ANEJO 2 ESTUDIO INTEGRACION PAISAJISTICA. PRI MANZANAS 4 y 5 P.P. PUNTA PRIMA S-1-B.

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Transcripción:

8. Estudio de Integración Paisajística ANEJO 2 ESTUDIO INTEGRACION PAISAJISTICA. PRI MANZANAS 4 y 5 P.P. PUNTA PRIMA S-1-B. 1

ÍNDICE. 1.- JUSTIFICACIÓN Y OBJETIVOS 2.- METODOLOGÍA 2.1.- Delimitación del ámbito de estudio. 2.2.- Caracterización y valoración de paisaje. 2.3.- Valoración de la Integración Paisajística 2.4.- Valoración de la Integración Visual. 2.5.- Medidas de Integración en el Paisaje. 3.- INFORMACIÓN Y ANÁLISIS TERRITORIAL DEL ÁMBITO DE ESTUDIO. 3.1.- Localización: encuadre regional y comarcal. 3.2.- Medio Físico. 3.2.1.- Fisiografía y geología. 3.2.2.- Hidrología superficial. 3.3.- Medio social. 3.3.1.- Usos del suelo. 3.3.2.-Planeamiento Municipal. 4.- DESCRIPCIÓN DE LA ACTUACIÓN 4.1.- Antecedentes. 4.2.- Análisis y objeto de la actuación. 4.3.- Ámbito de la actuación. 4.4.- Propuesta. 5.- UNIDADES DE PAISAJE Y RECURSOS PAISAJÍSTICOS. 5.1.- Características intrínsecas del paisaje. 5.2.- Unidades de paisaje. 5.3.- Recursos paisajísticos. 6.- VISIBILIDAD DEL PAISAJE. ANÁLISIS VISUAL. 6.1.- Miradores estáticos. 6.2.- Corredores dinámicos. 7.- VALOR PAISAJÍSTICO. 8.- VALORACIÓN DE LA INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA Y VISUAL. 8.1.- Identificación de las fuentes potenciales de impacto paisajístico. 8.2.- Alteración de los contenidos del paisaje. 9.- MEDIDAS DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA. ANEJO 1: PLANO DE SITUACIÓN DE PUNTOS DE VISTA ESTÁTICOS. ANEJO 2: PLANO I-4 USOS Y VEGETACIÓN EXISTENTE PLAN DE REFORMA INTERIOR. 2

1.- JUSTIFICACIÓN Y OBJETIVOS. El derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, el deber de conservarlo y la racional utilización de los recursos naturales, dada la creciente degradación del medio ambiente humano. Ha obligado a tener en cuenta los aspectos ambientales en la totalidad del territorio y no sólo en las escasas áreas protegidas por su carácter excepcional. La aparición del turismo, fenómeno ampliamente ligado al disfrute de los valores escénicos, como una de las actividades económicas de mayor importancia en nuestro tiempo, convierte al paisaje en un recurso natural de primer orden. El consejo de Europa ha elaborado un acuerdo entre Estados que plantea abiertamente el derecho al paisaje. La Convención Europea del Paisaje, puesta a la firma entre los Estados miembros del Consejo el 20 de octubre de 2000 en Florencia, establece las líneas generales y define paisaje como cualquier parte del territorio tal como es percibida por las poblaciones, cuyo carácter resulta de la acción de factores naturales y/o humanos y de sus interrelaciones. El paisaje constituye un patrimonio común de todos los ciudadanos y un elemento fundamental de su calidad de vida, que la reciente Ley 4/2004, de 30 de junio, de la Generalitat Valenciana, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje aborda desde la más actual concepción del mismo emanada del Convenio de Europa del Paisaje. La citada Ley 4/2004 confía a los Estudios de Paisaje el control paisajístico de cualquier actuación con incidencia en el territorio, debiendo acompañar a los Planes de Acción Territorial, los Planes Generales y los instrumentos de planificación urbanística que prevean un crecimiento urbano, así como a los planes y proyectos de infraestructuras. Por su parte, la reciente aprobación de la nueva Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de La Comunidad Valenciana (LOTUP), establece el nuevo marco jurídico en materia de ordenación del territorio y urbanismo. El documento de Plan de Reforma Interior que se formula tiene por objeto la remodelación de las manzanas 4 y 5, asignando a los espacios dotacionales privados y libres públicos una mejor localización y funcionalidad, en síntesis el citado plan, propone en un ámbito urbanizado y consolidado por edificación, una reconfiguración y cambio de localización de la parcela dotacional privada, zonas verdes y supresión de un vial ya urbanizado. En desarrollo exclusivamente de las manzanas de suelo urbano existente, incluido en el PGOU de Torrevieja vigente Este documento, el Estudio de Integración Paisajística, PRI Manzanas 4 y 5 del P.P. Punta Prima Sector 1-B, en Torrevieja-Alicante. Servirá para analizar y valorar el escaso impacto visual, de la remodelación propuesta por el PRI, que proporciona una mejor localización y funcionalidad de los espacios dotacionales privados y libres públicos suprimiendo además un vial, en fondo de saco en la manzana 4, ya urbanizado. Mejorando su integración, interrelación, contigüidad y vertebración con la infraestructura verde de la Comunidad Valenciana, en línea con los postulados de la Ley (art. 4.2 LOTUP). 2.- METODOLOGÍA 2.1.- Delimitación del ámbito de estudio. 3

