LA ARGUMENTACIÓN JURÍDICA 1

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LA ARGUMENTACIÓN JURÍDICA 1 LIC. ÁNGEL DURÁN PÉREZ SUMARIO: I.- Introducción. II. Qué es la argumentación. III. Para qué se argumenta. IV. El juez y la argumentación. V.- La argumentación del postulante. VI.- Las claves de la argumentación moderna y su prospectiva jurisdiccional. VII. Conclusiones. I. Introducción La intención de elaborar este trabajo es, con la finalidad de resaltar la importancia que tiene conocer y poner en práctica las reglas de la argumentación, específicamente la jurídica, tomando en cuenta que en el ejercicio del derecho ya sea por el juez, el abogado postulante o por quienes analizan las sentencias desde un punto de vista académico, les resulte de interés, afirmar solo con buenos argumentos o buenas razones. Primeramente se analiza su origen gramatical, cómo la definen diferentes doctrinista de la época moderna, la importancia que tiene el argumentador al conocer las reglas naturales del tema en estudio y las ventajas que le da en el ejercicio práctico cotidiano, los elementos de la argumentación y a su vez también los elementos del argumento, sin duda también tiene como objetivo este ensayo sembrar una semilla para que quienes deseen cultivarla, intenten conocer las reglas específicas de la argumentación jurídica y para que la utilicen en beneficio del derecho y de la humanidad en todos sus actos de su vida profesional. Doctrinario II. Qué es la argumentación Argumentar proviene del latín argumentum, prueba, razón convincente, su antecedente se encuentra en el verbo arguo-arguere, que significa hacer constar, dar a conocer, 1 Escrito en enero de 2011. Publicado en la página web del Despacho Jurídico Integración Jurídica (http://www.integracionjuridica.com/site/documentos) y en el sitio web de Abogados Independientes, A.C. (http://www.abogadosindependientes.com/documentos/).

manifestar, afirmar. 2 En el campo semántico significa, dejar bien en claro, demostrar, probar. En vocablo griego significaba de blancura deslumbrante, en oposición a todo lo obscuro o poco claro ; 3 así podríamos definir que el concepto argumentación; es decir razones, muchas razones o probar para demostrar lo que decimos, lo que afirmamos. Ahora bien debemos de distinguir el concepto de argumentación al de interpretación; que parecieran ser sinónimos, sin embargo en el campo jurídico no lo son; en ese sentido Norberto Bobbio señala que interpretar en el sentido amplio, es dotar de significado a un determinado enunciado; en cambio argumentar es dar una o varias razones a fin de sostener una tesis u opinión. Manuel Atienza en su obra el sentido del derecho define a la argumentación como una actividad y consiste en dar razones a favor o en contra de una determinada tesis que se trata de sostener o refutar. 4 También señala (haciendo alusión a Dworkin y a los filósofos hermenéuticos) que interpretar significa entender, atribuir un sentido a alguna entidad que no sea un objeto natural (de ahí que se pueda hablar de interpretar a propósito de acontecimientos históricos, de comportamientos o de textos); en otros centros también interpretar significa hacer referencia a la atribución de un significado a un texto problemático, esto es, a un texto cuyo significado es dudoso. 5 Ambos conceptos pertenecen a la capacidad intelectual del ser humano, sin embargo sus acepciones son diferentes, se relacionan entre sí; una está ligada a la otra. Ejemplo; si argumentamos que existe violencia en México en contra de la mujer, que hay inseguridad, pobreza; seguramente el argumento es la exposición de todas las razones reales que dieron lugar a estos fenómenos sociales; el motivo, desigualdad social en México, falta de valores, corrupción, y otros lastres de carácter social que inciden en la calidad de vida de los mexicanos, la falta de protección en favor de los derechos de las mujeres, la falta de programas y apoyos para erradicar la pobreza. Estos argumentos deben estar demostrados con pruebas, no basados en opiniones sin fundamentos, la premisa 6 (fuente) debe ser confiable y verdadera. El argumento se caracteriza por tener una base acreditable, ser convincente y tener una fuente confiable. 2 (Wiquipedia, 2010) 3 Nación, Suprema Corte de Justicia de la. 2005. Introducción a la Retórica y la Argumentación. México : propia, 2005. 5000 ejemplares. 4 ATIENZA, M. (2007). El sentido del derecho. México: Ariel, edición tercera, pág. 256. 5 ATIENZA, M. (2007). El sentido del derecho. México: Ariel, edición tercera, pág. 268. 6 wiquipedia. 2010. La argumentación. México : electronica, 2010.

