CONCILIACIÓN TRABAJO Y FAMILIA: Promoción de las responsabilidades familiares compartidas. Dirección de Fortalecimiento de las Familias

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Transcripción:

CONCILIACIÓN TRABAJO Y FAMILIA: Promoción de las responsabilidades familiares compartidas Dirección de Fortalecimiento de las Familias

1. DISTRIBUCIÓN SEXUAL DE ROLES

SEXO Y GÉNERO Sexo alude a las características biológicas y anatómicas de los seres vivos, determinadas por la genitalidad o sistema reproductor: hembras y machos definidos solamente por el rol fisiológico reproductivo. Género agrupa los aspectos psicológicos, sociales y culturales de la feminidad y de la masculinidad, es decir, lo femenino y lo masculino se construyen culturalmente con formas de pensar socialmente aceptadas, que corresponden a los variados modos en que se organizan la sociedad: mujeres y varones MIEV/miev/2013

GÉNERO "El género se refiere a: Las relaciones entre mujeres y varones basadas en roles definidos socialmente que se asignan a uno u otro sexo". No obstante, la situación y los roles de la mujer y del hombre son construcciones sujetas a cambio" Beijing, 1995. El género es una construcción que la sociedad y la cultura imponen a hombres y mujeres por medio de ideas y representaciones que se asignan a cada sexo. Influye en todas las áreas de la vida de los individuos, en la construcción de identidad, en la conformación de valores, actitudes, sentimientos, conductas y en las actividades diferentes para cada sexo. MIEV/miev/2013

El marido dirige la sociedad conyugal. La mujer debe al marido ayuda y consejo para la prosperidad común y tiene el derecho y el deber de atender personalmente el hogar (Código Civil de 1936, artículo 161)

Refrán: Los hombres no sirven para cuidar hijos Está bien trabajar pero, las mujeres realmente quieren formar un hogar y tener hijos Cuando la mujer trabaja, la vida familiar es un caos MIEV/miev/2013

MIEV/miev/2013

Tradicionalmente El rol principal del varón estaba entorno al trabajo, la vida pública, la provisión de bienes para el hogar y la autoridad familiar. En la Actualidad Existen hogares donde ambos cónyugues aportan sus ingresos. La mujer se dedicaba a las tareas domésticas y de cuidado, sin recibir una remuneración. Transición de la valoración del padre proveedor a la del padre comprometido.

Transversalización del enfoque de género Para transformar las relaciones de género. Para reconocer la diversidad del sujeto mujer e introducir otras dimensiones: etnia, raza, clase, orientación sexual. Para cuestionar y transformar los roles tradicionales de género, a fin de promover relaciones de equidad en la familia y la promoción de responsabilidades familiares compartidas. Para promover la igualdad de género en las relaciones familiares; por tanto, incluye la masculinidad.

2. LAS FAMILIAS

FAMILIA Y HOGAR La familia es una red de relaciones en las que están insertos tanto los que viven solos en su hogar, como los que viven con su cónyuge y sus hijos, (..), como los que se han divorciado o los que viven en pareja sin haberse casado. ( ) todo ello unido a los nuevos estilos de vida independiente, fundamentalmente de los mayores de 65 años, produce la paradoja de que entre unos miembros y otros de una misma familia hay más coexistencia y menos convivencia que en el pasado ALBERDI, Inés y ESCARIO, Pilar, Los hombres jóvenes y la paternidad, Bilbao, 2007, Fundación BBVA, página 27

Una aproximación conceptual a las familias Grupo social organizado constituido por personas relacionadas por vínculos de consanguinidad, afinidad y/o afecto, donde se da un conjunto de relaciones e interacciones entre sus integrantes en el ámbito de lo doméstico, organizando la vida cotidiana y la reproducción económica, social y generacional. Institución social, en tanto constituye una red de interrelaciones donde se forman las identidades sociales que interactúa con el universo de lo social en todas sus dimensiones: social, económica, política, ofertando ciudadanos que ejercen esos roles (trabajadores/as, consumidores/as, ciudadanos/as, etc.), y que por lo tanto, también está afectada por factores exógenos a ella.

Situación de las familias Según el Censo 2007, existían 6.7 millones de hogares (76 % urbanos y 24% rurales). En los hogares peruanos sigue predominando los hogares nucleares con 59.9%, seguido de los hogares extendidos con 22.4%, los hogares compuestos con 3.1%, los hogares sin núcleo con 4.3% y los hogares unipersonales con 10.4%. Esta situación no ha variado con respecto al año 2005. (ENAHO 2011) El tamaño promedio de los hogares peruanos ha disminuido de 4,3 miembros en promedio en el año 2005 a 4,0 miembros en promedio en el año 2011 (ENAHO 2011). La jefatura femenina en hogares va incrementándose progresivamente. El 25,8% de hogares son jefaturados por mujeres, aumentado en 2,9 puntos porcentuales del 2007 al 2012 (ENAHO 2012). El 37.1% de los hogares tienen por lo menos una persona adulta mayor (ENAHO 2011), y el 10.9% de hogares tienen al menos una persona con discapacidad (CENSO 2007).

