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Transcripción:

Pág. 15 I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio 3 ORDEN 2968/2016, de 14 de noviembre de 2016, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, por la que se aprueban las bases de convocatoria para proveer, en régimen de turno restringido, un puesto funcional de selección objetiva, dependiente de esta Consejería. El Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid contempla en su artículo 9, el concepto de Puesto Funcional. Por acuerdo de la Comisión Paritaria de Vigilancia, Interpretación y Desarrollo del Convenio Colectivo, en su sesión 3/2016, de 27 de junio de 2016, se modifica la denominación y el baremo de provisión del puesto número 6264 denominado Técnico Asesor Económico, sustituyendo al aprobado en la sesión 7/2001, de 4 de junio de 2001, y ante la necesidad de su cobertura con carácter definitivo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del vigente Convenio Colectivo para el personal laboral de la Comunidad de Madrid, se procede a su convocatoria pública. En consecuencia, esta Consejería HA DISPUESTO Primero Aprobar las bases de convocatoria para proveer en régimen de turno restringido el puesto funcional NPT 6264 denominado Técnico Asesor Económico. Segundo Convocar proceso selectivo para cubrir el puesto mencionado que se encuentra afecto al Convenio Colectivo Único para el personal laboral de la Comunidad de Madrid, y está clasificado como de selección objetiva, con sujeción a las siguientes: BASES DE CONVOCATORIA Base primera Objeto de la convocatoria 1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, en turno restringido, del Puesto Funcional relacionado en el Anexo I, con las circunstancias indicadas en el mismo. 2. Toda vez que se trata de un puesto funcional, su régimen de desempeño se acomodará a lo previsto en los artículos 18 y 39 del Convenio Colectivo vigente. En consecuencia, el personal que acceda a alguno de los puestos convocados, percibirá en concepto de complemento funcional la diferencia existente entre la cuantía de la retribución asignada al puesto y la correspondiente a la de su categoría profesional o, en su caso, la suma de percepciones consolidadas a título personal, dependiendo la percepción del referido complemento del desempeño del puesto, por lo que no tendrá carácter consolidable, siendo la duración inicial del nombramiento de cuatro años, en los términos indicados en el apartado 3.2 del artículo 18. Base segunda Requisitos de los aspirantes Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: 1. Ser trabajador de la Comunidad de Madrid, con relación jurídico-laboral de carácter indefinido, afecto al Convenio Colectivo para su personal laboral, y en situación de servicio activo.

Pág. 16 JUEVES 24 DE NOVIEMBRE DE 2016 B.O.C.M. Núm. 282 2. Cumplir los requisitos mínimos de titulación y experiencia establecidos para el puesto de trabajo en el Anexo I. 3. Ostentar categoría profesional comprendida en el Anexo IV del vigente Convenio Colectivo. 4. Los aspirantes deberán cumplir los requisitos establecidos en los apartados 1 y 2 en la fecha de fin de plazo de presentación de solicitudes y poseer los mismos durante todo el proceso selectivo. El requisito del apartado 3 deberá cumplirse con anterioridad a la publicación en el de la relación definitiva de aspirantes seleccionados. Base tercera Características de los puestos de trabajo Se pretende la selección de personal adecuado al perfil profesional que se recoge en el Anexo I, donde figura la denominación y el contenido del puesto funcional. Base cuarta Sistema de selección El sistema selectivo será el concurso, con valoración del currículum profesional conforme al baremo establecido como méritos valorables en el Anexo II a la presente convocatoria, siendo necesario alcanzar como mínimo la suma de tres puntos en, al menos, dos sub-apartados de los comprendidos en experiencia específica y formación específica. Base quinta Categorías a extinguir En el supuesto de ostentar categoría profesional declarada a extinguir en el Anexo V del Convenio Colectivo, los trabajadores aspirantes a los puestos de trabajo que se convocan deberán acreditar haber solicitado su integración en alguna de las categorías profesionales comprendidas en el Anexo IV del Convenio Colectivo. Base sexta Adscripción provisional al puesto funcional 1. Los trabajadores que, según los términos señalados en el párrafo 21 del artículo 61 del Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 20 de septiembre de 1990, se encuentren adscritos provisionalmente al puesto objeto de provisión de la presente convocatoria, y cuando su relación jurídico-laboral sea de carácter indefinido y reúna los requisitos para acceder a la misma, tendrá la obligación de participar en la presente convocatoria. 2. En el supuesto de que no le sea adjudicado el puesto solicitado, tendrá derecho a ocupar, a su elección, cualquier vacante correspondiente a su categoría profesional no reservada legalmente en el ámbito de la Comunidad de Madrid. De no existir vacantes, quedará a disposición de la Secretaría General Técnica de su Consejería, hasta tanto esta se produzca. Base séptima Presentación de instancia y admisión de candidatos 1. Las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria se presentarán en el Registro de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio (calle Alcalá, número 16, de Madrid), en el Registro General de la Comunidad de Madrid (Gran Vía, número 3) o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo de presentación de instancias será de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO- MUNIDAD DE MADRID, e irán dirigidas al excelentísimo señor Consejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, según modelo que se acompaña como Anexo III de la presente convocatoria.

