Guía Pensiones extranjeras de emigrantes retornados e IRPF

Documentos relacionados
En qué Estado tributan las pensiones según los diferentes Convenios suscritos por España?

OBLIGACIÓN DE DECLARAR LAS PENSIONES PROCEDENTES DEL EXTRANJERO: PRÓXIMA AMNISTÍA

Pensiones extranjeras, declaración y condonación

Clasificación de infracciones y sus correspondientes sanciones en la Ley General Tributaria

La Cuenta Corriente Tributaria (CCT)

Ley 34/2015, de 21 de septiembre, de Modificación Parcial de la LGT. Principales Novedades

ACUERDO DE INICIACIÓN Y COMUNICACIÓN DEL TRÁMITE DE AUDIENCIA DE EXPEDIENTE SANCIONADOR

SENTENCIA ANTECEDENTES DE HECHO

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (IVA) EL MODELO 303: IVA

12/2016 ASOCIACIÓN DE TROPA Y MARINERÍA ESPAÑOLA A T M

TRIBUTACIÓN DE LOS INMUEBLES URBANOS PROPIEDAD DE NO RESIDENTES PERSONAS FÍSICAS

Los intereses de demora y los recargos Introducción

Tributación «LA MODIFICACIÓN DE LAS DECLARACIONES (I)» T. Pérez Martínez

GUÍA INFRACCIONES Y SANCIONES DEL IRPF

LA RELACIÓN JURÍDICO TRIBUTARIA Y LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA PRINCIPAL

DERECHO ADMINISTRATIVO

ANTENA 3 DE TELEVISIÓN, S.A. JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS 29 DE NOVIEMBRE DE 2006 ANEXO INFORMATIVO

Bienvenidos a Implicaciones fiscales para un traductor por cuenta propia en un entorno global.

LECCIÓN 15 INFRACCIONES Y SANCIONES

SECRETARÍA DE ESTADO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS Consultas Vinculantes

DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO (I) Lección 13: LA RECAUDACIÓN TRIBUTARIA

TEMA 3. PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN TRIBUTARIA

TASAS MUNICIPALES ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS URBANÍSTICOS.

V. Anuncios. Otros anuncios. Consejería de Empleo, Industria y Comercio

DECLARACIÓN DE LA RENTA

Modelo 720: Declaración informativa de bienes y derechos situados en el extranjero

LEY DE MEDIDAS DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE FISCAL

Apellidos y nombre o razón social. Municipio Código Postal Provincia. Lugar de formalización

SOLICITUD DE APLAZAMIENTO/FRACCIONAMIENTO DE PAGO DE DEUDAS POR IMPORTE SUPERIOR A ,00 1. ÓRGANO AL QUE SE DIRIGE LA SOLICITUD

Bon nº9 de 21/01/2009 ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR EN MATERIA DE POLICIA ADMINISTRATIVA

PRINCIPALES NOVEDADES DE LA REFORMA FISCAL Las principales modificaciones de la Ley 35/2006 del IRPF, de forma esquemática, son las siguientes:

IVA- AUTOLIQUIDACIÓN AYUDA - PRESENTACIÓN 303 Instrucciones del modelo 303

Ayuntamiento de Barakaldo Barakaldoko Udala

ORDENANZA REGULADORA DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS

A LA DELEGACIÓN DE LA AEAT DE LA PROVINCIA DE MADRID

El control de los tributos

Esquema de análisis. No confundir. Atención a las disposiciones de los nuevos Estatutos de Autonomía!!

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL MODELO 309 IVA - AUTOLIQUIDACIÓN NO PERIÓDICA

Nota de prensa. La Agencia Tributaria ya ha devuelto más de 166 millones de euros a contribuyentes canarios.

sancionadora y delitos contra la hacienda pública

NewsLetter Asesoría Financiera, S.A.

ASISTENCIA EN LA GESTIÓN DE PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS

devolución rápida a no obligados a declarar se podrá pedir hasta el 31 de marzo

LA RESPONSABILIDAD DE LOS ADMINISTRADORES DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES EN EL MARCO DE LA LEY DE MEDIDAS DE PREVENCIÓN CONTRA EL FRAUDE FISCAL: (LEY

La Agencia Tributaria prevé declaraciones en esta Campaña de Renta, con nuevos declarantes

Fiscal Impuestos BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE

SANCIONES TRIBUTARIAS

DECLARACIONES INFORMATIVAS EJERCICIO 2012 MODELOS 180, 190 Y 390

PROGRAMA DE LA ASIGNATURA TRONCAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO

Complementarias. cairen

RENDIMIENTOS DEL TRABAJO.