3. DÉFICIT DE TIEMPO?

+19:91 +24:04 +28:68 +33:09 +25:75 +9:98

4. RESPONSABILIDADES FAMILIARES COMPARTIDAS

Responsabilidades Familiares Compartidas Se refiere a la forma en que se distribuyen las tareas al interior de una familia. La distribución de tareas es algo que hemos aprendido desde que nacemos y que se transmite por modelos culturales más que por teorías o factores biológicos reproductivos. De esta manera las responsabilidades familiares han sido determinadas basándose en conductas asignadas social y culturalmente a mujeres y varones. En la actualidad el incremento de las mujeres en la esfera laboral remunerada es un cambio que no ha estado acompañado de mayor participación de los hombres en la esfera del hogar y la familia.

Responsabilidades Familiares Compartidas Hace referencia a la distribución equitativa de las responsabilidades familiares entre todos sus miembros. De esta manera los miembros de la familia comparten las responsabilidades en una situación de equidad, armonizando el trabajo y las actividades de cuidado sin designaciones exclusivas o estereotipadas para el varón y la mujer. Algunos de los resultados de la práctica de las Responsabilidades Familiares Compartidas son: Hijos(as) que crecen con mejor salud mental y autonomía. Mujeres y varones presentan mejores relaciones y menores conflictos

5. PATERNIDAD AFECTIVA Y RESPONSABLE

Qué son las paternidades?: Si bien la norma social plantea que ser padre es fundamental para todo hombre adulto, pues sólo así será reconocido como un hombre pleno; no se suele considerar dentro de sus roles, el cuidado y la crianza cercana de los hijos (*). La paternidad no se limita al hecho biológico de engendrar, la paternidad se configura como tal a partir del reconocimiento y la responsabilidad asumidas socialmente frente al hijo(a). Al respecto Norma Fuller señala (**): La cualidad que transmite la facultad de engendrar en paternidad es la responsabilidad. Ser padre no es fecundar sino asumir públicamente el vínculo con un hijo y comprometerse a formarlo. Es decir, a darle sustento material, social y moral. De otro modo, sería tan solo un reproductor y no un hombre cabal. (...). El padre irresponsable es un personaje profundamente asocial que representa precisamente lo que un hombre no debe ser. (...). Padre, por el contrario, es quien renuncia a circular libremente para desviar sus energías hacia la formación de un hijo.. (...). En ese sentido, un padre se percibe como alguien más confiable porque ha debido aprender a disciplinarse. Es decir, hace de él un varón adulto, inserto en el orden social, opuesto al joven inmaduro, marginal a la estructura social. (...). De este modo, la temática de la responsabilidad resume tanto la definición de paternidad como sus dilemas. Engendrar no es ser padre. Ser padre es ser responsable y ser responsable significa reconocer públicamente la obligación de formar, orientar y proveer. 1 (*)En Manual de capacitación a líderes locales en masculinidades y prevención de la violencia basada en género. Miguel Ángel Ramos Padilla. UNFPA 2012. (**)FULLER, Norma, Masculinidades, cambios y permanencias, Lima, 2002, Pontificia Universidad Católica Fondo Editorial, 1era. Reimpresión, Capítulo 10 Paternidad, páginas 439 441

Actualmente el desempeño de los padres está localizado en roles como el juego, los paseos y el apoyo en tareas escolares. Pero en las tareas domésticas casi no han entrado, excepto en temas como reparaciones en el hogar o pago de cuentas (Aguayo, Correa y Cresli; 2011).

Y. Qué entendemos por paternidades afectivas y responsables? La paternidad que se promueve es aquella paternidad afectiva y responsable, donde los padres tengan una presencia de calidad en la vida de sus hijas/os que conlleve a que los hijos e hijas tienden a desarrollarse mejor en diversas áreas, tales como su salud física y mental, motivación al estudio, rendimiento académico, desarrollo cognitivo y habilidades sociales, presentar una mayor autoestima, menos problemas de conducta y mayor tolerancia al estrés, entre otras; constituyéndose en un beneficio para el desarrollo de los niños y niñas y por ende el fortalecimiento de las familias. Siendo un derecho de los padres el contar con las condiciones necesarias para poder ejercer su paternidad.