Pág. 17 2. Los aspirantes deberán presentar: Instancia, según modelo que figura en el Anexo III, solicitando tomar parte en la presente convocatoria. Certificado expedido por el responsable de la Unidad de Personal de la Consejería u Organismo donde preste sus servicios, acreditando la condición de trabajador de la Comunidad de Madrid con relación jurídico-laboral de carácter indefinida y en servicio activo (Anexo IV). Copia compulsada de los documentos que acrediten la posesión de los requisitos mínimos exigidos y de los méritos alegados. Currículum vítae de su experiencia profesional. 3. Finalizado el plazo de presentación de instancias y mediante Resolución de la Secretaría General Técnica, se hará pública, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, haciendo constar la identidad de estos últimos, con indicación de la causa de inadmisión. Contra dicha Resolución, se abrirá un plazo de diez días hábiles para subsanar, si procede, el defecto que haya motivado la exclusión. Transcurrido dicho plazo de diez días hábiles, se procederá a la publicación, por el sistema señalado anteriormente de la relación definitiva de aspirantes admitidos. Base octava Adjudicación del puesto 1. Obtenida la puntuación definitiva, conforme al sistema establecido en la base cuarta, el Tribunal, a través de la Secretaría General Técnica, propondrá al ilustrísimo señor Director General de la Función Pública el candidato seleccionado. 2. A la vista de la propuesta definitiva del Tribunal, el Director General de la Función Pública procederá a adjudicar el puesto objeto de provisión, publicándose en el BOLE- TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. El correspondiente centro o unidad de destino, formalizará en el contrato de trabajo la oportuna diligencia. En todo caso, deberá quedar constancia del consentimiento del trabajador en cuanto a las nuevas condiciones laborales a que haya lugar. 3. En el caso de coincidir en el tiempo las convocatorias de dos o más Consejerías u Organismos, así como previsiblemente la finalización del proceso de selección en relación a las mismas con el fin de evitar que fueran adjudicados a un mismo trabajador dos o más puestos de trabajo pertenecientes a diferentes Consejerías u Organismos, los órganos administrativos responsables citarán al trabajador seleccionado para que este opte entre alguno de los puestos. 4. El régimen jurídico del desempeño de los puestos convocados se regulará conforme a lo dispuesto en el artículo 18 del Convenio Colectivo vigente. Base novena Composición del Tribunal 1. El Tribunal de selección tendrá la siguiente composición: Seis miembros designados por la Comunidad de Madrid, de los cuales uno actuará como Presidente y otro como Secretario. Tres miembros designados por los Sindicatos legitimados para negociar el Convenio Colectivo para el personal laboral de la Comunidad de Madrid, en proporción a su representatividad. 2. Cada miembro tendrá un suplente pudiendo designarse así mismo los asesores que se estimen pertinentes. Todos los Miembros del Tribunal actuarán con voz y voto, así como con sometimiento pleno a las causas de abstención y recusación previstas para los Tribunales. 3. El Tribunal tomará sus decisiones por mayoría de sus miembros, siendo necesaria la presencia, en todo momento, de al menos cinco de ellos, y en todo caso el Secretario. El Presidente, en caso de imposibilidad de asistencia, podrá delegar en el Presidente suplente. El Tribunal quedará autorizado para resolver cuantas dudas puedan plantearse y adoptar los acuerdos precisos para el buen orden de la convocatoria en todo lo no previsto en las presentes bases.