El análisis de la situación previa es uno de los procesos básicos del estudio pues se trata de llegar a comprender la estructura y funcionamiento, a través del conocimiento de los elementos que lo integran, tanto componentes del medio natural como del entramado social, así como sus interacciones. Dado el carácter de suelo urbano al que se circunscribe la actuación, la escasa y limitada acción urbanizadora (supresión de un vial en fondo de saco), y consecuentemente lo reducido del área de estudio, no existen prácticamente elementos a identificar que puedan afectar al paisaje. 2.2.- Caracterización y valoración de paisaje. La caracterización territorial busca una clasificación del paisaje, basada en dichas características de percepción, y exige la delimitación de Unidades de Paisaje y de los Recursos Paisajísticos. La caracterización del paisaje se basa en la descripción, clasificación y delimitación cartográfica de las Unidades de Paisaje y de los recursos Paisajísticos que las singularizan, siendo un aspecto muy importante de ésta fase el análisis de las pautas de visibilidad y el análisis de los aspectos visuales del paisaje, que implican la percepción del observador, en el que influyen distintos factores como son los puntos de observación, la distancia, la duración de la vista y el número de observadores potenciales. 2.3.- Valoración de la Integración Paisajística Se valorará la Integración de la actuación en el paisaje del entorno, o la justificación del cumplimiento de las determinaciones contenidas en los instrumentos de paisaje que le sean de aplicación, en especial Estudios de Paisaje o Catálogos de Paisajes. Se analizará por un lado los cambios introducidos en la escena, y por otro lado la fragilidad de la misma para acomodar los cambios producidos por la actuación sin perder su valor o carácter paisajístico. 2.4.- Valoración de la Integración Visual. En este apartado se tendrá en cuenta específicamente el posible impacto visual de una actuación en el paisaje en función de la visibilidad de la actuación desde los puntos de observación considerados en el estudio. 2.5.- Medidas de Integración en el Paisaje. Se trata de la propuesta y aplicación de medidas correctoras necesarias para evitar, reducir o compensar los posibles efectos negativos que el desarrollo de la actuación pueda derivar en el paisaje. Éstas medidas pretenden no sólo mitigar los efectos paisajísticos y visuales detectados, sino también mejorar el paisaje y la calidad visual del entorno. 3.- INFORMACIÓN Y ANÁLISIS TERRITORIAL DEL ÁMBITO DE ESTUDIO. 3.1.- Localización: encuadre regional y comarcal. El pequeño ámbito de suelo urbano, que se modifica mediante el Plan de Reforma Interior, se encuentra situado al sur del casco urbano de Torrevieja y al sur de dicho Término Municipal, cuyos límites son los siguientes: Norte: avda. de las Olas, vial que le da acceso desde la CN-332 y limita con la urbanización Rocío del Mar, totalmente consolidada. Este: c/ Mar Llana y M-3 del Plan Parcial Punta Prima Sector 1-B, igualmente consolidada. 4