Impacto de la paternidad afectiva y responsable en sus hijos(as) Capacidades y habilidades cognitivas. Adecuado desarrollo emocional. Manejo de habilidades sociales. Motivación para el aprendizaje. Fuente: The National Center on Fathers and Families, 1994.

Impacto de la paternidad afectiva y responsable en sus hijos(as) La Paternidad afectiva y responsable es importante porque los(as) niños(as) que tienen la presencia paterna en los dos primeros años de vida son: Más seguros en la exploración del mundo que les rodea. Más curiosos frente a la exploración de nuevos estímulos. Tolerantes. Mantienen su confianza. Tienen habilidades y capacidades para trabajar solos. Fuente: MINSAL, Y CULTURASALUD; 2012.

Impacto de la paternidad afectiva y responsable en los/as adolescentes Mejor salud mental. Menos problemas con la ley. Menos consumo abusivo de alcohol y drogas. Menos riesgos en la salud sexual y reproductiva. Fuente: Allen y Daly, 2007; Nock y Einolf, 2008.

6. CONCILIACIÓN TRABAJO Y FAMILIA

Desarrollo económico, Empleo y Condiciones de Trabajo El desarrollo económico debe incluir la creación de empleo y condiciones de trabajo adecuadas para que las personas puedan trabajar con libertad y en condiciones de seguridad y dignidad. ( ) Las normas internacionales de trabajo se han establecido para garantizar que el desarrollo económico siga centrándose en la mejora de vida y dignidad humana. ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO 28.09.2011

QUÉ ES LA CONCILIACIÓN ENTRE EL TRABAJO Y LA FAMILIA? Son medidas para crear condiciones que promuevan las responsabilidades familiares equitativas entre mujeres y varones, a fin de lograr una relación mas armoniosa entre la vida familiar y la vida laboral de las personas; situación que redunda inclusive en beneficio de la productividad en el trabajo y en las relaciones intrafamiliares saludables. (COLINAS, Lourdes, Economía productiva y reproductiva en México: un llamado a la conciliación, México, 2008, CEPAL Serie estudios y perspectivas México Nº 94, página 7).

PARA QUÉ CONCILIAR LA VIDA LABORAL Y FAMILIAR? Para una participación mas igualitaria de la mujer en el mercado de trabajo Para adecuar en la práctica el concepto de trabajo a la dignidad de las personas y su desarrollo integral. Para mejorar las condiciones de vida, a través de servicios y políticas laborales que consideren y respeten los demás espacios que requieren las personas para desarrollarse integralmente. Para una responsabilidad compartida entre varones y mujeres en las labores domésticas y de cuidado. Para lograr una administración de recursos humanos acorde a la dignidad de las trabajadoras y trabajadores como personas. Para una mejor y mayor productividad. COLINAS, Lourdes, Economía productiva y reproductiva en México: un llamado a la conciliación, México, 2008, CEPAL Serie estudios y perspectivas México Nº 94, página 7). 28.09.2011

Convenio 156: Convenio sobre la igualdad de oportunidades y de trato entre trabajadores y trabajadoras: trabajadores con responsabilidades familiares, 1981 Artículo 1 2. Las disposiciones del presente Convenio se aplicarán también a los trabajadores y a las trabajadoras con responsabilidades respecto de otros miembros de su familia directa que de manera evidente necesiten su cuidado o sostén, cuando tales responsabilidades limiten sus posibilidades de prepararse para la actividad económica y de ingresar, participar y progresar en ella. 3. A los fines del presente Convenio, las expresiones «hijos a su cargo» y «otros miembros de su familia directa que de manera evidente necesiten su cuidado o sostén» se entienden en el sentido definido en cada país por uno de los medios a que hace referencia el artículo 9 del presente Convenio. Artículo 3 1. Con miras a crear la igualdad efectiva de oportunidades y de trato entre trabajadores y trabajadoras, cada Miembro deberá incluir entre los objetivos de su política nacional el de permitir que las personas con responsabilidades familiares que desempeñen o deseen desempeñar un empleo ejerzan su derecho a hacerlo sin ser objeto de discriminación y, en la medida de lo posible, sin conflicto entre sus responsabilidades familiares y profesionales. Artículo 5 Deberán adoptarse además todas las medidas compatibles con las condiciones y posibilidades nacionales para: b) desarrollar o promover servicios comunitarios, públicos o privados, tales como los servicios y medios de asistencia a la infancia y de asistencia familiar.

