TRIBUNAL DE JUSTICIA Luxemburgo, a 30 de noviembre de 2012 DE LA UNIÓN EUROPEA TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS N os 6 y 7 Procedimientos conforme a lo dispuesto en el artículo 24, apartado 4, del Reglamento financiero ***
- 2 - RESUMEN I. INTRODUCCIÓN II. ORIGEN DE LOS CRÉDITOS II.1 Capítulo 10 «Miembros de la Institución» Artículo 100 «Retribuciones y otros derechos» II.2 Capítulo 12 «Funcionarios y agentes temporales» Artículo 120 «Retribuciones y otros derechos» II.3 Capítulo 14 «Otro personal y prestaciones externas» Artículo 140 «Otros agentes y personas externas» II.4 Capítulo 20 «Inmuebles y gastos accesorios» Artículo 202 «Gastos relativos a inmuebles» III. DESTINO DE LOS CRÉDITOS (Capítulo 20 «Inmuebles y gastos accesorios») IV. RECAPITULACIÓN DE LA TRANSFERENCIA Nº 6 V. RECAPITULACIÓN DE LA TRANSFERENCIA Nº 7
- 3 - I. INTRODUCCIÓN Las dos propuestas de transferencia presentadas acto seguido por el Tribunal de Justicia se inscriben en el marco de una operación de remanentes de créditos de fin de año que tiene por objeto permitir un pago anticipado de 12,1 millones de euros en relación con los contratos de arrendamiento con opción de compra en matera inmobiliaria, a fin de disminuir la carga financiera que suponen los cánones futuros. Es preciso señalar que el superávit de créditos utilizado para dichas transferencias de remanentes procede, en su mayoría, de los capítulos relativos a la retribución de los Miembros y del personal, y ello debido esencialmente a la falta de adaptación anual de las retribuciones desde el 1 de julio de 2011 a raíz de la desestimación por el Consejo de la propuesta de la Comisión en dicho sentido (+ 1,7 %). Como es sabido, el litigio a este respecto entre estas dos instituciones fue sometido al Tribunal de Justicia y la resolución judicial se pronunciará durante el año 2013 habida cuenta de las particularidades de los asuntos de que se trata y de los plazos procesales requeridos. Los capítulos II y III que siguen presentan, por un lado, las justificaciones detalladas de los superávit registrados y, por otro, facilitan la información necesaria sobre el destino común de los créditos cuya transferencia se propone. En cuanto a los capítulos IV yv, presentan detalladamente las dos transferencias que se han escogido para responder a lo establecido en el Reglamento financiero en materia de aprobación de las transferencias de créditos por la Autoridad Presupuestaria. II. ORIGEN DE LOS CRÉDITOS II.1 Capítulo 10 «Miembros de la Institución» Artículo 100 «Retribuciones y otros derechos» Los créditos de esta línea presupuestaria se destinan a cubrir, en relación con los Miembros de la Institución, los sueldos base, los demás complementos e indemnizaciones a los que tienen derecho, la cuota patronal del seguro contra los riesgos de enfermedad profesional y de accidentes y la cuota patronal del seguro contra los riesgos de enfermedad. Como se ha indicado en la introducción, el superávit presupuestario registrado en 2012 se explica en gran parte por la falta de adaptación anual de las retribuciones correspondientes a 2011, que ha llevado a un menor consumo de créditos respecto de las hipótesis consideradas cuando se elaboró el presupuesto para 2012. Por otro lado, una parte del ahorro presupuestario se explica por el nombramiento más tardío de lo previsto de los nuevos Jueces del Tribunal General. En total, el superávit presupuestario disponible asciende a 0,8 millones de euros.
