Protegiendo las bases tributarias: más allá de BEPS Ximena Amoroso I. xamoroso@hotmail.com Ecuador Marzo 2016
1.673,45 (MM USD) 2.386,73 2.784,20 3.013,24 3.386,59 4.078,45 4.672,28 5.361,87 6.508,52 6.849,79 8.357,20 9.560,99 11.263,89 12.757,72 13.616,82 13.950,02 Recaudación Tributaria (SRI) de 2000 a 2015 (% PIB) 2000 2015 9.1% P.T. 14.1% P.T. 16,000 14,000 12,000 10,000 8,000 6,000 4,000 2,000 9.1% 1,673 9.8% 2,387 9.3% 9.8% 2,784 3,013 9.3% 3,387 9.8% 4,078 10% 4,672 10,5% 5,362 10,5% 6,509 11% 6,850 12% 8,357 12.1% 9,561 12.8% 11,264 13.5% 12,758 13.5% 13,617 14.1% 13,950-2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 años
PLAN DE ACCIÓN BEPS BEPS Acción 1: Tratar los retos fiscales de la economía digital Acción 2: Neutralizar los efectos de los mecanismos híbridos (doble no imposición, dobles deducciones, diferimiento de impuestos) Acción 3: Fortalecer las reglas de Sociedad Extranjera Controlada (CFC) Transparencia Fiscal Internacional Acción 4: Limitar la erosión de la base realizada a través de deducciones de intereses y otros pagos financieros Acción 5: Contrarrestar más eficientemente las prácticas fiscales desleales, tomando en cuenta la transparencia y la sustancia Acción 6: Prevenir el abuso de los tratados Acción 7: Prevenir la elusión artificial del estatus de Establecimiento Permanente Acción 8, 9 y 10: Asegurar que los resultados de precios de transferencia sean acordes con la creación de valor (8- intangibles, 9- riesgo/capital y 10-otras transacciones de alto riesgo) Acción 11: Establecer metodologías para recopilar y analizar datos sobre BEPS y las acciones para tratarlo Acción 12: Requerir que los contribuyentes revelen sus estructuras de planeación fiscal agresivas Acción 13: Reexaminar la documentación de precios de transferencia Acción 14: Hacer mecanismos de solución de controversias más efectivos Acción 15: Desarrollar un instrumento multilateral REFORMAS TRIBUTARIAS 2007 2015 REFORMA ESTADO EQUIDAD TRIBUTARIA XII - 07 REFORMATORIA VII - 08 CONSTITUCIÓN X - 08 REFORMATORIA XII - 08 EMPRESAS PÚBLICAS X - 09 REFORMATORIA XII - 09 HIDROCARBUROS 2009 CÓDIGO DE LA PRODUCCIÓN XII - 10 FOMENTO AMBIENTAL XI 11 LEY ORGÁNICA DE DISCAPACIDADES IX 2012 LEY ORGÁNICA DE REDISTRIBUCIÓN DE LOS INGRESOS PARA EL GASTO SOCIAL XII 2012 REFORMA LEY DE MINERÍA VII 2013 LEY ORGÁNICA DE INCENTIVOS PARA EL SECTOR PRODUCTIVO VIII 2013 LEY ORGÁNICA PARA EL FORTALECIMIENTO Y OPTIMIZACIÓN DEL SECTOR SOCIETARIO Y BURSÁTIL V 2014 CÓDIGO ORGÁNICO MONETARIO Y FINANCIERO XI 2014 LEY DE INCENTIVOS AL SECTOR PRODUCTIVO Y PREVENCIÓN DEL FRAUDE FISCAL XII 2014 LEY ORGA NICA DE REMISIO N DE INTERESES, MULTAS Y RECARGOS V 2015 PROYECTO: Ley Orgánica para la Redistribución de la Riqueza (Herencia y Plusvalía) + Impuesto a las utilidades y plusvalía e Impuesto SE RETIRÓ a las ganancias extraordinarias en la transferencia de bienes inmuebles LEY ORGA NICA DE INCENTIVOS PARA ASOCIACIONES PU BLICO- PRIVADAS Y LA IN VERSIO N EXTRANJERA XII 2015 PROYECTO: Ley Orgánica para evitar la elusión del Impuesto a la Renta sobre Herencias, Legados y Donaciones EN DEBATE
REFORMAS TRIBUTARIAS Residencia Fiscal Ingresos de no residentes LEY DE INCENTIVOS AL SECTOR PRODUCTIVO Y PREVENCIÓN DEL FRAUDE FISCAL XII - 2014 Beficiario efectivo y dividendos Normas Internacionales de Información Financiera Regalías, servicios técnicos, administrativos y de consultoría Ganancias de capital Tarifas IR sociedades (paraísos fiscales) Incremento patrimonial no justificado SIMAR Obligaciones fiscales mineras Impuesto a la Salida de Divisas Impuesto a los Activos en el Exterior Impuesto a la renta: Aseguradoras
REFORMAS TRIBUTARIAS 1971 Todos los contribuyentes 100% intereses, multas y costos en general (por 60 días) LEY ORGÁNICA DE REMISIÓN DE INTERESES, MULTAS Y RECARGOS TRIBUTARIOS V - 2015 1997 2008 2015 Contribuyentes renuncian impugnaciones (30% capital y del 100 % al 25% en intereses y multas) Bloqueo para nueva remisión por 10 años Omisos, diferencias no comunicadas o no liquidadas y deudores (firmes o impugnadas con desistimiento) del 100% al 25% de intereses y multas (150 días hábiles) Determinaciones y autodeterminaciones vencidas hasta la promulgación de la Ley Obligaciones tributarias materiales o formales, cumplidas con declaraciones impositivas o informativas Pago del 100% del impuesto (capital). Para deudas suspendidas previo desistimiento No podrá realizar acciones legales sobre las obligaciones canceladas en remisió No aplicará para Determinaciones generadas por el SRI sobre tributos que se hayan retenido a terceros 90 días desde su emisión (100% descuento los primeros 60 dias y 50% los restantes 30) RESULTADOS 153,88 MM 3.124 CONT. RESULTADOS 971 MM 1.107.162