Oeste: c/ Mar Rizada y M-6 y 7 del Plan Parcial Punta Prima Sector 1-B, también consolidadas y sur: c/ Mar de Fondo y M-2 del Plan Parcial Punta Prima Sector 1-B, que igualmente se encuentra consolidada. 3.2.- Medio Físico. El estudio y análisis de los distintos elementos que interaccionan en la configuración del medio físico, es muy importante para la valoración ambiental del territorio, así como para la identificación de los recursos paisajísticos y el establecimiento de los objetivos de calidad paisajística, a efectos de conservación y puesta en valor o recuperación de los mismos. 3.2.1.- Fisiografía y geología. El ámbito se ubica en una zona eminentemente llana, con escasa pendiente, desde un punto de vista geológico se puede englobar en la parte oriental de las zonas externas de las Cordilleras Béticas, enmarcada dentro del Prebético de Alicante. Ocupando la ciudad de Torrevieja y las zonas del Cabo Roig, Punta Prima y el Bancal de Don Luis se detecta la llamada Facies Succina, la cual se apoya sobre una visible discordancia angular y erosiva, tanto sobre cualquier término del Plioceno S.S. como del Andaluciense. Dicha formación contiene en síntesis dos tramos bien característicos, el inferior a veces no visible, constituidos por arcillitas y limolitas rojas, y el superior, formado por una costra o caliche, en general de buen comportamiento a las presiones de la edificación. 3.2.2.- Hidrología superficial. En cuanto a la hidrología superficial, el terreno es eminentemente plano con una ligera pendiente hacia el mar, situado al este, y no existe ningún cauce ni barranco en las proximidades. 3.3.- Medio social. 3.3.1.- Usos del suelo. El suelo no tiene ningún uso agrícola, ni existen edificaciones. 3.3.2.-Planeamiento Municipal. El municipio de Torrevieja cuenta con Plan General de Ordenación Urbana cuya modificación aprobada por el Consell de la Generalitat Valenciana, Consellería de Obras Públicas Urbanismo y Transporte el 4 de febrero de 1.992, reconocía al ámbito objeto de este estudio como suelo urbano. Se trata de un suelo urbano prácticamente consolidado, de uso principalmente residencial. 4.- DESCRIPCIÓN DE LA ACTUACIÓN. 4.1.- Antecedentes. El municipio de Torrevieja cuenta con un Plan General de Ordenación Urbana cuya modificación aprobada el 4 de febrero de 1992 reconocía el ámbito objeto de este Plan de Reforma Interior como suelo urbano. Se trata de un suelo urbano prácticamente consolidado, de uso principalmente residencial. 5

4.2.- Análisis y objeto de la actuación. El objeto del presente Estudio de Integración Paisajística es analizar el impacto, limitado, de la actuación propuesta por el Plan de Reforma Interior al que acompaña, consistente en la remodelación de las manzanas 4 y 5 del P.P. Punta Prima Sector 1-B. Asignando a los espacios dotacionales privados y libres públicos una mejor localización y funcionalidad, en síntesis el citado plan, propone en un ámbito urbanizado y consolidado por edificación, una reconfiguración y cambio de localización de la parcela dotacional privada, zonas verdes y supresión de un vial en fondo de saco ya urbanizado. 4.3.- Ámbito de la actuación. Se trata de un área de suelo urbano que cuenta con la totalidad de los servicios urbanísticos necesarios, ubicada en el entorno urbano del Municipio de Torrevieja, incluida en la urbanización Señorío de Punta Prima, bastante consolidada y en fase de edificación de los solares resultantes. Tiene una superficie de 43.210 m2, formada por las manzanas 4 y 5 del Sector 1-B del PGOU de Torrevieja. Pertenecen a la compañía Señorío de Punta Prima S.A. Linda al norte con la Avda. de las Olas; al sur con la c/ Mar de Fondo; al este con la C/ Tornado y al oeste con la C/ Mar Rizada 4.4.- Propuesta. Dado que es un área clasificada como suelo urbano por el Plan General de Ordenación Urbana de Torrevieja, aprobado definitivamente por la Consellería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes el 4 de febrero de 1.992. Se trata de remodelarla, asignando a los espacios dotacionales privados y libres públicos una mejor localización y funcionalidad. En concreto, la parcela 4-D, dotacional privada de uso religioso y cultural (manzana 4, 1900m²) se desplaza hacia el lado este de la misma manzana 4 y se flexibilizan sus usos adaptándolos a la realidad urbana circundante y posibilitando actuaciones terciarias y de ocio; las dos zonas verdes de la manzana 4, parcela 4-C, de 3.600m² y parcela 4-B de 2.560m², se agrupan y se localizan en el lado este de la manzana, dando lugar a una zona verde de 10.8101m² que es la suma de las citadas y parte de la parcela 5-B (zona verde de 11.300m2) sita inicialmente en la manzana 5; a su vez, la inicial parcela 5-B de zona verde (11.300m²) de la manzana 5; se desplaza a su lado este, dando frente, calle mar llana por medio, a la edificada manzana 3, como también ocurre con la nueva parcela 4-BC. Las zonas verdes vigentes en las manzanas 4 y 5 suman una superficie total de (p 5-B, 11.300m²; p. 4-C, 3.600m²; y, p 4-B, 2.560m²) 17.460m² que siguen sin alterar, con una agregación de 1.275 m², provenientes del vial que se suprime dentro de la manazana 4, se reconfiguran dentro de las manzanas 4 y 5. En definitiva, a la vista de la consolidación por edificación de la manzana 3, sita en el lado este de las manzanas 4 y 5, con edificios de 10 alturas y de la configuración poco funcional de las zonas verdes previstas por el planeamiento vigente se ha optado por hacerlas bascular hacia el este, incrementando su superficie, agrupandolas y dándoles continuidad física y funcional. En síntesis, el plan de reforma interior al que acompaña este estudio, propone en un ámbito urbanizado y consolidado por edificación, una reconfiguracion y cambio de localización y función de la parcela dotacional privada, zonas verdes y supresión de un vial ya urbanizado. 6

