informe del médico oficial que cubrió el mismo, incluyendo diagnóstico preliminar y tipo de atención primaria prestada; y c. Nota del Club aclarando cómo se produjo la lesión. (**) Para el caso de Lesiones ocurridas DURANTE el entrenamiento: a. Formulario Único de Denuncias Fondo Solidario UAR; b. Nota del Club firmada por sus representantes legales (Presidente y/o Secretario) en carácter de DDJJ, describiendo cómo se produjo la lesión; e c. Informe del médico que asistió en el carácter de primer auxilio. 6. PLAZO PARA DENUNCIAS FONDO SOLIDARIO UAR La comunicación debe realizarse en forma fehaciente dentro de los quince (15) días de producido el hecho, a efectos de que la URC realice el trámite respectivo ante la UAR y se informe el número de referencia de la denuncia presentada. 6 Art. 8 - Reglamento del Fondo Solidario UAR 7 www.uar.com.ar/el_juego FONDO SOLIDARIO ARCHIVOS - Formulario Único de Denuncia y Médico

7. EVALUACIÓN 8 Para la evaluación por parte de la Subcomisión de Fondo Solidario UAR, en el término de los ochenta (80) días posteriores de realizada la denuncia se deberá acompañar ante la Unión de Rugby de Cuyo la siguiente información: a. DDJJ del jugador -o su padre o madre- expresando que apela al Fondo Solidario UAR por carecer de Obra Social, Servicio Médico o Medicina Prepaga que cubra los gastos recamados. b. Evaluación Pre Competitiva (EPC). c. En caso de Internación no quirúrgica, copia de historia clínica. d. En caso de cirugía, el correspondiente parte quirúrgico. e. Comprobantes originales (facturas) de los pagos realizados cuyo reintegro se solicita. 8. CONDICIONES PARTICULARES a. La tramitación de la denuncia como la ejecución del procedimiento deben ser Instados por el solicitante, sus familiares o -en su caso- por el Club al que pertenece, quedando la UAR y la URC liberados de toda responsabilidad por la falta de observancia del procedimiento y plazos aquí definidos. b. La Unión de Rugby de Cuyo y sus Clubes afiliados e Invitados no se responsabilizan por las decisiones que adopte la Subcomisión de Fondo Solidario de la UAR en relación con el reconocimiento o rechazo de cualquier accidente y, consecuentemente, el otorgamiento o denegatoria de un beneficio determinado. c. El Fondo Solidario UAR funciona por el mecanismo de reintegros, por lo que se debe generar el gasto para luego solicitar el reintegro respectivo. d. Los reintegros tienen una franquicia deducible que se establece anualmente. 8 Art. 11 - Reglamento del Fondo Solidario UAR

Capítulo lll PÓLIZA COLECTIVA DE SEGURO URC 1. CARACTERIZACIÓN A diferencia del Fondo Solidario UAR, se trata efectivamente de un Seguro de Accidentes y Lesiones y está financiado exclusivamente por los aportes de todos los jugadores pertenecientes a las Unión de Rugby de Cuyo. 2. OBJETO Este seguro cubre el reembolso de: a. Gastos médicos por asistencia médico-farmacéutica de jugadores y referees por lesión deportiva durante entrenamientos o durante el juego, aún cuando posean Obra Social, Servicio Médico o Medicina Prepaga o cualquier otro tipo de cobertura asistencial, por la parte no cubierta de las prestaciones necesarias para el caso en cuestión; b. Indemnización por invalidez permanente, total o parcial por accidente; c. Indemnización por muerte accidental. 3. SUJETOS ALCANZADOS Tienen derecho a este beneficio: a) Jugadores fichados reglamentariamente 9 a la Unión de Rugby de Cuyo con anterioridad al evento dañoso. b) Jugadores del Seleccionado de la Unión de Rugby de Cuyo, en ocasión de desempeñarse como tales e incluidos en las listas respectivas. c) Los referees, en las condiciones fijadas en el inciso a). 4. COBERTURA El seguro cubre el reembolso de: 9 Que hayan integrado totalmente los valores determinados anualmente para el Derecho de Jugador y completado la inscripción correspondiente ante la Secretaría Administrativa de la URC.

