5 MSP UCH/15/5.MSP/5 jueves, 15 de enero de 2015 Original: Inglés Distribución limitada ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA CONVENCIÓN SOBRE LA SALVAGUARDIA DEL PATRIMONIO CULTURAL SUBACUÁTICO REUNIÓN DE LOS ESTADOS PARTES Quinta sesión París, Sede de la UNESCO, Sala XI 28 a 29 de abril de 2015 Punto 5 del orden del día provisional Propuesta de estrategias para mejorar las ratificaciones y la aplicación de la Convención de 2001 El presente documento presenta el estado actual de las ratificaciones y la aplicación de la Convención y sugiere estrategias para su mejora.
UCH/15/5.MSP/5 - página 2 1. Se presenta la Reunión de los Estados Partes en el Anexo al presente documento con propuestas de estrategias para mejorar las ratificaciones y la aplicación de la Convención de 2001; 2. La Reunión de los Estados Partes tal vez desee discutir su contenido y aprobar la siguiente resolución: PROYECTO DE RESOLUCIÓN 5 / MSP 5 La Reunión de los Estados Partes, en su quinta sesión, 1. Habiendo examinado el documento UCH/15/5.MSP/5 y su Anexo, Sobre la promoción de la Convención y de sus objetivos: 2. Invita a los Estados Partes a: a. promover la ratificación de la Convención en su región mediante campañas de sensibilización activas dirigidas a otros Estados y el público, b. aportar financiación extrapresupuestaria y personal a la Secretaría de la Convención, c. fomentar el trabajo del Consejo Consultivo Científico y Técnico, en particular, en la promoción y el financiamiento de sus misiones de asistencia técnica, d. fomentar el acceso responsable al patrimonio cultural subacuático, en particular mediante la aplicación de la Convención; 3. Solicita a la Secretaría que se realce la sensibilización pública del patrimonio cultural subacuático a través de la identificación de los proyectos de asistencia y cooperación destacados y alienta a los Estados Partes a que proporcionen recursos extrapresupuestarios para facilitarlos; 4. Pide también a las ONGs acreditadas que promuevan la Convención con mayor fuerza; Sobre la aplicación de la Convención 5. Invita a los Estados Partes a armonizar plenamente su legislación nacional con la Convención, si todavía no lo han hecho, y a mejorar la coherencia en la elaboración de instrumentos jurídicos que sean necesarios para hacer que la protección del patrimonio en virtud de los instrumentos pertinentes normativos de la UNESCO sean eficaces dentro de los marcos jurídicos y políticos nacionales; 6. Recuerda la necesidad urgente de conservar los lugares contra el impacto del clima y los cambios del nivel del mar, actividades industriales y saqueo, en particular mediante la plena aplicación de la Convención; y alienta a los Estados Partes a tomar medidas activas para aplicar la Convención; 7. También alienta a los Estados Partes a crear capacidades de investigación y de protección y hacer un llamamiento a la asistencia técnica del Consejo Consultivo Científico y Técnico;
UCH/15/5.MSP/5 - página 3 8. Finalmente invita a los Estados Partes a que den a conocer y presenten el patrimonio cultural subacuático en sus currículos escolares nacionales y a que capaciten a los docentes en este sentido. ANEXO I Propuesta de estrategias para mejorar las ratificaciones y la aplicación de la Convención de 2001 La Convención sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático ("la Convención") fue adoptada por los Estados Miembros de la UNESCO para luchar contra el saqueo desmesurado, la explotación comercial, ilícita o inmoral del patrimonio cultural subacuático. Es un instrumento completo, que responde plenamente a estas cuestiones en todas las aguas. Aumenta la protección jurídica de los lugares in situ y prohíbe la recuperación y tráfico ilícitos o inmorales de artefactos. La Convención también responde a las necesidades de orientación científica y a la facilitación de cooperación estatal, que los Estados Miembros sintieron con fuerza. No incluye normas sobre la propiedad de patrimonio y no cambia las zonas marítimas. La Convención recibe un gran apoyo por parte de arqueólogos subacuáticos y sus asociaciones. Sin embargo, aún no se ha logrado su amplia ratificación y aplicación. El presente documento tiene como objetivo presentar el estado actual de las ratificaciones y aplicación y estrategias para su mejora. 