5.- UNIDADES DE PAISAJE Y RECURSOS PAISAJÍSTICOS. 5.1.- Características intrínsecas del paisaje. ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA La publicación titulada Atlas de los Paisajes de España (VVAA. MATAOLMO, R., SANZ HERRAIZ, C., Universidad Autónoma de Madrid. Ministerio de Medio Ambiente, Madrid 2003), propone una clasificación de los paisajes donde las unidades básicas de la taxonomía jerarquizada son los paisajes o unidades de paisaje. Según ésta publicación, la zona de estudio se encuentra en la Asociación de Tipos de Paisaje Llanos litorales peninsulares. En un escalón territorial más detallado, la zona de estudio se inserta en el Tipo de Paisaje Llanos y glacis litorales y pre litorales. A una escala aún más detallada, la zona de estudio formaría parte del paisaje Área metropolitana de Torrevieja. 5.2.- Unidades de paisaje. Las unidades de paisaje se definirán a partir de la consideración de los elementos y factores naturales y/o humanos, que le proporcionan una imagen particular y lo hacen identificable o único. Se considerarán, al menos, los siguientes: - Naturales: relieve, aspectos geológicos e hidrológicos, suelo, clima, especies de fauna y flora silvestres. - Humanos: población, asentamiento, intervención humana, patrón y usos del suelo tales como agricultura, trashumancia, silvicultura, actividades rurales, hidráulica, minería, industria, transporte, turismo, servicios, infraestructuras y usos recreativos entre otros. A la hora de delimitar las unidades de paisaje, dado que no existe un Estudio de Paisaje en el P.G.O.U. de Torrevieja y puesto que se trata de una pequeña superficie, solar dos manzanas de una urbanización, vamos a establecer una sola unidad de paisaje que denominaremos Suelo Urbano. U.P.1: Suelo Urbano. Esta unidad paisajística incluye en su interior el espacio urbano consolidado alrededor del entorno consolidado por la urbanización y la edificación que conforman las urbanizaciones de Rocío del Mar y Señorío de Punta Prima. La unidad de paisaje se limita al espacio ocupado por el ámbito de suelo urbano y las parcelas colindantes consolidadas de ambas urbanizaciones delimitadas por la Avda. de las Olas, calle Mar de Fondo, calle Mar Rizada y calle Mar Llana. Con una trama urbana donde existen edificios de varias alturas con tipología de bloque abierto. 5.3.- Recursos paisajísticos. Los recursos paisajísticos se definen como las áreas o elementos del territorio de relevancia e interés ambiental, cultural y visual. En este sentido y dada la pequeña superficie del ámbito, no existen recursos paisajísticos de relevancia local. 6.- VISIBILIDAD DEL PAISAJE. ANÁLISIS VISUAL. El factor de incidencia visual opera en la ordenación y gestión del medio como un condicionante que limita las posibilidades de uso del territorio. La incidencia visual o visibilidad del territorio desde zonas frecuentadas por la población hace referencia al 7

