BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS PARA CONCURSO PÚBLICO, CARGO DE DIRECTOR DE CONTROL MUNICIPALIDAD DE QUINTA NORMAL

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Transcripción:

MUNICIPALIDAD DE QUINTA NORMAL 1. OBJETIVO Y REGLAMENTACION: Las presentes bases administrativas, tienen el propósito de normar el ingreso al cargo vacante de Director de Control, en la Planta Directivos, grado 4 de la Escala Municipal de Remuneraciones, en calidad de titular y así dotar de personal idóneo para la Municipalidad de Quinta Normal. En consecuencia el cargo vacante es el siguiente: PLANTA GRADO CARGO DEPENDENCIA CANT. Directivos 4 Director de Control Dirección de Control 1 1.1. Las presentes bases administrativas, serán normadas de acuerdo al Reglamento de Concurso Público, establecido en el artículo 15 párrafo 2 de la Ley N 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales. 1.2. El proceso del concurso público será preparado y realizado por el Comité de Selección, conformado por los tres funcionarios de más altas jerarquías de la Municipalidad; y por el Jefe del Departamento de Personal, o quien le subrogue. En caso de ausencia de algún miembro titular, conformará el Comité de Selección, el funcionario que le corresponda de acuerdo al orden jerárquico establecido en el D.F.L. Nº 17-19.280 y sus modificaciones. 2. REQUISITOS DE POSTULACION REQUISITOS GENERALES: Los establecidos en la Ley Nº 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales. REQUISITOS ESPECIFICOS: Los señalados en el D.F.L. Nº 17-19.280 de 1993, del Ministerio del Interior, que establece y aprueba la Planta del Personal de la I. Municipalidad de Quinta Normal. El artículo 5 N 3 de la Ley N 20.922 de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que introduce modificaciones al artículo 8 de la Ley N 18.883, y Los indicados en las presentes Bases Administrativas y Técnicas. Cargo de Director de Control, requerirá: Título profesional universitario o título profesional de una carrera de a lo menos 8 semestres de duración, otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste. 1

Título Profesional Universitario, de una carrera de 10 semestres de duración, otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o Reconocido por éste. Deseable experiencia acreditable en el cargo, en cualquier Municipalidad del país y/o en órganos públicos, acreditable mediante Certificado expedido por la Institución, Resolución, Decreto o Decreto Alcaldicio, ya sea de nombramiento en calidad de titular, subrogancia, o suplencia; Deseable contar con curso(s) de post grado, o, curso(s) o seminario(s), aprobados, en el área municipal en relación con las funciones desarrolladas, debidamente acreditados. 3. COMPETENCIAS DEL CARGO: 3.1. Perfil del Cargo: a. Los postulantes deberán ser profesional universitario o contar con un título profesional de una carrera de a lo menos 8 semestres de duración, otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste, de un área afín con la especialidad de las materias que conforman las tareas correspondiente al cargo de Director de Control, debiendo estar calificado en áreas como la Administración Pública, Derecho, Auditoría, Control, Contabilidad y Finanzas Públicas, con conocimiento en disposiciones legales emanadas de la Contraloría General de la República y con capacidad de integrar estos conocimientos con la gestión municipal y con los órganos e instituciones públicas con que se relaciona la Municipalidad, respecto a la ejecución de sus labores. Deberá poseer además, destrezas transversales que le permitan gestionar y adaptarse ante cambios, resolviendo conflictos que permitan conducir a la toma de acertadas, oportunas y pertinentes decisiones. b. El cargo requiere contar con capacidad analítica, creativa, y lógica, canalizando los conocimientos legales a los procedimientos internos y velando por el estricto cumplimiento de la normativa vigente municipal. c. Además, deberá tener competencias para asumir liderazgo de un equipo con tareas multidisciplinarias. d. Se pedirá al Director de Control destacar en comportamiento acorde a la función pública, y que su actuar permanentemente responda a los principios de probidad y de transparencia, enmarcado bajo una conducta funcionaria intachable a toda prueba. 3.2 Competencias deseables a ponderar en la entrevista personal: A. Planificación y gestión ser capaz de dirigir y planificar estrategias y actividades para la unidad, determinando prioridades, esfuerzos y recursos en la consecución efectiva y eficiente de las metas, y de los objetivos institucionales. B. Capacidad de Acción Dar oportunas respuestas a los distintos requerimientos ligados a su Unidad. 2