1. Ratificación de la Convención 1.1. Estado actual de las ratificaciones La Convención tuvo un comienzo relativamente lento durante el período 2001-2007. Entró en vigor el 2 de enero de 2009. A partir de la quinta reunión de los Estados Partes (abril 2015), había sido ratificado por 49 1 Estados. Convenciones Principales de Cultura de la UNESCO Partes Convención para la Protección de los Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado (1954) y 126 2 Protocolos La Convención sobre las Medidas que deben adoptarse para Prohibir e Impedir la Importación, la 127 Exportación y la Transferencia de Propiedad Ilícitas de Bienes Culturales (1970) Convención para la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural (1972) 191 Convención sobre la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Subacuático (2001) 49 Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial (2003) 161 Convención sobre la Protección y Promoción de Diversidad de las Expresiones Culturales (2005). 134 El mapa de la izquierda muestra la distribución geográfica de los países que la ratifican. En general, las regiones de Europa del Este, América Latina y el Caribe han ratificado la Convención de forma más amplia que otras regiones. El número más 1 Sudáfrica depositó su instrumento de ratificación, lo que le permitió convertirse en el 50º Estado Parte, sólo después del 28 de enero de 2015, es decir, demasiado tarde para ser reconocidos como Estado Parte en la presente sesión de la Reunión de los Estados Partes. 2 Primer Protocolo 103; Segundo Protocolo 67
UCH/15/5.MSP/5 - página 4 débil de ratificaciones se observa en la región Asia-Pacífico. El siguiente gráfico muestra la gran disparidad en la distribución geográfica de los Estados Partes de la Convención: Grupo I: Europa occidental y los Estados Norteamericanos Grupo II: Estados de Europa Oriental Grupo III: Estados de América Latina y el Caribe Grupo IV: Estados de Asia y el Pacífico Grupo Va: Estados africanos Grupo Vb: Estados Árabes 1.2. Estrategias para aumentar las ratificaciones Las principales cuestiones que dificultan la ratificación: la Convención aún no se entiende completamente, especialmente en cuanto a sus aspectos jurídicos; muchos estados tienen pocas actividades arqueológicas subacuáticas en curso o ninguna. Hay relativamente pocos especialistas de arqueología subacuática empleados, y la mayoría de los estados carecen de la capacidad de reacción ante cualquier desafío en relación con su patrimonio sumergido; es patrimonio cultural subacuático es a menudo inaccesible para el público y por lo tanto produce un beneficio social limitado; y mientras que las actividades que impactan negativamente el patrimonio subacuático están en aumento, no están siendo supervisadas de manera insuficiente y la sensibilización es baja. La creación de capacidades, la protección de lugares y la aplicación de la ley siguen siendo limitadas. Se sugieren las siguientes acciones para cambiar esta situación y aumentar las ratificaciones: Objetivo Promoción de la ratificación Acción Promoción de la ratificación dentro de los gobiernos Herramientas: reuniones regionales y nacionales; reuniones de consulta nacionales; campañas regionales de sensibilización de los Estados Partes en otros Estados Actores: Secretaría, Estados Partes Incremento del impacto de la Secretaría Herramientas: el aumento de personal y la financiación de la Secretaría; establecimiento de un subfondo para el personal del Fondo del Patrimonio Cultural Subacuático; contribución voluntaria de los Estados Partes Actores: Los Estados Partes La participación de los socios Herramientas: La participación directa de los socios para promover la Convención Actores: Estados Partes, ONGs, Universidades
UCH/15/5.MSP/5 - página 5 Aumento de los beneficios de la ratificación Aumento de la concienciación y el apoyo social Asistencia directa del Estado en cuestiones de patrimonio subacuático Herramientas: Asistencia del STAB Actores: STAB, Secretaría en cooperación con los Estados Partes Facilitar el acceso al patrimonio y el beneficio del patrimonio Herramientas: Identificación de las mejores prácticas en materia de acceso; Promoción de las mejores prácticas; Negociación de asociaciones Actores: Estados Partes; Secretaría; socios Realzar la sensibilización pública del patrimonio subacuático Herramienta: Identificación y aplicación de proyectos clave icónicos Actores: Estados Partes; Secretaría; Socios Campañas de sensibilización pública Herramientas: exposiciones, información del sitio web, materiales informativos y de cooperación con socios de los medios Actores: Estados Partes; Secretaría En detalle: a) PROMOCIÓN DE LA RATIFICACIÓN i. Promoción de la ratificación en los gobiernos y el refuerzo del personal de la Secretaría Debido a la falta de recursos, las actividades de promoción de la Convención entre los legisladores son actualmente limitadas. Hay que encontrar una solución, ya que la promoción de la Convención dentro de los gobiernos del Estado es fundamental para aumentar las ratificaciones. Gracias a esfuerzos considerables para recaudar fondos, la Secretaría, en los últimos años, ha sido capaz de organizar unas 35 reuniones regionales y subregionales; también se ha producido mucho material de información sobre la Convención (películas, folletos, preguntas frecuentes, página web, etc.). También ha promovido la Convención, y la arqueología subacuática, a través de una red de universidades, manuales de formación, publicaciones, conferencias científicas, exposiciones, campañas de sensibilización educativas y en medios de comunicación. Esto ha contribuido a aumentar las ratificaciones y la participación entre los legisladores. Las reuniones nacionales y la asistencia directa del Estado beneficiaron mucho. Sin embargo este nivel de actividad no puede sostenerse, ya que el personal así como la financiación de la Secretaría siguen disminuyendo drásticamente. El personal de la Secretaría se compone actualmente de un D1 como Secretario de la Convención (25% de su tiempo), un P5 (33% de su tiempo), un P3 (100% de su tiempo), y uno G4 (50% de su tiempo). Con estos recursos limitados, la Secretaría puede garantizar principalmente sólo actividades legales básicas. El presupuesto ordinario de la Secretaría de la convención para 2014/15 comprende 580.692 dólares estadounidenses para gastos de personal y 214.300 dólares estadounidenses para las actividades de la Sede, así como 82.000 dólares estadounidenses para las actividades en el campo. El presupuesto de actividades de la Sede cubre principalmente los costes de las reuniones estatutarias. La financiación extrapresupuestaria tiene que cubrir los costes de la mayoría de las actividades operativas, especialmente las que promueven la ratificación y tienen como objetivo la creación de capacidades.
UCH/15/5.MSP/5 - página 6 Se alienta a los Estados Partes a considerar la provisión de personal para la Secretaría a largo plazo (a través de comisiones de servicio, como expertos asociados u otros) y también a proporcionar fondos con urgencia para actividades que promuevan la Convención, a fin de aumentar las ratificaciones. ii. Una mayor participación de los socios Otro medio para promover la ratificación es el fortalecimiento de la participación de los socios. La Convención se ha basado siempre en gran medida en el apoyo de los socios, en particular de los Estados miembros. Los principales donantes para actividades que promueven la ratificación han sido los Estados, como España, Noruega y Flandes. Sin embargo una mayor participación de los socios podría aumentar considerablemente las ratificaciones. Este apoyo no tiene que ser necesariamente financiero; podría tomar la forma de estímulo de los Estados Partes a los Estados que no son Partes y sus respectivas asociaciones regionales (CARICOM, la UE, etc.) para apoyar la Convención y ratificarla. Se necesitan con urgencia acciones concretas en este sentido. Los socios de la sociedad civil, como las ONGs, podrían apoyar la Convención a través de acciones de envío de cartas, de sensibilización pública, peticiones y acciones similares. b) EL AUMENTO DE LOS BENEFICIOS DE LA RATIFICACIÓN i. Proporcionar asistencia técnica y científica El Consejo Consultivo Científico y Técnico (STAB) puede desempeñar un papel importante en la respuesta a la incapacidad de los Estados para responder a los desafíos relacionados con su patrimonio subacuático, que a menudo les impide la ratificación. También puede convertirse en un factor de ventaja importante para los Estados al considerar la posibilidad de ratificar la Convención. El STAB comprende doce expertos en arqueología subacuática y campos relacionados. Están altamente calificados en sus campos, y se pondrá su asistencia a disposición de todos los Estados Partes. El STAB puede proporcionar asistencia directa a los Estados Partes a través de las misiones y el asesoramiento. Esto podría ser una gran ventaja para los Estados. Sin embargo, por el momento, los Estados Partes no conocen suficientemente los resultados del trabajo y la utilidad del STAB. Hasta ahora los Estados Partes han