concepto de accesibilidad visual, y su determinación se basa en el análisis de cuencas visuales. El observador (quién percibe), es uno de los tres elementos participantes en el proceso de percepción, junto a la escena (qué se percibe) y las características del campo visual (cómo se percibe). En este caso dada la limitada superficie del ámbito, no vamos a considerar la existencia de oteros, miradores en la determinación de las cuencas visuales. Para la determinación de las cuencas visuales, o mejor dicho puntos de vista en la zona de estudio, dada su escasa dimensión y puesto que Los Puntos de Observación son los lugares del territorio desde donde se percibe principalmente el paisaje, se seleccionan varios puntos de vista y secuencias visuales de mayor afluencia, que será entendemos la avda. de las Olas, la calle Mar Rizada, la calle Mar de Fondo, la calle Mar Llana e incluso la calle Mar Gruesa, situada entre ambas manzanas. Para cada punto de observación se delimitará la cuenca visual o territorio-zona que puede ser observado desde el mismo, marcando las distancias que será corta (hasta 300 m), y en todo caso la media (300 hasta 1500 m), ya que la larga (más de 1500 m) es excesiva y perderíamos la zona observada, por su reducida dimensión. Los puntos de observación se clasificarán como secundarios, en función del reducido número de observadores, la distancia y la duración de la visión. El objetivo de este proceso debe ser el establecimiento de unas categorías de calidad visual para las unidades y accesibilidad visual para el conjunto del territorio. De esta manera se deriva el establecimiento de unos objetivos de calidad paisajística, a conservar por sus características escénicas y se proponen directrices básicas para lograr la integración paisajística de la propuesta. Los puntos de observación pueden ser de carácter estático o dinámico. 6.1.- Miradores estáticos. En las ubicaciones estáticas, un observador posee una aptitud mayor a recibir e interpretar la escena que se percibe. Se han seleccionado veintiún puntos como puntos de observación estática, dichos puntos se sitúan a lo largo de los viales, que circundan las manzanas 4 y 5 de la urbanización Señorío de Punta Prima en la que el ámbito (solar) se integra. Los puntos de observación se sitúan a distancias cortas inferiores a los 300 m. Se incluye su ubicación en el plano EIP-1 Puntos de Vista Estáticos, que se adjunta como Anejo nº 1. 6.2.-Corredores dinámicos. Respecto a los corredores dinámicos comentar que han sido llamados así pues se entiende que la observación se realiza en circunstancias dinámicas, es decir desde las carreteras o vías de comunicación, que a estos efectos actúan como auténticos corredores visuales. Se entiende que la percepción desde éstos corredores se realiza en los desplazamientos diarios de los observadores y la duración es de pocos segundos. Pero en cualquier caso y dado que el ámbito objeto del estudio no es visible desde la carretera nacional 332, cercana al mismo y básicamente a su mismo nivel y con varias manzanas de edificación consolidada por medio. No hemos seleccionado por tanto ningún corredor dinámico, ya que el único vial desde el que se podría observar el ámbito es el propio vial (C/Mar Rizada), que le da acceso y al que tiene toda su fachada o frente. Siendo además que las edificaciones consolidadas, que están en el entorno del ámbito, son de cuatro, seis, siete y diez alturas. 8