- 4 - II.2 Capítulo 12 «Funcionarios y agentes temporales» Artículo 120 «Retribuciones y otros derechos» La partida 1200 «Retribuciones e indemnizaciones» sigue siendo la línea presupuestaria más importante del presupuesto del Tribunal de Justicia (202,8 millones de euros, esto es, algo más del 58 % del presupuesto total) y el superávit presupuestario registrado en esta partida (del orden de 4 % de los créditos iniciales de la línea) es en proporción relativamente reducido si se considera el volumen total de dicha partida y las dificultades asociadas a las previsiones presupuestarias que se realizan con casi 12 meses de antelación utilizando determinados parámetros de previsión inevitablemente estimativos (tasa de incremento de las retribuciones, tasa de inflación, ritmo de contratación o de rotación, porcentaje de reducción a tanto alzado, porcentaje de los complementos familiares ). Es importante subrayar que el superávit registrado está muy vinculado a los distintos parámetros de previsiones mencionados anteriormente (en particular, a la falta de adaptación de las retribuciones en 2011, en las condiciones indicadas en la introducción) y no a un deterioro del porcentaje de ocupación de puestos de trabajo, que sigue siendo muy elevado en el Tribunal de Justicia. En efecto, el porcentaje de puestos vacantes sigue siendo inferior al 3 % como media, cifra que corresponde a la rotación habitual del personal. Estos buenos resultados son fruto de una política de contratación muy activa por parte de todos los servicios del Tribunal de Justicia, que permite minimizar en lo posible el número de puestos vacantes, pese a las restricciones vinculadas a la rotación inevitable y normal del personal y a las mayores dificultades de contratación del personal en Luxemburgo debido al elevado nivel del coste de la vida. El reducido porcentaje de puestos vacantes es asimismo un buen indicador de la gran carga de trabajo de los Servicios del Tribunal de Justicia, ya que el fuerte incremento de la actividad judicial exige una utilización óptima de los recursos humanos que se conceden. El superávit presupuestario disponible que se propone utilizar en el marco de las presentes transferencias de remanentes asciende a 9 millones de euros. En este contexto, puede resultar útil señalar que el Tribunal de Justicia aprovecha el análisis de las diferencias de ejecución registradas en los créditos del capítulo 12 para continuar perfeccionando su metodología en materia de previsión de las retribuciones y seguir mejorando sus resultados en materia de ejecución de créditos. En esta línea, en los cálculos presupuestarios para el ejercicio 2013 se realizaron determinados ajustes metodológicos importantes dirigidos a reducir las solicitudes de créditos en unos 3,5 millones de euros. II.3 Capítulo 14 «Otro personal y prestaciones externas» Artículo 140 «Otros agentes y personas externas» a) Partida 1400 «Otros agentes» Los créditos consignados en esta línea presupuestaria se destinan esencialmente a cubrir los gastos relativos a la retribución de los agentes contractuales contratados por la Institución. Cabe distinguir, por un lado, los agentes contractuales contratados por tiempo indefinido por necesidades permanentes de la Institución (para garantizar la realización de determinadas labores manuales o de apoyo administrativo, efectuadas anteriormente por funcionarios de categoría D tales como ujieres, mantenedores o chóferes) y, por otro, los agentes contractuales contratados para sustituir a los funcionarios y agentes temporales durante sus licencias por maternidad o por enfermedad o debido a un incremento puntual de trabajo en un Servicio.