a) Todo tipo de gastos por asistencia médico-farmacéutica de jugadores y referees hasta cubrir la suma total de $ 15.000.- (Quince mil pesos) por todo concepto, deduciendo de ello la suma de $ 500 (Quinientos Pesos) en concepto de franquicia; b) Indemnización por incapacidad permanente, total o parcial: MAYORES hasta $ 100.000.- (Cien mil pesos); MENORES hasta $ 20.000.- c) Indemnización por muerte accidental por $ 100.000.- (Cien mil pesos). Los montos a reconocer para las distintas patologías son determinados por las cifras expresadas en los originales de los comprobantes de gastos respectivos y hasta el límite que determina el inciso a) del presente título. Para el caso de los jugadores o referees que posean Obra Social o cualquier tipo de cobertura asistencial, los montos a reconocer serán determinados por la diferencia no cubierta por la Institución que realiza la cobertura primaria y hasta el límite que determina el inciso a) del presente título. Ningún reembolso superará el máximo fijado por la póliza, valor al que se le deducirá la franquicia determinada. 5. DENUNCIA SEGURO URC Se deberá informar cada lesión simultáneamente a la Unión de Rugby de Cuyo y a la Compañía de Seguros, mediante el envío de un correo electrónico acompañando los datos completos del accidentado a la dirección que se consigna al final del instructivo. 6. PLAZO PARA DENUNCIAS SEGURO URC La comunicación debe realizarse en forma fehaciente dentro del plazo de 72 hs. de producido el hecho, a efectos de que la Unión de Rugby de Cuyo tome conocimiento y la Compañía de Seguros realice el trámite interno respectivo e informe a la URC el número de referencia de la denuncia. (APE N.) 7. INTEGRACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN Para la evaluación por parte de la Compañía de Seguros y hasta el término de un (1) año posterior a la fecha del siniestro, se deberá completar ante la misma la siguiente información: a. Copia de la Tarjeta de Partido donde el Referee haga constar la lesión y el informe del médico oficial que cubrió el mismo, incluyendo diagnóstico preliminar y tipo de atención primaria prestada; y b. nota del Club aclarando cómo se produjo la lesión. c. En caso de accidente durante entrenamientos, nota del Club -firmada por sus representantes legales (Presidente y/o Secretario), en carácter de DDJJ- describiendo cómo se produjo la lesión e informe del médico que practicó atención en carácter de primer auxilio;

d. En caso de Internación no quirúrgica, copia de historia clínica. e. En caso de cirugía, el correspondiente parte quirúrgico. f. Nota de resumen de gastos y originales de las facturas pagadas cuyo reintegro se solicita, presentando dichos comprobantes en un plazo NO MAYOR de diez (10) días de pagados. 8. CONDICIONES PARTICULARES a. La tramitación de la denuncia como la ejecución del procedimiento deben ser Instados por el solicitante, sus familiares o -en su caso- por el Club al que pertenece, quedando la URC y la Compañía liberados de toda responsabilidad por la falta de observancia del procedimiento y plazos aquí definidos. b. La Unión de Rugby de Cuyo y sus Clubes afiliados no se responsabilizan por las decisiones que adopte la Compañía de Seguros en relación con el reconocimiento o rechazo de cualquier accidente y, consecuentemente, el otorgamiento o denegatoria de un beneficio determinado. c. La Póliza Colectiva de Seguro URC funciona por el mecanismo de reintegros, por lo que se debe generar el gasto para luego solicitar el reintegro respectivo. d. Los reintegros tienen una franquicia deducible que se establece con cada póliza anual.

