TABACO EN URUGUAY: LA SALUD ESTA PRIMERO DR. ENRIQUE SOTO

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Transcripción:

TABACO EN URUGUAY: LA SALUD ESTA PRIMERO DR. ENRIQUE SOTO

IMPACTO La plataforma de seguimiento de noticias en Internet Meltwater registro entre el 7 y el 11 de julio, 1.021 publicaciones referidas al e xito del Uruguay en la demanda planteada por Philip Morris. La noticia impactó en 52 países: 75% de habla inglesa, 22% español, 2% portugués y otros idiomas. Todas las crónicas tuvieron valoración positiva.

DIAGNÓSTICO AFECTA LA SALUD Y POR LO TANTO LA VIDA 5000 muertes/año vinculadas al tabaquismo Cada año se pierden 98.965 años por muertes prematuras (AVP) Cada año se pierden 36.657 por discapacidad (AVD) Enfermedades crónicas. Fact Riesgo Comunes Elevada prevalencia Repercute en el entorno y el medio ambiente Impacta en los sistemas de salud Fomenta la adicción especialmente en los jóvenes y en los sectores más postergados social y culturalmente. Inequidad Evidencia científica contundente

LEGISLACIÓN-POLÍTICA DE ESTADO NACIONAL Constitución art 44 Ley 9.202 del 12/1/34 Ley 15.361 24/12/1982 Decreto 203/1996 Decreto 142/1998 Decreto 36/005 Decreto 169/005 Decreto 170/005 Decreto 171/005 Decreto 214/005 Decreto 268/005 Decreto 415/005 Decreto 202/007 Decreto de julio/007 Ley 18.256 del 6/3/2008 Decreto 284/008 del 9/6/2008 Ordenanza 514 del MSP de 2008 Ordenanza 466 del MSP de 2009 Decreto 287/009 Ley 19259/2014 INTERNACIONAL Convenio Marco para el Control del Tabaco ratificado por Uruguay el 9 de setiembre de 2004 Directrices

ROU ratifica CMCT Ley 17793 Prohibición de fumar en hospitales MSP: creación de Comisión Asesora FNR: Prog. Tto. Tab. Pictogramas: 50% de superficie Prohibición de términos engañosos Ordenanza 514: Presentación Unica Prohibición de Publicidad Incremento de impuestos Ley 18256 Control del Tabaco EC H INE ECH INE GYTS CCICT OMS/OPS: juicio PM Comision I. Comercio Ilicito Plan estrategico 10 años CMCT CIADI/fin litigio Ajuste imp. GATS Alianza Nal. Contro l Tabaco Negociación CMCT MSP Prog Nal. C. Tab Primer pais Libre de Humo Enc GYTS Decreto 287/00 9 80% pictog GATS LITIGI PM VS ROU COP 4 Emp neutro 2000-2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 1011 2012 2013 2014 2015 2016 2017

RESULTADOS 40 35 30 25 20 15 10 5 0 2006 2011 2014 GYTS: 2006 22.8 2014: 8.2 1RA. ENFCNT 2006: 36 GATS 2009: 23.5 ECH INE: 22.8 90% de reducción de contaminación en los espacios cerrados Disminución 17,1% de ingreso por IAM Cambio cultural: desnormalización, hacia mejor calidad de vida

EL EXITO EN TÉRMINOS JURIDICOS EN Objeto del arbitraje: EL CASO PMI vs URUGUAY PMI considera que son lesionados sus derechos bajo el Convenio de Inversiones entre Uruguay y Suiza por la adopción de las siguientes medidas sanitarias: Presentación única por marca Extensión al 80 % de la cajilla de las advertencias sanitarias Principales Argumentos del Fallo que apoyan la política: Reconocimiento de que la Salud Publica es un cometido esencial del Estado «Los Estados tienen la potestad de impedir, limitar o condicionar la comercialización de un producto o servicio, y a consecuencia de esto, se impide, limita o condiciona el uso de la marca que lo identifica». Reconocimiento de la prevalencia del Poder de Policía del Estado sobre los derechos individuales -en este caso de los inversores- El ejercicio razonable y de buena fe del poder de policía del Estado en cuestiones como el orden publico, la salud o la moralidad, etc., excluyen de indemnización, aun si causa un perjuicio económico a un inversor, por lo que no pueden considerarse expropiatorias. Las medidas adoptadas no fueron arbitrarias e innecesarias y fueron proporcionales al objetivo. (El tribunal reconoció la evidencia científica aportada por OMS y OPS)

PRINCIPALES CONCLUSIONES El laudo arbitral puso de manifiesto: La vigencia del poder de autodeterminación de los Estados por encima de los compromisos internacionales asumidos. La prevalencia de la potestad regulatoria en materia de salud publica sobre los derechos individuales de los inversores. La importancia de mantener una política consistente y sobre todo de cumplir con los procedimientos internos establecidos por el orden jurídico nacional. La existencia de evidencia científica aportada por la OMS y la OPS acerca de los perjuicios a la salud publica a consecuencia de la adicción al tabaco.

HACIA DONDE NOS DIRIGIMOS? -20 % 2020 25 X 25 PRIMERA GENERACIÓN LIBRE DE HUMO DEL TABACO