C. Dominio Profesional Poseer conocimiento sólido en las áreas relacionadas con el cargo, contando con una permanente actualización de las materias. D. Iniciativa.- Contar con un amplio criterio capaz de responder con decisiones eficaces y eficientes. E. Relaciones Interpersonales Poseer capacidad para relacionarse con los distintos agentes y funcionarios del ámbito municipal, público y privado. F. Responsabilidad por manejo de la información Será responsable de un adecuado manejo en el uso de la información y documentación de la unidad. El cargo posee acceso completo a documentos e información municipal, cuya divulgación podría afectar los intereses propios de la Municipalidad. G. Conocimientos Técnicos El cargo exige contar con: nivel de planificación y programación del trabajo; manejo de herramientas computacionales a nivel avanzado, siendo aceptable un nivel intermedio; y técnicas de comunicación efectiva. H. Conocimiento Específicos Poseer conocimiento de la normativa vigente Municipal y aquella relacionada con distintas áreas de la Municipalidad. A modo ejemplar: a) Constitución Política del Estado b) Ley N 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales c) Ley N 18.695, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades d) Ley N 19.280, Establece normas sobre planta de Personal de Municipalidades. e) Ley N 18.834, Estatuto Administrativo f) Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado g) Ley N 20.285, Sobre Transparencia y acceso de la información pública. h) Ley N 19.653, Sobre Probidad Administrativa aplicable de los órganos de la Administración del Estado i) Ley N 19.880, Establece Bases de los Procedimientos Administrativos, que rigen los actos de los órganos de la Administración de Estado. j) Ley N 19.886, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de suministros y prestación de servicios. k) Decreto Ley N 3.063, Establece Normas sobre Rentas Municipales l) Ley N 19.070, Aprueba Estatuto de los Profesionales de la Educación m) Código del Trabajo, n) Decreto Ley No 1.263, Administración Financiera del Estado. o) Normativas Contables del sector público 3

4. PAUTAS DE EVALUACIÓN Los factores de selección serán los siguientes: Conocimiento: Se acreditará por fotocopias de certificado(s) de estudio, título(s), o cursos de Capacitación atingentes al cargo Experiencia: Se acreditara por el certificado de experiencia laboral emitido por el Departamento de Personal respectivo; y/o Decreto Alcaldicio de nombramiento, Resolución o Contrato. Entrevista Personal: Según el puntaje de la entrevista. PLANTA DIRECTIVOS: Para el cargo de Director de Control se aplicara, la siguiente pauta de evaluación: Factor de Selección Puntaje ponderado 1. Conocimiento 20 % 2. Experiencia 30 % 3. Entrevista Personal 50 % Cada Factor de Selección se desglosa de la siguiente manera: 1. Conocimiento: 1.1. Estudios Formativos: (máximo 70 puntos) Factor a) Título Profesional Universitario, de una carrera de 10 semestres de duración, otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o Reconocido por éste. b) Título profesional universitario o título profesional de una carrera de a lo menos 8 semestres de duración, otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste. Puntaje 100 puntos 70 puntos 1.2. Otros estudios, Curso(s), Seminario(s), etc., que sumen: (máximo 30 puntos) Factor Puntos a) Más de 200 horas 100 puntos b) Más de 150 y menos de 200 horas 80 puntos c) Menos de 150 horas 60 puntos Puntaje Factor Conocimiento= ((Puntaje 1.1 * 0.7) + (puntaje 1.2. * 0.3)) * 0,2 4

