XVIII REUNIÓN DE AUTORIDADES MARÍTIMAS PUNTO 9.3.2 DEL ORDEN DEL DÍA ASISTENCIA TÉCNICA FISCALIZACIÓN PESQUERA EN LA ALTA MAR ADYACENTE A LA ZONA ECONÓMICA EXCLUSIVA. DOCUMENTO PRESENTADO POR LA AUTORIDAD MARÍTIMA DE CHILE: RESUMEN Sinopsis: En el presente documento la Autoridad Marítima chilena, da a conocer, las acciones de fiscalización pesqueras cumplidas en la zona marítima de jurisdicción y responsabilidad nacional, en virtud de las disposiciones contenidas en la Legislación Nacional; la entrada en vigor de la Organización Regional de Pesca del Pacífico Sur (ORP-PS); el establecimiento de Chile de una política de combate a la Pesca Ilegal, No Regulada y No Reglamentada (INDNR); el compromiso de nuestro país de adherir al Acuerdo de Nueva York y pertenecer a la Comisión para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCAMLR), que son los pilares que respaldan estas actividades de fiscalización pesquera en la Alta Mar adyacente de la Z.E.E. nacional. Medidas propuesta: Ver párrafos N 19 y 20 Documentos Conexos: I.- ANTECEDENTES: 1. Dentro de las múltiples funciones que debe cumplir la Armada de Chile, se encuentra la fiscalización pesquera en cumplimiento de lo establecido en la Ley General de Pesca y Acuicultura, tarea que desarrolla a lo largo de todo el territorio nacional, abarcando las aguas jurisdiccionales y la Alta Mar adyacente a la Zona Económica Exclusiva (Z.E.E.). 2. La situación de sobreexplotación en la que actualmente se encuentran la mayoría de las pesquerías nacionales, hace necesario trabajar en la recuperación de los recursos, 1
mediante medidas de administración que sean respetadas y cumplidas por el sector extractivo, tanto artesanal como industrial. 3. Es por ello, que es relevante la labor de fiscalización, la cual tiene como objetivo principal verificar el efectivo cumplimiento de las medidas de administración, y en el caso de la actividad extractiva, combatir la pesca ilegal que puede generarse en el sistema. 4. Pero no sólo se debe fiscalizar la Zona Económica Exclusiva, sino además, el Alta Mar aledaña. Este espacio marítimo que actualmente forma parte de la Organización Regional Pesquera del Pacífico Sur, más conocida como ORP-PS y donde existen flotas extranjeras ejerciendo actividades de pesca, las que deben ser controladas mediante exploraciones aeromarítimas y patrullajes marítimos. 5. El año 2015, este tipo de actividades adquiere mayor protagonismo, con el objeto de resguardar los intereses nacionales, regulando las actividades que efectúan tanto las naves pesqueras nacionales como también las extranjeras y con ello lograr la recuperación de las pesquerías transzonales en situación de riesgo. 6. La entrada en vigor de la Organización Regional de Pesca del Pacífico Sur (ORP- PS), el establecimiento en Chile de una política de combate a la Pesca Ilegal, No Regulada y No Reglamentada (INDNR), el compromiso de adherirse al Acuerdo de Nueva York y ser parte de la Comisión para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCAMLR), son los pilares internacionales principales que respaldan las actividades de fiscalización pesquera en la Alta Mar adyacente de la Z.E.E. chilena. II.- ACTIVIDADES: 7. Basados en el cumplimiento de los Acuerdos Internacionales, durante el año 2015 la Institución buscó diferenciar las actividades de fiscalización que se efectúan dentro y fuera de la Z.E.E. De esta forma surge la denominación OVO, referida a las Operaciones de Vigilancia Oceánica desarrolladas dentro de la Z.E.E. y la sigla OFPO a las Operaciones de Fiscalización Pesquera Oceánica, cuyo objeto es el monitoreo, vigilancia y control de las actividades pesqueras que se desarrollan en la Alta Mar adyacente nacional. 8. Este tipo de actividades se realiza con información abierta de sensores satelitales y se contrasta con la información obtenida por el avión de aeroexploración marítima dependiente del Comando de Operaciones Navales. Los aviones se encuentran equipados con radares que detectan naves a 150 millas de distancia y tecnología de punta que permite identificar a algún pesquero que se encuentre realizando labores de pesca ilegal en aguas nacionales. Asimismo, en algunos operativos se suma la participación de los Patrulleros de Zona Marítima (OPV), unidades que pueden alcanzar 2
