ELECCIONES MIEMBROS DE JUNTA DE DIRECTORES DE COSSEC

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27 de junio de 2003 CARTA CIRCULAR 03-10 A TODAS LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREDITO Lcda. Ana Violeta Ortiz Presidenta Ejecutiva ELECCIONES MIEMBROS DE JUNTA DE DIRECTORES DE COSSEC El 17 de agosto de 2001 fue aprobada la Ley Núm. 114, conocida como la Ley de la Corporación Pública para la Supervisión y Seguro de Cooperativas de Puerto Rico. La Ley Núm. 114 confiere mayor participación del Movimiento Cooperativo en la Junta de Directores de COSSEC, proveyendo para la elección de cuatro representantes de las cooperativas Aseguradas en ésta. Próximamente vencerán los términos de dos de sus Directores. Estos son Luis A. Feliciano Valle López, Principal Funcionario Ejecutivo de la Cooperativa de Ahorro y Crédito de Aguada y Ovidio Santa Pagán, Miembro de la Junta de Directores de la Cooperativa de Ahorro y Crédito de Florida. Según dispone el Artículo 5 (c) (2) de la Ley Núm. 114, las Cooperativas acogidas al seguro de acciones y depósitos son las llamadas a escoger sus representantes en la Junta de Directores de COSSEC. En esta ocasión, corresponde a las Cooperativas Aseguradas seleccionar a un candidato que ocupe un cargo de Principal Funcionario Ejecutivo y otro que sea miembro de Junta de Directores, los cuales serán los sucesores de los miembros a los que se les vencieron sus términos en la Junta de Directores de COSSEC. Los representantes escogidos ocuparán sus cargos por tres (3) años. Cualquier persona que aspire al puesto de Director en la Junta de COSSEC y que sea miembro de Junta de Directores tiene que cumplir con los requisitos

Carta Circular 03-10 Pág. 2 para ser miembro de Junta y de los Comités dispuestos en el Artículo 5.05 de la Ley Núm. 255 del 28 de octubre de 2002, conocida como Ley de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Crédito de 2002. En el caso de aspirantes que sean Principal Funcionario Ejecutivo, estos deberán estar en cumplimiento con las disposiciones de los contratos suscritos con las respectivas Cooperativas. En adición, todos los nominados a ser candidatos deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Artículo 5 (c) (4) de la Ley 114 que adelante se mencionan. Las Cooperativas de Ahorro y Crédito tienen la opción de nominar como candidatos a los Representantes del Movimiento Cooperativo que actualmente fungen como Directores de la Corporación y cuyos términos se vencen. Para que los actuales Directores de la Corporación cuyos términos vencen puedan ser renominados es necesario que el término de su puesto en la Cooperativa continúe vigente por tres (3) años adicionales. Por lo que deberán asegurarse que el Director a ser renominado no esté en su último término en la Cooperativa. Los primeros cinco nominados para cada puesto que obtengan el mayor número de nominaciones serán los candidatos de elección a los dos puestos de Director a la Junta de la Corporación en representación del Movimiento Cooperativo. Las Cooperativas de Ahorro y Crédito deberán unirse al efectuar sus nominaciones de manera que los candidatos resultantes de las mismas sean las personas idóneas para representarles en la Junta de la Corporación. El procedimiento para la selección de los directores se llevará a cabo a tenor con las disposiciones del Artículo 5(c), Incisos (4) (i) y (ii) de la Ley Núm. 114. El mismo será como sigue: 1. Las Cooperativas de Ahorro y Crédito, mediante consenso, elegirán a sus nominados. 2. Las Cooperativas de Ahorro y Crédito remitirán a la Corporación dos nominaciones: una para la nominación del candidato de elección al cargo por el miembro de Junta de Directores y otra para nominar al candidato de elección al cargo por el Principal Funcionario Ejecutivo. Las Cooperativas tendrán sesenta (60) días contados a partir del 1 de julio hasta el MARTES, 2 DE SEPTIEMBRE DE 2003 para remitir sus nominaciones EN LOS FORMULARIOS PROVISTOS por la Corporación. 3. La Junta de la Corporación verificará quienes fueron las cinco (5) personas por cargo, con el mayor número de nominaciones y corroborará que cumplan con los requisitos para ser representantes de las Cooperativas Aseguradas a la Junta establecidos en la Ley Núm. 255 y la Ley Núm. 114. La Ley Núm. 114 dispone específicamente que los nominados tendrán que cumplir con los siguientes requisitos:

Carta Circular 03-10 Pág. 3 a. Contar con al menos con un grado universitario de Bachillerato otorgado por una universidad reconocida por el Estado Libre Asociado de Puerto Rico. b. Tener por lo menos cinco (5) años de experiencia en cooperativas de ahorro y crédito, bien sea como líder voluntario o profesional. c. Los nominados han de ser principal funcionario ejecutivo o miembro de junta de directores de cooperativas que al momento de la nominación cuenten y mantengan una clasificación CAEL consolidada de tres (3) o menos. d. No podrán ocupar cargos directivos ni ser empleados de ningún organismo cooperativo central. e. No podrán ser empleados de agencias gubernamentales. 4. Al concluir la evaluación de los nominados, la Junta de la Corporación notificará los cinco (5) nominados que correrán como candidatos a cada uno de los puestos en representación de las Cooperativas Aseguradas a la Junta de Directores de la Corporación. A partir del 1 de julio de 2003, cada Cooperativa Asegurada tendrá un período de sesenta (60) días, o hasta el MARTES, 2 DE SEPTIEMBRE DE 2003, para someter sus nominaciones ante la Corporación en el documento llamado Formulario de Nominación de Representantes del Movimiento Cooperativo a la Junta de Directores. Además, deberán enviar un Resumé actualizado de cada nominado (a). Cada Cooperativa recibirá dos Formularios de Nominación de Representantes del Movimiento Cooperativo a la Junta de Directores identificados con colores distintos. El color amarillo se utilizará para nominar al candidato para elección al cargo por el Principal Funcionario Ejecutivo y el color verde para la nominación del candidato para elección al cargo por el Miembro de Junta de Directores. Para su conveniencia, les incluimos un pegadizo ( label ) para que lo adhieran al sobre en el cual nos remitirán o entregarán personalmente, los Formularios de Nominación de Representantes del Movimiento Cooperativo a la Junta de Directores. Una vez que la Cooperativa reciba la presente Carta Circular y sus anejos, será responsabilidad del Oficial de Comunicación y Cumplimiento confirmar su recibo dentro de los siguientes tres (3) días, mediante comunicación a esos efectos, vía facsímile al 787-622-0973.

Carta Circular 03-10 Pág. 4 Los Formularios de Nominación de Representantes del Movimiento Cooperativo a la Junta de Directores (originales) y los resumés podrán entregarse en las oficinas de la Corporación, personalmente o podrán enviarse por correo a la siguiente dirección: ELECCIÓN DE MIEMBROS DE JUNTA DE DIRECTORES DE COSSEC Corporación para la Supervisión y Seguro de Cooperativas de Puerto Rico PO Box 195449 San Juan, Puerto Rico 00919-5449 Nota: Es importante que envíen o entreguen personalmente sus nominaciones en los formularios originales que se acompañan. Por favor, NO envíen copias fotostáticas de los formularios ni remitan los mismos por fax. Favor de utilizar el pegadizo ( label ) que se incluye para el sobre de envío por correo o para la entrega personal. Anejos

FORMULARIO DE NOMINACION DE REPRESENTANTES DEL MOVIMIENTO COOPERATIVO A LA JUNTA DE DIRECTORES (MIEMBRO DE JUNTA DE DIRECTORES) 2003 Nombre de la Cooperativa: Nombre del Nominado (a) : Posición que ocupa actualmente en la Cooperativa: PRINCIPAL FUNCIONARIO EJECUTIVO MIEMBRO DE JUNTA DE DIRECTORES CON RELACION AL NOMINADO CONTESTE: SI NO 1. El nominado ocupa algún cargo directivo en algún Organismo Cooperativo Central 2. El nominado es empleado de algún Organismo Cooperativo Central. 3. El nominado es empleado de alguna Agencia Gubernamental relacionada al Movimiento Cooperativo. 4. El nominado es un Síndico, Administrador o Director designado por alguna Agencia Gubernamental. NOTA: Esta nominación DEBERÁ venir acompañada de un resumé actualizado del nominado. Clasificación CAEL de la Cooperativa, al 31 de marzo de 2003, a la que pertenece el nominado. Sello de la Cooperativa Secretario Junta de Directores Presidente Junta de Directores ------------------------------------------------------------------------------------------------- PARA USO DE COSSEC Evidencia de poseer grado de Bachillerato de una Universidad reconocida por Estado Libre Asociado de Puerto Rico Cuenta con los años de experiencia en Cooperativas de Ahorro y Crédito CAEL Resumé Incluido SI NO RECIBO EN COSSEC

FORMULARIO DE NOMINACION DE REPRESENTANTES DEL MOVIMIENTO COOPERATIVO A LA JUNTA DE DIRECTORES (PRINCIPAL FUNCIONARIO EJECUTIVO) 2003 Nombre de la Cooperativa: Nombre del Nominado (a) : Posición que ocupa actualmente en la Cooperativa: PRINCIPAL FUNCIONARIO EJECUTIVO MIEMBRO DE JUNTA DE DIRECTORES CON RELACION AL NOMINADO CONTESTE: SI NO 1. El nominado ocupa algún cargo directivo en algún Organismo Cooperativo Central 2. El nominado es empleado de algún Organismo Cooperativo Central. 3. El nominado es empleado de alguna Agencia Gubernamental relacionada al Movimiento Cooperativo. 4. El n ominado es un Síndico, Administrador o Director designado por alguna Agencia Gubernamental. NOTA: Esta nominación DEBERÁ venir acompañada de un resumé actualizado del nominado. Clasificación CAEL de la Cooperativa, al 31 de marzo de 2003, a la que pertenece el nominado. Sello de la Cooperativa Secretario Junta de Directores Presidente Junta de Directores ------------------------------------------------------------------------------------------------- PARA USO DE COSSEC Evidencia de poseer grado de Bachillerato de una Universidad reconocida por Estado Libre Asociado de Puerto Rico Cuenta con los años de experiencia en Cooperativas de Ahorro y Crédito CAEL Resumé Incluido SI NO RECIBO EN COSSEC