Capítulo lv CONSIDERACIONES GENERALES 1. RECOMENDACIONES COMUNES Como Responsable Designado por su Club es Ud. un actor importante en la promoción de nuestro deporte y los valores que sustentan la práctica del rugby. Por ello, nos permitimos hacerle un pequeño recordatorio de algunas cuestiones relevantes a tener en cuenta para hacer eficiente su tarea ante la ocurrencia de una lesión, producto de un accidente deportivo: a. No permita que jugadores de su Club practiquen rugby (entrenamientos o partidos oficiales o amistosos) sin fichaje y/o EPC. b. La mejor prevención comienza tomando conciencia que el rugby es un deporte de contacto y que los accidentes pueden producirse en el momento menos esperado. c. Inculque a los dirigentes, entrenadores y padres la responsabilidad que les cabe respecto a estas incidencias. d. Producido un accidente NO se preocupe. OCÚPESE. e. Haga que la lesión conste en la Tarjeta del Partido con la firma del referee. f. Pida y anote el Nombre Completo y Teléfono de Referee y Médico del partido. g. Verifique informe del médico con firma, sello, fecha y Nº matrícula. h. Saque fotocopias de la Tarjeta del Partido. i. Informe inmediatamente a la Unión y cumpla los procedimientos establecidos. j. Informe al jugador y su familia de la existencia del Sistema de Seguro URC y Fondo Solidario UAR. k. Exija que su Club posea elementos para la realización de primeros auxilios. l. Piense que es un mal momento para todos. Acompañe y anime al jugador y su familia. m. Haga que el jugador se haga atender rápidamente y obtenga diagnósticos certeros. n. Haga guardar o guarde los originales de todas las facturas y tickets por gastos, extendidos inequívocamente a nombre del jugador. o. Inculque el USO DE PROTECTOR BUCAL. La cobertura de accidentes maxilo-faciales u odontológicos sólo opera con su utilización. Haga constar su uso en la Tarjeta de Partido.

p. Revise en forma constante las fechas determinadas como límite para la presentación de documentación. q. No olvide que sus demoras, olvidos o errores pueden derivar en futuros reclamos patrimoniales. r. Haga un esfuerzo por brindar el mejor asesoramiento posible y gestiones diligentemente. s. Ante cualquier duda, consulte a la Unión de Rugby de Cuyo. 2. ALGUNAS PREGUNTAS FRECUENTES - Si tengo Obra Social debo presentar denuncia ante el Fondo Solidario o ante el Seguro URC? Respuesta: En principio, si tienes Obra Social, NO debes solicitar ayuda del Fondo Solidario UAR. Pero es conveniente realizar la denuncia inmediata ante ambas coberturas. Luego, al conocer la gravedad de la lesión y si tu Obra Social o Prepaga te cubren parcialmente, podrás optar por instar la alternativa de cobertura más ajustada a tu necesidad. - Qué vigencia tiene la cobertura? Respuesta: En el caso de la Póliza de Seguro Colectivo URC -para la temporada 2012- la cobertura va desde el 23/03/13 al 31/12/13. Fuera de esas fechas sólo estás cubierto si la Unión de Rugby de Cuyo habilita una competencia determinada. En el caso del Fondo Solidario UAR, el fichaje realizado durante un año determinado cubre hasta el 31/03 del año siguiente - No he pagado aún el Derecho de Jugador. Mi entrenador dice que no puedo jugar todavía pero me hace practicar con mi equipo. Estoy cubierto por algún accidente? Respuesta: No estás cubierto para ninguna contingencia. Si te sucede alguna lesión, no tendrás derecho a gozar de ningún reembolso o reintegro por parte del Sistema. - Puedo pedir reintegros a las dos Coberturas simultáneamente? Presento originales de facturas a la UAR y fotocopias a la Aseguradora o viceversa! Respuesta: Deberás ejercer una opción pues ambas coberturas exigen la presentación de originales de facturas o comprobantes de pago y otros documentos. Sí podrías presentar un grupo de comprobantes ante una de ellas y comprobantes de otras prestaciones distintas ante la otra cobertura. - Pero entonces no me cubren ambas el mismo accidente? Respuesta: Podría suceder que ante el mismo accidente ambas coberturas cubrieran los reembolsos o reintegros de gastos pero éstos siempre serán por conceptos distintos. Nunca pagarán las mismas prestaciones - Debo tratarme, operarme y luego rehabilitar Tengo la obligación de ir a algún médico indicado por el Club o la Unión o la Aseguradora?

Respuesta: Ni la URC, ni la UAR, ni el Club, ni la Compañía Aseguradora pueden imponerte tratamientos o profesionales o clínicas u hospitales o farmacias, etc. Todas las cuestiones relacionadas con tu recuperación están reservadas a tu libre elección y la de tu familia. 3. CONTACTOS a. Denuncias en Compañía Aseguradora: Sr. Fabián Martini Denuncia por Mail: fabian.martini@hsbc.com.ar b. Consultas en la Unión de Rugby de Cuyo : Consejero a cargo del Sistema de Seguro URC y Fondo Solidario UAR: o Secretario Administrativo: Sr. Mauricio Ferrari e-correo: urc@unionderugbydecuyo.com.ar