TEMA 6. LIQUIDACIÓN Y RECAUDACIÓN SUPUESTOS PRÁCTICOS CONCEPTO BASE DE DATOS REGLAS GENERALES REGLAS PARA IMPORTACIONES.

Nota de prensa. Los contribuyentes declaran por primera vez en 2015 más de millones de euros en cuentas en el extranjero.

FORMACIÓN E-LEARNING. Curso de La Empresa frente a la Administración Tributaria

GESTIÓN TRIBUTARIA GUÍA DOCENTE Licenciatura en Derecho. Curso 2015/ Grupo sin docencia Àrea de Dret Financer i Tributari Facultat de Dret

NOVEDADES A.E.A.T. 2012

PARTE GENERAL TRIBUTARIA OCTUBRE ACTUACIONES Y PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN TRIBUTARIA.

TEMARIO DE DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO PARA LA PRUEBA DE CONJUNTO CURSO 2016/2017

Descripción Indicadores Previsto Realizado Número de informes 13 13

SOLUCIONES. Análisis de las consecuencias fiscales de estas actuaciones. SOLUCIÓN

AJUNTAMENT DE BORRIOL

RELACION DE SERIES DE GESTION TRIBUTARIA (GESTION Y RECAUDACION)

ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR EN MATERIA DE POLICIA ADMINISTRATIVA

IVA diferido Preguntas frecuentes:

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES A. NOVEDADES APLICABLES A PARTIR DEL 31 DE OCTUBRE DE 2012.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Declaración de RENTA 2011 POR EL CAMINO DIRECTO

apublicada la orden ministerial en el Boletín Oficial del Estado

La tributación en IRPF de deuda subordinada o de participaciones preferentes. Territorios forales vs Territorio común.

TEMA 12. INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS. DELITOS CONTRA LA HACIENDA PÚBLICA.

IVA Grupo de entidades. Modelo agregado Autoliquidación mensual AYUDA - PRESENTACIÓN 353 Instrucciones del modelo 353

ALCÁNTARA, BLAY A & DEL COSO ABOGADOS

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Boletín de Información Fiscal 4/2012. Declaración Tributaria Especial

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

INSTRUCCIONES DEL MODELO 111

7) Los tributos tienen una finalidad: a) Económica. b) Social. c) Socioeconómica. d) Ninguna es correcta.

En Huelva a de de 2017 REUNIDOS

DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD TRIBUTARIA A LOS RESPONSABLES SOLIDARIOS [TRAS PERIODO VOLUNTARIO]

NewsLetter Asesoría Financiera, S.A.

CAMPAÑA DE RENTA IRPF 2008

ÚLTIMAS NOVEDADES FISCALES 2ª QUINCENA OCTUBRE

Tramitación separada de la propuesta de regularización (salvo renuncia)

Diputación Foral de Bizkaia

Jornadas de LEY DE SUBVENCIONES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

PROGRAMA REDUCIDO DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 3º Grado en DERECHO Profa. Marta Villarín Lagos Curso

Nota de prensa. La Agencia Tributaria devolverá más de millones de euros a 15,2 millones de contribuyentes en la campaña de Renta 08

ASESORAMIENTO Y CONSULTORÍA JURÍDICA LABORAL, FISCAL Y TRIBUTARIA PARA EXTENDA-AGENCIA ANDALUZA DE PROMOCIÓN EXTERIOR, S.A.

NEWS ALERT FISCAL. Declaración sobre la renta y patrimonio de las personas físicas

PROGRAMA EN DIRECCIÓN Y DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS (PDDRH)

OBLIGACIONES TRIBUTARIAS 3º TRIMESTRE 2016

TEMA 7. LOS ELEMENTOS DEL TRIBUTO (III). ELEMENTOS CUANTITATIVOS.

Of-09. Excmo. Ayuntamiento de Benalmádena. Página 1 de 8

vademécum fiscal 2016

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (2015) PAGOS FRACCIONADOS

Guía para pagar menos en la cita anual con Hacienda Publicado el , por Expansión

TEMA VI ESTRUCTURA DE LOS IMPUESTOS DIRECTOS E INDIRECTOS EN EL MUNDO. Fiscalidad Internacional

RESOLUCIÓN NÚMERO ( ) DE 2016 DIAN

Glosario de términos

EL DEBER DE CONTRIBUIR Y PAGAR IMPUESTOS

Asesor Fiscal. Ley General Tributaria, impuestos sobre sociedades e impuestos locales

Transcripción:

Guía Pensiones extranjeras de emigrantes retornados e IRPF www.ugt.es

Desde UGT hemos elaborado el presente documento informativo, conscientes de la inviabilidad e inutilidad que conllevaría elaborar un modelo general de alegaciones, dada la extensa diversidad de situaciones que pueden surgir en las relaciones entre la Agencia Tributaria y los emigrantes retornados, cada una con sus características y especialidades propias, tanto personales como procedimentales. Este documento pretende así, desde una perspectiva instructiva e ilustrativa, reflejar las diferentes situaciones en que puede encontrarse el emigrante retornado en su relación con la Agencia Tributaria, plasmar sus opciones a valorar y llamar la atención sobre algunas cuestiones interesantes a tener presente. Por lo tanto, no se trata de ningún formulario o modelo tipo, sino de una guía con carácter general, que como tal debe ser tratada. Secretaría de Política Social

Guía: Pensiones extranjeras de emigrantes retornados e IRPF La Agencia Tributaria continúa reclamando a los emigrantes retornados las declaraciones del IRPF desde el año 2009-2012, acompañando el correspondiente recargo, intereses de demora y en algunos casos, sanciones económicas. Por qué? Porque cuando el emigrante retorna a España tiene obligación de declarar el IRPF por toda su renta, esto es, tanto por rentas obtenidas en España como por las obtenidas en el extranjero. Concretamente, las pensiones que tengan su origen en otro país distinto a España deben incluirse, por regla general, como renta del trabajo en la declaración del IRPF. En base a esta obligación legal, la Agencia tributaria puede reclamar a los emigrantes retornados que: Ü Ü O bien, no presentaron declaración del IRPF, por considerar que la pensión extranjera no estaba sujeta a tributación y como consecuencia de ello, sus rendimientos no superaban el mínimo exento para presentar la declaración. (ver Anexo, dos pagadores) O bien, presentaron declaración de IRPF pero no incluyeron la pensión del extranjero como rendimientos del trabajo. 3

QUÉ ES LO QUE SE PUEDE HACER? Depende de si la Agencia Tributaria todavía no ha iniciado ningún procedimiento contra el emigrante retornado o por el contrario, ya ha iniciado algún tipo de procedimiento reclamando la deuda. Si la Agencia Tributaria no ha iniciado ningún procedimiento contra el emigrante retornado À Deberíamos informarnos en primer lugar si la pensión está exenta en el país de origen, y si en el caso de no estar exenta el país donde cobró la pensión tiene Convenio con España para evitar la doble imposición de la pensión extranjera. Para ello es conveniente acudir a la Embajada del país correspondiente (de forma presencial, telefónica, etc.) para que nos informen al respecto. Á Si no existe convenio o éste establece que la pensión se declarará en el país de residencia, deberíamos plantearnos la opción de presentar voluntariamente la declaración complementaria de aquellos ejercicios que no se encuentren prescritos, es decir, IRPF de los años 2009, 2010, 2011 y 2012. (IRPF 2009 prescribirá el 30 de junio de 2014) Con la declaración complementaria, ingresaríamos para cada uno de los años: ß La cuota correspondiente a la liquidación del impuesto ß Los recargos por presentación de declaración extemporánea ß Los intereses de demora correspondientes, si hubiera transcurrido más de 12 meses desde el fin del periodo voluntario (IRPF de los años 2009, 2010 y 2011) NOTAS - Al realizar estas declaraciones complementarias nos evitaremos ser sancionados salvo que de la declaración resulte una cantidad a favor del contribuyente, en este caso no existirá recargo por declaración extemporánea pero la Administración podrá imponernos la sanción por no presentar en plazo autoliquidaciones o declaraciones sin que se produzca perjuicio económico. - Deberemos ingresar la cuota correspondiente a la liquidación del impuesto que corresponda el mismo día de su presentación o pedir el fraccionamiento o aplazamiento de la deuda ese mismo día, de lo contrario se iniciara el periodo ejecutivo, con el consiguiente devengo de los recargos ejecutivos adicionales al recargo que corresponda por declaración extemporánea. 4