- 5 - El superávit de créditos registrado (0,35 millones de euros) que se propone transferir procede principalmente de recurrir en menor medida a esta última categoría de agentes contractuales (habida cuenta de la evolución más favorable de lo previsto del número de sustituciones que se debían efectuar) y de la falta de adaptación de las retribuciones correspondientes a 2011. b) Partida 1406 «Prestaciones externas en el ámbito lingüístico» Los créditos de la partida presupuestaria 1406 se destinan a permitir recurrir a intérpretes y traductores freelance. En general, es preciso recordar que la política de utilización prioritaria de los recursos internos permite limitar al máximo el recurso a los prestadores freelance que constituye, no obstante, la variable de ajuste indispensable para hacer frente al crecimiento del número de vistas y de páginas que se han de traducir que resulta de la intensa actividad judicial. Por lo que respecta al ámbito de la traducción, la información disponible a fecha de hoy muestra que la aplicación de las distintas medidas procedimentales 1 dispuestas por el Tribunal de Justicia en ejercicios anteriores, y reforzadas concretamente durante 2011 en el contexto de una creciente presión de los volúmenes que se debían traducir (+ 5,7 % en 2008, + 6,7 % en 2009, + 12,6 % en 2010 e incluso + 7,7 % en 2011), conducen a un aumento menor del previsto del volumen de páginas que se han de traducir y, en consecuencia, a una menor utilización de los créditos de externalización freelance. El superávit presupuestario disponible para las presentes transferencias de remanentes es igual a 1,1 millones de euros. II.4 Capítulo 20 «Inmuebles y gastos accesorios» Artículo 202 «Gastos relativos a inmuebles» Los créditos disponibles en este artículo presupuestario se destinan en su mayoría (97 %) a cubrir los gastos de conservación/limpieza, de consumo de energía y de seguridad/vigilancia de todo el parque inmobiliario del Tribunal de Justicia. El ahorro presupuestario que se registra en este artículo en 2012 (alrededor de 2 millones de euros, es decir, un 12 % de los créditos iniciales) se explica en gran parte por los siguientes factores: Gastos menores de los previstos en relación con las importantes obras de renovación de los edificios Anexos (65.000 m²), cuya finalización está prevista para finales del primer semestre del año 2013. Ahorro de energía significativo asociado al mismo tiempo a mejores condiciones contractuales (contrato interinstitucional celebrado por la OIB) y a condiciones meteorológicas comparativamente menos consumidoras de energía que en 2011. Procede recordar que la transferencia nº 5, remitida para aprobación a la Autoridad Presupuestaria en el mes de octubre de 2012, ya incluía una solicitud de transferencia desde este artículo presupuestario (por importe de 1,12 millones de euros) al artículo 274 «Producción y difusión». Después de dicha transferencia, queda disponible un superávit presupuestario de 0,85 millones de euros. 1 Dispensas de conclusiones de los Abogados Generales, publicación selectiva de las resoluciones del Tribunal de Justicia y del Tribunal General, resúmenes de las peticiones de decisión prejudicial, reducción de la extensión media de las conclusiones.
- 6 - III. DESTINO DE LOS CRÉDITOS (Capítulo 20 «Inmuebles y gastos accesorios») En general, y como desean las dos ramas de la Autoridad Presupuestaria, las solicitudes de créditos del Tribunal de Justicia en materia inmobiliaria se inscriben en una perspectiva plurianual bien definida. A este respecto, el informe sobre el plan actualizado de inversiones inmobiliarias 2011-2013, que se remitió en mayo de 2012 a la Autoridad Presupuestaria, proporciona información detallada sobre los principales proyectos inmobiliarios actualmente en curso. Dentro del capítulo 20 «Inmuebles y gastos accesorios», la partida 2001 «Arrendamiento-compra» permite al Tribunal de Justicia cumplir las obligaciones que ha suscrito en dos contratos de arrendamiento con opción de compra firmados con el Estado luxemburgués: Un primer contrato se refiere al complejo inmobiliario del nuevo Palacio y de su ampliación puesto en servicio a finales del año 2008. Establece un reembolso del coste de construcción y de financiación escalonado a lo largo de 18 años (de 2009 a 2026). Como se recordará, la Autoridad Presupuestaria ha autorizado ya varios pagos anticipados desde 2007, sea en concepto de créditos del ejercicio, sea en concepto de transferencias de remanentes concedidas a finales de año. Sin dichos pagos anticipados, que en total suponían algo más de 57 millones de euros a finales de 2011, la carga anual de la asignación de arrendamiento con opción de compra anual alcanzaría los 33 millones de euros, es decir, casi un 18 % más de la prevista para 2013 (28 millones de euros). Además, el ahorro de cargas financieras a lo largo del plazo de reembolso representa un importe muy elevado (20 millones de euros). El segundo contrato se refiere al arrendamiento con opción de compra de los edificios denominados Anexos (Erasmus, Thomas More y C), edificios que son actualmente objeto de importantes obras de renovación 2 (estimadas en alrededor de 80 millones de euros sin cargas financieras de prefinanciación). El contrato firmado con las autoridades luxemburguesas establece que, al igual que ocurre con el complejo inmobiliario del nuevo Palacio, el reembolso se escalonará hasta 2026. El pago anticipado propuesto (12,1 millones de euros, procedentes de los superávit presupuestarios mencionados en la Sección II de este documento) contribuiría a reducir aún más el peso presupuestario futuro de las asignaciones de arrendamiento con opción de compra. 2 La Autoridad Presupuestaria fue informada en 2006 de estas obras de renovación conforme a lo dispuesto en el artículo 179 del RF.