solicitado asistencia al STAB en sólo dos casos. El potencial del STAB es considerable. El STAB podría proporcionar asistencia científica a los Estados Partes que carezcan de competencias científicas y en situaciones de emergencia. Esta asistencia también podría ser útil para la revisión de las leyes nacionales. Un problema es que se tiene que aumentar la concienciación de los Estados y que, al día de hoy, no hay fondos disponibles para apoyar la asistencia operativa del STAB. Haití, un país menos desarrollado, por ejemplo, tenía que cubrir los costes de la primera intervención de emergencia del STAB con sus propios fondos. Aunque los gastos fueron modestos, cubrían sólo los gastos de viaje, podría haber disponible una financiación más generosa para el STAB por los Estados Partes para permitir el uso de sus potenciales. ii. Facilitar el acceso al patrimonio El aumento del acceso al patrimonio también podría alentar la ratificación. El patrimonio cultural subacuático es a menudo de difícil acceso, debido a su ubicación remota. La falta de acceso público, a lo largo de los años, ha sido identificada como una de las principales causas de la indiferencia del público en general a la preservación del patrimonio subacuático. En la
UCH/15/5.MSP/5 - página 7 percepción pública, los naufragios todavía se ven como 'algo perdido', en vez de un sitio de patrimonio a conservar. Sus beneficios sociales no han sido aún demostrados de forma convincente. En su quinta reunión (2014), el STAB identificó el acceso público responsable del patrimonio cultural subacuático como uno de los principales problemas que deben ser abordados por los Estados Partes de la Convención. Debería facilitarse el acceso y las mejores prácticas se deberían identificar y difundir apropiadamente. Por tanto, el STAB sugirió a la Reunión de los Estados Partes a que se alentara a los Estados a presentar ejemplos de las mejores prácticas relacionadas con el acceso público responsable. El STAB consideró que se necesitaba prestar más atención a esta cuestión c) AUMENTO DE LA CONCIENCIACIÓN Y EL APOYO i. Realzar la sensibilización pública del patrimonio subacuático Una cuestión que a menudo impide que los Estados ratifiquen la Convención es la baja prioridad que se da a la protección del patrimonio cultural subacuático en comparación con otros temas de la agenda política. El reto es realzar la importancia pública del patrimonio subacuático. El reciente caso del posible descubrimiento de los restos del naufragio de la Santa María (más de 600 artículos en medios de comunicación internacionales) demuestra el atractivo general del patrimonio sumergido para el público. Con el fin de promover la Convención, se deben llevar a cabo proyectos de alto perfil que demuestren la utilidad práctica y la aplicabilidad de la Convención. ii. Campañas de sensibilización pública Por último, pero no menos importante, el apoyo de la sociedad civil es fundamental para motivar a los Estados a que ratifiquen. La participación de la sociedad civil en la defensa del ambiente natural del océano ha contribuido en gran medida al desarrollo de y la adhesión a los instrumentos jurídicos a este respecto. Por tanto, se recomienda elevar el interés público e intergubernamental en el patrimonio cultural subacuático. La Secretaría ya ha tratado de lograr este objetivo a través de, por un lado, la organización de la difusión en los medios y un programa de educación y, por otra parte, la organización de la promoción de la Convención en la ONU y en la reciente Conferencia de la ONU en Samoa sobre SIDS. Se necesita incrementar este tipo de promoción en la sociedad civil. Otra cuestión es la futura inclusión del patrimonio cultural subacuático en las actividades de aprendizaje sobre el océano. 2. Aplicación de la Convención Un segundo tema de gran importancia es la aplicación de la Convención por los Estados Partes y los grupos de interés. En la actualidad hay una gran falta de aplicación 3 : 3 Las herramientas de supervisión son limitadas, ya que la Convención no tiene un mecanismo de supervisión planificado. La Secretaría, por lo tanto no posee información global precisa, lo que permitiría evaluar plenamente la aplicación de la Convención. Sin embargo, recoge información a través de reuniones regionales, en los que se hacen disponible informes nacionales, así como a través de comentarios y observaciones directos de los Estados Partes y socios, como las ONGs, su red de expertos y universidades.