Políticas de conciliación trabajo y familia POLITICAS DE CONCILIACIÓN Servicios Guarderías Lactarios Recreación Orientación (legal, psicológica, etc.) Otros Servicios Políticas Horarios Licencias Permisos Jornadas 28.09.2011

Políticas de conciliación trabajo y familia: SERVICIOS SERVICIOS DE CUIDADO DIURNO CUNAS DIRECTIVA Nº 073-2006-DINEBR-DEI Normas sobre organización y funcionamiento de las cunas de educación inicial. WAWA WASI Decreto Supremo Nº 002-2007-MIMDES Dispone la implementación de wawa wasis institucional o cunas para la administración pública que cuenta como mínimo con 50 mujeres en edad fértil o 16 niñas o niños. (35 wawa wasis institucionales). LACTARIOS INSTITUCIONALES Ley Nº 29896 Establece implementación de lactarios en las instituciones del sector público y privado promoviendo la lactancia materna. Decreto Supremo Nº 009-2006-MIMDES Dispone la implementación de lactarios en las instituciones públicas que cuentan como mínimo con veinte mujeres en edad fértil.

Políticas de conciliación trabajo y familia: POLÍTICAS DE IGUALDAD DE GÉNERO Y MERCADO DE TRABAJO Inciso f) del artículo 6º de la Ley Nº 28983-Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres: Garantizar el derecho a un trabajo productivo, ejercido en condiciones de libertad, equidad, seguridad y dignidad humana, incorporando medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral, entre mujeres y hombres, en el acceso al empleo, en la formación, promoción y condiciones de trabajo, y en una idéntica remuneración por trabajo de igual valor. Se incluye entre los derechos laborales la protección frente al hostigamiento sexual y la armonización de las responsabilidades familiares y laborales. Ley Nº 26772 Dispone que las ofertas de empleo y acceso a medios de formación educativa no podrán contener requisitos que constituya discriminación, anulación o alteración de igualdad de oportunidades o de trato (1997). Ley Nº 27270- Ley contra actos de discriminación que señala que la oferta de empleo y el acceso a centros de formación educativa no podrán contener requisitos que constituyan discriminación, anulación o alteración de la igualdad de oportunidades o de trato.

Políticas de conciliación trabajo y familia: POLÍTICAS LICENCIAS LICENCIA PRE Y POSTNATAL Ley Nº 26644 Establece la licencia por maternidad pre y posnatal de 45 días respectivamente; el descanso posnatal se extenderá por 30 días adicionales en caso de nacimientos múltiples, conforme a la Ley Nº 27606. Decreto Supremo N 005-2011-TR Establece el reglamento de la Ley Nº 26644. Ley Nº 28308 Regula el uso de descanso pre y post natal del personal femenino de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú y, reglamentada mediante Decreto Supremo Nº 001-2005-DE-SG. LICENCIA LABORAL POR ADOPCIÓN Ley Nº 27409 Establece la licencia laboral en caso de adopción; cuando un padre trabajador adopta, sólo tiene derecho a una licencia posnatal por 30 días naturales, conforme a la Ley Nº 27409, sin embargo, cuando los adoptantes son cónyuges la licencia será tomada por la mujer.

Políticas de conciliación trabajo y LICENCIA POR PATERNIDAD Ley Nº 29409 familia: POLÍTICAS Establece que los padres trabajadores de la actividad privada y pública, incluidos los que forman parte de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú, el derecho a una licencia remunerada por paternidad de 4 días en caso de alumbramiento de la cónyuge o conviviente. Decreto Supremo Nº 014-2010-TR Reglamento DERECHO A LA HORA DIARIA DE PERMISO POR LACTANCIA MATERNA Ley Nº 27240 y modificatorias Regula el derecho a una hora diaria de permiso por lactancia materna, hasta que el hijo tenga un año de edad, en caso de parto múltiple la hora de lactancia se incrementa una hora más al día, que puede ser fraccionado en 2 tiempos iguales durante la jornada laboral y, no es materia de descuento. PROTECCION A LA GESTANTE DE LABORES CON RIESGO PARA SU SALUD O EL DESARROLLO NORMAL DE EMBRIÓN O FETO Ley Nº 28048 Ley de protección a favor de la mujer gestante que realiza labores que pongan en riesgo su salud y/o el desarrollo normal del embrión y el feto y; reglamentada mediante Decreto Supremo Nº 009-2004-TR. TRASLADO DE SERVIDORES PÚBLICOS Y LUGAR DE RESIDENCIA FAMILIAR Ley Nº 23284 Todos los servidores públicos, cuyos cónyuges residan en lugar distinto, tendrán prioridad en su traslado por reasignación o cambio de colocación al lugar de residencia de éstos.

Políticas de conciliación trabajo y familia: POLÍTICAS LEY 30012 Licencia a trabajadores(as) con familiares directos que se encuentran con enfermedad en estado grave o terminal o sufran accidente grave. LEY Nº 29992 Establecen extensión del Descanso Post natal para casos de nacimientos de niños(as) con discapacidad. Ley Nº 29783 Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.

MUCHAS GRACIAS