Elementos de la argumentación: a) objeto.- es el nombre del tema sobre el que se trata de demostrar. b) tesis.- es la postura del argumentador sobre el tema y que trata de explicar y convencer. c) argumentos.- son las razones que se dan para fundar sus afirmaciones. Los elementos de un argumento: a) Pretensión.- significa lo que queremos demostrar. b) Bases.- son aquéllas requisitos fundamentales que tenemos para demostrar la confiabilidad del argumento. c) Justificación.- es necesario que sepamos que el argumento justifica la utilidad en cuanto al tema tratado, y evitemos la irrelevante de su contenido, (si el elemento es genuino). d) Respaldo.- son las pruebas que tenemos para asegurar el argumento, pudiendo ser la parte material original para sustentar con verdad la tesis, (ley, reglamento etc.) e) Modalización.- no todos los argumentos sostienen sus pretensiones con certeza, algunos se justifican parcialmente, dependiendo del grado de justificación se puede llegar a convertir en absoluto o presuntivo; el argumento debe ser claro en ese sentido. f) Refutación.- en ocasiones el argumento también debe estar preparado para responder a posibles contradicciones. 7 Estos elementos son fundamentales para realizar una argumentación adecuada, sobre todo en el quehacer ordinario del juez; en sus sentencias deben existir abundantes razonamientos para convencer a las partes de la forma en que resuelve, debe ser claro, evitar razonamientos confusos, actuar a conciencia sobre su desarrollo laboral, hacer un razonamiento lógico-jurídico sobre el contenido de los hechos controvertidos. III. Para qué se argumenta sin duda la finalidad de la argumentación es dar buenas razones para persuadir, convencer y demostrar la pretensión natural de la tesis, en el derecho es un elemento fundamental para llegar a la conclusión de una controversia, basándose en premisas verdaderas, con autoridad y apoyos objetivos a través de una investigación del 7 Nación, Suprema Corte de Justicia de la. 2005. Introducción a la Retórica y la Argumentación. México : propia, 2005. 5000 ejemplares.

procedimiento científico. En la obra Las claves de la argumentación de Anthony Weston, «dar un argumento» significa ofrecer un conjunto de razones o de pruebas en apoyo a una conclusión. «8 El juez y el abogado postulante al realizar su trabajo, en todo momento deben estar pensando cuál será el argumento idóneo para convencer, ilustrar y demostrar que la conducta o el acto jurídico, encuadran en el hecho típico que establece la ley o con la consecuencia jurídica del hecho? o como lo señala Manuel Atienza, en la obra citada que el esfuerzo argumentativo del tribunal constitucional pretende que lo que sostiene en esta sentencia resulta aceptable para los demás, para la comunidad jurídica. 9 No se puede concebir un acto judicial sin argumento, pues el juez como funcionario público tiene la obligación ineludible de justificar legalmente porqué la controversia judicial sometida a su competencia encuadra en los supuestos de la ley; para ello, es necesario primeramente contar con cualidades técnicas sobre capacidad e interpretación, cualidades que debe tener todo funcionario jurisdiccional, así como las habilidades de retórica y argumentación, para llegar a la solución mediante una conclusión convincente a base de pruebas y razonamientos lógico-jurídico. La lógica, es una herramienta importante que debe utilizar el juzgador para resolver una controversia sometida a su decisión. En el mismo sentido el postulante al narrar los hechos de su demanda o el demandado al hacer valer una excepción en la contestación, el objetivo principal es argumentar correctamente, con precisión clara, probar los hechos sometidos a competencia judicial y tener bases y fundamentos que desde el punto de vista objetivo sean idóneos para demostrar las afirmaciones, en su participación se tienen que narrar las razones, primeramente utilizando la lógica, con meridiana congruencia, sobre todo para que el juez al estudiar la litis, observe perfectamente cuáles son las pretensiones del postulante. La finalidad de toda argumentación, es dotar de razones suficientes al receptor para que éste, en base a la verdad de la premisa pueda resolver en justicia una controversia planteada bajo su jurisdicción, es importante que tanto el juez como los postulantes conozcan los elementos de la argumentación para que los ejerzan adecuadamente y con base en esa forma contar con decisiones judiciales apegadas a derecho; pues la finalidad de la argumentación es dotar de las mejores herramientas de convencimiento y demostración a los órganos e involucrados en la aplicación de la justicia. 8 http://noemagico.blogia.com/2006/122801-de-la-argumentacion.php 9 ATIENZA, M. (2007). El sentido del derecho. México: Ariel, edición tercera, pág. 264.