PROYECTO: LEY ORGÁNICA PARA LA REDISTRIBUCIÓN DE LA RIQUEZA (HERENCIAS, LEGADOS Y DONACIONES IMPUESTO A LAS GANANCIA EXTRAORDINARIA EN LA TRANSFERENCIA DE BIENES INMUEBLES VI 2015 (SE RETIRÓ)
HERENCIAS, LEGADOS Y DONACIONES En los últimos 5 años, en promedio, 5 personas recibieron una herencia mayor a 1'000.000 de dólares. Desde Año 2015 - En dólares Hasta Impuesto Fracción Básica Tarifa Fracción Excedent e 0 68.880-0% 68.880 137.750-50% 137.750 275.500 3.444 10% 275.500 413.270 17.219 15% 413.270 551.030 37.884 20% 551.030 688.780 65.436 25% 688.780 826.530 99.874 30% 826.530 En adelante 141.199 35% Desde Propuesta- En dólares Hasta Impuesto Fracción Básica Tarifa Fracción Excedente 0 35.400-0% 35.400 70.800-2,50% 70.800 141.600 885 7,50% 141.600 283.200 6.195 17,50% 283.200 566.400 30.975 32,50% 566.400 849.600 123.015 52,50% 849.600 En adelante 271.695 77,50% + Eliminar deducciones + Gravar fideicomisos
PLUSVALÍA VIGENTE Impuesto a las utilidades y plusvalía Qué grava? La ganancia en la compra y venta de cualquier bien inmueble urbano. Grava la ganancia ordinaria + ganancia extraordinaria Quiénes pagan? Las personas naturales, sucesiones indivisas y las sociedades de la actividad de la construcción. PROPUESTA Impuesto a la ganancia extraordinaria Qué grava? Solo la ganancia extraordinaria en la transferencia de dominio de bienes inmuebles rurales o urbanos. Quiénes pagan? Las personas naturales, sucesiones indivisas y las sociedades que transfieran bienes inmuebles (las constructoras están exentas). Tarifa 10% (municipal) Es el porcentaje de ganancia que podrá tener el bien en el tiempo transcurrido entre la compra y la venta. FA = (1+i) n Donde, i es la tasa de interés pasiva promedio del Banco Central del Ecuador y n es el número de meses transcurridos desde la adquisición original hasta el momento de la venta dividido entre 12. Tabla propuesta en dólares* Desde Hasta Tarifa fracción excedente 0 8.496 0% Más de USD 8.496 En adelante 75%
PROYECTO: Ley Orgánica para evitar la elusión del Impuesto a la Renta sobre Herencias, Legados y Donaciones (EN DEBATE) FIDEICOMISOS: Práctica elusiva Propuesta de control Causante (padre) Entregó sus bienes a un fideicomiso. Causante (padre) Entregó sus bienes a un fideicomiso. Causante Transfiere sus bienes a una fundación situada en un paraíso fiscal. Bienes aislados del patrimonio del causante. Bienes aislados del patrimonio del causante Beneficiario (heredero) Beneficiario (heredero) Beneficiario (heredero) NO pagará impuesto a las herencias sobre los bienes que están en el fideicomiso. SE PRESUME HERENCIA
En que estamos trabajando. 1% más rico de los ecuatorianos: Gini ajustado El Gini del ingreso se construye con información de las encuestas de ingresos de hogares. Sin embargo éstas usualmente tienen una carencia en recoger los ingresos de la parte alta de la distribución, los súper ricos. Para esto es que se ha construido la metodología de corrección del Gini que tiene dos pasos: Construcción del share del 1%.- Se identifican el 1% de personas más ricas del país registradas en las declaraciones de impuestos. Para el caso del Ecuador, la población mayor a 20 años asciende a más de 9 millones de personas (cifra INEC). Corrección del Gini.- En el paso 1 se obtiene un ratio el cual debe ser incluido en una formulada alterativa del Gini desarrollada por Facundo Alvaredo que considera este ratio. Equipo: SRI (Centro de Estudios Fiscales) BCE INEC - SENPLADES CEPAL Pasos pendientes: corregir los datos por evasión (cuentas nacionales), se está elavarondo metodología
Quizás debemos preguntarnos ahora si: Se decidiera aplicar la reforma de Redistribución de la Riqueza (herencias) en otro país de nuestro continente, tendría el mismo resultado que tuvo en Ecuador? Ximena Amoroso xamoroso@hotmail.com