El impacto del Desarrollo en el marco del Servicio Docente Oscar García Carmona Puerto Vallarta, 1 de agosto de 2015
En su artículo 4 señala la siguiente definición: Ley General del Servicio Docente XXXII. Servicio Docente o Servicio: Al conjunto de actividades y mecanismos para el Ingreso, la Promoción, el Reconocimiento y la Permanencia en el servicio público educativo y el impulso a la formación continua, con la finalidad de garantizar la idoneidad de los conocimientos y capacidades del Personal Docente y del Personal con Funciones de Dirección y de Supervisión en la Educación Básica y Media Superior que imparta el Estado y sus Organismos Descentralizados.
La calidad de la educación de un país no es superior a la calidad de su profesorado. De ahí la prioridad que la gran mayoría de las reformas educativas otorga al fortalecimiento de la profesión docente. Pero si el profesorado es clave para la calidad de la enseñanza, es preciso admitir también que no se puede mejorar la acción educativa de los profesores sin conseguir al mismo tiempo mayores niveles de calidad en el funcionamiento de las escuelas. Una buena formación inicial tiene un efecto positivo en la actividad profesional de los docentes, no cabe duda, pero también contribuye a ello la buena actuación de los equipos directivos o el tiempo disponible por los profesores para trabajar en equipo. Los docentes trabajan en un contexto social y cultural determinado, y en unas condiciones educativas y laborales específicas. (Álvaro Marchesi exsecretario general de la OEI)
El cambio social nos obligará a modificar nuestro trabajo profesional varias veces a lo largo de Cambio social nuestra vida profesional; o, con más precisión, que los profesores necesitamos aceptar el cambio social como un elemento básico para obtener éxito en nuestro trabajo.
La tesis central de Ranjard (1984) es que nuestros profesores están perseguidos; pero no por algo personal, sino por la secuencia social generada por la aceleración del cambio en nuestra sociedad contemporánea. Ranjard, P. (1984), Les enseignants persécutés, Paris, Robert Jauze.
Las reformas al artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos del año 2013 establecen, entre otros aspectos, que: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos El ingreso al servicio docente y la promoción a cargos con funciones de dirección o de supervisión en la educación básica y media superior que imparta el Estado, se llevarán a cabo mediante concursos de oposición que garanticen la idoneidad de los conocimientos y capacidades que correspondan. La ley reglamentaria fijará los criterios, los términos y condiciones de la evaluación obligatoria para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia en el servicio profesional, con pleno respeto a los derechos constitucionales de los trabajadores de la educación. Serán nulos todos los ingresos y promociones que no sean otorgados conforme a la ley.
Ley General de Educación Las reformas a la Ley General de Educación, dentro de diversas atribuciones de las autoridades educativas federales y locales, según su ámbito de competencia se destaca lo contemplado en el Servicio Docente, particularmente en la actualización y formulación de los planes y programas de estudio para la educación normal y demás para la formación de maestros de educación básica; en el marco de la educación con calidad; en la prestación de los servicios de formación, actualización, capacitación y supervisión profesional para los maestros de educación básica y de medio superior, y en su participación para realizar las evaluaciones para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia en el servicio público educativo en esos mismos niveles.
En su artículo 2 señala esta Ley tiene por objeto: Ley General del Servicio Docente I. Regular el Servicio Docente en la Educación Básica y Media Superior; II. Establecer los perfiles, parámetros e indicadores del Servicio Docente; III. Regular los derechos y obligaciones derivados del Servicio Docente, y IV. Asegurar la transparencia y rendición de cuentas en el Servicio Docente.
En su artículo 3 establece son sujetos del Servicio que regula esta Ley: Ley General del Servicio Docente los docentes, el personal con funciones de dirección y supervisión en la Federación, los estados, el Distrito Federal y municipios, así como los asesores técnico pedagógicos, en la Educación Básica y Media Superior que imparta el Estado.
Artículo 13. El Servicio Docente tiene los propósitos siguientes: Ley General del Servicio Docente I. Mejorar, en un marco de inclusión y diversidad, la calidad de la educación y el cumplimiento de sus fines para el desarrollo integral de los educandos y el progreso del país; II. Mejorar la práctica profesional mediante la evaluación en las escuelas, el intercambio de experiencias y los apoyos que sean necesarios; III. Asegurar, con base en la evaluación, la idoneidad de los conocimientos y capacidades del Personal Docente y del Personal con Funciones de Dirección y de Supervisión; IV. Estimular el reconocimiento de la labor docente mediante opciones de desarrollo profesional;
Ley General del Servicio Docente V. Asegurar un nivel suficiente de desempeño en quienes realizan funciones de docencia, de dirección y de supervisión; VI. Otorgar los apoyos necesarios para que el Personal del Servicio Docente pueda, prioritariamente, desarrollar sus fortalezas y superar sus debilidades; VII. Garantizar la formación, capacitación y actualización continua del Personal del Servicio Docente a través de políticas, programas y acciones específicas, y VIII. Desarrollar un programa de estímulos e Incentivos que favorezca el desempeño eficiente del servicio educativo y contribuya al reconocimiento escolar y social de la dignidad magisterial.