UCH/15/5.MSP/5 - página 8 2.1. Situación de la aplicación La salvaguardia práctica del patrimonio cultural subacuático, la prohibición y la prevención del saqueo y la explotación comercial, y la aplicación de los más altos estándares científicos a las actividades dirigidas al patrimonio sólo se han aplicado en algunos Estados, y se han abandonado por la mayoría. Las normas que la Convención tiene sólo en algunos Estados han sido reflejadas en las leyes nacionales y en general no se han aplicado suficientemente. Algunos Estados Partes han aprobado una legislación amplia en aplicación de las disposiciones de la Convención. Sin embargo, este no es el caso en muchos Estados. Algunos incluso no tienen leyes sobre el patrimonio en absoluto 4. La supervisión, la protección de los lugares, así como una ejecución de las sanciones de violaciones son insuficientes. La reacción a actividades poco éticas de los ciudadanos de los Estados Partes en aguas de otros Estados también es insuficiente. Por lo tanto, el patrimonio subacuático sigue estando en riesgo grave, y para algunas regiones, su saqueo constituye la mayoría de todos los casos de pillaje 5. Otra cuestión clave es el rápido aumento de la explotación industrial de los fondos marinos, algo que tendría que ser mitigado con urgencia. Hay poca cooperación con y dentro de las autoridades portuarias, guardacostas y el personal de fronteras con el fin de aplicar la Convención en relación con la prevención del tráfico ilícito o inmoral de los artefactos. De la misma manera, se debe reforzar considerablemente la cooperación del Estado en aguas internacionales a través de la aplicación de la Convención de 2001. Las obligaciones de creación de informes rara vez se han incorporado en la legislación nacional, y no haya suficiente concienciación entre las autoridades portuarias, los capitanes de buques o incluso las autoridades de patrimonio en relación con sus obligaciones de acuerdo con la Convención. Aunque se han informado varios casos de saqueo particularmente graves en aguas internacionales, no se aplicó el mecanismo de cooperación del Estado. Hasta la fecha, la Secretaría sólo ha recibido una notificación de Italia. Otras dos personas que se recibieron, igualmente de Italia, no fueron confirmadas por la autoridad nacional competente. Las Reglas del Anexo de la Convención a menudo no se aplican plenamente en los Estados Partes, sobre todo debido a la falta de formación y capacidades humanas. La falta de acceso público y el beneficio social relacionado, a lo largo de los años, ha sido identificado como una de las principales causas de la indiferencia del público a la preservación del patrimonio subacuático. Las disposiciones de la Convención sobre el acceso público responsable no se aplican suficientemente. Otro factor que contribuye a la falta general de aplicación de la Convención es el incumplimiento de la obligación de designar o reforzar las autoridades competentes encargadas de la protección y gestión del patrimonio cultural subacuático. 4 La Secretaría elaboró un modelo para una Ley Nacional sobre la Protección del Patrimonio Cultural, con el fin de ayudar en este asunto. 5 Continúa la amenaza de las actividades a gran escala de los cazadores de tesoros. Los recientes casos de explotación incluyen los restos del naufragio del Nuestra Señora de las Mercedes (siglo XIX, 17 toneladas de monedas, pillaje), los restos del naufragio del Wanli (siglo XVII, que se estima en más de 700.000 piezas de porcelana, explotación comercial) y el naufragio de Cirebon (siglo X, 250.000 piezas de cerámica, explotación comercial). Por otra parte, el intento por parte de una empresa privada de reciclar la chatarra de los restos de HMS Aboukir, Cressy y Hogue (siglo XX, la Primera Guerra Mundial), demuestra el peligro continuo de empresas de recuperación comerciales en busca de los metales de los naufragios históricos.
