Proyecto de Ley. Nueva Institucionalidad del Sistema Estadístico Nacional. Rodrigo Vergara Presidente

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Transcripción:

Proyecto de Ley Nueva Institucionalidad del Sistema Estadístico Nacional Rodrigo Vergara Presidente B A N C O C E N T R A L D E C H I L E MAYO 2016

Agenda I. Función estadística del Banco Central de Chile y su relación con el Instituto Nacional de Estadísticas II. Mejores prácticas internacionales en relación a Sistemas Estadísticos III. Aspectos destacados del Proyecto de Ley e implicancias IV. Conclusiones 2

I. Función Estadística del Banco Central de Chile y relación con el INE

Función estadística del Banco Central y relación con el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) Dentro del sistema estadístico nacional, el Banco Central de Chile y el INE son los principales productores de estadísticas económicas en el país, contando para ello con atribuciones y responsabilidades definidas en sus respectivas Leyes Orgánicas. Según el artículo 53 de su Ley Orgánica Constitucional (LOC), el Banco Central debe compilar y publicar, oportunamente, las principales estadísticas macroeconómicas nacionales: cuentas nacionales, estadísticas monetarias y financieras y estadísticas externas. Para ello, el Banco Central requiere de antecedentes estadísticos y contable-financieros, algunos de los cuales son provistos por diversas instituciones, especialmente por el INE. Contar con estadísticas de buena calidad, amplia cobertura, confiables y oportunas es fundamental para el análisis de la economía y la toma de decisiones de las políticas macroeconómicas 4 y de estabilidad financiera.

Función estadística del Banco Central y relación con el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) Por lo tanto, la información estadística básica provista por el INE es un insumo clave para el cumplimiento de la función estadística del Banco Central. El INE provee actualmente al Banco Central indicadores y encuestas económicas, en el marco del convenio de provisión de productos estadísticos celebrado para tal efecto, con pleno resguardo del secreto estadístico. A lo que se suman iniciativas de cooperación para proyectos específicos. En dicho contexto, el INE y el Banco Central mantienen una coordinación permanente. De lo expuesto, se desprende la importancia que el Banco Central le asigna a esta iniciativa legal orientada al fortalecimiento de la institucionalidad de Sistema Estadístico Nacional. 5

II. Mejores prácticas internacionales en relación a Sistemas Estadísticos

Mejores prácticas internacionales en relación a Sistemas Estadísticos De acuerdo con los estándares y mejores prácticas internacionales, los organismos oficiales de estadística deben compilar y facilitar de manera imparcial y objetiva las estadísticas oficiales relevantes para que los ciudadanos ejerzan su derecho a mantenerse informados. Ello supone, entre otros aspectos: Institucionalidad legal para las estadísticas. Coordinación del sistema estadístico. Planificación de las actividades estadísticas. Solicitud de información no excesiva. Accesibilidad y claridad de las estadísticas. Consulta a los usuarios. 7

Mejores prácticas internacionales en relación a Sistemas Estadísticos Para mantener la confianza y credibilidad en las estadísticas oficiales, los organismos de estadística deben decidir, en base a consideraciones estrictamente profesionales, incluidos los principios científicos y la ética profesional, acerca de los métodos y procedimientos para la recolección, procesamiento, almacenamiento y presentación de los datos estadísticos, lo cual comprende: Independencia profesional. Recursos adecuados, humanos, financieros, físicos y tecnológicos. Rigurosidad metodológica. Consistencia de las estadísticas. Confidencialidad estadística. 8

III. Aspectos destacados del PdL e implicancias

Aspectos destacados El Proyecto de Ley (PdL) fortalece y consolida el Sistema Estadístico Nacional, potenciando la coordinación entre sus principales integrantes, el INE y el Banco Central, y con otros organismos públicos que desarrollan funciones estadísticas. Todo ello acorde con los estándares internacionales. El PdL incorpora avances relevantes en materia de independencia del INE (especialmente por la composición, designación, duración y remoción de los miembros del nuevo Consejo Nacional de Estadísticas). Con todo, aun podrían haber algunos espacios de mejora. En lo que concierne al Banco Central, el PdL incluye diversas normas que se refieren a su interacción con el Sistema Estadístico Nacional y con el INE, las cuales resultan acordes a su institucionalidad autónoma constitucional y de carácter técnico, promoviendo una relación fluida que contribuirá al desarrollo de la función estadística encomendada al Banco. 10