IV. El juez y la argumentación El juez, es la persona física que representa al Estado en el momento del resolver una controversia jurisdiccional sometida a su competencia, en virtud del mandato de la ley, para definir la controversia, es necesario que el encargado de administrarla sea una persona experta y con capacidades especiales en el arte de saber argumentar bien, porque, es necesario hacer un juicio de análisis de todas las constancias que se encuentren en el expediente. Durante todo el procedimiento, el juez auxiliado de su secretario de acuerdos, irán guiando el proceso conforme a los principios del derecho, respetando en todo momento las garantías procesales; como la equidad entre las partes, igualdad, unicidad de juicio, celeridad de proceso, etcétera; sin embargo la substanciación de cada una de las etapas procesales, sirven al juez para que vigile el respeto a las garantías de derecho procesal en favor de las partes y de la sociedad; pues ésta, está interesada en que todos los procesos jurisdiccionales sean conforme a la técnica jurídica del sistema legal del derecho; y no únicamente aplicando la gramaticalidad de la ley. Asimismo el juez irá recabando de las partes, las razones que tengan, guardándolas para el momento de dictar la sentencia, pues cuando éste resuelve conforme al derecho debe demostrar lo que afirme en favor o en contra de los litigantes en proceso, debe contener un caudal de razones suficientes que justifiquen sus afirmaciones, éstas deben ser convincentes, incluyendo la demostración de los hechos que a juicio del juez y a petición de éste se hayan mandado recabar, porque el objetivo principal del juez es decidir en justicia. Al momento de dictar la sentencia el juez debe mostrar su capacidad en el arte de la argumentación, sus consideraciones deben estar basadas en premisas verdaderas, con bases fundamentales y acreditadas, concatenadas con la lógica y la interpretación jurídica deseable del sistema jurídico legal, debe ser entendible, sencilla y lo suficientemente corta, pero que contenga los elementos fundamentales para que las partes, y posteriormente los académicos, personas interesadas, los investigadores, puedan analizarla y entenderla en cuanto a su aportación en la cultura del derecho jurídico moderno. El juez debe respetar las formalidades del derecho, concebir la justicia como el mejor objetivo que se plantea al radicar una controversia, aportando su capacidad intelectual en la mejor forma de decirlo, justificar sus afirmaciones mediante razonamientos lógicos-jurídicos y congruentes con la controversia y el objetivo de la justicia que es resolver una controversia y seguir cultivando la semilla del ejemplo para quienes

transitan cotidianamente por el camino de la legalidad, sobre todo para que la sentencia sea el instrumento real y el producto terminado sobre el rumbo social en cuanto a la solución de controversias entre personas. V.- La argumentación del postulante El abogado postulante es la persona que ha terminado la carrera de licenciado en derecho, cuenta con cédula profesional y puede ejercer la profesión libremente; en su ejercicio cotidiano es necesario, diría más bien, tiene una obligación de ser un excelente argumentador, en sus demandas o pretensiones que haga por escrito debe mostrar su capacidad del dominio de la palabra, en el conocimiento del lenguaje, con el objetivo de saber persuadir, convencer y demostrar los hechos de sus pretensiones. Para lograr ser un buen argumentador, es necesario tener primeramente la voluntad de querer hacerlo, posteriormente adquirir los conocimientos técnicos que se necesitan para escribir correctamente, apoyándose por supuesto en capacitación profesional para poder conseguir esas técnicas y posteriormente intentándolo, pero la acción del argumentador en su práctica diaria debe ser adecuada, pues si ésta no lo es, el resultado será negativo. El postulante al momento de ejercer su profesión, debe saber perfectamente cuál será su objetivo final, debe conocer los elementos de la argumentación y como consecuencia los elementos del argumento, ponerlas en práctica ya sea en su quehacer por escrito o en forma verbal, en audiencias, reuniones de trabajo, en todo momento, es muy importante que en la estructura de su actividad que desempeñan sea la correcta, en un discurso se debe buscar cumplir con la parte introductoria, el desarrollo y las conclusiones; éstas deberán ser el resultado de una preparación previa por parte del postulante y no debe ser obra de la casualidad; la mejor forma de conseguirlo, es practicando las reglas básicas de la argumentación y hacer de ella, una práctica constante en el desarrollo de su quehacer profesional. En México, se avecinan los juicios orales, en ellos el abogado postulante que cuente con la herramienta intransferible del ejercicio de las reglas de la argumentación, tendrá una ventaja preponderante sobre aquellos que no las conocen o que conociéndolas no las ejercen; pues un discurso bien argumentado por el postulante, tiene mayores ventajas que quienes no han desarrollado esa habilidad. Sin duda, las reglas de la argumentación jurídica, son las herramientas más importantes del postulante para ejercer el derecho en cuanto al reclamo de sus pretensiones,