UCH/15/5.MSP/5 - página 9 2.2. Estrategias para incrementar la implementación Para la consideración de los Estados Partes, se sugiere que se aplique una estrategia reforzada a fin de fomentar la aplicación de la Convención a través de las siguientes acciones: Objetivo Aumentar la aplicación legal Mejorar la protección y capacidades operativas Aumentar la participació n pública Reforzar y guiar a la arqueología científica submarina Recaudar fondos para el trabajo operativo Acción La armonización de las leyes nacionales Herramientas: La cooperación Directa del Estado; utilización de la Ley Modelo; talleres jurídicos nacionales; campañas de sensibilización dentro de las entidades regionales (CARICOM, EU) Actores: Estados Partes; Secretaría Creación de capacidades de investigación Herramientas: talleres de formación; escuelas de campo; cooperación universitaria; Centros Regionales (Cat. 2); proyectos de inventario Actores: Estados Partes; red UNITWIN de oficinas de campo de la UNESCO; ONGs; socios; Centro Internacional de Arqueología Subacuática (Zadar, Croacia) Creación de capacidades de protección Herramientas: campañas de sensibilización intersectoriales (guardacostas, personal de fronteras, aduanas; Interpol; policía; mercado del arte) Actores: Estados; Oficinas de la UNESCO; socios Asistencia directa del estado Herramientas: Asistencia del STAB Actores: STAB, Secretaría en cooperación con los Estados Partes Facilitar el acceso al patrimonio Herramientas: Identificación de la mejor práctica en materia de acceso; Promoción de las mejores prácticas; Negociación de asociaciones Actores: Estados Partes; Secretaría; socios Educar a la juventud Herramienta: suministro de materiales comunes de aprendizaje (educación informal y formal); programa para los niños Actores: Estados; Secretaría; Escuelas Asociadas Campañas de sensibilización pública Herramientas: exposiciones, información del sitio web, materiales informativos y de cooperación con socios de los medios Actores: Estados Partes; Secretaría Creación de la cohesión científica Herramienta: La red UNITWIN de la UNESCO sobre la arqueología subacuática; conferencias científicas, publicaciones y materiales informativos Actores: Universidades; Secretaría Aumento de los fondos disponibles Herramientas: Fondo del Patrimonio Cultural Subacuático; contribución voluntaria de los Estados Partes; financiación colectiva; recaudación de fondos indirecta Actores: Estados; Secretaría; socios
UCH/15/5.MSP/5 - página 10 ANEXO II - Lagunas en las Declaraciones, Comunicaciones y Reservas Existe una considerable falta de seguimiento de las obligaciones legales de los Estados Partes en lo que respecta a las declaraciones y comunicaciones 6. Especialmente problemática es la falta de declaraciones de acuerdo con el artículo 28, y la falta de comunicaciones de acuerdo con el artículo 22. El artículo 9.2, el artículo 25.5 y el artículo 28 de la Convención contienen disposiciones relativas a tres declaraciones. Mientras que la primera es obligatoria, la segunda y la tercera son opcionales. La declaración de acuerdo con el artículo 9.2 ha sido realizada sólo por seis países 7 y la declaración de acuerdo con el artículo 25 ha sido realizada por un solo país 8. La falta de declaraciones de acuerdo con el artículo 28, plantea serios problemas para la aplicación de la orientación científica del Anexo ampliamente apoyada y respaldada. De acuerdo con ese artículo, al ratificar la Convención, o en cualquier momento posterior, cualquier Estado o territorio podrá declarar que las Normas aplican a las aguas de interior con que sean de carácter marítimo. Sin embargo sólo un estado 9 ha realizado tal declaración. Cabe señalar que en los casos en los que no se hagan declaraciones, el anexo no aplica a las aguas continentales (lagos, ríos, mientras que el texto principal de la Convención sí aplica). Los Estados Partes tienen, además, que informar quiénes son sus autoridades competentes en materia de patrimonio cultural subacuático de acuerdo con el artículo 22, de modo que se les pueda enviar toda la correspondencia oficial. Hay disponible una lista de direcciones recibidas enwww.unesco.org/en/underwater-cultural-heritage. Sólo 8 Estados han transmitido dicha comunicación hasta la fecha. La razón puede ser que, de hecho, a menudo todavía no se ha creado una autoridad competente. 6 Reservas: Ningún Estado Parte ha realizado ninguna reserva, de acuerdo con el Artículo 30. 7 Argentina, Bélgica, Cuba, Italia, Portugal y Ucrania 8 Cuba 9 Ucrania