2. Experiencia Laboral en cargo Directivo o Profesional en sector Municipal, Público o Privado: 2.1. Experiencia Profesional en el sector municipal, público o privado en las áreas de Control Interno y Administración: (máximo 30 puntos) CARGO TIEMPO A B C Sector Municipal Sector Público Sector Privado Más de 6 años 100 80 60 3 y hasta 6 años 80 60 40 Menos de 3 años 60 40 20 Experiencia como Directivo, en algunas de las siguientes áreas: Control Interno, Administración, Finanzas, Jurídica o Planificación Experiencia en cargo Profesional, en algunas de las siguientes áreas: Control Interno, Administración, Finanzas, Jurídica o Planificación Más de 6 años 60 40 20 3 y hasta 6 años 40 20 10 Menos de 3 años 20 10 5 Puntaje Factor Experiencia = * 0,3 Nota: En caso de tener puntaje en ambos niveles, se especifica que estos niveles son excluyentes. 3. Entrevista 3.1. La Entrevista contempla identificar el nivel de conocimientos que posee el postulante de la organización y legislación atingente al desempeño de la función: Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, Procedimientos Administrativos, aspectos generales de Ley de Compras, Ley de Transparencia, Ley de Lobby, etc. Por otra parte, se evaluarán competencias personales: motivación, liderazgo, capacidad analítica, entre otras. Este Factor, será evaluado por el Comité de Selección, calificando con nota de 1 a 7, siendo 1 la nota inferior y 7 la mejor nota, la que se traducirá a puntaje según el siguiente cuadro: NOTAS Nota : 7.0 Entre 6.0 a 6.9 Entre 5.0 y 5.9 Entre 4.0 y 4.9 Entre 3.0 y 3.9 PUNTAJE 100 puntos 80 puntos 60 puntos 40 puntos 20 puntos PUNTAJE FINAL DEL POSTULANTE: (P.F.) Puntaje Entrevista Personal= (Puntaje) * 0,5 P.F. = Puntaje Conocimiento + Puntaje Experiencia + Puntaje Entrevista Personal 5

PUNTAJE MÍNIMO DE IDONEIDAD La Municipalidad de Quinta Normal, en atención al artículo 16º de la Ley Nº 18.883, establece el siguiente puntaje mínimo de idoneidad, para ocupar el cargo titular en la Planta del Personal, una vez aplicados los factores de selección: Conocimiento (Formación educacional y capacitación), Experiencia laboral y Entrevista Personal. PLANTA PUNTAJE MÍNIMO DE IDONEIDAD DIRECTIVOS 75 puntos 5. POSTULACIÓN: Los oponentes o postulantes, deberán llenar la Ficha de Postulación indicada en el Anexo Nº 1, adjuntando sus antecedentes personales, académicos y laborales, en sobre cerrado. Las postulaciones se recibirán desde el 16 al 27 de Marzo del 2017, en horario de 09:00 a 13:30 horas, en el Departamento de Personal de la Municipalidad de Quinta Normal, ubicado en Carrascal N 4447 de la comuna de Quinta Normal. Los antecedentes que deben adjuntar los postulantes a la ficha de postulación, que corresponden al Anexo Nº 1, serán entregados para estos en fotocopias simples y son: Curriculum Vitae Certificado de estudios, Títulos, Post Títulos, Magister, Diplomados y cursos de capacitación y/o perfeccionamiento (que indique fecha inicio, termino y total de horas pedagógicas) y Certificados de experiencia laboral u otros similares. Fotocopia de la Cédula de identidad Fotocopia del Certificado de nacimiento Certificado de situación militar al día (varones) Declaración Jurada Simple que acredite cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 10º y 11º de la Ley Nº 18.883 Declaración Jurada Simple del artículo 56 Ley N 19.653, Probidad Administrativa, sobre inhabilidades e incompatibilidades administrativas. Los antecedentes deberán ser fidedignos y comprobables; la Municipalidad se reserva el derecho de ratificarlos, en el transcurso del proceso de selección. El postulante deberá además autorizar al Departamento de Personal, la obtención de un Certificado de Antecedentes para Ingreso Administración Pública, Municipal y Semifiscal. 6. SELECCIÓN: 1º El Departamento de Personal recepcionará los antecedentes de cada uno los postulantes, de acuerdo al Anexo N 1 Formulario de Postulación Concurso Público, debiendo verificar la existencia de la totalidad de los documentos presentados. Posteriormente, ingresará todos los antecedentes, asignando un número correlativo indicado en el Anexo mencionado, y los guardará en sobre cerrado, para ser posteriormente remitidos al Comité de Selección. 6