Pág. 18 JUEVES 24 DE NOVIEMBRE DE 2016 B.O.C.M. Núm. 282 4. La designación concreta de aquellas personas que han de componer el Tribunal y suplentes se determinará en la misma esolución en la que se apruebe la lista provisional de admitidos y excluidos, y se publicará en el. 5. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, calle Alcalá, número 16, Madrid. Base décima Reclamaciones Se procederá según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Madrid, a 14 de noviembre de 2016. El Consejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, PD (Orden 1463/2015, de 13 de julio; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de julio de 2015), el Secretario General Técnico, Fernando Moya Lorente.

Pág. 19 ANEXO I Nº PTO. DENOMINACIÓN DEL PUESTO 6264 Técnico Asesor Económico REQUISITOS MÍNIMOS Titulación Experiencia -Grado en Economía o Equivalente -Responsable del Punto de Información y Atención al Ciudadano: tres años -Coordinación con la Dirección General de Archivos, Museos y Bibliotecas de la Comunidad de Madrid en trabajos de tratamiento archivístico de documentos para su posterior ingreso en el Archivo Regional de la Comunidad de Madrid: tres años DESTINO Secretaría General Técnica. Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio. C/. Alcalá 16, Madrid RETRIBUCIÓN ANUAL Nivel retributivo 9 de puestos funcionales 37.860,56 -Coordinación con mediadores de seguros, en relación las reclamaciones de patrimoniales presentadas a la Comunidad de Madrid: tres años ANEXO II N.P.T. DENOMINACIÓN PUESTO EXPERIENCIA ESPECÍFICA FORMACIÓN ESPECÍFICA 6264 Técnico Asesor Económico 1.-Coordinación y control de acceso de usuarios a la aplicación de Registro de la Comunidad de Madrid: 0,4 puntos por año con un máximo de 2 puntos. 2.-Asistencia a las reuniones de Coordinadores de Atención al Ciudadano: 0,4 puntos por año con un máximo de 2 puntos. 3.- Tramitación como unidad promotora y gestora de expedientes de contratación, en materia de traslado de documentación, mobiliarios y enseres, seguros de responsabilidad civil/patrimonial y de vehículos y mediación de seguros: 0,4 puntos por año con un máximo de 2 puntos. 4.- Tramitación de expedientes de gasto a través de contratos menores, relacionados con mantenimiento de equipos, material y servicios no homologados: 0,4 puntos por año con un máximo de 2 puntos. 1.- Cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con el contenido del puesto y hasta un máximo de 2 puntos: * Curso de SICA (1 punto) * Curso de NEXUS (1 punto) La ponderación de los apartados anteriores se ajustará a una puntuación máxima de 10 puntos

Pág. 20 JUEVES 24 DE NOVIEMBRE DE 2016 B.O.C.M. Núm. 282 ANEXO III D/D.ª... D.N.I.... con domicilio en..., calle... nº... piso... letra... C.P... teléfono..., en relación con la convocatoria del puesto de trabajo nº 6264, laboral funcional, denominado Técnico Asesor Económico EXPONE Que reúne los requisitos mínimos para concurrir al proceso selectivo convocado mediante Orden..., de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio ( de fecha...), y en su virtud, SOLICITA Que previos los trámites oportunos, le sea admitida la presente instancia para provisión del puesto funcional nº 6264 denominado Técnico Asesor Económico. Madrid a.. de... de 2016 Firma del Solicitante, EXCMO. SR. CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE, ADMINISTRACIÓN LOCAL Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

Pág. 21 ANEXO IV D/D.ª... DE LA CONSEJERÍA/ORGANISMO.. CERTIFICA 1.- Que el trabajador de la Comunidad de Madrid D/D.ª. perteneciente a la Consejería/Organismo.. afecto al Convenio Colectivo para el personal laboral, con relación jurídico-laboral de carácter indefinida, a esta fecha, se encuentra en situación de servicio activo, 2.- Tiene acreditada actualmente la categoría profesional de...... 3.- Que en la actualidad desempeña el siguiente puesto de trabajo, con las características que, asimismo se consignan: Puesto... Categoría.. Nivel.... Área.... Grupo Lo que expido a petición del interesado, para que surta efectos en la convocatoria de puesto funcional aprobada por Orden... de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio (B.O.C.M. núm. ). En Madrid, (03/40.106/16) http://www.bocm.es D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791