los 25 nudos y tienen una autonomía de 8.600 millas náuticas. Para facilitar su labor, los patrulleros cuentan con un helicóptero embarcado y dos botes rígidos. 9. Respecto a los medios tecnológicos, la Central de Monitoreo y Análisis, dependiente del Servicio de Búsqueda y Salvamento Marítimo, MRCC Chile, tiene como función analizar prospectivamente el panorama de superficie marítimo, a fín de identificar situaciones de interés que puedan afectar la seguridad y/o protección en el área de responsabilidad de búsqueda y salvamento marítimo nacional (área SAR), con el propósito de monitorear y construir un Escenario Marítimo Reconocido, cuyo resultado sea pieza fundamental en la toma de decisiones ante situaciones que comprometan las actividades e intereses marítimos nacionales. 10. Conforme a lo expuesto y a modo de destacar situaciones que afecten los intereses marítimos del estado de Chile, se efectúa la clasificación de naves de interés, cuyo propósito es centralizar los esfuerzos institucionales para una óptima aplicabilidad de la normativa internacional sobre derechos del mar y temáticas de conservación pesquera. 11. Para compilar, sostener y desplegar un panorama de superficie marítimo en tiempo real, se utilizan e integran las informaciones de bases de datos de la propia Organización, avistamientos por parte de aeronaves y unidades navales, información de posición de naves en el área SAR (CHILPREP) y con MRCC s colindantes, convenios de cooperación con entidades marítimas de control de tráfico marítimo, portales de bases de datos, web marítimos adscritos por membresía o pagada, informes meteorológicos, medios satelitales y electrónicos (AIS / comunicaciones e imágenes satelitales), los que centralizados construyen un Panorama de Superficie Marítimo y mediante el análisis interpretativo, un Escenario Marítimo Reconocido. 12. Es así como a través de las Exploraciones Aeromarítimas (E.A.M.) se logra mantener un panorama de superficie de las naves que se encuentran realizando tránsito dentro de las aguas jurisdiccionales nacionales y de las naves pesqueras tanto nacionales como extranjeras, que realizan actividades de pesca en la Alta Mar aledaña a nuestras costas. Lo anterior, con el fin de velar por el cumplimiento de los acuerdos internacionales vigentes y la sustentabilidad de los recursos pesqueros. 13. Las E.A.M., permiten llegar al área de interés y son llevadas a cabo por cada una de las Zonas Navales, mediante una planificación previa, donde se define el área a fiscalizar, cuando llevar a cabo la actividad y por cuánto tiempo. Lo anterior respaldado por antecedentes oceanográficos, comportamiento del recurso, de la flota e historia de la pesquería. Sin embargo, también existen actividades de E.A.M. que se llevan a cabo sin una planificación previa y que dependen del escenario del momento, denuncias efectuadas por el sector pesquero, panorama de superficie a través de medios electrónicos que generan la alerta para sobrevolar las áreas en cuestión. 3
III.- OBJETIVOS CUMPLIDOS: 14. Durante el año 2015, se realizaron once Operativos de Fiscalización Pesquera Oceánica (OFPO), en la Alta Mar adyacente a la Zona Económica Exclusiva nacional, lo que incluye tres operativos efectuados a Isla de Pascua y dos operativos en el área CCAMLR, al sur del paralelo 60ºS. 15. En lo transcurrido del presente año, se han ejecutado nueve actividades de fiscalización pesquera a la Alta Mar adyacente de la Z.E.E., de las once que se encuentran programadas para el 2016. 16. En la actualidad, se está trabajando en la propuesta de modificación de la normativa interna que se requiere para materializar lo que mandata el Acuerdo de Nueva York. Del mismo modo, se están desarrollando los procedimientos de inspección y abordaje para ejecutarlos en Alta Mar. 17. Con respecto a las actividades realizadas en el marco de la CCAMLR, el procedimiento de abordaje e inspección permite verificar el efectivo cumplimiento de las medidas de conservación establecidas en este acuerdo internacional. 18. La incorporación del OPV MARINERO FUENTEALBA, ha permitido que asuma dentro de sus tareas, la inspección de los buques pesqueros extranjeros que operan en aguas Antárticas, estableciéndose anualmente dos operaciones en el área cuyo objetivo principal es la fiscalización pesquera, con la participación del trinomio buque, helicóptero embarcado y aeronave. En la misión efectuada a la Antártica, entre el 21 y 30 de abril de este año, fiscalizó dos naves pesqueras de bandera china que operan sobre el recurso krill. Asimismo, en diciembre de 2015 inspeccionó dos buques pesqueros de bandera de Noruega. Lo anterior, significa un gran avance en materias de fiscalización pesquera efectuadas en el área, ya que de las seis inspecciones que ha realizado nuestro país desde que se iniciaron estas actividades, cuatro de ellas han sido materializadas por unidades de la Armada de Chile. IV.- MEDIDAS QUE SE PROPONEN A LA REUNIÓN: 19. Se invita al Plenario de la Reunión a tomar conocimiento de lo anterior y proceder como se estime más conveniente. 20. La Autoridad Marítima de Chile, ofrece asistencia técnica, para realizar capacitación al personal /profesional que cumplen labores de fiscalización pesquera en los países que componen la ROCRAM. 4
AUTORIDADES MARÍTIMAS DE SUDAMÉRICA, CUBA, MÉXICO Y PANAMÁ ROCRAM XI RIO DE JANEIRO BRASIL 5