2º El Comité de Selección, procederá al análisis y revisión de los antecedentes de los postulantes que cumplieron con la presentación de los antecedentes formales, en la fecha determinada en el Cronograma del Concurso, y luego realizará una entrevista personal a los postulantes preseleccionados. La fecha, hora y lugar de la entrevista personal se comunicará vía telefónica y/o correo electrónico, según el cronograma antes indicado. Los requisitos mínimos presentados en los antecedentes por cada postulante, son los siguientes: 6.1 Los requisitos legales especificados en el Anexo Nº 1 6.2 Los antecedentes solicitados en el punto Nº 5: Postulación. Los oponentes que no cumplan con los requisitos mínimos exigidos, no continuarán en el proceso de selección y sus antecedentes de postulación quedarán en poder de la Municipalidad, procediendo a notificar vía telefónica y/o correo electrónico al interesado, sin derecho a apelación. 7. PROCEDIMIENTO DEL COMITÉ DE SELECCIÓN: 7.1. Evaluación de antecedentes curriculares. El Comité de Selección evaluará los antecedentes curriculares: 7.1.1 La postulación debe contener los antecedentes solicitados y su ficha de postulación. 7.1.2 Los postulantes deben cumplir con los requisitos establecidos para el cargo. 7.1.3 Se definirá un puntaje para cada postulante, como resultado de la suma aritmética de los puntajes parciales de cada uno de los factores de selección, considerados en la Pauta de Evaluación, 7.2. Entrevista Personal: El Comité de Selección, realizará la entrevista a los postulantes que cumplan con los requisitos indicados en el punto N 2 de estas Bases, formulando las preguntas que considere pertinentes al entrevistado, de acuerdo a las características del cargo al que postula, las que versarán sobre competencias, habilidades socio-laborales y normativa municipal. 7.3. Puntaje Final El Comité de Selección definirá el puntaje final de cada postulante, cuyo resultado será la sumatoria de los puntajes parciales de cada uno de los factores de selección. Estos valores se graficarán en la Pauta de Evaluación. Con estos puntajes finales de cada postulante, se establecerá una terna en orden decreciente de puntajes, la cual se presentará a la Alcaldesa, quien seleccionará a una de las personas de esta terna y se presentará ese nombre al Concejo Municipal para su aprobación, luego de lo cual, notificará al interesado, quien deberá manifestar su aceptación del cargo y acompañar, en original los documentos probatorios de los requisitos de ingreso señalados en el punto Nº3 de estas Bases. Si así no lo hiciere, dentro de los dos siguientes días hábiles de notificado, la autoridad podrá nombrar alguno de los otros postulantes propuestos en la terna. 7

Una vez aceptado el cargo, la persona seleccionada, será designada titular en el cargo correspondiente en la Planta de la Municipalidad de Quinta Normal, a contar del 24 de Abril del 2017. En el caso que ningún postulante alcance el puntaje mínimo de idoneidad, la Municipalidad de Quinta Normal, declarará desierto el concurso. 8