De la Formación Continua, Actualización y Desarrollo Artículo 59. El Estado proveerá lo necesario para que el Personal Docente y el Personal con funciones de dirección y de Supervisión en servicio tengan opciones de formación continua, actualización, desarrollo profesional y avance cultural. Para los efectos del párrafo anterior, las Autoridades Educativas y los Organismos Descentralizados ofrecerán programas y cursos.
De la Formación Continua, Actualización y Desarrollo En el caso del personal docente y del personal con funciones de dirección los programas combinarán el Servicio de Asistencia Técnica con los cursos, investigaciones aplicadas y estudios de posgrado. Las Autoridades Educativas y los Organismos Descentralizados podrán suscribir convenios de colaboración con instituciones dedicadas a la formación pedagógica de los profesionales de la educación e IES nacionales o extranjeras.
De la Formación Continua, Actualización y Desarrollo Las Autoridades Educativas y los Organismos Descentralizados podrán suscribir convenios de colaboración con instituciones dedicadas a la formación pedagógica de los profesionales de la educación e IES nacionales o extranjeras, para ampliar las opciones de formación, actualización y desarrollo profesional. Estimularán los proyectos pedagógicos y de desarrollo de la docencia que lleven a cabo las organizaciones profesionales de docentes.
De la Formación Continua, Actualización y Desarrollo Artículo 60. La Oferta de Formación Continua deberá: - Favorecer el mejoramiento de la calidad de la educación - Ser gratuita, diversa y de calidad en función de las necesidades de desarrollo del personal - Ser pertinente con las necesidades de la Escuela y de la Zona Escolar - Responder, en su dimensión regional, a los requerimientos que el personal solicite para su desarrollo profesional
De la Formación Continua, Actualización y Desarrollo Artículo 60 - Tomar en cuenta las evaluaciones internas de las escuelas en la región de que se trate. - Atender a los resultados de las evaluaciones externas que apliquen las Autoridades Educativas, los Organismos Descentralizados y el Instituto. COORDINACIÓN NACIONAL DEL SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE
De la Formación Continua, Actualización y Desarrollo Artículo 60 El personal elegirá los programas o cursos de formación en función de sus necesidades y de los resultados en los distintos procesos de evaluación en que participe. COORDINACIÓN NACIONAL DEL SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE
Artículo 60 De la Formación Continua, Actualización y Desarrollo El Instituto emitirá los lineamientos conforme a los cuales las Autoridades Educativas y los Organismos Descentralizados llevarán a cabo la evaluación del diseño, de la operación y de los resultados de la Oferta de Formación Continua, Actualización y Desarrollo y formulará las recomendaciones pertinentes.
Artículo 60 De la Formación Continua, Actualización y Desarrollo Las acciones de Formación Continua, Actualización y Desarrollo se adecuarán conforme a los avances científicos y técnicos.
Programa para el Desarrollo Docente, Tipo Básico, 2015 Objetivo general: Contribuir a asegurar la calidad de los aprendizajes en la educación, a través de la formación integral de todos los grupos de la población mediante esquemas de formación, actualización académica, capacitación e/o investigación a personal docente, personal técnico docente, con funciones de dirección, de supervisión, de asesoría técnica pedagógica y cuerpos académicos.
Programa para el Desarrollo Docente, Tipo Básico, 2015 Objetivos específicos: Fortalecer los servicios de apoyo a la formación, actualización, capacitación, regularización y el desarrollo profesional del personal docente, a través de los procesos y mecanismos que establece el SPD; Instrumentar el servicio de tutoría dirigido al personal docente y técnico docente de nuevo ingreso; Impulsar el Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela; Fortalecer las capacidades de gestión y liderazgo del personal docente con funciones de dirección y de supervisión; Contribuir al desarrollo de capacidades del personal docente en temas educativos prioritarios: uso educativo de las TIC, impulso de la ciencia y la tecnología, convivencia escolar pacífica con perspectiva de género, igualdad de género, derechos humanos, educación para la paz, incorporación del intercultural, entre otros.