Si la Agencia Tributaria ya nos ha comunicado el inicio de algún procedimiento tributario À Si NOTA se nos ha comunicado el inicio de un procedimiento de liquidación provisional o definitiva. Aquí, lo que hace la Agencia Tributaria es -incluyendo la pensión recibida del extranjero- cuantificar y determinar la cantidad que resulte a devolver o a ingresar, solicitándonos, si es el caso, el ingreso de la cuota, los recargos y los intereses de demora. Si mostramos nuestra conformidad con la liquidación (antes o después de realizar las alegaciones que estimemos oportunas) y/o no presentamos recurso o reclamación económico-administrativa, la sanción que derive de este procedimiento se verá reducida en un 30 por ciento. Asimismo, también seremos sancionados, pero esta sanción se llevará en pieza separada mediante la apertura del correspondiente procedimiento sancionador. En las distintas fases que componen este procedimiento se nos dará la oportunidad de mostrar nuestra conformidad con la liquidación o regularización, realizar las alegaciones que estimemos oportunas (ver cuadro Tener presente en alegaciones ), como asimismo la oportunidad de interponer recurso. Á NOTA Este procedimiento se tramita de forma separada del procedimiento de liquidación (salvo renuncia), pero en base al mismo. Si nos ha comunicado el inicio de un procedimiento sancionador. En este procedimiento sancionador lo que hace la Agencia Tributaria es notificarnos una propuesta o acuerdo de resolución en la que se recoge la infracción cometida 1 y la sanción que se nos impone (como una multa de tráfico). Ante esta notificación de sanción podemos hacer dos cosas: 1. Reducir aún más la sanción: El importe de la sanción una vez aplicada la reducción por la conformidad con la liquidación o regularización, podrá verse reducida en un 25 por ciento adicional, si: además de ingresar el importe que reste de la sanción, en periodo voluntario o en los plazos fijados en el acuerdo de aplazamiento o fraccionamiento, no se interpone recurso o reclamación contra la liquidación o la sanción. 1 Infracción tributaria por dejar de ingresar la deuda tributaria que debiera resultar de una autoliquidación (art.191 LGT) o la infracción por obtener indebidamente devoluciones (art.193 LGT) 5

Á Si nos ha comunicado el inicio de un procedimiento sancionador. 2. Realizar alegaciones y/o interponer el recurso o reclamaciones oportunas, al igual que en el proceso de liquidación. NOTA En todo caso, sería aconsejable solicitar asesoramiento jurídico especializado durante todo el proceso. 2.1. Si se realizan alegaciones. A la hora de elaborar las alegaciones (procedimiento liquidación y procedimiento sancionador) debemos tener presente: a) Si existe convenio de doble imposición o no. b) La necesidad de demostrar que no ha existido intención de defraudar, culpa o negligencia en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales Es decir, debemos explicar que nuestra conducta nunca ha estado destinada, de forma voluntaria ni consciente, a incumplir la Ley General Tributaria. Es más, debemos explicar que no teníamos conocimiento que nuestro comportamiento era contrario a la Ley y que podría ser objeto de sanción; debemos demostrar que nuestra voluntad ha estado dirigida en todo momento a cumplir la ley (hemos preguntado, informado, etc.). Debemos demostrar nuestra buena fe. c) Si la propuesta de liquidación y/o la propuesta de sanción está suficientemente motivada y explica claramente los motivos por los que se establece la liquidación y/o la sanción. Porque si no es así, debemos alegar la falta de motivación suficiente y que esta ausencia de motivación nos crea una indefensión ante la actuación de la Agencia Tributaria. d) Aunque realicemos alegaciones y en el caso de que éstas sean desestimadas, seguiremos teniendo derecho a poder aplicarnos las reducciones a la sanción antes comentadas. e) Existe un plazo máximo para que la Administración Tributaria presente el Expediente Sancionador, de 3 meses desde la notificación de la liquidación o resolución del procedimiento de regularización (acta o comprobación limitada). Si no se presenta en este plazo el procedimiento sancionador concluirá por caducidad. 2.2. Si se opta por el recurso oportuno. Debemos apreciar que si interponemos recurso o reclamación contra la sanción no tendremos derecho a la reducción del 25 por ciento adicional, pero si a la reducción del 30 por ciento por conformidad con la liquidación. 6

ANEXO OBLIGACIÓN DE DECLARAR EN EL IRPF Contribuyentes no obligados a declarar (cuadro-resumen) 7

A título de ejemplo, están obligados a declarar, entre otros, los siguientes contribuyentes: Ü Ü Los contribuyentes que hayan percibido rendimientos íntegros del trabajo procedentes de un mismo pagador por importe superior a 22.000 euros anuales. Los contribuyentes que hayan percibido rendimientos íntegros del trabajo por importe superior a 11.200 euros en los siguientes supuestos: - Cuando procedan de más de un pagador, si la suma de las cantidades procedentes del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, supera la cifra de 1.500 euros anuales. - Cuando se trate de pensionistas con varias pensiones cuyas retenciones no se hayan practicado de acuerdo con las determinadas por la Agencia Tributaria, previa solicitud del contribuyente al efecto, por medio del modelo 146. ß ( ) 8