Nuevas atribuciones del INE Conforme al PdL, se faculta al INE para solicitar y recibir de los poderes del Estado u órganos autónomos constitucionales la información y antecedentes necesarios para la elaboración de estadísticas, incluso de aquellas instituciones cuya entrega de información se encuentre amparada bajo algún tipo de reserva. Lo anterior significa que el INE tendrá acceso, entre otros, a registros administrativos, lo que le permitirá dar un fiel cumplimiento a sus labores estadísticas, potenciando la coordinación institucional para evitar duplicidad en exigencias de reporte y potenciar la utilización adecuada de la información recopilada. 11

Nuevas atribuciones del INE Asimismo, el INE dictará las instrucciones de carácter general asociadas al proceso de producción estadística por parte de los órganos de la Administración del Estado, pudiendo prestarles también asesoría técnica en este ámbito. Ello debiera potenciar un avance en el resguardo de la calidad e integridad de las estadísticas del Sistema Estadístico Nacional. Con todo, se reconoce el carácter descentralizado del Sistema Estadístico Nacional. 12

Relación con institucionalidad del Banco Central Concordante con su autonomía constitucional, el PdL precisa que el Banco Central formará parte del Sistema Estadístico Nacional, exclusivamente para los fines de mejor coordinación y cooperación institucional que correspondan respecto del INE. También se contempla que el Banco Central pueda participar como asesor de la Comisión Interministerial de Estadísticas que crea el PdL, representado por su Presidente o el personero que éste designe para asistir en representación del Banco. El PdL regula explícitamente la interacción entre el INE y el Banco Central, al permitir el intercambio recíproco de información nominada que estos recopilen para el cumplimiento de sus respectivas funciones estadísticas, resguardando la confidencialidad de los datos. 13

Precisiones de redacción Se identifica la necesidad de incorporar algunas precisiones y perfeccionamientos específicos de redacción al texto del PdL, en materias que conciernen al Banco Central. 14 Precisar el tipo penal propuesto para sancionar la entrega maliciosa de información incompleta, falsa o adulterada al Banco Central, como integrante del Sistema Estadístico Nacional para estos efectos (art. 73 PL). Perfeccionar el alcance de la excepción al deber de reserva impuesto al Banco Central, en cuanto a la información que puede proveer a las Superintendencias Financieras. Perfeccionar el tipo penal propuesto para sancionar la revelación de información del Banco sujeta a reserva, homologando sus términos a los del tipo penal aplicable a la infracción del secreto estadístico que establece el PdL (art. 66 LOC y art. 75 PL). Estas materias se han coordinado previamente con el Ministerio de Economía, solicitándole considerar la presentación de las propuestas del caso.

IV. Conclusiones

Conclusiones Este PdL fortalece la institucionalidad estadística del país, conforme con las mejores prácticas internacionales, al crear un Sistema Estadístico Nacional en términos de independencia, coordinación y gobierno corporativo. En particular, consolida la relación de colaboración y coordinación entre el INE y el Banco Central de Chile. Contar con estadísticas de buena calidad, amplia cobertura, confiables y oportunas es fundamental para el análisis de la economía y la toma de decisiones de las políticas macroeconómicas y de estabilidad financiera. De acuerdo a los estándares internacionales, para un adecuado desempeño, las Oficinas de Estadísticas requieren estar conformadas por profesionales altamente calificados y contar con la solvencia financiera para garantizar la calidad y actualización de la información estadística. 16

Proyecto de Ley Nueva Institucionalidad del Sistema Estadístico Nacional Rodrigo Vergara Presidente B A N C O C E N T R A L D E C H I L E MAYO 2016