quienes no estén dotados de esta habilidad solamente lo podrán conseguir mediante la práctica cotidiana. VI.- Las claves de la argumentación moderna y su prospectiva jurisdiccional Para hacer un argumento eficaz, es necesario contar con: a).- Buena capacidad intelectual jurídica del argumentador, sobre el tema a resolver; b).- Premisas verdaderas, fuentes confiables, documentos auténticos, datos objetivos, estudios demostrativos y convictivos. c).- Escribir de manera concisa y clara, basarse en hechos reales, evitar usar un lenguaje emotivo si se pretende convencer con la razón, usar un lenguaje adecuado al receptor, frases cortas, una única idea en un único mensaje etc. 10 d).- Fundar y motivar basado en un método sistemático del derecho. e).- La afirmación debe ser producto de la razón, de la reflexión, del análisis general tanto de las pruebas como del acto o hecho jurídico, sin dejar de observar el objetivo final, que es, la solución de una controversia. Como prospectiva de la argumentación, se puede augurar que se transita hacia el ejercicio del derecho bajo técnicas de argumentación jurídica basada en la nueva interpretación ampliada a todo el sistema normativo del derecho, con miras a que el descubrimiento de la verdad que al derecho le interesa, no precisamente a la que las partes pongan en la mesa del juzgador; pues el objetivo de la justicia siempre ha sido impartirla de acuerdo al acontecimiento de cómo sucedieron los hechos; la verdad que importa al derecho, es cómo ocurrió en su sentido natural y cómo ocurrió el hecho? cuando ésta se descubra, el juez la apoyará con argumentos eficaces, verdaderos, congruente, cortos, entendibles para quien los quiera consultar; apartando de un pragmatismo tradicional que algunos jueces hacen de fundar y motivar en ley, pues ésta- nos marca el camino para substanciar un litigio. También el juez puede hacer uso de su arbitrio de dar el derecho a través de un estudio más amplio bajo el sistema de la justicia complementaria. 10 WESTON, ANTONY. 2009. LAS CLAVES DE LA ARGUMENTACIÓN. BARCELONA : ARIEL, 2009.

VII. Conclusiones. En la actualidad el juez argumenta su sentencia a raíz de la fundamentación y motivación, utilizando los hechos narrados por las partes, apoyándose en las pruebas ofrecidas por éstos y esporádicamente manda recabar pruebas bajo el argumento de que las necesita para demostrar la verdad, sin embargo es muy utilizada la ley, como única fuente confiable, tomando muy poco en cuenta el sistema jurídico o la teoría del sistema como herramienta fundamental en la solución de controversias judiciales. Considero que estamos en un periodo de transición, en donde tanto el juez como los postulantes deben argumentar para persuadir, convencer y demostrar, fundando sus pretensiones en los elementos de argumentación moderna, haciendo análisis de juicio, resolviendo bajo un método sistemático, en donde la búsqueda de la verdad sea de origen natural para que el Estado otorgue justicia a las partes involucradas en una controversia sobre hechos reales, probados, apegados a la realidad, que sean ejemplos y para evitar reflejos de conducta, de falta de valores, olvidándonos de que el derecho es la norma positiva establecida en una ley, ya que el derecho va más allá, contempla a todo el conjunto de normas, derechos y principios que en su conjunto resuelvan la controversia. Así pues, debemos estar conscientes, que para ejercer el derecho, es indispensable conocer las reglas de la argumentación jurídica, pues ellas serán nuestra mejor herramienta para poder persuadir, convencer y demostrar la tesis, que pretendemos demostrar; no obstante de que siempre ha existido el arte de argumentar, el abogado debe tener la habilidad, para hacer uso de ella en beneficio del desarrollo humano y la excelencia del derecho. BIBLIOGRAFÍA S. NINO, Carlos. Algunos Modelos Metodológicos de "Ciencia" Jurídica., Ediciones Coyoacán S.A. de C.V., Cuarta Reimpresión, México, D.F., 2007, 113 pp. RUIZ MANERO, Juan, SCHMILL, Ulises. El juez y las lagunas del derecho, Ed. Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, México, 2007, 124 pp. GONZALEZ OROPEZA, Manuel. Principios constitucionales de las elecciones en las entidades federativas, Ed. tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, México,

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