7.- VALOR PAISAJÍSTICO. En cuanto a la valoración de los distintos puntos de vista, nos hemos basado en parámetros puramente perceptivos, de manera que podemos hablar de calidad visual del paisaje o de valor paisajístico. Por tanto se estimará el valor paisajístico teniendo en cuenta dos elementos de percepción: características intrínsecas del punto, calidad visual del entorno inmediato (200 m), ya que debido a lo expuesto en el punto anterior en éste caso la calidad del fondo escénico no sería posible dada la cercanía de los puntos de vista. En base a esta metodología, los componentes valorados para las diferentes unidades paisajísticas o mejor dicho los diferentes puntos de vista, no tiene relevancia ni la composición del paisaje (colores, textura, escala, líneas). Ni la fisiografía, el tipo de vegetación, masas de agua, construcciones, fondo escénico o incluso las condiciones de visibilidad. Dada la total inclusión del ámbito en una trama urbana y su condición básicamente de solar. Por tanto se establece un valor paisajístico PRÁCTICAMENTE INEXISTENTE. Que sin embargo resultará mejorado por la reordenación de las zonas verdes, agrupándolas, que propone el plan de reforma interior. 8.- VALORACIÓN DE LA INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA Y VISUAL. 8.1.- Identificación de las fuentes potenciales de impacto paisajístico. Las principales fuentes potenciales capaces de causar afecciones sobre el paisaje son las derivadas de las obras de desurbanización del vial en fondo de saco que se encuentra dentro de la manzana 4. Dichas obras tendrán bastante poco impacto, ya que debido a la topografía bastante plana y continua, y a la dimensión del mismo, el movimiento de tierras será mínimo. Consecuentemente podemos afirmar que los efectos sobre el paisaje y el carácter de la escena serán mínimos. Así mismo serán fuentes potenciales capaces de causar afecciones sobre el paisaje las que se deriven de las obras de ejecución de la edificación. En este sentido, puede comentarse que el desarrollo de la actuación no implica la inclusión en la escena existente de los elementos visuales que siguen: formas, obstáculos verticales de aspecto cúbico, líneas tanto de los edificios como de las luminarias o farolas, colores, texturas. Ya que los mismos ya existen en el entorno inmediato circundante, puesto que como decíamos el ámbito objeto de este estudio se encuentra inmerso en una trama urbana consolidada. Por tanto, a partir de estas consideraciones y de la ubicación del área de estudio en una unidad paisajística de calidad media (Unidad Paisajística I: áreas urbanas y urbanizaciones), fruto de su clasificación urbana actual, se puede decir que su impacto será mínimo. 8.2.- Alteración de los contenidos del paisaje. La pequeña modificación que supone incluir la compatibilidad del uso terciario en una de las dos manzanas que componen el ámbito objeto de éste estudio, no modificará de manera importante el carácter de la escena del territorio, ya que se le confiere una altura máxima de una plantas para dicho uso, teniendo el resto de edificaciones cuatro, seis, siete y diez alturas. Además la desurbanización del vial en fondo de saco de la manzana 4, evitando el asfalto. El consiguiente incremento de superficie de las zonas verdes, con la superficie del mismo, así como la agrupación de las zonas verdes de ambas manzanas, mejoran no sólo la funcionalidad, sino también la percepción y por tanto los contenidos del paisaje. 9

Buscando no sólo la mínima alteración, si no la mejora de los contenidos del paisaje. Por tanto podemos afirmar que no se produce una modificación de los contenidos de la escena, y por consiguiente del paisaje, si no como se ha dicho anteriormente una mejora de los mismos. 9.- MEDIDAS DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA. Dado que la actuación propuesta no implica impacto paisajístico, no se requieren medidas específicas de integración paisajística. Si bien, se proponen algunas medidas con un doble objetivo, por un lado el de resolver, mitigar o disminuir posibles impactos paisajísticos, y de otro lado, el de actuar para mejorar la calidad del paisaje del entorno. Adecuación a la pendiente natural del terreno. Las instalaciones y edificaciones deben adecuarse a la topografía existente, de modo que se altere lo menos posible la pendiente natural del terreno. En este sentido, no se producirá alteración alguna debido al carácter eminentemente plano o llano de la morfología del terreno. Protección y conservación de la vegetación existente. Durante el proceso de obra se protegerá la vegetación existente que está inventariada en el plano nº EIP-2 de Usos y Vegetación Existente incluido como ANEJO Nº 2, que no se vea afectada por la ejecución de la misma. Así mismo se trasplantarán dentro del mismo ámbito las especies arbóreas que se vean afectadas por dichas obras. Serrano & Asociados Los Arquitectos U R B A N I S T A S Juan Enrique Serrano Jaime Gomendio José López de Asiaín Armando López de Asiaín 10

ANEJO 1 11

ANEJO 2 12