A N E X O Nº 1 FORMULARIO DE POSTULACIÓN CONCURSO PÚBLICO PLANTA QUE POSTULA: GRADO E.M.R. CARGO QUE POSTULA: DIRECTOR DE CONTROL. DEPENDENCIA QUE POSTULA: DIRECCION DE CONTROL. ANTECEDENTES PERSONALES: NOMBRE COMPLETO : CEDULA DE IDENTIDAD : DOMICILIO : TELEFONO : CORREO ELECTRÓNICO : ANTECEDENTES ACADEMICOS: (Indicar nombre de la Institución Educacional) ENSEÑANZA SUPERIOR : OTROS CURSOS : ESTUDIOS DE POST GRADO: OTRAS CAPACITACIONES: DOCUMENTOS ADJUNTOS: (Certificados en fotocopias simples) (Marque con una X donde corresponda) CURRICULUM VITAE CERTIFICADO DE ESTUDIOS O TITULO CERTIFICADO DE NACIMIENTO CERTIFICADO EXPERIENCIA LABORAL (u otro similar) CERTIFICADO SITUACION MILITAR DECLARACION JURADA ART. 10 Y 11 LEY N 18.883 DECLARACION JURADA ART. 56 LEY N 19.653 FOTOCOPIA CEDULA IDENTIDAD (por ambos lados) OTROS (especificar).. QUINTA NORMAL, Fecha Recepción: FIRMA POSTULANTE USO EXCLUSIVO DEPTO. DE PERSONAL Nombre Funcionario Responsable: N / 9

ANEXO N 2 FORMULARIO PARA OBTENER CERTIFICADO DE ANTECEDENTES Yo,, Cédula de Identidad N, autorizó al Departamento de Personal, a obtener en el Servicio de Registro Civil e Identificación un Certificado de Antecedentes para Ingreso en la Administración Pública, Municipal y Semifiscal, dado que me encuentro postulando al Concurso Público para proveer el cargo de Director de Control a Municipalidad de Quinta Normal. Saluda atentamente a Ud., FIRMA QUINTA NORMAL, / 10

A N E X O Nº 3 CRONOGRAMA DEL PROCESO ACTIVIDADES Decreto N 35 de 19-01-2017, Conformación Comité de Selección (Artículo 19 Ley N 18.883) Concejo Municipal aprueba Bases Administrativas y Técnicas para Concurso Público. (Art. 29º Ley 18.695) Decreto que aprueba Bases Administrativas y Técnicas, y ordena llamado a Concurso Público. Comunicación a Municipalidades de la Región Metropolitana. (Artículo 17 Ley N 18.883 y Artículo 18 del Reglamento de Concurso Público). Publicación Diario circulación Región Metropolitana (Artículo 18 Ley N 18.883) Postulaciones de antecedentes se recibirán en el Depto. de Personal, entre las 09:00 a 13:30 horas. (Artículo 18 Ley N 18.883) Comité de Selección efectúa ponderación con la suma de los puntajes ponderados de los ítems de experiencia y conocimiento. Comité comunica a los preseleccionados vía telefónica o por correo electrónico, lugar y hora de entrevista. Entrevistas personales a postulantes preseleccionados, entre las 09:30 a 13:30 hrs. y de 15:30 a 17:30 hrs. Comité de Selección propone a la Alcaldesa, terna de candidatos con mejores puntajes. (Artículo 19 Ley N 18.883, inciso 4 ) Resolución del Concurso por parte de la Alcaldesa (Artículo 20 Ley N 18.883) Concejo Municipal aprueba nominación del cargo. (Art. 29º Ley 18.695). Notificación al postulante seleccionado y ratificado por Concejo. (Artículo 21 Ley N 18.883) FECHAS 19-01-2017 22-02-2017 24-02-2017 28-02-2017 01-03-2017 02-03-2017 03-03-2017 16-03-2017 al 27-03-2017 28-03-2017 29-03-2017 30-03-2017 31-03-2017 03-04-2017 al 04-04-2017 06-04-2017 10-04-2017 12-04-2017 13-04-2017 Asunción de cargo 24-04-2017 11