- 7 - IV. RECAPITULACIÓN DE LA TRANSFERENCIA Nº 6 (transferencia entre títulos, hasta un máximo del 10 % de los créditos del ejercicio consignados en la línea de origen de la transferencia.) ORIGEN DE LOS CRÉDITOS Capítulo 10 «Miembros de la Institución» Artículo 100 «Retribuciones y otros derechos» Partida 1000 «Retribuciones e indemnizaciones» - 800.000 euros Crédito presupuestario 22.537.000 Compromisos contabilizados - 21.737.000 Previsiones de gastos hasta finales de año 0 Disponibilidades + 800.000 Transferencia propuesta - 800.000 Capítulo 12 «Funcionarios y agentes temporales» Artículo 120 «Retribuciones y otros derechos» Partida 1200 «Retribuciones e indemnizaciones» - 9.000.000 euros Crédito presupuestario 202.827.000 Compromisos contabilizados - 193.827.000 Previsiones de gastos hasta finales de año 0 Disponibilidades + 9.000.000 Transferencia propuesta - 9.000.000 Capítulo 14 «Otro personal y prestaciones externas» Artículo 140 «Otros agentes y personas externas» Partida 1400 «Otros agentes» - 350.000 euros Crédito presupuestario 4.985.000 Compromisos contabilizados - 4.635.000 Previsiones de gastos hasta finales de año 0 Disponibilidades + 350.000 Transferencia propuesta - 350.000 Partida 1406 «Prestaciones externas en el ámbito lingüístico» 1.100.000 euros Crédito presupuestario 11.645.000 Compromisos contabilizados - 10.545.000 Previsiones de gastos hasta finales de año 0 Disponibilidades + 1.100.000 Transferencia propuesta - 1.100.000
- 8 - DESTINO DE LOS CRÉDITOS Capítulo 20 «Inmuebles y gastos accesorios» Artículo 200 «Inmuebles» Partida 2001 «Arrendamiento-compra» + 11.250.000 euros V. RECAPITULACIÓN DE LA TRANSFERENCIA N 7 (transferencia entre artículos dentro del mismo capítulo 20 del Presupuesto del Tribunal de Justicia) ORIGEN DE LOS CRÉDITOS Capítulo 20 «Inmuebles y gastos accesorios» Artículo 202 «Gastos relativos a inmuebles» - 850.000 euros Créditos presupuestarios 16.542.000 Transferencias ya realizadas - 1.245.000 Compromisos contabilizados - 14.447.000 Previsiones de gastos hasta finales de año - 0 Disponibilidades + 850.000 Transferencia propuesta - 850.000 DESTINO DE LOS CRÉDITOS Capítulo 20 «Inmuebles y gastos accesorios» Artículo 200 «Inmuebles» Partida 2001 «Arrendamiento-compra» + 850.000 euros