En el marco del Servicio Docente, la CNSPD, plantea un Modelo de Formación Dual que considera: Acciones a desarrollar dentro de la escuela pública de educación básica derivadas de la detección de necesidades individuales y colectivas, a través de los CTE en el marco de SATE. El aprovechamiento de la oferta que se produce a través de actores e instancias que pueden generar propuestas formativas caracterizadas por criterios de suficiencia, relevancia, pertinencia, calidad, equidad, inclusión y gratuidad, que atiendan problemas específicos de las escuelas públicas de educación básica y del personal educativo que en ellas laboran.
Nuevas responsabilidades en el rol del profesor. Abandono de la responsabilidad educativa fuera de la escuela. Internet y los medios de comunicación como fuentes de información alternativas. Diferentes modelos educativos en la sociedad pluralista. De la socialización convergente a la socialización divergente. La búsqueda de equilibrio ante modelos educativos contrapuestos. El profesor se encuentra frecuentemente con la necesidad de compaginar diversos roles contradictorios. El cambio en la rentabilidad social de la educación. Una cuestión ideológica: la consideración social del profesor en una sociedad materialista. La necesidad de revisar los contenidos curriculares.
Un trayecto de desarrollo profesional puede combinar distintas actividades: Círculos estudios a partir de casos. Elaboración conjunta de materiales y secuencias de enseñanza. Observación y registro de clases en las que se ponen en práctica estrategias de enseñanza planificadas en conjunto. Documentación de experiencias pedagógicas. Seminarios de actualización. Talleres para el intercambio de experiencias. Apoyo profesional mutuo entre colegas. Los ciclos de desarrollo profesional pueden incluir: Talleres de análisis de casos. Propuesta de formas alternativas de actuación docente. Lectura y discusión de bibliografía. Conferencias y paneles a cargo de expertos. Elaboración de planes de trabajo y proyectos a cargo de los docentes.
Desarrollar experiencias innovadoras sobre el apoyo a los profesores de nuevo ingreso; colaborar en el diseño de modelos para la formación en ejercicio de los profesores y para su desarrollo profesional; acompañar iniciativas que mejoren la organización y el funcionamiento de las escuelas y que repercutan de forma positiva en el trabajo de los docentes.
El proyecto de lenguas comprende el fortalecimiento docente en los distintos niveles y modalidades que conforman la educación básica en Jalisco; por un lado, la enseñanza del inglés como segunda lengua, el aprecio por la diversidad cultural y lingüística de las comunidades Wixarika y Nahuatl para su consolidación y rescate, y por el otro, el apoyo a los docentes que atienden alumnos silentes, a través del conocimiento y difusión de la lengua de señas y del valor de las artes en la escuela.
Nuevos ambientes de aprendizaje para el desarrollo profesional docente. Portales educativos vistos como ambiente de ambientes, cursos y aulas virtuales alojados en plataformas, desarrolladas ad hoc o disponibles libremente como: Moodle, entornos virtuales de aprendizaje (EVA o AVA), comunidades de práctica y comunidades virtuales de aprendizaje, que recientemente se están apoyando en los blogs. Nuevos ambientes para el Desarrollo Docente en relación con la formación presencial, con su inscripción en un marco institucional o no y con mayor alcance geográfico.
Nuevos ambientes de aprendizaje para el desarrollo profesional docente Clasificación de los nuevos ambientes de aprendizaje para la formación docente a partir del elemento Ambiente sociocultural y normas sociales a Institucionales Curriculares ALCANCE No institucionales No curriculares Local, regional, nacional, internacional
Sistema Virtual de Actualización Docente a Responsable de coordinar y desarrollar procesos de capacitación y actualización docente a distancia, a través del uso educativo de las Tecnologías de la Información (TI) para generar entornos y comunidades virtuales de aprendizaje en todos los niveles y modalidades de educación básica, con la intención de contribuir en la mejora del logro educativo, ampliar la cobertura y optimizar el acceso a los procesos de formación continua para docentes en servicio.
PARA FINALIZAR El desarrollo profesional docente necesita adoptar criterios que acrediten su calidad. La calidad no se muestra solo por el grado de satisfacción de los usuarios. La calidad en el desarrollo profesional docente se acredita tanto por su diseño, por su desarrollo, como por el análisis de las consecuencias y repercusiones que el desarrollo profesional tiene para la mejora de los aprendizajes de los propios profesores, de los alumnos y de las escuelas donde estos aprenden. Sin el compromiso con el cambio y la innovación que lleva aparejada la necesidad de evaluación el desarrollo profesional docente seguirá siendo una ceremonia, una serie de actividades que realizamos por cumplir, pero que puede que no contribuyan a hacer que nuestros centros educativos se transformen en organizaciones inteligentes.